EPÚBLICA DE CHILE CÁMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA 362ª Sesión 118ª, en miércoles 21 de enero de 2015 (Ordinaria, de 10.42 a 13.56 horas) Presidencia de los señores Cornejo González, don Aldo; Carmona Soto, don Lautaro, y González Torres, don Rodrigo. Presidencia accidental del señor Ortiz Novoa, don José Miguel. Secretario, el señor Landeros Perkič, don Miguel. Prosecretario, el señor Rojas Gallardo, don Luis. ÍNDICE I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESIÓN III.- ACTAS IV.- CUENTA V.- ORDEN DEL DÍA VI.- HOMENAJE VII.- PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN VIII.- INCIDENTES IX.- ANEXO DE SESIÓN X.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA XI.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA ÍNDICE GENERAL I.- ASISTENCIA.......................................................................................................................................... 14 II.- APERTURA DE LA SESIÓN.............................................................................................................. 17 III.- ACTAS ................................................................................................................................................. 17 IV.- CUENTA .............................................................................................................................................. 17 ACUERDOS DE LOS COMITÉS .............................................................................................. 17 ENTREGA DE CONDECORACIÓN “CÁMARA DE DIPUTADOS DE CHILE” A EXCELENTÍSIMA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ .......... 18 V.- ORDEN DEL DÍA ................................................................................................................................. 25 AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAMIENTO DE JARDINES INFANTILES OTORGADA POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 8859-04) .............................................................................................................................. 25 MODIFICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES PARA REGULAR INSTALACIÓN DE CENTROS COMERCIALES Y SUPERMERCADOS EN ÁREAS URBANAS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN 9296-14) ....................... 27 CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE O’HIGGINS Y DE LA UNIVERSIDAD DE AYSÉN (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9405-04) .......................................... 45 ELIMINACIÓN DE NORMA QUE PROHÍBE ACCEDER A CARRERA JUDICIAL A PERSONAS AFECTADAS POR SORDERA, MUDEZ O CEGUERA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETINES NOS 6576-07 Y 9371-07) ............................................................... 55 PERFECCIONAMIENTO DE NORMATIVA SOBRE PROFESIONALES Y TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO DE SALUD (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN Nº 9865-11) .................................................................................... 58 OTORGAMIENTO DE BONIFICACIÓN ESPECIAL A FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE LA REGIÓN DE ATACAMA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN Nº 9868-05) .......... 59 VI.- HOMENAJE ........................................................................................................................................ 61 HOMENAJE A DON JAIME CASTILLO VELASCO................................................................ 61 VII.- PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN ................................................................... 65 CREACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE RESIDENCIALES PARA ADULTOS MAYORES EN CAPITALES PROVINCIALES ........................................................................................... 65 COMPROMISO CON POLÍTICA DE ESTADO EN MATERIA DE RELACIONES EXTERIORES Y REVISIÓN DE MECANISMOS INSTITUCIONALES DE DESIGNACIÓN DE AGENTES DIPLOMÁTICOS.............................................................................................. 66 VIII.- INCIDENTES ................................................................................................................................... 67 AGILIZACIÓN DE INVERSIONES PARA OBRAS VIALES EN CONURBACIÓN COQUIMBO-LA SERENA (OFICIO) ......................................................................................... 67 PENSIÓN BÁSICA SOLIDARIA PARA FAMILIARES CUIDADORES DE PERSONAS EN CONDICIÓN DE PACIENTES POSTRADOS SEVEROS (OFICIOS) ......................................... 68 INFORMACIÓN SOBRE LLAMADO A LICITACIÓN PARA CONSTRUCCIÓN DE NUEVO HOSPITAL DE CURICÓ (OFICIO) .............................................................................. 69 RETIRO DE ACOPIOS A GRANEL DE POLIMETALES DE CIUDAD DE ANTOFAGASTA (OFICIOS) ...................................................................................................... 70 AUDITORÍA DE COMPROMISO AMBIENTAL DE PROYECTO MINERO CASERONES, REGIÓN DE ANTOFAGASTA (OFICIO)................................................................................... 71 INFORMACIÓN SOBRE SALAS CUNA Y JARDINES INFANTILES DE COMUNAS DE REGIÓN DE ATACAMA (OFICIOS) .......................................................................................... 71 INFORMACIÓN SOBRE ACCIONES ANTE EVENTUAL FRAUDE EN CONSTRUCCIÓN DE OBSERVATORIO ASTRONÓMICO EN COMUNA DE ALTO DEL CARMEN (OFICIOS) .................................................................................................................................. 72 INFORMACIÓN SOBRE COMPRA DE TERRENO POR SUBDERE EN SECTOR CHACRA MARTÍNEZ, COMUNA DE VALLENAR (OFICIOS) ................................................ 72 ASISTENCIA A VECINOS DE POBLACIÓN INDEPENDENCIA 5, COMUNA DE SAN FERNANDO, PARA POSTULAR A PROGRAMA DE PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA (OFICIO) ....................................................................................................... 73 DIAGNÓSTICO PARA PAVIMENTAR VÍA DE ACCESO DE VILLA ESPAÑA, COMUNA DE SAN FERNANDO (OFICIO) ................................................................................................. 73 CONSTRUCCIÓN DE PUENTE SOBRE ESTERO ZAMORANO PARA UNIR SECTORES DE CALLEJONES Y LOS MAITENES, COMUNA DE SAN VICENTE (OFICIO) ..................... 74 PAVIMENTACIÓN DE CAMINO Y REEMPLAZO DE PUENTE EN SECTOR SAN JOSÉ DE COCALÁN, COMUNA DE LAS CABRAS (OFICIO) ........................................................... 74 IX.- ANEXO DE SESIÓN .......................................................................................................................... 76 COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES..... 76 INSTALACIÓN DE COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ EN COMUNA DE TALCAHUANO E INFORMACIÓN SOBRE NÚMERO DE ATENCIONES A TRABAJADORES DE PROVINCIA DE CONCEPCIÓN. (OFICIOS) ...................................... 76 X.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA..................................................................................................... 78 1. OFICIO DE S. E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9507-06. (1200-362). ........... 78 2. OFICIO DE S. E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9369-03) .............................. 78 3. OFICIO DE S. E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8207-07) .............................. 79 4. CERTIFICADO DE LA COMISIÓN DE SALUD, RECAÍDO EN EL PROYECTO, INICIADO EN MENSAJE, CON URGENCIA “DISCUSIÓN INMEDIATA”, QUE “PERFECCIONA NORMATIVA SOBRE PROFESIONALES Y TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO DE SALUD”. (BOLETÍN N° 9865-11) ........ 79 5. CERTIFICADO DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO, INICIADO EN MENSAJE, CON URGENCIA “DISCUSIÓN INMEDIATA”, QUE “PERFECCIONA NORMATIVA SOBRE PROFESIONALES Y TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO DE SALUD”. (BOLETÍN N° 9865-11) ........ 86 6. CERTIFICADO DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO, INICIADO EN MENSAJE, CON URGENCIA “SUMA, QUE “OTORGA UN BONIFICACIÓN ESPECIAL PARA FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE LA REGIÓN DE ATACAMA QUE CUMPLAN CONDICIONES QUE SE INDICAN.” (BOLETÍN N° 9868-05) .............................................................................................. 94 7. INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MENSAJE, CON URGENCIA CALIFICADA DE “SUMA”, QUE “CREA LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN PARVULARIA, LA INTENDENCIA DE EDUCACIÓN PARVULARIA Y MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES.”. (BOLETÍN N° 9365-04) ............................................................... 96 8. INFORME DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN INTERNO, ADMINISTRACIÓN Y REGLAMENTO RECAÍDO EN EL PROYECTO, INICIADO EN MOCIÓN, QUE “MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, CON EL OBJETO DE FIJAR LAS COMPETENCIAS DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN INTERNO Y DE LOS COMITÉS PARLAMENTARIOS RESPECTO DE LA DIRECCIÓN SUPERIOR DE LA CORPORACIÓN”. (BOLETÍN N° 9826-16) .......................................................... 151 9. SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN INTERNO, ADMINISTRACIÓN Y REGLAMENTO RECAÍDO EN EL PROYECTO, INICIADO EN MOCIÓN, QUE “MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, CON EL OBJETO DE PERFECCIONAR LA FORMULACIÓN DE PREGUNTAS A LOS MINISTROS DE ESTADO Y DE INSTAURAR LA INTERPELACIÓN CIUDADANA”. (BOLETÍN N° 9545-16) ............................................................... 159 XI. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA. 1. Comunicaciones: Del diputado señor Rincón por la cual justifica su inasistencia a la sesión del día 22 de enero de 2015 por impedimento grave. Del jefe de bancada de diputados de la Unión Demócrata Independiente por la cual informa que la diputada señora Turres reemplazará al diputado señor Gahona en la Comisión de Salud. Del jefe de bancada de diputados de la Unión Demócrata Independiente por la cual informa que el diputado señor Urrutia, don Osvaldo, reemplazará a la diputada señora Turres, en la Comisión de Defensa Nacional. Del jefe de bancada de diputados de la Unión Demócrata Independiente por la cual informa que el diputado señor Gahona reemplazará al diputado señor Urrutia, don Osvaldo, en la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización. 2. Nota: Del diputado señor Saldívar por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 4 de febrero de 2015, para dirigirse a Cuba. 3. Oficio: Del Departamento de Evaluación de la Ley por el cual remite el Informe Ejecutivo de Evaluación de la ley N° 20.066, sobre Violencia Intrafamiliar, elaborado por dicho Departamento. (002). Respuestas a Oficios Contraloría General de la República Diputado García don René Manuel, Estado de cumplimiento por parte de la Municipalidad de Cunco del dictamen N° 69078, de fecha 05 de septiembre de 2014. Asimismo, informe si se han iniciado los procedimientos administrativos correspondientes. (3104 al 5457). Diputado Cornejo, Información detallada en la solicitud adjunta, relacionada con la aprobación del anteproyecto de edificación del conjunto habitacional “Mirador Barón”, en los terrenos del ex Hospital Ferroviario, y en específico, si éste autorizaba la demolición de la fachada de dicho Hospital. Asimismo, remita el acto administrativo o antecedentes correspondientes que obren en su poder. (3186 al 5448). Ministerio de Interior Diputado Berger, Remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con la actividad desarrollada entre los días 21 y 24 de agosto del presente año, convocada por el Ministro del Interior y Seguridad Pública, que reunió a todos los gobernadores provinciales del país en el Lodge San Francisco, ubicado en el sector San Esteban de los Andes, Región de Valparaíso. (020 al 4465). Diputado Rathgeb, Informe a esta Cámara respecto de la existencia de un plan coordinado con los municipios de la provincia de Malleco y bomberos, para combatir los incendios forestales con peligro de vivienda y, fundamentalmente, si se han elaborado los cortafuegos aledaños a los centros poblados de la mencionada provincia. (052 al 6141). Ministerio de Economía, Fomento Y Turismo Diputada Turres doña Marisol, Informar a esta Corporación respecto del criterio de selección de las empresas que participarán en el “Programa de Investigación del Descarte”, autorizado por resolución exenta N° 1046, de 16 de abril de 2014; de sus investigadores; las facilidades que se darán para incluir científicos en las naves; la finalidad de la información recopilada; el criterio empleado para seleccionar las especies a estudiar; la finalidad de la captura de especies acompañantes; el criterio para la renovación del programa; los criterios para multar o eliminar a una empresa de este programa; las medidas de mitigación que se adoptarán a favor de la pesca artesanal afectada y el volumen autorizado de captura para especies del programa de investigación y de especies acompañantes (387 al 1172). Ministerio de Hacienda Diputado Rocafull, Criterios por los cuales planifica su presencia territorial en las regiones del país y la forma cómo se lleva a cabo la ejecución de las políticas de su ministerio en las regiones en que no cuenta con presencia territorial, en los términos que plantea en la solicitud que se acompaña. (023 al 4302). Diputado Jarpa, Posibilidad de enmendar el acuerdo que el Ministerio de Educación suscribió con el Colegio de Profesores, que dice relación con otorgar un bono compensatorio a los profesores que se encuentren en edad de jubilar, con el objeto de integrar a los profesores de los liceos técnicos de nuestro país a ese acuerdo, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (039 al 6201). Diputado Lavín, Diputado Ward, Reiterar el oficio N° 4550 de esta Corporación, de fecha 23 de septiembre de 2014; y, en definitiva, remita a esta Cámara la información relacionada con el cumplimiento por parte de los bancos e instituciones financieras de la obligación de mantener dinero en los cajeros automáticos, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (045 al 5467). Diputada Girardi doña Cristina, Posibilidad de adquirir la propiedad ubicada en calle 2 de Enero, N° 2339, comuna de Cerro Navia, informando las gestiones conducentes para darle el destino que originalmente tenía esta propiedad. (2781 al 4524). Diputado Letelier, Posibilidad de disponer el financiamiento de un estudio para la instalación de un centro de acopio de hortalizas y frutas que se producen en el valle del río Claro, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, que permita a la población de las comunas de Malloa, Rengo, San Vicente, Requínoa y Quinta de Tilcoco adquirir y comercializar dichos productos con los precios de producción original. (2803 al 6264). Diputada Carvajal doña Loreto, Informar sobre el monto que recibirá la “Banca Mujer Emprendedora” del aporte extraordinario que recibirá el Banco del Estado de Chile, a consecuencias de la aprobación del proyecto de ley que faculta al Ministro de Hacienda para realizar un aporte extraordinario de capital al Banco del Estado de Chile, y amplía el Fondo de Garantía para Pequeños, correspondiente al boletín N° 9520-05. (2813 al 5184). Diputado García don René Manuel, Detalle pormenorizado de la partida presupuestaria del Ministerio de Deporte, año 2015, aclarando la legitimidad de que parte de esos recursos se destinen a financiar actividades privadas con fines de lucro. (2817al 5245). Ministerio de Justicia Diputado Espejo, Informar sobre el modo en que dará apoyo a la escuela de Pailimo, en la comuna de Marchigüe. (2757 al 5442). Diputado Sabag, Disponer la habilitación de una sala de espera en el Servicio Médico Legal de Chillán. (347 al 666). Diputado Ward, Nombre de las fundaciones o corporaciones sin fines de lucros, su domicilio, decreto y fecha de constitución, razón social y los miembros de su directorio, en las que figure cualquiera de las personas que se indican en la solicitud adjunta. (441 al 6205). Ministerio de Defensa Nacional Diputado Mirosevic, Remita a esta Corporación la información detallada en la petición adjunta, relacionada con la utilización del aeropuerto de Tacna “Coronel FAC Carlos Cipriano Santa Rosa” como alternativa, en caso de emergencia o mal tiempo, al aeropuerto “Chacalluta” de la ciudad de Arica. (2507 al 5106). Diputada álvarez doña jenny, Informe a esta Cámara respecto del número de citaciones efectivamente entregadas, emitiendo nómina de personas y domicilios notificados por parte de la Capitanía de Puerto de Castro por la eventual ocupación ilegal del sector playa de las personas que viven o trabajan en el tradicional sector de los Palafitos y, además, indique el número de personas eventualmente multadas o que serían desalojadas luego de comparecer ante la Fiscalía Naval. (2768 al 5700). Diputado Rathgeb, Razones que impedirían la instalación de las dependencias del Cantón de Reclutamiento de Angol en el nuevo Edificio de Servicios Públicos de dicha comuna, al tenor de la solicitud y documentación que se acompaña. (2860 al 5883). Diputado Pérez don Leopoldo, Cobro de cinco Unidades Tributarias Mensuales a la señora Catalina Matamala Avilés, ex alumna de la Escuela de Especialidades Sargento 1° Adolfo Menadier Rojas. (6855 al 5931). Diputada Hoffmann doña María José, informe a esta Cámara respecto de la factibilidad técnica para la instalación de una vía de emergencia, entre los meses de enero y marzo, paralela al puente Lo Gallardo, ubicado en la Región de Valparaíso, con el propósito de hacer más fluido el tránsito vehicular entre las comunas de San Antonio y Santo Domingo. (6855 al 6253). Ministerio de Obras Públicas Diputado Gutiérrez don Hugo, Información relacionada con los procedimientos administrativos en virtud de los cuales se revocó la credencial de instalador al señor Cesar Rivera Choque, cédula nacional de identidad N° 6.564.288-3, que lo facultaba para prestar servicios en la Empresa Sanitaria Aguas del Altiplano. (014 al 5705). Diputado Letelier, Informar sobre la regulación de los peajes en las carreteras en lo que se refiere al número de pórticos con que estos deben operar, especialmente en situaciones de congestión vehicular, sin perjuicio de efectuar los mejoramientos que sea menester a esa normativa en beneficio de los usuarios. (162 al 5207). Diputado Paulsen, Disponga realizar un estudio de factibilidad técnica para la construcción de un acceso directo que vaya desde la ruta cinco sur, hacia la ruta S-10, Lautaro-Galvarino. (164 al 495). Diputado García don René Manuel, Fiscalizaciones realizadas al camino que va desde la comuna de Cararrehue al sector de Panqui, específicamente las realizadas en la curva ubicada a 600 metros desde el punto sobre el Río Trancura. (165al 5573). Diputada Rubilar doña Karla, Resolver el problema que ocasiona a los bomberos, que concurren a una emergencia, la exigencia por parte de las concesionarias de carreteras del pago de peaje. (166 al 512). Diputado Sabag, Posibilidad de disponer el estudio para la pavimentación del camino que une la localidad de Guarilihue de la comuna de Coelemu con el sector de Rafael en la comuna de Tomé. (70 al 564). Proyecto de Resolución 119, Solicitar al Ministerio de Obras Públicas entregue el apoyo técnico necesario a los Comités de Agua Potable Rural para la inscripción de pozos profundos y obras de captación de agua. 163. Proyecto de Resolución 130, “Solicitar a S.E. la Presidenta de la República el envío de un proyecto de ley que establezca mecanismos de indemnización a personas afectadas por ataques de perros asilvestrados.” 42. Ministerio De Trabajo Y Previsión Social Diputado Jackson, Informe a esta Cámara respecto de la existencia de un registro centralizado de trabajadores sindicalizados en el rubro del Transporte, denominado aparentemente como “Dicom Laboral” y, adicionalmente, darnos a conocer si la Dirección del Trabajo ha tomado conocimiento de algún fenómenos similar en éste u otro rubro. (047 al 5810). Diputado Soto, Antecedentes que disponga de las negociaciones colectivas llevadas a cabo por los sindicatos inscritos en las comunas de San Bernardo, Buin, Paine y Calera de Tango, entre los años 2012 y 2014, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (174 al 6241). Ministerio de Minería Diputado Kast, Funcionarios y asesores que conforman el gabinete ministerial y de la Subsecretaría de su ministerio desde el 11 de marzo de 2014 hasta la fecha, con su respectivo detalle de remuneraciones. (037 al 6079). Ministerio de Minería Y Energía Diputado Carmona, Patrocinio al proyecto de ley, de su autoría, que “Autoriza otorgar por el año 2015 una bonificación especial para funcionarios públicos de la Región de Atacama”, cuya copia se acompaña. (038 al 675). Ministerio de Vivienda y Urbanismo Diputado Rincón, informe a esta Cámara detalladamente respecto de la situación en que se encuentran 50 terrenos presentados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en una cartera nacional, que serán financiados por medio del Subtítulo 29.01, como se indica en el ordinario N° 0639 de fecha 11 de noviembre de 2014. (023 al 6188). Diputado Letelier, Colaborar en la resolución del problema que afecta a familias de la Villa Las Palmas, en la comuna de Doñihue, debido a las dificultades que enfrentan para pagar los dividendos del crédito bancario que adquirieron para acceder a una vivienda. (024 al 591). Diputado Flores, Disponer el envío de un auditor del nivel central del ministerio a su cargo, para que revise los procedimientos, calidad y oportunidad de los actos administrativos y de negocios realizados por la Sociedad de Desarrollo Urbano Valdivia Limitada, Valdicor Ltda. (025 al 390). Diputado Farcas, informe a esta Cámara respecto de la existencia de algún proyecto de su cartera, que pudiera implicar la expropiación de viviendas en el sector de la población Presidente Carlos Ibáñez del Campo, comuna de Conchalí. (039 al 5854). Diputada Molina doña Andrea, Estado de postulación de la señora Rosme Stuardo Parra, al Programa Nacional de Reconstrucción de Vivienda Chile Reconstruye Mejor y, en el evento de no encontrarse vigente, indique si califica a otro programa habitacional, en los términos que se indican en la petición adjunta. (042 al 5711). Diputado Mirosevic, Si el “Subsidio especial habitacional polimetales de Arica” y, el “Subsidio especial para el mejoramiento y reparación de viviendas”, son compatibles con otros, en material habitacional. Asimismo, individualice, explique el objeto, método, estado de ejecución y resultados del programa de mejoramiento de barrios, a que se refiere el artículo 14 de la ley N° 20.590. (045 al 5364). Diputado Kort, Proyectos que se contemplan para pavimentar la calzada del Pasaje Las Hortensias, esquina Pasaje París, de la Población Recreo 2, Rancagua. Asimismo, indique los programas a disposición de la comunidad para proveer una solución al problema antes descrito. (088 al 5926). Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Diputada Fernández doña Maya, Posibilidad de efectuar una modificación en la frecuencia realizada por el servicio troncal 106, dirección la Florida, mitigando la congestión vehicular que se produciría en la esquina de Dublé Almeyda con Monseñor Eyzaguirre, comuna de Ñuñoa. (227 al 5452). Diputado Silber, informe a esta Cámara respecto de si la futura concesión de la línea 7 del Metro de Santiago, será para la construcción o explotación de la misma, o bien para ambos procesos. (237 al 5878). Diputada Hernando doña Marcela, informe a esta Cámara sobre la posibilidad de elaborar una estrategia de integración dirigida a las personas que presenten discapacidad en la comuna de Antofagasta, para que tengan un mejor acceso al transporte público de la ciudad. (252 al 4382). Diputada Fernández doña Maya, Informar sobre la posibilidad de otorgar un pase liberado en el sistema de transporte público de Santiago, u otro beneficio similar, a la señora María Luisa Reyes, de manera que pueda realizar los viajes periódicos que necesita, con el propósito de recibir tratamientos de salud en el Hospital del Salvador. (381 al 3621). Ministerio de Desarrollo Social Diputado Sandoval, Avances del Programa de Postrados que ejecutan los Servicios de Salud para adultos mayores, desarrollado durante el presente año, indicando su cobertura, principales logros y evaluación a nivel regional. (006 al 5776). Ministerio Medio Ambiente Diputado Robles, Necesidad de exigir estudios de impacto ambiental para la instalación de plantas de fundición de plomo, remitiendo los antecedentes de todas las industrias que desarrollan actividades vinculadas con la producción del metal mencionado. (150059 al 1270). Diputado Robles, Reitera oficio 1.270. (150059 al 6608). Diputado Rocafull, Población de la especie Eulidia Yarrellii, conocida como picaflor de Arica, que desde el año 2003 ha reducido su población en un más de 70%, con un total de 500 individuos estimados para el 2012. (150134 al 6256). Diputado Espinoza don Fidel, Volumen, depósito y tratamiento de los residuos médico-patológicos en la Región de Los Lagos (150163 al 6476). Diputado Robles, Impacto medio ambiental del proyecto minero Dominga en la Región de Atacama. (150168 al 6548). Diputado Kast, Funcionarios y asesores que conforman el gabinete ministerial y de la Subsecretaría de su ministerio desde el 11 de marzo de 2014 hasta la fecha, con su respectivo detalle de remuneraciones. (150188 al 6096). Intendencias Diputado Espejo, Dar prioridad para el reemplazo e instalación en zona segura del nuevo hospital de Pichilemu. (030 al 533). Diputado Espejo, Informar respecto del estado de avance en la implementación del sistema de alerta y alarmas de seguridad en caso de tsunami para la costa de la Región del Libertador Bernardo O'Higgins. (031 al 5437). Diputado Espejo, Informar sobre el modo en que dará apoyo a la escuela de Pailimo, en la comuna de Marchigüe. (032 al 5443). Diputado Chahin, Posibilidad de considerar a la señora Zenobia Ñanco Rozas de la comuna de Lonquimay, para el otorgamiento del subsidio especial de vivienda cordillerana, en atención a su edad y estado de salud. (112 al 6301). Servicios Diputado Rocafull, Informar sobre los montos que adeudan las Isapres al servicio de salud bajo su dirección, señalando en detalle los deudores y la naturaleza de los créditos, y si éstos se encuentran o no vencidos; y, asimismo, respecto de las acciones administrativas y judiciales que ha adoptado o adoptará para el cobro de los montos adeudados, y las fechas en que se presentaron o presentarán dichas acciones. (023 al 6021). Diputada Nogueira doña Claudia, Diputado Coloma, Informe a esta Cámara sobre las fiscalizaciones efectuadas respecto del cumplimiento de la normativa que regula el turno de farmacias los días festivos y fines de semana, durante 2014 y especialmente en el feriado del pasado 25 de diciembre, los establecimientos sancionados y las medidas que se adoptaran al respecto, al tenor de la solicitud adjunta. (037 al 6445). Diputada Álvarez, doña Jenny, Remitir copia de la cuenta pública 2014 realizada por el director regional de Gendarmería de Los Lagos. (042 al 6376). Diputada Álvarez, doña Jenny, Remitir copia del convenio suscrito entre Gendarmería y la empresa Ingered, por el cual treinta internos del centro penal Alto Bonito de Puerto Montt trabajan en la confección de redes para la industria salmonera. (043 al 6373). Diputada Álvarez, doña Jenny, Remita a esta Cámara estadísticas, a partir de la información remitida por las mutuales de seguridad, de los accidentes laborales denunciados por las empresas de salmonicultura en las Regiones de Los Lagos, de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y Antártica Chilena, desde 2010 a la fecha, en los términos que plantea en la solicitud que se acompaña. (1316 al 3445). Diputado Trisotti, Cortes de suministro de agua potable que se han producido el presente año, en la Región de Tarapacá, afectando a las comunas de Iquique y Alto Hospicio. (178 al 5938). Diputado Soto, Posibilidad de aumentar el bono por hijo que percibe la señora Gloria Bravo González, cédula nacional de identidad N° 5.107.945-0, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (28940 al 6244). Proyecto de Resolución 119, Solicitar al Ministerio de Obras Públicas entregue el apoyo técnico necesario a los Comités de Agua Potable Rural para la inscripción de pozos profundos y obras de captación de agua. 163. Diputado Rincón, Medidas adoptadas para resolver los presuntos problemas que generarían los trabajos llevados a cabo por la empresa Nueva Pacífico Sur Limitada, que está instalando una nueva red de gas, en la comuna de Machalí. (002 al 5846). Diputado Fuenzalida, Informar sobre la tasa, desagregada por ciudades, de robos en lugar no habitado perpetrados en jardines infantiles y demás establecimientos de educación de la Región de Los Ríos. (030 al 6383). Diputado Sabag, Circunstancias que rodean la muerte del joven Luciano Darío Villanueva Carrasco, ocurrida en su domicilio de la Población Arrau Méndez, comuna de Parral el pasado 9 de noviembre, mientras se efectuaba un operativo policial, adoptando las medidas disciplinarias y administrativas que sean necesarias y velando por el debido proceso. (035 al 6186). Diputado Lavín, Diputado Ward, Remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con el cumplimiento por parte de los bancos e instituciones financieras respecto de la disponibilidad de dinero en los cajeros automáticos desde marzo de 2014 a la fecha. (045 al 4550). Diputado Rincón, Remitir información relacionada con la gestión y responsabilidad de la Universidad de Chile sobre la red sismológica nacional, y con su relación con el sistema de emergencias de Chile. (047 al 5075). Diputada Núñez doña Paulina, Informar sobre las fiscalizaciones realizas a los siguientes proyectos: “Recepción, acopio y embarque de cobre”, de la empresa Antofagasta Terminal Internacional S.A.; “Trasporte ferroviario de concentrado de cobre”, de la empresa Antofagasta Railway Company PLC (075 al 6366). Diputada Carvajal doña Loreto, Informar sobre las medidas que adoptará Carabineros de Chile para haber frente a los graves hechos de violencia delictual ocurridos en la comuna de San Carlos. (53 al 6289). Ministerio de Minería Diputado Núñez, Remitir información sobre los contratos o convenios celebrados entre Coldelco, o sus divisiones, con la Isapre Banmédica, con la Isapre Vida Tres, y con las clínicas Santa María y Dávila, en especial, informe respecto del objeto de los contratos o convenios, montos y plazo de vigencia. (003 al 6361). Diputado Núñez, Remitir copia de las actas de las sesiones del directorio de Coldelco, realizadas entre el 11 de marzo de 2010 y el 11 de marzo de 2014, en las que se trató la modificación al sistema de salud de los trabajadores de la mencionada empresa y, en particular, sobre el traspaso de los trabajadores a las Isaprés Banmédica y Vida Tres y respecto de los mecanismos de incentivo adoptados para efectuar dichos traspasos. (004 al 6363). Diputado Núñez, Remitir información sobre los contratos o convenios celebrados entre Coldelco, o sus divisiones, con Las Américas Administradora de Fondos de Inversión S.A., en especial, informe respecto del objeto de los contratos o convenios, montos y plazo de vigencia. (005 al 6362). Municipalidades Diputada Cicardini doña Daniella, Solicitud y tramitación del Bono Post Laboral, establecida en la ley 20.305, de las extrabajadoras del departamento de educación de esa municipalidad. (029 al 6100). Diputada Núñez doña Paulina, Posibilidad del uso de suelo y actividad comercial, establecidas en el plano regulador de la comuna de Antofagasta, del inmueble ubicado en la Calle Baltazar Leyton N° 141. (044 al 5930). Diputado Jackson, Informe a esta Cámara respecto de las gestiones que ha realizado su administración a fin de lograr una solución entre Metro de Santiago y las organizaciones territoriales del bario El Cortijo Norte, en el marco del conflicto generado por la intervención del Parque Las Rosas a causa de la construcción de la Estación Los Libertadores de la nueva línea 3 del Metro. (1000al 5807). I. ASISTENCIA -Asistieron los siguientes señores diputados: (115) NOMBRE -Aguiló Melo, Sergio -Álvarez Vera, Jenny -Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo -Andrade Lara, Osvaldo -Arriagada Macaya, Claudio -Auth Stewart, Pepe -Barros Montero, Ramón -Becker Alvear, Germán -Bellolio Avaria, Jaime -Berger Fett, Bernardo -Boric Font, Gabriel -Browne Urrejola, Pedro -Campos Jara, Cristián -Cariola Oliva, Karol -Carmona Soto, Lautaro -Carvajal Ambiado, Loreto -Castro González, Juan Luis -Ceroni Fuentes, Guillermo -Chávez Velásquez, Marcelo -Cicardini Milla, Daniella -Coloma Álamos, Juan Antonio -Cornejo González, Aldo -De Mussy Hiriart, Felipe -Edwards Silva, José Manuel -Espejo Yaksic, Sergio -Espinosa Monardes, Marcos -Espinoza Sandoval, Fidel -Farcas Guendelman, Daniel -Farías Ponce, Ramón -Fernández Allende, Maya -Flores García, Iván -Fuentes Castillo, Iván -Fuenzalida Figueroa, Gonzalo -Gahona Salazar, Sergio -García García, René Manuel -Girardi Lavín, Cristina -Godoy Ibáñez, Joaquín -González Torres, Rodrigo -Gutiérrez Gálvez, Hugo -Gutiérrez Pino, Romilio39 -Hasbún Selume, Gustavo -Hernández Hernández, Javier -Hernando Pérez, Marcela -Hoffmann Opazo, María José -Insunza Gregorio de las Heras, Jorge -Jackson Drago, Giorgio -Jaramillo Becker, Enrique -Jarpa Wevar, Carlos -Jiménez Fuentes, Tucapel -Kast Rist, José Antonio -Kast Sommerhoff, Felipe -Kort Garriga, Issa -Lavín León, Joaquín -Lemus Aracena, Luis -León Ramírez, Roberto -Letelier Norambuena, Felipe -Lorenzini Basso, Pablo -Macaya Danús, Javier -Melero Abaroa, Patricio -Melo Contreras, Daniel -Meza Moncada, Fernando -Molina Oliva, Andrea -Monckeberg Bruner, Cristián -Monckeberg Díaz, Nicolás -Monsalve Benavides, Manuel -Morales Muñoz, Celso -Morano Cornejo, Juan Enrique -Nogueira Fernández, Claudia -Norambuena Farías, Iván -Núñez Arancibia, Daniel -Núñez Lozano, Marco Antonio -Núñez Urrutia, Paulina -Ojeda Uribe, Sergio -Ortiz Novoa, José Miguel -Pacheco Rivas, Clemira -Pascal Allende, Denise -Paulsen Kehr, Diego -Pérez Arriagada, José -Pérez Lahsen, Leopoldo -Pilowsky Greene, Jaime -Poblete Zapata, Roberto -Provoste Campillay, Yasna -Rathgeb Schifferli, Jorge -Rivas Sánchez, Gaspar -Robles Pantoja, Alberto -Rocafull López, Luis -Rubilar Barahona, Karla -Sabat Fernández, Marcela -Saffirio Espinoza, René -Saldívar Auger, Raúl -Sandoval Plaza, David -Santana Tirachini, Alejandro -Schilling Rodríguez, Marcelo -Sepúlveda Orbenes, Alejandra -Silber Romo, Gabriel -Silva Méndez, Ernesto -Soto Ferrada, Leonardo -Squella Ovalle, Arturo -Tarud Daccarett, Jorge -Teillier del Valle, Guillermo -Torres Jeldes, Víctor -Trisotti Martínez, Renzo -Tuma Zedán, Joaquín -Turres Figueroa, Marisol -Ulloa Aguillón, Jorge -Urízar Muñoz, Christian -Urrutia Bonilla, Ignacio -Urrutia Soto, Osvaldo -Vallejo Dowling, Camila -Vallespín López, Patricio -Van Rysselberghe Herrera, Enrique -Venegas Cárdenas, Mario -Verdugo Soto, Germán -Walker Prieto, Matías -Ward Edwards, Felipe -Concurrió, además, el ministro de Salud subrogante, señor Jaime Burrows Oyarzún. -No estuvo presente por encontrarse con impedimento grave, el diputado señor Ricardo Rincón González.- * PDC: Partido Demócrata Cristiano; PPD: Partido por la Democracia; UDI: Unión Demócrata Independiente; RN: Renovación Nacional; PS: Partido Socialista; PRSD: Partido Radical Social Demócrata; IND: Independiente. PC: Partido Comunista y Partido Liberal de Chile. II. APERTURA DE LA SESIÓN -Se abrió la sesión a las 10.42 horas. El señor CARMONA (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. III. ACTAS El señor CARMONA (Vicepresidente).- El acta de la sesión 110ª se declara aprobada. El acta de la sesión 111ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados. IV. CUENTA El señor CARMONA (Vicepresidente).- El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta. -El señor ROJAS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta. ACUERDOS DE LOS COMITÉS El señor CARMONA (Vicepresidente).- El señor Prosecretario dará lectura a los acuerdos de los Comités. El señor ROJAS (Prosecretario).- Reunidos los jefes de los Comités Parlamentarios bajo la presidencia del diputado señor Cornejo y con la asistencia de los diputados señores Auth, Browne, Carmona (Primer Vicepresidente); Ceroni, Espinosa, don Marcos; González (Segundo Vicepresidente), Monckeberg, don Nicolás; Morales, Núñez, don Daniel; Rathgeb, Saffirio, Schilling, Torres, Urrutia, don Ignacio, y Walker adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: 1. Votar sin discusión en la sesión de hoy el proyecto que perfecciona la normativa sobre profesionales y trabajadores del sector público de salud (Boletín N° 9865-11), con urgencia calificada de discusión inmediata, en virtud de los artículos 123 y 191 del Reglamento. 2. Despachar sin discusión el proyecto que otorga una bonificación especial para funcionarios públicos de la Región de Atacama que cumplan las condiciones que se indican (Boletín N° 9868-05). Si fuera aprobado por la unanimidad de la Comisión de Hacienda, la Sala lo votará en la sesión de hoy. En caso contrario, figurará en la Tabla de la sesión de mañana. 3. Celebrar sesión el lunes 26 de enero, a las 15.30 horas, para tratar el proyecto que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado, otorgando un tiempo de 10 minutos por bancada y otro de 2 horas, distribuido en forma proporcional entre los Comités. 4. Respecto de la iniciativa consignada en el número anterior, el oficio del Senado con modificaciones será incorporado en la Cuenta del jueves 22, no obstante que su ingreso se verifique con posterioridad a su cierre. 5. Durante la semana distrital de enero la Cámara de Diputados funcionará normalmente los días martes 27 y miércoles 28. ENTREGA DE CONDECORACIÓN “CÁMARA DE DIPUTADOS DE CHILE” A EXCELENTÍSIMA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ El señor NÚÑEZ (presentador) [de pie].- Señor Presidente, honorables diputados, distinguida invitada de honor, señoras y señores: Según acuerdo adoptado por la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento el pasado 13 de enero, corresponde recibir hoy a la Presidenta del Congreso de la República del Perú, excelentísima señora Ana María Solórzano, con el propósito de imponerle la condecoración “Cámara de Diputados de Chile”. Para dar la bienvenida a tan distinguida visita dejo con ustedes al Presidente de la Cámara de Diputados de Chile, don Aldo Cornejo González. -Aplausos. El señor CORNEJO (Presidente) [de pie].- Excelentísima señora Ana María Solórzano, Presidenta del Congreso Nacional del Perú; señores vicepresidentes de la Cámara de Diputados de Chile; señor embajador del Perú en Chile; señor embajador de Chile en Perú; señoras diputadas y señores diputados: La presencia en este Hemiciclo de la excelentísima señora Ana María Solórzano, Presidenta del Congreso Nacional del Perú, no es casual, pues es un símbolo que nos remite a los históricos vínculos de confraternidad que han existido entre nuestros países. Al respecto, quiero destacar en primer término la consonancia chileno-peruana en una serie de principios y valores propios del ámbito de las relaciones exteriores, como el apego y el respeto al derecho internacional, el respeto a los derechos humanos, la promoción del desarrollo socioeconómico de los pueblos, la participación en misiones de paz y el estímulo a la cooperación hemisférica y a la integración regional. De igual manera, si hacemos el ejercicio de repasar brevemente nuestra historia común, encontraremos en los albores del siglo XIX una figura de común raigambre, como es la del libertador general Bernardo O’Higgins, quien a partir de su experiencia de vida supo tender puentes de encuentro entre ambas naciones, contribuyendo a la causa de nuestra independencia, pero también pasando buena parte de su vida en tierras peruanas, donde fue acogido con particular hospitalidad. Lo anterior solo viene a ratificar que, desde los albores de nuestras repúblicas, la voluntad por avanzar en un camino común de libertad y cooperación entre ambos pueblos, ha estado siempre presente en nuestra historia común. Es así como en 1822 Chile reconoce al gobierno peruano y envía a Lima, en su representación, a un ministro plenipotenciario. De inmediato, ambos países firmamos el Tratado de Liga, Alianza y Confederación, que sería complementado al año siguiente con un Tratado de Auxilios, que fijaba las condiciones del financiamiento de la campaña libertadora. Remontándonos a 1865, encontramos un episodio paradigmático de la confraternidad chileno-peruana, tras el bombardeo español a Valparaíso, represalia directa del apoyo nacional a Perú y a la misma causa americana. Es evidente que el enfrentamiento bélico de la Guerra del Pacífico es un elemento difícil de soslayar para ambas partes, incluso hasta nuestros días, pero también cabe reconocer que, tras la rúbrica del Tratado de 1929 hasta la fecha, las relaciones entre ambos países han transitado por una senda marcada por una serie de tentativas por incrementar las medidas de confianza mutua. En la línea anteriormente descrita, podemos citar una serie de acuerdos que nos han permitido la resolución pacífica de nuestros conflictos y la instauración de un clima de confianza y de apoyo recíproco. Asimismo, es interesante hacer notar la pertenencia de ambos países a diversos foros internacionales, lo que ha permitido muestra inserción en el ámbito multilateral y que nos remite a un horizonte común y a una estrategia integracionista que, en definitiva, busca avanzar hacia mejores condiciones de vida para los habitantes de ambos pueblos. También en el plano comercial, Chile y Perú mantienen una dinámica relación, habiendo suscrito a la fecha diversos tratados de cooperación e intercambio económico, siendo el punto culmine de esta dinámica cooperativa la suscripción del Tratado de Libre Comercio, que entró en vigencia el 1 de marzo de 2009. Pero la cooperación entre nuestros países no solo se ha circunscrito a materias económicas o multilaterales; también se han hecho grandes avances en materias de defensa, lo que ha permitido fijar políticas claras sobre gastos y cooperación entre nuestras respectivas Fuerzas Armadas. Por otra parte, los acuerdos para el apoyo recíproco en caso de desastres naturales en zonas fronterizas, así como las instancias de intercambio de información sobre tráfico marítimo y materias científico-tecnológicas sobre el Territorio Antártico, constituyen otra muestra de la multiplicidad de instancias de convergencia entre Chile y Perú. En fin, los variados puntos de confluencia de las voluntades de ambos pueblos nos llevan a afirmar que, tanto desde Perú como desde nuestra vereda, los actores políticos y sociales han entendido que la mejor manera de conseguir el avance y progreso de nuestros pueblos es a partir de la unidad e integración, en un clima de respeto y cordialidad, más allá de las legítimas diferencias que puedan existir y que, huelga decirlo, no debiesen nunca lesionar los fructíferos nexos que nos vinculan. Este sentimiento quedó de manifiesto durante el proceso que rodeó la controversia surgida hace pocos años, a propósito del límite marítimo bilateral contencioso que fue zanjado por la Corte Internacional de La Haya, en un proceso que fue destacado a nivel mundial por la altura de miras de ambos Estados para acatar el fallo y ponerlo con prontitud en ejecución. Por lo mismo, la cooperación a todo nivel, el aprovechamiento del Océano Pacífico como plataforma de interconexión con los mercados del Asia Pacífico y la profundización de las medidas de confianza mutua en el ámbito de la defensa, aparecen como algunos de los desafíos para el fortalecimiento y consolidación de una nueva alianza chileno-peruana para enfrentar el siglo XXI. Por último, junto con destacar todo este entramado común, me gustaría igualmente destacar la larga historia de amistad y de confraternidad que nos une con la máxima instancia legislativa del Perú, aspecto que se ve refrendado en los diversos encuentros que han sostenido en el tiempo las autoridades y miembros de nuestros respectivos cuerpos legislativos. Al respecto, quiero resaltar el reconocimiento entregado por esta Corporación a importantes legisladores peruanos, como el excelentísimo señor Henry Pease García, quien el 8 de junio de 2004, en su calidad de Presidente del Congreso del Perú, se hizo acreedor de la entonces denominada “Condecoración Presidencia de la Cámara de Diputados”, que en aquel tiempo se otorgaba a los jefes de Estado, jefes de Gobierno o presidentes de parlamentos extranjeros. Este galvano fue reemplazado en 2006 por la actual “Condecoración Cámara de Diputados de Chile”, en un intento por reflejar de modo más apropiado el acuerdo corporativo que existe detrás de este estímulo. Conforme al artículo 1° de su Reglamento, esta distinción oficial busca reconocer los méritos públicos de las autoridades anteriormente reseñadas y, a la vez, de manera excepcional, relevar la figura de ciudadanos chilenos y extranjeros que hayan descollado en algún ámbito de la vida pública. Otro ilustre ciudadano peruano, el excelentísimo señor Víctor Isla Rojas, a la sazón titular del Congreso de la República de Perú, recibió esta Condecoración el 20 de marzo de 2013, durante su visita a nuestro país. Hoy, asistimos a un nuevo hito en esta fecunda relación de confraternidad legislativa chileno-peruana, con la entrega a la excelentísima señora Ana María Solórzano de este tradicional reconocimiento, que la unge como huésped ilustre de nuestra Corporación. Señora Solórzano, esta condecoración que hoy le conferimos es un signo del profundo aprecio y sentimiento de hermandad que nos une como países que compartimos no solo la pertenencia a un mismo continente, sino también un profundo anhelo y una visión de futuro que se proyectan en idéntica dirección. Es un auténtico honor tenerla entre nosotros y poder testimoniar, a través de su distinguida persona, todo el afecto que este país y esta Cámara de Diputados siente por el hermano pueblo peruano y, en especial, por nuestros colegas que forman parte del Congreso Nacional del Perú. Muchas gracias. He dicho -Aplausos. El señor NÚÑEZ (presentador) [de pie].- El Presidente de la Cámara de Diputados, señor Aldo Cornejo González, procederá a imponer la condecoración “Cámara Diputados de Chile” a la excelentísima Presidenta del Congreso de la República del Perú, señora Ana María Solórzano. Tal condecoración es el más alto reconocimiento que otorga esta Corporación, cuyo propósito es destacar y honrar públicamente a las más altas autoridades extranjeras en virtud de los cargos que representan. -El señor Presidente de la Cámara de Diputados, don Aldo Cornejo, impone la condecoración “Cámara de Diputados de Chile” a la excelentísima Presidenta del Congreso de la República del Perú, señora Ana María Solórzano. -Aplausos. El señor NÚÑEZ (presentador) [de pie].- Tras la imposición de la condecoración “Cámara de Diputados de Chile” por parte del Presidente de la Corporación, hará uso de la palabra la Presidenta del Congreso de la República del Perú, excelentísima señora Ana María Solórzano. La señora SOLÓRZANO, doña Ana María (Presidenta del Congreso de la República del Perú) [de pie].- En primer lugar, quiero saludar al señor Aldo Cornejo, Presidente de la Cámara de Diputados de Chile; a los diputados y diputadas presentes, así como agradecer la honrosa invitación recibida por el señor Cornejo y la gentileza de las señoras y señores diputados que nos acompañan. La presente condecoración, de la cual me siento honrada y orgullosa de recibir, me permitirá no solo evocar y recordar con suma gratitud, aprecio y alegría, la hospitalidad, generosidad y amabilidad de ustedes y, en general, del hermano pueblo chileno, sino también recordar el motivo de tan significativa distinción: el cargo representativo de mi país que hoy ejerzo y lo que ello supone. Es que un cargo público de suma trascendencia, más aún cuando implica el establecimiento de relaciones bilaterales con países hermanos, acarrea responsabilidades y obligaciones para con los ciudadanos; un deber de trabajo por que la voz de los ciudadanos sea escuchada, sus necesidades sean cubiertas y sus derechos sean protegidos. Todo ello conlleva la obligación de esforzarse de manera constante para generar espacios de diálogo, puentes de entendimiento para arribar a consensos que, a su vez, permitan promover el bienestar general y el crecimiento económico, cultural y personal de nuestros ciudadanos, sin generar reparos en función de su origen, nacionalidad o condición económica-social. Supone, así, un compromiso de fiscalización permanente e independiente, en clara materialización del principio de separación de poderes, de la labor de las autoridades y funcionarios de otros Poderes del Estado y niveles de gobierno, así como de los propios integrantes del Parlamento, ya que una moneda indebidamente gastada, un poder ejercido de manera arbitraria o una conducta ilegal cometida por alguna autoridad no solo defrauda a los electores, sino que implica un medicamento menos en un hospital, una carpeta menos en una escuela que, entre otros factores, acentúan la desigualdad en nuestras sociedades. Es un verdadero privilegio compartir con ustedes este momento en representación del Congreso de la República del Perú, cuyo especial saludo deseo transmitirles hoy. El año pasado, el Congreso peruano, que tengo el alto honor de presidir, tuvo la satisfacción de recibir a mi amigo el diputado Aldo Cornejo, Presidente de esta Cámara; a la Presidenta del Senado, señora Isabel Allende, junto con una delegación de parlamentarios chilenos provenientes de diversas bancadas, en el marco del Primer Encuentro Interamericano de Presidentes de los Poderes Legislativos, que se llevó a cabo los días 17 y 18 de julio pasado. En esta ocasión, mi visita busca reafirmar los lazos de unión, fortalecer la cooperación y el diálogo para el crecimiento sostenido y conjunto entre Chile y Perú. Señoras y señores diputados, todo tiempo político tiene sus propios retos; toda obra política, toda obra humana, es siempre una tarea inacabada. Nuestras poblaciones demandan de sus gobiernos y parlamentos paz, seguridad y bienestar. Quieren un país seguro, donde no deban temer por su vida o la integridad de su familia y amigos; por sus propiedades, por su tranquilidad para circular libremente por las calles y plazas, donde disfruten de sus parques, campos y montañas sin la amenaza latente de algún atentando; un país que crezca económicamente, que genere empleo productivo, mayores ingresos, mayor riqueza; un país que les ofrezca desarrollo con inclusión social, con igualdad de oportunidades, acceso a la educación y a la cultura, y potenciar sus capacidades para progresar. También quieren libertad, pluralismo, apertura, institucionalidad, para que sus derechos no dependan de la voluntad de los gobiernos; quieren un Estado eficaz, que gestione eficientemente sus recursos y ofrezca servicios públicos oportunos y de calidad; que trabaje con ahínco y transparencia para satisfacer las necesidades de los ciudadanos; quieren un Parlamento que sea el escenario principal del debate y propuestas legislativas que contribuyan a la solución de sus problemas y preocupaciones. En ese sentido, no debemos olvidar que los parlamentarios prestamos un servicio público a los ciudadanos, al legislar, al fiscalizar y al representarlos. Ellos son nuestra razón de ser, como en toda democracia representativa. Ellos, como contribuyentes o emprendedores, construyen, con su trabajo de cada día, el desarrollo de nuestros países. Peruanos y chilenos compartimos un modelo de desarrollo abierto al intercambio y a la integración, sustentado en la apertura de nuestras economías, en la liberalización del comercio, en el estricto respeto a la seguridad jurídica y una dinámica política de proyección de acuerdos de libre comercio con todos los mercados principales, entre ellos los nuestros. Compartimos con ustedes, también, nuestro mayor y más ambicioso proyecto de integración económica y de proyección conjunta al mundo: la Alianza del Pacífico. Además, compartimos inversiones en ambos sentidos: intercambio comercial, turismo, negocios conjuntos, migrantes, familias peruanas que vinieron a Chile a buscar un futuro, que agradecen el respeto a sus derechos que otorga este querido país y que aportan cada día al desarrollo de Chile con su esfuerzo laborioso e infatigable; familias chilenas que residen en Perú y que contribuyen al desarrollo de nuestro país, migrantes que tienen hijos que ya son de ambos países y a los que representan tanto los parlamentos de Chile y Perú. “Compartimos” es una palabra que encierra muchas cosas tangibles e ideales comunes; simboliza, queridos diputados, el giro histórico de nuestros lazos que a veces han sido complejos, dolorosos, cuyas huellas todavía despiertan sensibilidades en ambos lados, pero que juntos hemos aprendido a ir superando, rescatando y priorizando todo aquello que nos vincula, que nos hermana y que nos une. Como sostuviera Gandhi: “No hay camino para la paz, la paz es el camino”. Ambos países nos encontramos justamente ahí, en un proceso continuo de construcción del camino hacia la paz, de la unión y de la fraternidad, que deje en el pasado las diferencias y que permita florecer todos aquellos puntos de confluencia política, económica, social y cultural. Señoras y señores diputados, vuestro apreciado diputado y amigo, Aldo Cornejo González, nos recordaba y marcaba el rumbo, al manifestar que se debe transitar hacia una sociedad plenamente democrática, donde las justicia y la igualdad sean el fundamento de nuestra convivencia y el incentivo permanente para construir un futuro para todos. En esta oportunidad, haciendo eco de aquella reflexión, también invoco a trabajar juntos para construir una sociedad inclusiva y tolerante, una Latinoamérica de todos y para todos, donde cada peruano y cada chileno se sienta identificado y colabore desde su hogar, desde su escuela, desde su trabajo para alcanzar aquel ideal. Porque si bien las autoridades lideramos aquel proceso, es nuestra obligación hacer sentir a nuestros ciudadanos que también forman parte de dicho proceso llamado integración latinoamericana. Efectivamente, el libre mercado, los acuerdos de complementación económica y tratados de libre comercio han facilitado las inversiones y el desarrollo de nuestros países a nivel macroeconómico, al contar con mayores ingresos y brindar una mayor cobertura para satisfacer las necesidades básicas a través de la prestación de servicios públicos. Sin embargo, debemos ser conscientes de que nuestra labor aun se encuentra lejos de terminar. No resultaría justo ni válido hablar de desarrollo sin igualdad. No podemos sostener que hay riqueza sin inclusión social. Así, sin descuidar las permanentes relaciones de cooperación e integración a nivel económico y comercial, ha llegado el momento de compartir experiencias y esfuerzos para lograr una adecuada distribución de la riqueza, de la inclusión, de la salud, seguridad, educación para todas y todos, peruanos y chilenos, tanto en Chile como en Perú. Ello se logra con un sistema de justicia independiente e imparcial, con organismos que velen por el respeto de los derechos de los trabajadores, con educación pública y privada de calidad y de fácil acceso, con un sistema político-electoral que optimice la democracia al interior de los partidos políticos, con tributos cuyas cargas se correspondan con el nivel de los ingresos de los contribuyentes; que nuestra dedicación, atención y esfuerzo sostenido se encuentre abocado a ello. Tenemos no solo intereses, sino, también, necesidades y problemas comunes, por lo que nuestras experiencias nos permitirán afrontar dicha labor y responsabilidad. Reitero en este Hemiciclo la firme voluntad del Congreso del Perú por seguir aportando en todo aquello que nos corresponda como Poder Legislativo, para la consolidación de la relación de amistad, cooperación e intereses compartidos de nuestros países. Sé que a mi retorno a Lima podré atestiguar ante mis colegas congresistas el mismo espíritu de parte de todos ustedes, colegas, amigas y amigos. Un brillante político iberoamericano del siglo XX, Adolfo Suárez González, figura emblemática y decisiva de la transición política española, dijo: “La lucha política, la controversia, el debate, el disentimiento, el conflicto no constituyen una patología social. No son acontecimientos negativos. Al contrario, reflejan la vitalidad de una sociedad. En toda comunidad política existen siempre distintos estratos de opinión; las discrepancias son por tanto naturales, pero hay uno, a mi juicio el básico, el que se refiere a las razones últimas y esenciales que afectan a la raíz de la propia convivencia, en que creo es necesaria la coincidencia de todos y el consenso de la inmensa mayoría, y ese consenso es el cimiento de una sociedad perfectamente moderna. Cuando ese consenso se destruye sobreviene la discordia y nuestro mundo ofrece dramáticos ejemplos de todo esto. Y así como la concordia es capaz de hacer crecer las cosas más pequeñas, la discordia es capaz de destruir las cosas más grandes.”. El poeta Pablo Neruda, en su discurso pronunciado con ocasión de la entrega del Premio Nobel de Literatura, señaló: “Solo con una ardiente paciencia conquistaremos la espléndida ciudad que dará luz, justicia y dignidad a todos los hombres.”. Muchas gracias, señoras y señores diputados por este recibimiento, por esta condecoración de su Presidente y por vuestra amistad, que llevaré por siempre en mi corazón. Muchas gracias. -Aplausos. El señor NÚÑEZ (presentador) [de pie].- Con las palabras de la Presidenta del Congreso de la República del Perú, excelentísima señora Ana María Solórzano, damos por concluida esta ceremonia, en que la Cámara de Diputados de Chile recibió y condecoró a la más alta autoridad del Poder Legislativo del vecino país. -Aplausos. El señor CORNEJO (Presidente).- Se suspende la sesión por tres minutos. -o- -Transcurrido el tiempo de suspensión: El señor CARMONA (Vicepresidente).- Continúa la sesión. Tiene la palabra el diputado señor René Saffirio. El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente, en el primer lugar de la Tabla figura el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que crea la autorización de funcionamiento de jardines infantiles otorgada por el Ministerio de Educación y modifica otros cuerpos legales que indica. Como el ministro de Educación se encuentra en estos momentos en el Senado tratando de avanzar en el proyecto que debemos resolver la próxima semana, solicito que recabe la unanimidad de la Sala para que pueda ingresar la subsecretaria de Educación. El señor CARMONA (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo para acceder a la solicitud del diputado Saffirio? No hay acuerdo. V. ORDEN DEL DÍA AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAMIENTO DE JARDINES INFANTILES OTORGADA POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 8859‐04) El señor CARMONA (Vicepresidente).- Corresponde tratar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que permite el funcionamiento de jardines infantiles otorgada por el Ministerio de Educación y modifica otros cuerpos legales que indica. Antecedentes: -Modificaciones del Senado, sesión 116ª de la presente legislatura, en 20 de enero de 2015. Documentos de la Cuenta N° 10. El señor CARMONA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos: El señor CORNEJO (Presidente).- Corresponde votar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que crea la autorización de funcionamiento de jardines infantiles otorgada por el Ministerio de Educación y modifica otros cuerpos legales que indica, con la salvedad del número 3) del artículo 16 incorporado por el Senado, por tratarse de una norma de ley orgánica constitucional. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor CORNEJO (Presidente).- Aprobadas. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chávez Velásquez Marcelo; Cornejo González Aldo; De Mussy Hiriart Felipe; Edwards Silva José Manuel; Espejo Yaksic Sergio; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Lorenzini Basso Pablo; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Lahsen Leopoldo; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rivas Sánchez Gaspar; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe. El señor CORNEJO (Presidente).- Corresponde votar el número 3) del artículo 16, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 67 señoras diputadas y señores diputados, por tratarse de una norma de ley orgánica constitucional. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 96 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor CORNEJO (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; De Mussy Hiriart Felipe; Edwards Silva José Manuel; Espejo Yaksic Sergio; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hernández Hernández Javier; Hernando Pérez Marcela; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Letelier Norambuena Felipe; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Lahsen Leopoldo; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rivas Sánchez Gaspar; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe. El señor CORNEJO (Presidente).- Despachado el proyecto. MODIFICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES PARA REGULAR INSTALACIÓN DE CENTROS COMERCIALES Y SUPERMERCADOS EN ÁREAS URBANAS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9296‐14) El señor CARMONA (Vicepresidente).- Corresponde tratar el proyecto de ley que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, con el objeto de regular la instalación de centros comerciales y supermercados en áreas urbanas. Diputado informante de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales es el señor Daniel Farcas. Antecedentes: -Moción, sesión 10ª de la presente legislatura, en 9 de abril de 2014. Documentos de la Cuenta N° 4. -Informe de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, sesión 110ª de la presente legislatura, en 6 de enero de 2015. Documentos de la Cuenta N° 22. El señor CARMONA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado informante. El señor FARCAS.- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, paso a informar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, de origen en una moción de los diputados señores Pepe Auth, Juan Luis Castro, Fidel Espinoza, Daniel Farcas; de la diputada señora Maya Fernández; de los diputados señores Tucapel Jiménez, Manuel Monsalve, Roberto Poblete, Ricardo Rincón y de la diputada señora Alejandra Sepúlveda, que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones con el objeto de regular la instalación de supermercados y centros comerciales en el área urbana para proteger a las pequeñas y medianas empresas y a los almacenes de barrio. La COMISIÓN contó con la asistencia de las señoras Paulina Saball, ministra de Vivienda y Urbanismo; Jeannette Tapia, asesora legislativa de esa cartera, y Pablo Contrucci, jefe de la división de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Concurrieron, también, la señora Ximena Bórquez, directora nacional del Colegio de Arquitectos de Chile; los señores Raúl Barrientos, asesor del ministro de Transportes y Telecomunicaciones; Carlos Abusleme y Carlos Abusleme M., presidente y abogado asesor, respectivamente, de la Cámara de Comercio e Industria de Patronato; Roberto Letelier, presidente del Sector Patio de Remates; Roberto Núñez, presidente del Sector Antiguo, y Domingo Guerrero, relacionador público, todos de la Vega Central; Hernán Calderón, presidente de Conadecus; Susana Carey, presidenta de la Asociación de Supermercados de Chile AG.; Oscar Bruna, vicepresidente de Conapyme; Manuel Melero, presidente de la Cámara Chilena de Centros Comerciales; Tomás Riedel y Muries Sciaraffia, representantes de la Cámara Chilena de la Construcción, y Héctor Tejada, presidente de Unapyme. Antecedentes. En la moción se hace presente que, en los últimos años, el país ha sido testigo de manifestaciones cada día más evidentes de la concentración de intereses económicos en unas pocas manos que detentan parte fundamental de la riqueza de nuestro país. Muestra de esta situación son los episodios que han envuelto a diversas industrias en claro perjuicio de los consumidores, como la colusión de las farmacias y las avícolas, o la situación producida en torno a la empresa La Polar, por citar sólo algunos casos. Es especialmente delicada la situación de las grandes cadenas del retail, cuya concentración horizontal y vertical, particularmente de sus supermercados, redunda en un abuso de poder de compra y lleva al interior de sus salas de venta a tener una oferta cada vez más creciente de productos de marca propia, que no son sino el resultado de diversas pymes que se ven absorbidas o sometidas por ellas, por cuanto, si se es productor de aceite, detergentes, legumbres o cualquier otro producto de consumo masivo y estos no están en las estanterías de las grandes cadenas sencillamente no existen en el mercado. En el debate en la comisión el señor Pablo Contrucci hizo presente que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo comparte el propósito perseguido por el proyecto de ley, en orden a regular las instalaciones comerciales en el territorio urbano, atendido el efecto que produce el asentamiento de grandes unidades de este tipo en la competitividad de los pequeños comercios. Sin embargo, no comparte que ello deba hacerse a través de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, por varias razones. En primer lugar, porque la ley vigente contempla mecanismos para regular el impacto urbano a través de la planificación, y lo que busca el proyecto es regular competitividad, que es más bien un objetivo de política económica. En segundo lugar, porque la planificación urbana contempla instrumentos para regular aquello que la ley entrega a la competencia del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, esto es, la relación formal de las edificaciones con su entorno, con el sistema de vialidad, entre otras materias. En tercer lugar, porque la iniciativa altera competencias que corresponde ejercer a las municipalidades a través de sus instrumentos de planificación territorial, por lo que el Ejecutivo la ve como un retroceso en la autonomía de los municipios, que tienen la posibilidad de regular no sólo la escala de las instalaciones comerciales, sino también las condiciones en que se instalan a través de las normas urbanísticas. Presume que una de las razones que originó esta moción es la discusión suscitada a comienzos del año pasado en torno al decreto supremo Nº 1, de gobierno anterior, que permitía desacoplar la relación que debe existir siempre entre el tamaño del equipamiento y la vialidad, el cual fue derogado en cuanto asumió la Presidenta Bachelet por considerar que vulneraba las facultades de las municipalidades para definir la planificación urbana local y que alteraba completamente la naturaleza de la planificación, cuyo objeto es tener armonía entre las construcciones, la vialidad y su entorno. Pero esta es una cuestión que ya se zanjó, por lo que si tal era el objetivo de la iniciativa en debate, hoy no se justificaría. El diputado señor Daniel Farcas estuvo en desacuerdo con la opinión del Ejecutivo, pues la derogación del citado decreto supremo Nº 1 forma parte de la solución al problema planteado, pero no lo resuelve por completo. La instalación de grandes centros comerciales en áreas urbanas genera tres efectos que alteran la calidad de vida en los barrios: en primer lugar, destruye toda posibilidad de subsistencia de los pequeños comercios aledaños; en segundo término, altera gravemente la armonía del entorno, impidiendo a los vecinos disfrutar de un ambiente tranquilo, y, en tercer lugar, hace imposible mitigar el impacto vial que producen estas megaconstrucciones. Por eso, muchos países han optado por trasladar estos centros a las afueras de las ciudades. En consecuencia, pidió al Ejecutivo reevaluar su opinión respecto de la propuesta legislativa. La diputada señora Maya Fernández consideró que no se están utilizando los instrumentos de planificación urbana existentes para frenar la destrucción de los barrios. De hecho, la protección de estos depende de la voluntad de cada municipio. La diputada señorita Karol Cariola compartió la necesidad de generar procedimientos de regulación mucho más efectivos para la construcción de grandes centros comerciales dentro de las ciudades, visto que la normativa vigente no ha sido eficaz para ello. El diputado señor Pedro Browne observó que este proyecto persigue un fin ideológico antes que una mejor planificación urbana, pues restringe la instalación de centros comerciales por su pertenencia a ciertos grupos empresariales y no por su tamaño. Sin embargo, se manifestó de acuerdo con el espíritu de la iniciativa, siempre que apunte a regular integralmente la situación de los barrios, teniendo en cuenta que son los planos reguladores comunales los que han permitido autorizar el asentamiento de este tipo de construcciones. Opinó que falta una figura como el alcalde mayor, que tenga una mirada de conjunto de la ciudad y contribuya a una planificación integral de la misma, o mejores políticas, como las que tiene a su cargo la nueva Comisión Nacional de Desarrollo Urbano. El diputado señor Iván Norambuena sostuvo que el proyecto en debate tiende a asegurar, por ley, el monopolio de los grandes centros comerciales ya instalados, impidiendo la entrada de nuevos actores y, con ello, la libre competencia. El diputado señor Jaime Pilowsky afirmó que las grandes superficies comerciales generan, en las comunas, distintos inconvenientes, cuyo impacto debe mitigarse. Así, por ejemplo, las patentes que pagan son bastante exiguas, pero debieran ser proporcionales al impacto que generan en su entorno. También se hace necesario exigir que los estudios de impacto vial de los grandes centros incluyan medidas de mitigación efectivas, tanto a nivel comunal como intercomunal. Manifestó que le preocupa, igualmente, que el proyecto termine beneficiando a los mall y centros comerciales ya instalados, con la agravante que los nuevos deberán ubicarse en la periferia, creando inconvenientes adicionales desde el punto de vista de la planificación urbana y del transporte. El señor Pablo Contrucci compartió las aprensiones manifestadas sobre el efecto que tienen las grandes instalaciones comerciales en las ciudades, como también las relativas a la disminución de la competitividad que se registra en muchos sectores económicos y que esta iniciativa podría agravar, pero que es un tema que excede las facultades del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Lo que compete al ministerio es regular cómo esas instalaciones, dado el sistema económico y el régimen de planificación urbana, tan liberal existente hoy en Chile, se deben integrar armoniosamente a su entorno. Para ello cuenta con una Política Nacional de Desarrollo Urbano y un Consejo Nacional encargado de llevarla a la práctica, que actualmente trabaja en temas estrechamente relacionados con lo que aquí se ha planteado, como son la política de suelos o la futura ley de Aportes al Espacio Público, donde habría una oportunidad para resolver los problemas de vialidad que puedan generar los proyectos de construcción, independientemente de su tamaño. En este sentido, se requiere también mejorar las normas de diseño, para lo cual el Ministerio de Vivienda y Urbanismo ha iniciado una relación con la Cámara Chilena de Centros Comerciales, a fin de desafiarla a trabajar en la materia, porque hoy se producen cosas aberrantes desde el punto de vista urbanístico, debido a la debilidad de nuestra legislación, como es el caso de los strip center que están reemplazando las esquinas de los barrios con lotes de estacionamientos. Confirmó que, principalmente en Europa, ha existido, desde mediados del siglo XX, la tendencia a excluir los centros comerciales de las grandes ciudades, pero esta es una lógica que en todos los ambientes urbanísticos está en discusión, porque lo que ella produce es una extensión forzosa de la ciudad y una sobrecarga de la vialidad. De ahí que en Estados Unidos hoy se promueva el desarrollo de centros comerciales en el centro de las ciudades, compatibilizándolos con aquellos que se encuentran fuera del perímetro urbano, de manera que la gente pueda acceder a ellos a pie o mediante el transporte público. Por último, en materia de concentración, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo está transparentando los impactos que tienen los grandes desarrollos, sean o no comerciales, tanto en la Ley de aportes al espacio público como en el Reglamento de Evaluación Ambiental Estratégica, pero también en la reforma tributaria, puesto que los grandes centros comerciales tienen hoy un fuerte incentivo para la especulación urbana, ello en primer lugar porque no se grava el aumento de precio del suelo, cuando los terrenos reciben una gran plusvalía, lo cual fomenta la inversión en grandes superficies, y porque las empresas del retail imputan a gasto las contribuciones de bienes raíces y, además, mantienen terrenos con construcciones agrícolas en zonas urbanas y las descuentan de impuestos. La señora Paulina Saball expresó que comparte la preocupación por el impacto de los centros comerciales de mayor tamaño dentro de las ciudades. Sostuvo la necesidad imperiosa de reforzar los instrumentos de planificación territorial, porque estos, en su origen y desarrollo, cuentan con participación ciudadana y tienen un procedimiento para generarse, que implica atenerse a las normas generales de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Aclaró que los centros comerciales y supermercados de gran tamaño no tienen una regulación dentro de la ley o de la ordenanza, de manera que la iniciativa debería tender a conciliar la existencia de estos centros en áreas de extensión urbana y en las ciudades, con los resguardos para que se ubiquen en lugares permitidos por el instrumento de planificación territorial y que cumplan con las medidas de mitigación necesarias. Sometido a votación general, el proyecto fue aprobado por mayoría de votos. Votaron por la afirmativa los diputados señores Pedro Browne, Fidel Espinoza, Daniel Farcas y Carlos Abel Jarpa y las diputadas señorita Karol Cariola y señora Maya Fernández. Votó por la negativa la diputada señora Claudia Nogueira. Discusión particular. Los diputados señores Fidel Espinoza, René Manuel García, Daniel Farcas, Carlos Abel Jarpa, Osvaldo Urrutia y la diputada señora Maya Fernández formularon indicaciones al proyecto, que recogen las observaciones formuladas durante el estudio de la Comisión. La primera de ellas es para sustituir el artículo único por el siguiente: “Artículo único.- Modifícase la Ley General de Urbanismo y Construcciones en el siguiente sentido: Agrégase el siguiente artículo 56 bis: “Artículo 56 bis.- Los supermercados, centros comerciales o cualquier otro tipo de establecimiento comercial de escala mayor, de conformidad a lo que establezca la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que soliciten autorización para instalarse en el territorio de una comuna y que tengan una carga igual o superior a un equipamiento mayor, en los términos definidos en la Ordenanza de esta ley, solo podrán localizarse en aquellas áreas urbanas o de extensión urbana donde el plan regulador comunal lo autorice expresamente. Dichos proyectos deberán ejecutar las mitigaciones y realizar los aportes que señala esta ley.”. La segunda indicación es para agregar el siguiente artículo transitorio: “Artículo transitorio.- En tanto la ley no regule las mitigaciones y aportes que deben desarrollar los proyectos inmobiliarios, los equipamientos de escala mayor que regula el artículo 56 bis deberán elaborar un estudio de impacto urbano. En dicho estudio se propondrán las mitigaciones y aportes correspondientes, los que serán aprobados por la municipalidad, conforme los estándares que fije la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.”. Puestas en votación las indicaciones referidas fueron aprobadas por 5 votos a favor y 2 abstenciones. Tratado y acordado en sesiones de fecha 18 de junio, 9 y 23 de julio, 13 de agosto, 3 de septiembre, 1, 8 y 22 de octubre, y 10 de diciembre de 2014, con la asistencia de los diputados señores Espinoza, don Fidel (Presidente); Browne, don Pedro; Farcas, don Daniel; García, don René Manuel; Jarpa, don Carlos Abel; León, don Roberto; Norambuena, don Iván; Pilowsky, don Jaime; Tuma, don Joaquín; Letelier, don Felipe y Urrutia, don Osvaldo; y las diputadas señorita Cariola, doña Karol; señoras Fernández, doña Maya, y Nogueira, doña Claudia. Concurrieron, además, en reemplazo de los titulares los diputados señores Arriagada, don Claudio, Soto, don Leonardo, y Vallespín, don Patricio. Es cuanto puedo informar a esta Sala. He dicho. El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado señor Iván Flores. El señor FLORES.- Señor Presidente, luego de escuchar el claro y preciso informe que rindió el diputado Daniel Farcas, debo felicitar a la ministra Saball por esta iniciativa, pues coloca a Chile en el sentido y en la línea de los países más desarrollados del planeta, que buscan contar con ciudades más humanas, más cercanas, más amables, en las que exista la maravillosa oportunidad de conocernos y contactarnos más. Por otra parte, la concentración de la riqueza o la concentración física de la actividad económica de gran escala asfixia la convivencia y la oportunidad de que, por un lado, los micros y los pequeños comerciantes puedan emprender y, por otro, que las personas tengan ese sentido de pertenencia y convivencia con los negocios familiares o de pequeña escala productiva de sus barrios. Los pequeños comerciantes no pueden competir contra los grandes mall, contra los grandes comercios, aunque desarrollen de muy buena manera su especialidad. Pero resulta que tener la posibilidad de encontrarse con los vecinos en la rotisería, en la carnicería, en la panadería, en la frutería, en los negocios de servicios es una oportunidad que los países desarrollados han estado no solo explorando, sino, más bien, propiciando. El contacto directo con quien nos abastece de nuestros víveres, la conversación y el contacto con nuestros vecinos de barrio en esos negocios es una oportunidad de conocernos más y de compartir más. El proyecto en comento consiste en regular la instalación de supermercados y centros comerciales en el área urbana, con el objeto de proteger a las pequeñas y medianas empresas y a los almacenes de barrio. Así, dispone que “Los supermercados, centros comerciales o cualquier otro tipo de establecimiento comercial de escala mayor, de conformidad a lo que establezca la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que soliciten autorización para instalarse en el territorio de una comuna y que tengan una carga igual o superior a un equipamiento mayor, en los términos definidos en la ordenanza de esta ley, sólo podrán localizarse en aquellas áreas urbanas o de extensión urbana donde el Plan Regulador Comunal lo autorice expresamente,…”. Hoy manda la rasante y no el interés ciudadano, “…según lo dispuesto en el artículo 52 de la presente ley.”. Entonces, ya no podrán instalarse en cualquier lugar en donde haya un sitio eriazo en el que se pueda construir o donde haya una cuadra que demoler, incluso con algunas edificaciones de interés patrimonial. Hasta ahora ha mandado el negocio inmobiliario; no el interés ciudadano. Además, los nuevos proyectos deberán ejecutar las mitigaciones y realizar los aportes que señale la ley. No está en cuestión la libertad de inversión; por el contrario, la moción reconoce la importancia del emprendimiento privado, del respeto al derecho de propiedad y a la plena libertad para desarrollar todo tipo de actividades económicas y se hace cargo también de propender en forma adecuada a una razonable distribución de la riqueza entre todos los ciudadanos, asegurando a estos condiciones dignas de vida, igualdad de oportunidades y protección frente al abuso que, por cierto, aseguren la subsistencia o supervivencia de las medianas, micros y pequeñas empresas. Creo que estamos ante un buen proyecto. Si no es la perfección que esperamos los ciudadanos que queremos convivir más con nuestros vecinos, al menos es un muy buen inicio. Los países europeos hace rato que están legislando en esta materia, para regular la instalación de los grandes comercios y dando la oportunidad de sobrevivir a aquellos negocios más pequeños, que tienen un sentido de pertenencia distinto. Finalmente, reitero mis felicitaciones al Ministerio de Vivienda y Urbanismo e informo mi apoyo decidido a esta iniciativa tan importante para los barrios y ciudades de Chile. He dicho. El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Daniel Farcas. El señor FARCAS.- Señor Presidente, agradezco las palabras del diputado Iván Flores. Con esta intervención solo pretendo comentar brevemente que la iniciativa en debate era bastante más ambiciosa en su inicio, porque pretendía regular en forma mucho más rigurosa y drástica la instalación de centros comerciales y megasupermercados, ya que, lamentablemente, han venido destruyendo en forma sistemática la vida de barrio y afectan la posibilidad de subsistencia del pequeño y micro comercio. Tal como indica la moción, esto no tiene ninguna contradicción con la libertad de emprender, con la libre competencia o con una sociedad de libre mercado, sino todo lo contrario. Lo que busca es compatibilizar el desarrollo económico y la iniciativa privada con el resguardo del ordenamiento territorial. La generación de barrios ha sido una tradición en las distintas comunas de nuestro país y ha propendido no solo a una mejor calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas, sino también ha tenido un impacto muy significativo en la seguridad ciudadana y en todas aquellas materias relacionadas con el diario vivir de las familias de nuestro país. Contar con un ordenamiento institucional que, de una u otra forma entregue herramientas a los municipios para ordenar el crecimiento del comercio, no solo está orientado a generar mejores condiciones de vida para las familias en torno a los barrios que se preservan o a generar mejores condiciones para las pequeñas y microempresas, a fin de que puedan competir, sino que, fundamentalmente, también, como dijo el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, busca generar externalidades positivas para que las personas tengan que desplazarse menos y puedan encontrar la mayor cantidad de productos y servicios en sus propios barrios. Agradezco a las distintas personas que intervinieron en el debate en la Comisión de Vivienda, a las diputadas y diputados que nos acompañaron, a su Presidente, Fidel Espinoza, y a cada una de las personas que nos apoyaron en esta iniciativa, lo que da cuenta de que se trata de un proyecto transversal para la sociedad chilena. Hace un año recorrimos los barrios y las casas de nuestros distritos y preguntamos a la gente cuáles eran sus necesidades y preocupaciones, y como estoy seguro de que todas y todos los presentes buscamos el bien común, no creo que hayan existido temas más importantes y nombrados que la salud, la educación y, por cierto, la seguridad ciudadana. Pero también se mencionaron la preservación de los barrios y la calidad de vida de las familias. En ese sentido, me parece del todo relevante que aprobemos este proyecto de ley y que ojalá también lo haga rápidamente el Senado, porque sería una muy buena señal. Tal como vimos con los representantes de los distintos actores del pequeño y micro comercio, particularmente los de la Unapyme y de los distintos representantes sectoriales, existe un temor fundado de que, de no mediar una intervención del Ejecutivo y del Legislativo, en poco tiempo habrá una mayor concentración de la riqueza, con más desigualdad y con menores posibilidades de competencia y subsistencia del micro y pequeño comercio. Por todas estas razones, invito a los colegas a apoyar, ojalá por unanimidad, una iniciativa de esta naturaleza, que constituye una señal importante para la organización del pequeño y micro comercio y para todas y todos los que, de una u otra forma, buscan preservar los barrios en nuestras comunas y, fundamentalmente, para que tengamos un primer, segundo o tercer paso -dependiendo desde qué perspectiva se mireen un ordenamiento jurídico institucional que defienda a aquellos que hoy se sienten absolutamente indefensos frente a la llegada de mega supermercados y grandes mall, que terminan destruyendo rápidamente el micro y pequeño comercio y la vida en los barrios. Ojalá podamos aprobar esta iniciativa y dar esa señal tan importante que muchos y muchas están esperando. He dicho. El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Patricio Vallespín. El señor VALLESPÍN.- Señor Presidente, cuando se revisa este proyecto, que consiste en regular la instalación de supermercados y centros comerciales en el área urbana con el objeto de proteger a las pequeñas y medianas empresas y los almacenes de barrio, la conclusión inicial es que va en la línea correcta. Y ello es así porque, en los países que verdaderamente protegen su patrimonio, los barrios comerciales tienen una identidad y un sentido, pero muchas veces el concepto de centro comercial va absolutamente en contra de aquello. Desgraciadamente, Chile ya tiene una estructura en la cual eso está pasando. Es bueno que ahora estemos discutiendo este proyecto, porque, si hubiera existido antes, probablemente tendríamos ciudades bastante más integradas, con más respeto a los emprendimientos locales, etcétera, y no los grandes mall que, si bien se transforman casi en un centro de visita de mucha gente, también generan gran deterioro urbano, congestión y externalidades negativas que la economía urbana no ha sido capaz de resolver adecuadamente. Por eso he dicho que este proyecto va en la dirección correcta. Sin embargo, quiero resaltar un tema que, en la práctica, no es una gran innovación respecto de lo que hoy existe, porque lo nuevo de este proyecto está supeditado a que se determinen por ley las mitigaciones y los aportes al espacio público que deben desarrollar los proyectos inmobiliarios. Ahí se producirá el real impacto de esta iniciativa. Por eso, sería recomendable -ya no se hizo en la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales que los diputados que participaron en la discusión de esta iniciativa lo señalaran en el Senado. El artículo transitorio del proyecto señala: “En tanto la ley no regule las mitigaciones y los aportes que deben desarrollar los proyectos inmobiliarios, los equipamientos de escala mayor que regula el artículo 56 bis deberán elaborar un Estudio de Impacto Urbano.”. Eso es bastante más limitado en el instrumento que representa para identificar efectivamente las mitigaciones y los aportes que requerirían intervenciones mayores de estas características. En ese sentido, me habría gustado que el artículo transitorio del proyecto estableciera con precisión el tiempo en el cual será resuelta esa situación, porque no podemos sino hacerlo por la vía legal, y el mismo proyecto lo señala. Por lo tanto, una tarea importante que los diputados deberían realizar en el Senado, para no enviar nuevamente el proyecto a comisión -me parecería innecesario-, es que con el Ejecutivo se concuerde un plazo en el cual esas mitigaciones, que serán reguladas, y los aportes que serán exigidos a quienes hagan proyectos inmobiliarios de gran escala, permitan realmente que esta iniciativa tenga un sentido que la gente valore; de lo contrario, eso será meramente declarativo, como muchas otras iniciativas que hemos sacado adelante. En ese contexto, quiero poner una señal de alerta, porque si no se modifica la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y no se precisa qué tipo de mitigaciones o de aportes se debe hacer en función del tamaño, las características, etcétera, que es parte de lo que deben realizar tanto el Ejecutivo como el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, esta buena idea se va a diluir un poco. En consecuencia, anuncio mi voto favorable a esta iniciativa, pero con esta consideración, porque, de lo contrario, puede ser un proyecto de completa letra muerta y seguirá pasando lo que está ocurriendo en muchas ciudades del país, donde el comercio histórico, tradicional, que tiene la identidad de esos lugares va desapareciendo completamente. Eso no sucede solo en las grandes ciudades, porque cuando se instala un centro comercial de esa magnitud y de esas características, los poblados cercanos también pierden potencia. Por eso es tan importante la iniciativa que ha desarrollado el actual gobierno, en el sentido de potenciar barrios comerciales y asignar, a través de los ministerios de Economía y de Vivienda y Urbanismo, recursos especiales para que esos barrios comerciales, que muchas veces van perdiendo atractivo por el tipo de infraestructura macro, de los mall, también adquieran valor y generen un atractivo adicional para que los consumidores puedan seguir usando esos barrios comerciales tradicionales. Por lo tanto, esta insuficiencia se debiera corregir en el Senado, porque, si fijamos un plazo, tendremos garantizado que este proyecto tendrá impacto en las ciudades, protegerá al comercio menor y generará un menor impacto urbano. He dicho. El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Joaquín Tuma. El señor TUMA.- Señor Presidente, al hacer un análisis de esta moción parlamentaria, he podido observar cómo se ha desarrollado Chile en las distintas ciudades durante los últimos 20 o 30 años. En primer lugar, falta una mayor presencia del Estado en la planificación y en el desarrollo de casi todas las ciudades del país. Alrededor de 1984 o 1985, en pleno régimen militar, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo se desprende de todos los terrenos que tenía la cartera. A partir de ahí, se crea un sistema de construcción de viviendas sociales, a través del cual se le entrega a las empresas constructoras el diseño y desarrollo de las ciudades y, en general, de las calles que hoy están sirviendo para la circulación de esas grandes poblaciones. Por otro lado, si bien el ámbito del Ministerio de Vivienda y Urbanismo era la vivienda social, nunca se planificó la atención comercial o de servicios para esos sectores. A partir de ahí, aparecen grandes supermercados que se van instalando poco a poco en Santiago y que también se desarrollan en las regiones. Considero que este proyecto llega tarde, porque las grandes empresas ya han comprado y se han instalado en la mayoría de las ciudades del país. En las circunstancias actuales, incluso tienen proyectos aprobados para desarrollarlos, como hemos podido apreciar en los últimos años. Como el crecimiento de las grandes cadenas ha sido imparable, esta iniciativa ya no surtirá efecto, porque, en definitiva, seguiremos perjudicando día a día al comercio detallista, del cual fui presidente durante muchos años en la ciudad de Temuco. Luchar contra las grandes cadenas ha sido una situación bastante compleja. Por ejemplo, en países como Italia, se estableció que las grandes superficies de desarrollo del comercio minorista y de los supermercados se instalara al exterior de las ciudades o entre aquellas. No obstante, aquí se permitió que las grandes empresas compraran terrenos que, incluso, en los planes reguladores no estaban destinados a servicios, sino a otro uso, como el habitacional. Y en las municipalidades se cometieron errores, por cuanto se cambió el uso de esos terrenos, para que fuera aprovechado por las grandes cadenas de supermercados e instalaran sus locales. Ahora bien, si limitamos la instalación, debemos hacerlo con mucho cuidado, porque quizás podemos perjudicar a las pymes. La regulación debe hacerse en la escala de servicios que requiere la comunidad que va a ser atendida. Entonces, un aspecto que se pretendía limitar se refería a que no podía haber construcciones de más de mil metros en el plan urbano, restricción que se eliminó. Fue una de las medidas adoptadas por la comisión para dar un espacio y para que, desde ahora en adelante, el desarrollo comercial sea visto con una mirada que también le dé una oportunidad al comercio detallista. Es importante que se concreten las mitigaciones que mencionó el diputado Patricio Vallespín, a fin de que en los planes reguladores se contemple no solamente la participación de técnicos, arquitectos e ingenieros, sino también la participación de organizaciones y gremios, como el comercio detallista. Por lo tanto, voy a votar a favor del proyecto, pero con las aprensiones señaladas. He dicho. El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Chávez. El señor CHÁVEZ.- Señor Presidente, este proyecto de ley está muy bien inspirado, pero a raíz de la discusión pueden haberse confundido dos objetivos que me parecen loables. Probablemente, habrá que analizarlos con mayor detalle a objeto de dar cumplimiento a ellos. Por una parte, se busca producir más competencia, pero es importante que esta no termine afectando al pequeño comercio de los barrios, de poblaciones, que a veces se han visto afectados por la instalación de grandes centros comerciales o supermercados que, por la vía de sus precios, combaten y terminan destruyendo al pequeño comercio. En segundo lugar, vemos a diario que nuestras ciudades se van deteriorando debido a la instalación de grandes mall o centros comerciales, los que muchas veces deterioran el patrimonio urbanístico o la naturaleza de nuestras ciudades. En tal sentido, celebro a quienes han tenido la buena idea de llevar adelante una regulación en esta materia. Es probable que el primer objetivo se cumpla mediante la revisión de otro tipo de normativas, más bien al amparo de la Comisión de Economía; pero respecto del segundo punto, que dice relación con las modificaciones que se están planteando, resulta relevante abordarlo sobre la base de una planificación urbana. Me habría gustado mucho -he conversado al respecto con algunos diputados moción antes que las autorizaciones estuvieran adscritas no a un equipamiento mayor, sino que, por esta vía, solo debimos permitir que en áreas urbanas se hubiese instalado equipamiento de hasta mil metros cuadrados y no más allá de eso, porque aquí estamos ratificando que en zonas urbanas se pueda instalar un equipamiento mayor, que es aquel cuya extensión es de 5 mil o más metros cuadrados. Por lo tanto, si el objetivo es sacar a estas grandes instalaciones del área urbana, este proyecto no lo consigue. Pero, como bien dijo el diputado Patricio Vallespín, sí tiene un mérito: establece de manera expresa la necesidad de realizar las mitigaciones y los aportes que va a señalar esta futura norma, si es aprobada. Este es un punto que me parece interesante y válido de llevar adelante. Por último, quiero expresar una preocupación, que ojalá se pueda incorporar, a propósito del plan de mitigación y de los aportes que deben realizar quienes proponen estos proyectos. Durante un tiempo hemos estado reclamando a propósito del cobro de los estacionamientos a quienes concurren a un centro comercial. Nos parece que este punto también debiera ser discutido con ocasión de este proyecto, sin perjuicio de que hay un proyecto relacionado con esta materia que está siendo discutido en la Comisión de Economía. Nos parece que si vamos a normar esta situación, entonces donde exista una autorización que el Estado, a través de su expresión municipal, le otorga a estas construcciones, me parece que debiera empezar a establecerse la gratuidad de los estacionamientos de las personas que concurren a esos centros comerciales. Esta puede ser una oportunidad para que, en materia de planificación urbana, también abordemos este punto, para hacer justicia con los consumidores que concurren a este tipo de edificaciones. He dicho. El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Pérez. El señor PÉREZ (don Leopoldo).- Señor Presidente, estamos en presencia de un proyecto de ley bien inspirado, por el impacto que provocan los grandes centros comerciales instalados en zonas densamente pobladas, generalmente en centros urbanos. Pero, a propósito de esta iniciativa, llama la atención que aparentemente, en mi opinión, estaba pensada para solucionar el problema de una comuna de un sector de Santiago en particular, dado que al leer el informe aparece muy vinculado a una zona conocida por todos, el barrio Patronato, que estaría amenazado por construcciones de esta naturaleza. Ahora, de acuerdo con lo que han dicho quienes me han antecedido en el uso de la palabra, por regular este tipo de iniciativas, se puede alterar o sacrificar aun más lo que está sucediendo con los barrios comerciales tradicionales, no solo de las grandes capitales regionales, sino también de muchas ciudades, en donde se ha ido desarrollando el pequeño comercio o el comercio detallista. Pero muchas veces, por proteger esta actividad, al final terminamos haciéndole daño. ¿Por qué digo lo anterior? Porque en este proyecto de ley echo de menos -ya lo dijo el diputado Patricio Vallespín no solo una modificación a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en este y otros aspectos, sino también la incorporación de las municipalidades. Hoy todos sabemos que cuando se evalúan los proyectos, ya sea por vía de declaración o estudio de impacto ambiental, los municipios, de acuerdo con la legislación vigente, no tienen la posibilidad de conocer o tener dentro de su carpeta de antecedentes de las obras o de los equipamientos que se van a construir las resoluciones de calificación ambiental, con el objeto de que sean los seguidores o los fiscalizadores inmediatos del cumplimiento de las medidas de mitigación establecidas en esa resolución de calificación ambiental. Por otro lado, dentro de la misma normativa que regula a los municipios en lo que dice relación con la Ley General de Urbanismo y Construcciones, para que el comercio detallista obtenga la patente, se establece tal nivel de exigencias, desde el punto de vista de la constructibilidad, de equipamientos, de servicios sanitarios, etcétera, que al final se termina desincentivando el desarrollo de esta actividad en lugares y barrios donde, por su condición o ubicación, se hace aconsejable, a quienes quieran invertir, que desarrollen el pequeño comercio y no el grande, como estamos acostumbrados. Espero que en el Sentado se pueda discutir el tema, a fin de dar más potestad a los municipios, para que, una vez aprobadas por la autoridad competente, las resoluciones de calificación ambiental sean parte de la carpeta mediante la cual los municipios puedan hacer la recepción definitiva o parcial de las obras y, por otro lado, flexibilizar que el pequeño comercio o el comercio detallista no esté sometido a las rigurosidades que establece hoy la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Por lo tanto, anuncio mi voto favorable a esta iniciativa, con la salvedad de que ojalá en el Senado se enmienden los errores que he descrito. He dicho. El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Pedro Browne. El señor BROWNE.- Señor Presidente, estamos frente a un proyecto de ley que tiene una buena intención, cual es regular dónde se puede establecer el gran comercio dentro de la ciudad. Como estaba planteado originalmente el proyecto, contenía una serie de inconvenientes y contradicciones graves. Primero, restringía absolutamente la posibilidad de que el gran comercio se pudiese establecer dentro del radio urbano. Entonces, obligaba a que estuviera fuera de la ciudad. Pero como fuera de la ciudad no hay normas de construcción, había que modificar los límites para que pudiera estar. Y al estar dentro del radio urbano, nuevamente caía en la incompatibilidad porque estaba prohibido que estuviese dentro de él. Por lo tanto, se producía un loop que hacía imposible la generación de comercio a gran escala dentro de la ciudad, lo que resultaba absolutamente imposible de sostener. Por otro lado, se argumenta que uno de los objetivos del proyecto es evitar la concentración de este gran comercio en grupos económicos. Considero que eso no tiene que ver con planificación urbana, sino con regulaciones económicas, materia que corresponde a otra comisión, pero no a la de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, que debe velar por la buena planificación de la ciudad y no evitar la concentración económica de distintas actividades. Por eso, creo que la modificación planteada es correcta, ya que entrega esa atribución a los planes reguladores, tal como se establece en la propia Ley General de Urbanismo y Construcciones. Por lo tanto, se podrán construir esos centros comerciales en los lugares que lo permitan los planes reguladores y cada comuna tendrá que establecer dónde se podrán edificar esos centros comerciales de gran envergadura. Sacarlos de la ciudad generará otra externalidad negativa. Quienes ya han instalado un mall o un centro comercial de gran envergadura tienen una ventaja competitiva gigante frente a la competencia, porque ellos ya tienen esa posición, ya están instalados y funcionando, y nadie se les podría instalar cerca. En consecuencia, la eliminación de la competencia no es sana para la ciudadanía. Además, en los sectores más vulnerables de las ciudades, por lo menos en el caso de Santiago, no existe comercio de gran escala, ya que esos se instalan en las áreas más acomodadas. En consecuencia, a las personas más vulnerables de la ciudad les estamos diciendo: “Señores, si ustedes quieren comprar en un mall, tendrán que viajar a los sectores más acomodados de la ciudad o a los límites de ella”, lo que les significará un mayor costo y una pérdida de tiempo por el traslado a esos lugares. En definitiva, creo que se optó por el mejor de los caminos, que es dejar que los planes reguladores determinen los lugares en que se pueden realizar ese tipo de construcciones y este tipo de comercio. Es evidente que se requiere avanzar en la planificación de la ciudad. Actualmente, cada comuna planifica de acuerdo con sus intereses, pero no vela por el beneficio de la ciudad para que se desarrolle de manera integral. Por eso, se hace sumamente relevante que el Senado apruebe pronto el proyecto de ley sobre el aporte al espacio público, que ya lleva mucho tiempo de tramitación en la Cámara Alta, que regulará que toda construcción en la ciudad, sea de vivienda, de comercio o de cualquier infraestructura, deba hacer su aporte a la ciudad desde el punto de vista vial y de infraestructura, ya que es la única manera para que se construya la infraestructura macro que requieren las ciudades para funcionar. Por eso se ha debatido muchas veces la propuesta de establecer un alcalde mayor, una figura que se haga cargo de la planificación de la ciudad, lo que es muy importante. Sin duda, debemos realizar dicha discusión en la comisión. En definitiva, creo que se ha abierto una discusión relevante en la Comisión de Vivienda respecto de la planificación urbana y sobre cómo deben construirse esos grandes centros comerciales. El Ejecutivo ha resuelto apegarse a la normativa actual, al entregar esa facultad a los municipios, a través de sus planes reguladores. Por eso votaremos a favor de la iniciativa, porque es un avance para planificar de mejor manera nuestras ciudades. He dicho. El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jaime Pilowsky. El señor PILOWSKY.- Señor Presidente, quiero hacer un recuento del proyecto en discusión. Algunos parlamentarios hemos presentado este proyecto porque existen problemas de planificación urbana. Como señaló el diputado Browne, creemos que la normativa vigente y la forma de hacer ciudad de los distintos actores no responden a la necesidad de tener ciudades o comunas sustentables. Quiero recordar que el diputado Farcas presentó una moción que tenía otra redacción, que en el transcurso de la discusión en la comisión fue sufriendo algunas modificaciones que terminaron en el texto que estamos discutiendo. Dicha iniciativa señalaba: “Los supermercados, centros comerciales o cualquier otro tipo de establecimiento comercial, perteneciente a una sociedad o a un grupo empresarial, según la definición de éste contenida en el artículo 96 de la ley 18.045, o administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, o en virtud de un acuerdo de actuación conjunta en los términos que señala el artículo 98 de la ley 18.045, que soliciten autorización para instalarse en el territorio de una comuna y que completen en conjunto más de mil metros cuadrados edificados de uso comercial, no podrán hacerlo en la superficie zonificada perteneciente al área urbana en el Plan Regulador.”. Durante la discusión sobre el proyecto que se dio en la comisión, se plantearon algunos inconvenientes que tenía esta forma de dar solución a un problema cuyo diagnóstico todos compartimos y que dice relación con la planificación urbana y con los impactos que producen los grandes centros comerciales en los vecinos que residen en el entorno en las distintas comunas. O sea, si bien compartíamos la causa o el diagnóstico, la solución que se planteaba no era la adecuada, ya que el proyecto impediría la construcción de pequeños centros, no necesariamente de grandes mall, porque está acotado a la construcción de mil metros cuadrados en lugares donde los vecinos no tienen la posibilidad de acceder a establecimientos que vendan los artículos que necesitan. Por lo tanto, los establecimientos de más de mil metros cuadrados debían trasladarse hacia la periferia de la ciudad. Si bien esto se hizo en algunos países de Europa, donde los grandes centros comerciales están en la periferia, no se podrá concretar en Chile, porque esta situación no se planteó desde el principio, por lo que hoy nos encontramos con grandes centros comerciales al interior de nuestras comunas. Considero importante resaltar dos aspectos. En primer lugar, la iniciativa iba a tener un gran efecto en los sectores más vulnerables, donde hoy no existen esos centros comerciales, ya que tendrán que trasladarse hacia la periferia de la ciudad, con el consiguiente problema de transporte público. En segundo lugar, tal como lo planteamos en la comisión, se beneficiaría a los grandes centros comerciales que ya están instalados y a los propietarios, emprendedores o empresarios que ya han obtenido sus derechos de construcción en algunos terrenos de la ciudad. Por eso, las modificaciones que le introdujimos a la iniciativa durante el proceso legislativo van en la línea correcta. Sin embargo, debemos apurar el proyecto de ley que está actualmente en el Senado, que dice relación con los aportes públicos, con los aportes que tienen que hacerse a la construcción. Lo importante es aprobar un proyecto de ley que permita mitigar los efectos de las construcciones en la ciudad y que cada uno de los actores pueda entregar los elementos y recursos necesarios para hacer ciudad entre todos. Creemos que los mall y los centros comerciales no han dado el ancho, por lo que tenemos ejemplos en cada una de nuestras comunas, donde la instalación de esos centros comerciales ha perjudicado a los vecinos y vecinas en materia de seguridad, urbanismo y transporte. Por lo tanto, queremos que el proyecto de ley exija las medidas de mitigación necesarias de esos centros comerciales, siempre asociados a los planes reguladores. Además, el proyecto tendrá razón de ser en la medida en que mitigue todos los impactos viales y de seguridad que dicen relación con las grandes obras de infraestructura que se desarrollan en cada una de nuestras comunas. Por lo expuesto, creo que el proyecto ha sido mejorado en la comisión, razón por la cual sus integrantes lo aprobaremos. He dicho. El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra la diputada señora Maya Fernández. La señora FERNÁNDEZ (doña Maya).- Señor Presidente, este tema es muy relevante y el proyecto abrió un debate que se viene postergando desde hace muchos años, que dice relación con la forma en que estamos construyendo y viviendo las ciudades. Creo que existe coincidencia en la necesidad de realizar una pronta planificación urbana, a los efectos de rescatar los barrios, los espacios públicos. Represento a dos comunas, Ñuñoa y Providencia, cuyos barrios últimamente se han visto destruidos porque no existe planificación urbana. Se está perdiendo la vida en los barrios. Los vecinos se han organizado en torno a la protección de la vida de barrio y al rescate de los espacios públicos. Este proyecto nos posibilitó debatir en la Comisión de Vivienda acerca de las necesidades de ciudad, de la importancia que tienen las ciudades. En las comunas mencionadas no solo vemos supermercados y mall, sino también cómo las inmobiliarias construyen un edificio al lado del otro sin las mitigaciones correspondientes, sin áreas verdes, sin parques. Debemos tener cuidado, porque las ciudades requieren planificación urbana. Necesitamos ciudades a escala humana. Por otro lado, se habla mucho de los planes reguladores comunales, pero si estos no cuentan con la participación de los vecinos que viven en la comuna, entonces no tienen sentido, porque dependen únicamente de la voluntad de los alcaldes y de los concejos. En consecuencia, tenemos mucho por avanzar en esta materia. Existe un clamor no solo nuestro, sino también de muchos vecinos y vecinas que se han organizado en torno a la protección de los barrios. El tema se inicia acá, pero requiere un largo debate sobre cómo protegemos la vida de barrio. En cuanto al comercio, hay comunas que ya tienen muchos supermercados, y se debe buscar el justo equilibrio en ese aspecto. No estoy en contra de los supermercados. Sin embargo, también debemos pensar en los locales de barrio, en cómo protegemos a los que tienen un pequeño emprendimiento, a quienes hacen vida de barrio. Ahí tenemos que buscar el justo equilibrio. He dicho. El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra la diputada Karol Cariola. La señorita CARIOLA (doña Karol).- Señor Presidente, esta iniciativa es muy importante. Tal como lo manifestó la diputada Maya Fernández, la Comisión de Vivienda tuvo un debate bastante interesante, incluso con intercambios con el Ejecutivo, enfocado particularmente en la necesidad que tienen las comunidades de buscar mecanismos para regular la instalación de centros comerciales en áreas urbanas. Ese era el objetivo inicial del proyecto. Muchos lo entendimos así y lo apoyamos en aras de desarrollar políticas que nos permitan tener mayor regulación respecto de los lugares dónde se instalan los centros comerciales, sus dimensiones y los efectos que generan en su entorno y en la comunidad. El proyecto inicial establecía que los centros comerciales, supermercados y cualquier establecimiento comercial de más de mil metros cuadrados no podría ser edificado en el radio urbano del plan regulador. Dicha regulación era un poco deficiente, y esa fue la razón por la que se le hicieron algunas modificaciones, puesto que centros comerciales como la Vega Central, el Mercado Central de Santiago, el mercado de Valparaíso no podrían haberse edificado o se proscribía a supermercados cuya necesidad para la población urbana es innegable. La indicación sustitutiva que se presentó tenía como finalidad mejorar esta propuesta al establecer que los establecimientos comerciales de escala mayor, según lo dispuesto por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que tengan una carga igual o superior a un equipamiento mayor -es decir, que contemplen una carga de ocupación superior a 6.000 personasy solo se puedan ubicar en predios que enfrenten vías expresas y troncales, deben instalarse donde lo indique el plan regulador comunal. El artículo transitorio nuevo propuesto dispone que se deberá realizar un estudio de impacto urbano para determinar las mitigaciones y aportes al espacio público que deba hacer la empresa que realiza el proyecto hasta que estos se fijen por ley. En ese sentido, tengo también algunos reparos, ya que hoy los planes reguladores comunales establecen los lugares de edificación de los distintos proyectos. De hecho, basta con que la municipalidad modifique el plan regulador y establezca dónde se instalarán los centros comerciales o deje reservados distintos espacios durante la elaboración del instrumento para que se vulnere el derecho de los vecinos y se escape del espíritu de esta ley en proyecto, que finalmente busca regular la instalación de centros comerciales grandes en áreas urbanas, precisamente para no vulnerar los derechos de los vecinos ni el entorno. El hecho de establecer la realización de un estudio de impacto urbano tampoco nos entrega ninguna certeza, pues no existe regulación para esta herramienta. Sí la hay, por ejemplo, para el estudio de impacto sobre el sistema de transporte urbano, el estudio de impacto ambiental, lo cual posibilita tener ciertas certezas. Lo anterior eventualmente podría permitir que basta un informe de un particular donde se avale determinado proyecto para que este se construya sin mayor participación y sin mayor fiscalización cualquier centro comercial, incluso en áreas urbanas y no necesariamente en zonas comerciales. Esa es mi preocupación. También comparto en gran medida varias intervenciones realizadas por los colegas. Frente a la necesidad de que este proyecto realmente cumpla con el objetivo que se ha trazado, solicito devolverlo a la comisión para poder profundizar aquellos aspectos que no fueron abordados y que nos permitan recoger su sentido principal y su objetivo de fondo, para que no se desnaturalice, porque tal como quedó redactado no nos permite garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos. He dicho. El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene palabra la diputada señora Claudia Nogueira. La señora NOGUEIRA (doña Claudia).- Señor Presidente, si bien el proyecto en comento, cuyo autor es el diputado Farcas, estaba bien inspirado, voté en contra de la idea de legislar. Hacía hincapié en la mala planificación urbana y la mala armonización de los barrios. Se producía una tremenda injusticia, porque se consolidaban los barios comerciales, lo que implicaba una tremenda carga a las familias vulnerables, que tenían que desplazarse a zonas fuera del radio urbano para ir a comprar a los mall o establecimientos comerciales; además, atentaba contra la libertad económica, etcétera. Si bien estaba bien inspirado -reitero-, no era el proyecto que esperábamos para lograr una buena planificación urbana, armonizar los barrios y no irrumpir con mall y centros comerciales. Dada la nueva indicación sustitutiva propuesta por el Ejecutivo, en que se entrega la construcción de centros comerciales a los planes reguladores comunales, para autorizarlos expresamente, y a los estudios de impacto urbano, creo que se ha mejorado sustancialmente el proyecto, que cumple con las expectativas de sus autores, y se ajusta también a la intención original: armonizar los barrios y hacer una buena planificación urbana. Por lo tanto, anuncio que votaremos a favor la iniciativa. He dicho. El señor CORNEJO (Presidente).- Cerrado el debate. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos: El señor CORNEJO (Presidente).- De conformidad con lo establecido en el artículo 112, número 2, del Reglamento de la Corporación, corresponde votar la indicación presentada por la diputada Karol Cariola al proyecto de ley que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones con el objeto de regular la instalación de centros comerciales y supermercados en áreas urbanas, de manera que la iniciativa vuelva a la comisión técnica. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 59 votos; por la negativa, 37 votos. Hubo 1 abstención. El señor CORNEJO (Presidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo Sergio; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Cornejo González Aldo; Espejo Yaksic Sergio; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; Girardi Lavín Cristina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hernando Pérez Marcela; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Letelier Norambuena Felipe; Lorenzini Basso Pablo; Melo Contreras Daniel; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Morano Cornejo Juan Enrique; Núñez Arancibia Daniel; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rivas Sánchez Gaspar; Rocafull López Luis; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto Ferrada Leonardo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Urízar Muñoz Christian; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Walker Prieto Matías. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Barros Montero Ramón; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Coloma Alamos Juan Antonio; De Mussy Hiriart Felipe; Edwards Silva José Manuel; García García René Manuel; Gutiérrez Pino Romilio; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Morales Muñoz Celso; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Urrutia Paulina; Paulsen Kehr Diego; Pérez Lahsen Leopoldo; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Trisotti Martínez Renzo; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Verdugo Soto Germán; Ward Edwards Felipe. -Se abstuvo el diputado señor Farcas Guendelman Daniel. El señor CORNEJO (Presidente).- En consecuencia, el proyecto vuelve a la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales. CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE O’HIGGINS Y DE LA UNIVERSIDAD DE AYSÉN (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9405‐04) El señor CORNEJO (Presidente).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que crea la Universidad Estatal de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins y la Universidad Estatal de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo. Diputado informante de la Comisión de Educación es el diputado señor Jaime Bellolio. Antecedentes: -Mensaje, sesión 36ª de la presente legislatura, en 18 de junio de 2014. Documentos de la Cuenta N° 1. -Informe de la Comisión de Educación, sesión 110ª de la presente legislatura, en 6 de enero de 2015. Documentos de la Cuenta N° 18. -Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 113ª de la presente legislatura, en 13 de enero de 2015. Documentos de la Cuenta N° 22. El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante. El señor BELLOLIO (de pie).- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Educación, paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley, originado en mensaje de su excelencia la Presidenta de la República, que crea la Universidad Estatal de la Región del Libertador General Bernardo O`Higgins y la Universidad Estatal de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo. La idea matriz o central del proyecto consiste en fortalecer la educación pública y la descentralización mediante la creación de dos nuevas entidades con una fuerte vocación regional y cumplir el postergado anhelo de las comunidades de las regiones sexta y undécima de tener una universidad propia. En lo específico, el proyecto de ley busca crear la Universidad de O’Higgins y la Universidad de Aysén como personas de derecho público, autónomas, con carácter y arraigo regional, y busca definir sus principales objetivos y principios orientadores, asegurando que la norma fundamental de las nuevas universidades se construya y se acuerde en un proceso de participación con organizaciones y actores con trayectorias reconocidas en la región y en el país. En cuanto a la creación de la Universidad de O´Higgins, el mensaje señala que la necesidad de su existencia se refleja, por ejemplo, en los logros a nivel de educación primaria y secundaria y en los altos niveles de emigración de los estudiantes al terminar la enseñanza media. En efecto, la fuga de talentos es considerable, observándose que el 90 por ciento de los mejores puntajes de la PSU de la región postula a una universidad del Consejo de Rectores ubicada en la Región Metropolitana. El índice de competitividad por regiones muestra que la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins aún se encuentra rezagada en comparación con las otras regiones del país, ubicándose en uno de los últimos lugares. Una de las principales actividades económicas es la minería, pero eso no ha significado un retorno en mejoras de la calidad de vida y del trabajo de sus habitantes ni un mayor desarrollo productivo, científico o de innovación en la región. Por su parte, el mensaje indica que la creación de la Universidad de Aysén se basa en la falta de oportunidades para proseguir estudios universitarios de pregrado. Actualmente, solo existen sedes de instituciones que imparten una limitada oferta de carreras, enfocadas más bien al nivel técnico. Es elocuente, también, la inexistencia de programas de postgrado, lo que limita no solo el desarrollo científico de una zona tan particular, sino también las posibilidades de aprendizaje a lo largo de la vida para sus habitantes, con lo cual se perpetúa la inequidad territorial expresada en la menguada presencia de profesionales en la zona. En ese sentido, la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo es una de las más afectadas. En ese contexto, los estudiantes deciden emigrar a otras regiones. De ellos, el 68 por ciento lo hace a alguna universidad del Consejo de Rectores de la Región Metropolitana. Ello implica la relocalización de las capacidades potenciales de sus habitantes, alejadas de sus territorios, y, por consiguiente, la pérdida de competitividad a nivel nacional. El índice de competitividad regional de los últimos años muestra un estancamiento en las últimas posiciones. Por otra parte, la inversión extranjera en la región es tan solo del 2 por ciento del total realizado en el país en 2012. Lo descrito permite visualizar una realidad que no posibilita el desarrollo cultural, científico y productivo de la región ni de sus habitantes, ya que no es capaz de atraer, retener y formar los talentos necesarios para impulsar una nueva etapa para la región. Los aiseninos quieren salir al mundo, pero también desean llevar el mundo a Aysén. Durante la tramitación del proyecto se objetó el hecho de que las nuevas universidades tuvieran su domicilio en la capital regional, en particular en lo relativo a la ubicación de la Universidad de O’Higgins en Rancagua. Luego de la presentación de varias indicaciones parlamentarias, finalmente se aprobó la enmienda del Ejecutivo que acogió esa inquietud, en el sentido de domiciliar la universidad en la respectiva región, lo que permitirá que sean las propias regiones las que determinen su ubicación geográfica. Asimismo, se presentaron dos indicaciones, con el objeto de aclarar que las universidades desarrollarán sus actividades, de preferencia, en las regiones respectivas. Sin embargo, se puso de relieve que no se puede limitar el desarrollo de las actividades de la universidad solo a la región, y que parece más claro dejar establecido que las actividades docentes se realicen en la región, excluyéndose la extensión, la investigación y la capacitación, las que podrán ser impartidas en todo el territorio nacional y a nivel internacional. Esas indicaciones fueron aprobadas por mayoría de votos. En otro orden de materias, se presentó una indicación para eliminar el cobro de matrícula, aranceles y derechos de exámenes por parte de las nuevas universidades. Se sostuvo que esa indicación era coherente con el planteamiento del gobierno sobre gratuidad en la educación superior. Sin embargo, el Ejecutivo manifestó su desacuerdo, ya que si bien el planteamiento coincide con el espíritu del programa de gobierno, existirán leyes específicas sobre la materia. Adicionalmente, hizo presente que el compromiso refiere a la gratuidad solo en los niveles de pregrado. El presidente de la comisión, en uso de sus facultades, la declaró inadmisible, por tener incidencia en la administración financiera del Estado e implicar mayores gastos. Cuestionada la declaración de inadmisibilidad y sometida a votación, se estimó admisible, por mayoría de votos. Esa indicación resultó aprobada por mayoría de votos. Se hizo reserva de constitucionalidad respecto de ese artículo, de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Constitución Política de la República. Finalmente, hago presente a la honorable Sala que el presente proyecto de ley no contempla normas propias de ley orgánica constitucional ni de quorum calificado, y que, de acuerdo con el artículo 226 del Reglamento de la Corporación, los artículos 8°, 9°, 11, 12 y 13 permanentes, y segundo, quinto y sexto transitorios del proyecto de ley aprobado por la comisión debieron ser conocidos por la Comisión de Hacienda. Asimismo, dejo constancia de que el proyecto fue aprobado en general por 10 votos a favor y 1 en contra. Votaron por la afirmativa la diputada señora Cristina Girardi, la diputada señorita Camila Vallejo y los diputados señores Jaime Bellolio, Fidel Espinoza, Romilio Gutiérrez, José Antonio Kast, Germán Verdugo, quien reemplazó al diputado señor Felipe Kast; Sergio Espejo, quien reemplazó a la diputada señora Yasna Provoste; Alberto Robles y Mario Venegas, Presidente de la Comisión. Votó por la negativa la diputada señora Alejandra Sepúlveda, quien reemplazó al diputado señor Giorgio Jackson. Es cuanto puedo informar. He dicho. El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda. El señor SANTANA (de pie).- Señor Presidente, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 del Reglamento de la Corporación, me corresponde informar, en nombre de la Comisión de Hacienda, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, que crea la Universidad Estatal de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins y la Universidad Estatal de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo. Al tenor del informe de la comisión técnica, las normas de competencia de la Comisión de Hacienda son los artículos 8°, 9°, 11, 12 y 13 permanentes, y segundo, quinto y sexto transitorios, cuyo contenido general es el siguiente: El artículo 8° determina los bienes que constituyen el patrimonio de la universidad. El artículo 9° otorga la calidad de empleado público al personal de la universidad y fija los cuerpos normativos que los rigen. El artículo 11 exime a las universidades de cualquier impuesto, contribución, tasa, tarifa, patente y otras cargas o tributos. Asimismo, les otorga la facultad de crear y organizar otras personas jurídicas con otras personas naturales o jurídicas nacionales, extranjeras o internacionales. El artículo 12 incorpora a las nuevas universidades que se crean al artículo 99 de la ley N° 18.681, que otorga facultades a las universidades e institutos profesionales que indica, relativas a su administración financiera, presupuestaria y de personal. El artículo 13 incorpora a las nuevas instituciones al artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 4, de 1981, del Ministerio de Educación, que fija normas sobre financiamiento de las universidades. Por su parte, el artículo segundo transitorio establece el procedimiento y plazo de dictación del estatuto de las universidades y las disposiciones mínimas que debe contener el mismo. El artículo quinto transitorio se refiere al monto de los recursos del aporte fiscal a que se refiere el artículo 2° del decreto con fuerza de ley N° 4, de 1981, del Ministerio de Educación, que le corresponderá a las nuevas universidades, a contar del año en que inicien sus actividades académicas. Finalmente, el artículo sexto transitorio dispone que el mayor gasto fiscal que implique la aplicación de esta ley, en su primer año de vigencia, se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación y, en lo que faltare, con cargo a los recursos de la partida 50, Tesoro Público. El informe financiero señala que con el objeto de apoyar la instalación y la puesta en marcha de las nuevas universidades, el fisco aportará a ellas, a contar del momento en que se apruebe esta iniciativa legal, recursos para el arrendamiento y gastos de operación necesarios para que los rectores nombrados, en virtud del artículo tercero transitorio, puedan dar, junto al equipo que los asesorará, inicio a las actividades de conformación de las nuevas entidades de educación superior. Esos recursos serán entregados a partir del mes en que ocurran dichos nombramientos, y se estima que representarán un gasto fiscal mensual del orden de 65 millones por cada universidad. Se agrega que en el futuro, en las leyes de Presupuestos correspondientes a los tres primeros años de actividad, se incluirán los recursos necesarios para la compra o construcción y equipamiento de las dependencias de cada una de las universidades. Se estima que ello representará un gasto fiscal del orden de 7.000 millones de pesos, en tres años, para cada una. Finalmente, se precisa que en virtud de lo establecido en el artículo quinto transitorio del proyecto, mediante decreto supremo se establecerá la participación en el Aporte Fiscal Directo del artículo 2° del DFL N° 4, de 1981, del Ministerio de Educación, de cada una de estas nuevas universidades, a contar del año de inicio de su actividad académica. En cuanto a la tramitación del proyecto en la comisión, el texto aprobado por la comisión técnica fue objeto de indicaciones parlamentarias y del Ejecutivo. Respecto de las primeras, cabe señalar que estaban orientadas, en términos generales, a aumentar los recursos contemplados para la puesta en marcha e implementación de estos nuevos proyectos educacionales, y fueron declaradas inadmisibles por incidir en materias de iniciativa exclusiva de su excelencia la Presidenta de la República. Vale hacer presente que este diputado informante, en la discusión al interior de la Comisión de Hacienda, realizó una comparación entre el presente proyecto de ley y el proyecto universitario que se está realizando en la provincia de Chiloé, estableciendo que debe existir mayor ímpetu por parte del gobierno para concretar un proyecto que, a diferencia de la iniciativa que hoy será discutida, cuenta con el financiamiento del gobierno regional y del Ministerio de Educación, y con terrenos para su emplazamiento proporcionados por el municipio. Lo anterior, con el objeto de subsanar ante el Ministerio de Desarrollo Social las observaciones al proyecto universitario de Chiloé Respecto de las indicaciones presentadas por el Ejecutivo, me permito hacer presente que estas contemplaban modificaciones de artículos que no estaban dentro de la competencia de la comisión, por lo que esta se limitó a conocer solamente aquella que incorpora en la letra b) del artículo 8°, referido a los rubros que formarán parte del patrimonio de estas nuevas universidades, los montos que perciban por concepto de matrícula, aranceles y derechos de exámenes. La comisión acordó votar en forma conjunta las normas sometidas a su competencia, esto es, los artículos 8°, 9°, 11, 12 y 13 permanentes, y segundo, quinto y sexto transitorios del proyecto, conjuntamente con la indicación presentada por el Ejecutivo que recae en el artículo 8°, siendo estas aprobadas por la mayoría de los integrantes presentes. En consecuencia, la comisión aprobó el proyecto en los mismos términos propuestos por la comisión técnica, con la salvedad de la indicación del Ejecutivo a la letra b) del artículo 8°, y recomienda a la Sala su aprobación. He dicho. El señor CORNEJO (Presidente).- En discusión el proyecto de ley. Tiene la palabra el diputado señor Issa Kort. El señor KORT.- Señor Presidente, quiero iniciar mis palabras manifestando la preocupación que me produce ver que un proyecto tan trascendental para el futuro de la Región de O’Higgins y del país no cuente con la presencia de la máxima autoridad del gobierno en materia de educación. El Poder Ejecutivo, que tiene iniciativa exclusiva en esta materia, ha estado ausente durante la tramitación de este proyecto de ley. El ministro de Educación no solo está ausente ahora en la Sala, sino que estuvo escasamente presente en las comisiones de Educación y de Hacienda. Lamento esta situación, porque con la educación no se juega. Hemos escuchado que el gobierno ha planteado que la reforma educacional es su principal eje. ¿Pero realmente toma con seriedad el tema de la educación? Personalmente, creo que no. Al presentar este proyecto de ley a la Cámara de Diputados, solo está cumpliendo una promesa de campaña, pero, finalmente, está jugando con la ilusión de los estudiantes de la Región de O’Higgins, con la ilusión de jóvenes que no tienen la oportunidad de estudiar fuera de la región y con la ilusión de progreso y desarrollo del país. Por eso, mis primeras palabras son para lamentar la falta de liderazgo y de conducción que ha tenido el ministro de Educación para presentar y tramitar este proyecto de ley. Junto con las justificaciones al respecto, hemos visto que el Ejecutivo ha planteado que la Región de O’Higgins tiene grandes riquezas. Efectivamente, nuestra región es una de las que más impacta positivamente en el producto interno bruto; una de las principales regiones exportadoras de cobre, gracias al mineral El Teniente, y una de las mayores productoras y exportadoras de fruta fresca, de vinos, de carnes de cerdo y ave, y de productos forestales. También se destaca por el turismo. ¿Pero sabe, señor Presidente, cuál es el principal producto de exportación que tiene la Región de O’Higgins? Los estudiantes que deben salir de los límites de la región para buscar nuevas oportunidades, quienes, lamentablemente, después no vuelven. Me refiero a los estudiantes que buscan concretar un futuro de progreso, pero que después no tienen las posibilidades de retornar a nuestra región. En lo personal, tuve la suerte y la bendición de Dios de haber nacido, ser criado y haber estudiado en la Región de O’Higgins. Tuve que salir de ella para estudiar y ser un profesional, pero quise volver para cooperar. No quiero que la Región de O’Higgins se siga caracterizando por exportar estudiantes, materia prima intelectual, sino que se siga destacando por exportar cobre y fruta. El capital humano debe desarrollarse dentro de la Región de O’Higgins. Insisto, con la educación y nuestro futuro no se juega. Por otra parte, creo que un proyecto de ley que crea una universidad estatal se debe tomar con seriedad y ponderar el impacto histórico que conlleva. ¿Alguien sabe en esta Sala hace cuántos años el Estado no inicia un proyecto de universidad estatal? ¿Alguien sabe hace cuánto tiempo el Estado de Chile no ha iniciado un proceso de descentralización real para entregar educación? Desde el primer gobierno de la Presidenta Bachelet, cuando se construyó el fiasco de la Universidad Regional en Rengo. Ese proyecto, que costó más de 5.000 millones de pesos al fisco y al gobierno regional, es una vergüenza para quienes transitan por la ruta 5 Sur y ven botado ese edificio. Ese es un intento poco serio en materia de educación, que no estoy dispuesto a repetir en este Hemiciclo, porque se utilizaron los escasos recursos de todos los chilenos para educación, vivienda e infraestructura. ¿Por qué seguimos jugando con los sueños de la gente? No me voy a prestar para callar esa situación en el debate en la Sala. En junio pasado el gobierno presentó este proyecto de ley. Su artículo 1° fijaba el domicilio de la Universidad de O’Higgins en la capital regional. Luego, el proyecto inició el sueño de los justos; pero, extrañamente, mientras discutíamos el proyecto de Ley de Presupuestos -con responsabilidad, me atrevo a decir que por presiones políticas de diputados oficialistas-, el gobierno le puso suma urgencia y, además, modificó el domicilio la universidad de nuestra región que, como dije, era la ciudad de Rancagua. Sin embargo, quiero destacar que aquí también se ha actuado con consecuencia por parte de parlamentarios oficialistas. Por eso, más allá de nuestras sanas y legítimas diferencias, estamos trabajando junto con el diputado Juan Luis Castro para que se respete lo que el gobierno escribió; es decir, para que este no borre con el codo lo que escribió con la mano. El hecho de que un proyecto de ley se modifique sin mayor excusa ni justificación es una falta de respeto al Congreso Nacional y a la Cámara de Diputados. En ese sentido, destaco que nunca recibimos una justificación en la comisión técnica. En la Comisión de Educación tuvimos una larga discusión con respecto a la ubicación de la Universidad de O´Higgins. Como se recordará, el gobierno, sin que nadie se lo pidiera, redactó el artículo en el que se fijó el domicilio de la universidad en la capital regional. Fuimos los primeros en apoyar esa disposición, porque corresponde que un proyecto de esta envergadura se inicie en la capital regional. No estamos diciendo que la universidad no debe estar presente en el resto de las provincias y de las ciudades de la región. Queremos tener sedes universitarias en las provincias de Cachapoal, de Colchagua y de Cardenal Caro; queremos que ciudades como Rengo, San Fernando, Santa Cruz y Pichilemu tengan universidad. Sin embargo, no juguemos con politiquería; no le mintamos a la gente. Un proyecto de esta envergadura debe asentarse en la capital regional. Por eso, junto con el diputado Juan Luis Castro hemos presentado una indicación al artículo 1°, para que se restituya el domicilio legal y fundacional de esta universidad regional, esto es, el de su capital regional. Señor Presidente, con la ciudad de Rancagua no se juega. Sus diputados estamos unidos para defender la dignidad de la capital regional y de su gente. ¿Sabe por qué, señor Presidente? Por lo siguiente: qué excusas le voy a dar a la gente de las poblaciones René Schneider, Vicuña Mackenna, Algarrobo, o de los sectores de San Ramón, Santa Elena, Chancón, quienes no tienen otra opción para estudiar; qué razones les voy a dar a los vecinos de Mostazal, de Machalí, de Codegua, de Graneros, de Quinta de Tilcoco, de Rengo, de Malloa, de Coltauco, de Doñihue, de Lo Miranda, de Peumo, de San Vicente y de Las Cabras. Los medios de transporte, que conducen a la gente hasta Rancagua, facilitan la posibilidad de iniciar en la capital regional este proyecto. Señor Presidente, al finalizar mi intervención, hago un llamado a la reflexión: pido respetuosamente a mis colegas que dejen de lado los colores políticos y la ideología, para que, enfrentados a este proyecto tan técnico, se pongan del lado de los jóvenes que no han tenido la oportunidad de estudiar en su región, sobre todo de aquellos de menores recursos; del lado de aquellas familias de clase media que hacen un esfuerzo enorme por conseguir las soluciones más adecuadas a sus posibilidades, en especial de aquellas en las cuales en ninguna de las generaciones anteriores ha habido algún miembro que estudiara en la universidad. Yo sueño que la Región de O’Higgins tenga una universidad como se merece, pero también que el gobierno no continúe borrando con el codo lo que ha escrito con la mano, sino que aborde este proyecto con el liderazgo y la seriedad que corresponde. He dicho. -Aplausos. El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Espejo. El señor ESPEJO.- Señor Presidente, en primer lugar, deseo saludar a las manipuladoras de alimentos de Chimbarongo, invitadas por la diputada Alejandra Sepúlveda. Deseo explicar a las invitadas presentes en las tribunas y a los colegas diputados que hay distintas maneras de aproximarse a este proyecto: una es politizarlo y convertirlo en un rehén más de la lucha entre la oposición y el gobierno, tratando de obtener ventajas políticas de corto plazo y de concentrarse en lo accesorio, no en lo principal. Otra es observarlo desde la altura de los satisfechos, de quienes pudieron estudiar y acceder a una vasta oferta de educación superior en Santiago, en Valparaíso, en Concepción, y también en Rancagua. Una tercera forma es aproximarse desde la racionalidad técnica de quienes nos preguntan para qué queremos una universidad en la Región de O’Higgins o en la de Aysén, si hay tantas en las regiones aledañas. Es la misma racionalidad de quienes pretenden convencernos de que no necesitamos médicos especialistas para la atención de los vecinos de San Pedro de Alcántara y del Rincón de los Ubilla, en Lolol; para la atención de la gente de Chimbarongo, de los vecinos de Las Cabras o de Santa Cruz, pues se puede recurrir a ambulancias, sin tener aquellos técnicos la más remota idea de lo que significa desplazarse durante largo rato por caminos difíciles, con dificultades incluso para resguardar la vida. Estamos hablando de la racionalidad técnica. Creo que este proyecto de ley es una excelente noticia para nuestra región y para la de Aysén, pues estamos conscientes del potencial que reviste y del aporte que significa para la vida regional contar con establecimientos que impartan educación superior de calidad y promuevan investigación continua; conocemos la contribución que implica para la comunidad discutir sobre los problemas de la región, pues a partir de ello se colabora en pro de un mejor futuro. Pero esta iniciativa también es importante para quienes creemos que a la educación pública le cabe un tremendo rol. Sin perjuicio de lo expresado por el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, deseo aclarar que desde 1947 el Estado de Chile no crea una universidad pública por medio de una ley. La última fue la Universidad Técnica del Estado, hoy Universidad de Santiago. Sus experiencias posteriores tienen que ver con lo que hizo la dictadura, la cual desmembró y destruyó la educación superior pública chilena. Como dije, esta es una buena noticia, porque confirma lo que hemos venido diciendo, en el sentido de que si de verdad queremos un país con más igualdad, un país más inclusivo, se requiere contar con una educación pública de calidad en todos los niveles, es decir, no se puede omitir la educación superior. Valdivia -distrito representado por mi colega Iván Flores-, por ejemplo, cuenta con una universidad regional que nos ha demostrado que desde una región se puede dar lecciones al resto del país y que trabajando con universidades extranjeras se puede potenciar el desarrollo regional con una mirada nacional. En la Región del Maule tenemos la Universidad de Talca, la mejor universidad regional de Chile, que en muchos aspectos compite con las universidades de Chile -mi alma mater-, Católica y de Santiago. Hay una riqueza en la posibilidad de acceder a una buena educación superior. Es algo de lo cual debemos hacernos cargo y aprovechar. Por supuesto, siempre habrá razones para poner piedras a la marcha de este tipo de proyectos: que el financiamiento, que la organización, que para qué lo quieren, que ya tienen una universidad pública. Otros proponen que el mercado resuelva el problema educacional. Pero ocurre que ya no lo resolvió, pues nos llenaron de centros de formación técnica e institutos profesionales. Cuando uno viaja desde el interior hacia sectores costeros de la región, tales establecimientos desaparecen; en realidad, están más cerca de la ruta 5 y de la capital regional. En todo caso, lo que nos tocó no sirve; ojalá sirvieran, pero no sirven: no imparten educación de calidad, no contribuyen a mejorar la calidad de vida de las personas, no generan sentido de comunidad, en fin. Por eso, en la región necesitamos educación superior de calidad, lo que incluye una universidad. En esta oportunidad tal vez se dirá que al respecto no ha habido ni habrá una discusión seria. No es efectivo. Aquí se escogió un camino, que prefiero y celebro, cual es el de entregar a la región y a sus autoridades sectoriales, la misión de decidir el tipo de universidad que queremos, sus objetivos, el tipo de carreras y su localización. Es una tarea de la cual el gobierno no se abstraerá, porque es el autor de la iniciativa. Aquí tengo un informe -desafortunadamente, tardó en hacerse público, lo cual ha contribuido a enrarecer el ambiente que es el resultado de varios meses de trabajo de una comisión, encabezada por Luis Riveros, ex rector de la Universidad de Chile, y que contó con la participación de destacadas personalidades y vecinos de toda la Región de O’Higgins, instancia en la cual se debatió sobre qué tipo de universidad queremos. Acá está para quien quiera leerlo. Este proyecto de ley no establece instancias que, desde arriba, decidan lo que la Región de O’Higgins va a tener. La iniciativa entrega a la Presidenta de la República la facultad de nombrar a un rector o a una rectora -ojalá sea una rectora que trabaje en la definición de los objetivos pedagógicos y de los objetivos de desarrollo institucional, y en la elaboración de los estatutos. Lo importante es que lo haga en conjunto con la comunidad para que lo que surja -en eso tiene razón quien me precedió en el uso de la palabra no sea un fracaso como el que ocurrió en Rengo -el diputado Castro lo ha planteado en múltiples ocasiones-, o un desastre como el que ocurrió en San Fernando con la Universidad del Mar que, por cierto, no era estatal. Se entrega poder a la autoridad para iniciar un proceso. Hoy no estamos discutiendo acerca de los contenidos ni de la fórmula completa de la universidad, sino que estamos iniciando un proceso. Así lo vimos en la Comisión de Educación y en la Comisión de Hacienda, como lo puede atestiguar el diputado Ortiz. Reitero, este es solo el inicio de un proceso. Señor Presidente, por su intermedio quiero llamar a los señores diputados a que no crean a quienes les dicen que este proyecto cierra la discusión. ¡Eso es lo que la derecha nos quiere decir! Aunque no todos, porque el diputado Barros ha apoyado este esfuerzo. (Manifestaciones en la Sala) ¡Griten todo lo que quieran! ¡Este es el inicio de un proceso! A la derecha puede molestarle que este proceso se haga con participación, que se cree una universidad pública para recuperar la identidad regional, que se apueste por un proyecto de desarrollo de largo plazo. ¡Que les moleste todo lo que quieran, pero estamos iniciando este proceso! Naturalmente, voy a apoyar este proyecto de ley, pero no quiero obviar la discusión sobre la localización de la universidad. Creo que se comete un error. Puedo entender la preocupación del diputado que me antecedió en el uso de la palabra por el hecho de reinstalar en el proyecto de ley la palabra “Rancagua”. Equivocadamente, pero de manera legítima, él cree que lo que estamos haciendo es construir un proyecto en contra de Rancagua, pero no es así. Este es un proyecto regional. Al señalar que el domicilio es la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, lo que queremos es que esta universidad sea para toda la región y no solo para una parte de ella. Este no es un proyecto que cierre puertas; por el contrario, las abre. Me parece que reeditar esta discusión sobre Rancagua es una mirada errada, que considera a la universidad como una cuestión estática y no dinámica; que busca reforzar los centros de poder que hoy tenemos en vez de proteger la variedad y la diversidad territorial de nuestras regiones. En suma, es poner la carreta delante de los bueyes. Hay que decirlo con responsabilidad: esto va a atrasar la discusión. El proyecto es complejo; nos va a tomar mucho tiempo que esta universidad, al igual que la de Aysén, pueda estar completamente en pie, prestando el servicio que soñamos. En ese sentido, reitero, esta discusión alargará su tramitación. Logramos un acuerdo en la Comisión de Educación, con el respaldo del gobierno, que establecía con toda claridad que el domicilio de nuestra universidad, al igual que el de la universidad de Aysén, era la región. ¿Por qué? Porque tiene que ser un proyecto comprometido con un desarrollo territorial equilibrado, no solo con el de una parte de la región. Lamentablemente, el proyecto volverá a comisión, donde nuevamente discutiremos temas que ya debatimos y que ya habíamos resuelto. El diputado que me antecedió en el uso de la palabra tiene todo el derecho a plantear su punto de vista. Lo respeto, pero discrepo de él. Como dije, vamos a tener que volver a discutir el proyecto en la comisión, lo que atrasará su despacho. Espero discutir a fondo esta materia. No vamos a cejar en nuestro esfuerzo de entregar a las regiones del Libertador Bernardo O’Higgins y de Aysén -a la que quiero expresar mi absoluta solidaridad-, universidades públicas de calidad, ancladas en nuestros territorios, pero con vocación nacional. Serán universidades de regiones, pero para todo Chile. No podemos encerrarlas en nuestro territorio. Por último, anuncio que vamos a cumplir con el compromiso que asumió la Presidenta de la República Michelle Bachelet durante la campaña presidencial, y que también asumimos muchos de nosotros. Vamos a debatir este proyecto todas las veces que sea necesario, con toda la paciencia y la vehemencia que sean necesarias para asegurar que este sueño de nuestra gente se haga realidad. He dicho. -Aplausos. El señor CORNEJO (Presidente).- De conformidad con los acuerdos de los Comités Parlamentarios, la discusión de este proyecto continuará en una próxima sesión. ELIMINACIÓN DE NORMA QUE PROHÍBE ACCEDER A CARRERA JUDICIAL A PERSONAS AFECTADAS POR SORDERA, MUDEZ O CEGUERA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETINES NOS 6576‐07 Y 9371‐07) El señor CORNEJO (Presidente).- Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mociones refundidas, que elimina la prohibición para acceder a la carrera judicial a personas afectadas por sordera, mudez o ceguera. Diputada informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es la señora Marisol Turres. Antecedentes: -Moción, sesión 45ª de la legislatura 357ª, en 30 de junio de 2009. Documentos de la Cuenta N° 26. -Y boletín N° 9371-07, sesión 29ª de la presente legislatura, en 4 de junio de 2014. Documentos de la Cuenta N° 7. -Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, sesión 86ª de la presente legislatura, en 4 de noviembre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 21. El señor CORNEJO (Presidente).- Tiene la palabra la diputada informante. La señora TURRES, doña Marisol (de pie).- Señor Presidente, en representación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, vengo en informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en mociones refundidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 A de la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cuyo detalle es el siguiente: 1.- Moción de las exdiputadas señoras Allende, doña Isabel; Cristi, doña María Angélica, e Isasi, doña Marta; de los exdiputados señores Álvarez, don Rodrigo; Eluchans, don Edmundo, y Lobos, don Juan; de la diputada señora Turres, doña Marisol, y de los diputados señores Kast, don José Antonio, y Ward, don Felipe, que deroga el número 4 del artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales, referido a personas con discapacidad visual (Boletín N° 6576-07), y 2.- Moción de los diputados señores Andrade, don Osvaldo; Bellolio, don Jaime; Chahin, don Fuad; Espejo, don Sergio; Pilowsky, don Jaime; Rincón, don Ricardo; Saffirio, don René; Soto, don Leonardo; Trisotti, don Renzo, y Walker, don Matías, que modifica el artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales, con el fin de permitir a las personas afectadas por sordera, mudez o ceguera acceder a la función judicial (Boletín N° 9371-07). Estos proyectos de ley tienen por objeto suprimir la prohibición contemplada en el artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales, que impide acceder a la función judicial a personas afectadas por sordera, mudez o ceguera. La primera de las mociones estima que esta norma que existe en nuestro Código Orgánico, quizá tuvo su justificación en una época en la que existía un gran prejuicio y profundo desconocimiento de las diferentes discapacidades, pero que no tiene justificación en la actualidad. En efecto, esta prohibición legal carece de justificación, especialmente en el caso de los abogados no videntes, algunos de los cuales han sido estudiantes brillantes o profesionales destacados, por lo que carece de sentido cerrarles las puertas para ejercer como jueces, lo que además les impide ejercer como fiscales del Ministerio Público. Por esta razón, propone la derogación de la prohibición para las personas con discapacidad visual para ser jueces. La segunda de las mociones va más allá, ya que propone la supresión de las incapacidades de sordera, mudez y ceguera de la referida prohibición, considerando, entre sus argumentos, que el tiempo transcurrido desde la presentación de la moción anteriormente mencionada ha vuelto evidente que ninguna de las causales asociadas a discapacidad que el Código Orgánico considera como condiciones incompatibles para el ejercicio de la judicatura, reviste efectivamente esta calidad. En efecto, ninguna de estas condiciones impide el acceso al conocimiento, el desarrollo de las habilidades y el buen juicio exigidos por la función judicial. Del mismo modo, la tecnología y los sistemas de apoyo disponibles permiten con creces suplir eventuales déficits generados por estas condiciones, por lo que el impedimento que nuestro Código Orgánico de Tribunales mantiene para el ejercicio de la magistratura respecto de quienes son sordos, mudos o ciegos, resulta injustificado. Finalmente, cabe hacer presente que nuestra comisión, por la unanimidad de sus miembros presentes, aprobó en general y en particular el proyecto en informe, suprimiendo de la prohibición para ser juez las incapacidades de sordera, mudez y ceguera, teniendo en consideración los fundamentos que motivaron la presentación de ambas mociones, lo expresado por el señor ministro de Justicia, don José Antonio Gómez, y los testimonios de la Presidenta del Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, señora María Soledad Cisternas; del estudiante de Derecho no vidente de la Universidad de Chile señor Darío Alfaro; del señor Ricardo González, abogado no vidente del Consejo de Defensa del Estado, y del señor Miguel Von Und Zu Liechtenstein, Presidente de la Fundación Sin Odio. Es cuanto puedo informar. He dicho. El señor CORNEJO (Presidente).- De conformidad con el acuerdo adoptado por los Comités Parlamentarios, este proyecto se votará sin discusión. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos: El señor CORNEJO (Presidente).- Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que elimina la prohibición para acceder a la carrera judicial a personas afectadas por sordera, mudez o ceguera. Hago presente a la Sala que para la aprobación de su artículo único se requiere el voto favorable de 67 señoras diputadas y señores diputados, por tratar materias propias de ley orgánica constitucional. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 100 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor CORNEJO (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; De Mussy Hiriart Felipe; Edwards Silva José Manuel; Espejo Yaksic Sergio; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hernández Hernández Javier; Hernando Pérez Marcela; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Letelier Norambuena Felipe; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe. El señor CORNEJO (Presidente).- Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado también en particular con el mismo quorum. Despachado el proyecto. PERFECCIONAMIENTO DE NORMATIVA SOBRE PROFESIONALES Y TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO DE SALUD (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN Nº 9865‐11) El señor CORNEJO (Presidente).- De conformidad con los acuerdos adoptados por los Comités Parlamentarios, corresponde votar sin discusión el proyecto de ley que perfecciona la normativa sobre profesionales y trabajadores del sector público de salud. Antecedentes: -Mensaje, sesión 116aª de la presente legislatura, en 20 de enero de 2015. Documentos de la Cuenta N° 1. -Certificado de la Comisión de Salud. Documentos de la Cuenta N° 4 de este boletín de sesiones. -Certificado de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta N° 5 de este boletín de sesiones. El señor CORNEJO (Presidente).- Hago presente a la Sala que se trata de una norma propia de ley simple o común. En votación general el proyecto. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 100 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención. El señor CORNEJO (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Campos Jara Cristián; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; De Mussy Hiriart Felipe; Espejo Yaksic Sergio; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; García García René Manuel; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hernández Hernández Javier; Hernando Pérez Marcela; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Letelier Norambuena Felipe; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Paulsen Kehr Diego; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe. -Se abstuvo la diputada señora Girardi Lavín Cristina. El señor CORNEJO (Presidente).- Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado también en particular con el mismo quorum. Despachado el proyecto. OTORGAMIENTO DE BONIFICACIÓN ESPECIAL A FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE LA REGIÓN DE ATACAMA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN Nº 9868‐05) El señor CORNEJO (Presidente).- De conformidad con los acuerdos adoptados por los Comités Parlamentarios, corresponde votar sin discusión el proyecto de ley que otorga una bonificación especial para funcionarios públicos de la Región de Atacama que cumplan condiciones que se indican. Antecedentes: -Mensaje, sesión 117ª de la presente legislatura, en 20 de enero de 2015. Documentos de la Cuenta N° 1. -Informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta N° 6 de este boletín de sesiones. El señor CORNEJO (Presidente).- Hago presente a la Sala que se trata de una norma propia de ley simple o común. En votación general el proyecto. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 100 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención. El señor CORNEJO (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo Sergio; Álvarez Vera Jenny; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Boric Font Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Campos Jara Cristián; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Carvajal Ambiado Loreto; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; Chávez Velásquez Marcelo; Cicardini Milla Daniella; Coloma Alamos Juan Antonio; Cornejo González Aldo; De Mussy Hiriart Felipe; Edwards Silva José Manuel; Espejo Yaksic Sergio; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Fuentes Castillo Iván; García García René Manuel; Girardi Lavín Cristina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hernández Hernández Javier; Hernando Pérez Marcela; Hoffmann Opazo María José; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Kast Sommerhoff Felipe; Kort Garriga Issa; Lavín León Joaquín; Letelier Norambuena Felipe; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Urrutia Paulina; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Paulsen Kehr Diego; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rocafull López Luis; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe. -Se abstuvo el diputado señor Farías Ponce Ramón. El señor CORNEJO (Presidente).- Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado también en particular con el mismo quorum. Despachado el proyecto. VI. HOMENAJE HOMENAJE A DON JAIME CASTILLO VELASCO El señor CORNEJO (Presidente).- Corresponde rendir homenaje a don Jaime Castillo Velasco. Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda. El señor OJEDA (de pie).- Señor Presidente, en primer lugar, quiero saludar a los familiares de don Jaime Castillo y a las autoridades políticas que se encuentran en las tribunas. Jaime Castillo Velasco fue fundador de la Falange en 1935 y del Partido Demócrata Cristiano en 1957, y su presidente y vicepresidente en varios períodos entre los años 1966 y 1986. Pero su mayor participación fue en la defensa de los derechos humanos durante la dictadura. En 1978 fundó la Comisión Nacional de Derechos Humanos. En 1976 estuvo exiliado en Caracas, Venezuela. Fue fundador y director del Secretariado Latinoamericano de Derechos Humanos. Formó parte de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación. En el 2000 participó en la Mesa de Diálogo para encontrar un mecanismo para dar con el paradero de las 1.197 personas oficialmente desaparecidas durante la dictadura. En 1999 fue nombrado caballero de la Legión de Honor por el gobierno de Francia. En enero de 2000 recibió la Gran Estrella de Oro, en calidad de Gran Oficial por parte del Gobierno de Chile. Además, se le entregó la condecoración por Servicios Meritorios de la República de Chile. Fue Presidente del Instituto Chileno de Estudios Humanísticos entre 2000 y 2003. Falleció a los 89 años, el 29 de octubre de 2003. Había nacido el 14 de marzo de 1914. Fue abogado, político, académico y filósofo. Realizó sus estudios en la Universidad de Chile y en la Universidad La Sorbona, de París. Fue hijo del señor Eduardo Castillo Urízar y de la señora Elena Velasco Velásquez. En nombre de la bancada de diputados de la Democracia Cristiana, tengo el honor de rendir un homenaje a uno de los hombres más notables y relevantes de la historia política del país, gran defensor de los derechos humanos en épocas difíciles, cuando en Chile se quebrantó la institucionalidad y se impuso una dictadura. Otto Boye, ex embajador de Chile en Holanda, escribió de don Jaime Castillo: “Su actuación en el campo de los derechos humanos en Chile y en el extranjero, fue siempre no violenta, pero firme, decidida, valiente y, sobre todo, ejemplar.”. Efectivamente, el maestro Castillo defendía sus principios de una manera ejemplar, pero siempre inspirado en la enseñanza evangélica del respeto al prójimo y de la no violencia activa, como principio rector de la política de inspiración cristiana. Así actuaba él, un humanista de tomo y lomo, que no conocía el don de la fe y no abrazaba religión alguna. Don Jaime fue, entonces, ante todo, un hombre consecuente, pues aquello que elaboraba, con la brillantez intelectual que todos le reconocieron, imponía una voluntad de acción férrea que lo transformaba. Fue un hombre universal que atraía y transmitía todas las sensibilidades. Cuando entramos al partido, fue quien nos enseñó que la Democracia Cristiana nunca podía ser una colectividad de centro, toda vez que en esa concepción el partido “se siente cómodo con la mantención del statu quo y se aproxima a la política desde la perspectiva de un rol “administrador”, que reniega de los cambios, lo que lo lleva al peor de los conservadurismos.”. Un partido de vanguardia -tesis a la que él adheríaes aquel que rechaza el orden de cosas establecido, que lucha por el cambio de la sociedad capitalista y se entusiasma con la construcción del orden nuevo, y que deja atrás las concepciones propias de una sociedad que se cimenta sobre la base de la desigualdad y la exclusión, y las supera a través de la oferta de un proyecto histórico concreto, de raíz humanista, en colaboración con todos los actores y sectores de la sociedad civil que compartan estas ideas. Esta concepción lo llevaría, en medio del exilio al que fue sometido por la dictadura, a escribir un hermoso texto que tituló “Una patria para todos”, que llamaba a la unidad de todos los chilenos para la construcción de la patria común, más de 30 años antes de que lográramos concretar nuestra Nueva Mayoría. En medio del horror y de la represión, el maestro decía: “Se impone, pues, como en las grandes ocasiones de la historia, un reagrupamiento del pueblo chileno. Su tarea será la de establecer el buen uso de las libertades y la convivencia en nuestra tierra. Pensar en ese reagrupamiento no es una utopía, es lo que impone la realidad. Otra cosa sería mantener un enfrentamiento indefinido de unos contra otros.”. Palabras proféticas, que parecieran calzar tan bien en el Chile de hoy. Con mayor vigencia aún, don Jaime abogaba por que, recuperada la democracia, fuera “convocada una constituyente, elegida por sufragio universal, para que, en el término de un año, fije el texto de la futura Constitución, la cual restablecerá la normalidad democrática, determinará la forma cómo han de ejercerse los derechos políticos y la elección definitiva de las autoridades. Ella determinará también las normas por las cuales han de regirse los partidos y las formas de participación ciudadana en la conducción del Estado.”. Aun esperamos ser capaces de cumplir esta promesa. Era, entonces, un verdadero revolucionario, de esos que se hacen con mayúscula, con letras grandes, que se ven desde lejos. Fue el motor inspirador de la Revolución en Libertad, durante el gobierno de Eduardo Frei Montalva; de la promoción popular, con la materialización de la Reforma Agraria, la Ley de Juntas de Vecinos, la Ley de Sindicalización Campesina, la Ley de Inamovilidad, la Reforma a la Educación y tantas más, junto a ese gran Presidente como fue Eduardo Frei Montalva. Esto señaló don Jaime: “Hacer la revolución es forjar una sociedad en la cual haya desaparecido toda forma opresiva de existencia. El revolucionario admite, pues, la idea de una humanidad libre y fraterna. Cree que la vida humana está subordinada a una ética. En este sentido, y por su total significado, podemos decir que la acción revolucionaria es el más alto designio que un hombre pueda trazarse sobre la tierra. Algunos miran la revolución como una utopía. No lo sabemos. Pero hay un hecho: mientras exista la injusticia, la crueldad, el dolor o la miseria, todo lo que los hombres hacen de elevado y noble descansa en la posibilidad de que dichos males terminen para siempre.”. ¡Qué sabias palabras! Coinciden plenamente con el preámbulo de la Carta de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que exige que tales derechos sean protegidos por un régimen de derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión. En esta filosofía nos formamos muchas generaciones de democratacristianos, y muchos que no pertenecían al partido también fueron contagiados por esta sabiduría, bajo la guía inspiradora de nuestro maestro. Por eso, pareció tan obvio que don Jaime, junto a un puñado de patriotas, asumiera su compromiso con la causa de los derechos humanos, desde el día mismo en que la dictadura se impuso en Chile, y reuniera las voluntades de hombres y mujeres comprometidos, desde las más distintas filosofías, religiones y pensamiento político. Permítanme una referencia personal. Tuve el orgullo y el privilegio de trabajar bajo su influencia a cargo de la Comisión Chilena de Derechos Humanos en Osorno, de la que fui presidente durante diez años, época en que estudiantes, campesinos y pobladores pobres eran duramente reprimidos. Ahí nos acompañó y luchó con nosotros; ahí lo conocí en plenitud, ahí supe quién era don Jaime Castillo Velasco. Junto a algunos abogados, tomamos las banderas del maestro en nuestra ciudad, como también lo hicieron en Santiago y en el país personas como Roberto Garretón, Luis Toro, Nelson Caucoto, Ignacio Walker, Gabriel Ascencio y Adolfo Zaldívar. Hoy, los democratacristianos venimos en rendir homenaje a uno de los mejores de los nuestros, el que más contribuyó a nuestra formación con el ABC de la DC, sin esperar nunca nada a cambio. El maestro nunca buscaba figurar ni postulaba para cargo alguno; por el contrario, lo de él era servir, y así lo hizo. Saludo a su familia, pléyade de hombres notables, como sus hermanos Fernando y Eduardo, tan comprometidos con los destinos de la patria. Si tan solo fuéramos capaces de cumplir con una modesta parte de las enseñanzas del maestro, nuestro país sería mejor. Don Jaime, aún está pendiente nuestro compromiso para con usted, que no es más que el compromiso con la patria y nuestra gente. Esperamos ser dignos de honrar su enseñanza, aunque sin su presencia todo es mucho más difícil. El monumento que se erigirá en su memoria y que la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad será el más auténtico y elevado testimonio de nuestro reconocimiento al más preclaro e insigne político que inspiró y guió con sus enseñanzas y su filosofía a muchas generaciones y el espíritu de la vida política nacional durante tantos años. Hoy la historia lo registra con el honor y los méritos que se merece. He dicho. -Aplausos. El señor CARMONA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Diego Paulsen. El señor PAULSEN (de pie).- Señor Presidente, honorable Cámara, familiares de don Jaime Castillo Velasco: La bancada de Renovación Nacional se suma a este homenaje a una figura que enriqueció el acervo intelectual de nuestra discusión política: don Jaime Castillo Velasco. En nuestro país son pocos los que realizan un esfuerzo consistente en pro de conectar la política cotidiana con la filosofía. Su época de formación intelectual se desarrolló en la primera mitad del siglo XX, como ocurrió con varios otros jóvenes que se organizaron en el seno de las corrientes conservadoras. Miró, analizó, vivió y tomó un camino de respuesta a los desafíos del mundo, que se le presentaba en conflicto, bipolar, con opciones muy marcadas y diametralmente opuestas. Jaime Castillo Velasco era hombre de impulsar ideas nuevas, construidas sobre las bases sólidas de la discusión de siglos, y no de revenir aquellas superadas por la lógica, la experiencia, por antiguas y fracasadas que sean. Nació hace ya más de cien años, cuando en Europa, depositaria de la cultura cristianooccidental, se inauguraba la serie de conflictos bélicos más brutales y devastadores que se hubiera conocido, entre cuyas causas y efectos encontramos la intolerancia, el fanatismo y el totalitarismo. La desesperanza y el fracaso rotundo que condujo a la tragedia europea y su amenaza de reproducción en la realidad de la mayoría de los países de Latinoamérica impulsó a muchos jóvenes a transitar en esa “experiencia social-cristiana”, como la denominara don Alejandro Silva Bascuñán, en su ameno relato que lleva ese título. Junto a Frei, Leighton, Tomic, Garretón, Gumucio, Rogers y tantos otros jóvenes, se sintió llamado a constituir una respuesta alternativa distinta y, las más de las veces, contrapuesta a la opción comunista que se erguía como un imperialismo implacable. Decidieron no ser “la savia joven en un árbol viejo”, como era la juventud del Partido Conservador. Asociados a la Iglesia Católica y sus encíclicas, construyeron un ideario que tuvo en Jaime Castillo Velasco un innovador y desarrollador constante de conexiones con los problemas concretos y cotidianos que planteaba la política. En este homenaje se reivindica el poder de la reflexión y la persuasión como herramientas de la convivencia política, también el cultivo académico de las ciencias sociales, pero todo ello íntimamente entrelazado con la discusión del día a día en el desarrollo de las realidades. En el centro de la doctrina que irradiaba generosamente Jaime Castillo está el hombre y su libertad. Su consecuencia lo exhibe como un opositor al gobierno de Salvador Allende y un emblemático adversario del gobierno militar, asumiendo un liderazgo incuestionable en la defensa de los derechos humanos. Su legado perdura y justifica sobradamente este homenaje. Recogemos el testimonio de Jaime Castillo Velasco en lo que tiene de profundo, distante de lo superficial; en lo que trae de contenido sustancial, como antagónico de lo vacío; en su valorización del ser humano y del individuo en su lucha contra las pretensiones de restringir su libertad. He dicho. -Aplausos. El señor CARMONA (Vicepresidente).- De esta forma, la Cámara de Diputados ha rendido un justo y merecido homenaje a don Jaime Castillo Velasco, en el que se vertieron conceptos que la Mesa hace propios, al igual que el conjunto de la Corporación. VII. PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN CREACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE RESIDENCIALES PARA ADULTOS MAYORES EN CAPITALES PROVINCIALES El señor CARMONA (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al primer proyecto de resolución. El señor ROJAS (Prosecretario).- Proyecto de resolución N° 196, suscrito por los diputados señores José Pérez, Fernando Meza, Felipe Letelier, Claudio Arriagada; las diputadas señoras Marcela Hernando, Loreto Carvajal y Alejandra Sepúlveda, y los diputados señores Enrique Jaramillo, Daniel Farcas y Jorge Sabag, que en su parte dispositiva señala lo siguiente: La Cámara de Diputados acuerda oficiar y solicitar a su excelencia la Presidenta de la República que disponga la creación e implementación de residenciales para adultos mayores en las capitales provinciales del país, cuya estadía se financiará con aportes del Estado y de los propios interesados. El señor CARMONA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de resolución. Tiene la palabra el diputado Matías Walker. El señor WALKER.- Señor Presidente, sugiero que recabe el asentimiento de la Sala para aprobar este proyecto de resolución por unanimidad. El señor CARMONA (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo para aprobar por unanimidad el proyecto de resolución? Aprobado. COMPROMISO CON POLÍTICA DE ESTADO EN MATERIA DE RELACIONES EXTERIORES Y REVISIÓN DE MECANISMOS INSTITUCIONALES DE DESIGNACIÓN DE AGENTES DIPLOMÁTICOS El señor CARMONA (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la parte dispositiva del siguiente proyecto de resolución. El señor ROJAS (Prosecretario).- Proyecto de resolución N° 203, de los diputados señores Cristián Monckeberg, José Manuel Edwards, Nicolás Monckeberg, Iván Flores y Jorge Sabag, que en su parte dispositiva señala lo siguiente: “1. Representar a su excelencia la Presidenta de la República nuestra preocupación por los dichos del embajador en Uruguay, Eduardo Contreras, y cómo su confirmación en dichas funciones pudiese ser considerado un eventual viraje en la tradicional política de Estado en materia de relaciones exteriores, desligada de consideraciones de carácter partidista. 2. Confirmar el compromiso de esta Corporación con la doctrina histórica de una política exterior nacional de unidad, enfrentada con una visión de Estado y prescindiendo de los conflictos políticos internos. 3. Solicitar el impulso de las mociones destinadas a enmendar disposiciones constitucionales y legales que refuercen el rol del Parlamento en la ejecución y diseño de una política exterior de Estado, profesionalizando la labor de los agentes diplomáticos nacionales. Para ello proponemos que el Jefe de Estado cuente con el concurso de la sede legislativa a través del acuerdo de la mayoría absoluta de los senadores en ejercicio, lo que puede estar precedido de una instancia bicameral que informe a la Cámara Alta, compuesta por las comisiones de relaciones exteriores de ambas corporaciones.”. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Estimados colegas, propongo que se suspenda el tratamiento de Proyectos de Acuerdo y de Resolución, porque estamos en el límite del quorum y hay varios parlamentarios que deben cumplir compromisos relacionados con el trabajo de las comisiones a que pertenecen. ¿Habría acuerdo? Acordado. -Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo y de resolución figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspx VIII. INCIDENTES AGILIZACIÓN DE INVERSIONES PARA OBRAS VIALES EN CONURBACIÓN COQUIMBO‐LA SERENA (OFICIO) El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité del Partido Socialista. Tiene la palabra el diputado Raúl Saldívar. El señor SALDÍVAR.- Señor Presidente, cada año durante la época estival, en nuestra Región de Coquimbo, una de las más visitadas del país, se produce un colapso vial debido al sinnúmero de visitantes -por lo general provenientes de la Región Metropolitanaque se desplazan hacia ella en sus vehículos, lo que provoca que el parque automotor se multiplique de manera impresionante. Lo anterior hace indispensable agilizar la inversión vial para hacer más expedita y dar funcionalidad a la ruta que une a Coquimbo y La Serena, toda vez que existe un conjunto de obras pendientes en ese sentido, algunas de las cuales se encuentran en proceso de estudio, de diseño o de licitación. Para efectos de no generar daños irreparables en la convocatoria turística y en los servicios y bienes que ofrecen las comunas que conforman esta importante conurbación Coquimbo-La Serena, es muy necesario que el Ministerio de Obras Públicas provea los medios para acelerar las inversiones que permitan mejorar la referida ruta. De lo contrario, el colapso vial desestimulará muchas actividades importantes para la economía local, lo que obviamente acarreará los consabidos perjuicios que implica perder competitividad y, al mismo tiempo, no contar con suficiente infraestructura de soporte productivo que dé fuerza a la actividad económica en la región. Lo anterior no implica tener una mirada centralista desde la propia región. No queremos despojar de inversiones a otras comunas de la región. Fundamentalmente, se trata de entender que la conurbación Coquimbo-La Serena genera externalidades positivas hacia el resto de la región. En la medida en que se aborden adecuadamente los programas y planes de inversión en una materia tan fundamental como dar funcionalidad a la ruta que une a Coquimbo y La Serena, el efecto positivo se producirá en muchos otros lugares de la Región de Coquimbo. Por lo expuesto, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas, a fin de que agilice las inversiones en obras viales de la conurbación Coquimbo-La Serena. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados y las diputadas que así lo indican a la Mesa. En el tiempo del Comité del Partido Socialista, ofrezco la palaba. Ofrezco la palabra. PENSIÓN BÁSICA SOLIDARIA PARA FAMILIARES CUIDADORES DE PERSONAS EN CONDICIÓN DE PACIENTES POSTRADOS SEVEROS (OFICIOS) El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En el tiempo del Comité del partido Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado David Sandoval. El señor SANDOVAL.- Señor Presidente, solicito que se oficie al ministro de Hacienda, a la ministra de Salud y a la ministra de Desarrollo Social, a fin de que se hagan parte de una temática social y humana que dice relación con la atención de los pacientes postrados severos que se encuentran en los domicilios de sus familiares. El Ministerio de Salud implementó un programa a través del cual se apoya a quienes, por las condiciones de su estado de salud -hay miles de ellos en todas las regiones y también muchos en la Región de Aysén-, deben ser atendidos en sus propios domicilios. Me ha tocado conocer el drama humano que significa para muchas familias tener a un familiar enfermo en esas condiciones. Pero ocurre que para el Ministerio de Salud esa forma de atención de los pacientes postrados severos significa un tremendo apoyo, pues dicho programa le permite liberar camas en los hospitales y liberar la atención clínica o médica, puesto que la atención se realiza en las propias viviendas de los pacientes. El tema de fondo tiene que ver con la necesidad de que nos hagamos partícipes de la realidad humana y social que significa esa situación. Según estudios, la mayoría de las personas que realizan la custodia de esos enfermos son esencialmente mujeres, en particular las esposas y las hijas del paciente. Obviamente, esa responsabilidad involucra para la familia una fuerte carga de carácter sicológico y un marcado estrés. El paciente postrado severo es tan dependiente, como quien tiene a cargo su custodia. Por lo tanto, es necesario hacernos cargo de esa realidad humana y social. Hace poco tiempo, una habitante de Coyhaique me comentó su caso y me dijo que hace tres meses que no salía de su casa. Obviamente, el hecho de tener a un familiar en condición de postrado severo en el domicilio le significaba una enorme carga humana y sicológica a esa mujer. Por su parte, el Estado, a través del referido programa, otorga un subsidio de 20.000 pesos para el enfermo, cantidad absolutamente insuficiente, habida consideración del ahorro que implica para el fisco el hecho de no tener a un paciente en esas condiciones internado en el sistema hospitalario. ¿Qué planteamos en este caso? Haciéndonos cargo del problema humano y sicológico, del estrés familiar y de lo que significa para muchas familias tener a un familiar en esas condiciones, pido que el ministro de Hacienda, la ministra de Salud y la ministra de Desarrollo Social realicen un análisis pormenorizado de la situación que viven las familias cuidadoras de enfermos postrados severos, y que, en lo posible, dispongan que se les otorgue la pensión básica solidaria -no pido que se incremente el subsidio de 20.000 pesos-, como una mínima retribución por la tremenda función que cumplen desde el punto de vista social y médico. Sin duda, las familias asumen esa responsabilidad, pero no podemos desconocer que detrás de ello hay una enorme carga humana y social que amerita que el Estado haga una mínima retribución, a lo menos, equivalente a la pensión básica solidaria, toda vez que el enfermo está tan postrado como la cuidadora que lo tiene a su cargo. Es el caso –insisto de una familia en la Región de Aysén, cuyos miembros ni siquiera han logrado salir de sus casas durante meses. Como se trata de una situación absolutamente humana y social, tengo la impresión de que el Estado tiene la corresponsabilidad de generar para las familias en esa situación una condición básica de ingresos. Ojalá no sea una pensión básica solidaria, sino una pensión social otorgada formalmente por la labor que esas personas cumplen con sus familiares en condición de postrados severos. Desde el punto de vista humano y social, no podemos seguir eludiendo esa situación. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia íntegra de su intervención y con la adhesión de los diputados y las diputadas que así lo indican a la Mesa. INFORMACIÓN SOBRE LLAMADO A LICITACIÓN PARA CONSTRUCCIÓN DE NUEVO HOSPITAL DE CURICÓ (OFICIO) El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado Celso Morales. El señor MORALES.- Señor Presidente, en una conferencia de prensa que ayer dieron en Curicó la directora del Servicio de Salud del Maule, señora Paulina Espinoza, y el director del Hospital de Curicó, informaron que no existe seguridad de que las obras de construcción del nuevo Hospital de Curicó se puedan iniciar este año como estaba anunciado. Esta situación tiene muy preocupados a los habitantes de la comuna, por cuanto el inicio de las obras se ha seguido postergando durante largo tiempo. Debido al terremoto de 2010, el hospital quedó imposibilitado de seguir funcionando, lo que trajo consigo consecuencias en la atención de la población y en las condiciones de trabajo que han debido enfrentar sus funcionarios. Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas, a fin de que me informe la fecha en que se firmará el convenio de mandato entre la cartera que dirige y el Ministerio de Obras Públicas, a fin de llamar a licitación para el diseño y construcción del nuevo Hospital de Curicó. Quiero saber el cronograma del llamado a licitación y cuáles serán los pasos durante los próximos meses referidos a la concreción del proyecto. Espero que los ciudadanos de Curicó tengamos la información precisa sobre cuándo contaremos con un nuevo hospital en la comuna, toda vez que constituye una necesidad urgente para la comunidad. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de las señoras diputadas y los señores diputados que así lo indican a la Mesa. RETIRO DE ACOPIOS A GRANEL DE POLIMETALES DE CIUDAD DE ANTOFAGASTA (OFICIOS) El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En el turno del Comité Independiente, tiene la palabra la diputada señora Karla Rubilar. La señora RUBILAR (doña Karla).- Señor Presidente, en la Región de Antofagasta se está viviendo una situación dramática. Hace algunos días se publicó un estudio del Colegio Médico y del Instituto de Salud Pública que reveló que más de cincuenta niños tienen arsénico y plomo en su sangre; treinta y cinco de ellos presentan cantidades alarmantes. Cabe destacar que una niña tiene índices más altos que los de un adulto expuesto permanentemente a polimetales pesados. Esta situación nos preocupa y angustia profundamente, ya que las denuncias sobre presencia de polimetales en la Región de Antofagasta llevan muchísimos años sin atenderse. En 2010 hubo un estudio que indicaba que el paso de los polimetales a través de los cordones fetales producía alteraciones en los bebés, que podían ir desde malformaciones hasta autismo. Ello ha sido una constante tónica en la región, en particular en Antofagasta, ciudad en cuyo puerto existe un galpón que almacena polimetales pesados que dañan la salud, especialmente de los menores de edad. Pero lo peor es que cuando el Colegio Médico denunció esta situación hace muchos meses, se desestimó por parte del intendente dicha denuncia. Se dijo que no eran las autoridades llamadas a hacer este tipo de investigaciones. Sin embargo, lo señalado por el Colegio Médico fue refrendado por el estudio realizado por el Instituto de Salud Pública (ISP). Además, estamos preocupados porque se va a celebrar el Festival en Antofagasta, que será transmitido por los canales de televisión, en el mismo lugar en que están emplazados los acopios de polimetales. Por lo tanto, es urgente que las autoridades ambientales abran las RCA respecto de los galpones en que se acopian cargas mineras a granel y dicten las resoluciones necesarias para sacar cuando antes esos productos de la ciudad. No es posible que los polimetales estén acopiados en la ciudad. Esta grave situación también la hemos vivido en Ventanas, Quintero, Puchuncaví con la Escuela La Greda. La vivimos en Arica: nos demoramos cerca de doce años en lograr que se aprobara un proyecto de ley, en virtud del cual se estableció una reparación, una indemnización, para los afectados pues el daño ya estaba hecho. Existen generaciones enteras dañadas con cáncer. Lo que pudo hacer el Congreso Nacional fue despachar una ley de indemnización: la ley de polimetales de Arica. ¿Queremos que ocurra lo mismo en Antofagasta? ¡No, señor Presidente! Por lo tanto, pido que se oficie al ministro subrogante de Salud -ojalá pronto la Presidenta de la República nombre al titular de esa cartera-, quien debe preocuparse de estos graves problemas; al superintendente del Medio Ambiente, a la seremi de Salud de Antofagasta, a la seremi del Medio Ambiente de Antofagasta, al intendente y al gobierno regional de Antofagasta, a fin de hacerles presente esta situación, que es inaceptable. Sin duda, después tendremos que dictar leyes indemnizatorias porque no se tomaron las medidas a tiempo. ¡Ese acopio de cargas mineras a granel debe salir de la ciudad de Antofagasta ahora ya! He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de las señoras diputadas y los señores diputados que así lo indican a la Mesa. AUDITORÍA DE COMPROMISO AMBIENTAL DE PROYECTO MINERO CASERONES, REGIÓN DE ANTOFAGASTA (OFICIO) El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En el turno del Comité del Partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado Alberto Robles. El señor ROBLES.- Señor Presidente, solicito que se oficie al ministro del Medio Ambiente a fin de que disponga que se efectúe una auditoría para determinar el cumplimiento del compromiso ambiental asumido en el proyecto minero Caserones en la Región de Atacama, especialmente respecto de la ocupación de agua y de la entrega que de este elemento debe hacerse a la comunidad de Caldera. Tengo entendido que no se está cumpliendo con ese compromiso. Por ello, para tener certeza de esa información, pido que se realice una auditoría completa al proyecto minero Caserones y al cumplimiento de su obligación medioambiental. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de las señoras diputadas y de los señores diputados que así lo indican a la Mesa. INFORMACIÓN SOBRE SALAS CUNA Y JARDINES INFANTILES DE COMUNAS DE REGIÓN DE ATACAMA (OFICIOS) El señor ROBLES.- Por otra parte, pido que se oficie a la vicepresidenta ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji), que depende del Ministerio de Educación; al presidente de la Fundación Integra y a los municipios de la Región de Atacama, a fin de que nos informen cuántas salas cuna y jardines infantiles existen en cada una de las comunas de la Región de Atacama, cuántos niños por sala tiene cada uno de esos jardines; con cuántas educadoras de párvulos cuenta cada jardín y cuántas de esas profesionales existen por sala. Asimismo, quiero saber cuántos técnicos o auxiliares de párvulos trabajan por aula en cada uno de esos jardines. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de las señoras diputadas y de los señores diputados que así lo indican a la Mesa. INFORMACIÓN SOBRE ACCIONES ANTE EVENTUAL FRAUDE EN CONSTRUCCIÓN DE OBSERVATORIO ASTRONÓMICO EN COMUNA DE ALTO DEL CARMEN (OFICIOS) El señor ROBLES.- Señor Presidente, hace algún tiempo, se intentó construir un observatorio astronómico en la comuna de Alto del Carmen. La Contraloría hizo una fiscalización sobre el particular. Los antecedentes sobre el caso se enviaron al Consejo de Defensa del Estado y a la Fiscalía. Pido que se oficie al presidente del Consejo de Defensa del Estado, a fin de que nos informe qué acciones ha emprendido en relación con el fraude cometido en la construcción del observatorio astronómico de Alto del Carmen; al contralor general de la República, a fin de que me envíe copia de la fiscalización que dispuso que se realizara respecto de este caso; al alcalde de Alto del Carmen, a fin de que nos informe qué medidas adoptó sobre esa situación, y sí dispuso alguna sanción o no para los funcionarios que pagaron de más; quiero saber dónde están trabajando actualmente esos funcionarios; al gobierno regional y al intendente de la Región de Atacama, dado que se trata de recursos del FNDR los que se destinaron a ese proyecto, a fin de que nos informen cómo han llevado a cabo el control de esos recursos. Más de un millón de dólares quedaron botados para una obra que es como un elefante blanco. Quiero saber qué medidas se tomarán para concluir la obra y qué decisión ha adoptado el gobierno regional al respecto. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de las señoras diputadas y los señores diputados que así lo indican a la Mesa. INFORMACIÓN SOBRE COMPRA DE TERRENO POR SUBDERE EN SECTOR CHACRA MARTÍNEZ, COMUNA DE VALLENAR (OFICIOS) El señor ROBLES.- Señor Presidente, pido que se oficie a la ministra de Vivienda y Urbanismo, al intendente de Atacama y al subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, a fin de que nos informen sobre la compra por la Subdere del terreno en el sector Chacra Martínez, de la comuna de Vallenar, por un monto de 1.470 millones de pesos. La propiedad tiene una extensión de 6,8 hectáreas. Me preocupa dicha adquisición, no solo porque se trata de hectáreas ubicadas en zonas de vegas de la comuna de Vallenar, sino también porque costaron mucho dinero. Quiero saber si se hicieron estudios de suelo tanto para la compra del terreno como para implementar en él programas de viviendas sociales. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de la diputada señora Alejandra Sepúlveda. ASISTENCIA A VECINOS DE POBLACIÓN INDEPENDENCIA 5, COMUNA DE SAN FERNANDO, PARA POSTULAR A PROGRAMA DE PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA (OFICIO) El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En el tiempo adicional de cinco minutos solicitado por el Comité Independiente, tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda. La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente, realicé una visita a la población Independencia 5, de la comuna de San Fernando, que fue construida hace más de cuarenta años. Uno de los vecinos me relató que había llegado a ella en septiembre de los años ochenta. Sucede que el pavimento de los caminos y pasajes de esa población, en la que viven muchos adultos mayores, está en muy malas condiciones, debido a los años que han transcurrido. Por lo tanto, solicito que se oficie a la ministra de Vivienda y Urbanismo, dado que la solución de este problema corresponde al programa de Pavimentos Participativos, con el objeto de que disponga que se realice un diagnóstico del estado en que se encuentra el pavimento de los caminos y pasajes de la población Independencia 5, de la comuna de San Fernando, y que se ayude a los vecinos a postular al programa de Pavimentación Participativa del Serviu para mejorar la condición de los mismos. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención. DIAGNÓSTICO PARA PAVIMENTAR VÍA DE ACCESO DE VILLA ESPAÑA, COMUNA DE SAN FERNANDO (OFICIO) La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente, también visité la villa España, de nuestra comuna de San Fernando, donde existe un camino que también debe recibir mantención del Serviu, y que es estructurante de la comuna, pues también permite el acceso a muchas otras villas y poblaciones. Ello da cuenta del crecimiento urbano natural de la ciudad. Para el mejoramiento de ese camino se les exige a los vecinos de la villa España que postulen al programa de Pavimentación Participativa del Serviu. La verdad es que ello no corresponde, pues los vecinos no pueden hacer el aporte que en estricto rigor debería hacer prácticamente toda la ciudad, toda vez que se trata de un camino de acceso a muchas viviendas, villorrios y poblaciones de San Fernando. Por lo tanto, solicito que se oficie a la ministra de Vivienda y Urbanismo, a fin de que disponga que se haga un diagnóstico y una revisión de ese camino, con el objeto de que los trabajos de mejoramiento del mismo sean financiados por la Dirección de Vialidad, ya que se trata de un camino estructurante. Reitero: no corresponde solicitar el copago de los vecinos para ese propósito. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención. CONSTRUCCIÓN DE PUENTE SOBRE ESTERO ZAMORANO PARA UNIR SECTORES DE CALLEJONES Y LOS MAITENES, COMUNA DE SAN VICENTE (OFICIO) La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente, tuve la oportunidad de reunirme con vecinos de la comuna de San Vicente, donde existe una población de alrededor de 2.500 a 3.000 personas, la mayoría compuesta por trabajadores agrícolas, muchos de quienes deben atravesar el estero Zamorano por unos troncos de eucaliptus dispuestos para esos efectos. De hecho, pude comprobarlo pues concurrí al lugar y tuve la oportunidad de cruzar el río por esos troncos. Los vecinos deben llevar sus bicicletas al hombro, pues no pueden pasar pedaleando por ellos. En verdad, las condiciones de vida de los trabajadores agrícolas del sector son precarias, de mucha vulnerabilidad, y dadas las condiciones en que deben cruzar el estero están expuestos a sufrir un accidente en cualquier minuto. Por ello, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas, con el objeto de que evalúe la construcción de un puente para unir los sectores de Callejones y Los Maitenes, sobre el estero Zamorano, el cual es muy caudaloso, sobre todo en invierno. Ello, además, dará la posibilidad de que los habitantes que viven en el sector del Inca, de Tagua Tagua, de San Gerardo, de Los Maitenes, del Cardán puedan transitar como corresponde hacia el sector urbano de la ciudad de San Vicente de Tagua Tagua. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención. PAVIMENTACIÓN DE CAMINO Y REEMPLAZO DE PUENTE EN SECTOR SAN JOSÉ DE COCALÁN, COMUNA DE LAS CABRAS (OFICIO) La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Esta semana también tuve la oportunidad de ir a la localidad de San José de Cocalán -uno de los sectores más alejados de la comuna de Las Cabrasen la que existe un camino sin pavimentar y un puente de madera que está en precarias condiciones, ya que no ha recibido la mantención correspondiente, y en el que se produce un cuello de botella, ya que su ancho es menor que el del camino. San José de Cocalán es una localidad agrícola, donde vive una gran cantidad de temporeros y de temporeras que salen permanentemente a trabajar fuera del sector. Por lo tanto, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas, con el objeto de que disponga que se estudie la posibilidad de pavimentar el camino de San José de Cocalán mediante el programa de Pavimentos Básicos Rurales, con fondos de la Dirección de Vialidad, y de reemplazar el puente existente en el sector por uno de concreto, dado que muchas personas transitan permanentemente por él. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención. Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión. -Se levantó la sesión a las 13.56 horas. TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN, Jefe de la Redacción de Sesiones. IX. ANEXO DE SESIÓN COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES -Se abrió la sesión a las 13.32 horas. El señor LETELIER (Presidente accidental).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. INSTALACIÓN DE COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ EN COMUNA DE TALCAHUANO E INFORMACIÓN SOBRE NÚMERO DE ATENCIONES A TRABAJADORES DE PROVINCIA DE CONCEPCIÓN. (OFICIOS) El señor LETELIER (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado Cristián Campos. El señor CAMPOS.- Señor Presidente, la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), que tiene su sede en la Región del Biobío ubicada solo en la cabecera de la provincia de Concepción, presenta un alto nivel de demora en la tramitación de las licencias médicas de los trabajadores de la zona. Dadas ciertas coyunturas, en Talcahuano tenemos una gran oficina de Correos de Chile disponible para poder atender a los vecinos de la comuna, quienes, de no existir tal posibilidad, tendrían que desplazarse hasta Concepción para poder acceder a los servicios que presta aquella entidad. En ese sentido, solicito que se oficie al ministro de Salud subrogante, al seremi de Salud del Biobío y al subsecretario de Salud Pública para los siguientes efectos: Primero, se evalúe la posibilidad de instalar una sede de la Compin en Talcahuano para la atención de los trabajadores de dicha comuna y de Hualpén. Segundo, se nos remita un estudio acerca del número de trabajadores de las doce comunas (por separado) de la provincia de Concepción que tramitan licencias médicas y subsidios por incapacidad laboral ante la Compin de la Región. He dicho. El señor LETELIER (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría. Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión. -Se levantó la sesión a las 13.35 horas. TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN, Jefe de la Redacción de Sesiones. X. DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1. OFICIO DE S. E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9507‐06. (1200‐362). “Honorable Cámara: Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica la Ley N° 19.995 y el Código Civil, en orden a establecer medidas de restricción en los casinos de juegos para las personas que padecen ludopatía (boletín N° 9507-06). Al mismo tiempo y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el H. Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “discusión inmediata”. Dios guarde a V.E., (Fdo.): RODRIGO PEÑAILILLO BRICEÑO, Vicepresidente de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ, Ministra Secretaria General de la Presidencia.” 2. OFICIO DE S. E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9369‐03) “Honorable Cámara: Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica Ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (boletín N° 9369-03). Al mismo tiempo y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el H. Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”. Dios guarde a V.E., (Fdo.): RODRIGO PEÑAILILLO BRICEÑO, Vicepresidente de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ, Ministra Secretaria General de la Presidencia.” 3. OFICIO DE S. E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8207‐07) “Honorable Cámara: Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que crea la Subsecretaría de Derechos Humanos y establece adecuaciones en la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia (boletín N° 8207-07). Al mismo tiempo y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el H. Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”. Dios guarde a V.E., (Fdo.): RODRIGO PEÑAILILLO BRICEÑO, Vicepresidente de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ, Ministra Secretaria General de la Presidencia.” 4. CERTIFICADO DE LA COMISIÓN DE SALUD, RECAÍDO EN EL PROYECTO, INICIADO EN MENSAJE, CON URGENCIA “DISCUSIÓN INMEDIATA”, QUE “PERFECCIONA NORMATIVA SOBRE PROFESIONALES Y TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO DE SALUD”. (BOLETÍN N° 9865‐11) “Valparaíso, 20 de enero de 2015. El Abogado Secretario de Comisiones que suscribe, certifica: Que el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, originado en un mensaje de S.E. la Presidenta de la República que perfecciona normativa sobre profesionales y trabajadores del Sector Público de Salud (boletín N° 9865-11), con urgencia calificada de “discusión inmediata”, fue tratado en esta Comisión, en sesión de hoy, con la asistencia de los diputados señores Asistieron a la Comisión durante el estudio de la iniciativa presidencial las y los señores: Jaime Burrows Oyarzún, Ministro de Salud (S), Angélica Verdugo Sobral, Subsecretaria de Redes Asistenciales, Anita Quiroga Araya señora, Jefa de la División de Gestión de Desarrollo de las Personas y los asesores ministeriales Enrique Accorsi Opazo y Alex Figueroa Muñoz y Las ideas centrales del proyecto se orientan a los siguientes objetivos: 1.- Ampliar de 3 a 4 años los plazos máximos de los programas de becas, perfeccionamiento o especialización para profesionales funcionarios de los Servicios de Salud y Atención Primaria. 2.- Extender el beneficio de liberación de guardia y de descanso complementario al personal del Hospital Padre Alberto Hurtado. 3.- Utilizar los cupos que quedaron disponibles del incentivo al retiro de la ley N°20.612, en los casos que se establecen en este proyecto. 4.- Aumentar el porcentaje de dirección superior del Director del Fondo Nacional de Salud. 5.- Permitir la contratación de médicos titulados en el extranjero, que hayan aprobado el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina, en las Subsecretarías del Ministerio de Salud y en el Instituto de Salud Pública, en áreas médico administrativas. Actualmente, ellosse pueden desempeñar en los Servicios de Salud y en los demás establecimientos de salud que indica el artículo 1° de la ley N°20.261. 6.- Autorizar, por un tiempo máximo de dos años, a los médicos cirujanos que no cuenten con el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina aprobado, para continuar desempeñándose en los establecimientos dependientes de los Servicios de Salud o municipales de Atención Primaria de Salud, en las condiciones que señala esta iniciativa. 7.- Conceder a los médicos cirujanos que se desempeñan en establecimientos municipales de atención primaria de salud, regidos por la ley N°19.378, y que posean la especialidad de medicina familiar, pediatría, medicina interna, gineco-obstetricia, psiquiatría u otras que se definan conforme a lo dispuesto en este proyecto, una asignación mensual de estímulo por competencias profesionales, con las características y en las condiciones que señala esta iniciativa. -o- Se hace presente que el proyecto no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado. Asimismo, las siguientes normas del texto aprobado requieren ser tramitadas ante la Comisión de Hacienda: artículos permanentes 1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 8° y artículo transitorio. -o- Puesto en votación general el proyecto, fue aprobada la idea de legislar por la unanimidad de la diputada señora Karol Cariola y los diputados señores Juan Luis Castro, Sergio Gahona, Gustavo Hasbún, Manuel Monsalve, Marco Antonio Nuñez (Presidente), Diego Paulsen, Jorge Rathgeb, Gabriel Silber y Víctor Torres, Por la misma votación fueron aprobados, en los mismos términos propuestos en el mensaje la totalidad de su articulado, esto es los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8° permanentes y su artículo transitorio. -o- La Comisión acordó que el informe se emitiera en forma verbal, directamente en la Sala, para lo cual designó Diputado Informante al señor Marco Antonio Núñez Lozano. Al presente certificado se adjunta informe financiero N° 1057-362 elaborado por la Dirección de Presupuestos, de 12 de enero de 2015. -o- En consecuencia, la Comisión de Salud propone la aprobación del siguiente texto, al que se han introducido algunas modificaciones formales, que no se detallan, conforme al artículo 15 del reglamento: PROYECTO DE LEY “TÍTULO I. De la duración máxima de becas de perfeccionamiento y de programas de perfeccionamiento o especialización en Salud. Artículo 1°.- Respecto de los profesionales funcionarios a que se refieren los artículos 8° y 11 de la ley N°19.664, que ingresen a programas y becas de perfeccionamiento o especialización a contar del 1° de enero de 2015 o en una fecha posterior, no regirá la limitación relativa a la duración de tales programas y becas establecida en el inciso segundo del artículo 43 del decreto con fuerza de ley N° 1 de 2001, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.076; ni lo dispuesto en el artículo 10 de la ley N° 19.664, respecto de la duración máxima de las becas de perfeccionamiento o programas de perfeccionamiento o especialización, pudiendo autorizarse becas o programas de hasta 4 años de duración. Mediante resolución del Subsecretario de Redes Asistenciales, que además deberá ser visada por el Director de Presupuestos, se indicará anualmente las especialidades a las que se aplicará lo dispuesto en el inciso anterior. TÍTULO II. De la liberación de guardia y descanso complementario al personal del Hospital Padre Alberto Hurtado que se indica. Artículo 2°.- Modifícase el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2000, del Ministerio de Salud, que Crea Establecimiento de Salud de Carácter Experimental, agregando a continuación del artículo 13 los siguientes artículos, nuevos: “Artículo 13 bis.- Los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas del Hospital Padre Alberto Hurtado que, durante más de 20 años hayan prestado, de acuerdo con las obligaciones estipuladas en sus contratos, servicios de guardia nocturna y en días domingo o festivos, quedarán exentos de la obligación de prestar dichos servicios y conservarán los derechos que esas funciones les conferían, cualquiera sea la modalidad de contratación en que actualmente se desempeñan o pasen a desempeñar en el futuro. Para efectos del cómputo del plazo de 20 años a que se refiere el inciso anterior, se considerará todo lapso servido, sea en calidad de reemplazante, suplente, a contrata o interino desempeñado conforme a la ley Nº 15.076 o a las modalidades de contratación establecidas en los artículos 14 y 15 del presente decreto con fuerza de ley. La liberación de guardia a que se refiere este artículo será incompatible con el beneficio consultado en el artículo 44 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2001, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº15.076. Artículo 13 ter.- Los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas del Hospital Padre Alberto Hurtado, que cumplan con los requisitos para acogerse al beneficio señalado en el artículo anterior, y deseen ser liberados de la obligación de prestar servicios de guardia nocturna y en días domingo o festivos, deberán solicitar este beneficio al Director del Hospital antes del 31 de agosto de cada año. Dicha autoridad reconocerá este beneficio mediante resolución. Para los efectos de hacer efectivo el derecho a que se refiere el artículo 13 bis y el inciso precedente, por el solo ministerio de la ley, se crearán contratos de carácter indefinido adicionales, en extinción, a contar del 1° de enero del año siguiente al de la solicitud respectiva, los que pasarán a ser servidos por los beneficiarios, automáticamente a partir de esa fecha, a contar de la cual expirarán en funciones en el contrato que a la misma tenían en el Hospital Padre Alberto Hurtado. Los referidos profesionales conservarán en el contrato indefinido adicional o en cualquiera que pasen a desempeñar en el futuro, una incompatibilidad de 11 horas y todos los demás derechos que esas funciones les conferían de acuerdo a lo señalado en el artículo 13 bis anterior, con excepción del descanso compensatorio especial a que se refiere el artículo siguiente. Los contratos de carácter indefinidos adicionales, en extinción, que se creen en virtud del inciso segundo de este artículo, no se considerarán aumento de dotación para ningún efecto legal. Además, respecto de los profesionales que desempeñen contratos de 28 horas semanales, conllevarán la obligación de trabajar 22 horas semanales. El presente artículo será incompatible con lo dispuesto en el artículo 6º de la ley Nº 19.230. Artículo 13 quáter.- Los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas del Hospital Padre Alberto Hurtado que trabajen permanentemente en sistemas de turnos nocturnos y en días domingo o festivos, en cargos de 28 horas semanales, tendrán derecho en cada año calendario a un descanso compensatorio especial de diez días hábiles, compatible con el feriado legal, con goce de todas sus remuneraciones. Este descanso se hará efectivo, además, en las demás jornadas de horas semanales que los citados profesionales pudieran servir en forma compatible con las 28 horas, y que desempeñen en el mismo Hospital. Este descanso compensatorio especial deberá usarse en forma continua dentro del año calendario, no podrá acumularse al feriado legal y tendrá que estar separado de éste o de la fracción no inferior a 10 días, si el feriado se toma en forma fraccionada, por no menos de tres meses. Sin embargo, si por necesidades del Servicio, el Director del Hospital anticipa o posterga la época en que se pida el descanso compensatorio, el profesional podrá solicitar, por una sola vez, su acumulación para usarlo conjuntamente con el del año siguiente. La normativa a que se refiere este artículo será incompatible con la establecida en el artículo 5° de la ley Nº 19.230. Artículo 13 quinquies.- Los trabajadores del Hospital Padre Alberto Hurtado que laboran efectiva y permanentemente en puestos de trabajo que requieren atención las 24 horas del día, en sistema de turnos rotativos, nocturnos y en días sábados, domingos y festivos, a excepción de los pertenecientes a la planta directiva de personal de exclusiva confianza del artículo 35 y de los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas cualquiera que sea la jornada semanal de trabajo, tendrán derecho a optar por uno de los siguientes beneficios: 1) Un descanso compensatorio especial de 10 días hábiles al año, con goce de remuneraciones y compatible con el feriado legal. El referido descanso deberá usarse en forma continua dentro de cada año calendario, no podrá acumularse al feriado legal y tendrá que estar separado de éste por un plazo no inferior a tres meses. Sin embargo, si por necesidades del servicio el Director del Hospital anticipa o posterga la época en que se pida el descanso compensatorio, el funcionario podrá solicitar, por una sola vez, su acumulación para usarlo conjuntamente con el del año siguiente. 2) Un estipendio mensual, imponible y tributable, equivalente a los montos vigentes establecidos en el numeral 2 del artículo 3° de la ley N°19.264. Este estipendio no servirá de base de cálculo de ninguna remuneración o beneficio económico. La opción que establece este artículo deberá efectuarse, por el trabajador, antes del 30 de junio de cada año, para regir el año calendario siguiente. El Establecimiento dejará constancia en la resolución respectiva que reconoce el beneficio. Si no manifestare su voluntad dentro de dicho plazo, se entenderá que opta por el descanso compensatorio. El derecho a obtener el beneficio que se refiere el presente artículo estará limitado a una cantidad máxima de 430 trabajadores del Hospital Padre Alberto Hurtado.”. Artículo 3°.-Los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas del Hospital Padre Alberto Hurtado que, al 31 de diciembre de 2014, hayan cumplido con los requisitos para acogerse a lo dispuesto en los artículos 13 bis y 13 ter, incorporados por el artículo anterior de la presente ley al decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2000, del Ministerio de Salud, podrán solicitar este beneficio al Director del Hospital, dentro de los treinta días siguientes a la publicación de la presente ley. Por resolución de la referida autoridad se reconocerá este beneficio a contar de la total tramitación de la misma, oportunidad en la cual, se entenderán creados por el sólo ministerio de la ley los respectivos contratos indefinidos adicionales en extinción. En caso de no presentar dicha solicitud en el plazo antes señalado, podrán hacerlo en el período que establece el artículo 13 ter antes indicado. El ejercicio de la opción establecida en el artículo 13 quinquies incorporado por el artículo anterior de la presente ley al decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2000, del Ministerio de Salud, en una primera oportunidad, se podrá solicitar dentro de los treinta días siguientes a la publicación de la presente ley y podrá hacerse efectiva a contar de la total tramitación de la resolución que reconoce dicho beneficio. Si el trabajador no manifestare su voluntad dentro de dicho plazo, se entenderá que opta por el descanso compensatorio. El mayor gasto fiscal que represente el artículo anterior, durante el primer año presupuestario de su entrada en vigencia, se financiará con cargo al presupuesto del establecimiento. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la Partida Presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con tales recursos. TÍTULO III. Bonificación por retiro voluntario y bonificación adicional de la ley N°20.612, a los funcionarios del Sector Salud que se indican. Artículo 4°.- Los cupos que no fueron utilizados conforme a lo dispuesto en el artículo 1° de la ley N° 20.612, hasta un máximo de 925, podrán ser destinados a otorgar la bonificación por retiro voluntario a que se refiere dicho artículo, a los funcionarios que, perteneciendo a las instituciones mencionadas en el inciso primero del mismo, hayan cumplido, al 30 de junio de 2010, la edad de 60 años si son mujeres y 65 años en el caso de los hombres, hagan efectiva su renuncia voluntaria dentro de los 90 días hábiles siguientes a la publicación de la presente ley, y siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la ley N° 20.612. Los funcionarios señalados anteriormente, solo podrán acceder a la bonificación en la medida que no hayan recibido los beneficios de la ley N° 20.209 y de la ley N° 20.282. Los funcionarios a que se refiere el inciso primero podrán acceder a la bonificación adicional establecida en el artículo 5° de la ley N° 20.612, siempre que cumplan con los requisitos establecidos para ello en esa norma. Los funcionarios referidos precedentemente, además, tendrán derecho a presentar la solicitud para acceder al bono que establece la ley Nº 20.305, conjuntamente con la postulación a los beneficios que establece este artículo. Para tal efecto se considerarán los plazos y edades que establece el presente artículo, no siendo aplicable a su respecto los plazos de 12 meses señalados en los artículos 2° N°5 y 3° de la ley N° 20.305. Hasta el último día del mes siguiente a la publicación de la presente ley, los funcionarios referidos en este artículo, deberán presentar la solicitud para impetrar el beneficio al jefe superior de la institución en la que se desempeñen, indicando la fecha en que harán efectiva su renuncia de acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero. El departamento de personal, o la unidad que desempeñe dichas tareas, efectuará la verificación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la bonificación de retiro a que se refiere el artículo 1° y a la bonificación adicional del artículo 5°, ambos de la ley N°20.612, cuando corresponda. Cerrado el período de postulación la institución elaborará un listado de postulantes que remitirá, en el plazo de 10 días hábiles, a la Subsecretaría de Redes Asistenciales, la cual determinará el total de beneficiarios a nivel nacional. De haber mayor número de postulantes que los 925 cupos disponibles, el total de cupos deberá distribuirse entre hombres y mujeres, en forma proporcional al número de postulantes respectivo. La selección en cada grupo privilegiará aquellos y aquellas de mayor edad a la fecha de publicación de la presente ley. En caso de producirse empate entre postulantes, se seleccionará a aquel o aquella con más tiempo de servicio en las instituciones señaladas en el artículo 1º de la ley Nº20.612. La bonificación por retiro voluntario establecida en el artículo 1º de la ley Nº 20.612 y la bonificación adicional del artículo 5° de dicha ley, se pagará por la institución en que se haya desempeñado el funcionario, a más tardar, en el mes subsiguiente del cese de funciones. En todo lo que no se señale en este artículo se aplicará lo dispuesto en los artículos 3°; 4° incisos primero, segundo y cuarto y 6° inciso primero de la ley Nº20.612. El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de este artículo se financiará con cargo a los presupuestos de las instituciones correspondientes. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dichos presupuestos en la parte del gasto que no se pudiere financiar con esos recursos. TÍTULO IV. Asignación de Dirección Superior del Director del Fondo Nacional de Salud. Artículo 5°.- A contar del primer día del mes siguiente al de la publicación de la presente ley, la Asignación de Dirección Superior del Director del Fondo Nacional de Salud, fijada en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 8, de 2003, del Ministerio de Hacienda, será de un 87%. El mayor gasto fiscal que represente este artículo durante el primer año presupuestario de su entrada en vigencia, se financiará con cargo al presupuesto del Fondo Nacional de Salud. TÍTULO V. Contrataciones y Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina. Artículo 6°.-Los médicos cirujanos titulados en el extranjero que hayan aprobado el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina, a que se refiere el artículo 1° de la ley N° 20.261, podrán ser contratados en las Subsecretarías del Ministerio de Salud y en el Instituto de Salud Pública, en cargos y funciones médico administrativas o de contraloría médica. Las contrataciones o nombramientos que se dispongan en virtud de este artículo se regirán por lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y por el decreto ley N° 249, de 1973, sobre Escala Única de Sueldos y su legislación complementaria. Artículo 7°.- Los médicos cirujanos que, al 31 de diciembre de 2014, se encuentren desempeñando cargos en calidad de contratados en los términos del artículo 14 de la ley N° 19.378, o a contrata o sobre la base a honorarios en establecimientos dependientes de los Servicios de Salud o en establecimientos municipales de atención primaria de salud, sin contar con el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina, a que se refiere el artículo 1° de la ley N° 20.261, podrán mantener sus contrataciones u honorarios por un plazo máximo de dos años contado desde la publicación de esta ley. Lo anterior, sin perjuicio de lo señalado en el artículo primero transitorio de la ley antedicha. Dentro del período a que se refiere el inciso anterior, los médicos cirujanos deberán aprobar el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina, de conformidad a lo que establece la ley N° 20.261 y su reglamento. Transcurrido dicho plazo, de no haber obtenido la puntuación mínima para aprobarlo, deberán cesar en sus funciones y hacer dejación de sus cargos. Asimismo, dentro del referido lapso de tiempo, no podrán acceder a las becas de perfeccionamiento ni a los programas de capacitación, perfeccionamiento y especialización, actividades todas establecidas en los artículos 30 y 43 de la ley N° 15.076; en los artículos 10, 11, 46 y 47 de la ley N° 19.664 y en los artículos 38, letra b), 42 y 43 de la ley N°19.378. TÍTULO VI. Asignación por competencias profesionales para médicos cirujanos regidos por la ley N° 19.378. Artículo 8°.- Concédese a los médicos cirujanos que se desempeñan en establecimientos municipales de atención primaria de salud, regidos por la ley N° 19.378, una asignación mensual de estímulo por competencias profesionales, cuyo monto será equivalente al 100% de la suma del sueldo base más la asignación de atención primaria de salud, correspondiente al nivel y categoría que ocupa en su establecimiento, en una carrera referencial lineal diseñada a partir del sueldo base mínimo nacional, en relación con una jornada de 44 horas semanales. La asignación de aquellos profesionales que desempeñen jornadas de 11, 22, y 33 horas semanales, será equivalente al 25%, 50% y 75% de la correspondiente a una jornada de 44 horas semanales, respectivamente. Tendrán derecho a esta asignación los médicos cirujanos que posean la especialidad de medicina familiar, pediatría, medicina interna, gineco-obstetricia, psiquiatría u otras que se definan conforme a lo establecido en el inciso siguiente, a objeto de incentivar el ejercicio profesional en determinadas zonas del país o en razón de otros criterios sanitarios y acorde a la disponibilidad presupuestaria vigente. A más tardar el 31 de diciembre de cada año, el Ministro de Salud, mediante decreto expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República” que, además, deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, determinará, sobre la base de los criterios señalados en el inciso anterior, las especialidades que tendrán derecho a la asignación, las entidades administradoras de salud municipal que contarán con los recursos necesarios para pagar la asignación a que se refiere este artículo y el monto de recursos asignados a cada una de ellas. Este decreto comenzará a regir a contar del 1° de enero del año siguiente al de su dictación. Esta asignación será pagada a los médicos cirujanos de las especialidades señaladas en el respectivo decreto y siempre que se encuentren inscritos en el registro a que se refiere el numeral 6 del artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, a más tardar al 31 de diciembre del año anterior al pago. Los recursos para el financiamiento de esta asignación serán transferidos mensualmente desde el Fondo Nacional de Salud a los Servicios de Salud y de éstos a las entidades administradoras de salud municipal. La asignación a que se refiere este artículo, será incompatible con cualquier otra de similares características que una entidad administradora de salud municipal otorgue a los médicos cirujanos que se desempeñen en ellas y que sea financiada con recursos provenientes del subtítulo 24-03-298 del presupuesto de los Servicios de Salud. Un reglamento dictado por el Ministerio de Salud dentro de los 120 días siguientes a la fecha de publicación de la presente ley, que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, determinará los procedimientos y criterios para: seleccionar las especialidades, las entidades administradoras de salud municipal, las comunas y los médicos cirujanos que serán beneficiarios de la asignación de este artículo, y toda norma necesaria para el adecuado otorgamiento de este beneficio. El mayor gasto que represente la aplicación de este artículo durante su primer año de vigencia se financiará con cargo al presupuesto del Fondo Nacional de Salud. No obstante el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pueda financiar con esos recursos. Título VII. Disposición transitoria. Artículo transitorio.- Para el año 2015, el decreto establecido en el inciso tercero del artículo 8°, deberá dictarse dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la presente ley. Los médicos cirujanos que tengan derecho a la asignación, comenzarán a percibirla a contar del primer día del mes de publicación del citado decreto, siempre que al 31 de diciembre de 2014, las especialidades definidas en dicho decreto estén inscritas en el registro a que se refiere el inciso cuarto del artículo 8° y exista la disponibilidad presupuestaria correspondiente.”.”. (Fdo.): ALVARO HALABI DIUANA, Abogado Secretario de la Comisión de Salud.” 5. CERTIFICADO DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO, INICIADO EN MENSAJE, CON URGENCIA “DISCUSIÓN INMEDIATA”, QUE “PERFECCIONA NORMATIVA SOBRE PROFESIONALES Y TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO DE SALUD”. (BOLETÍN N° 9865‐11) “Valparaíso, 21 de enero de 2015. El Secretario de Comisiones que suscribe, certifica: 1.- Que el proyecto de ley originado en un mensaje de S.E. la Presidenta de la República que perfecciona normativa sobre profesionales y trabajadores del sector público de salud (Boletín Nº 9.865-11), con urgencia calificada de “discusión inmediata”, fue tratado en esta Comisión de conformidad con el inciso segundo del artículo 226 del Reglamento, en sesión de fecha 21 de enero de 2015, con la asistencia de los Diputados señores Pablo Lorenzini (Presidente); Cristián Campos (por el señor Auth); Felipe De Mussy; Enrique Jaramillo; Patricio Melero; Manuel Monsalve; José Miguel Ortiz; Marcelo Schilling; Osvaldo Urrutia, y Matías Walker. 2.- Artículos que la Comisión Técnica dispuso que fueran conocidas por ésta. La Comisión Técnica consideróque son de competencia de la Comisión los artículos permanentes 1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 8° y artículo transitorio. 3.- Disposiciones o indicaciones rechazadas. Ninguna. 4.- Modificaciones introducidas al texto aprobado por la Comisión Técnica y calificación de normas incorporadas Ninguna. 5.- Disposiciones que no fueron aprobadas por unanimidad Ninguna. 6.- Se designó Diputado Informante al señorOsvaldo Urrutia. Asistieron a la Comisión durante el estudio de la iniciativa los señores Jaime Burrows (Ministro de Salud subrogante); Angélica Verdugo (Subsecretaria de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud); Anita Quiroga (Jefa de la División de Gestión y Desarrollo de Personas del Ministerio de Salud) y Elsa Bueno (especialista de la Dipres). Normas de competencia de la Comisión Artículo 1°.- Respecto de los profesionales funcionarios a que se refieren los artículos 8° y 11 de la ley N°19.664, que ingresen a programas y becas de perfeccionamiento o especialización a contar del 1° de enero de 2015 o en una fecha posterior, no regirá la limitación relativa a la duración de tales programas y becas establecida en el inciso segundo del artículo 43 del decreto con fuerza de ley N° 1 de 2001, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.076; ni lo dispuesto en el artículo 10 de la ley N° 19.664, respecto de la duración máxima de las becas de perfeccionamiento o programas de perfeccionamiento o especialización, pudiendo autorizarse becas o programas de hasta 4 años de duración. Mediante resolución del Subsecretario de Redes Asistenciales, que además deberá ser visada por el Director de Presupuestos, se indicará anualmente las especialidades a las que se aplicará lo dispuesto en el inciso anterior. Artículo 2°.- Modifícase el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2000, del Ministerio de Salud, que Crea Establecimiento de Salud de Carácter Experimental, agregando a continuación del artículo 13 los siguientes artículos, nuevos: “Artículo 13 bis.- Los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas del Hospital Padre Alberto Hurtado que, durante más de 20 años hayan prestado, de acuerdo con las obligaciones estipuladas en sus contratos, servicios de guardia nocturna y en días domingo o festivos, quedarán exentos de la obligación de prestar dichos servicios y conservarán los derechos que esas funciones les conferían, cualquiera sea la modalidad de contratación en que actualmente se desempeñan o pasen a desempeñar en el futuro. Para efectos del cómputo del plazo de 20 años a que se refiere el inciso anterior, se considerará todo lapso servido, sea en calidad de reemplazante, suplente, a contrata o interino desempeñado conforme a la ley Nº 15.076 o a las modalidades de contratación establecidas en los artículos 14 y 15 del presente decreto con fuerza de ley. La liberación de guardia a que se refiere este artículo será incompatible con el beneficio consultado en el artículo 44 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2001, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº15.076. Artículo 13 ter.- Los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas del Hospital Padre Alberto Hurtado, que cumplan con los requisitos para acogerse al beneficio señalado en el artículo anterior, y deseen ser liberados de la obligación de prestar servicios de guardia nocturna y en días domingo o festivos, deberán solicitar este beneficio al Director del Hospital antes del 31 de agosto de cada año. Dicha autoridad reconocerá este beneficio mediante resolución. Para los efectos de hacer efectivo el derecho a que se refiere el artículo 13 bis y el inciso precedente, por el solo ministerio de la ley, se crearán contratos de carácter indefinido adicionales, en extinción, a contar del 1° de enero del año siguiente al de la solicitud respectiva, los que pasarán a ser servidos por los beneficiarios, automáticamente a partir de esa fecha, a contar de la cual expirarán en funciones en el contrato que a la misma tenían en el Hospital Padre Alberto Hurtado. Los referidos profesionales conservarán en el contrato indefinido adicional o en cualquiera que pasen a desempeñar en el futuro, una incompatibilidad de 11 horas y todos los demás derechos que esas funciones les conferían de acuerdo a lo señalado en el artículo 13 bis anterior, con excepción del descanso compensatorio especial a que se refiere el artículo siguiente. Los contratos de carácter indefinidos adicionales, en extinción, que se creen en virtud del inciso segundo de este artículo, no se considerarán aumento de dotación para ningún efecto legal. Además, respecto de los profesionales que desempeñen contratos de 28 horas semanales, conllevarán la obligación de trabajar 22 horas semanales. El presente artículo será incompatible con lo dispuesto en el artículo 6º de la ley Nº 19.230. Artículo 13 quáter.- Los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas del Hospital Padre Alberto Hurtado que trabajen permanentemente en sistemas de turnos nocturnos y en días domingo o festivos, en cargos de 28 horas semanales, tendrán derecho en cada año calendario a un descanso compensatorio especial de diez días hábiles, compatible con el feriado legal, con goce de todas sus remuneraciones. Este descanso se hará efectivo, además, en las demás jornadas de horas semanales que los citados profesionales pudieran servir en forma compatible con las 28 horas, y que desempeñen en el mismo Hospital. Este descanso compensatorio especial deberá usarse en forma continua dentro del año calendario, no podrá acumularse al feriado legal y tendrá que estar separado de éste o de la fracción no inferior a 10 días, si el feriado se toma en forma fraccionada, por no menos de tres meses. Sin embargo, si por necesidades del Servicio, el Director del Hospital anticipa o posterga la época en que se pida el descanso compensatorio, el profesional podrá solicitar, por una sola vez, su acumulación para usarlo conjuntamente con el del año siguiente. La normativa a que se refiere este artículo será incompatible con la establecida en el artículo 5° de la ley Nº 19.230. Artículo 13 quinquies.- Los trabajadores del Hospital Padre Alberto Hurtado que laboran efectiva y permanentemente en puestos de trabajo que requieren atención las 24 horas del día, en sistema de turnos rotativos, nocturnos y en días sábados, domingos y festivos, a excepción de los pertenecientes a la planta directiva de personal de exclusiva confianza del artículo 35 y de los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas cualquiera que sea la jornada semanal de trabajo, tendrán derecho a optar por uno de los siguientes beneficios: 1) Un descanso compensatorio especial de 10 días hábiles al año, con goce de remuneraciones y compatible con el feriado legal. El referido descanso deberá usarse en forma continua dentro de cada año calendario, no podrá acumularse al feriado legal y tendrá que estar separado de éste por un plazo no inferior a tres meses. Sin embargo, si por necesidades del servicio el Director del Hospital anticipa o posterga la época en que se pida el descanso compensatorio, el funcionario podrá solicitar, por una sola vez, su acumulación para usarlo conjuntamente con el del año siguiente. 2) Un estipendio mensual, imponible y tributable, equivalente a los montos vigentes establecidos en el numeral 2 del artículo 3° de la ley N°19.264. Este estipendio no servirá de base de cálculo de ninguna remuneración o beneficio económico. La opción que establece este artículo deberá efectuarse, por el trabajador, antes del 30 de junio de cada año, para regir el año calendario siguiente. El Establecimiento dejará constancia en la resolución respectiva que reconoce el beneficio. Si no manifestare su voluntad dentro de dicho plazo, se entenderá que opta por el descanso compensatorio. El derecho a obtener el beneficio que se refiere el presente artículo estará limitado a una cantidad máxima de 430 trabajadores del Hospital Padre Alberto Hurtado.”. Artículo 3°.-Los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas del Hospital Padre Alberto Hurtado que, al 31 de diciembre de 2014, hayan cumplido con los requisitos para acogerse a lo dispuesto en los artículos 13 bis y 13 ter, incorporados por el artículo anterior de la presente ley al decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2000, del Ministerio de Salud, podrán solicitar este beneficio al Director del Hospital, dentro de los treinta días siguientes a la publicación de la presente ley. Por resolución de la referida autoridad se reconocerá este beneficio a contar de la total tramitación de la misma, oportunidad en la cual, se entenderán creados por el sólo ministerio de la ley los respectivos contratos indefinidos adicionales en extinción. En caso de no presentar dicha solicitud en el plazo antes señalado, podrán hacerlo en el período que establece el artículo 13 ter antes indicado. El ejercicio de la opción establecida en el artículo 13 quinquies incorporado por el artículo anterior de la presente ley al decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2000, del Ministerio de Salud, en una primera oportunidad, se podrá solicitar dentro de los treinta días siguientes a la publicación de la presente ley y podrá hacerse efectiva a contar de la total tramitación de la resolución que reconoce dicho beneficio. Si el trabajador no manifestare su voluntad dentro de dicho plazo, se entenderá que opta por el descanso compensatorio. El mayor gasto fiscal que represente el artículo anterior, durante el primer año presupuestario de su entrada en vigencia, se financiará con cargo al presupuesto del establecimiento. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la Partida Presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con tales recursos. TÍTULO III.Bonificación por retiro voluntario y bonificación adicional de la ley N° 20.612, a los funcionarios del Sector Salud que se indican. Artículo 4°.- Los cupos que no fueron utilizados conforme a lo dispuesto en el artículo 1° de la ley N° 20.612, hasta un máximo de 925, podrán ser destinados a otorgar la bonificación por retiro voluntario a que se refiere dicho artículo, a los funcionarios que, perteneciendo a las instituciones mencionadas en el inciso primero del mismo, hayan cumplido, al 30 de junio de 2010, la edad de 60 años si son mujeres y 65 años en el caso de los hombres, hagan efectiva su renuncia voluntaria dentro de los 90 días hábiles siguientes a la publicación de la presente ley, y siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la ley N° 20.612. Los funcionarios señalados anteriormente, solo podrán acceder a la bonificación en la medida que no hayan recibido los beneficios de la ley N° 20.209 y de la ley N° 20.282. Los funcionarios a que se refiere el inciso primero podrán acceder a la bonificación adicional establecida en el artículo 5° de la ley N° 20.612, siempre que cumplan con los requisitos establecidos para ello en esa norma. Los funcionarios referidos precedentemente, además, tendrán derecho a presentar la solicitud para acceder al bono que establece la ley Nº 20.305, conjuntamente con la postulación a los beneficios que establece este artículo. Para tal efecto se considerarán los plazos y edades que establece el presente artículo, no siendo aplicable a su respecto los plazos de 12 meses señalados en los artículos 2° N°5 y 3° de la ley N° 20.305. Hasta el último día del mes siguiente a la publicación de la presente ley, los funcionarios referidos en este artículo, deberán presentar la solicitud para impetrar el beneficio al jefe superior de la institución en la que se desempeñen, indicando la fecha en que harán efectiva su renuncia de acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero. El departamento de personal, o la unidad que desempeñe dichas tareas, efectuará la verificación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la bonificación de retiro a que se refiere el artículo 1° y a la bonificación adicional del artículo 5°, ambos de la ley N°20.612, cuando corresponda. Cerrado el período de postulación la institución elaborará un listado de postulantes que remitirá, en el plazo de 10 días hábiles, a la Subsecretaría de Redes Asistenciales, la cual determinará el total de beneficiarios a nivel nacional. De haber mayor número de postulantes que los 925 cupos disponibles, el total de cupos deberá distribuirse entre hombres y mujeres, en forma proporcional al número de postulantes respectivo. La selección en cada grupo privilegiará aquellos y aquellas de mayor edad a la fecha de publicación de la presente ley. En caso de producirse empate entre postulantes, se seleccionará a aquel o aquella con más tiempo de servicio en las instituciones señaladas en el artículo 1º de la ley Nº20.612. La bonificación por retiro voluntario establecida en el artículo 1º de la ley Nº 20.612 y la bonificación adicional del artículo 5° de dicha ley, se pagará por la institución en que se haya desempeñado el funcionario, a más tardar, en el mes subsiguiente del cese de funciones. En todo lo que no se señale en este artículo se aplicará lo dispuesto en los artículos 3°; 4° incisos primero, segundo y cuarto y 6° inciso primero de la ley Nº20.612. El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de este artículo se financiará con cargo a los presupuestos de las instituciones correspondientes. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dichos presupuestos en la parte del gasto que no se pudiere financiar con esos recursos. Artículo 5°.- A contar del primer día del mes siguiente al de la publicación de la presente ley, la Asignación de Dirección Superior del Director del Fondo Nacional de Salud, fijada en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 8, de 2003, del Ministerio de Hacienda, será de un 87%. El mayor gasto fiscal que represente este artículo durante el primer año presupuestario de su entrada en vigencia, se financiará con cargo al presupuesto del Fondo Nacional de Salud. Artículo 8°.- Concédese a los médicos cirujanos que se desempeñan en establecimientos municipales de atención primaria de salud, regidos por la ley N° 19.378, una asignación mensual de estímulo por competencias profesionales, cuyo monto será equivalente al 100% de la suma del sueldo base más la asignación de atención primaria de salud, correspondiente al nivel y categoría que ocupa en su establecimiento, en una carrera referencial lineal diseñada a partir del sueldo base mínimo nacional, en relación con una jornada de 44 horas semanales. La asignación de aquellos profesionales que desempeñen jornadas de 11, 22, y 33 horas semanales, será equivalente al 25%, 50% y 75% de la correspondiente a una jornada de 44 horas semanales, respectivamente. Tendrán derecho a esta asignación los médicos cirujanos que posean la especialidad de medicina familiar, pediatría, medicina interna, gineco-obstetricia, psiquiatría u otras que se definan conforme a lo establecido en el inciso siguiente, a objeto de incentivar el ejercicio profesional en determinadas zonas del país o en razón de otros criterios sanitarios y acorde a la disponibilidad presupuestaria vigente. A más tardar el 31 de diciembre de cada año, el Ministro de Salud, mediante decreto expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República” que, además, deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, determinará, sobre la base de los criterios señalados en el inciso anterior, las especialidades que tendrán derecho a la asignación, las entidades administradoras de salud municipal que contarán con los recursos necesarios para pagar la asignación a que se refiere este artículo y el monto de recursos asignados a cada una de ellas. Este decreto comenzará a regir a contar del 1° de enero del año siguiente al de su dictación. Esta asignación será pagada a los médicos cirujanos de las especialidades señaladas en el respectivo decreto y siempre que se encuentren inscritos en el registro a que se refiere el numeral 6 del artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, a más tardar al 31 de diciembre del año anterior al pago. Los recursos para el financiamiento de esta asignación serán transferidos mensualmente desde el Fondo Nacional de Salud a los Servicios de Salud y de éstos a las entidades administradoras de salud municipal. La asignación a que se refiere este artículo, será incompatible con cualquier otra de similares características que una entidad administradora de salud municipal otorgue a los médicos cirujanos que se desempeñen en ellas y que sea financiada con recursos provenientes del subtítulo 24-03-298 del presupuesto de los Servicios de Salud. Un reglamento dictado por el Ministerio de Salud dentro de los 120 días siguientes a la fecha de publicación de la presente ley, que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, determinará los procedimientos y criterios para: seleccionar las especialidades, las entidades administradoras de salud municipal, las comunas y los médicos cirujanos que serán beneficiarios de la asignación de este artículo, y toda norma necesaria para el adecuado otorgamiento de este beneficio. El mayor gasto que represente la aplicación de este artículo durante su primer año de vigencia se financiará con cargo al presupuesto del Fondo Nacional de Salud. No obstante el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pueda financiar con esos recursos. Título VII. Disposición transitoria. Artículo transitorio.- Para el año 2015, el decreto establecido en el inciso tercero del artículo 8°, deberá dictarse dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la presente ley. Los médicos cirujanos que tengan derecho a la asignación, comenzarán a percibirla a contar del primer día del mes de publicación del citado decreto, siempre que al 31 de diciembre de 2014, las especialidades definidas en dicho decreto estén inscritas en el registro a que se refiere el inciso cuarto del artículo 8° y exista la disponibilidad presupuestaria correspondiente.”.”. Votación de las normas de competencia de la Comisión La Comisión acuerda votar en forma conjunta las normas de competencia de la Comisión, estos es los artículos 1°,2°,3°,4°,5°,8° y transitorio del proyecto. Sometidas a votación dichas normas fueron aprobadas por el voto unánime de los Diputados presentes, señores Cristián Campos (por el señor Auth); Felipe De Mussy; Enrique Jaramillo; Pablo Lorenzini (Presidente de la Comisión); Patricio Melero; Manuel Monsalve; José Miguel Ortiz; Marcelo Schilling; Osvaldo Urrutia, y Matías Walker. Al presente certificado se adjunta informe financiero N° 009, elaborado por la Dirección de Presupuestos, de12 de enero de 2015. (Fdo.): PATRICIO VELÁSQUEZ WEISSE, Abogado Secretario de la Comisión.” Informe Financiero Proyecto de ley que introduce modificaciones legales en materias de personal del Sector Salud Mensaje N° 1057-362 I. ANTECEDENTES El proyecto de ley tiene por objeto modificar un conjunto de disposiciones legales en materias de personal del sector salud, para establecer incentivos para atraer y retener a profesionales de la salud, especialmente médicos, y generar medidas que posibiliten cubrir la falta de médicos especialistas. Además, el proyecto considera mecanismos de incentivos al retiro para los trabajadores del sector salud, entre otras materias. II. EFECTOS DEL PROYECTO SOBRE EL PRESUPUESTO FISCAL a) Duración máxima de becas de perfeccionamiento y de programas de perfeccionamiento o especialización en Salud. El proyecto establece que no regirá la limitación relativa a la duración de los programas y becas establecida en el inciso segundo del artículo 43 del decreto con fuerza de ley N°1 de 2001, del Ministerio de Salud; ni lo dispuesto en el artículo 10 de la ley N°19.664, respecto de la duración máxima de las becas o programas de perfeccionamiento o especialización, pudiendo autorizarse becas o programas de hasta 4 años de duración, para los profesionales funcionarios a que se refieren los artículos 8° y 11 de dicho cuerpo legal, que ingresen a programas y becas de perfeccionamiento o especialización a contar del 1° de enero de 2015 o en una fecha posterior. Esta medida para los años 2015 a 2017 no representa un mayor gasto fiscal. De 2018 en adelante, representa un costo fiscal anual de $1.420.400 miles. b) Liberación de Guardia y Descanso complementario al personal del Hospital Padre Alberto Hurtado que se indica. El proyecto modifica el decreto con fuerza de ley N°29, de 2001, del Ministerio de Salud, que crea el Hospital Padre Alberto Hurtado, estableciendo reglas para compensar a quienes cumplieron deberes de guardia, de manera homóloga con los beneficios a los que puede acceder el personal de otros hospitales. A través de la incorporación de los artículos 13 bis y 13 ter, exceptúa de la obligación de prestar los servicios de guardia nocturna y en días festivos a los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas del Hospital Padre Alberto Hurtado, que durante más de 20 años hayan cumplido tales obligaciones, de acuerdo a lo estipulado en sus respectivos contratos de trabajo. A su vez, el nuevo artículo 13 quáter, establece para dicho personal un descanso compensatorio adicional de 10 días hábiles. También, incorpora un nuevo artículo 13 quinquies que permite a los trabajadores del Hospital Padre Alberto Hurtado, que se encuentran en puestos de trabajo que requieran atención las 24 horas del día, puedan optar por un descanso compensatorio adicional o una retribución, cumpliendo con los demás requisitos que establece el proyecto. Dicha opción podrán ejercerla hasta un máximo de 430 trabajadores. Se establece un plazo especial para solicitar los beneficios de la liberación de guardia para aquellos que acrediten reunir los requisitos al 31. de diciembre de 2014. Este plazo especial, sin embargo, no obsta que los beneficiarios de este derecho puedan ejercerlo en fechas posteriores de acuerdo a las normas permanentes. Estas medidas para el año 2015 representan un mayor gasto fiscal de $357.378 miles. Este costo para los años siguientes aumentará en función de la cantidad de funcionarios que cumplan con los requisitos que establece el proyecto para acceder a los beneficios. c) Bonificación por retiro voluntario y bonificación adicional de la ley N°20.612, a los funcionarios del Sector Salud que se indican. El proyecto establece que los cupos que no fueron utilizados acorde al artículo 1° de la ley N° 20.612, hasta un máximo de 925, podrán ser destinados para otorgar la bonificación por retiro voluntario a los funcionarios que se indican, que cumplan con los requisitos allí señalados. Dichos funcionarios deberán hacer efectiva su renuncia voluntaria dentro de los 90 días hábiles siguientes a la publicación de la presente ley. Esta medida tiene efecto sólo para el año 2015 y representa un gasto fiscal máximo de $ 23.851.951 miles, en caso que se utilice la totalidad de los cupos de incentivo al retiro. d)Asignación de Dirección Superior del Director del Fondo Nacional de Salud El proyecto modifica la Asignación de Dirección Superior del Director del Fondo Nacional de Salud, fijada en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N°8, de 2003, del Ministerio de Hacienda, la cual será de un 87%, a contar del primer día del mes siguiente al de la publicación de la ley. Esta medida representa en régimen un mayor gasto fiscal anual de $14.434 miles. e) Contrataciones y Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina El proyecto posibilita la contratación de los médicos cirujanos titulados en el extranjero que hayan aprobado el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina a que se refiere el artículo 1° de la ley N°20.261, en las Subsecretarias del Ministerio de Salud y en el Instituto de Salud Pública, en cargos y funciones médico administrativas o de contraloría médica. Dichas contrataciones o nombramientos se regirán por lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N°29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo, y por el decreto ley N° 249, de 1973, sobre Escala Única de Sueldos y su legislación complementaria. Además, posibilita a los médicos cirujanos que al 31 de diciembre de 2014 se encuentren desempeñando cargos en calidad de contratados o a contrata o sobre la base a honorarios en establecimientos dependientes de los Servicios de Salud o en establecimientos municipales de atención primaria de salud, sin contar con el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina antes citado, mantener sus contrataciones u honorarios por un plazo máximo de dos años contado desde la publicación de esta ley. Conjuntamente con lo anterior, establece que éstos, dentro del período señalado, deberán aprobar el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina, de conformidad a lo que establece la ley N°20.261 y su reglamento. Transcurrido dicho plazo, de no haber aprobado el examen, deberán cesar en sus funciones y hacer dejación de sus cargos. Estas medidas no representan un mayor gasto fiscal. f) Asignación por competencias profesionales para médicos cirujanos regidos por la ley N°19.378 El proyecto establece una asignación mensual de estímulo por competencias profesionales con las características y en las condiciones que señala esta iniciativa, para los médicos cirujanos que se desempeñan en establecimientos municipales de atención primaria de salud, regidos por la ley N°19.378, que posean las especialidades de medicina familiar, pediatría, medicina interna, gineco-obstetricia, psiquiatría u otras que se definan conforme a lo dispuesto en este proyecto, que se encuentren inscritas en el registro de especialidades que lleva la Superintendencia de Salud. Para el año 2015 la aplicación de este artículo tiene un costo de $3.515.341 miles, el que se financiará con cargo al presupuesto disponible del Fondo Nacional de Salud, por lo que no tiene costo fiscal adicional. Para los años siguientes, el costo será aquel que se establezca anualmente en el decreto a que hace referencia el artículo 8° del proyecto, estimándose que de 2018 en adelante pudiera llegarse a un costo anual de $6.082.342 miles. El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante 2015 se financiará con cargo a los recursos contemplados en la partida presupuestaria del Ministerio de Salud. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la Partida Presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiera financiar con estos recursos. Para los años siguientes, el gasto se financiará con cargo a los recursos que se consulten anualmente en la partida del Ministerio de Salud de las respectivas Leyes de Presupuestos. 6. CERTIFICADO DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO, INICIADO EN MENSAJE, CON URGENCIA “SUMA, QUE “OTORGA UN BONIFICACIÓN ESPECIAL PARA FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE LA REGIÓN DE ATACAMA QUE CUMPLAN CONDICIONES QUE SE INDICAN.” (BOLETÍN N° 9868‐05) “Valparaíso, 21 de enero de 2015. El Secretario de Comisiones que suscribe, Certifica: 1.- Que el proyecto de ley originado en un mensaje de S.E. la Presidenta de la República que otorga una bonificación especial para funcionarios públicos de la Región de Atacama que cumplan condiciones que se indican (Boletín Nº 9868-05), con urgencia calificada de “suma”, fue tratado en esta Comisión en sesión de fecha 21 de enero de 2015, con la asistencia de los Diputados señores Pablo Lorenzini (Presidente); Lautaro Carmona (por el señor Aguiló);Pepe Auth; De Mussy; Enrique Jaramillo; Patricio Melero; Daniela Cicardini (por el señor Monsalve); José Miguel Ortiz; Marcelo Schilling; Osvaldo Urrutia; Yasna Provoste (por el señor Walker). Asistieron a la Comisión durante el estudio de la iniciativa los señoresRodrigo González (asesor Legislativo del Ministro del Interior y la señora Patricia Orellana Jefa del Sector Laboral de la DIPRES. Se hace presente que las normas de este proyecto son de quórum simple. El propósito de este proyecto es otorgar, de manera extraordinaria durante el año 2015, una bonificación especial de un monto trimestral de $240.000 pesos, para los funcionarios públicos, que indica, de la región de Atacama. Esta bonificación será imponible y tributable El informe financiero N° 14, elaborado por la Dirección de Presupuestos, de20 de enero de 2015, indica que este proyecto implicará un mayor gasto estimado en la suma de $ 7.581.000 miles para el año 2015, el cual se financiará con reasignaciones de recursos provenientes del presupuesto de inversión del Gobierno Regional de Atacama. Votación en general Puesto en votación en general el proyecto, fue aprobada la idea de legislar por la unanimidad de los Diputados presentes, señores Lautaro Carmona (por el señor Aguiló);Pepe Auth; De Mussy; Enrique Jaramillo; Patricio Melero; Daniela Cicardini (por el señor Monsalve); José Miguel Ortiz; Marcelo Schilling; Osvaldo Urrutia; Yasna Provoste (por el señor Walker). Votación en particular La Comisión acuerda votar en forma conjunta todo el articulado del proyecto, siendo este aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes, señores Lautaro Carmona (por el señor Aguiló);Pepe Auth; De Mussy; Enrique Jaramillo; Patricio Melero; Daniela Cicardini (por el señor Monsalve); José Miguel Ortiz; Marcelo Schilling; Osvaldo Urrutia; Yasna Provoste (por el señor Walker). La Comisión acordó designar como Diputado informante al señor Matías Walker. En consecuencia, la Comisión de Hacienda propone la aprobación del siguiente texto, con correcciones formales de conformidad con el Reglamento: “Artículo 1°.- Concédese, durante el año 2015, una bonificación especial a los siguientes funcionarios públicos con contrato vigente al 1° de enero de 2015: que se encuentren en calidad de planta, a contrata y a los contratados acorde a la normativa del Código del Trabajo, que se desempeñen en la Región de Atacama, y que se encuentren remunerados según lo dispuesto en el decreto ley N° 249, de 1974 y en el Título I del decreto ley N° 3.551, de 1981. De igual modo, la bonificación establecida en el presente artículo se otorgará a los funcionarios de la Región de Atacama de las entidades que se señalan: al personal de planta y a contrata de la Dirección General de Aeronáutica Civil; al personal de la Atención Primara de Salud Municipal, regido por la ley N° 19.378; a los asistentes de la educación regidos por la ley N° 19.464; a los funcionarios académicos, no académicos, profesionales y directivos de la Universidad de Atacama, y a los funcionarios municipales regidos por el Título II del decreto ley N° 3.551, de 1981 y por la ley N° 18.883. Los jefes de servicio o las autoridades superiores de las instituciones señaladas en los incisos anteriores, según corresponda, deberán remitir al Intendente Regional la nómina de beneficiarios de la bonificación especial al mes siguiente de cada pago de la misma. Artículo 2°.- La bonificación especial señalada en el artículo anterior tendrá un valor trimestral de $240.000.-(doscientos cuarenta mil pesos) y se pagará en cuatro cuotas iguales en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de 2015. Los montos a percibir serán proporcionales al tiempo trabajado en el trimestre respectivo. Esta bonificación especial será tributable e imponible y no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración. Para determinar las imposiciones e impuestos a que se encuentra afecta, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprenda la cuota correspondiente y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales. Con todo, las imposiciones se deducirán de la parte que, sumada a las respectivas remuneraciones mensuales, no exceda del límite máximo de imponibilidad. Artículo 3°.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley, para las entidades señaladas en los artículos anteriores, será financiado con reasignaciones de recursos provenientes del presupuesto de inversión del Gobierno Regional de la Región de Atacama. En el caso de las instituciones que no están en la cobertura de la Ley de Presupuestos, los recursos les serán transferidos directamente por el Gobierno Regional. Artículo Transitorio.- La bonificación especial de la presente ley, correspondiente a los trimestres completos del año 2015 transcurridos a la fecha de su publicación, se pagará junto con las remuneraciones correspondientes al mes siguiente a su entrada en vigencia.”. (Fdo.): PATRICIO VELÁSQUEZ WEISSE, Abogado Secretario de la Comisión.” 7. INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MENSAJE, CON URGENCIA CALIFICADA DE “SUMA”, QUE “CREA LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN PARVULARIA, LA INTENDENCIA DE EDUCACIÓN PARVULARIA Y MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES.”. (BOLETÍN N° 9365‐04) “Honorable Cámara: La Comisión de Educación pasa a informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en un mensaje, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario. Se hace constar que en la sesión 114ª, de fecha 14 de enero de 2015, se hizo presente la urgencia con calificación de “suma”. Durante el análisis de esta iniciativa legal la Comisión contó con la colaboración de la Subsecretaria de Educación, Valentina Quiroga, del Secretario Ejecutivo de la Reforma Educacional, señor Andrés Palma Irarrázaval, de la Coordinadora de Asesores de la Subsecretaría de Educación, señora Adriana Delpiano, y de los asesores del gabinete del Ministerio de Educación, María Isabel Díaz, Pamela Godoy y Felipe Torrealba. Además, la Comisión recibió la opinión de las siguientes personas: 1. La Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji), señora Desirée López de Maturana Luna. 2. La Directora Ejecutiva de la Fundación Integra, señora Oriele Rossel Carrillo. 3. El Presidente Nacional de APROJunji, señor Christian San Martín Romo. 4. La Presidenta de la Asociación Nacional de Funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (AJunji), señora Julia Requena Castillo. 5. El Presidente de la Asociación de Funcionarios de la Superintendencia de Educación Escolar (ASUME), señor Patricio Contreras Rivera. 6. La Presidenta del Colegio de Educadores de Párvulos de Chile, señora María Soledad Rayo Quintana. 7. La Presidenta Nacional de la Organización Mundial para la Educación Preescolar (OMEP Chile), señora Selma Simonstein. 8. La Oficial a Cargo de UNICEF Chile, señora Francisca Palma, y el Consultor de Educación, señor Daniel Contreras. 9. La Decana de la Facultad de Educación y Ciencias Sociales de la Universidad de Magallanes, señora Anahí Cárcamo Águila. 10. El Presidente de Educación 2020, señor Mario Waissbluth Subelman. 11. El ex Director Ejecutivo de la Fundación Integra, señor Sergio Domínguez Rojas. 12. La ex Vicepresidenta Ejecutiva de Junji, señora María Francisca Correa Escobar. 13. La Coordinadora Encargada de Organizaciones VTF V Región, señora Bárbara Fernández Escudero. 14. El Superintendente de Educación Escolar, señor Alexis Ramírez Orellana. 15. La Investigadora del Centro de Investigación Avanzada en Educación (CIAE) de la Universidad de Chile, señora Marcela Pardo. I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS. 1) La idea matriz o fundamental del proyecto. La idea matriz o fundamental del proyecto consiste en crear la Subsecretaría de Educación Parvularia, órgano administrativo de colaboración directa del Ministro de Educación que tendrá a su cargo la elaboración, coordinación, aplicación y evaluación de políticas y programas en materia de desarrollo, promoción y entrega de la educación parvularia. Asimismo, tiene la misión de crear, dentro de la Superintendencia de Educación, la Intendencia de Educación Parvularia, instancia que tendrá la función de fijar los criterios técnicos del ejercicio de las funciones de la Superintendencia, en relación con los establecimientos que impartan educación parvularia. Finalmente, el proyecto de ley modifica algunos cuerpos legales a fin de armonizar las normas del sector de acuerdo a las funciones y denominación de los nuevos órganos administrativos. 2) Normas de carácter orgánico constitucional. El artículo 3° del proyecto, que dice relación con el reconocimiento oficial y autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia, tiene el carácter de norma orgánica constitucional, en virtud de lo dispuesto en el inciso final del N° 11 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. No existen normas de quórum calificado. 3) Normas que requieren trámite de Hacienda. Los artículos 1°; 3°, 5°, 7° y 9° permanentes y los artículos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto transitorios, deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda. 4) Aprobación del proyecto. El proyecto fue aprobado, en general, por la unanimidad de los diputados integrantes presentes, señores Jaime Bellolio, Cristina Girardi, Romilio Gutiérrez, María José Hoffmann, Giorgio Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Yasna Provoste, Alberto Robles, Camila Vallejo y Mario Venegas (Presidente). 5) Diputado informante. Se designó como Diputado Informante al señor Fidel Espinoza Sandoval. II. ANTECEDENTES. A) Fundamentos del proyecto. El Mensaje que da inicio al proyecto de ley en estudio recuerda que existe amplio consenso científico de que los primeros años de vida constituyen el periodo más significativo en la formación del individuo, pues es en ellos en donde se estructuran las bases fundamentales para el desarrollo de la persona y, en consecuencia, si quienes se encuentran en esta etapa de alta sensibilidad no cuentan con las condiciones ambientales adecuadas, no sólo perderán oportunidades para desplegar sus potencialidades, sino que, arriesgarán la expresión de competencias que se despliegan a lo largo de la vida. En el mismo sentido, agrega que de acuerdo a los estudios longitudinales que han evaluado la rentabilidad social de programas educativos de calidad en la primera infancia, cada peso que se invierte en educación parvularia se multiplica hasta ocho veces en el futuro productivo de cada estudiante, en su propio desarrollo y en el de la sociedad. Apunta que en el país el conocimiento de los estudios referidos ha determinado que la educación parvularia haya adquirido mayor legitimidad y reconocimiento en el sistema educativo, desarrollándose en la última década importantes avances en materia de cobertura y de calidad. Con todo, asegura que dichos progresos son insuficientes y que se requiere de una reforma a la institucionalidad que cobija a la educación parvularia, requisito básico para alcanzar mayor calidad. Ahondando en la necesidad señalada, la Presidenta de la República pone de relieve que la referida institucionalidad se caracteriza por la duplicidad de roles, la falta de coordinación y por la existencia de marcos regulatorios que no son uniformes para todos los establecimientos, afectando la equidad y la calidad educativa. Por otro lado, resalta que la Junta Nacional de Jardines Infantiles concentra las facultades de proveer educación parvularia, empadronar centros educativos, supervigilar a todos los establecimientos que otorguen educación parvularia del país y fijar políticas en el sector. A la luz de lo anterior, la Mandataria asevera que la iniciativa legal propuesta busca ordenar y modernizar el sector, separando las funciones de diseño de políticas, de fiscalización y provisión del servicio, permitiendo avanzar así hacia un nuevo modelo de gestión de alta especialización que supere las importantes deficiencias de eficiencia, coordinación y financiamiento presentes en nuestro sistema. Al respecto, sostiene que la primera medida consistirá en crear una Subsecretaría de Educación Parvularia, órgano administrativo de colaboración directa del Ministro de Educación y que tendrá a su cargo la elaboración, coordinación, aplicación y evaluación de políticas y programas en materia de desarrollo, promoción y entrega de la educación parvularia. Asegura que uno de los primeros objetivos de esta Subsecretaría será la proposición de un Plan Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, con estándares indicativos de desempeño para los establecimientos y un sistema de acreditación, incorporando este nivel educativo en las líneas de trabajo de la Agencia de Calidad. Añade que esta nueva instancia permitirá agrupar en una sola institución al personal que hoy presta sus servicios en la División de Educación General de la Subsecretaría de Educación y en la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Continuando con la exposición de motivos del proyecto, afirma que otra medida será la creación, dentro de la Superintendencia de Educación, de una Intendencia de Educación Parvularia, la que verificará que los establecimientos educativos donde asisten niños y niñas desde los 0 a los 6 años, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación, cumplen con la normativa educacional, propendiendo con ello a una educación inicial de calidad, articulada y concordante con el sistema educativo nacional. Agrega que el referido órgano tendrá como objeto principal fijar los criterios técnicos necesarios para la fiscalización de los establecimientos de Educación Parvularia, en conformidad a la ley Nº 20.529. En otro orden de consideraciones, su Excelencia subraya que la nueva institucionalidad tendrá la misión de fortalecer y empoderar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles, transformándola en un modelo referencial de la educación parvularia, permitiéndole así apoyar la gestión y el desarrollo técnico y pedagógico de los jardines infantiles. Por último, la señora Presidenta explica que la propuesta legal en estudio será complementada con aquella, iniciada en Mensaje del ex Presidente de la República señor Sebastián Piñera, que crea la autorización de funcionamiento de jardines infantiles (Boletín N° 8.859- 04) . En efecto, puntualiza, será la Subsecretaría de Educación Parvularia quien asumirá el otorgamiento de dicha autorización administrativa y la Superintendencia de Educación quien fiscalizará tales establecimientos, bajo los criterios técnicos de la Intendencia de educación parvularia. B) Legislación comparada. En las últimas décadas han surgido -de forma creciente abundantes fundamentos y evidencias en diversos ámbitos del conocimiento y de la experiencia humana que respaldan el desarrollo de las políticas públicas para la primera infancia, destacando la biología, la economía, la sociología y la educación. Sin embargo, más allá de estos argumentos, los organismos internacionales (Cepal, Unicef) enfatizan el enfoque de derechos como razón suficiente para garantizar una atención y educación de calidad para los niños y niñas, en tanto se constituyen desde su origen en sujetos de derechos. Todo lo anterior cobra mayor importancia cuando se consideran que muchos niños y niñas viven en situación de pobreza y vulnerabilidad, lo que dificulta sustancialmente su desarrollo e integración social. Importancia de la educación temprana para el desarrollo bio-psico-social. El periodo temprano del desarrollo, desde el embarazo y hasta los primeros años de vida, es lo que se conoce como “período crítico”, esto significa que es una etapa donde es vital la presencia de ciertos estímulos para un adecuado desarrollo del organismo. Es esta fase, el cerebro experimenta un acelerado y estructurado crecimiento, el cual depende tanto de factores biológicos como de la experiencia, donde el ambiente actúa como gatillador neuronal, que por una parte va seleccionando los grupos de neuronas, pero que por otra, va desarrollando las conexiones que mejor calcen con las necesidades ambientales. Es decir, la organización cerebral humana no sólo necesita del ambiente para su desarrollo y organización, sino que está diseñada para adaptarse a ese ambiente, esto hace del cerebro un órgano bio-psicosocial. Basándose en la “teoría del apego”, en las últimas décadas se han llevado a cabo diversas líneas de estudio, las que han demostrado que la interacción de los cuidadores primarios con los bebés es fundamental para el desarrollo tanto afectivo como cognitivo de estos últimos. En esta etapa de la vida, es esencial la creación de entornos afectivos y emocionalmente seguros en los que el desarrollo y el aprendizaje puedan tener lugar, ya que los niños pequeños necesitan establecer relaciones afectivas, sentirse valorados y queridos para asegurar su autoestima y bienestar. La forma en que se desarrolle este sistema afectivo de comunicación y regulación define en gran medida el que los bebés logren alcanzar sus metas biológicas y psicológicas, y por tanto, el curso que tomará el desarrollo posterior de esa persona, incluidos los mecanismos para enfrentar y regular el estrés, las emociones y las situaciones impredecibles, así como también moldearán el aprendizaje y los estados mentales. Desde el desarrollo de las capacidades exclusivamente cognitivas, las evidencias obtenidas en los últimos treinta años, dan cuenta de que los primeros cinco años de vida son críticos en el desarrollo de las funciones ejecutivas en particular y para el desarrollo cognitivo en general. De hecho, en edades tan tempranas como los seis meses de edad ya es posible observar cómo emergen diversas capacidades que posteriormente constituirán el desarrollo del “control ejecutivo”, el que implica una serie de capacidades cognitivas que han de permitir al niño mantener información, manipularla y actuar en función de ésta. Deficiencias en las funciones ejecutivas tempranas pueden ser indicadores sensibles de riesgo para problemas de aprendizaje futuros. Debido a las características del desarrollo neurológico en la primera infancia y la importancia que éste tiene en el desarrollo físico, emocional, cognitivo y social de los niños, es un momento de extrema sensibilidad y cierta irreversibilidad frente al daño y las condiciones adversas. De hecho, existe suficiente evidencia empírica que permite sostener que los retrasos cognitivos y de desarrollo general, sobrevienen mucho antes de que los niños ingresen en la enseñanza primaria, los que suelen tener consecuencias a largo plazo. Investigaciones en la materia muestran que la participación en programas de cuidado y educación en la primera infancia (CEPI) de alta calidad, sería una muy buena herramienta para mejorar el bienestar infantil presente, así como también, para prevenir o corregir los retrasos en la capacidad de aprendizaje, las desventajas derivadas de la pobreza y las condiciones socioeconómicas desfavorables. En particular, se estima que el concentrar la inversión en etapas tempranas sea la mejor forma de romper efectivamente la inequidad intergeneracional (“efecto cuna”), lo que tendrá un fuerte impacto en el futuro de esa persona, sus familias y en la sociedad en su conjunto. Importancia de la inversión en primera infancia. Por otra parte, en términos económicos, los estudios en la materia demuestran que los beneficios logrados con el aporte económico en la primera infancia son superiores a los logrados con otras inversiones en la educación, ya que los beneficios son mayores y se mantienen durante un tiempo más prolongado que los producidos por las inversiones destinadas a los niños de más edad, los jóvenes o los adultos. Además los programas CEPI tienen un fundamento social adicional, ya que no sólo mejoran la calidad de vida presente y futura de una persona, sino que ayudan a reducir las desigualdades sociales vinculadas con la pobreza, el género, la raza, el origen étnico, la casta o la religión. El enfoque de derechos. Desde un enfoque de derechos, para la Convención sobre los Derechos del Niño, la educación se constituye en un derecho fundamental para el desarrollo de la personalidad y las capacidades del niño, así como también para la preparación para la vida adulta, por lo que los Estados partes se deben comprometer a que este derecho se ejerza progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades. Para el Comité de los derechos del niño, el derecho a la educación durante la primera infancia comienza en el nacimiento y está estrechamente vinculado al derecho del niño pequeño al máximo desarrollo posible. Marco comparado para la protección y educación de la primera infancia. Debe destacarse que internacionalmente existen diversos enfoques y percepciones frente al cuidado y educación infantil, las que dan origen a variados marcos de acción en los que operan los programas CEPI en los diversos países, incluyendo la relación familia y Estado en la provisión de dicho cuidado. En la actualidad, para los niños menores de 3 años de edad, la mayoría de los países OCDE han priorizado políticas públicas de cuidado, tanto universales como focalizadas, que se basan en intervenciones que se llevan a cabo en el ámbito familiar. De hecho, un número no menor de países paga subsidios para que el niño siga siendo cuidado en casa por sus padres, hasta la edad de 2 o 3 años. En cambio, para el siguiente grupo etario (3 a 6 años), existe un acuerdo tácito de dirigir la oferta programática de los servicios CEPI a centros especializados fuera del hogar. Lo señalado se refleja en el caso de Finlandia, las leyes de cuidado parental incluyen permisos remunerados de maternidad pre y postnatales, por un total de 4,5 meses, seguidos de un permiso parental compartido de 6,5 meses, sumado a un permiso de paternidad de 18 días. Posteriormente, para familias con niños entre 9 o 10 meses de edad (coincidente con el término del permiso parental) y los 7 años de edad (inicio de la educación primaria, de escolarización obligatoria) opera el derecho legal a recibir servicios CEPI, proporcionados por los municipios. Aun siendo un derecho, los padres deben efectuar copagos, dependiendo del tamaño y los ingresos de la familia, siendo más costosos los servicios privados. También existe un subsidio para el cuidado en el hogar para los niños menores de 3 años. Además, el Estado provee educación preescolar gratuita y voluntaria para los niños de 6 años, tanto en guarderías como en escuelas primarias. En virtud del derecho universal al CEPI, si los padres deciden no utilizar los servicios de CEPI municipales, tienen derecho a una licencia remunerada de cuidado infantil, una vez terminado el permiso parental. Además, los padres tienen derecho a trabajar menos horas a partir del término del permiso parental y hasta el final del segundo año escolar del niño (8 años de edad). Finalmente, el 2014 comenzó a operar un “subsidio de asistencia flexible”, para que los padres de niños menores de 3 años puedan combinar el trabajo con el cuidado infantil a tiempo parcial. En Inglaterra, la licencia de maternidad es de casi un año de duración, considerando pre y post natal, pero no todas las trabajadoras tienen derecho a la licencia de maternidad remunerada. Asimismo, los padres cuentan con una licencia de paternidad, con un período remunerado y otro no remunerado (en total, de 7 meses) y que depende, en parte, del regreso de la madre al trabajo. Además, ambos padres cuentan con un permiso parental no remunerado para cuidar del bienestar de sus hijos menores de 5 años de edad o de 18 años en circunstancias especiales7, que se extiende a 18 semanas por hijo, utilizable en períodos de 4 semanas anuales. Posteriormente, las familias con niños de 3 a 5 años de edad (o para las familias vulnerables con niños de 2 años) tienen acceso a una prestación gratuita de servicios de cuidado y de educación preescolar, en jornada parcial, la que debe ser garantizada por los gobiernos locales. Por su parte en Holanda, la licencia maternal remunerada es de 4 meses (incluyendo pre y post natal), la que puede seguirse de una licencia parental no remunerada por un tiempo limitado. Posterior a ese período, los servicios de CEPI no son considerados un derecho, aunque los padres de niños menores de 12 años que trabajan o estudian pueden recibir un subsidio asistencial para ello, que opera como reembolso de lo pagado por los padres por el concepto de cuidado infantil, con tope. En la actualidad existe suficiente respaldo técnico para asegurar que sólo los servicios CEPI de alta calidad pueden entregar los beneficios cognitivos y sociales deseados, mientras que los servicios de mala calidad pueden tener efectos nocivos a largo plazo en el desarrollo infantil, por lo que ampliar la cobertura, sin poner el énfasis en el cumplimiento de requisitos de calidad, podría no traer los beneficios esperados en los infantes, sus familias y para la sociedad en su conjunto. Recomendaciones OECD para la generación de programas CEPI de calidad. Con el objetivo de generar servicios y programas CEPI de buena calidad, la OCDE recomienda fijar estándares mínimos en siete (7) factores estructurales, los que estarían relacionados con la generación de buenos ambientes de aprendizaje, y por tanto con el impacto en el desarrollo cognitivo y social infantil: (1) Coeficiente técnico de proporción docente/niños; (2) Calidad docente y capacitación especializada; (3) Condiciones laborales de los docentes y personal de apoyo; (4) Diversidad y equilibrio de género en los profesionales; (5) Duración y cobertura del programa; (6) Curriculum; y (7) Calidad de la infraestructura y material pedagógico(edificio, tamaño de las salas, implementación de estas, espacio para juego y recreación, etc.). Políticas para la primera infancia en Finlandia, Holanda e Inglaterra. Uno de los elementos claves en la provisión de servicios de CEPI, tanto en Finlandia, Holanda e Inglaterra, es el énfasis puesto en la formación y calificación docente y de personal de apoyo. En todos los países revisados se observa la exigencia de estudios superiores, incluyendo magíster para los profesionales a cargo, así como procesos de capacitación previa y posterior para el personal auxiliar. Así, ante su escasez, destaca como un desafío común, el reclutamiento de nuevos cuidadores y de profesores especializados en CEPI. Sin perjuicio de ello, persiste en los países analizados una baja valoración de la carrera de profesional en este ámbito, tendencia que ha ido variando, especialmente en Finlandia. Respecto de los currículos, los programas y planes básicos de CEPI implementados en cada país pueden ser elaborados para su aplicación nacional o bien, utilizados en planes o currículos generales. En Finlandia, las guarderías elaboran planes de CEPI individuales para cada niño, en colaboración con los padres, aunque existen directrices nacionales tanto para la etapa de 0 a 6 años de edad, así como para los preescolares de 6 a 7 años. Por el contrario, en Holanda no existe un plan de estudios nacional, para ningún nivel educativo, salvo para los niños entre 2 y 5 años de edad en situación de “riesgo de desventaja educativa”. En consecuencia, la mayoría de los centros preescolares utilizan programas curriculares preparados y seleccionados ya sea el gobierno local o por la propia organización. En Inglaterra, desde el año 2014, gracias a la unificación de los niveles preescolares en una sola etapa fundacional, se han establecido normas para el cuidado, el aprendizaje y el desarrollo de los niños desde el nacimiento hasta los 5 años de edad. Finalmente, en relación al gasto público en CEPI, se observa un alza en este ítem en todos los países analizados. En Finlandia, el financiamiento de la educación preescolar y los servicios de cuidado infantil es realizado por el gobierno central, quien realiza las transferencias correspondientes a las autoridades locales para el otorgamiento gratuito de los servicios básicos municipales (sea a través de servicios prestados por éstas o por privados), con una asistencia económica a los padres. En un modelo similar al finlandés, en Holanda existe un financiamiento desde el gobierno central hacia las autoridades locales, pero éste sólo tiene como destinatarios los niños de 3 y 4 años de edad (y de 2 años de edad en desventaja).En cambio, el financiamiento del cuidado infantil en Inglaterra es público/privado, con un fuerte subsidio a la “demanda”, es decir, a los padres y no a los proveedores. Asimismo, a diferencia de otros países, los empleadores holandeses son actores importantes en el financiamiento del CEPI. Protección y fomento legal al CEPI El acceso a los servicios CEPI está determinado por las condiciones establecidas al efecto en la legislación de cada país, el que puede estar o no asegurado, en calidad de derecho (en forma explícita) o bien por medio del establecimiento de vacantes y financiamiento total o compartido de los servicios. 1. Finlandia. De acuerdo a la Ley de Cuidado Infantil de 1973, cada niño tiene derecho a recibir apoyo para la educación temprana o inicial. En este contexto, los servicios de guardería tienen que ofrecer a los niños relaciones constantes, seguras y afectuosas, actividades de apoyo para las diversas etapas del desarrollo infantil con atención a un entorno favorable para su crecimiento. Asimismo, según la edad de los niños y sus necesidades individuales, los servicios de cuidado infantil o guardería deben tener en cuenta el patrimonio cultural general de éstos para promover su desarrollo físico, social y emocional, y para apoyar a su educación estética, intelectual, moral y religiosa. Siguiendo el informe OCDE “Starting Strong II: Early Childhood Education and Care”135, de 2006 (en adelante, “Starting Strong II”), es posible afirmar que el sistema de CEPI finlandés se caracterizaría por su sensibilidad hacia los derechos del niño y una preocupación expresa por la igualdad y la equidad. Así, el acceso universal a servicios de cuidado infantil ha sido un derecho subjetivo de cada niño menor de 3 años desde 1990 y de todos los niños en edad preescolar (hasta los 7 años de edad) desde 1996. El derecho a la guardería puede ejercerse después de terminado el período de permiso parental, hasta la entrada del niño a la escuela primaria a los 7 años. Sin embargo, aun siendo un derecho, existe un deber de copago para los padres, cuya cuota mensual por niño varía entre 0 y 264 euros (al año 2013), dependiendo del tamaño de la familia y los ingresos. Por otra parte, la educación preescolar está regulada por la Ley de Educación Básica (Basic Education Act) de 1998. La sección 26 bis (incorporado en reforma del año 1999), consagra el derecho a la educación preescolar, pero deja la participación en ella a la decisión del padre o cuidador del alumno. Por tanto, todos los niños de 6 años tienen el derecho de participar voluntaria y gratuitamente en la educación preescolar, siendo obligación de los municipios proporcionarla. 2. Holanda. La Ley de Cuidado Infantil y Educación Preescolar de Calidad (llamada en inglés simplemente Child Care Act), de 2004, dispone que los padres que utilizan servicios formales de cuidado infantil tengan derecho a un subsidio asistencial. Para acceder a este subsidio (y determinar su monto), los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos: a) Que el niño sea miembro de un hogar en el que ambos padres trabajan (aunque no se establece un ingreso mínimo ni máximo, las familias de ingresos más altos reciben un subsidio más bajo que las de menores ingresos), b) Que el niño tenga entre 0 y 12 años de edad. Por otra parte, no se regulan en una sola ley las temáticas relacionadas con niños y jóvenes, ya que además de la Ley de cuidado infantil y educación preescolar mencionada, existe la Ley de Cuidado de la Juventud de 2005 (Youth Care Act), que regula los servicios de atención a los jóvenes en riesgo social y sus familias. Esta ley está siendo actualmente revisada con el fin de entregar un marco jurídico integral para las cuestiones de infancia y juventud. 3. Inglaterra. Hasta finales de la década de 1990, la disponibilidad de servicios de CEPI variaba enormemente de una zona a otra del país. Sin embargo, a finales de dicho año se empezaron a ampliar las plazas para la educación preescolar mediante el financiamiento público de los proveedores. A su vez, la Ley de Estándares Escolares (School Standards and Framework Act) de 1998 estableció la obligación de las autoridades locales de garantizar la prestación de la educación preescolar.Luego, la Ley de Cuidado Infantil (Childcare Act) de 2006 agregó la obligación de las autoridades locales inglesas de garantizar los servicios de guardería para los padres que trabajan (sección 6). Esta ley estableció diversas obligaciones, entre ellas: -Asegurar la provisión gratuita de servicios para la primera infancia para todos los niños elegibles en su área, llamada “educación temprana” (sección 7, de acuerdo a la modificación incorporada por la Ley de Educación de 2011, plenamente en vigor desde el 1 de septiembre de 2013). -Evaluar los servicios de guardería (sección 11). -Proporcionar información, asesoramiento y capacitación a los proveedores de servicios de cuidado infantil (sección 13). Debe aclararse que en Inglaterra los niños menores de 3 años no tienen un derecho universal a servicios de guardería y los padres pueden optar por contratar guarderías privadas, cuidadores o niñeras. Excepcionalmente, los niños de 2 años de edad en situación de desventaja pueden acceder a la educación inicial a tiempo parcial, financiados por el gobierno. Además, desde septiembre de 2013, este derecho se ha extendido a los niños de 2 años de edad que cumplan con los criterios de elegibilidad económicos utilizados para la entrega gratuita de alimentación en escuelas así como a los niños bajo cuidado de la autoridad local (aproximadamente 130.000 niños), los que se ampliarán a 260.000 (equivalente al 40% del universo de tal grupo etario) a partir de septiembre de 2014. Asimismo, desde septiembre de 2010, se otorga un derecho general a 15 horas semanales de educación inicial gratuita para los niños de entre 3 y 4 años de edad, durante 38 semanas del año. La provisión gratuita de estos servicios, a tiempo parcial, es ofrecida por una amplia gama de proveedores, sea financiados totalmente por el gobierno (guarderías escolares, escuelas primarias que ofrecen servicios de guardería, etc.), así como en el sector privado y de voluntariado. La mayoría de los proveedores financiados públicamente ofrecen servicios de CEPI diarios, desde las 09.00 hasta las 15.30 horas. Otros proveedores, tales como guarderías, suelen estar abiertas todo el día, desde las 08.00 hasta las 18.00 horas. Los padres (especialmente los que trabajan) pueden optar por pagar honorarios adicionales, para que sus hijos puedan permanecer por más tiempo del que cubre el beneficio. C) Leyes que se modifican o que se relacionan con la materia. 1. Numerales 10 y 11 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. 2. Decreto con fuerza de ley N° 2, de 2010, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005. 3. Ley N° 20.529, de 2011, sobre Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización. 4. Ley N° 17.301, de 2004, que crea la corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles. 5. Ley N° 18.956, de 1990, que reestructura el Ministerio de Educación Pública. 6. Ley N° 19.882, de 2003, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica. 7. Decreto con fuerza de ley N° 4, de 2006, del Ministerio de Educación, que fija plantas del personal. 8. Decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo. 9. Ley N° 19.553, de 1998, que concede asignación de modernización y otros beneficios que indica. 10. Ley N° 19.528, de 1997, que introduce modificaciones a la ley General de Bancos; al decreto ley N° 1097, de 1975; a la ley N° 18.010, y al Código de Comercio. 11. Ley N° 18.091, de 1981, que establece normas complementarias de incidencia presupuestaria, de personal y de administración financiera. 12. Decreto con fuerza de ley N° 1, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 13. Decreto ley N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda, que fija escala única de sueldos para el personal que señala. 14. Decreto N° 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. 15. Decreto N° 315, de 2011, del Ministerio de Educación, que reglamenta requisitos de adquisición, mantención y pérdida del reconocimiento oficial del estado a los establecimientos educacionales de educación parvularia, básica y media. 16. Decreto con fuerza de ley N° 4, de 2012, que fija planta de personal de la Superintendencia de Educación y regula materias señaladas en los artículos tercero, quinto y sexto transitorios de la ley N° 20.529. III. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO. Conforme lo dispone el número 2° del artículo 304 del Reglamento, el texto aprobado por el Senado señala, en síntesis, lo siguiente: La iniciativa legal aprobada por el Senado crea la Subsecretaría de Educación Parvularia, órgano administrativo de colaboración directa del Ministro de Educación que tendrá a su cargo la elaboración, coordinación, aplicación 7 evaluación de políticas y programas en materia de desarrollo, promoción y entrega de la educación parvularia. Asimismo, crea dentro de la Superintendencia de Educación, la Intendencia de Educación Parvularia, instancia que tendrá la función de fijar los criterios técnicos para el ejercicio de las funciones de la Superintendencia (denuncias, fiscalización, rendición de cuentas, interpretación normativa, etc.) en relación con todos los establecimientos que impartan educación parvularia. Por otra parte, se modifica la ley N° 17.301 de la Junji, eliminando de sus facultades, la de supervigilancia, a fin de evitar contiendas de competencia con la Superintendencia de Educación y se modifican algunos cuerpos legales a fin de armonizar las normas del sector de acuerdo a las funciones y denominación de los nuevos órganos administrativos. A través de las normas transitorias se faculta la provisión transitoria y provisional del cargo de Intendente de Educación Parvularia. Se faculta al Presidente de la República para la dictación de un decreto con fuerza de ley, a fin de fijar la planta de la Subsecretaría; modificar la plantas funcionaria de la Superintendencia de Educación (sin considerar traspasos de Junji, la que retendrá sus cargos para asumir los nuevos desafíos de cobertura y calidad de establecimientos propios); reencasillar en nuevos grados a funcionarios profesionales y fiscalizadores de planta que fueron traspasados desde el Ministerio de Educación a la Superintendencia en el año 2012. También, se dispone que la Junji siga ejerciendo su labor de supervigilancia y empadronamiento hasta seis meses después de la fecha en que la Superintendencia de Educación y la Subsecretaría de Educación Parvularia comiencen su funcionamiento. Lo anterior a fin de resguardar total coherencia con las normas transitorias del proyecto de ley de autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia. El mayor gasto fiscal asociado al proyecto de ley contiene los recursos para financiar los gastos en personas, de funcionamiento y de habilitación inicial de la Subsecretaría y la Intendencia que se crean, tanto a nivel central como en regiones.Dichos recursos alcanzan a los siguientes montos: -Para la creación de la Subsecretaría de Educación Parvularia se estiman gastos anuales por $ 3.977.500 miles. ; -Para la creación de la intendencia de Educación Parvularia, se estiman gastos anuales por $ 4.514.93 8 miles. -Gastos anuales asociados a la autorización de funcionamiento de jardines infantiles por $ 904.865 miles. -En resumen, el mayor gasto fiscal anual del proyecto de ley se estima en $9.397.303 miles. Finalmente, es necesario hacer presente que el proyecto fue aprobado por unanimidad tanto en la Comisión de Educación como en la Comisión de Hacienda del Senado. IV. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN GENERAL EN LA COMISIÓN Y ACUERDOS ADOPTADOS. A) Presentación del proyecto. En representación del Ejecutivo asistió el Secretario Ejecutivo de la Reforma Educacional, señor Andrés Palma Irarrázaval, acompañado de la Coordinadora de Asesores de la Subsecretaría de Educación, señora Adriana Delpiano, los asesores del gabinete del Ministerio de Educación, señores María Isabel Díaz y Felipe Torrealba, en sesión de fecha 6 de enero. El Secretario Ejecutivo de la Reforma Educacional, señor Andrés Palma presentó el proyecto de ley que crea la Subsecretaría de Educación Parvularia, la Intendencia de Educación Parvularia y modifica diversos cuerpos legales (boletín N° 9365-04), apuntando que se trata de un proyecto íntegramente centrado en cambiar la lógica y estructura de la educación parvularia, cuyo fundamento último es la importancia en la vida de las personas, ya habiéndose comprobado que la inversión en la educación parvularia tiene una rentabilidad ocho veces mayor que la educación general, mejorándose así la capacidades de los niños de manera muy importante e integral. Destacó que la Presidenta Bachelet en su primer Gobierno ya había abordado la importancia de la educación parvularia, luego continuada por el Gobierno del señor Piñera, habiéndose logrado, que a la fecha sea el doble de niños los que asisten a ella en comparación con la década pasada, con especial impacto en los sectores de mayor vulnerabilidad. Asimismo, apuntó que el Gobierno desea volver a duplicar el acceso a la misma al término de su mandato y cambiar la difusa institucionalidad vigente a una que permita identificar claramente los diversos roles y funciones de las instituciones, mediante la creación de la Subsecretaría de Educación Parvularia en el contexto del Ministerio de Educación como instancia que defina las políticas, la creación de una Intendencia en el contexto de Superintendencia de Educación Escolar como una instancia de fiscalización y manteniéndose el rol de la Junji como principal proveedor público de la educación parvularia. Luego, la Coordinadora de Asesores de la Subsecretaría de Educación, señora Adriana Delpiano expresó que ya nadie en el país discute sobre la importancia de la formación inicial y la educación parvularia en general. El país ha ido creciendo en la materia y busca continuar haciéndolo. Afirmó que este proyecto, dentro del contexto general, pretende ampliar la cobertura, especialmente en niños de 0 a 4 años; edades de gran importancia para el desarrollo del cerebro y que permitiría emparejar la cancha en un contexto de calidad. Sin embargo, el desarrollo integral de los niños se encuentra con una gran limitante, esto es, la actual institucionalidad, que carece de lineamientos para la fijación de normas y su fiscalización, para establecer criterios de carácter general, entre otros. Hoy los establecimientos de párvulos tienen muy pocos requerimientos, permitiendo que sea más fácil la instalación de un jardín infantil que abrir una botillería o una verdulería. Ante este enorme desafío y en el marco de la reforma a la educación parvularia, se establece como uno de sus pilares la modernización de su institucionalidad, separando los roles que actualmente cumplen las instituciones que participan de este proceso educativo. Se crea la Subsecretaría de Educación Parvularia, como el órgano político técnico de diseño y gestión de las políticas públicas del sector.En esta nueva institucionalidad el Ministerio cumple un rol fundamental, siendo éste el organismo rector del sistema de educación parvularia. Por otra parte, la Intendencia tendrá como función fijar los criterios técnicos para la fiscalización de los establecimientos de educación parvularia y la Agencia de la Calidad, se enfocará en la evaluación de los procesos de gestión educacional de los establecimientos y sus sostenedores. Puntualizó que actualmente existe una cobertura muy alta dependiente de los establecimientos educacionales en niños de 5 a 6 años que alcanza el 95%, como asimismo en niños de 4 a 5 años (kinder y pre kinder), y por otra existe la ley de salas cunas que en materia laboral impone a los empleadores otorgar este servicio en determinadas condiciones. No obstante ello, existe una enorme cantidad de niños que no están siendo atendidos lo que les impacta directamente y por otra parte, no incentiva la vinculación de las mujeres al trabajo. Asimismo, tanto la Junji como Fundación Integra poseen algunos jardines infantiles que imparten el nivel de transición (pre kinder y kinder), pero el gran porcentaje de sus establecimientos se concentra en los niveles sala cuna y nivel medio. En este sentido el 92% de la matrícula Junji y el 86% de la matrícula de la Fundación Integra corresponden al nivel sala cuna y niveles medios. Finalmente, destacó que este proyecto no alude en específico a la existencia de los distintos tipos de proveedores de educación parvularia, materia que a su juicio debe ser prioridad para la Subsecretaria que se crea. Además, no se puede avanzar en calidad si no se cuenta con una institucionalidad responsable. La asesora del gabinete del Ministerio de Educación, señora María Isabel Díaz manifestó que este proyecto permite el ingreso de la educación parvularia al sistema nacional de aseguramiento de la calidad, separando funciones y eliminando, por ejemplo, los problemas de financiamiento de los diversos proveedores. El diputado Gutiérrez, don Romilio preguntó cómo se asegura la calidad de la educación, si se cuenta con tres tipos de instituciones proveedoras de educación parvularia con recursos por alumno y exigencias diferentes. Llamó a avanzar en su resolución. Asimismo, destacó el conflicto de competencia que se suscitaría entre el nuevo Intendente con el Superintendente de Educación Escolar, por cuanto el artículo 7° N° 1 del proyecto le otorga al primero la facultad para fijar los criterios técnicos que orienten la función fiscalizadora de la Superintendencia respecto de los establecimientos que imparten educación parvularia. También, consultó acerca de los requisitos de ingreso de los nuevos funcionarios y en general precisiones respecto de las plantas y traspasos. Asimismo, consultó acerca de cómo se invertirán los $4.500 millones que contempla el informe financiero y si no parece extraña la orgánica de la Superintendencia de Educación Escolar al contar con una Intendencia exclusiva para educación parvularia, en lugar de una para cada uno de los niveles educativos. El diputado Bellolio sostuvo que el aumento de la cobertura y calidad deben ir de la mano. Consultó cómo van a estar conectados el coeficiente técnico, los planes, la metodología de enseñanza y la coherencia entre la educación inicial y la escolar en esta nueva institucionalidad. También, destacó la importancia de determinar la ubicación geográfica de las nuevas salas cunas, para que efectivamente asistan niños. La diputada Girardi manifestó su preocupación por los jardines infantiles vía transferencia de fondos (VTF) y apuntó la importancia de que exista una única institucionalidad pública, ya que el Estado debe hacerse cargo y terminar con la discriminación que impuso entre Junji, Fundación Integra y VTF. Asimismo, consultó cómo el Estado va a asumir la formación de calidad de educadores de párvulos y técnicos y cómo se entenderá en este proyecto la vinculación con el programa Chile Crece Contigo. El diputado Robles hizo presente que el estímulo inicial es lo más importante en la vida y es en esa etapa donde se juega el destino del país. Afirmó que el proyecto es poco ambicioso y que con el objeto de aumentar la cobertura se permitió que la Junji traspase dinero a otros, como las municipalidades y los VTF, generándose una tremenda desigualdad; en efecto, el Estado no debe hacerse cargo de la formación de los niños a través de diversos operadores. Asimismo, llamó a fortalecer el programa Chile Crece Contigo y la formación y remuneraciones del cuerpo docente y técnico. El diputado Morano consultó si se crearán más Subsecretarías para los otros niveles educacionales, cuáles son los actuales proveedores de educación parvularia y cómo será la coordinación entre las diversas entidades públicas en educación parvularia, porque la Fundación Integra que tiene una amplia cobertura es privada. Asimismo, afirmó que la creación de sólo un cargo en la Superintendencia de Educación Escolar para el Intendente, es insuficiente. En relación al programa Chile Crece Contigo expresó que se encuentra dirigido a alumnos vulnerables y nadie se ocupa de la clase media. Consultó si se mantendrá esa discriminación. La diputada Vallejo hizo hincapié en que el Estado debe hacerse cargo de la educación y no delegar sus funciones en otras entidades. Consultó cuáles serán las atribuciones de la Junji en el proyecto y cuándo se discutirá lo que ocurre en la sala cuna, especialmente en materia de coeficientes. Finalmente preguntó si el Ejecutivo tiene pensado suscribir convenios con instituciones de educación superior. El diputado Jackson recordó que en países como Finlandia, que algunos diputados de la Comisión visitaron recientemente, la educación parvularia se realiza a través del juego y no de la escolarización temprana. Solicitó que los principios que van a regir el sistema parvulario queden consagrados en este proyecto, como por ejemplo, el juego. El diputado Venegas sostuvo que es indispensable aumentar el coeficiente técnico para obtener calidad y que el proyecto no aborda el término de la existencia de diversos proveedores. En relación al traspaso de funcionarios afirmó que es un tema sensible y que debe velarse porque efectivamente se resguarden y mantengan todos sus derechos “sin solución de continuidad”. La señora Adriana Delpiano aclaró que la Subsecretaria de Educación Parvularia y la Intendencia se encuentran contempladas en todos los futuros proyectos educacionales. Asimismo, destacó que las educadoras de párvulos y técnicos son muy mal remunerados en el país. Destacó que la Intendencia no será un organismo separado de la Superintendencia de Educación Escolar y que efectivamente existirá un aumento en el número de fiscalizadores, viéndose de ese modo complementada la tarea de la Superintendencia. En relación al traspaso de dineros a los municipios (VTF) estimó que el fundamento de la época no pudo ser otra que entregarle educación parvularia a quienes ya manejaban la educación pública. Afirmó que la Junji en la actualidad no tiene la capacidad para administrar los VTF. Por su parte, la Fundación Integra nace en los años 80 en medio de una fuerte crisis económica con el objeto de alimentar a los niños con desnutrición. Además, los recursos de Integra son en su totalidad públicos, su Presidente es designado por el Presidente de la República y tiene más establecimientos que la Junji.Destacó que uno de las grandes tareas de la nueva Subsecretaria de Educación Parvularia recaerá precisamente en disminuir la brecha entre las diversas instituciones proveedoras del servicio. Finalmente en relación con la ubicación de las nuevas salas cunas y jardines infantiles, expresó que no basta con saber dónde están los niños, sino que debe existir una relación entre oferta y demanda, aspecto que hace indispensable recibir información de parte de los municipios, Ministerio de Economía, entre otros, sin requerir de una ley para ese efecto. La asesora del gabinete del Ministerio de Educación, señora María Isabel Díaz puntualizó, en primer lugar, que el proyecto se focaliza en la rectoría de la educación parvularia y no en los diversos proveedores del servicio.En segundo término, señaló que el sistema de provisión parvularia es de carácter mixto con reglas generales y comunes, por ejemplo, no existe lucro ni copago. Un tercer aspecto dice relación con el hecho de que el proyecto de ley se inscribe hacia el horizonte en el sistema de agencia de calidad, debiendo al 2019 ser autorizados y reconocidos por el Estado, siempre que cumplan una serie de condiciones en materia de infraestructura, condiciones sanitarias, equipamiento, coeficiente técnico, material educativo, entre otras. En cuarto lugar, explicó que al año 2016 se pretende actualizar las bases curriculares del ciclo de 0 a 6 años. En quinto término, aseveró que existen estándares para la formación inicial y 21 competencias que deben ser cumplidas por todas las facultades de educación al cerrar el ciclo de 4 años. Se trata de estándares actualizados con los conocimientos disciplinarios, pedagógicos y habilidades personales requeridas para ser un buen pedagogo. Asimismo, existirán estándares indicativos para la educación parvularia observando los procesos y qué ocurre dentro de la sala de clase. Finalmente, informó que se firmó un protocolo de acuerdo para mejorar presupuestariamente a todos los establecimientos que se financian con recursos públicos, lo que incluye a los VTF. Explicó que el proyecto se inserta en el sistema de aseguramiento de la calidad separando las funciones de fiscalización y provisión del servicio, concentrando esta última en la Junji.Hizo presente que la Intendencia de Educación Parvularia utilizará las mismas unidades de la Superintendencia, lo que claramente implica que habrá dotación de personal con el perfil idóneo. Asimismo, afirmó que la educación parvularia no debe marginarse de la carrera docente, para lo cual el Gobierno ha mantenido mesas de conversación en las cuales si han participado Aprojunji Y AJunji. En materia de coeficiente técnico, sostuvo que el Gobierno se ha comprometido a dictar un nuevo decreto que aumente la dotación de personal y disminuya los grupos de niños, como un intento de acercarse dentro de lo posible al promedio de la OCDE. Finalmente, mencionó que se encuentran trabajando en ajustes curriculares y estándares educativos. El asesor del gabinete del Ministerio de Educación, señor Felipe Torrealba expresó no existe superposición de competencias entre el Intendente y Superintendente, ya que el primero tendrá la misión de entregar asesoría técnica al Superintendente en la materia específica. Además, se subentiende que al incorporar la educación parvularia al universo de la fiscalización de la Superintendencia se agregará más personal, que no será traspasado de la Junji, ya que en el Senado se modificó el texto original del proyecto.Asimismo, en la Subsecretaria de Educación parvularia el personal en su mayoría será nuevo. Precisó que no existe barrera legal alguna para las prestaciones que entrega la Fundación Integra o la Junji, atiendan a los quintiles más bajos, a diferencia del Programa Chile Crece Contigo que si exige garantizar el acceso de un 60% de la población más vulnerables en términos de prioridad y no prohibición. Posteriormente, en sesión de fecha 19 de enero, la señora Quiroga, Subsecretaria de Educación, realizó un breve diagnóstico sobre la situación actual en educación parvularia. La señora María Isabel Díaz, en respuesta a numerosas inquietudes planteadas por los diputados durante la tramitación del proyecto, expuso una visión general del plan de reforma de la Educación Parvularia, especificando que no se encuentra centrado exclusivamente en el proyecto de institucionalidad. Indicó que el proyecto recoge principios de la Reforma Educacional, entendiendo que la educación es un derecho social que debe estar garantizado, por lo que requiere aumento de cobertura y establecimiento de políticas que aseguren su calidad pública inclusiva. Hizo presente que las modificaciones a la educación parvularia consideran un diseño sistémico, gradual, sostenible en el tiempo, participativo y orientado a mejorar la calidad educativa, debiendo considerar las distintas dimensiones que la afectan. Al respecto, señaló que en materia institucionalidad se requiere ordenar la definición de funciones hoy dispersas, por lo que se propone crear la Subsecretaría de Educación Parvularia, la Intendencia de Educación Parvularia y una unidad especializada en la Agencia de Calidad. Acotó que la creación de esta última no requiere la propuesta de un proyecto de ley. En materia de cobertura, indicó la necesidad de ampliar la oferta y ofrecer una educación pública que responda a un derecho social garantizado. Con respecto a la calidad, se reconoce la necesidad de mejorar las condiciones pedagógicas de quienes trabajan en el aula, con el objetivo de entregar mejores oportunidades de aprendizaje de los niños pertenecientes tanto a la red pública como privada. Calificó la institucionalidad actual de la Educación Parvularia como dispersa, presentando duplicidad de roles y falta de coordinación. Agregó que existen diferentes marcos regulatorios para distintos prestadores, y que la falta de un organismo rector dificulta el logro de acuerdos en la elaboración estándares y requisitos deseables y alcanzables. En el mismo sentido, destacó que el nivel parvulario no se encuentra incluido en el Sistema de Aseguramiento de la Calidad al no considerar características propias del sector. Finalmente acotó que el sistema institucional presenta una estructura de financiamiento compleja, que no responde a los actuales requerimientos de eficacia y calidad, con inequidad en la distribución del financiamiento. Como aspecto positivo destacó que existe una red pública con provisión mixta, en la que no existe copago, lucro ni selección (para niños de 0 a 4 años), salvo en circunstancias particulares, en las cuales se aplican políticas de priorización y focalización. Sobre las propuestas señaladas en el proyecto de ley, destacó que ordenan y modernizan el sector, separando las funciones de diseño de política, fiscalización, evaluación y provisión del servicio. El proyecto permite además avanzar a un nuevo modelo de gestión de alta especialización, que debiera superar las deficiencias de regulación, coordinación, financiamiento y eficiencia para este nivel educativo. Destacó además el aseguramiento de la calidad educativa básica de los establecimientos, desde la instalación de una sala cuna o jardín infantil, y se perfeccionan los marcos regulatorios haciéndolos más exigentes y equivalentes para todos los establecimientos. Respecto de la organización y atribuciones que contempla la nueva institucionalidad expuso una descripción gráfica de la misma e indicó que, dentro de las primeras tareas que tendría la Subsecretaría una vez organizada, se encuentra la implementación del Plan Nacional de Aseguramiento de laCalidad de la Educación Parvularia, lo que constituye el primer lineamiento en el avance de la visión sistémica de calidad educativa. Entre las principales medidas que se encuentran en los proyectos de ley y la ley de Aseguramiento de Calidad destacó: -En materia de oferta pública, se busca avanzar en marcos de financiamiento equitativos para los distintos proveedores de servicios; generar cupos en el sistema de salas cunas, jardines infantiles y escuelas; crear nuevos establecimientos y salas cunas con altos estándares; establecer el segundo nivel de transición obligatorio; aumentar en forma gradual el funcionamiento de jornadas escolares completas para los niveles de transición y establecer un sistema altamente inclusivo que permita el ingreso de niños con necesidades educativas especiales. -En relación a los marcos regulatorios planteados, indicó que a través de un plan gradual, todos los jardines infantiles que reciben recursos deberán contar con reconocimiento oficial; los jardines infantiles particulares requerirán una autorización obligatoria para el funcionamiento; se contará con un nuevo decreto que regule coeficientes técnicos y máximos de niños y adultos por sala; todas las salas cunas y jardines infantiles serán fiscalizados por la Superintendencia y todos los establecimientos de la red pública serán evaluados y orientados para elaborar sus propios planes de mejoramiento. -En el marco del desarrollo docente, destacó la consideración de las educadoras de párvulos dentro de todas las iniciativas de carrera docente además del Plan Nacional Docente. Acotó que en la actualidad se aplica evaluación docente para las educadoras de párvulos que forman niños de 4 a 6 años y se espera transitar al segmento de 0 a 4 años. Además se están estableciendo criterios que evidencien las buenas prácticas pedagógicas, tanto en la dirección como en la enseñanza parvularia, como parte del itinerario de la construcción de referentes curriculares que se está promoviendo. -Sobre el ajuste curricular, señaló que una comisión de especialistas se está abocando a la tarea de actualización de las bases curriculares de educación parvularia. Además, se establecieron estándares de gestión indicativos para futuras evaluaciones de la Agencia de Calidad y se determinó la renovación de textos para el aprendizaje y la orientación metodológica para experiencias centradas en el juego. En referencia a preocupaciones generales planteadas en la discusión del proyecto, señaló, sobre los jardines infantiles vía transferencia de fondos, que forman parte de la red pública directamente vinculada con Junji; se proyecta su inclusión en el fortalecimiento y la institucionalidad de la educación pública. En cuanto al financiamiento equitativo, recordó que existe un protocolo de acuerdo en la Ley de Presupuestos donde se proyecta una homologación de remuneraciones y coeficientes técnicos. Añadió que se está trabajando en estudios y proyecciones de una estructura de financiamiento, pensando en que la educación parvularia requiere un financiamiento basal, y que se establecerá la unificación de estándares de funcionamiento para todos los establecimientos que reciben financiamiento del Estado y de autorización para los particulares pagados, entre otros aspectos. Respecto de la eventual hiperescolarización, sobreescolarización o escolarización, expresó que se dispone de bastantes herramientas legales y curriculares para evitarla. Sobre el concepto de calidad, destacó que se busca una educación parvularia que controle aquellos factores esenciales que la garanticen. A este respecto indicó que la LGE y las bases curriculares establecen conceptos actualizados sobre calidad y que el Plan de Nacional de Aseguramiento de la Calidad realiza ajustes a las bases curriculares, establece nuevos estándares de enseñanza y favorecerán la protección de la calidad. Acerca de los primeros avances de la Reforma, resaltó la localización de las primeras 500 salas cuna, las propuestas de ley presentadas al Congreso, el funcionamiento en la actualidad de 10 comisiones técnicas para el diseño de las medidas de mejoramiento (en las que participan Mineduc-Junji-Integra) y se tratan temas de legislación, normativa, cobertura, estándares indicativos, currículo, evaluación, espacios educativos e infraestructura, entre otros. En este mismo aspecto, se refirió a la cooperación de un panel de 15 expertos que trabajan en temas relativos a la estructura de financiamiento, currículo, inclusión, liderazgo pedagógico y desarrollo docente. Mencionó además la realización de jornadas de consultas y participación ciudadana. Finalmente, y en relación a la planificación de medidas relativas a institucionalidad, regulación y aseguramiento de la calidad, expuso el siguiente cronograma que resume los principales hitos y plazos de cumplimiento estimados. IMAGEN B) Audiencias. Luego de la presentación del proyecto, la Comisión destinó cinco sesiones a escuchar a personas e instituciones interesadas en asistir a opinar sobre el mismo.A continuación, se sintetiza la opinión sobre la iniciativa legal que expusieron las siguientes personas : 1. La Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji), señora Desirée López de Maturana Luna. La señora López de Maturana asistió acompañada por el Director del Departamento de Contraloría Interna, señor Agustín Moreno; la Directora del Departamento Técnico, señora Antonia Cepeda, y la Jefe de Comunicaciones, señora Bernardita Álvarez. Expresó que la misión de la Junji consiste en otorgar educación parvularia pública de calidad y bienestar integral a los niños y niñas, preferentemente hasta los cuatro años de edad, priorizando en aquellos que provienen de familias que requieren mayores aportes del Estado y avanzando hacia la universalización de una educación parvularia pública, gratuita y de calidad. Asimismo, ofrece diversos programas educativos con una perspectiva territorial desde una mirada inclusiva, considerando a los niños y niñas como sujeto de derechos y reconociendo las potencialidades educativas de los contextos familiares, sociales y culturales para dar mayor pertinencia a sus aprendizajes. Por otra parte, los ejes de la gestión son, en primer lugar, calidad en educación, esto es, desarrollar procesos educativos de calidad que favorezcan en los párvulos el logro de “aprendizajes significativos” en el marco de los énfasis de la política pública de educación, a través de la provisión de servicio, diseño e implementación de programas educativos, trabajo con familia, supervisiones, capacitaciones, entre otros. En segundo término, se encuentra el bienestar integral, es decir, promover ambientes adecuados y favorables para el desarrollo integral de los niños y niñas, y el bienestar laboral de las funcionarias y funcionarios, a través del mejoramiento de climas, desarrollo de capacitaciones y estrategias específicas para el buen trato. Un tercer aspecto dice relación con la gestión integrada o desarrollo de una gestión técnica y administrativa integrada (a nivel nacional, regional y territorial) que pone en el centro las necesidades y demandas de los programas y jardines infantiles, orientada a procesos y resultados sostenibles en el tiempo. En cuarto lugar, se requiere un aumento de cobertura, o sea, avanzar en el acceso universal hacia una educación inicial de calidad para todos los niños y niñas, en espacios educativos enriquecidos y que respondan a las particularidades y necesidades de las familias, párvulos y territorios, a través de la ampliación de cobertura y construcción de nuevas salas cuna y niveles medios. El último eje de la gestión consiste en conseguir liderazgo técnico pedagógico, esto es, potenciar el liderazgo educativo de los equipos directivos y pedagógicos, a partir de la experiencia y saber institucional acumulados, contribuyendo al fortalecimiento de la educación inicial pública y de calidad, generando estudios, publicaciones, conocimientos y capacitaciones a terceros. Luego, precisó que el 98,5% de los párvulos se encuentra en los 3 primeros quintiles de pobreza; el 71,57% de las madres de niños y niñas trabajan y,o estudian, y el 1% aproximadamente de los niños y niñas que asisten a Junji tienen necesidades educativas especiales (NEE), presentando principalmente déficit motor, trastornos de la comunicación y discapacidad mental. Por otra parte, el 5.70% de párvulos tienen pertenencia étnica, principalmente mapuche (el pueblo originario con mayor presencia es el mapuche, con un 82,56% en sus diferentes ramas). El 42,92% de los hogares de niñas y niños son de jefatura de hogar femenina. El 1% aproximado de niños y niñas son extranjeros que provienen principalmente de Perú (39,44%), Bolivia (12,78%), Colombia (11,11%), Argentina (9,44%) y de Haití (6,67%), y el 14% de las niñas y niños que asisten a Junji son de zonas rurales. Expresó que la supervisión consiste en un proceso de asesoría, seguimiento, evaluación y control para promover la calidad educativa integral de los distintos programas educativos de Junji, con un acompañamiento crítico, reflexivo, formativo y continuo de los procesos educativos de las comunidades educativas, mejorándose así progresivamente las prácticas pedagógicas y potenciando las capacidades y recursos de los equipos educativos. Acotó que la calidad implica una evaluación con la concurrencia de la sociedad civil, a fin de estrechar la brecha entre el servicio prestado y la expectativa del usuario. Por otra parte, en materia de jardines vía transferencia de fondos (VTF) expresó que se ha avanzado en una capacitación para su personal y se ha considerado el aumento de $30.000 aproximadamente por costo de párvulo. Consultada, destacó la valoración del juego, sin embargo, precisó que para ello es indispensable, por ejemplo, contar con el mobiliario adecuado (retirable con facilidad), y que el juego está presente en las bases curriculares como un principio básico. Finalmente, enfatizó que el concepto de vulnerabilidad no sirve en el desarrollo de los niños, debiendo apostarse a una educación parvularia que trabaje en el desarrollo pleno del ser humano. 2. La Directora Ejecutiva de la Fundación Integra, señora Oriele Rossel Carrillo. La señora Rossel asistió acompañada por la Directora de Administración y Finanzas, señora Sonia Torrealba; el Director Jurídico señor Pedro Bello, y la Asesora señora Camila Rubio. Manifestó que Integra es una institución de derecho privado sin fines de lucro, presidida por el señor Sebastián Dávalos, Director del Área Sociocultural de la Presidencia, que cuenta con 1.061 jardines infantiles y salas cuna, atendiendo a 74.289 niños y niñas en situación de vulnerabilidad social, aportando un 10,5% a la cobertura país, es decir, es uno de los principales prestadores de educación parvularia en Chile. Adicionalmente, el 87% de los niños y niñas pertenecen hogares del I y II quintil de ingreso, y un 21,3% son hijos de madres adolescentes, un 39,2% son jefas de hogar, y un 79,2% son mujeres trabajadoras.Precisó que los desafíos para garantizar el acceso consisten en contar con un sistema de prestadores de calidad, ya que hoy sólo un 28% de los niños y niñas entre 3 meses y 3 años 11 meses que asisten a la educación parvularia. Afirmó que la Fundación Integra entrega educación parvularia de calidad en sus distintos programas y modalidades: jardines infantiles y salas cunas, incluyendo jornada extendida hasta las 19:30 horas, además de salas cunas en 4 recintos penitenciarios femeninos con una matrícula de 32 niños y niñas. En zonas rurales existe el programa “Jardín sobre ruedas” que brinda educación inicial a niños y niñas que no tienen acceso a establecimientos convencionales, clásicos o tradicionales, con una matrícula de 1.146 niños y niñas. También se cuenta con programas especiales, por ejemplo, “vacaciones en mi jardín”, espacio recreativo-vacacional para atender a 5.114 niños y niñas en 100 establecimientos durante el periodo estival; veranadas pehuenches, actividades educativas con educadoras, familias y 70 niños pehuenches en la precordillera de la zona de Lonquimay (Región de La Araucanía), y “mi jardín al hospital”, que proporciona educación parvularia a niños y niñas que se encuentran enfermos y deben pasar una temporada en las unidades de pediatría o cirugía en 9 hospitales, atendiendo a 361 niños y niñas. Integra evolucionó del rol asistencial al educativo, pretendiendo instaurar, para el año 2018, una visión como fundación educativa en las que los niñas y niñas aprendan jugando felices y trasformando el mundo, contribuyendo a un Chile más inclusivo, solidario, justo y democrático. Asimismo, su misión será lograr el desarrollo pleno y aprendizajes entre los 3 meses y 4 años de edad a través de un proyecto educativo de calidad, con la participación activa de los equipos de trabajo, familias y comunidad, valorando principalmente la calidad, la inclusión, la participación, el respeto, la confianza, la transparencia y la apreciación de talentos. Afirmó que los desafíos en coherencia con la política pública en el modelo educativo, consisten en avanzar hacia el acceso universal, lograr aprendizajes relevando el juego, mejorar la inversión directa en los establecimientos en ambientes y tecnología e incorporar la participación de las familias a la comunidad. Por otra parte, en relación a las personas que educan, se debe avanzar hacia la formación docente, mejorar las dotaciones según la normativa vigente, lograr liderazgos apreciativos, una convivencia adecuada y un sistema de compensaciones. En relación a la nueva institucionalidad, sostuvo que existe la necesidad de reordenar y modernizar el actual sistema, a fin de entregar mayor coordinación y marcos transversales e integrales para asegurar la calidad y hacer más eficiente las funciones y atribuciones de cada institución. Para ello, la Subsecretaría de Educación Parvularia tendrá la función de promoción, desarrollo y coordinación de la educación parvularia; de diseño de las políticas y marcos normativos, y un plan de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, necesario para asegurar estándares transversales para este nivel educativo. Además, se encargará de coordinar a los servicios públicos que imparten educación parvularia (financiados por el Estado), permitiendo generar sinergia y colaboración mutua, potenciando a la Junji en su rol de proveedor del servicio, separándola de la función de fiscalización. Luego, la Intendencia de Educación Parvularia tendrá como función fijar los criterios técnicos para la fiscalización del cumplimiento de las normas legales y el uso de los recursos públicos en los establecimientos de educación parvularia. Afirmó como indispensable que todos los proveedores que reciben recursos públicos, respondan a un mismo marco normativo. Asimismo, la Intendencia permitirá promover la rendición de cuentas a la ciudadanía, respecto a cómo se invierte en calidad de la educación parvularia. En definitiva, la nueva institucionalidad permitirá que se cuente con un marco transversal en materia de política, programas y estándares de calidad. La Subsecretaría de Educación Parvularia permitirá coordinar a los proveedores públicos, sin dejar de considerar que Integra es actor relevante con vasta experiencia y dispuesto a participar en las definiciones de políticas, además, ya encuentra trabajando en cumplir los estándares definidos para los prestadores (reconocimiento oficial). La Subsecretaria de Educación Parvularia deberá promover y aunar los planes y programas, siendo el reconocimiento oficial del Estado un piso mínimo que se debe cumplir al 2019. También, apuntó que se debe aumentar el coeficiente en las salas, contar con mayor material didáctico y con programas propios conforme sea el jardín infantil, como elementos indispensables para lograr calidad. Consultada, expresó que en términos macro el proyecto es coherente, ya que resuelve la duplicidad de funciones. Asimismo, apuntó sobre la importancia de relevar el juego en la educación parvularia, ya que no son deseables las instancias que miden aprendizajes y establecen categorías de establecimientos, asimismo, es indispensable mejorar los coeficientes técnicos. 3. El Presidente Nacional de APROJunji, señor Christian San Martín Romo. El señor San Martín asistió acompañado de los Directores Nacionales de APROJunji señores Bernabé Vilaxa Zuleta, George Christie Hidalgo y Jessica Bustos Fuentes. Formuló una serie de observaciones al proyecto de ley, en los siguientes aspectos: En materia de participación, lamentó y rechazó que el proyecto de ley no haya sido discutido previamente con los trabajadores de la Junji, en particular con quienes representa. Asimismo, requirió que cualquier reglamento o decreto con fuerza de ley que emane de este proyecto una vez convertido en ley, considere la participación de los gremios involucrados en su elaboración, lo que estimó como vinculante en todas aquellas materias en las que exista acuerdo. Del mismo modo, exigió participación en la formulación de las potestades que se confieren en el proyecto a la Subsecretaría de Educación Parvularia. Respecto de las facultades de superviligancia y fiscalización, manifestó que no rechaza que éstas se trasladen a la Subsecretaría de Educación Parvularia, de conformidad al artículo 3° del proyecto; sin embargo, no está de acuerdo con que estas potestades puedan ser tercerizadas o externalizadas, a través de empresas privadas, incorporando el lucro en el sistema de regulación y control de la educación parvularia, al igual que como podría ocurrir con la participación de la Agencia de Educación en la medición de los estándares de calidad, de conformidad a la ley N° 20.529.Requirió la incorporación al proyecto de ley de una indicación que prohíba la participación de privados en las labores propias de ambos organismos. En lo relativo al artículo 8° del proyecto de ley, requirió que una vez instalada la Subsecretaría de Educación Parvularia se fortalezca el rol de la Junji y se ponga en valor la función de supervisión y asesoría a los jardines infantiles de administración directa, recogiendo la rica y gran experiencia técnica de sus funcionarios. Finalmente, expresó que los desafíos para la nueva Subsecretaría de Educación Parvularia serán el fortalecimiento del rol de Junji, promover una nueva ley para Junji en respuesta a sus nuevas funciones y atribuciones, impulsar la carrera docente para las educadoras de párvulos que se desempeñen en los niveles desde los 0 a 4 años, y fortalecer la educación inicial estatal, la formación continua vía CPEIP (Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas) y la educación parvularia a través de la desmunicipalización de los jardines VTF. Consultado, manifestó que se opusieron fuertemente al traspaso de funcionarios, porque ello impediría fortalecer el rol de supervisión de la Junji. Se mostró favorable al proyecto, por cuanto en la actualidad se carece de una estructura que ordene a los diversos prestadores del servicio, aún cuando idealmente este proyecto podrá haber refundido a Junji, Integra y VTF. 4. La Presidenta de la Asociación Nacional de Funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (AJunji), señora Julia Requena Castillo. La señora Julia Requena Castillo asistió acompañada del Director Nacional, señor Luis Henríquez; la Tesorera Nacional, señora Grimilda Bruna y la Secretaria Nacional, señora Angélica Vargas. Expresó que representa a la organización de funcionaros que por más de 25 años, ha representado a las y los trabajadores de los jardines infantiles de la Junji (9.500 funcionarios, de un universo de 12 mil trabajadores).Asimismo, siempre ha sostenido que la ley N° 17.301 que crea la Junji, debería mantener su función de promover, estimular y supervigilar, ya que son conceptos diferentes con fiscalizar. Precisó que el rol de supervisión es de apoyo técnico y asesoramiento en los jardines infantiles Junji, basado en la larga experiencia que han acumulado en sus años de existencia respecto de la supervigilancia de los jardines infantiles institucionales, desarrollando un “saber hacer” que va muy ligado al desempeño propio del giro institucional. Por ello es que se mostró contraria al título II, artículo 1°, el artículo segundo transitorios y los artículos tercero y cuarto transitorios sobre traspaso de personal Junji a la Superintendencia de Educación Escolar y la nueva Subsecretaría de la Educación Parvularia, por cuantoprescriben la supresión de pleno derecho en la planta de la institución de origen.Expresó que las disposiciones sobre traslado de personal se contradicen con la reciente modificación de ley de planta Junji, sobre aumento de personal y cargos de planta, aprobada por este Congreso. Solicitó al Ejecutivo considerar excluir a los funcionarios Junji. Asimismo, solicitó que se revise y corrija el punto 3 del mensaje del proyecto, que señala: “Verificara que los establecimientos educativos donde asisten niños y niñas desde los 0 a los 6 años”, en circunstancias de que el beneficio de la ley de posnatal parental es hasta los 6 meses de edad” y que los niños de 6 años asisten a primero básico, lo que corresponde al nivel escolar. Consultada señaló que si bien los VTF hacen un gran esfuerzo, las malas condiciones (en infraestructura, material didáctico, entre otras) les impiden entregar una buena educación.Ahora, en materia de cobertura y coeficiente, precisó que ya han solicitado que se disminuya la cantidad de niños por sala, comprometiéndose el Ministerio de Educación a hacerlo a partir de marzo de 2015, no obstante que desconoce el número que fijará. Enfatizó que no han sido invitados a ningún dialogo en materia de carrera docente y que temen que la separación de los profesionales que no son del área educacional, ocasione perjuicios. Finalmente, mencionó que la Junji tiene presencia regional y provincial, por tanto ya se encuentra bastante descentralizada. 5. El Presidente de la Asociación de Funcionarios de la Superintendencia de Educación Escolar (ASUME), señor Patricio Contreras Rivera. El señor Patricio Contreras Rivera asistió acompañado del Secretario señor Víctor Parga Bustamante, y el Tesorero señor Marcelo Estrada Cancino. Expresó que los problemas que actualmente enfrentan los trabajadores de la Superintendencia tienen como causa directa el diseño institucional establecido en la ley N° 20.529, el decreto con fuerza de ley N° 4 y el decreto supremo N° 338, y consisten principalmente en el menoscabo de derechos para los funcionarios traspasados desde el Ministerio de Educación. Explico que el decreto N° 338, que fijó el encasillamiento y traspaso de personal desde el Ministerio a la Superintendencia, presenta, al menos, el problema del menoscabo de derechos en el caso de los funcionarios traspasados desde el Ministerio de Educación. Del mismo, en el citado decreto existió una errónea adscripción a los grados que debieron asignarse a cada trabajador de planta y contrata, debido a que los funcionarios debían ser traspasados conforme al grado más cercano a la remuneración total que detentaban en el Ministerio, pero aquello no ocurrió. No se consideraron componentes esenciales de la remuneración, tales como la asignación de modernización consagrada en la ley de nuevo trato laboral. Las diferencias detectadas son de tal nivel que alcanza incluso los 5 grados en algunos casos. Producto de lo anterior, se produjo un aumento exagerado de la planilla suplementaria, llegando en algunos casos a representar hasta el 40% de la remuneración total del funcionario.También ocasionó ausencia de carrera funcionaria, que se evidencia a partir de un problema de carácter general y otro específico para los funcionarios que fueron traspasados y a los que no se les están respetando las condiciones que tenían en el Ministerio de Educación. Mencionó que, en términos generales, la estructura de planta creada por el decreto con fuerza ley N° 4 impide toda posibilidad de ascenso, aun cumpliendo el funcionario con los requisitos para ello.Ello se produce porque el diseño no ofrece las “holguras” suficientes para aumentar de grado. No hay espacio suficiente para el movimiento de funcionarios en su legítimo derecho al ascenso. Por otra parte, aseveró que el decreto con fuerza de ley N° 4 en lo que respecta a los requisitos para el ascenso, no hace una deferencia a quienes fueron traspasados y desempeñan una función que anteriormente no exigía requisitos. Lo anterior se traduce en que estos funcionarios han visto truncadas sus posibilidades de tener una carrera dentro del servicio al que fueron traspasados. Apuntó que este proyecto constituye una oportunidad para presentar indicaciones con el objeto de subsanar algunos de los graves errores cometidos, de ahí que iniciaron una mesa de trabajo conjunta con el Ministerio y la Superintendencia de Educación, a fin de consensuar indicaciones a este proyecto de ley, las cuales ya están incluidas en los artículos transitorios. concluyó que, de ser aprobadas las indicaciones presentadas y consensuadas entre la autoridad y Asume, les permitirá entre otras cosas, que los funcionarios de planta traspasados y mal encasillados puedan ser adscritos en titularidad al grado que les corresponde, que el personal traspasado de mayor antigüedad que desempeñaba funciones en el Ministerio y cuyas situaciones no fueron consideradas en el decreto con fuerza de ley N° 4 puedan ver solucionado su problema y generar una nueva estructura de planta que otorgue a los funcionarios una carrera funcionaria y estabilidad laboral, permitiendo así fortalecer el servicio ante los futuros desafíos que se presentan al país en materia de educación. El diputado Robles consultó acerca de la conveniencia y oportunidad de replicar el modelo de Intendencia para la enseñanza básica y media. 6. La Presidenta del Colegio de Educadores de Párvulos de Chile, señora María Soledad Rayo Quintana. La señora Rayo asistió acompañada de la Directora del Colegio señora Mónica de Mesa Contardo.Expuso una síntesis histórica sobre los principales hitos normativos, institucionales y legislativos que han regido la educación parvularia en Chile. Señaló que la educación debe ser considerada como un derecho social y que se debe dirigir a la formación integral de los niños y niñas, evitando la estandarización y escolarización del nivel parvulario. Expresó además la necesidad de fortalecer la educación pública y democratizar el quehacer educativo, tanto en la elaboración de propuestas legales como en la gestión y administración de las instituciones educativas. Al respecto añadió que se debe establecer un marco regulatorio adecuado para la formación de profesionales y las condiciones laborales en que se desenvuelven. En este sentido, destacó como fundamental elaborar una definición de calidad de los aprendizajes de los niños y niñas en edad de educación parvularia, entendiendo calidad como todo aquello que se hace con amor y por amor, respeto, buen trato, conocimiento, compromiso. Así, el sistema de educación de párvulos debe promover y fomentar los principios antes mencionados. En cuanto al financiamiento que se otorga a los establecimientos educativos, indicó que en su mayoría se entrega vía subvenciones por asistencia de niños y niñas, situación que dificulta la ejecución de proyectos según el fin educativo a impartir, rigiéndose finalmente según la “demanda” de mercado. Sobre la creación y funciones de la Subsecretaría de Educación Parvularia, según lo estipulado en los artículos 1° y 2° del proyecto de ley, calificó la propuesta como una medida clave que debiera traducirse en la puesta en práctica de las políticas públicas orientadas a la educación parvularia, ya que permite el establecimiento de una regulación y control para todos los organismos que entregan atención en este nivel. En relación a la creación de la Intendencia de educación parvularia, expresó su total acuerdo a su creación debido a la relevancia que adquiere este nivel educativo, expresando sus inquietudes por la forma y condiciones en que se realizará el traspaso de personal entre las instituciones. Al respecto señaló que se debe asegurar que éste sea voluntario, respetando los derechos adquiridos, asegurando reconocimiento profesional y las condiciones laborales adecuadas al rol que se va a cumplir. En cuanto a la nueva definición institucional de la Junji, manifestó su preocupación por su labor exclusivamente ejecutora de políticas, sin distinción entre rol público o privado en estos proyectos, sin establecer diferenciación en la entrega de financiamiento, y sin participación de profesionales ni asistentes en la confección de normas, planes o programas educativos. Manifestó que la nueva institucionalidad debe aglutinar los esfuerzos al alero de las políticas públicas, otorgando mayor financiamiento a las instituciones públicas de la educación de párvulos; desburocratizando y fortaleciendo la organización de las instituciones del Estado (tanto las que ofrecen educación de párvulos como a quienes forman profesionales); exigiendo condiciones más rigurosas a las instituciones privadas que reciban financiamiento del Estado, y coordinando el sistema de educación de párvulos bajo la educación pública. Destacó la necesidad de regular las instituciones donde se imparta educación parvularia y técnica, estableciendo acreditación obligatoria y contenidos curriculares mínimos para la formación de profesionales. Asimismo, se debe establecer la obligatoriedad de una habilitación profesional docente, la determinación de criterios mínimos de selección de estudiantes, además de un apoyo del Estado en alternativas de perfeccionamiento y formación de post grado. Sobre la necesidad de regulación de condiciones laborales de los trabajadores de educación parvularia, destacó la mejora de salarios, la fiscalización del cumplimiento de las condiciones laborales, el acceso a capacitación, y la incorporación en el estatuto docente o del nuevo estatuto que se creará para los docentes, entre otros. Como medidas urgentes resaltó la necesidad de establecer un Plan de fortalecimiento de la educación pública, acercar los estándares de atención (infraestructura, dotación de personal, horarios, entre otras) a los de la OCDE y establecer un marco regulatorio para la educación de párvulos, que incluya a los trabajadores de la educación como parte de los mecanismos de regulación, control y calidad, entre otros. Finalmente, expresó que el apoyo del gremio está supeditado a la incorporación y participación en la formulación de la propuesta de la reforma educativa del nivel de educación parvularia, requiriendo otorgar claridad a la nueva institucionalidad antes de crear 4.500 nuevas salas cunas y 1.200 salas de jardines infantiles. Manifestó que el sistema debe promover la participación y la generación de organizaciones que den cuenta de las necesidades de los docentes, promuevan el perfeccionamiento y fortalecimiento del sistema educativo y la reflexión sistemática, dialógica y colaborativa. 7. Presidenta Nacional de la Organización Mundial para la Educación Preescolar (Omep Chile), señora Selma Simonstein. La señora Simonstein asistió acompañada de las Directoras del Comité Chileno de Omep, señoras María Victoria Peralta Espinosa y Marcela Fontecilla Núñez. Sobre la actual institucionalidad de educación parvularia en Chile indicó que se debe avanzar a un nuevo modelo de gestión de alta especialización, pues existe consenso nacional en la necesidad de establecer mejoras en la institucionalidad pública vigente, la que presenta características muy variadas y dispersas. Destacó el efecto negativo que provoca en el sistema la heterogeneidad de los marcos regulatorios que se aplican a las distintas instituciones que proveen educación parvularia, tanto en materia de financiamiento, como en requisitos de funcionamiento y fiscalización. Calificó la creación de la Subsecretaría de Educación Parvularia como un gran avance para la educación parvularia, puesto que se genera una entidad especializada en el mencionado nivel educativo, modificando su estatus al interior del sector educación. Sin embargo, destacó la necesidad de definir con mayor precisión las funciones y atribuciones de la Subsecretaría, tomando algunos resguardos relativos al cumplimiento de espíritu del de la ley, en cuanto a mejorar y optimizar el sistema y no necesariamente a refundarlo. Por tanto la generación de las respectivas propuestas debiera considerar la participación de las instituciones que tienen trayectoria en educación parvularia en el país. Manifestó la importancia de definir la forma en que la Subsecretaría será representada en las regiones y provincias, así como las relaciones que se establecerán con el nivel central, en el entendido que se pretende avanzar cada vez a una mayor regionalización. Señaló en este sentido, que la diversidad social y cultural es un factor esencial a considerar en la educación parvularia, debido a la relevante influencia de la familia y las comunidades en ella. En cuanto a los requisitos para ejercer como Subsecretario, declaró la conveniencia de establecer que esta función sea cumplida por un profesional universitario del sector educación parvularia. Sobre la Intendencia de Educación Parvularia manifestó que constituye un nuevo dispositivo de control administrativo estatal y especializado, sustituyendo la función de supervigilancia atribuida a Junji desde el año 1970. Consideró que esta iniciativa es una buena noticia para el sistema educativo, tanto en aspectos relativos a la defensa de la garantía de la redistribución de recursos y oportunidades para el aprendizaje, como en la mejora de la eficiencia y coordinación del sistema educativo. Asimismo, el establecimiento de marcos regulatorios homogéneos fortalece, a su juicio, los procesos de fiscalización, suponiendo un importante ordenamiento de funciones y criterios de operación, y garantizando un acceso con niveles mínimos de calidad educativa para todos. Sin embargo, advirtió que resulta esperable que la instalación de una Intendencia de Educación Parvularia deba enfrentar resistencias locales propias del campo profesional. En relación a definiciones generales incluidas en el proyecto de ley, destacó la necesidad de clarificar y detallar los conceptos de “educación parvularia de calidad”, “coordinación de los servicios públicos que imparten dicho nivel educativo” y participación “de los distintos sectores de la sociedad” con el fin de resguardar la calidad del servicio educativo ofrecido y el establecimiento de consensos en las políticas que se definan. En cuanto a la heterogeneidad de criterios y recursos establecidos en la actualidad, y en función del logro de mayor equidad, destacó la necesidad de concordar estándares básicos en aspectos relativos a la procedencia y calidad del material didáctico otorgado a las diferentes instituciones públicas que proveen el servicio. Señaló además la conveniencia de realizar una adecuada supervisión, acompañamiento y revisión de los proyectos educativos para todos los prestadores de servicios (en especial para el sector subvencionado), y la estandarización de coeficientes adulto-niño y condiciones laborales. Sobre este último punto destacó la necesidad de contar con horas no lectivas para la planificación, evaluación y formación continua. 8. La Oficial a Cargo de UNICEF Chile, señora Francisca Palma, y el Consultor de Educación, señor Daniel Contreras. La señora Palma expuso que a través de la Convención sobre los Derechos del Niño, la Primera Infancia y la Educación Parvularia, ratificada por Chile en el año 1990, UNICEF estableció el marco necesario para logro de su objetivo de apoyar a los Estados a obtener leyes y políticas que garanticen y respeten los derechos de los niños. Indicó además que el Comité de Derechos del Niño en su Observación General N° 7 realiza una especial orientación para garantizar los derechos establecidos en la Convención en la primera infancia. El señor Contreras señaló, sobre el derecho a la educación, que su acceso y permanencia deben ser garantizados, permitiendo que el proceso de aprendizaje se realice sin discriminación y orientado al propósito de desarrollar en todos los niños y niñas el máximo de su potencial.Añadió que el Estado es el principal garante de los derechos de la primera infancia y que los esfuerzos de inversión en educación inicial son una decisión de alta rentabilidad económica y social, que requiere que los niños y niñas, reciban en su contexto -familia, centro educativo, jardín infantil, barrio todo el apoyo necesario para desarrollar el máximo sus potencialidades. Consultado sobre la conveniencia de estipular en la ley la definición de calidad, el señor Contreras señalé que aun cuando puede ser materia de reflexión su inclusión, indicó que tanto la LGE como la ley de Aseguramiento de la Calidad incluyen una definición de calidad integral y, en general, alineada con los instrumentos internacionales asociados a los derechos de educación. Sin embargo existe una debilidad en la definición de los instrumentos que lo materializan y lo hacen efectivo. Añadió que UNICEF propuso una definición de calidad en educación que especifica condiciones que se debe asegurar a los niños en materia de alimentación, seguridad, infraestructura, docentes y conjunto de aprendizajes que deben definirse. Sobre el actual escenario institucional de la atención a la primera infancia, expuso que se caracteriza por la falta de coherencia respecto de la función fiscalizadora por parte de los organismos competentes. Así, la Superintendencia de Educación cuenta con atribuciones fiscalizadoras respecto a la educación parvularia de escuelas en los niveles de transición 1 y 2; Junji respecto de sus jardines Infantiles y salas cuna (y voluntariamente a privados); y los municipios respecto de patentes e infraestructura de los jardines infantiles privados.Añadió que existe una relativa desatención en la fiscalización a los jardines particulares privados y duplicidad de funciones de provisión y supervisión de la Junji. Calificó la debilidad del órgano rector como el principal obstáculo institucional en la actualidad.En este sentido, destacó la necesidad de establecer una entidad responsable de elaborar un plan integrado de desarrollo para la educación parvularia, de orientar la formación inicial de las educadoras de párvulos, de establecer una coordinación y articulación para las transiciones educativas, y de definir las funciones de evaluación y monitoreo regular de estándares de calidad. En este escenario, acotó que, aun cuando se dispone de un volumen relevante de recursos para educación parvularia y con instituciones con experiencia en trabajo de calidad, existe una falta de coordinación que debilita la capacidad de garantizar adecuadamente el derecho a la educación de calidad integral para todos los niños y niñas en la primera infancia. En consecuencia, señaló que la creación de la Subsecretaría de Educación Parvularia propuesta en el proyecto de ley en discusión, constituye una contribución relevante al cumplimiento del derecho a la educación en la primera infancia, al fortalecer la capacidad de rectoría del Estado, generando una oportunidad para sentar las bases de un sistema coordinado y superando duplicidad y superposición de funciones en algunas áreas. En este sentido, calificó como un complemento efectivo la propuesta de las tareas centrales definidas para esta nueva institucionalidad, incluyendo los elementos básicos de una política de desarrollo de la educación parvularia. En un sentido más específico destacó como avances tanto la definición de una instancia responsable por la política, evaluación y seguimiento del desarrollo del sistema, como el ordenamiento y segregación de las funciones de provisión y de fiscalización. Sobre aspectos del proyecto de ley que podrían perfeccionarse, señaló la falta de referencias a modalidades educativas alternativas o flexibles, las que son parte de la política pública y requieren parámetros de calidad integral. Consultado sobre la conveniencia de incorporar modalidades educativas en el proyecto de ley, consideró que aun cuando en ocasiones los contextos en los en que se despliegan son difíciles, se debe asegurar su calidad, por lo que le parece pertinente referirlo, si no en la ley, en la política pública pertinente. En materia de protección y prevención, indicó que el proyecto podría contener, en la definición general de las funciones de la nueva institucionalidad, políticas educativas que promuevan instancias en las que se escuche y considere la voz de los niños. Finalmente, manifestó que se debe reforzar la promoción del involucramiento de las familias en el proceso educativo de los niños y el trabajo con las familias, desde el enfoque de coparentalidad activa. Consultado sobre el desarrollo de una política o práctica de mayor involucramiento con los padres en el proceso de desarrollo de sus hijos, destacó la importancia de revisar la experiencia de estrategias y prácticas aplicadas en Chile, puesto que tanto Junji como Integra han realizado esfuerzos por incluir mejores políticas de involucramiento de las familias. Agregó que la implementación de estas prácticas debe estar alineada con el resto de los instrumentos, es decir, lograr un centro o jardín que tenga una apuesta central por trabajar el vínculo con la familia, requiere la asignación de tiempos adecuados, recursos y establecimiento de metas institucionales que valoren este tipo de esfuerzo. En cuanto a la coparentalidad e involucramiento de los padres, indicó que se requiere un trabajo intenso al respecto en términos de formación, esfuerzos personales y modificación de tradiciones en la forma en que el jardín se comunica con los padres, priorizando la comunicación con la madre. En relación a aspectos globales, no contenidos en el proyecto de ley señaló que, no obstante es difícil establecer la diferenciación entre educación y desarrollo en la primera infancia (de 0 a 8 años de edad), existe una clara distinción en la responsabilidad tanto del sector educativo como de otros sectores involucrados en colaborar en el desarrollo general de los niños y niñas, básicamente en aspectos relacionados a la protección social y salud, entre otros. Por lo anterior, destacó la necesidad de incluir entre las funciones de la Subsecretaria de Educación Parvularia, la coordinación y representación en las instancias intersectoriales para el desarrollo de las políticas dirigidas a la primera infancia que no están directamente relacionadas con educación parvularia. 9. La Decana de la Facultad de Educación y Ciencias Sociales de la Universidad de Magallanes, señora Anahí Cárcamo Águila. La señora Cárcamo expresó, sobre el concepto de calidad, que se trata de una definición amplia, compleja y subjetiva que requiere coherencia en la orientación y coordinación que proveerá la nueva institucionalidad, considerando la participación de los diversos actores involucrados o relacionados con el desarrollo de la infancia, a nivel nacional, regional y local. Manifestó que debe relevarse el proceso de aprendizaje por sobre el proceso educativo, estableciendo una relación más democrática y recíproca entre los educadores y los niños y niñas. El logro de este objetivo requiere definir los criterios, políticas y atribuciones con que contará cada institución. En este sentido, destacó la necesaria definición de la infancia que se busca en Chile, y de los valores y potencialidades que se quiere desarrollar considerando la diversidad local en que se desenvuelven los niños. En relación a la definición de funciones y atribuciones de la Subsecretaría de Educación, indicó que se debe elaborar un sistema de acreditación de manera participativa y cooperativa entre las instituciones públicas y privadas que están vinculadas a la primera infancia, con el fin de definir los estándares de calidad esperados. Añadió que las funciones de la nueva institucionalidad no deben remitirse a tareas de fiscalización, debiendo constituir además una instancia de participación, cooperación e interrelación entre los actores involucrados, realizando un acompañamiento que permita potenciar las buenas prácticas y superar las debilidades dentro del sistema.Propuso además, una mirada sistémica para fomentar la adecuada articulación dela transición entre los distintos niveles de la educación. En relación a los desafíos y sugerencias específicas para la nueva institucionalidad, destacó la necesidad de establecer un trabajo conjunto de coordinación y planificación entre los ministerios en temas relacionados con la infancia. A nivel regional y local sugirió desarrollar mecanismos de coordinación entre instituciones formadoras de profesionales y técnicos que trabajen directa o indirectamente con los niños y niñas. Finalmente, y en este mismo sentido, propuso establecer vínculos apropiados con los niños y niñas y la creación de “consejos de la infancia”. Al respecto refirió la experiencia de su región en el trabajo con “mesas de infancia”, con el objeto de fomentar y apoyar el trabajo técnico-pedagógico para que tenga coherencia y orientación homogénea. En el ámbito del espacio educativo, sostuvo que para producir los cambios esperados se debe desarrollar un espacio democrático y cooperativo considerando que la educación de la infancia es una construcción social, política y cultural. Así, la nueva institucionalidad debiera considerar que el aprendizaje no se adquiere exclusivamente desde el sistema escolar, por lo que debe velar porque se apliquenpolíticas relacionadas en diversos ámbitos.En este sentido, mencionó medidas tales como la revisión de los programas televisivos y las políticas de medios para la infancia en el país, además de socializar los intereses de los niños en las decisiones de planificación e inversiones regionales y locales. Al respecto, acotó que los libros de texto que entrega el Ministerio debieran considerar aspectos pertinentes a las respectivas regiones, situación que favorecería a los niños, para reconocer su naturaleza y generar identidad e identificación. Finalmente, expuso que la nueva institucionalidad debe tener una política de inclusión permanente de educadores, educadoras de párvulos, niños y niñas facilitando el enriquecerse desde la diversidad. Consultada su opinión en relación al sistema de formación docente, señaló que se debe tener una mirada sistémica para aunar criterios y ser coherente en la articulación de una buena formación de los educadores. Destacó la importancia de establecer mecanismos de retroalimentación de la información generada, tanto en procesos evaluativos como de acreditación, facilitando la creación de métodos de autoevaluación que permitan elaborar una propuesta de mejora a las prácticas aplicadas. 10. El Presidente de Educación 2020, señor Mario Waissbluth Subelman. El señor Waissbluth asistió acompañado de la asesora legislativa señora Patricia Schaulsohn Brodsky y el investigador señor Diego Vela Grau. Iniciando la Orden del Día el Presidente de Educación 2020, señor Mario Waissbluth Subelman expresó que los niños estimulados y bien cuidados logran ventajas sustantivas de socialización, emocionales e intelectuales, que inciden directamente en su desempeño futuro. Según estudio de FONIDE, el factor más relevante para explicar el desempeño académico es el logro temprano alcanzado por cada estudiante y según PISA-2012, los jóvenes que asistieron a educación parvularia por más de un año se desempeñaron mejor en la prueba, llegando a aventajar a los que no, en hasta un año de escolaridad. En Chile, los niños de 36 meses del quintil más pobre manejan la mitad del vocabulario que los del quintil más rico, es decir, llegan a prekinder con la carrera perdida. Además, según estudios internacionales invertir un dólar en esta etapa genera un retorno de hasta 8.1 dólares a futuro, esto es, 8 veces más que en educación superior. Apuntó que si bien se hace un esfuerzo creciente para aumentar la cobertura aún perduran las diferencias en los primeros quintiles. La cantidad de niños sin cobertura es mayor que en los quintiles más ricos, aunque en kinder esta diferencia es baja, se incrementa conforme disminuye la edad del menor. La falta de planificación en este aumento de cobertura ha derivado en que algunas zonas cuenten con sobreoferta (donde Junji e Integra compiten por matrícula), mientras que otras carecen de cupos para cubrir la demanda. A diferencia de la educación escolar, la matrícula en el nivel parvulario se concentra en establecimientos administrados por el Estado, (Junji e Integra) con más del 80% del total. Afirmó que la actual institucionalidad de la educación inicial es un “caos”, porque se organiza en torno a tres instituciones: la Junji, Integra y la Unidad de Educación Parvularia (UEP) de la División de Educación General del MINEDUC. Asimismo, Junji e Integra focalizan su atención en niños desde su nacimiento hasta los 4 años, sin perjuicio de que ambas instituciones entregan servicio en kinder y prekinder, pero en menor medida, dado que es el Mineduc, a través de la UEP, la institución que concentra la oferta para los niños entre los 4 y 5 años en establecimientos educacionales. Enfatizó que Chile requiere una nueva institucionalidad en el nivel inicial para asegurar la pertinencia de las políticas aplicables a la educación parvularia, la fiscalización en su aplicación, la coordinación de los actores, y que además, separe las funciones de la provisión del servicio. Afirmó que el proyecto responde adecuadamente a la necesidad de ordenamiento y modernización del sistema de educación parvularia, separando las funciones de diseño de política, de fiscalización, de evaluación y de provisión del servicio educativo. Asimismo, se releva la importancia de la educación parvularia mediante la creación de una Subsecretaría de Educación Parvularia que cumplirá, entre otros, el rol de diseñar y gestionar las políticas públicas, y una Intendencia, dependiente de la Superintendencia de Educación, cuyo rol permitirá la aplicación de manera adecuada, de la fiscalización del cumplimiento de la normativa educacional. Con esta nueva institucionalidad se busca fortalecer a la Junji como entidad pública, en el marco del fortalecimiento del Estado, para adquirir un rol activo y protagónico en la provisión directa del servicio. Sin embargo, se debe poner atención a las distintas categorías de establecimientos de educación parvularia, las que no se deducen de esta ley, pero sí, de la legislación vigente: los reconocidos por el Estado y los que requerirán autorización para funcionar. Es fundamental procurar que ambas categorías respondan a los mismos estándares y a la misma exigencia de cumplimiento. Por otra parte, dentro de los requisitos para obtener la autorización o reconocimiento debe quedar expresamente establecido, para todos los establecimientos que reciban subvención estatal -si llegaren a existir-, la prohibición del lucro, la selección y el financiamiento compartido. Los establecimientos que reciben subvención estatal, según la ley de Aseguramiento de la Calidad, tendrán plazo hasta el 2020 para obtener el reconocimiento oficial, lo cual es excesivo. Propuso acortarlo al 2017. Asimismo, aseguró que se deben establecer en la ley plazos para definir el plan de aseguramiento de la calidad, detallando qué debe incluir y en qué consistirá dicho plan, definiendo los estándares mínimos de calidad, por ejemplo, los coeficientes técnicos. Surge la necesidad de hacer dialogar este proyecto con la nueva política nacional docente, porque es imposible asegurar calidad sin preocuparse de la formación de las y los educadores en programas e instituciones debidamente acreditadas, y sin asegurarles una carrera docente exigente y desafiante, que considere mejores condiciones laborales. En este sentido, sostuvo como crucial que dentro de las funciones de la Subsecretaría se imponga la de establecer los perfiles de competencias que debe tener un educador y un técnico (o revisar las existentes), y hacerlas dialogar con las carreras técnicas y de educación parvularia, en el marco de una nueva ley de acreditación. Enfatizó que una educación inicial de mala calidad puede incluso llegar a ser perjudicial. Una educación parvularia de calidad debe tener presente por sobre todo el bienestar del niño, considerando tres aspectos claves: la pertinencia, la equidad y el enfoque de derechos. Además, un programa de calidad debe contener a lo menos los siguientes aspectos: (Unesco, The Economist) formación de los educadores, salarios de los educadores, coeficientes técnicos y tamaño de los grupos de niños, marco curricular, marcos de salud y bienestar en interacción con la salud primaria, mecanismos de recolección de datos, articulación entre educación parvularia y básica, programas educativos que incluyan el involucramiento con las familias e infraestructura, espacio y mobiliario adecuado En Chile los desafíos pendientes dicen relación con la profesión docente; la formación de las educadoras y educadores de gran nivel, en las masivas cantidades requeridas; mayores y más exigentes requisitos de admisión a las carreras de educación parvularia (hoy el corte es de 500 puntos); una nueva ley de acreditación que pueda asegurar la excelencia de las casas de estudio y sus programas, y una carrera docente atractiva y desafiante que contemple mejores condiciones laborales, porque hoy las y los educadores de párvulos al momento de egresar ganan en promedio $ 370 mil pesos.Además, se encuentra pendiente la elaboración del reglamento de la ley Chile Crece Contigo, de 2008. Todo sin pasar por alto la formación y capacidades de las y los asistentes de párvulos, lo que obliga a definir si bastará para ejercer dichas funciones el título de técnico proveniente de la educación media o se exigirá un nivel superior. En materia de cobertura con calidad, hizo presente que el número de educadoras por sala está normado por el decreto N° 115, que establece en sala cuna una educadora cada 42 niños y en los niveles medios una educadora cada 32 niños. Estos coeficientes, al igual que el tamaño de los grupos de niños, distan mucho de los que debiera considerar un programa de calidad y de lo que señala la OCDE.Afirmó que en realidad son guarderías y no establecimientos educativos. Los desafíos pendientes en formación e infraestructura están constituidos por el necesario cambio en los coeficientes técnicos vigentes lo que generará un importante aumento de demanda de educadores que el sistema deberá cubrir para sustentar la mejora. Según sus estimaciones, sólo para cubrir el aumento de cobertura señalado por el Gobierno (con mejores coeficientes técnicos), se necesitarán con urgencia a lo menos 7.845 educadoras (más del doble que con los coeficientes actuales), y 15.690 nuevos técnicos. Formar a estos profesionales en instituciones de probada calidad es un tremendo pero irrenunciable desafío, en este nivel no se puede correr riesgos. Por otro lado, la proporción entre salas cuna y jardines que se ha anunciado requiere ser revisada a la luz de la demanda real existente en cada comuna. Eventualmente puede ser menor que la oferta planificada.También se encuentra pendiente, la olvidada realidad de los técnicos educación parvularia, quienes cumplen un rol significativo en el cuidado de los niños y en el apoyo a las educadoras, ya que son quienes pasan más tiempo con los pequeños y su labor tiene más impacto de lo que comúnmente se piensa. El universo formativo de los asistentes de párvulo es heterogéneo y de poca calidad, porque, por una parte están los centros de formación técnica e institutos profesionales (que en su mayoría no están acreditados), y por otra, los liceos técnico profesionales que tienen la especialidad de educación parvularia, en que los alumnos se titulan como técnicos de nivel medio y quedan habilitados para trabajar en jardines y salas cuna. Se requiere con urgencia atender la formación inicial de los asistentes de párvulos y aunar criterios en el levantamiento del perfil profesional para los técnicos de nivel medio y superior. Asimismo, manifestó que aprovechando la nueva institucionalidad que se crea podría establecerse como tarea fundamental de la Subsecretaría el desafío más importante en educación parvularia, esto es, desarrollar, con participación de todos los actores relevantes, un plan nacional de educación inicial, a 20 años plazo, que cuente con políticas, orientaciones, acreditación formativa, instituciones de educación superior, enfoques curriculares, cifras, cronogramas y presupuestos, que sirva como guía maestra para el desarrollo futuro del país. La ley debiera dar un plazo perentorio para consensuar este plan nacional de educación inicial a 20 años, en que se balancee adecuadamente la demanda geográfica entre sala cuna y jardines, con modelamiento detallado. Finalmente, sostuvo que es en este nivel donde se juega el futuro del país. El Chile del 2120 quedará definido por vía de los hijos de los hijos de quienes ingresen hoy (o no) a una sala cuna o jardín de excelente (o mala) calidad. Consultado, hizo presente que el problema de formación inicial en cantidad y calidad, es quizás, el desafío más grande de la reforma educacional, porque si bien existen convenios entre el Ministerio de Educación y algunas facultades de pedagogía, no son suficientes y deben inyectarse a lo menos US$ 20 o 30 millones para formar convenios a largo plazo con las mejores facultades.Asimismo, expresó que los nuevos centros de formación técnica no son una solución, porque están recién naciendo y carecen de experiencia.Afirmó que el plan nacional de educación parvularia debe tener miradas regionales. Luego, puntualizó que las escuelas en Chile están sometidas a una asfixia muy importante, de parte de las instituciones públicas (Contraloría General de la República, Superintendencia de Educación Escolar, Ministerio de Educación, entre otras), por ello si bien este proyecto es necesario, debe cuidarse que no se convierta en más de lo mismo. Manifestó que no se necesita esperar a la nueva Subsecretaría, para definir los coeficientes técnicos (iguales para los distintos proveedores del servicio). Asimismo, cuestionó la necesidad de implementar 4.500 salas cunas y 1.200 jardines infantiles y alertó sobre la dificultad de retraer los efectos de avanzar en cobertura y no calidad. En relación a la ubicación de los establecimientos, expresó que no es materia de ley resolverlo, sino que debe definirse localmente. También, afirmó que las guarderías son necesarias y en horario extendido para los padres que trabajan en horarios especiales.Por último, afirmó que nunca debió dividirse la prestación del servicio en Junji, Integra y VTF, pero ya es muy difícil fusionarlos, lo que no obsta, a que sean iguales los coeficientes, la infraestructura, los programas pedagógicos, entre otros. 11. El ex Director Ejecutivo de la Fundación Integra, señor Sergio Domínguez Rojas. El señor Domínguez asistió acompañado del ex Subdirector de Integra y ex Director de la División General de Educación, señor Ricardo Evangelista. Expresó que el Mineduc, Integra y Junji constituyen las instituciones “públicas” prestadoras del servicio, coexistiendo muchas veces en un mismo territorio y superponiéndose en sus roles, porque las tres prestan el servicio, supervisan, fiscalización y,o asesoran y entregan financiamiento a terceros (subvención). Además, el Mineduc y Junji fijan estándares propios. Se trata de un servicio a todas luces dispar, ya que para entregar el mismo servicio, los montos de subvención tienen una diferencia prácticamente de 1 a 3, así por ejemplo, los jardines con convenio de administración delegada (CAD) que dependen de Integra reciben en promedio $ 50.000 mensuales por niño, pero si ese niño va a uno escuela municipal recibe $ 40.000, luego si asiste a un VTF, recibe $ 90.000 y si asiste a un jardín de Integra, contará con la suma de $ 126.000, lo anterior sin considerar los dineros por concepto de alimentación. Este servicio es dispar también en coeficientes de atención, porque si bien se rigen por el mismo decreto supremo N° 115, en la práctica, son diversos en cada uno de los centros. Advirtió que la cobertura en Chile de 0 a 3 años es de 42%, en Australia 13% y la de Suiza 3%, pese a que invierten bastante más recursos. Se mostró de acuerdo con aumentar los coeficientes de atención. Asimismo, en inversión en infraestructura existen tres montos distintos para construir jardines nuevos, los VTF cuentan hasta 24 unidades de fomento por metro cuadrado, los de Integra invierten en promedio 32 unidades de fomento, y Junji, un poco más 40 unidades de fomento. En relación al apoyo pedagógico, nuevamente hay tres realidades totalmente distintas e incluso se llaman de forma distintita. Es así que en Integra se denomina supervisión; en el Ministerio, asesoría, y en la Junji coexisten dos sistemas. Por su parte, la remuneración personal de aula también es desigual produciéndose la mayor diferencia en los técnicos, llegando a ganar hasta un 50% más en Integra que en Junji. En menor medida, los profesionales de Junji ganan más que las de Integra. Manifestó que la política sobre aumento de cobertura se originó a raíz de la implementación de dos políticas distintas que no conversaron entre sí, lo que generó en algunos casos capacidad ociosa, ejemplo, en Porvenir existen dos jardines infantiles pareados. Además, se carece de la capacidad para formar buenas educadoras en el país para afrontar la meta presidencial.Precisó que debe existir un solo ente que coordine en terreno el aumento de cobertura, porque en las zonas urbanas, salvo, Coquimbo, se encuentran sobrepobladas y en las zonas rurales deben instalarse jardines que se ajusten a esa realidad. En relación a la nueva institucionalidad, expresó que primeramente debe “nivelarse la cancha” para que todos los niños tengan las mismas condiciones con independencia del establecimiento al que asistan. Todos los jardines deben recibir la misma subvención por niño atendido, salvo excepciones, como la ruralidad, modalidades complementarias, entre otras.Asimismo, deben contar con el mismo coeficiente de atención, inversión en infraestructura y remuneración. Propuso transformar a Integra en un sostenedor VTF; cambiar el financiamiento de Integra (de transferencia a subvención) dependiente de un consejo autónomo y no del Gobierno de turno; cambiar la dependencia de Integra (no su naturaleza); transformar los jardines CAD en VTF, nivelando todo el sistema a las mismas condiciones y presupuestos; traspasar el rol fiscalizador de la Junji a la Superintendencia y que el aumento de cobertura de Junji sea a través de jardines VTF licitados, para evitar ser juez y parte. Expresó que las funciones que el proyecto entrega a la Subsecretaria de Educación Parvularia (proponer políticas, planes y programas; normas legales y reglamentarias, especialmente vinculados al reconocimiento oficial; bases curriculares, adecuaciones y programas de estudio; plan nacional de aseguramiento de la calidad a la Agencia de la Calidad, y políticas y programas para fomentar el acceso. Además, de desarrollar estudios e investigaciones y programas de apoyo técnico-pedagógico), ya son realizadas por distintas divisiones del Ministerio de Educación, por tanto, es innecesario crear la Subsecretaría de Educación Parvularia, porque es fundamental que la articulación educación parvularia y básica se realice por un mismo agente, evitándose la duplicidad de recursos (las escuelas podrían tener hasta 5 asesores y fiscalizadores externos) y, porque además, su creación no garantiza mejorar la calidad del servicio. Llamó a crear una División de Educación Parvularia en el MINEDUC, encargada de: diseñar y coordinar la implementación de las políticas públicas, administrar el presupuesto de todo el sistema, proponer el Plan Nacional de Aseguramiento a la Calidad y diseñar e implementar acciones para fortalecer la calidad educativa Por otra parte, el proyecto propone al Intendente el rol de fijar criterios técnicos a fiscalizar y proponer al Superintendente de Educación Escolar la interpretación administrativa de la normativa, instrucciones de general aplicación y la elaboración de informes y estadísticas. Propuso no crear una Intendencia de Educación Parvularia, porque ninguna de sus atribuciones tiene un rol ejecutivo, genera duplicidad de recursos y nuevamente no garantiza mejorar la calidad del servicio. Asimismo, propuso traspasar el equipo de fiscalizadores de la Junji a la Superintendencia y que ésta fiscalice con los mismos criterios que el reconocimiento oficial todos los jardines. 12. La ex Vicepresidenta Ejecutiva de Junji, señora María Francisca Correa Escobar. La Ex Vicepresidenta Ejecutiva de Junji, señora María Francisca Correa Escobar expresó que los prestadores de educación parvularia (0 a 6 años), son los siguientes: -Junji, servicio público descentralizado, con patrimonio y personalidad jurídica propia, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación y entrega educación parvularia preferentemente de 0-4 años a niños y niñas provenientes de los quintiles 1, 2 y 3. -Fundación Integra, fundación privada sin fines de lucro, dirigida por un consejo ad honorem presidida por la primera dama de la Nación y que consta de un director ejecutivo que recibe aportes del Estado por medio del Ministerio de Educación, entrega educación parvularia preferentemente de 0-4 años a niños y niñas provenientes de los quintiles 1, 2 y 3. -Dirección General de Educación (DEG), responsable del desarrollo de los niveles de educación pre básica, básica y media del Ministerio de Educación, dependiente de la Subsecretaría de Educación, niveles de transición 1 (pre kinder), niveles de transición 2 (kinder), escuelas municipales y particulares subvencionadas (4-6 años). -Jardines infantiles particulares, empadronados y no empadronados por la Junji. -Colegios particulares niveles de transición 1, niveles de transición 2, escuelas municipales y particulares subvencionadas, 46 años y play group. -Escuelas de lenguaje para trastornos específicos del lenguaje que atienden a niños y niñas entre 3 y 5 años 11 meses, en niveles medio mayor, nivel de transición 1 y nivel transición 2, dependencia DEG. -Salas cunas habilitadas por empresas o instituciones, que ocupan 20 o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil, en donde las mujeres puedan dar alimento a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras estén en el trabajo. Teniendo presente el esquema general, corresponde abocarse al proyecto de ley, que crea una Subsecretaría de Educación Parvularia, como órgano de colaboración directa del Ministro de Educación en la promoción, desarrollo y coordinación de la educación parvularia de calidad para la formación integral de niños y niñas, desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica.Este organismo debe coordinar los servicios públicos que impartan dicho nivel educativo, así como promover y fomentar en los distintos sectores de la sociedad la educación parvularia, sin embargo, no aborda cual será el camino del segundo prestador más grande del país, esto es, la Fundación Integra. Asimismo, le corresponderá elaborar y proponer al Ministro de Educación un Plan Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, que contemple estándares de calidad y un sistema de acreditación para establecimientos que impartan enseñanza en dicho nivel, el cual será ejecutado por la Agencia de Calidad. No obstante, el proyecto no resuelve si se creará una división de educación parvularia en la agencia. También, le corresponderá diseñar programas de apoyo técnico-pedagógico en el nivel parvulario para las instituciones públicas y privadas que reciban financiamiento estatal y que presten servicios educacionales en dicho nivel. Nuevamente, surgen dudas acerca de lo que pasará con el resto de las instituciones. En cuanto a la organización interna de la Superintendencia, considerará una Intendencia de Educación Parvularia, cuya función será fijar los criterios técnicos que permitan orientar el ejercicio de las atribuciones de aquella. Especialmente, deberá fijar los criterios técnicos que orienten la función fiscalizadora de la Superintendencia respecto de los establecimientos que imparten educación parvularia; proponer al Superintendente la interpretación administrativa de la normativa educacional aplicable a los establecimientos que imparten educación parvularia e instrucciones de general aplicación al sector sujeto a su competencia. Entonces, si la institución encargada de fiscalizar será la Superintendencia, para qué una Intendencia y no una división de educación parvularia o consejo asesor. Además, quién redactará el reglamento del proyecto de autorización de establecimientos de educación parvularia, que ya se encuentra en trámite. Luego, su artículo cuarto transitorio dispone que a contar de la fecha de la publicación de esta ley, la Junji continuará ejerciendo sus labores de supervigilancia establecidas en la ley N° 17.301, hasta la fecha en que la Superintendencia de Educación comience a ejercer las facultades de fiscalización que se le otorgan en la presente ley respecto de los establecimientos que imparten educación parvularia. Luego, cabe preguntarse cómo se traspasará la experiencia obtenida por tantos años en Junji. Asimismo, continuará ejerciendo las labores de empadronamiento o autorización que le confiere la citada ley N° 17.301, hasta 6 meses después de la entrada en funcionamiento de la Subsecretaría y la Intendencia de Educación Parvularia de la Superintendencia de Educación. Entonces, se pregunta cómo se compatibilizaran los tiempos con los de autorización de establecimientos educacionales. Finalmente, surgen dudas respecto de la designación del Intendente, por cuanto Superintendente es designado por el sistema de Alta Dirección Pública y el Intendente es de exclusiva confianza. Concluyó que le parece mejor basarse en la arquitectura institucional actual para el sistema de educación básica y media incorporando divisiones de educación parvularia (en este esquema se justificaría una Subsecretaría de Educación Parvularia), pero no una Intendencia dentro de la Superintendencia, si la primera no fiscalizará directamente. Además, el proyecto no hace mención a la creación de una división especializada en la Agencia de Calidad. Finalmente, apuntó que este proyecto de ley no soluciona la permanencia de dos instituciones con la misma función, una dependiente de las fundaciones de la Primera Dama, y otra directamente del Presidente de la República por intermedio del Ministerio. Además, ambas instituciones atienden a los mismos niños, no obstante, no existe equidad de gasto social por niño en ambas instituciones.De la misma forma, las rentas de los equipos de jardines no son equiparables y los métodos pedagógicos y medición de la calidad son absolutamente diferentes en ambas. 13. La Coordinadora Encargada de Organizaciones VTF V Región, señora Bárbara Fernández Escudero. La señora Fernández asistió acompañada de las integrantes de la organización señoras Laura Díaz y Maribel Cataldo.Efectuó una serie de peticiones en beneficio de los trabajadores que representa, entre ellas: -Modificación del horario de funcionamiento y cumplimiento del coeficiente técnico, mediante la eliminación del periodo de 16:30 horas a 19:30 horas, o en su defecto, la modificación del manual vía transferencia de fondos, instaurando como obligación del administrador, la contratación de personal que cubra el coeficiente técnico durante toda la jornada, a través de dos horarios de ingreso para el personal (08:00 a 17:00 horas y de 15:00 a 19:30 horas), brindando posibilidades de trabajo a otras mujeres. -Mejores remuneraciones y beneficios, mediante una modificación en el manual vía transferencia de fondos en relación a los periodos de descanso, instaurando como beneficio real y colectivo el mes de febrero y una semana en periodo de invierno. Así también, bonificaciones, aguinaldo, incentivos, bienios, antigüedad laboral y carrera funcionaria, no dejándolo a criterio de la entidad administradora. -Mejoras en las capacitaciones y evaluaciones, modificando el manual vía transferencia de fondos, instaurando como obligación del administrador, capacitar al personal cada tres meses con certificación. Además de evaluaciones objetivas, realizadas y aplicadas por entidades externas al empleador. Cabe mencionar que lo señalado anteriormente debe ser durante la jornada laboral. -Aumentos en la cobertura de salud para las trabajadoras, por medio del reconocimiento de las siguientes enfermedades como propias de la profesión: estrés laboral, tendinitis y,o quistes en las articulaciones de las manos, lumbago y,o problemas en las articulaciones de las piernas, como también la afonía parcial. -Avances en la protección de los derechos de las trabajadoras, designación de entidad o equipo fiscalizador gubernamental para la vulneración de los derechos de los trabajadores municipales y consideración de trabajadores por área de desempeño laboral para la conformación de sindicatos en las corporaciones. Además esta entidad debe velar por la protección de trabajadores ante acoso laboral por parte de las familias usuarias. Consultada, explicó que los jardines VTF abordan el 70% de la cobertura, y afirmó que las funcionarias VTF no pueden tener a sus hijos en los jardines VTF, sin embargo, en la práctica como nadie fiscaliza a sus empleadores y ellos prefieren ahorrarse el dinero por derecho de sala cuna, igualmente matriculan a sus hijos en los jardines. 14. Superintendente de Educación Escolar, señor Alexis Ramírez Orellana. El señor Ramírez expuso la visión de la Superintendencia respecto del aporte y el efecto que tendrá la creación de la Intendencia de Educación Parvularia en el marco de una nueva institucionalidad. Expresó que, desde el punto de vista de la protección de los derechos de la infancia que la Superintendencia busca cautelar, se debe velar por el desarrollo infantil temprano, reflejado en la Convención de los derechos del Niño, y el resguardo al derecho constitucional de acceso a la educación parvularia. Calificó la actual institucionalidad pública de la educación parvularia como dispersa al presentar duplicidad de funciones y concentrar en una misma institución los roles de prestador, regulador y fiscalizador. Indicó además que se adolece de un órgano de coordinación interinstitucional y de marcos regulatorios uniformes, afectando la equidad y la calidad del sistema. Por lo anterior señaló la necesidad de contar con un sistema que asegure la permanencia y progreso de los niños en este nivel, así como su tránsito hacia la enseñanza básica, ordenando y modernizando la institucionalidad vigente con el objeto de avanzar hacia un nuevo modelo de gestión de alta especialización, que supere las actuales deficiencias en materia de eficiencia, coordinación y financiamiento. Señaló la necesidad de contar con un órgano técnico especializado en temáticas particulares de este nivel educativo, con el fin de permitir el fortalecimiento de la Superintendencia de Educación y potenciar sus capacidades de fiscalización, en base al marco jurídico institucional sobre la cual actualmente opera. En relación a la propuesta institucional del proyecto de ley en discusión, expuso que la Subsecretaría de Educación Parvularia será el órgano rector para la promoción y fomento de la educación parvularia, entendida como un inicio temprano del proceso de aprendizaje de niños y niñas. Entre las funciones propias de la Superintendencia de Educación se contempla la fiscalización del cumplimiento de la normativa escolar y la legalidad del uso de los recursos de los establecimientos subvencionados, el deber de informar y atender las denuncias y reclamos de la comunidad y aplicar sanciones cuando corresponda. Destacó que dichas funciones no se encuentran definidas en ninguna de las instituciones que prestan o vigilan la provisión del sistema y que su creación responde a la necesidad de realizar una fiscalización especializada del sistema escolar. Puntualizó que su ámbito de acción recae sobre sostenedores y establecimientos que cuentan con el reconocimiento oficial. En relación al rol que cumple en el mejoramiento de la calidad resaltó que desde su creación, la Superintendencia es la agencia pública encargada de que establecimientos y sostenedores operen bajo estándares de calidad en sus procesos. Señaló además que actúa como garante de derechos, tanto para los estudiantes y sus familias como para sostenedores, directivos y docentes, según establece la Constitución y la actual normativa educacional. Al respecto destacó su función proactiva al promover el ejercicio de derechos e informar a la comunidad escolar, tarea que se extenderá al nivel parvulario, presentando características particulares en relación a la educación escolar básica y media. Finalmente, indicó que la Superintendencia opera con personal especializado, orientado a la función fiscalizadora, con sólidos conocimientos no solo sobre control de gestión, fiscalización y auditoría, sino que además sobre el sistema escolar, políticas educacionales y gestión pública, y señaló que cuenta con atribuciones, instrumentos y normativa que le permiten desarrollar sus funciones. Sobre la Intendencia de Educación Parvularia, indicó que asumirá la función de fijar los criterios técnicos que permitan a la Superintendencia ejercer sus funciones en relación a este nivel educativo. Hizo presente que se inserta en el marco de aseguramiento de la calidad, potenciando el rol de la Superintendencia en el aseguramiento de los estándares de calidad, en los distintos procesos que tienen que ver con las funciones propias del Servicio. 15. Investigadora del Centro de Investigación Avanzada en Educación (CIAE) de la Universidad de Chile, señora Marcela Pardo. La señora Pardo manifestó que, en su opinión, el proyecto de ley en discusión apunta a un problema relevante en la educación parvularia, puesto que la institucionalidad actual se caracteriza por su fragmentación, situación derivada de la heterogeneidad de los marcos regulatorios que se aplican a las distintas instituciones proveedoras, lo que provoca problemas de calidad y equidad. Dentro de los problemas mencionados destacó la exigencia de requisitos disímiles para impartir educación parvularia, la fiscalización externa parcial y la desigualdad en las condiciones de financiamiento, todo lo cual provoca una vulneración al derecho de educación de calidad, la que no debe depender de la institución proveedora. Sobre estos puntos, realizó una exposición detallada de los principales aspectos que presentan diferencias de exigencia o aportes, señalando sus consecuencias más relevantes. Calificó el proyecto de ley como una contribución relevante, puesto que crea un órgano rector que cuenta con atribuciones para adoptar acciones sobre el conjunto de los establecimientos, y sienta las bases para la unificación de criterios y exigencias a través del marco regulatorio de la educación parvularia, favoreciendo la creación de un sistema de educación coherente y equitativo. Sin embargo señaló que la propuesta de nueva institucionalidad no resuelve por sí misma los problemas expuestos, destacando que se requieren nuevas modificaciones a la normativa legal. Entre estas, mencionó la necesidad de establecer una certificación pública homogénea, obligatoria y universal. Sobre este último punto puntualizó que, si bien la autorización de funcionamiento tiene el mérito de inscribir bajo su tutela a todos los jardines infantiles que hoy día están fuera de la injerencia de las instituciones públicas, se debe velar porque no establezca estándares de calidad inferiores a los exigidos por el reconocimiento oficial. Asimismo señaló como modificación necesaria la redefinición del esquema de financiamiento de la educación parvularia, estableciendo un aporte fijo equivalente por niño en todas las instituciones financiadas públicamente. Sobre la figura de la Subsecretaría manifestó su preocupación por la generación de una institucionalidad distinta a la existente en la actualidad en los otros niveles educativos, a través de la División de Educación General para Enseñanza Básica y Media y la División de Educación Superior. C) Votación en general del proyecto. La Comisión compartiendo los objetivos del proyecto de ley, aprobó en general la iniciativa, por la unanimidad de los diputados Jaime Bellolio, Cristina Girardi, Romilio Gutiérrez, María José Hoffmann, Giorgio Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Yasna Provoste, Alberto Robles, Camila Vallejo y Mario Venegas (Presidente). V. DISCUSIÓN PARTICULAR. Título I: De la Subsecretaría de Educación Parvularia Artículo 1° Crea la Subsecretaría de Educación Parvularia, que será el órgano de colaboración directa del Ministro de Educación en la promoción, desarrollo y coordinación de la educación parvularia de calidad para el desarrollo integral de niños y niñas, desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica. Se presentó una indicación del diputado Venegas para intercalar entre la palabra “desarrollo,” y la conjunción “y” la siguiente frase: “, organización general”. La Subsecretaria de Educación, señora Quiroga apuntó que la indicación complementa y enriquece el proyecto, sin afectar su objetivo. Puesta en votación la indicación, resultó aprobada con el voto favorable de los diputados Espinoza, Girardi, González, Jackson, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas. En contra votaron los diputados Bellolio, Romilio Gutiérrez, Hoffmann, José Antonio Kast y Felipe Kast (8-5-0). Puesto en votación el artículo 1°, fue aprobado con el voto favorable de los diputados Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Jackson, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas. Se abstuvieron los diputados Bellolio, Hoffmann, José Antonio Kast y Felipe Kast (9-0-4). Artículo 2° Dispone que la Subsecretaría colaborará con el Ministro de Educación en la elaboración, coordinación, aplicación y evaluación de políticas y programas en materias destinadas al desarrollo y promoción de la educación parvularia. Se presentó una indicación de las diputadas Provoste, Girardi y Vallejo y de los diputados Espinoza y Morano, para agregar en el inciso segundo, a continuación de la palabra familias las palabras: “y comunidad,”. Puesta en votación resultó aprobada con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Hoffmann, Jackson, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas. Se abstuvo el señor José Antonio Kast (11-0-1). También se presentó una indicación del diputado Venegas para reemplazar en el inciso segundo, la frase “la educación parvularia, como un inicio temprano del proceso de aprendizaje de niños y niñas”, por la siguiente: “el inicio temprano del proceso de aprendizaje de niños y niñas a través de la incorporación a la educación parvularia.”. Puesta en votación resultó aprobada con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Hoffmann, Jackson, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas. Se abstuvo el señor José Antonio Kast (11-0-1). Por último, se presentó una indicaciónde las diputadas Provoste, Girardi y Vallejo, y de los diputados Espinoza y Morano, para agregar en el inciso segundo, a continuación de la palabra aprendizaje, las palabras: “y desarrollo pleno”. Puesta en votación resultó aprobada por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Hoffmann, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (13-0-0). Puesto en votación el artículo 2°, resultó aprobado por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Hoffmann, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Vallejo y Venegas (12-0-0). Artículo 3° Establece funciones y atribuciones de la Subsecretaria. La primera indicación fue del diputado Venegas para reemplazar, en la letra c), la frase, “al nivel parvulario” por “a la educación parvularia”. Puesta en votación resultó aprobada por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Girardi, González, Hoffmann, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (11-0-0). La segunda indicación formulada fue de las diputadas Provoste, Girardi y Vallejo, para agregar a la letra c) a continuación de la frase “publicado el año 2010”, la siguiente oración: “considerando a las instituciones públicas que brindan educación parvularia en la elaboración de las propuestas de las bases curriculares y modalidades educativas aplicables a la educación parvularia, en atención a su trayectoria, experticia y experiencia en este nivel educativo.”. La señora Quiroga afirmó que actualmente los procesos de bases curriculares contemplan la participación de los actores, consultó respecto del tipo de participación a que se refiere la indicación. La diputada Vallejo explicó que el objeto de la indicación es reafirmar la participación de los proveedores del servicio, y en ningún caso conformar un cogobierno. La diputada Provoste afirmó que la indicación es admisible y tiene por objeto dejar establecida la participación como un principio, desde la perspectiva de la elaboración de las bases, para que no quede al arbitrio de las autoridades de turno. El Presidente de la Comisión, en uso de sus facultades, la declaró inadmisible. Cuestionada la declaración de inadmisibilidad y sometida a votación, se estimó admisible, por mayoría de votos. Puesta en votación la indicación, resultó aprobada con el voto a favor de los diputados Girardi, González, Jackson, Provoste, Robles y Vallejo. Por la negativa votaron los diputados Bellolio, Hoffmann, José Antonio Kast, Felipe Kast y Venegas (6-5-0). El diputado Bellolio efectuó expresa reserva de constitucionalidad. Luego se presentó una indicación del diputado Venegas para reemplazar, en la letra g), la frase, “el nivel parvulario” por “la educación parvularia”. Puesta en votación la indicación resultó aprobada por unanimidad, con el voto a favor de los diputados Bellolio, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Hoffmann, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Los diputados Romilio Gutiérrez, Bellolio, Hoffmann y Felipe Kast, retiraron la indicación presentada a la letra j), y se acordó, por unanimidad, facultar a la Secretaría para introducirle una adecuación formal, reemplazando la preposición “en” que antecede a la palabra “instituciones”, por la preposición “ante”. Se presentó una indicación de los diputados Romilio Gutiérrez, Bellolio, Hoffmann y Felipe Kast, para eliminar el literal k). El diputado Bellolio expresó que, tal como se encuentra redactado el proyecto, significa entregar un cheque en blanco a la Subsecretaria para que se celebre “toda” clase actos y contratos con instituciones privadas. La señora Quiroga explicó que la celebración de estos actos y contratos debe efectuarse conforme a la legalidad vigente. Puesta en votación la indicación resultó rechazada con el voto en contra de los diputados Espinoza, Girardi, González, Jackson, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas. A favor votaron los diputados Bellolio, Romilio Gutiérrez, Hoffmann, José Antonio Kast y Felipe Kast (8-5-0). Finalmente, se presentó una indicación de la diputada Girardi, para eliminar el punto final de la letra k), y agregar la siguiente frase: “conforme a las normas que rigen a la Administración del Estado”. Puesta en votación resultó aprobada con el voto afirmativo de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas. Se abstuvo la diputada Hoffmann (12-0-1) El diputado Bellolio solicitó la votación separada de la letra c). Puesto en votación el artículo 3°, con exclusión de su letra c), resultó aprobado por la unanimidad de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, Gonzalez, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Puesta en votación la letra c) del artículo 3°, resultó aprobada con el voto a favor de los diputados Espinoza, Girardi, Jackson, Provoste, Robles y Vallejo.En contra votaron los diputados Bellolio, Romilio Gutiérrez, José Antonio Kast y Felipe Kast. Se abstuvo el señor Venegas (6-4-1). Artículo 4° Fija que será un reglamento expedido por el Ministerio de Educación el que determinará la organización interna de la Subsecretaría. Puesto en votación, resultó aprobado por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Artículo 5° Establece la normativa que regirá al personal de la Subsecretaría de Educación Parvularia. Puesto en votación, resultó aprobado por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Título II: Otras Normas Artículo 6° Modifica los artículos 3° y 5° de la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación, para adecuar su normativa a la creación de la nueva Subsecretaría. Puesto en votación, fue aprobado por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Artículo 7° Modifica el artículo 99 de la ley N° 20.529, que crea un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización, para crear la Intendencia de Educación Parvularia y determinar sus funciones y atribuciones. Se presentó una indicación de los diputados Bellolio y Romilio Gutiérrez para reemplazar, en el numeral 1.- el verbo “fijar” por el verbo “proponer”. Durante el debate, se acordó modificar el inciso segundo, que se agrega, y el numeral 1.- del inciso tercero que se agrega, reemplazando el verbo “fijar” por “elaborar”, la primera vez que aparece y, sustituir “Fijar” por “Elaborar y proponer”, facultando a la Secretaría para adecuar su redacción. Puesta en votación la indicación, en esos términos, fue aprobada por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Se presentó una indicación del diputado Venegas para agregar, en el numeral 1.-, entre las expresiones “técnicos” y “que”, la frase “, de acuerdo con la alta especialidad del nivel de educación parvularia,” y, para reemplazar la frase “que imparten educación parvularia” por la siguiente: “que la imparten.” Puesta en votación, fue aprobada por unanimidad, con el voto a favor de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (11-0-0). A continuación, se presentó una indicación de los diputados Romilio Gutiérrez, Bellolio, Hoffmann y Felipe Kast, para eliminar en el numeral 5.- la expresión “o reglamentos”. Puesta en votación, resultó rechazada con el voto en contra de los diputados Espinoza, Girardi, Jackson y Vallejo. A favor se pronunciaron los diputados Bellolio, Romilio Gutiérrez, Hoffmann, José Antonio Kast y Felipe Kast.Se abstuvieron la diputada Provoste y el diputado Venegas (4-4-2). El diputado Bellolio solicitó votación separada del número 5) del artículo 7°. Puesto en votación el artículo 7°, sin el numeral 5.-, resultó aprobado por unanimidad, con el voto a favor de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Vallejo y Venegas (10-0-0). Puesto en votación el numeral 5.-, resultó aprobado con el voto favorable de los diputados Espinoza, Girardi, Jackson, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas. En contra votaron los diputados Bellolio, Romilio Gutiérrez, José Antonio Kast y Felipe Kast (7-4-0). Artículo 8° Modifica los artículos 1°, 15 y 33 de la ley N° 17.301, que crea la corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles, para adecuar su normativa a las nuevas funciones de la Subsecretaría que se crea. El diputado Bellolio solicitó votación separada del numeral 2). Puesto en votación al artículo 8°, sin el numeral 2), resultó aprobado por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, Romilio Gutiérrez, Jackson, Hoffmann, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Puesto en votación el numeral 2), resultó aprobado con el voto a favor de los diputados Espinoza, Girardi, Jackson, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas. En contra votó el diputado José Antonio Kast, y se abstuvieron los diputados Bellolio, Romilio Gutiérrez, Hoffmann y Felipe Kast (7-1-4). Artículo 9° Crea en la planta de personal de la Superintendencia de Educación, un cargo de Intendente de Educación Parvularia. Puesto en votación, resultó aprobado por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Artículo 10 Modifica el artículo 1° del DFL N° 4, de 2006, del Ministerio de Educación, para aclarar que la referencia se hace al Subsecretario de Educación. Puesto en votación, resultó aprobado por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Artículo 11 Modifica el artículo 89 de la ley General de Educación, con objeto de que se considere en el Consejo Nacional de Educación a tres personas de reconocido prestigio en el área de la educación parvularia, básica o media. Puesto en votación, resultó aprobado por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Artículo 12, nuevo Se presentó una indicación de las diputadas Provoste, Girardi, Jackson y Vallejo, para agregar un artículo 12, nuevo, del siguiente tenor: “Artículo 12.- Reemplázase al final del inciso primero del artículo 33° de la ley N° 20.529, que crea un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización, la frase “En su conformación se velará por garantizar el pluralismo del mismo.”, por la siguiente: “En su conformación se velará por garantizar el pluralismo del mismo, debiendo, al menos, uno de ellos contar con un reconocido prestigio, conocimiento y experiencia en educación parvularia”. Puesta en votación la indicación resultó aprobada por la unanimidad de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, Romilio Gutiérrez, Hoffmann, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Para una mejor ordenación del texto definitivo, este artículo nuevo se incorporó, como numeral 1) al artículo 7°, que también modifica la ley N° 20.529. ARTÍCULOS TRANSITORIOS Artículo primero Dispone que el cargo de Intendente de Educación Parvularia puede ser provisto transitoria y provisionalmente por un funcionario que asumirá de inmediato sus funciones. Puesto en votación, resultó aprobado por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Artículo segundo Faculta al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año establezca las normas necesarias para regular las materias relativas al personal de la Subsecretaría. Puesto en votación, resultó aprobado por la unanimidad de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, Romilio Gutiérrez, Hoffmann, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Artículo tercero Fija materias relativas al presupuesto de la Subsecretaría de Educación Parvularia. Puesto en votación, resultó aprobado por la unanimidad de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Robles, Vallejo y Venegas (10-0-0). Artículo cuarto Establece la fecha de entrada en vigencia de las normas que otorgan facultades de fiscalización a la Superintendencia de Educación. Puesto en votación, resultó aprobado por la unanimidad de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Robles, Vallejo y Venegas (10-0-0). Artículo quinto Dispone la forma en que se financiará el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de la presente ley. Puesto en votación, resultó aprobado por unanimidad, con el voto favorable de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, González, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Provoste, Robles, Vallejo y Venegas (12-0-0). Artículo sexto Dispone que las referencias que las leyes, reglamentos y demás normativa vigente hagan a la Subsecretaría de Educación en materias de educación parvularia deberán entenderse hechas a la Subsecretaría de Educación Parvularia. Puesto en votación, resultó aprobado por la unanimidad de los diputados Bellolio, Espinoza, Girardi, Romilio Gutiérrez, Jackson, José Antonio Kast, Felipe Kast, Robles, Vallejo y Venegas (10-0-0). VI. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN. No hubo artículos rechazados por la Comisión. Se rechazaron las siguientes indicaciones: Al artículo 3° -De los diputados Romilio Gutiérrez, Bellolio, Hoffmann y Felipe Kast, para eliminar el literal k). Se rechazó por mayoría de votos. Al artículo 7° -De los diputados Romilio Gutiérrez, Bellolio, Hoffmann y Felipe Kast, para eliminar en el numeral 5.- la expresión “o reglamentos”. Se rechazó por mayoría de votos. VII. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES. Título del proyecto de ley -De las diputadas Provoste, Girardi y Vallejo, para introducir al título del proyecto, a continuación de la expresión “Intendencia de Educación Parvularia”, y antes de la expresión “y, modifica diversos cuerpos legales.”, la frase: “, fortalece la Junta Nacional de Jardines Infantiles”. El Presidente de la Comisión, en uso de sus facultades, la declaró inadmisible, por encontrarse fuera de las ideas matrices del proyecto. Cuestionada la declaración de inadmisibilidad y sometida a votación, se estimó inadmisible, por mayoría de votos. Artículo 1° El Presidente de la Comisión, en uso de sus facultades, declaró inadmisibles las siguientes indicaciones: -De los diputados Felipe Kast, Bellolio, Romilio Gutiérrez y Hoffmann, para reemplazar en el Título I la expresión, “De la Subsecretaría de Educación Parvularia” por la expresión “De la División de la Educación Parvularia”. -De los diputados Felipe Kast, Bellolio, Romilio Gutiérrez y Hoffmann, para reemplazar la expresión “Créase la Subsecretaría de Educación Parvularia” por la expresión “Créase la División de la Educación Parvularia”. -Del diputado Venegas para agregar, a continuación del punto aparte, que pasa a ser coma, la siguiente frase final: “procurando la articulación entre ambos niveles desde el ámbito curricular y administrativo, con el fin favorecer una trayectoria escolar pertinente a las características de desarrollo de estos y a los objetivos de aprendizaje.” Artículo 2° El Presidente de la Comisión, en uso de sus facultades, declaró inadmisibles las siguientes indicaciones: -De los diputados Felipe Kast, Bellolio, Romilio Gutiérrez y Hoffmann, para reemplazar la expresión “con el Ministerio de Educación” por la expresión “con la División de Educación Parvularia”. -De los diputados Felipe Kast, Bellolio, Romilio Gutiérrez y Hoffmann, para reemplazar, en el inciso segundo, la expresión “deberá coordinar” por la expresión “deberá supervisar”. -De las diputadas Provoste, Girardi y Vallejo, para agregar en el inciso segundo, a continuación de las palabras niños y niñas, lo siguiente: “respetándolos como sujetos de derecho, asegurando su educación, el juego, las actividades recreativas de su edad y a tener un medio ambiente adecuado que los proteja social, cultural y físicamente”. Cuestionada la declaración de inadmisibilidad de esta última indicación, se estimó inadmisible, por mayoría de votos. Artículo 3° El Presidente de la Comisión, en uso de sus facultades, declaró inadmisibles las siguientes indicaciones: -De los diputados Felipe Kast, Bellolio, Romilio Gutiérrez y Hoffmann, para sustituir la expresión inicial “La Subsecretaría” por “La División”. -De las diputadas Provoste, Girardi y Vallejo, para reemplazar la letra a) por la siguiente: “a) Proponer al Ministro de Educación las políticas, planes y programas en las materias relativas a la educación parvularia, considerando de forma preferente aplicar y validar previamente los planes y programas en la red de establecimientos educacionales de la Junta Nacional de Jardines Infantiles; así como también con aquellas instituciones públicas que tienen incidencia en el desarrollo integral y armónico de la infancia reconociendo su experticia, trayectoria y experiencia en el país”. -Del diputado Venegas para agregar, en la letra a), la siguiente frase final, a continuación del punto aparte, que pasa a ser una coma: “considerando la perspectiva de derechos de los niños y niñas junto a las dimensiones social y pedagógica del currículum para la educación inicial.” -De la diputada Vallejo para intercalar, en el literal d), entre las palabras “será” y “ejecutado”, la siguiente frase: “elaborado en conjunto a la Dirección Nacional de Junji y” -Del diputado Jackson para modificar la letra d), eliminando el punto final y sustituyéndolo por la siguiente frase: “y bajo los plazos establecidos en el artículo 8° de la misma.” -De las diputadas Provoste, Girardi y Vallejo, para intercalar en la letra e) entre las frases “educación parvularia” y “a garantizar” el siguiente enunciado: “fomentando sus potencialidades y capacidades de acuerdo a su edad, que responda a sus necesidades de juego, libertad, creatividad y expresión, basada en el respeto a sus derechos, características individuales, culturales y sociales, ofreciéndoles ambientes sustentados en el buen trato e interacciones positivas que garanticen su bienestar emocional, físico e intelectual en todo el territorio nacional, en especial coordinación con la Junta Nacional de Jardines Infantiles y la Fundación Integra, como principales proveedores de educación parvularia del país, garantizando la continuidad del proceso educativo hacia la enseñanza básica. -De las diputadas Provoste, Girardi y Vallejo, para agregar a la letra f) a continuación de la palabra competencia, lo siguiente: “considerando el bien superior del niño y la niña en el marco de la Convención de los Derechos de Niño y la Niña, en que puedan desarrollar plenamente sus personalidades, habilidades y talentos; crezcan en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Es decir, sistemas que no los sometan a evaluaciones de manera tal de escolarizarlos, afectando su desarrollo, aprendizajes y bienestar integral que transcurren naturalmente en la infancia, respetando su condición de ser niños y niñas como sujetos y no como objetos para intereses de la adultez”. Cuestionada la declaración de inadmisibilidad de esta indicación, se estimó inadmisible, por mayoría de votos. -De las diputadas Provoste, Girardi y Vallejo, para agregar a la letra g) a continuación de la frase, en dicho nivel, lo siguiente: “con la participación activa de dichas instituciones, que en el país tienen una larga trayectoria y especialización, especialmente en el grupo de niños y niñas menores de 4 años”. Cuestionada la declaración de inadmisibilidad de esta indicación, se estimó inadmisible, por mayoría de votos. -Del diputado Venegas para reemplazar, en la letra i,) la frase “que formen personal docente y técnico en el nivel de educación parvularia” por la siguiente: “públicas y privadas que impartan carreras destinadas a la formación de profesionales y técnicos para el nivel de educación parvularia.Además en materia de formación continua.” -De las diputadas Provoste, Girardi y Vallejo, para agregar en la letra i) a continuación de la frase, “educación parvularia” lo siguiente: “promoviendo una formación de profesionales y técnicos desde una perspectiva holística, armónica, integral y contextualizada, que favorezca una educación de los niños y niñas considerados como ciudadanos, competentes y partícipes socialmente, estableciendo mecanismos de coordinación con instituciones que formen personal docente y técnico en el nivel de educación parvularia, considerando preferentemente la red de salas cunas y jardines infantiles de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y Fundación Integra, como establecimientos experimentales y campos de práctica profesional de instituciones formadoras con programas de 4 o más años de acreditación. -Del diputado Jackson para modificar la letra j) del artículo 3°, eliminando el punto final y sustituyéndolo por la siguiente frase: “,así como coordinar, participar y representar al Ministerio de Educación en las instancias intersectoriales para el desarrollo de las políticas dirigidas a la primera infancia.” -Del diputado Jackson para intercalar una nueva letra k) en el artículo 3°, pasando la actual letra k) a ser una nueva letra l), del siguiente tenor: “k) Participar de los comités consultivos previstos en la ley N° 20.129, en especial en lo referido a la definición y revisión de criterios o parámetros de evaluación de la acreditación de carreras profesionales y técnicas de educación de párvulos, en especial aquellos referidos al perfil de egreso.” Artículo 6° El Presidente de la Comisión, en uso de sus facultades, declaró inadmisible la siguiente indicación: -De los diputados Felipe Kast, Bellolio, Romilio Gutiérrez y Hoffmann, para sustituir, en el numeral iii) letra c), la expresión “La Subsecretaría de Educación Parvularia” por la expresión “La División de Educación Parvularia”. Artículo 7° El Presidente de la Comisión, en uso de sus facultades, declaró inadmisible la siguiente indicación: -De la diputada Provoste para agregar un nuevo numeral 2, pasando el numeral 2 a ser 3. “2) Además de fijar los criterios técnicos, la Intendencia propenderá al establecimiento de condiciones laborales similares entre los establecimientos que impartan educación parvularia, con financiamiento estatal, que cuenten con reconocimiento oficial del Estado o la autorización, en su caso, no importando el origen de su dependencia, coordinando las acciones conducentes a tal fin.”. Cuestionada la declaración de inadmisibilidad de esta indicación, se estimó inadmisible, por mayoría de votos. Artículo 8° El Presidente de la Comisión, en uso de sus facultades, declaró inadmisibles las siguientes indicaciones: -De la diputada Vallejo para incorporar, en el numeral 1), letra a), la siguiente frase final: “, como también de desarrollar una estrategia de Plan de Desarrollo Docente Parvularia”. -De los diputados Robles, Vallejo y Provoste para incorporar, en el numeral 1), letra a), la siguiente frase final: “, como también de poder contribuir al desarrollo de una estrategia de Plan Nacional de Desarrollo Docente Parvularia”. Cuestionada la declaración de inadmisibilidad de esta indicación, se estimó inadmisible, por mayoría de votos. -De los diputados Robles, Provoste y Girardi para intercalar, a continuación de la expresión “jardines infantiles” la palabra “Respecto”, pasando la conjunción “y” a ser un punto seguido, y para agregar, a continuación de la frase “de esta ley”, la oración “la Junji mantendrá solo funciones de coordinación y supervisión”. Cuestionada la declaración de inadmisibilidad de esta indicación, se estimó inadmisible, por mayoría de votos. -De los diputados Felipe Kast, Romilio Gutiérrez, Bellolio y Hoffmann, para reemplazar, en el numeral 2)la expresión inicial “El Ministerio de Educación Pública” por la expresión “La División de Educación Parvularia”. -De los diputados Romilio Gutiérrez, Bellolio, Hoffmann y Felipe Kast, para agregar un nuevo numeral 3), pasando el actual a ser 4), del siguiente tenor: 3) Reemplázase, en el artículo 15 de la ley N° 17.301, que crea la corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles, la expresión “formulará los planes” por la frase “elaborará y propondrá al Ministro de Educación los planes” Artículo segundo transitorio El Presidente de la Comisión, en uso de sus facultades, declaró inadmisibles las siguientes indicaciones: -De los diputados Felipe Kast, Romilio Gutiérrez, Bellolio y Hoffmann, para sustituir, en el numeral 1), la expresión “de la Subsecretaría de Educación Parvularia” por la expresión “de la División de Educación Parvularia”. -De los diputados Felipe Kast, Romilio Gutiérrez, Bellolio y Hoffmann, para sustituir, en el numeral 3), la expresión “a la Subsecretaría de Educación Parvularia” por la expresión “a la División de Educación Parvularia”. -De los diputados Felipe Kast, Romilio Gutiérrez, Bellolio y Hoffmann, para sustituir, en el numeral 4), la expresión “a la Subsecretaría de Educación Parvularia” por la expresión “a la División de Educación Parvularia”. -De los diputados Felipe Kast, Romilio Gutiérrez, Bellolio y Hoffmann, para sustituir, en el numeral 8), la expresión “la Subsecretaría de Educación Parvularia” por la expresión “la División de Educación Parvularia”. Artículo tercero transitorio El Presidente de la Comisión, en uso de sus facultades, declaró inadmisible la siguiente indicación: -De los diputados Felipe Kast, Romilio Gutiérrez, Bellolio y Hoffmann, para sustituir la expresión “la Subsecretaría de Educación Parvularia” por la expresión “la División de Educación Parvularia”. Artículo cuarto transitorio El Presidente de la Comisión, en uso de sus facultades, declaró inadmisible la siguiente indicación: -De los diputados Felipe Kast, Romilio Gutiérrez, Bellolio y Hoffmann, para sustituir la expresión final “de la Subsecretaría de Educación Parvularia” por la expresión “de la División de Educación Parvularia”. Artículo sexto transitorio El Presidente de la Comisión, en uso de sus facultades, declaró inadmisible la siguiente indicación: -De los diputados Felipe Kast, Romilio Gutiérrez, Bellolio y Hoffmann, para sustituir, en el numeral 1), la expresión “a la Subsecretaría de Educación Parvularia” por la expresión “a la División de Educación Parvularia”. VIII. MENCIÓN DE ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR. De conformidad a lo establecido en el N° 7° del artículo 304 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia que introdujo las siguientes enmiendas al texto propuesto por el Senado: Artículo 1° Ha intercalado entre la palabra “desarrollo” y la conjunción “y”, la frase “, organización general,”. Artículo 2° Ha reemplazado, en el inciso segundo, la frase “, la educación parvularia, como un inicio temprano del proceso de aprendizaje de niños y niñas.”, por la siguiente oración: “y comunidad, el inicio temprano del proceso de aprendizaje y desarrollo pleno de niños y niñas, a través de la incorporación a la educación parvularia.”. Artículo 3° Letra c) Ha introducido las siguientes modificaciones: -Ha reemplazado la frase “al nivel parvulario” por la siguiente: “a la educación parvularia”. -Ha agregado la siguiente oración final, a continuación de la expresión “año 2010”: “, considerando a las instituciones públicas que brindan educación parvularia en la elaboración de las propuestas de las bases curriculares y modalidades educativas aplicables a la educación parvularia, en atención a su trayectoria, experticia y experiencia en este nivel educativo. Letra g) Ha reemplazado la frase “el nivel parvulario” por la siguiente: “la educación parvularia”. Letra j) Ha introducido una modificación formal, reemplazando la preposición “en”, que antecede a la palabra instituciones, por la preposición “ante”. Letra k) Ha agregado, a continuación de la expresión “privadas”, la oración “, conforme a las normas que rigen a la Administración del Estado.” Artículo 7° Ha introducido las siguientes modificaciones: -Ha consultado el siguiente número 1), nuevo: 1) Reemplázase en el inciso primero del artículo 33 la frase “En su conformación se velará por garantizar el pluralismo del mismo.”, por la siguiente: “En su conformación se velará por garantizar el pluralismo del mismo, debiendo, al menos, uno de ellos contar con un reconocido prestigio, conocimiento y experiencia en la educación parvularia. -En el número 2): Ha sustituido, en inciso segundo que se agrega, el verbo “fijar” por “elaborar”. En el N° 1.- ha reemplazado el verbo “Fijar” por “Elaborar y proponer”. Ha agregado entre las expresiones “técnicos” y “que”, la frase “, de acuerdo con la alta especialidad del nivel de educación parvularia,”. Ha reemplazado la frase “que imparten educación parvularia” por la expresión “que la imparten.” IX. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN. PROYECTO DE LEY “TÍTULO I DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN PARVULARIA Artículo 1°.- Créase la Subsecretaría de Educación Parvularia, en adelante la “Subsecretaría”, que será el órgano de colaboración directa del Ministro de Educación en la promoción, desarrollo, organización general y coordinación de la educación parvularia de calidad para la formación integral de niños y niñas, desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica. Artículo 2°.- La Subsecretaría deberá colaborar con el Ministro de Educación en la elaboración, coordinación, aplicación y evaluación de políticas y programas en materias destinadas al desarrollo y promoción de la educación parvularia. Asimismo, deberá coordinar los servicios públicos que impartan dicho nivel educativo, así como promover y fomentar en los distintos sectores de la sociedad, en especial en el ámbito de las familias y comunidad, el inicio temprano del proceso de aprendizaje y desarrollo pleno de niños y niñas, a través de la incorporación a la educación parvularia. Artículo 3°.- La Subsecretaría tendrá, especialmente, las siguientes funciones y atribuciones: a) Proponer al Ministro de Educación las políticas, planes y programas en las materias relativas a la educación parvularia. b) Proponer al Ministro de Educación las normas legales y reglamentarias que regulen la educación parvularia, en particular aquellas relativas a los requisitos para obtener el reconocimiento oficial del Estado y la autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia, cuando corresponda. c) Elaborar y proponer al Ministro de Educación las bases curriculares, programas de estudio, adecuaciones curriculares y modalidades educativas aplicables a la educación parvularia, los cuales deberán ser aprobados por el Consejo Nacional de Educación, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 86 del decreto con fuerza de ley N° 2, del Ministerio de Educación, promulgado el año 2009 y publicado el año 2010, considerando a las instituciones públicas que brindan educación parvularia en la elaboración de las propuestas de las bases curriculares y modalidades educativas aplicables a la educación parvularia, en atención a su trayectoria, experticia y experiencia en este nivel educativo. d) Elaborar y proponer al Ministro de Educación un Plan Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, que contemple estándares de calidad y un sistema de acreditación para establecimientos que impartan enseñanza en dicho nivel, el cual será ejecutado por la Agencia de Calidad de la Educación, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.529. e) Elaborar y proponer al Ministro de Educación políticas y programas destinados a fomentar el acceso de los niños y niñas a la educación parvularia y a garantizar la continuidad del proceso educativo hacia la enseñanza básica. f) Desarrollar estadísticas, indicadores, estudios e investigaciones relativas a la educación parvularia, en especial a la enseñanza y aprendizaje, y administrar los sistemas de información del Ministerio en el ámbito de su competencia. g) Diseñar programas de apoyo técnico-pedagógico en la educación parvularia para las instituciones públicas y privadas que reciban financiamiento estatal y que presten servicios educacionales en dicho nivel. h) Establecer mecanismos de coordinación con distintos organismos públicos e instituciones privadas, nacionales e internacionales, con competencias en el sector de educación parvularia. i) Establecer mecanismos de coordinación con instituciones que formen personal docente y técnico en el nivel de educación parvularia. j) Participar y representar oficialmente al Ministerio de Educación, a nivel nacional e internacional, en el ámbito de la educación parvularia, ante instituciones públicas, privadas y en organismos internacionales. k) Celebrar toda clase de actos y contratos con instituciones públicas o privadas, conforme a las normas que rigen a la Administración del Estado. l) Las demás que la ley le encomiende. Artículo 4°.- Un reglamento, dictado por el Ministerio de Educación, determinará la organización interna de la Subsecretaría, de conformidad a lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, promulgado el año 2000 y publicado el año 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Artículo 5°.- El personal de la Subsecretaría estará afecto a las disposiciones del decreto con fuerza de ley N° 29, del Ministerio de Hacienda, promulgado el año 2004 y publicado el año 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo y, en materia de remuneraciones, a las normas del decreto ley N° 249, de 1974, y su legislación complementaria. TÍTULO II OTRAS NORMAS Artículo 6°.- Introdúcense, en la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación, las siguientes modificaciones: 1) En el artículo 3°: a) Modifícase el inciso primero del modo que sigue: i) Reemplázase, en su letra a), el punto y coma final (;), por un punto aparte (.). ii) Agrégase, en su letra b), a continuación de la palabra “Subsecretaría”, la locución “de Educación”, y reemplázase la expresión final “, y” por un punto aparte (.). iii) Intercálase la siguiente letra c), nueva, pasando el actual literal c) a ser letra d): “c) La Subsecretaría de Educación Parvularia.”. b) Agrégase el siguiente inciso tercero: “El Ministro de Educación será subrogado por el Subsecretario de Educación y, en caso de ausencia o impedimento de éste, por el Subsecretario de Educación Parvularia. Lo anterior se aplicará sin perjuicio de la facultad del Presidente de la República para nombrar como subrogante a otro Secretario de Estado.”. 2) Intercálase, en el artículo 5°, a continuación de la palabra “Subsecretaría”, la expresión “de Educación”. Artículo 7°.- Introdúcense en la ley N° 20.529, que crea un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización, las siguientes modificaciones: 1) Reemplázase en el inciso primero del artículo 33 la frase “En su conformación se velará por garantizar el pluralismo del mismo.”, por la siguiente: “En su conformación se velará por garantizar el pluralismo del mismo, debiendo, al menos, uno de ellos contar con un reconocido prestigio, conocimiento y experiencia en la educación parvularia.”. 2) Agréganse, en el artículo 99, los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto: “La organización interna de la Superintendencia considerará una Intendencia de Educación Parvularia, cuya función será elaborar los criterios técnicos que permitan orientar el ejercicio de las atribuciones de aquella respecto de establecimientos educacionales que impartan educación parvularia y que cuenten con reconocimiento oficial del Estado o la autorización, en su caso. Sin perjuicio de las atribuciones de la Superintendencia, señaladas en el artículo 49 de esta ley, corresponderá especialmente a la Intendencia: 1.- Elaborar y proponer los criterios técnicos, de acuerdo con la alta especialidad del nivel de educación parvularia, que orienten la función fiscalizadora de la Superintendencia respecto de los establecimientos que la imparten. 2.- Proponer al Superintendente la interpretación administrativa de la normativa educacional aplicable a los establecimientos que imparten educación parvularia. 3.- Proponer al Superintendente instrucciones de general aplicación al sector sujeto a su competencia. 4.- Elaborar índices, estadísticas y estudios relativos al sistema de educación parvularia. 5.- Las demás que le encomienden las leyes o reglamentos. La Intendencia estará a cargo de un Intendente de Educación Parvularia, directivo afecto al segundo nivel jerárquico de la Superintendencia, para los efectos del artículo trigésimo séptimo de la ley Nº 19.882.”. Artículo 8°.- Introdúcense, en la ley N° 17.301, que crea la corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles, las siguientes enmiendas: 1) En el artículo 1°: a) Sustitúyese el inciso primero, por el siguiente: “Artículo 1°.- Créase una corporación autónoma, con personalidad jurídica de derecho público, funcionalmente descentralizada, domiciliada en Santiago, denominada “Junta Nacional de Jardines Infantiles” que tendrá a su cargo crear y planificar, coordinar, promover y estimular la organización y funcionamiento de sus jardines infantiles y de aquellos a que se refiere el artículo 32 bis de esta ley.”. b) Elimínase el inciso segundo. 2) Reemplázase, en su artículo 15, la expresión inicial “El Ministerio de Educación Pública” por “La Subsecretaría de Educación Parvularia”. 3) Elimínase el inciso final del artículo 33. Artículo 9°.- Créase en la planta de personal de la Superintendencia de Educación, establecida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 4, del Ministerio de Educación, promulgado y publicado el año 2012, un cargo de “Intendente de Educación Parvularia”, directivo afecto al segundo nivel jerárquico a que se refiere el Título VI de la ley N° 19.882, grado 2. Artículo 10.- Agrégase, en el número 1 de la letra A) del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 4, del Ministerio de Educación, promulgado y publicado el año 2006, que fija plantas del personal, a continuación de la palabra “Subsecretario”, la expresión “de Educación”. Artículo 11.- Reemplázase, en la letra c) del inciso primero del artículo 89 del decreto con fuerza de ley N° 2, del Ministerio de Educación, promulgado el año 2009 y publicado el año 2010, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, la frase “debiendo dos de ellos contar con un reconocido prestigio en el área de la educación parvularia, básica o media”, por la siguiente: “debiendo, al menos, tres de ellos contar con un reconocido prestigio en el área de la educación parvularia, básica o media, correspondiendo uno a cada nivel”. ARTÍCULOS TRANSITORIOS Artículo primero.- El cargo de Intendente de Educación Parvularia, que se crea en el artículo 9° de la presente ley, podrá ser provisto, transitoria y provisionalmente, con un funcionario que asumirá de inmediato sus funciones, en tanto se efectúe el proceso de selección pertinente de acuerdo con la ley N° 19.882. Artículo segundo.- Facúltase al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año contado desde la fecha de publicación de esta ley, establezca mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por el Ministerio de Educación, los que también deberán ser suscritos por el Ministro de Hacienda, las normas necesarias para regular las siguientes materias: 1) Fijar la planta de personal de la Subsecretaría de Educación Parvularia. El encasillamiento de esta planta podrá incluir personal del Ministerio de Educación. 2) Modificar la planta de personal de la Superintendencia de Educación, pudiendo crear, suprimir y transformar cargos. 3) Disponer, sin solución de continuidad, el traspaso de funcionarios titulares de planta y de personal a contrata desde el Ministerio de Educación a la Subsecretaría de Educación Parvularia. 4) Determinar el número y precisar la calidad jurídica de los funcionarios que se traspasarán por estamento a la Subsecretaría de Educación Parvularia. La individualización del personal que se encuentre en dicha situación se realizará por decretos expedidos bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República”, por medio del Ministerio de Educación. A contar de la fecha del traspaso, el cargo del que era titular el funcionario traspasado se entenderá suprimido de pleno derecho en la planta de la institución de origen. Del mismo modo, la dotación máxima de personal se disminuirá en el número de funcionarios traspasados. Conjuntamente con el traspaso de personal se transferirán los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho. 5) Modificar la planta de personal de la Superintendencia de Educación, para encasillar en nuevos grados a los funcionarios titulares de planta de esa Superintendencia de los estamentos Fiscalizador y Profesional que hayan sido traspasados desde el Ministerio de Educación, en virtud del decreto supremo N° 338, del Ministerio de Educación, de 2012, siempre que se encuentren en funciones a la fecha de entrada en vigencia del encasillamiento y tengan o hayan tenido derecho a planilla suplementaria en virtud del encasillamiento dispuesto por el referido decreto supremo. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear y suprimir cargos en la señalada planta, en sus respectivos estamentos. Además, podrá fijarlos requisitos para el ingreso y promoción de los cargos nuevos, y determinar la fecha de entrada en vigencia del encasillamiento y supresión de cargos que determine. Del mismo modo, en el ejercicio de esta facultad el Presidente de la República fijará las normas para el encasillamiento del personal indicado en el párrafo anterior, el que se llevará a cabo mediante resolución del Superintendente de Educación. El encasillamiento de dichos funcionarios también podrá realizarse en cargos que se encuentren vacantes en la planta señalada en el párrafo precedente, en sus respectivos estamentos. El personal señalado en el párrafo primero de este numeral podrá encasillarse en un estamento distinto al de origen y no serán exigibles los requisitos que se establecen en el artículo 2° del decreto con fuerza de ley N° 4, del Ministerio de Educación, promulgado y publicado el año 2012. Cualquier diferencia de remuneraciones que genere este encasillamiento deberá ser pagada por planilla suplementaria, a la que se aplicará el porcentaje de reajuste que se fije anualmente para las remuneraciones de los funcionarios públicos, y que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que corresponda al funcionario. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquella de las remuneraciones que compensa. Los cambios de grados que se produzcan como efecto del encasillamiento no serán considerados promoción o ascenso. Los funcionarios encasillados conforme a este numeral conservarán la asignación de antigüedad que tengan reconocida, como también el tiempo computable para dicho reconocimiento. 6) Dictar las normas necesarias para la adecuada estructuración y funcionamiento de las plantas a que se refieren los numerales 1) y 2) de este artículo. En especial, establecer el número de cargos para dichas plantas, los requisitos para el desempeño de los mismos, sus denominaciones, los cargos que tendrán la calidad de exclusiva confianza y de carrera, los niveles jerárquicos para la aplicación del artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 29, del Ministerio de Hacienda, promulgado el año 2004 y publicado el año 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y los niveles jerárquicos para efectos de la aplicación del Título VI de la ley N° 19.882, cuando corresponda. Además, establecer las normas de encasillamiento del personal de las plantas antes señaladas. Asimismo, podrá determinar la supresión o conversión de cargos de la nueva planta que hayan sido provistos mediante el encasillamiento del personal traspasado, conforme a lo dispuesto en el numeral 4) precedente, una vez que estos funcionarios dejen de ocupar el cargo por cualquier causa. Adicionalmente, podrá dictar las normas transitorias para la aplicación de las remuneraciones variables, tales como las contempladas en los artículos 1° de la ley N° 19.553, 5° de la ley N° 19.528 y 17 de la ley N° 18.091. Los requisitos para el desempeño de los cargos que se establezcan en el ejercicio de esta facultad no serán exigibles para efectos del encasillamiento de los funcionarios titulares y a contrata en servicio a la entrada en vigencia del o de los decretos con fuerza de ley señalados precedentemente. Asimismo, a los funcionarios a contrata en servicio a la fecha de vigencia del o de los respectivos decretos con fuerza de ley y aquellos cuyos contratos se prorroguen en las mismas condiciones, no les serán exigibles los requisitos que se establezcan en los decretos con fuerza de ley correspondientes. 7) Determinar la fecha de entrada en vigencia de las plantas que fije. También, la fecha de entrada en vigencia de los traspasos y los encasillamientos que practique a las plantas señaladas en los numerales 1) y 2). Igualmente, fijará la dotación máxima de personal de la Subsecretaría de Educación Parvularia y de la Superintendencia de Educación, las cuales no estarán afectas a la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10 del decreto con fuerza de ley N° 29, del Ministerio de Hacienda, promulgado el año 2004 y publicado el año 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, respecto de los empleos a contrata incluidos en la dotación. 8) Fijar la fecha en que entrará en funcionamiento la Subsecretaría de Educación Parvularia y aquella en que la Superintendencia de Educación comenzará a ejercer las facultades de fiscalización que se le otorgan en la presente ley, respecto de los establecimientos que imparten educación parvularia. El uso de las facultades señaladas en este artículo quedará sujeto a las siguientes limitaciones, respecto del personal al que afecte: a) No podrá tener como consecuencia ni podrá ser considerado como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral del personal. Tampoco podrá importar cambio de la residencia habitual de los funcionarios fuera de la región en que estén prestando sus servicios, salvo con su consentimiento. b) No podrá significar pérdida del empleo, disminución de las remuneraciones ni modificaciones de derechos previsionales del personal traspasado. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de los reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquella de las remuneraciones que compensa. Además, a la planilla suplementaria se le aplicará el reajuste general antes indicado. Los funcionarios traspasados conservarán la asignación de antigüedad que tengan reconocida, así como también el tiempo computable para dicho reconocimiento. Artículo tercero.- El Presidente de la República, mediante decreto expedido por intermedio del Ministerio de Hacienda, conformará el primer presupuesto de la Subsecretaría de Educación Parvularia y transferirá a ella los fondos de las entidades que traspasan personal y bienes necesarios para que cumpla sus funciones, pudiendo, al efecto, crear, suprimir o modificar los capítulos, programas, ítems, asignaciones y glosas presupuestarias que sean pertinentes. Asimismo, podrá modificar el presupuesto de la Superintendencia de Educación para el cumplimiento de la presente ley, pudiendo, al efecto, crear, suprimir o modificar las asignaciones, ítems y glosas presupuestarias que sean pertinentes. Artículo cuarto.- A contar de la fecha de la publicación de esta ley, la Junta Nacional de Jardines Infantiles continuará ejerciendo sus labores de supervigilancia establecidas en la ley N° 17.301, hasta la fecha en que la Superintendencia de Educación comience a ejercer las facultades de fiscalización que se le otorgan en la presente ley respecto de los establecimientos que imparten educación parvularia, de acuerdo a lo establecido enel numeral 8) del artículo segundo transitorio del presente cuerpo legal. Asimismo, continuará ejerciendo las labores de empadronamiento o autorización que le confiere la citada ley N° 17.301, hasta 6 meses después de la entrada en funcionamiento de la Subsecretaría de Educación Parvularia y la Intendencia de Educación Parvularia de la Superintendencia de Educación. Artículo quinto.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de la presente ley durante el primer año de su aplicación se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación y, en lo que faltare, con cargo a la partida Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del Sector Público. Artículo sexto.- Las referencias que las leyes, reglamentos y demás normativa vigente hagan a la Subsecretaría de Educación en materias de educación parvularia deberán entenderse hechas a la Subsecretaría de Educación Parvularia.”. Se designó Diputado Informante al señor Fidel Espinoza Sandoval. Sala de la Comisión, a 20 de enero de 2015. Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de los días 6, 8, 12, 13, 14, 19 y 20 de enero de 2015, con la asistencia de las diputadas Cristina Girardi Lavín, María José Hoffmann Opazo, Yasna Provoste Campillay y Camila Vallejo Dowling, y los diputados Jaime Bellolio Avaria, Fidel Espinoza Sandoval, Rodrigo González Torres, Romilio Gutiérrez Pino, Giorgio Jackson Drago, Felipe Kast Sommerhoff, José Antonio Kast Rist, Alberto Robles Pantoja y Mario Venegas Cárdenas (Presidente). Por la vía del reemplazo asistieron los diputados José Manuel Edwards y Juan Morano. Asistió, además, el diputado Roberto Poblete. (Fdo.): MARÍA SOLEDAD FREDES RUIZ, Abogada Secretaria de Comisiones.” 8. INFORME DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN INTERNO, ADMINISTRACIÓN Y REGLAMENTO RECAÍDO EN EL PROYECTO, INICIADO EN MOCIÓN, QUE “MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, CON EL OBJETO DE FIJAR LAS COMPETENCIAS DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN INTERNO Y DE LOS COMITÉS PARLAMENTARIOS RESPECTO DE LA DIRECCIÓN SUPERIOR DE LA CORPORACIÓN”. (BOLETÍN N° 9826‐16) “Honorable Cámara: La Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento pasa a informar sobre el proyecto de acuerdo, iniciado en una moción del diputado señor Aldo Cornejo González, cuyo propósito es regular en el Reglamento de la Corporación las competencias de la Comisión de Régimen Interno y de los comités parlamentarios respecto de la dirección superior de la Cámara de Diputados. I.- ANTECEDENTES GENERALES. Según expresa la exposición de motivos de esta iniciativa, desde los albores de nuestra organización republicana, la cuestión de administrar los recursos de las cámaras del Congreso Nacional ha recorrido un largo camino de evolución, siguiendo en algunos aspectos el desarrollo de la administración general del Estado, y en otros, por las especialidades propias de esta institución, con particularidades que se apartan de las normas públicas genéricas de dicha administración. Se sostiene que no es difícil de entender que a diferencia de lo que ocurre en la administración central, en esta Corporación los actos administrativos obedecen a la toma de decisión política de un ente colegiado que gobierna la institución y en el cual separar la cuestión contingente muchas veces resulta imposible. Tampoco es posible entregar completamente la gestión a los órganos administrativos, pues cualquier decisión adoptada en dicho orden puede tener implicancias políticas de insospechados resultados. Históricamente, siempre ha existido un nexo directo entre las esferas de decisión política y las administrativas, sea por la vía de la designación de las autoridades administrativas superiores, por la ratificación o autorización para el ejercicio de sus actos, y, más recientemente, por la supervisión que respecto de los actos de los administradores le corresponden al órgano político. A juicio del autor del proyecto, en la actualidad el principal problema radica no en la relación entre ambos órganos, sino en la duración que cada uno de ellos tiene en el ejercicio de sus cargos. En efecto, la continua rotación de diputados en los órganos de supervisión política, sea en la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, en los comités parlamentarios o en los cargos de la Mesa Directiva, hace imposible una coordinación de las políticas institucionales a largo plazo y, lo que es peor aún, la autoridad entrante muchas veces se debe hacer cargo de responder de lo obrado por la autoridad saliente sin que exista un conocimiento meridianamente detallado de las razones y antecedentes que se tuvieron en cuenta para adoptar un criterio en desmedro de otro, o, derechamente, incluso puede haber claras divergencias políticas en la forma en que actuó una autoridad anterior. Esta situación se repite con la composición misma del órgano de supervisión legal. En efecto, la normativa vigente radica en la Comisión de Régimen Interno la potestad de supervigilar la actuación del estamento administrativo, pero ello se hace muy confuso y difícil si cada año se cambia a los integrantes de la referida comisión, sin que exista, además, ninguna vinculación con lo obrado anteriormente. Tal procedimiento también dificulta sobremanera el logro de objetivos a mediano y largo plazo, casi inexistentes, o termina por independizar de la decisión política los objetivos de la gestión administrativa, quedando el aparato político al servicio del administrativo, con lo cual se invirte el orden regular de las cosas. La experiencia de doscientos años de vida parlamentaria ha demostrado que debe haber un justo equilibrio entre las potestades del órgano administrativo y las que correspondan a los órganos de dirección política, de manera que exista un justo complemento en el logro de un objetivo común y en el adecuado uso de los recursos públicos. II. IDEA MATRIZ DE LA INICIATIVA. La idea matriz o fundamental de la moción consiste en establecer claramente qué atribuciones corresponderán a los comités parlamentarios y cuáles quedarán radicadas en la Comisión de Régimen Interno, la cual se integrará de manera diferente al resto de las comisiones permanentes y con una permanencia de sus miembros cuya duración abarcará todo el período legislativo. Igualmente, se transfiere a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, la competencia para conocer las enmiendas al Reglamento de la Corporación, en el entendido de que existe una preparación más técnica de ese órgano para ver las implicancias legales y constitucionales de los asuntos reglamentarios, y se especializa a la Comisión de Régimen en las cuestiones administrativas y de orden interno. III. DISPOSICIONES QUE EL PROYECTO MODIFICA O DEROGA. El proyecto de acuerdo en informe consta de un artículo único que modifica los artículos 37, 63, 90, 92, 216 y 225 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Las disposiciones citadas hacen referencia a las atribuciones que el Reglamento entrega a los comités parlamentarios y a la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento en diversas materias, que la iniciativa ordena, coordina y sistematiza para cada órgano de dirección superior. La primera de ellas, el artículo 37, se refiere a los viajes internacionales. La enmienda deja en manos de los comités parlamentarios autorizar la realización del viaje, determinar el número de integrantes de la delegación y fijar los recursos que podrán utilizarse, de acuerdo a las normas del reglamento respectivo. En la práctica, esta atribución ya se había transferido en los hechos a este órgano interno. Especial mención debe hacerse a la enmienda que se incorpora en el artículo 63. Este precepto impide los acuerdos de los comités respecto a la tramitación de proyectos tendientes a conceder, a persona o personas, cualquier gracia de orden pecuniario o que se traduzca en un beneficio de esta misma índole. Su objeto era evitar que por esa vía se concedieran pensiones de gracia, facultad que correspondía al Congreso Nacional hasta 1973. En la actualidad dicha norma se encuentra obsoleta, pues las pensiones de gracia son otorgadas por decretos dictados en ejercicio de la potestad reglamentaria autónoma del Presidente de la República y están fuera de las atribuciones de los congresistas. La iniciativa reemplaza dicha norma por otra que regula las atribuciones que tendrán los Comités parlamentarios, muchas de las cuales se transfieren de las atribuciones que correspondían a la Comisión de Régimen Interno. Los artículos 90 y 92, se refieren a las faltas al orden y a las penas pecuniarias anexas por aplicación de dichas faltas. En el primer caso, se traslada a los comités parlamentarios el determinar las conductas que se sancionarán como contrarias a la conducta debida en la Sala, para el mejor funcionamiento y decoro de la misma, esto es, la regulación de las normas de comportamiento en el Pleno que deberán observar los parlamentarios, cuya inobservancia puede sancionarse por quien presida. El segundo caso se refiere al monto de las multas, que ahora deberá fijarse por los Comités parlamentarios. El artículo 216 contiene la enumeración de las comisiones permanentes de la Cámara de Diputados. En esta norma se hacen las correcciones necesarias para transferir la competencia en asuntos reglamentarios a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, y suprimir la referencia a esa materia en la de Régimen Interno. Finalmente, en el artículo 225 se regulan las competencias que quedarán en la nueva Comisión de Régimen Interno y Administración, diferenciándolas de aquellas propias del Estatuto Parlamentario, o sea, que atañen directamente a los diputados, como lo relativo a las asignaciones parlamentarias y otros temas afines. IV. DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR DE LA INICIATIVA. Durante el debate que hubo en la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, se estimó que el proyecto en debate apunta a solucionar un problema que desde hace bastante tiempo se venía discutiendo en diversas instancias institucionales. Se consideró que se hace no solo necesario, sino urgente, dar una mayor estabilidad a la Comisión de Régimen Interno para poder abordar diversos problemas institucionales que requieren medi- das a mediano y largo plazo, meta contra la cual conspiraba el cambio permanente de sus integrantes. Del mismo modo, se argumentó a favor de esta iniciativa en el sentido de que, por primera vez, se reconoce la importancia que han adquirido los Comités parlamentarios, cuyas atribuciones se confundían muchas veces con las que correspondían a la Comisión de Régimen Interno, o, simplemente, se superponían ambas competencias, lo cual redundaba en contradicciones que perjudicaban la buena marcha de los asuntos internos. Por todo lo anterior, la iniciativa fue aprobada en general por la unanimidad de los diputados presentes. Participaron en dicha votación los diputados Auth, Carmona, Cornejo, Insunza, Jackson, Meza, Núñez, don Daniel; Rathgeb, Schilling, Torres, Urrutia Bonilla, don Ignacio, Urrutia Soto, don Osvaldo, y Walker. -o- En lo que toca a la discusión particular, durante el plazo fijado para presentar enmiendas sólo el diputado señor Urrutia, don Osvaldo, formuló una serie de indicaciones para introducir algunas mejoras a la iniciativa. El contenido de las modificaciones reglamentarias correspondientes a los artículos 37, 63, 90, 92 y 216, fueron aprobadas sin discusión por no haber sido objeto de indicaciones. En relación con el artículo 225, respecto del cual se propone su reemplazo, el diputado señor Urrutia, don Osvaldo, formuló las siguientes indicaciones: En el inciso primero, propuso agregar, a continuación de la palabra “precedencia.”, el siguiente párrafo final: “En ningún caso podrá ser integrada por Jefes de los Comités Parlamentarios.”. Explicó que si la razón esencial de esta modificación reglamentaria es separar las funciones legislativas de las administrativas, no parece conveniente que ambos órganos tengan una misma integración. Puesta en votación la indicación, fue aprobada por unanimidad. En el inciso tercero del artículo en debate, el mismo señor diputado propuso incorporar, a continuación de la palabra “integrantes”, la frase “que la conforman”. Indicó que con dicha precisión se deja claramente establecido que el quórum no podrá ser la mayoría de los presentes. Sometida esta enmienda a votación, se aprobó en forma unánime. En el inciso quinto, el parlamentario citado presentó dos indicaciones: la primera, para reemplazar el párrafo “Tendrá sesiones ordinarias, a lo menos, una vez al mes”, por “Sus sesiones ordinarias se celebrarán de conformidad con el artículo 248”. Explicó que de esta forma su funcionamiento queda como el de todas las comisiones permanentes de la Cámara de Diputados, es decir, una vez a la semana, en horario a fijar en su sesión constitutiva. La segunda enmienda sustituye, a continuación de la expresión “Sin embargo,” la palabra “podrá” por “deberá”, de modo que la sesión pedida sea citada de manera obligatoria. Puestas en votación ambas indicaciones, fueron aprobadas por unanimidad. En el inciso sexto, el diputado Urrutia, don Osvaldo, presentó dos enmiendas al proyecto en discusión. Por la primera, se suprime la frase “, tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:”, agregando después de la palabra “Corporación” un punto final. Por la segunda, complementaria de la anterior, se incorpora un nuevo encabezamiento al inciso séptimo, del tenor siguiente: “Al efecto tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:”. Sostuvo que de esta manera se resalta que la Comisión de Régimen tendrá dos tipos de atribuciones, sin que la enumeración sea taxativa. Sometida a votación la propuesta, fue aprobada en forma unánime. Respecto del punto 3 de la letra a) del inciso séptimo, el señalado diputado presentó una enmienda para suprimir la frase “y definir aquella que corresponderá al uso exclusivo de los diputados”. Esta modificación fue aprobada por unanimidad. En cuanto a las facultades que se confieren a la comisión por la letra b) del inciso séptimo, referidas al orden administrativo, el diputado señor Urrutia, don Osvaldo, formuló las siguientes indicaciones: La primera, de carácter formal, reemplaza la palabra “inversiones” por “inversión” en el número 4 de la letra b) de este inciso, la que fue aprobada por unanimidad. Por la segunda enmienda se propone sustituir, en el mismo número 4 de la letra b), la frase “en que le corresponderá decretar la inversión”, por “que autorizará invertir”. Esta modificación fue aprobada en forma unánime. La tercera modificación propuesta por el referido parlamentario, suprime la expresión “o éste último” que sigue a la palabra “General”, en el mismo número 4, la que también se sancionó en forma unánime. La cuarta indicación recaída en el número 4 de la letra b) del inciso séptimo, rebaja de dos mil a mil unidades de fomento el monto del límite de la inversión que se podrá delegar en el Presidente de la Corporación junto al Secretario General de la misma. Sobre este particular, se estimó que el monto estipulado no permite realizar ninguna inversión relevante, y muchas veces por la especialidad de la cuestión es necesario delegar tal función en el Presidente de la Corporación. Se argumentó que en la actualidad la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento ya ha autorizado al Secretario General para ejecutar obras hasta por un monto de 2.000 unidades de fomento, y la moción añade que esa inversión deberá contar también con la anuencia expresa del Presidentede la Corporación. En mérito a lo expresado, se rechazó esta indicación, dejándose constancia del voto a favor del diputado señor Urrutia, don Osvaldo. El diputado señor Urrutia, don Osvaldo, formuló dos indicaciones a las facultades de ratificación de los nombramientos de funcionarios de nivel superior que competen a la Comisión de Régimen Interno. Por la primera, sustituye el número 5 de la letra b) del inciso séptimo del artículo 225, por el siguiente: “5. Efectuar los nombramientos que proponga en terna el Secretario General de la Cámara de Diputados, del funcionario que se desempeñará en el cargo de Director de Finanzas.”. Por la segunda, propuso agregar un nuevo número 6, cuyo propósito es establecer que los nombramientos del Subsecretario Administrativo, Contralor Interno y del Fiscal, o de quien cumpla dicha función, deberá efectuarse de una nómina de cinco personas que le propondrá el Consejo de Alta Dirección Pública, con sujeción al procedimiento establecido para el nombramiento de altos directivos públicos del primer nivel jerárquico, contenido en la ley N° 19.882, Título VI, Párrafo 3°, De la selección de los altos directivos públicos, con las modificaciones siguientes: a) el perfil profesional de competencias y aptitudes del cargo concursado será definido previamente, y b) de no haber a lo menos cinco candidatos al cargo que cumplan los requisitos para ingresar en la nómina, se efectuará un nuevo concurso para conformar o complementar la lista, según corresponda. Durante la discusión de estas indicaciones se hizo presente que de acuerdo con la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, los nombramientos los efectúa el jefe del servicio, que en el caso de la Cámara es el Secretario General. Lo que se hace en este caso, es que ciertas funciones de relevancia en la orgánica interna se someten a una ratificación por un órgano superior, pues es necesario que en el caso de ciertas autoridades exista una ratificación por la autoridad política. Sobre este punto, el diputado señor Urrutia, don Osvaldo, sostuvo que la autoridad administrativa solo debería proponer una terna para ciertos nombramientos, mientras que en otros, cuando se trate de funcionarios que deben hacer un cierto contrapeso al rol administrador del Secretario General, deberían nombrarse con un procedimiento distinto que no dependiera de dicha autoridad respecto de la cual, de alguna manera, ejercerán un control, por lo cual deben tener autonomía. Puso como ejemplo el caso de tres cargos sumamente importantes: Subsecretario Administrativo, Contralor Interno y Fiscal. Se trata de funcionarios que, de alguna manera, controlan al Secretario General, por lo que claramente no parece conveniente que sean elegidos por quien habrá de ser su superior jerárquico. El diputado señor Cornejo, don Aldo (Presidente de la Cámara de Diputados), expresó su acuerdo con la circunstancia de que respecto de algunas autoridades administrativas debería existir otro procedimiento para su nombramiento, incluso por Alta Dirección Pública, pero advirtió que tal cambio no tendría que hacerse en el Reglamento, sino en la ley. Recordó que cuando se quiso nombrar a los miembros del Comité de Auditoría Parlamentaria por el Sistema de Alta Dirección Pública tuvo que fijarse dicha atribución en el artículo 66 B de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional. Puestas en votación las indicaciones comentadas, fueron rechazadas, dejándose constancia del voto afirmativo del diputado señor Urrutia, don Osvaldo. V. INDICACIONES RECHAZADAS. Durante este trámite fueron rechazadas las siguientes indicaciones: Del diputado señor Urrutia, don Osvaldo, al número 4, de la letra b) del inciso séptimo del artículo 225, para rebajar a 1.000 unidades de fomento el monto máximo de las inversiones que se puede delegar en el Presidente de la Cámara de Diputados en conjunto con el Secretario General. Del diputado señor Urrutia, don Osvaldo, para sustituir el número 5 de la letra b) del inciso séptimo del artículo 225, por el siguiente: “5. Efectuar los nombramientos que proponga en terna el Secretario General de la Cámara de Diputados, del funcionario que se desempeñará en el cargo de Director de Finanzas.”. Del diputado señor Urrutia, don Osvaldo, para intercalar un nuevo número 6, pasando el actual a ser 7: “6. Efectuar los nombramientos de Subsecretario Administrativo, Contralor Interno y de Fiscal, o de quien cumpla dicha función, de una nómina de cinco personas que le propondrá el Consejo de Alta Dirección Pública con sujeción al procedimiento establecido para el nombramiento de altos directivos públicos del primer nivel jerárquico, contenido en la ley N° 19.882, título VI, párrafo 3° sobre selección de los altos directivos públicos, con las modificaciones siguientes: a) El perfil profesional de competencias y aptitudes del cargo concursado será definido previamente. b) De no haber a lo menos cinco candidatos al cargo que cumplan los requisitos para ingresar en la nómina, se efectuará un nuevo concurso para conformar o complementar la lista, según corresponda.” VI. QUÓRUM DE APROBACIÓN. Conforme a lo señalado en el inciso segundo del artículo 215 del Reglamento, para la aprobación de las enmiendas recaídas en los artículos 216 y 225 de la iniciativa se requiere el voto afirmativo de los cuatro séptimos de los diputados en ejercicio. -o- En consecuencia, en mérito de las razones expuestas y de los demás antecedentes que dará a conocer el señor diputado informante, vuestra Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento recomienda aprobar el siguiente: PROYECTO DE ACUERDO “Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Reglamento de la Cámara de Diputados: 1.- Sustitúyese, en el artículo 37, la expresión “la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento” por “los Jefes de los Comités Parlamentarios”, las tres oportunidades en que aparece. 2.- Reemplázase el artículo 63, por el siguiente: “Articulo 63.- Corresponderá especialmente a los Jefes de los Comités Parlamentarios las siguientes cuestiones: a) Dar su aprobación a las propuestas de las tablas que servirán de base para fijar el orden del día de las sesiones ordinarias de conformidad al artículo 108. b) Proponer a la Sala la integración de la Comisión Revisora de Cuentas, de la Comisión Especial de Control del Sistema de Inteligencia del Estado y de la Comisión de Ética y Transparencia Parlamentaria. c) Aprobar los viajes oficiales dentro o fuera del territorio nacional y acordar recursos o sumas, conforme a un reglamento que será aprobado por la Sala, de los que deban rendir cuenta los diputados. d) Proponer a la Sala la creación y supresión de organizaciones parlamentarias, lo que deberá ser acordado por la mayoría absoluta de sus miembros presentes. e) Fijar las normas sobre conducta debida de los diputados, autoridades del Estado, funcionarios y personas que ingresen a la Sala de Sesiones o a las comisiones, para el mejor funcionamiento y decoro de las mismas. f) Aprobar el monto de las multas que establece este Reglamento.”. 3.- Reemplázase en el inciso segundo del artículo 90, la frase “que adopte la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento”, por “que adopten los Jefes de los Comités Parlamentarios”. 4.- Sustitúyese en el artículo 92, las palabras “la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento”, por “los Jefes de los Comités Parlamentarios”. 5.- Modifícase el inciso primero del artículo 216, en el siguiente sentido: a) Sustitúyese en el número 3 la conjunción “y” que sigue a la palabra “Legislación” por una coma (,), y agrégase luego de la voz “Justicia” la expresión “y Reglamento”. b) Reemplázase en el número 25 la coma (,) que sigue a la voz “Interno”, por la conjunción “y”, y elimínase la expresión “y Reglamento”. 6.- Sustitúyese el artículo 225, por el siguiente: “Artículo 225.- Habrá una comisión permanente que se denominará Comisión de Régimen Interno y Administración, que estará integrada por un representante titular y uno suplente por cada uno de los comités que tenga cada partido político con representación parlamentaria y por el comité de independientes, aprobados por la Sala a propuesta de los Jefes de los Comités Parlamentarios. Los miembros de esta comisión durarán todo el período legislativo y solo podrán ser sustituidos por su suplente.La integrarán también por derecho propio los miembros de la Mesa de la Cámara de Diputados. Será presidida por el Presidente de la Cámara, y, a falta de este, por los Vicepresidentes, según su precedencia. En ningún caso podrá ser integrada por Jefes de los Comités Parlamentarios. Actuará como secretario de ella el Secretario General de la Cámara, el que se podrá hacer asesorar por quien él designe. Esta Comisión podrá sesionar y adoptar acuerdos con la mayoría de los integrantes que la conforman. En caso de empate, decidirá el voto del Presidente o de quien esté presidiendo. Sus sesiones ordinarias se celebrarán de conformidad con el artículo 248. Sin embargo, deberá ser convocada de manera especial si tres de sus integrantes lo solicitan, debiendo indicarse en la presentación el día y hora, con indicación, además, del objeto de la sesión, solicitud que deberá ser entregada al Secretario de la Cámara o al funcionario del Escalafón Profesional de Secretaría que haga sus veces con, a lo menos, veinticuatro horas de anticipación a la hora de inicio de la sesión pedida. Esta Comisión podrá adoptar todas las medidas que estime convenientes para el resguardo de la función parlamentaria y para el buen funcionamiento del orden interno y la administración de los recursos y dependencias de la Corporación. Al efecto tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones: a) Respecto al Estatuto Parlamentario. 1.- Fijar las normas complementarias necesarias para la ejecución interna de los acuerdos del Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias. 2.- Dictar las demás normas relativas al ejercicio de la función parlamentaria. 3.- Determinar los distintivos, símbolos e iconografía institucionales. b) En el orden administrativo. 1. Supervigilar el orden administrativo e interno de los servicios de la Corporación. 2. Fijar las políticas generales sobre administración de los bienes y recursos institucionales y determinar su reglamentación interna. 3. Aprobar el anteproyecto de presupuesto de la Cámara. 4. Aprobar el plan general de inversión y determinar los montos que autorizará invertir el Presidente junto al Secretario General para la buena marcha de la gestión institucional. En ningún caso se podrá delegar en dichas autoridades las inversiones que superen las dos mil unidades de fomento. 5. Ratificar los nombramientos que haga el Secretario General de los funcionarios que se desempeñarán en el cargo de Subsecretario Administrativo, Director de Finanzas, Edecán y Contralor Interno, y los demás que establezca la ley. 6. Adoptar, al término de cada período legislativo, la propuesta para el uso de las oficinas y espacios propios de funcionamiento que corresponden a las bancadas y a los diputados, de acuerdo con el orden de preferencia que determine el número de integrantes de la Cámara que habrá de constituirse en el período legislativo siguiente, conforme al acta de proclamación de diputados electos del Tribunal Calificador de Elecciones. 7. Determinar las instituciones de beneficencia a las que se destinarán los recursos provenientes de las multas impuestas a los diputados. 8. Presentar al término de cada ejercicio presupuestario a la Comisión Revisora de Cuentas, por conducto del Secretario General, un informe de ejecución del mismo.”.”. -o- Se designó diputado informante al señor Carmona, don Lautaro. Sala de la comisión, a 14 de enero de 2015. Acordado en sesiones celebradas los días 6 y 13 de enero de 2015, con la asistencia del señor Cornejo, don Aldo (Presidente), y de los señores Auth, don Pepe; Carmona, don Lautaro; Espinosa, don Marcos; González, don Rodrigo; Jackson, don Giorgio; Monckeberg, don Nicolás; Núñez, don Daniel; Rathgeb, don Jorge; Schilling, don Marcelo; Torres, don Víctor; Urrutia, don Ignacio; Ward, don Felipe, y Waker, don Matías. Concurrieron también los diputados Meza, don Fernando (en reemplazo del diputado Espinosa, don Marcos), y Urrutia, don Osvaldo (en reemplazo del diputado Morales). (Fdo.): MIGUEL LANDEROS PERKIČ, Secretario General de la Cámara de Diputados.” 9. SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN INTERNO, ADMINISTRACIÓN Y REGLAMENTO RECAÍDO EN EL PROYECTO, INICIADO EN MOCIÓN, QUE “MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, CON EL OBJETO DE PERFECCIONAR LA FORMULACIÓN DE PREGUNTAS A LOS MINISTROS DE ESTADO Y DE INSTAURAR LA INTERPELACIÓN CIUDADANA”. (BOLETÍN N° 9545‐16) “Honorable Cámara: La Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento tiene el honor de informar, en segundo trámite reglamentario, el proyecto de acuerdo individualizado en el epígrafe, iniciado en una moción de la diputada señora Paulina Núñez y los diputados señores Aldo Cornejo, José Manuel Edwards, Nicolás Monckeberg, Cristián Monckeberg y Matías Walker. Esta iniciativa fue aprobada en general por la Sala en su sesión 115ª, de 15 de enero pasado, y enviada a segundo informe en virtud de lo estatuido en el artículo 130, inciso cuarto, del Reglamento. I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 303, se deja constancia de lo siguiente: a) Artículos que no han sido objeto de indicaciones ni de modificaciones. Se encuentran en esta situación los números 1, 5, 6 y 7 del artículo único. En virtud de lo preceptuado en el artículo 131, inciso segundo, estas disposiciones quedarán aprobadas ipso iure, sin discusión. b)Artículos calificados como normas de rango orgánico constitucional o quórum calificado. No los hay, por tratarse de una modificación del Reglamento de la Corporación, que se aprueba con quórum simple. c) Artículos suprimidos. Se encuentra en esta situación el número 4 del artículo único del proyecto. d) Artículos modificados. Se encuentran en esta situación los números 2 y 3 del artículo único del proyecto. e) Artículos nuevos introducidos. No los hay. f) Artículos que deban ser conocidos por la Comisión de Hacienda. No los hay. g) Indicaciones rechazadas por la Comisión. No hay indicaciones rechazadas. e) Se designó diputada informante a la señora Paulina Núñez. II. ANTECEDENTES. En el primer trámite reglamentario, la Sala de la Cámara de Diputados prestó su aprobación a la propuesta de esta Comisión para modificar el Reglamento de la Cámara de Diputados en materia de formulación de preguntas a los ministros de Estado, la que, básicamente, tenía el siguiente contenido. En primer lugar, se crea una nueva modalidad de requerimiento de información al ministro citado, pues en lugar de presentar un cuestionario temático, como se exige hoy, los solicitantes pueden optar por formularle preguntas. Es decir, se permite que coexistan el cuestionario temático y las preguntas. En el nuevo artículo 324 ter se impone al ministro citado el deber de responder por escrito las preguntas formuladas, con una antelación mínima de 24 horas a la sesión en que se llevará a efecto la interrogación, documento que la Secretaría de la Cámara hará llegar sólo al diputado interrogador. Además, se amplía de 10 a 15 días el plazo que ha de mediar entre la aprobación de la citación y la sesión se interpelación, con el objeto de dar más tiempo al ministro citado para recabar y proporcionar la información solicitada y responder las preguntas formuladas. Como consecuencia de ese aumento de plazo, se elimina la opción que actualmente tienen los ministros de excusarse de contestar las preguntas en la sesión de interpelación e indicar la sesión en la que concurrirán a contestar. Otro cambio se refiere a la duración de la sesión en la que se lleva a cabo la interpelación. Hoy carece de plazo. El proyecto propone, mediante un cambio en el artículo 326, que tenga una duración máxima de 3 horas, independientemente de si es sesión ordinaria o especial, y que dentro de ese término se lleven a efecto todas las actuaciones que autoriza el Reglamento. Consecuentemente, se elimina la norma que prorroga indefinidamente la sesión. Otra innovación consiste en reducir los tiempos para preguntar y pedir aclaraciones que tiene el diputado que formula las preguntas, como también los plazos para responder asignados al ministro citado, y se establece al final de cada ronda de preguntas un nuevo lapso de 30 segundos para cada uno. A la inversa, el proyecto aumenta el tiempo de los jefes de bancada para hacer precisiones sobre la materia debatida o para pronunciarse sobre el instrumento de fiscalización que eventualmente se presente, como también eleva el tiempo que se concede al ministro para hacer sus comentarios finales. En relación con el dinamismo que se quiere imprimir a este instrumento de fiscalización, la iniciativa permite el diálogo directo entre diputado interrogador y ministro citado, sin perjuicio de que el Presidente conserva las facultades de dirigir el debate, llamar al orden y mantenerlo en la Sala. Finalmente, es novedosa la creación, en el ámbito de las sesiones de preguntas a un ministro de Estado, de una nueva oportunidad procesal para que tengan cabida las dos vías de fiscalización que reconoce el artículo 52, número 1, letra a), de la Constitución: la adopción de acuerdos por la mayoría de sus miembros presentes o el envío de oficios de fiscalización a petición de un tercio de los miembros presentes, siempre a elección del diputado interpelante, quien tendrá la iniciativa para elegir uno u otro medio. Tal posibilidad se justifica porque en muchas ocasiones en la interpelación se analizan temas que son políticamente transversales, de modo que un proyecto de acuerdo podría tener amplio apoyo, dependiendo de la forma en que sea formulado. III. DISCUSIÓN PARTICULAR. La diputada señora Paulina Núñez formuló enmiendas al articulado explicado en el acápite anterior, las que recaen en los nuevos artículos 324 bis y 324 ter, y en la modificación propuesta al artículo 325 del Reglamento, cuyos contenidos se detallan a continuación y respecto de las cuales la Comisión adoptó los acuerdos que se indican. Artículo único, número 2 (artículo 324 bis) En el primer informe se aprobó el siguiente texto: “Artículo 324 bis. Las preguntas que se acompañen a la solicitud deberán ser precisas y específicas y formuladas de manera asertiva o interrogativa. A la Mesa corresponderá declarar la inadmisibilidad de las preguntas que no cumplan con ese requisito.”. La Diputada señora Paulina Núñez formuló una enmienda para sustituir el artículo 324 bis propuesto por el siguiente: “Artículo 324 bis. Si los solicitantes estimaren acompañar preguntas a la solicitud, éstas deberán ser precisas y específicas y formuladas de manera asertiva o interrogativa.”. La autora señaló que la enmienda propuesta es absolutamente concordante con lo aprobado en general, por cuanto de su texto se ratifica que queda a criterio del grupo interrogador la decisión de presentar un cuestionario temático o una lista de preguntas junto a la petición de citación al ministro. Añadió que el reemplazo implica eliminar la facultad que se confiere a la Mesa para declarar la inadmisibilidad de las preguntas mal formuladas. Los restantes miembros de la Comisión coincidieron en que esta enmienda es coherente con la idea aprobada en el primer informe. El señor Auth se manifestó contrario a la indicación y, en general, al hecho de que en la norma hayan quedado recogidas las dos opciones -cuestionario temático o preguntas concretas-, puesto que le resta eficacia a la transformación de este medio de control del Gobierno. Artículo único, número 3 (artículo 324 ter) El texto sometido a consideración de la Cámara en el primer trámite establecía lo siguiente: “Artículo 324 ter. El ministro requerido deberá responder por escrito las preguntas formuladas. El documento con las respuestas deberá entregarse al diputado designado para formular las preguntas, por intermedio de la Secretaría de la Cámara, con una anticipación mínima de veinticuatro horas previas al inicio de la sesión en que se llevará a efecto la formulación de las preguntas. Del documento con las respuestas se dará cuenta en la misma sesión.”. La diputada señora Paulina Núñez presentó una enmienda para intercalar en el artículo 324 ter propuesto, entre las palabras “requerido” y “deberá”, la frase “en caso de que los solicitantes opten por acompañar preguntas a la solicitud,”. Explicó la señora diputada que, con este añadido, se precisa de mejor manera que la obligación del ministro de proporcionar respuestas por escrito rige únicamente cuando los peticionarios presentan una lista de preguntas, pero no cuando acompañan un cuestionario temático. A juicio del resto de los integrantes de la Comisión, esta modificación es coherente con la anterior. Artículo único, número 4 (artículo 325) El artículo 325 vigente preceptúa en su inciso primero que debe darse cuenta a la Sala de la solicitud para citar a un ministro de Estado con el fin de formularle preguntas, y que en la misma sesión el Presidente debe señalar día y hora para la comparecencia. En el primer informe, la Cámara aprobó que, además de darse cuenta de la solicitud de interpelación, también se dé cuenta “de la lista de preguntas”. La diputada señora Paulina Núñez presentó una indicación para eliminar, en el inciso primero del artículo 325, la inclusión de la frase “y de la lista de preguntas”, con lo cual indirectamente lo que hace es eliminar el número 4. Argumentó la señora diputada que este cambio obedece a una necesaria concordancia con las dos indicaciones aprobadas, de modo que es un cambio meramente formal. Sometidas a votación en un solo acto las tres indicaciones transcritas, fueron aprobadas por mayoría de votos. Votaron a favor la diputada señora Claudia Nogueira y los diputados señores Lautaro Carmona, Aldo Cornejo (Presidente), Marcos Espinosa, Rodrigo González, Jorge Insunza, Giorgio Jackson, Nicolás Mönckeberg, Daniel Núñez, Jorge Rathgeb, Raúl Saldívar, Marcelo Schilling, Víctor Torres e Ignacio Urrutia. En contra lo hizo el diputado Pepe Auth. IV. ENMIENDAS APROBADAS. En mérito de los acuerdos adoptados, la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento solicita a esta Cámara aprobar las siguientes enmiendas al texto aprobado en el primer informe: 1. Sustituir, en el artículo único número 2, el texto del artículo 324 bis propuesto por el siguiente: “Artículo 324 bis. Si los solicitantes estimaren acompañar preguntas a la solicitud, éstas deberán ser precisas y específicas y formuladas de manera asertiva o interrogativa.”. 2. Intercalar, en el artículo 324 ter propuesto por el artículo único número 3, entre las palabras “requerido” y “deberá”, la frase “en caso de que los solicitantes opten por acompañar preguntas a la solicitud,”. 3. Suprimir el número 4 del artículo único. V. TEXTO APROBADO POR LA COMISIÓN. En virtud de lo expuesto precedentemente, a modo meramente ilustrativo se deja constancia que, de aprobarse las enmiendas propuestas en este segundo informe, el texto del proyecto quedaría como sigue: PROYECTO DE ACUERDO “Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Reglamento de la Cámara de Diputados: 1. En el inciso primero del artículo 324, intercálase entre la palabra “preguntas” y la frase “que se harán”, la expresión “así como las solicitudes de antecedentes que se requieran para tal efecto, o acompañar las preguntas”. 2. Agrégase, a continuación del artículo 324, el siguiente artículo 324 bis: “Artículo 324 bis. Si los solicitantes estimaren acompañar preguntas a la solicitud, éstas deberán ser precisas y específicas y formuladas de manera asertiva o interrogativa.”. 3. Incorpórase el siguiente artículo 324 ter: “Artículo 324 ter. El ministro requerido, en caso de que los solicitantes opten por acompañar preguntas a la solicitud, deberá responder por escrito las preguntas formuladas. El documento con las respuestas deberá entregarse al diputado designado para formular las preguntas, por intermedio de la Secretaría de la Cámara, con una anticipación mínima de veinticuatro horas previas al inicio de la sesión en que se llevará a efecto la formulación de las preguntas. Del documento con las respuestas se dará cuenta en la misma sesión.”. 4. Introdúcense los siguientes cambios en el artículo 326: a) Reemplázase en el inciso primero las palabras “cinco” y “diez” por “diez” y “quince”, respectivamente. b) Agrégase, al final del inciso primero, la siguiente oración: “, a menos que el último día del plazo recaiga en aquellos en que la Cámara no se reúne, caso en el cual la sesión se celebrará el día legislativo inmediatamente siguiente”. c) Reemplázase el inciso segundo por el siguiente: “Para estos efectos, se podrá fijar una sesión especial de no más de tres horas de duración, o destinar una sesión ordinaria que se celebre dentro del plazo establecido en el inciso anterior, la que no podrá extenderse por más de tres horas. Dentro de este tiempo deberá comprenderse la totalidad de las actuaciones a que se refiere el artículo siguiente.”. 5. Modifícase el artículo 327 en el siguiente sentido: a) Agrégase el siguiente inciso primero, nuevo, pasando los actuales incisos primero, segundo, tercero y cuarto a ser segundo, tercero, cuarto y quinto, respectivamente: “Para el solo efecto de este título, el diputado que formule las preguntas y el ministro podrán dirigirse la palabra directamente entre sí, sin perjuicio de las facultades del Presidente de dirigir el debate y de aquellas relativas al control de las faltas al orden.”. b) En el inciso primero, que pasa a ser segundo, reemplázase “tres minutos” por “dos minutos”. c) En el inciso segundo, que pasa a ser tercero, reemplázase “cinco minutos” por “tres minutos”. d) En el inciso tercero, que pasa a ser cuarto, reemplázase la expresión “de tres minutos” por “a un minuto”. e) En el inciso cuarto, que pasa a ser quinto, reemplázase la expresión “cinco minutos” por “dos minutos”. f) Intercálase el siguiente inciso sexto, nuevo: “Con todo, si el diputado que formula las preguntas no queda conforme con la aclaración, dispondrá de treinta segundos para solicitar una nueva aclaración. El mismo tiempo tendrá el ministro para responder.”. g) En el inciso quinto, que pasa a ser séptimo: i. Reemplázase la expresión “hasta tres minutos” por “hasta cinco minutos”. ii. Agrégase, a continuación de la expresión “convocatoria”, la siguiente frase: “o para pronunciarse sobre el proyecto de acuerdo o petición de antecedentes que eventualmente se presenten”. iii. Reemplázase el vocablo “tres” por “cinco”. h) Elimínase el inciso sexto, que ha pasado a ser octavo. i) Elimínase el inciso final 6. Agrégase, a continuación del artículo 327, el siguiente artículo 327 bis: “Artículo 327 bis. Una vez concluidas las intervenciones a que se refiere el artículo anterior, la Cámara votará sin discusión el proyecto de acuerdo o la solicitud de antecedentes que se haya formulado en virtud de lo establecido en los incisos primero y segundo del artículo 52, número 1, letra a), de la Constitución Política de la República, el que sólo podrá tener como destinatario al Presidente de la República. En esta instancia, sólo el diputado designado para formular las preguntas podrá presentar tanto el proyecto de acuerdo como la solicitud de antecedentes, con su sola firma, y referido únicamente a la materia de la convocatoria.”.”. Sala de la Comisión, 20 de enero de 2015. Acordado en sesión celebrada el 20 de enero de 2015, con la asistencia de la diputada Claudia Nogueira y de los diputados Pepe Auth, Lautaro Carmona, Aldo Cornejo (Presidente), Marcos Espinosa, Rodrigo González, Jorge Insunza, Giorgio Jackson, Nicolás Mönckeberg, Daniel Núñez, Jorge Rathgeb, Raúl Saldívar, Marcelo Schilling, Víctor Torres e Ignacio Urrutia. (Fdo.): MIGUEL LANDEROS PERKIĆ, Secretario de la Comisión.”