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- rdf:value = " CREACIÓN DE CONSEJOS COMUNALES Y PLANES COMUNALES DE SEGURIDAD PÚBLICA (Primer trámite constitucional. Boletín 9601-25)El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública.
Diputados informantes de las Comisiones de Seguridad Ciudadana y de Hacienda son la señora Marcela Sabat y el señor Enrique Jaramillo , respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, sesión 71° de la presente legislatura, en 24 de septiembre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana, sesión 110° de la presente legislatura, en 6 de enero de2015. Documentos de la Cuenta N° 24.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 113° de la presente legislatura, en 13 de enero de 2015. Documentos de la Cuenta N° 23.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
Informo a la Sala que, en reemplazo de la diputada señora Marcela Sabat , rendirá el informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana el diputado señor Matías Walker .
Tiene la palabra su señoría.
El señor WALKER (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Seguridad Ciudadana, paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el ministerio del interior y seguridad pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública, boletín N° 9601-25, originado en un mensaje de su excelencia la Presidenta de la República.
La idea matriz de este proyecto es modificar la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con los siguientes propósitos:
1) Fortalecer el rol de las municipalidades en materia de seguridad pública.
2) Establecer un plan comunal de seguridad pública como instrumento de gestión comunal.
3) Crear consejos comunales de seguridad pública, como órganos de carácter consultivo, de asesoría y colaboración con el alcalde en la confección del plan comunal de seguridad pública.
Cabe hacer presente que las siguientes normas del artículo 1°, que modifica la ley orgánica de Municipalidades del texto aprobado, tienen rango de ley orgánica constitucional, en virtud de lo establecido en los artículos 118 y 119 de la Constitución Política, en relación con las circunstancias que en cada caso se señalan.
-Números 1 y 2 letra b) (que modifican la letra j) del artículo 4º y que incorpora una nueva letra l) de la ley orgánica de Municipalidades, respectivamente) por incidir el primero en el otorgamiento de una función municipal y el segundo en una nueva atribución a las municipalidades.
-Número 4 (que incorpora un artículo 16 bis, en lo tocante a su inciso tercero) por otorgar una nueva atribución al alcalde.
-Números 5 y 6 letra a) (que modifican el inciso segundo del artículo 56 y las letra m) del artículo 63, ambos de la ley orgánica de Municipalidades) debido a que modifican las atribuciones de los alcaldes, en el primer caso ampliándolas, y en el segundo restringiéndolas.
-Número 7 (que incorpora una nueva letra c) al artículo 65 de la ley orgánica de Municipalidades) porque trata materias en que el alcalde requiere el acuerdo del concejo.
-Números 8 y 9 (que modifican el inciso primero del artículo 67 de la ley orgánica de Municipalidades) por cuanto en ambos casos amplia las obligaciones del alcalde.
-Número 10 (que crea el título IV A del “Consejo Comunal de Seguridad Pública y el Plan Comunal de Seguridad Pública” en la ley orgánica de Municipalidades, respecto de los nuevos artículos 104 B, 104 D, 104 E, letras a) y e), e incisos cuarto y quinto del artículo 104 F, en que se establecen nuevas atribuciones al alcalde.
Por su parte, requieren ser conocidas por la Comisión de Hacienda las siguientes normas del texto aprobado:
-El número 4 del artículo 1º, que crea un coordinador de seguridad pública a nivel comunal.
-El número 10 del artículo 1º que consagra la existencia del Consejo Comunal de Seguridad Pública.
Discusión general.
En el marco del debate de la discusión general, se recibió el parecer de las siguientes personas:
Antonio Frey Valdés , subsecretario de Prevención del Delito; Gustavo Paulsen , jefe de la División Jurídica de dicha Subsecretaría, y de los asesores del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, abogados Rodrigo González López , Rodrigo Medina Jara y José Pedro Silva ; de Sergio Echeverría García , presidente de la Comisión de Seguridad de la Asociación Chilena de Municipalidades; de Daniel Jadue Jadue , alcalde de Recoleta; de Gustavo González Jure , general director de Carabineros, y de Marcos Vásquez Meza , director general de la Policía de Investigaciones.
Principales modificaciones incorporadas al proyecto.
Creación del cargo de director de seguridad pública.
El Ejecutivo presentó una indicación para crear un nuevo artículo 16 bis en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, que establece que podrá existir un director de Seguridad Pública en todas aquellas comunas donde lo decida el Concejo Municipal, a proposición del alcalde.
Para desempeñar el cargo se requerirá estar en posesión de título profesional o técnico de nivel superior otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocidos por este.
El director de Seguridad Pública será designado por el alcalde y será su colaborador directo en las tareas de coordinación y gestión de las funciones de seguridad pública y en el seguimiento del Plan Comunal de Seguridad Pública.
Cabe destacar que esta modificación obedeció a una inquietud presentada por algunos parlamentarios integrantes de la Comisión. Además, fue analizado por el Ministerio de Hacienda y la Asociación Chilena de Municipalidades, lo que llevó a un acuerdo sobre la materia.
Sin embargo, en el seno de la Comisión, se debatió acerca de la eventual desigualdad que se produciría entre los distintos municipios por sus condiciones presupuestarias, lo que en definitiva les permitiría o no contar con la figura del director de Seguridad Pública, en la medida en que contaran con los recursos para cubrir los honorarios de este funcionario.
Por lo anterior, se solicitó al Ejecutivo establecer alguna vía de financiamiento que permita que todos los municipios del país cuenten con este director.
Integración del Consejo Comunal de Seguridad Pública.
Fruto de una indicación parlamentaria, se modificó la forma de elegir a los concejales que integrarán el Consejo y se estableció que su elección se realizara en una votación única.
Por su parte, el Ejecutivo propuso modificar la forma de representación de Carabineros de Chile, haciendo eco de lo planteado por dicha institución, de manera que se permitirá que en el caso de las comunas que tengan más de una comisaría, el representante sea designado por la Prefectura correspondiente.
En el mismo sentido, el Ejecutivo propuso que en el caso de quien represente a la Policía de Investigaciones no se exija que el funcionario pertenezca al escalafón policial, por cuanto el director general planteó a la Comisión que sólo tienen presencia real en 98 comunas y en atención a que, de acuerdo a la nueva ley, de los 7.000 detectives que existen a la fecha, se aumentará aproximadamente a 8.500.
La exigencia de que el representante de la PDI tenga que ser un jefe de brigada comunal, será de muy difícil aplicación, por eso la importancia de contar con delegados de menor graduación, para no comprometer siempre a las jefaturas en esta función.
Finalmente, frente al número limitado de fiscales, se amplió la representación del Ministerio Público a los abogados asistentes de fiscal.
Texto aprobado por la Comisión.
En definitiva, el texto aprobado por la Comisión de Seguridad Ciudadana consta de dos artículos permanentes:
El artículo 1º, que modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, con los siguientes fines:
a) Entrega a los municipios, como nueva función, el desarrollo, implementación, promoción y apoyo de acciones de prevención social, situacional, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social, así como también la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad.
b) Faculta a los municipios para elaborar, aprobar y ejecutar el Plan Comunal de Seguridad Pública, que además se reconoce como un instrumento de gestión municipal, de vigencia anual y que deberá ser presentado por el alcalde al Concejo Municipal para su aprobación.
c) Permite en cada comuna la creación del cargo de director de seguridad pública, donde lo decida el Concejo Municipal, a proposición del alcalde. Este director será colaborador directo del alcalde en las tareas de coordinación y gestión de seguridad pública, y estará encargado del seguimiento del Plan Comunal de Seguridad Pública.
d) Se crea el Consejo Comunal de Seguridad Pública, presidido por el alcalde e integrado por: el gobernador respectivo, dos concejales, elegidos por el Concejo Municipal, en votación única; el oficial o suboficial de fila de Orden y Seguridad de Carabineros de Chile, que ostente el más alto grado en la unidad policial de mayor categoría con presencia en la comuna; el oficial policial de la Policía de Investigaciones de Chile que ostente la mayor jerarquía de la respectiva unidad o el designado por el superior jerárquico de la jurisdicción correspondiente en aquellas comunas que no sean asiento de unidad policial; el fiscal adjunto jefe de la Fiscalía Local correspondiente del Ministerio Público o el abogado o asistente de fiscal, y dos representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, elegidos por éste.
Además, según las características específicas de la comuna, podrán existir representantes del Servicio Nacional de Aduanas, del Servicio Agrícola y Ganadero, del Instituto Nacional de Estadísticas y del Servicio Nacional de Turismo.
En los casos de aquellas comunas cuyo número de habitantes no supere los 5.000, dos o más comunas podrán constituir un Consejo Intercomunal de Seguridad Pública o alguna de ellas participar del Consejo Comunal de una comuna colindante de mayor número de habitantes.
Las funciones de estos consejos serán:
a) Efectuar, a petición del alcalde, el diagnóstico del estado de situación de la comuna en materia de seguridad pública.
b) Suministrar los antecedentes e información necesarios y entregar opinión al alcalde para la elaboración del Plan Comunal de Seguridad Pública.
c) Emitir opinión respecto de las ordenanzas que se dicten en materias de convivencia vecinal y seguridad pública comunal.
d) Efectuar el seguimiento y monitoreo de las medidas contempladas en el Plan Comunal de Seguridad Pública.
e) Apoyar técnicamente, a petición del alcalde, la ejecución de los proyectos y acciones que se desarrollen en el marco del Plan Comunal de Seguridad Pública.
f) Constituirse en instancia de coordinación comunal en materias de seguridad pública de la municipalidad, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y del Ministerio Público.
Por su parte, el artículo 2° modifica la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en el siguiente sentido:
Se incorpora como nueva función de la Subsecretaría de Prevención del Delito y de los Consejos Regionales de Seguridad Pública Interior, cada uno en el ámbito de su competencia, emitir opinión sobre la coherencia de los planes comunales de seguridad pública con la Política Nacional de Seguridad Pública Interior y con los instrumentos de gestión y directrices del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Es todo cuanto puedo informar.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor JARAMILLO (de pie).-
Señor Presidente, me corresponde rendir el informe relativo al proyecto de ley que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, y de conformidad con el artículo 226 del Reglamento de la Corporación.
Al tenor del informe de la comisión técnica, las normas de competencia de la Comisión de Hacienda son los numerales 4), que intercala un artículo 16 bis nuevo, y 10) en la parte que incorpora el artículo 104 A), ambos del artículo 1° del proyecto y cuyo contenido general es el siguiente:
1) El número 4 del artículo 1º intercala un artículo 16 bis nuevo en la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades (DFL N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior), mediante el cual se faculta al municipio para la creación del cargo de director de seguridad pública a nivel comunal.
2) El N° 10 del artículo 1º incorpora el artículo 104 A) en la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades (DFL N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior), el que dispone que en cada municipalidad existirá un consejo comunal de seguridad pública como un órgano consultivo encargado de recibir, ordenar y analizar los antecedentes, estadísticas y toda clase de información relativa a la seguridad pública comunal, con el objeto, principalmente, de colaborar con el alcalde en la elaboración del plan comunal de seguridad pública, para el cumplimiento de lo señalado en la letra j) del artículo 4° de la ley que se modifica; esto es, el desarrollo, implementación, promoción y apoyo de acciones de prevención social, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social, así como también la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad.
De conformidad con el artículo 104 B) del proyecto, el consejo comunal de seguridad pública será presidido por el alcalde y lo integrarán las siguientes personas:
a) El gobernador respectivo o quien lo represente. Tratándose de las municipalidades de la provincia de Santiago, el consejo se integrará por el intendente de la Región Metropolitana o quien lo represente.
b) Dos concejales elegidos por el concejo municipal, en una votación única;
c) El oficial o suboficial de fila de Orden y Seguridad de Carabineros de Chile que ostente el más alto grado en la unidad policial de mayor categoría con presencia en la comuna. En el caso de las comunas que tengan más de una comisaría, este será designado por la prefectura correspondiente.
d) El oficial policial de la Policía de Investigaciones de Chile que ostente la mayor jerarquía de la respectiva unidad o el designado por el superior jerárquico de la jurisdicción correspondiente en aquellas comunas que no sean asiento de unidad policial; y
e) El fiscal adjunto jefe de la fiscalía local correspondiente del Ministerio Público y en las comunas donde no tenga asiento una fiscalía local, el fiscal o abogado o asistente de fiscal que designe el respectivo fiscal regional.
El consejo lo integrarán, además, dos representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, elegidos por este.
En aquellas comunas en cuyo territorio existan pasos fronterizos, puertos o aeropuertos, el consejo será integrado, además, por un representante del Servicio Nacional de Aduanas y uno del Servicio Agrícola y Ganadero, designados por los respectivos directores regionales.
En aquellas comunas en que el porcentaje de ruralidad supere el 20 por ciento de la población, según los criterios establecidos por el Instituto Nacional de Estadísticas, el consejo será integrado, además, por un representante del Servicio Agrícola y Ganadero, designado en la forma señalada en el inciso anterior.
En aquellas comunas catalogadas como área turística, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5° de la ley N° 20.423, el consejo será integrado, además, por un representante del Servicio Nacional de Turismo, designado por el director regional de ese organismo.
Sin perjuicio de lo anterior, el consejo podrá convocar a otras autoridades o funcionarios públicos o a representantes de organizaciones de la sociedad civil cuya opinión considere relevante para las materias que le corresponda abordar.
Incidencia presupuestaria del proyecto:
El informe financiero N° 91, de 16 de septiembre de 2014, que acompañó al mensaje, señala que las materias que se modifican en el presente proyecto de ley, se refieren a normas de gestión y administración municipal que no involucran incremento en el nivel de actividad de los municipios, pudiendo por tanto ser atendidas con sus presupuestos normales, consecuente con lo anterior, indica que este proyecto de ley no irroga un mayor gasto fiscal.
Por su parte, el informe financiero N° 108, de 24 de noviembre de 2014, que acompañó indicaciones de su Excelencia la Presidenta de la República, señaló que las materias establecidas en la indicación, en particular la creación del cargo de director de seguridad pública, no irrogan un mayor gasto fiscal, toda vez que tal como lo establece la indicación, la creación y provisión de dicho cargo deberá ajustarse a las disponibilidades del presupuesto municipal. Ojalá se tome debida nota de este importante párrafo.
Tramitación del proyecto ante la Comisión:
El texto aprobado por la comisión técnica fue objeto de indicaciones parlamentarias que surgieron durante el debate y dicen relación con las inquietudes de sus integrantes respecto de supeditar la existencia de un jefe de seguridad comunal a la disponibilidad de recursos municipales; como asimismo, al hecho de que la creación de este cargo fuese a propuesta del alcalde. Ambas indicaciones fueron declaradas inadmisibles por incidir en materias de iniciativa exclusiva de su Excelencia la Presidenta de la República.
Procedimiento de votación:
Se procedió a la votación de ambas disposiciones en forma separada.
El número 4) del artículo 1°, que incorpora un nuevo artículo 16 bis a la ley N° 18.695, fue aprobado por mayoría de votos.
Por su parte, el numeral 10) del artículo 1°, que incorpora el artículo 104 A), fue aprobado por el voto unánime de los diputados presentes.
En consecuencia, la Comisión de Hacienda aprobó el proyecto en los mismos términos propuestos por la comisión técnica, en sesión de fecha 7 de enero de 2015, con la asistencia de los diputados señores Pablo Lorenzini , presidente de la Comisión, Sergio Aguiló , Pepe Auth , Felipe de Mussy , Patricio Melero, José Miguel Ortiz , Alejandro Santana , Marcelo Schilling y quien habla, Enrique Jaramillo , recomienda la aprobación del mismo a la Sala.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Arturo Squella .
El señor SQUELLA .-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero señalar que este es un buen proyecto. Así como dijo uno de los diputados informantes, cuenta con el apoyo transversal en ambas comisiones que tuvieron que pronunciarse y debatir respecto de la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública. Precisamente, este apoyo transversal al cual me refería, primero, se desprende de que si bien es cierto el proyecto es de iniciativa del actual gobierno, presentado por el ministro del Interior y conducido de muy buena forma por el subsecretario de Prevención del Delito y sus asesores, se basa o fundamenta precisamente de una iniciativa que tiene origen en el gobierno anterior -miembros de la Alianza-, por cuanto creíamos importante dar un paso adelante para vincular a la primera autoridad política comunal con las principales demandas de la ciudadanía, en particular, en lo que respecta a una mayor seguridad ciudadana, que es también una de las razones ejes que se tuvo cuando se dio la unanimidad en este proyecto.
Ahora bien, lo que quiero transmitir con esto no es que los efectos técnicos serán menores o más bien matizados de acuerdo con la capacidad que tenga cada uno de los consejos que se vayan conformando a lo largo del país, sino más bien exacerbar la importancia que, a mi juicio, tiene el hecho de que la principal autoridad comunal –me refiero al alcalde-, según los estudios de opinión pública, muchas veces, la más cercana que sienten los vecinos, tenga e incorpore, dentro de su responsabilidad y deber, la presentación de un plan comunal para que lo apruebe el concejo municipal, junto con la creación del consejo comunal de seguridad pública, que me parece una muy buena noticia.
Ahora, muchos no están acostumbrados a que el municipio intervenga en este tipo de materias, sino más bien a que cada vez que un vecino concurre a reclamar a la municipalidad sobre aspectos propios de seguridad ciudadana, la respuesta de cualquier funcionario municipal siempre será, y seguramente se replica en todas las comunas del país, que no tienen responsabilidad alguna en lo que respecta al tema del combate contra la delincuencia. Así es hasta el día de hoy. Precisamente, a quien le corresponde asumir esta obligación es al Ministerio del Interior, es decir, al gobierno central. Sin embargo, también es verdad que a la hora de tomar decisiones que tengan algún efecto en la ciudadanía, lo más importante es saber cuáles son esas principales demandas. Está comprobado que la principal demanda de los vecinos es precisamente contar con una mayor seguridad ciudadana. Es decir, de ahora en adelante, quienes se presenten a candidatos a las elecciones de alcalde y de concejales, necesariamente, tendrán que tener un buen plan de desarrollo en materia de seguridad pública, lo cual es una buena noticia.
También es importante tener a la vista que hay que tener cuidado con la generación de grandes expectativas. Ello, porque es evidente de que por el solo hecho que exista un nuevo plan comunal de seguridad pública o que se cuente con mayor información al respecto, que sin duda será de gran utilidad para las fuerzas policiales, o que exista un consejo que esté dedicado en forma exclusiva a tratar estos temas, no necesariamente se van a resolver todos los problemas ni nos brindará una mayor seguridad o tranquilidad, como a todos nos gustaría. Esto es simplemente un aporte. Y es aquí donde quiero marcar el acento y pedirle al ministro del Interior –a quien echamos de menos su presencia en esta sesión-, que así como cuando presentó este proyecto se dio cuenta que contaba con un apoyo transversal, con la participación y colaboración activa de todos para lograr una mejor redacción de lo que en definitiva va a ser ley, ese mismo espíritu y manera de tratar las materias propias de seguridad ciudadana, lo encontrará en otros proyectos también. Por lo tanto, le pido que se atreva a presentar más iniciativas que apunten a atender la principal demanda de la ciudadanía, cual es tener una mayor seguridad ciudadana.
Encontrará una buena recepción, porque queremos sacar adelante todo lo que tenga que ver con una agenda legislativa que ayude a combatir el tema de la delincuencia que tanto afecta a la ciudadanía, pero para eso necesitamos esa agenda. Por lo mismo –y con esto termino-, le pido al ministro del Interior, quien seguramente está siguiendo este debate desde La Moneda, que continuemos avanzando en los proyectos que muchas se anuncian antes por los medios de comunicación; preséntelos, debatámoslos y saquémoslos adelante, porque eso es precisamente lo que quiere la ciudadanía: tener mayor seguridad ciudadana y combatir como corresponde la delincuencia en las ciudades y comunas de nuestro país.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Pilowsky .
El señor PILOWSKY .-
Señor Presidente, no cabe duda que una de las principales preocupaciones de los vecinos y vecinas de nuestras comunas es la seguridad ciudadana o pública. Así lo demuestran las diversas encuestas que, en materia de delincuencia, han mantenido una constante en los últimos años.
La encuesta CEP, entre Julio y Noviembre de 2014, en sus últimas dos mediciones, señala claramente que, después de salud y educación, la delincuencia, robos y asaltos, constituye el principal problema al cual el Gobierno le debe dedicar un mayor esfuerzo.
Por esta razón, señor Presidente, el programa de gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet comprometió diversas iniciativas que van en la dirección de contar con un ambiente seguro, entendiéndolo como el respeto colectivo entre los ciudadanos en su convivencia. Hace pocos meses celebramos la aprobación del aumento de la dotación de funcionarios de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones, en 6.000 y 1.200 respectivamente.
En aquella oportunidad señalamos que aprobábamos con entusiasmo el esfuerzo de aumentar la cantidad de policías. En la tarea de tener barrios, plazas, parques y calles más seguras es necesario que las policías jueguen un rol de control y prevención importante. Policías más capacitadas, profesionales y suficientes en número, podrán llegar a los distintos rincones de nuestras comunas donde se necesiten. En particular, en las que represento, Peñalolén y La Reina.
Sin embargo, también señalamos que para combatir la delincuencia, más que policías y penas más altas, necesitábamos una estrategia integral que involucrara a diversos actores. Es necesario que el Gobierno, quien tiene la iniciativa y la responsabilidad en materia de seguridad pública, tome en cuenta distintas dimensiones, como la prevención, la coordinación de las autoridades, la participación de los vecinos organizados, la rehabilitación y reinserción social, elementos que en un conjunto permiten, lógicamente, mejorar los índices de seguridad ciudadana y crear una sociedad más inclusiva.
En este sentido, el proyecto en discusión y que pretende crear Consejos Comunales de Seguridad Pública en cada uno de las comunas del país, es una buena noticia que se agrega a las anteriores.
Durante años hemos señalado que cuando las políticas públicas son impulsadas desde los gobiernos locales tienden a ser más eficientes en la medida en que se cuente con las herramientas necesarias para implementarlas en forma eficiente y debidamente. En definitiva, este Consejo de Seguridad Pública permitirá trabajar un tema que es nacional pero con una lógica y perspectiva comunal.
Los Consejos Comunales que crea esta nueva ley tendrán como objetivo servir de órgano consultivo encargado de recibir, ordenar y analizar los antecedentes, estadísticas y toda clase de información relativa a la seguridad pública comunal, con el objeto, principalmente, de colaborar con el alcalde en la elaboración del plan comunal de seguridad pública.
Este plan comunal de seguridad pública será el instrumento, tal como lo puede ser hoy el plan de desarrollo comunal, Pladeco , por el cual se podrá establecer una estrategia comunal con metas claras e índices determinados que disminuya los índices de inseguridad o delincuencia.
Los municipios, especialmente los alcaldes, tendrán la responsabilidad de preocuparse seriamente de la delincuencia de su comuna. Tendrán los insumos necesarios para tomar las decisiones que correspondan como, por ejemplo, iluminar un determinado sector, ordenar el cierre de sitios eriazos, la construcción de espacios públicos o la intervención social de barrios peligrosos.
Por esta razón, y como integrante de la Comisión de Seguridad Ciudadana de esta Corporación, junto al diputado Leonardo Soto , planteamos la necesidad de perfeccionar algunos aspectos de este proyecto de ley. Principalmente, somos de la opinión de que para asegurar la eficacia de los instrumentos y decisiones era necesario que las municipalidades contaran con un liderazgo que se hiciera responsable de la ejecución del Plan Comunal de Seguridad Pública. No bastaba con que el alcalde presidiera este consejo, sino que también era necesario crear un cargo que permitiera liderar este proceso en materia de seguridad. Por eso planteamos la necesidad de crear este cargo, en la planta municipal, de Director de Seguridad Pública.
Al respecto, cabe señalar que logramos una buena acogida del Gobierno, tanto en el Ministerio de Hacienda como del Interior, quienes finalmente presentaron la indicación, y con los colegas diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Seguridad Pública aprobamos la indicación.
Señor Presidente, invito a los colegas que aprueben el proyecto.
Tengo la convicción de que estamos haciendo lo correcto, pues el hecho de entregar a los municipios la oportunidad y las herramientas para combatir la delincuencia servirá para diagnosticar mejor los problemas y nudos que, una vez resueltos, podrán disminuir no solo la comisión de delitos, sino, también, la sensación de inseguridad que afecta directamente la calidad de vida de vecinas y vecinos.
Señor Presidente, queremos construir un país inclusivo. En esta línea se enmarca el programa del gobierno y el compromiso que muchos asumimos al pedir el voto a la ciudadanía durante la campaña.
El objetivo principal de nuestra gestión debe ser volver a entregar a las familias chilenas una mejor calidad de vida que, al eliminar la delincuencia, los barrios, poblaciones y plazas sean para el desarrollo de niños, jóvenes y adultos.
Tenemos la obligación de revertir las cifras: Chile debe seguir como uno de los países más tranquilos y seguros de América latina. Por lo tano, ya no debemos aceptar los índices actuales de delincuencia.
La meta en el corto plazo debe ser disminuir el 24 por ciento de hogares donde algún miembro de la familia fue víctima de un delito; reducir el 38 por ciento de los chilenos cree que serán víctimas de un delito. Más aun, acortar definitivamente la sensación del 50 por ciento de las personas que creen que serán víctimas de un delito camino a su hogar. Estas cifras corresponden a la última Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Ciudadana de 2013.
En esta tarea todos somos parte, es transversal, no admite divisiones políticas y solo son bienvenidos aquellos que aporten ideas en concordancia con el objetivo que se ha planteado.
Hago un llamado a aprobar este proyecto de ley.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).-
Señor Presidente, este proyecto de ley es importantísimo para las comunas.
La iniciativa se originó durante el gobierno anterior, pero se trata de un nuevo proyecto enviado a tramitación al Congreso Nacional por el gobierno actual, lo que deja claro que es un tema transversal, que supera a la administración de turno.
Es importante mirar cómo podemos aportar a la seguridad de las comunas desde un enfoque de todas las corrientes políticas, más allá de nuestras ideologías.
Al respecto, la iniciativa es muy sentida por los ciudadanos, pues a través del tiempo hemos visto cómo la mayoría de los programas de seguridad ciudadana estaban encapsulados desde el gobierno central, sin mirar la diferencia entre una comuna y otra y sin notar cuáles son los problemas de seguridad en cada una de nuestras comunas.
Por lo tanto, este proyecto de ley refleja el sentimiento del gobierno respecto de hacer participar a la ciudadanía en las decisiones que van en su beneficio.
La iniciativa se enfoca en ese sentido, porque fortalece el rol de las municipalidades en materia de seguridad pública, establece un plan comunal de seguridad pública como instrumento de gestión comunal y crea los consejos comunales de seguridad pública, como órganos de carácter consultivo de asesoría y colaboración con el alcalde en la confección del plan comunal de seguridad pública.
Espero que aprobemos este proyecto de ley que modifica el artículo 4° de la ley orgánica constitucional de municipalidades, porque va a cambiar las posibilidades de las organizaciones de seguridad en todas nuestras comunas.
Necesitamos mirar qué está pasando en nuestro país, en cada una de las comunas, respecto de la inseguridad que sienten vecinas y vecinos. Por lo tanto, el hecho de que se cree este instrumento, el Ministerio del Interior y de Seguridad Pública coordinado con los municipios para que lleven a cabo el plan local, no solo podrá transmitir las inquietudes de cada uno de los ciudadanas y ciudadanos, sino, esencialmente, responsabilizará a alcaldes y concejales al tener que aprobar este instrumento por el concejo.
En la actualidad los problemas que se producen de diferentes características en nuestras zonas muchas veces se reclaman al gobierno central y no se responsabiliza a los funcionarios municipales elegidos por el pueblo, que son el alcalde y concejales.
Por lo tanto, esta iniciativa que crea los concejos comunales de seguridad pública hará que la municipalidad pueda detectar cuál es el sentir de la ciudadanía en cada una de las comunas en cuanto a inseguridad y a la búsqueda de mayor seguridad.
No cabe duda de que las necesidades de seguridad pública son muy diversas en las comunas de mi distrito, pues está compuesto por cinco urbanas y cinco rurales, ya que se puede decir que Melipilla, Peñaflor , Talagante y Padre Hurtado son comunas casi urbanas y el resto son rurales, y la situación que se da en cada una de ellas es totalmente distinta. Así, en las comunas rurales hay abigeato y asalto a parcelas de agrado y en las comunas urbanas hay robo de vehículos, asalto a comercio; o sea, la realidad es distinta.
No cabe duda de que el crecimiento que ha tenido la zona aledaña a Santiago es totalmente diferente a lo que pasa en el resto del país. Por lo tanto, es de suma importancia el hecho de crear los consejos comunales.
Por otra parte, quiero agradecer al Ministerio del Interior y a Carabineros de Chile por haber instalado la Prefectura Santiago Costa en Melipilla, porque eso permitirá una mayor dotación de carabineros y el trabajo estratégico en la zona se llevará a cabo directamente. Quiero saludar al nuevo prefecto, coronel Pablo Ortega , que ha llegado a nuestra zona y está muy entusiasmado por trabajar con la dotación que se incorporará en el nuevo edificio que pronto se inaugurará.
Por otra parte, el consejo consultivo mencionado, estará integrado por representantes de los órganos públicos y organismos con incidencia en la seguridad pública. También lo conforman concejales elegidos por el concejo y representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, además de ciertos órganos públicos relevantes para esta temática, según el carácter de la comuna, pudiendo el alcalde convocar a otros organismos que estime necesarios, con el fin de contar con un consejo comunal de seguridad pública más cercano a la ciudadanía y trabajar las situaciones que últimamente han sucedido en nuestra zona, de gran relevancia púbica, que lamentablemente han afectado a vecinos de nuestras comunas.
Por lo tanto, espero que se apruebe este proyecto de ley y que, ojalá, prontamente también se apruebe en el Senado, con el fin de contar con esta gran herramienta para todos los municipios de nuestro país.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger .
El señor BERGER .-
Señor Presidente, dado que uno de los problemas fundamentales que nos ha venido planteando la ciudadanía en el transcurso de los últimos años es el de la seguridad pública, valoro enormemente esta iniciativa del Ejecutivo, pues legitima la creación de los consejos comunales de seguridad púbica y el establecimiento de planes comunales de seguridad, que ya se encuentran funcionando en muchos de nuestros municipios. Con la aprobación de este proyecto se dará reconocimiento legal a esas iniciativas locales.
También destaco que el proyecto plasme en la práctica nacional principios consagrados en nuestra Constitución, especialmente en el Capítulo I, Bases de la Institucionalidad, pues ayudará a promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y a asegurar el derecho constitucional de las personas a participar con igualdad de oportunidades en el quehacer nacional.
Sin embargo, me parece importante hacer presente que nuestra gran tarea en la lucha contra la delincuencia y en la promoción del orden y la seguridad públicos no se agota en la creación de organismos locales como los que plantea la iniciativa en debate, ya que es sabido que las comunas más alejadas de Santiago no cuentan con la dotación policial que permita hacer efectivo el control y la persecución de los actos de delincuencia.
También estimo necesario hacer presente que si bien es cierto el quehacer de estos consejos locales de seguridad pública -preferiría que los llamasen de seguridad ciudadana, para no confundir roles- será relevante en el ámbito local, ellos no son los organismos competentes para ejercer la debida y legal represión de los actos delictivos, y así lo hice ver en la discusión habida en la Comisión.
Por otro lado, también destaco en este proyecto el reconocimiento legal que se dará a los planes comunales de seguridad pública, pues permiten que sea la comunidad local la que, a través de sus vivencias y necesidades reales, estructure un instrumento vinculante a la hora de entregar mayores recursos a los municipios para hacer frente a la problemática de la seguridad pública, sobre todo si se considera que el proyecto posiciona a esos planes como un instrumento similar a los contemplados en el artículo 6° de la ley orgánica constitucional de Municipalidades.
Asimismo, dado que el proyecto modifica una ley de carácter orgánico constitucional, cabe destacar que se hace imprescindible atender en detalle los siguientes tópicos:
Primero, la obligatoriedad del cumplimiento del contenido del plan comunal de seguridad pública y mecanismos formales para ello, considerando la categoría que el proyecto le ha asignado.
Segundo, la necesidad de designar un encargado o director de seguridad pública o ciudadana a nivel municipal, que tenga responsabilidad administrativa en el cumplimiento de aquellas decisiones de carácter vinculante y obligatorio que el consejo comunal haya aprobado.
En este sentido, y es válido para los demás tópicos, es imperioso que desde ya la futura ley considere y asegure el traspaso permanente de recursos desde el erario fiscal hacia las municipalidades para el financiamiento de estas nuevas tareas, como establece la propia ley orgánica constitucional de Municipalidades.
Tercero, la imperiosa necesidad de que el proyecto deje claramente establecidas las responsabilidades y atribuciones de los alcaldes en esta materia, frente a las atribuciones y facultades de los gobernadores y de los intendentes, que por ley son los encargados de velar por el orden y la seguridad pública, a fin de evitar conflictos de competencia entre ellos.
Cuarto, la imperiosa necesidad de esclarecer la naturaleza de los consejos que se crean, ya que en muchos casos sus decisiones serán de carácter imperativo y obligatorio, no meramente consultivo.
Es cuanto puedo aportar, señor Presidente.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni.
El señor CERONI .-
Señor Presidente, sin duda alguna, debemos valorar este proyecto de ley, pues permitirá brindar reconocimiento legal a lo que en la práctica ya existe en muchos municipios de nuestro país: los consejos comunales de seguridad pública.
El combate a la delincuencia y el establecimiento de un sistema de seguridad pública es una responsabilidad que nos corresponde a todos, y no hay mejor representante de la ciudadanía que el municipio respectivo, ya que tiene más cercanía con la población. Esta cercanía permitirá que el consejo comunal de seguridad pública, como órgano consultivo, haga diagnósticos más adecuados en estas materias, con el objeto de colaborar con el alcalde en la elaboración de mejores planes de combate a la delincuencia y un plan de seguridad pública que permita prevenir la delincuencia.
Considero necesario aclarar que bajo ningún punto de vista se pretende entorpecer el accionar del Ministerio Público, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de Carabineros de Chile o de la Policía de Investigaciones. Ellos tienen sus labores establecidas en nuestro ordenamiento constitucional y seguirán en ellas.
Gracias a la integración que tendrán estos consejos comunales, en donde participaran dos concejales, nominados por el concejo municipal; representantes de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones; la fiscalía respectiva, a través de quien nombren, y representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, podrán entregar opiniones fundadas sobre lo que más conviene a cada comuna para elaborar los planes de seguridad pública y evitar la delincuencia.
No se trata de realizar las actividades propias de las policías, sino de prevenir los delitos, por ejemplo, mediante la adopción de medidas especiales en aquellos lugares donde sea más frecuente la comisión de actos delictivos. Por nuestras propias experiencias, sabemos que hay sectores de la población en donde se producen hechos de violencia de parte de jóvenes o de otras personas. Cuando uno visita esos lugares, ve que no existen espacios para el esparcimiento o la recreación y que no hay juntas de vecinos bien constituidas. Obviamente, con esos antecedentes el municipio podrá establecer todo un plan de prevención que incluya la creación de espacios de recreación y esparcimiento y el apoyo a las juntas de vecinos que no estén debidamente potenciadas.
Me parece que ya se han explicado bien los diversos aspectos formales del proyecto, por ejemplo, cómo se constituirán estos consejos y el papel que tendrán, pero estimo oportuno valorar que se podrán constituir consejos intercomunales de seguridad pública entre dos o más comunas que cuenten con menos de 5.000 habitantes, los que incluso podrían elaborar planes intercomunales de seguridad pública.
Por otra parte, dado que en muchas comunas existe una ruralidad bastante potente, me parece necesario destacar que en aquellas en donde la ruralidad supere el 20 por ciento de la población, también participará un representante del sector agrícola en los consejos, nombrado por el Servicio Agrícola y Ganadero. Sin embargo, creo que habría sido más adecuado –se nos pasó-, que el Indap nombrara ese representante, porque, en mi opinión, es el organismo más indicado para participar en una institución de esa naturaleza.
Del mismo modo, en aquellas comunas donde se vive del turismo también integrará el consejo un representante del Servicio Nacional de Turismo, designado por el director regional respectivo, lo cual también me parece destacable.
Pienso que simplemente debemos valorar esta iniciativa, porque estos consejos no solo nos permitirán realizar acciones preventivas del delito, sino también contar con un diagnóstico claro de la situación de seguridad pública en cada comuna y de las medidas que deberán adoptarse.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada Karol Cariola.
La señora CARIOLA (doña Karol) .-
Señor Presidente, este proyecto fue discutido latamente en la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas. Si bien tuvimos algunas opiniones y algunos cuestionamientos por parte de los alcaldes sobre todo en materia de financiamiento, sin duda que para aplicar una medida como esta también se requieren mayores compromisos financieros para que los alcaldes y municipios tengan herramientas para aplicarlos.
Sin embargo, durante la discusión en la Comisión también se establecieron compromisos al respecto. Hubo una valoración bastante grande en relación al reconocimiento, a partir de la modificación de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, de incorporar a los consejos comunales de seguridad y desde ahí construir conjuntamente con la ciudadanía, las organizaciones sociales y los dirigentes vecinales, los cuales finalmente viven el día a día. Muchas veces el mecanismo que se aplica en la seguridad pública por parte de los organismos correspondientes evidencia todos los días las situaciones que ocurren en las poblaciones, a consecuencia del narcotráfico, de los robos y de la delincuencia, hechos que como país no hemos tenido la capacidad de controlar totalmente. Precisamente, ellos pueden contribuir con mayores herramientas a construir el plan de seguridad que, de alguna manera, hoy estamos normando a partir de la modificación de la ley.
Tuvimos una larga discusión para mejorar esta condición y darles más atribuciones a las organizaciones y a los dirigentes, como también para no desconocer algo que nos parece fundamental. Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones y los organismos que hoy tienen como responsabilidad propia la seguridad pública no pueden desconocer su rol ni desligarse de la responsabilidad por la creación de mecanismos o medidas como esta. Se trata de desarrollar un trabajo conjunto real para que no quede en lo testimonial, en la sugerencia o en reuniones que se hagan solo para decir que se cumplió con un objetivo.
Además, quiero destacar que creamos una figura al interior de los municipios para que puedan tener un funcionario dedicado a la seguridad pública. Ese elemento fue bastante valorado, porque si bien los consejos comunales de seguridad existen en algunos municipios, estos no han sido institucionalizados ni tienen las facultades, ni los elementos ni las herramientas para operar en todos los ámbitos que debiesen y que queremos.
Por lo tanto, como miembro de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, quiero valorar este proyecto, pues avanza tremendamente en esa dirección. Por supuesto, quedan muchos más elementos en los que avanzar y no es suficiente. Siempre diremos eso, porque cuando hablamos de seguridad pública y del sentimiento de inseguridad que perciben los ciudadanos, también debemos hablar de oportunidades y de las situaciones que muchas veces se dan en materia de delincuencia, debido a la falta de oportunidades en nuestra sociedad.
Por ello, quiero anunciar el voto favorable de la bancada del Partico Comunista y de la Izquierda Ciudadana. Sin duda, esta iniciativa constituye un tremendo avance y es significativa para fortalecer el ámbito de las municipalidades en materia de seguridad. Es preciso establecer un plan de seguridad como un instrumento de gestión comunal, como asimismo crear esos consejos como órganos consultivos, en los cuales las organizaciones sociales tendrán un rol protagónico en conjunto con las instituciones que tienen la responsabilidad de resguardar la seguridad pública. Esperamos que la Cámara de Diputados apruebe por amplia mayoría un proyecto que nos parece de absoluta relevancia y un avance tremendamente importante en esta materia.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Urrutia.
El señor URRUTIA (don Osvaldo) .-
Señor Presidente, lamentablemente los problemas de seguridad ciudadana o pública han tratado de ser abordados por distintos gobiernos sin mucho éxito. Es así como en la actualidad tenemos, por una parte, a los abogados penalistas expertos, que critican los aumentos de penas y dan una serie de argumentos doctrinales y estadísticos, y, por otra, a la ciudadanía que está muy cansada y atemorizada por los altos índices de delincuencia y el aumento de la sensación de inseguridad, que actualmente es percibida por todos los sectores de la sociedad. Y, finalmente, podemos apreciar la realidad y los hechos concretos. La lucha contra la delincuencia está fracasando, y el Estado, desde el punto de vista macro, ha fallado en su rol de proporcionar seguridad a sus ciudadanos, pues hay más delincuentes y mayor comisión de delitos, los cuales no son sancionados como cualquier persona con sentido común esperaría que se hiciera. En razón de este diagnóstico, que creo es compartido por la gran mayoría de mis colegas, nos abocamos al estudio del mensaje del Ejecutivo que hoy es sometido a la consideración de la Sala.
En primer lugar, las medidas que tienden a fortalecer los gobiernos locales siempre son positivas, sobre todo las que van en directo beneficio de las comunas. Lo anterior se debe a una razón muy sencilla: los municipios son los organismos públicos que se encuentran más cerca de los ciudadanos comunes y corrientes. Es allí donde se reciben directamente los problemas más directos de las personas y se abordan desde el primer momento. Allí también se conoce la realidad de cada uno de los barrios y sectores de las comunas, que, en definitiva, es donde las personas desarrollan la mayor parte de sus vidas.
La principal tarea de este consejo es elaborar un plan comunal de seguridad pública, lo que necesariamente requiere conocer detalladamente lo que ocurre en el día a día en cada uno de los barrios y sectores de la comuna, las estadísticas delincuenciales y el mapa del delito. Lo anterior implica que en cada comuna se deba realizar un profundo análisis de las causas y de todos los medios disponibles para combatir la delincuencia, con la participación esta vez no solo de las fuerzas policiales –carabineros e investigaciones-, sino que también de la comunidad organizada a través de sus respectivos municipios. Esos planes deberían establecer indicadores que midieran año tras año, mes a mes, semestre tras semestre o por cada período los niveles delincuenciales y plantearse objetivos y metas concretas que se deberían cumplir y que puedan ser revisados habitualmente en el corto y mediano plazos.
En ese sentido, crear un mecanismo legal que permita institucionalizar los consejos comunales de seguridad, que están operando de facto en muchas comunas del país, permitirá abordar de mejor manera la problemática de seguridad ciudadana que, como señalé al inicio de mi intervención, me parece que no está siendo abordada de la mejor manera. Estoy convencido de lo anterior, porque las políticas públicas y criminales, que son diseñadas en Santiago, muchas veces no se ajustan a la realidad de cada lugar del país y, por lo tanto, no solucionan los distintos problemas que existen en las ciudades. De esta manera, la participación coordinada de las autoridades locales, juntas de vecinos, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y representantes del Gobierno en cada comuna permitirá que las acciones en contra de la delincuencia sean más eficaces, recogiendo las necesidades locales y las particularidades propias de cada comuna.
Sin perjuicio de lo anterior, como ha sucedido con otras iniciativas, tenemos el problema esencial de no contar con los recursos necesarios para esa difícil tarea. Nuevamente una iniciativa tan importante y que entrega nuevas facultades a los municipios no viene acompañada de los recursos que permitan asegurar que las nuevas tareas y responsabilidades que estamos asignando puedan, en la práctica, ser cumplidas por los tan atareados municipios del país, que, como todos sabemos, a ninguno les sobra.
Por ello, espero que el Ejecutivo pueda dotar a este proyecto, en su segundo trámite constitucional, de los recursos necesarios que garanticen una potente puesta en marcha de lo que hoy estamos aprobando. No obstante lo anterior, por tratarse de una iniciativa necesaria y positiva para combatir el flagelo de la delincuencia, manifiesto mi voto a favor del proyecto.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Leonardo Soto.
El señor SOTO .-
Señor Presidente, este proyecto de ley enfrenta con propuestas concretas e innovadoras el gran problema y desafío que tenemos como país, cual es dar mayor seguridad y protección a los ciudadanos frente a la alta sensación de inseguridad que experimentan al dejar sus casas solas o en los traslados en sus barrios o comunas.
Esta iniciativa de ley para nada es un salto al vacío o una declaración de buenas intenciones, ya que contempla la entrega de recursos frescos a los municipios, los más altos que hayan recibido en la historia del país, para llevar a cabo en cada comuna un plan comunal de seguridad pública acompañado con una asesoría técnica cercana y robusta por parte de la Subsecretaría de Prevención del Delito.
Hacer planes de seguridad adaptados a las realidades locales en todas las comunas del país pasa a ser un cambio de paradigma en el tema de la seguridad a partir de este proyecto de ley.
En la Comisión de Seguridad Ciudadana entendimos la importancia del proyecto, y de ahí su amplio apoyo transversal, pero tenía una grave falencia: no contemplaba funcionarios municipales a cargo de tamaña responsabilidad. Como dije en su momento, estábamos entregando a las comunas un bus completo en materia de seguridad, con consejos, planes, autoridades para coordinar, con gasolina, pero sin que nadie lo conduzca.
Por ello, junto con el diputado Pilowsky , impulsamos una indicación para que la ley contemplara la creación de la figura del director de seguridad ciudadana para los municipios que lo necesitaran. Y logramos el apoyo de los ministerios de Hacienda y de Interior y Seguridad y, por supuesto, el de los colegas de la Comisión de Seguridad.
Con esto, aseguramos que en cada municipio pueda existir una persona de la más alta jerarquía, y con responsabilidad administrativa, para que se haga cargo de ejecutar, monitorear y evaluar, día a día, el plan comunal de seguridad pública.
Como se puede apreciar, la Presidenta Bachelet se comprometió durante su campaña a avanzar en temas de seguridad ciudadana. Y este proyecto apunta exactamente en esa dirección.
Además, se suma a otros proyectos que ya hemos aprobado en la Cámara, como el aumento de la dotación de Carabineros y el aumento de la dotación de la Policía de Investigaciones. Y se suma, también, a nuevos proyectos. Por ejemplo, la denominada agenda corta de seguridad, que aumentará las penas y el encierro para los autores de los delitos de alta connotación social, que comenzaremos a tramitar este mes.
Señor Presidente, sin duda, estamos ante un buen proyecto, con un fundamento de calidad, con recursos nuevos y funcionarios con responsabilidades y objetivos claros, pero con una misión muy simple: poner a trabajar en equipo, en cooperación y con control social, a más de 50 mil carabineros, 12 mil funcionarios de la PDI, cientos de alcaldes, miles de concejales, cientos de fiscales y organizaciones sociales, en un esfuerzo colectivo sin precedentes, todo para mejorar la seguridad de todos los chilenos.
Para lograr este propósito, todos los meses del año, en todas las comunas del país, en las grandes ciudades urbanas, y en los pequeños pueblos rurales, funcionarán, a lo menos una vez al mes, los denominados nuevos consejos comunales de seguridad pública con la participación de las más altas autoridades locales, en la Policía, en el Ministerio Público, en el Servicio de Impuestos Internos, gobernadores, Aduanas, SAG, y representantes de organizaciones civiles de la comuna, cuando corresponda, como un organismo permanente de coordinación y asesoría en seguridad pública para cada alcalde.
La principal obligación de este nuevo consejo será, como se ha dicho acá, elaborar de manera participativa y pública un nuevo instrumento de gestión municipal: el plan comunal de seguridad pública, que debe contener el diagnóstico con las características específicas de delincuencia en la comuna, y los objetivos, metas y acciones concretas y respuestas adaptadas a cada realidad que se implementarán para dar más seguridad a los vecinos.
Como se puede apreciar, este proyecto de ley contempla un cambio cultural e institucional gigantesco. Las alcaldesas en las comunas ya no podrán desentenderse de la seguridad de sus vecinos, y decir que la delincuencia no es un problema que deba atender el municipio. Ya era hora de que las autoridades de cada comuna, y que están más cerca de los vecinos y, por lo tanto, tienen una posición privilegiada para conocer sus problemas y necesidades, puedan definir ellos las soluciones de seguridad pública y no los funcionarios de las oficinas del centro de Santiago, como es hasta ahora.
Como hombre que viene del mundo local, y porque entiende la necesidad de contar con planes comunales de seguridad y con consejos comunales de seguridad que recojan los problemas y adapten soluciones de seguridad que exigen hoy día los vecinos cada vez más fuertemente, invito a mis colegas a que le demos un gran apoyo a este proyecto de ley.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Germán Verdugo.
El señor VERDUGO .-
Señor Presidente, voy a votar favorablemente este proyecto de ley, pero, en ningún caso, con las expectativas que en la Sala se han señalado, toda vez que me correspondió ser presidente del consejo comunal de seguridad ciudadana en mi comuna y luego evaluado por el Ministerio del Interior como realizado y desarrollado con excelencia.
En los términos que plantea el proyecto, son muy similares los integrantes que formaban este consejo comunal de seguridad ciudadana, que ahora pasa a llamarse de seguridad pública, lo que le da una connotación distinta y que me preocupa, porque en el fondo una responsabilidad que actualmente está radicada en el Ministerio del Interior y en la Subsecretaría de Seguridad, pasa a través de este proyecto la responsabilidad a los municipios, los que no tienen la capacidad para abordar un tema de tanta importancia y trascendencia para los vecinos de la ciudad.
Y quiero insistir en este tema, porque en el proyecto se menciona que las materias que se modifican en el presente proyecto de ley se refieren a la gestión y administración municipal que no involucran un incremento en el nivel de la actividad de los municipios. ¿Y por qué está establecido de esta forma? Porque no se asignan recursos para desarrollar esta función y esta responsabilidad tan grande que a los municipios se les entrega, salvo -entiendo y sospecho- que será como normalmente se hizo a través del concurso de proyectos que las diferentes municipalidades presentaban para obtener financiamiento. Y si se presentaban diez o veinte proyectos a financiamiento, se aprobaban normalmente dos, tres o cuatro por comuna, y el resto de los vecinos que habían trabajado elaborando y presentando sus proyectos, quedaban con una gran frustración. Y había entonces que explicarles que, tal vez, en el próximo llamado a concurso, podían obtener el financiamiento para llevar a cabo su proyecto.
No puedo decir que no tuvimos resultados desde el punto de vista de la obtención de recursos. Llegaron recursos a las municipalidades para financiar estos proyectos. Se pavimentaron algunas calles, se iluminaron plazas, se otorgó apoyo a grupos juveniles, se compraron instrumentos musicales. En fin, se concretaron una serie de proyectos que en esa oportunidad se presentaron.
Pero llegué a la conclusión, en esa oportunidad, de que quienes participaban en estos proyectos y en estas actividades –justamente aquellas personas que estaban bastante lejanas de la delincuencia- y, por lo tanto, no tuvo la incidencia que se esperaba respecto de la disminución de la comisión de delitos en nuestras respectivas comunas.
Creo que el nombramiento de un Director de Seguridad Pública en los términos en que lo plantea la ley, tampoco asegura que sea una persona con conocimientos y con la capacidad necesarios para coordinar los diferentes servicios que participan en esta materia y que están considerados en la ley.
Además, se habla de que la persona que desempeñe ese cargo deberá contar con un título profesional o técnico de la educación superior. En mi opinión, eso no basta, ya que se requiere que la persona que asuma esas tareas que preocupan tanto a la comunidad cuente con requisitos específicos.
Votaré favorablemente el proyecto, porque podría significar algún beneficio, pero no comparto las grandes expectativas que aquí se han señalado, porque conocí y viví la experiencia. Tratamos de desarrollar un plan comunal de seguridad ciudadana que elaboramos con la comunidad. Se realizaron alrededor de doscientos diálogos ciudadanos en esa oportunidad en los diferentes sectores poblacionales de la comuna para conocer los problemas más importantes de boca de los propios afectados y cómo ellos creían que debían abordarse, pero no era necesariamente a través del financiamiento de proyectos como los que ya he señalado.
Señor Presidente, creo que la solución del problema de la delincuencia no pasa por proyectos como éste, sino que a través de la adecuación de otras normas que en este momento requieren una urgente preocupación.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Matías Walker.
El señor WALKER .-
Señor Presidente, me tocó intervenir en la aprobación del proyecto que crea los consejos comunales de seguridad pública y los planes comunales de seguridad pública, lo que aconteció en la Comisión de Seguridad Ciudadana y en la Comisión de Hacienda, donde tuve el honor de informarlo.
Por supuesto que concurriremos con nuestro voto favorable, porque el proyecto que envió el Gobierno de la Presidenta Bachelet cumple un objetivo del plan de Gobierno en materia de seguridad ciudadana, que se denomina “Seguridad para todos”, que descentraliza la gestión de seguridad ciudadana y radica en la comunidad de cada una de las comunas la elaboración de esos planes comunales, de manera participativa y con el concurso del consejo de la sociedad civil, de Carabineros, de la Policía de Investigaciones, de los fiscales y de los propios concejales de la comuna.
Por eso es tan importante la indicación que recoge una inquietud de todos los diputados de la Comisión de Seguridad Ciudadana, pero muy especialmente de los diputados Jaime Pilowsky y Leonardo Soto , destinada a crear el cargo de director de seguridad pública comunal en la ley orgánica constitucional de Municipios, porque no sacamos nada con tener un órgano meramente consultivo si no hay un encargado de ejecutar los acuerdos de ese consejo, que recojan la diversidad de muchas comunas en materia de seguridad ciudadana. Por ejemplo, las comunas rurales limítrofes, estoy pensando en la comuna de Río Hurtado, en la provincia de Limarí, donde existe un tránsito hacia Argentina, por lo que se requiere la presencia del Servicio Agrícola y Ganadero en el respectivo consejo para evitar el abigeato, que es un delito que afecta a los comuneros, agricultores y crianceros, delito al que le aumentamos la pena.
Señor Presidente, es muy importante que el aumento de Carabineros y de la Policía de Investigaciones que hemos aprobado llegue a las comunas para proteger a la comunidad y no para amedrentarla. Lo digo porque nos acabamos de reunir todos los diputados de la Región de Coquimbo a instancias del diputado Luis Lemus con los vecinos de Caimanes, provincia de Salamanca, Región de Coquimbo, con quienes hemos adoptado el acuerdo de solicitar al subsecretario de Prevención del Delito, que está en el Congreso y que espero que se le autorice ingresar a la Sala, para que, en representación del Ministerio del Interior, disponga el retiro inmediato de las Fuerzas Especiales de Carabineros que tienen rodeada la localidad de Caimanes en este momento,…
(Aplausos)
…lo que constituye una provocación a los comuneros de ese pueblo, que lo único que quieren es crear una mesa de diálogo con la Minera Los Pelambres y con el Gobierno, para que la poca agua que tiene Caimanes se destine también al consumo humano y a los crianceros. Ellos nos han dicho que no desean que se vaya la Minera Los Pelambres porque genera fuentes de trabajo, pero quieren que se cree esa mesa de diálogo.
¿Por qué relaciono esta situación con el proyecto de ley en discusión? Porque lo que persiguen los vecinos es más presencia de Carabineros en cada una de las localidades rurales, en cada una de las comunas; es decir, que estos más de 6 mil carabineros que aprobamos aumentar en el proyecto que envió la Presidenta Bachelet lleguen a todas las comunas. En consecuencia, necesitamos que los Carabineros no rodeen a los comuneros de Caimanes, sino que presten vigilancia en cada una de las localidades y de las comunas para perseguir a los verdaderos delincuentes y no a los comuneros que están reclamando el ejercicio del legítimo derecho al agua potable, que es lo que acabamos de aprobar en la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación. Y como bien me acota el diputado Saffirio , junto con el cumplimiento de los fallos judiciales de la excelentísima Corte Suprema.
Por eso, señor Presidente, todos los diputados de la Democracia Cristiana ratificaremos en la Sala con mucho gusto lo obrado en las comisiones de Seguridad Ciudadana y de Hacienda para crear los consejos comunales de seguridad pública y los planes comunales de seguridad pública.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Daniel Farcas.
El señor FARCAS .-
Señor Presidente, los diputados que me han antecedido en el uso de la palabra han graficado muy bien la importancia del proyecto.
Los temas que preocupan trasversalmente a la sociedad chilena ´son sin duda el de la seguridad y el de la construcción de un país en donde la gente tenga la certeza de que puede salir tranquila y disfrutar de sus espacios de esparcimiento sin enfrentar dificultades en sus desplazamientos ni las otras actividades que realiza normalmente.
Lo cierto es que resultan fundamentales el rol y el involucramiento de los municipios en esto. El proyecto de ley, que ha sido trabajado con mucha prudencia, pero también colocando los elementos centrales que acompañan las políticas del Gobierno, particularmente las destinadas al refuerzo de Carabineros y de la Policía de Investigaciones y también aquellas que hemos visto en este Parlamento, relacionadas con las penas y con el ámbito judicial, constituye un paquete de medidas que afronta uno de los temas más complejos y difíciles que le ha tocado enfrentar a las políticas públicas en estos años. No hablo solamente del Gobierno actual, de la Presidenta Bachelet , sino de los diferentes gobiernos de los últimos años en los cuales hemos tenido sistemática y constantemente a la seguridad ciudadana y a la seguridad pública como temas de preocupación muy importantes y significativos en cada una de las encuestas que proponemos a la ciudadanía.
Con esta nueva institucionalidad, en la cual los municipios juegan un rol cada vez más importante, ha quedado demostrada no solo en el ámbito nacional, sino también en el internacional la importancia radical de incluir a los distintos actores sociales y de aumentar todas aquellas actividades destinadas a mejorar la iluminación, contar con mejores plazas y lugares de esparcimiento público, fomentar el deporte, las actividades culturales, y, sin duda alguna, la organización ciudadana, elementos todos que contribuyen de manera efectiva a generar una sensación de mayor seguridad.
Lo señalo, porque la materia no afecta únicamente a las familias, sino en forma muy particular a nuestros niños, a los adultos mayores y a aquellas personas que tienen mayores dificultades de desplazamiento, que muchas veces son especialmente víctimas de distintos delitos que las hacen sufrir percances muy lamentables, que iniciativas de este tipo están destinadas a evitar y a suprimir.
Como resulta lógico, no es posible abarcar en una sola ley todas y cada una de las instancias que se vinculan con la seguridad ciudadana. Pero en este proyecto se abordan específicamente aquellas relacionadas con el territorio, la institucionalidad, con la forma en que esto se ordenará. Ello, para presentar también una propuesta que establezca la participación obligatoria, entre otros, del concejo municipal, y así hacer participar a las distintas instituciones que conviven en el territorio comunal.
No podemos sino apoyar con mucha fuerza este proyecto de ley y celebrar, apoyar y agradecer el trabajo realizado en la Comisión de Seguridad Ciudadana, en particular porque el establecimiento de los planes comunales de seguridad pública como instrumentos de gestión dentro de cada uno de los municipios generará también otra serie de instancias y externalidades positivas. Porque no cabe duda de que la integración y la coordinación de las distintas instancias policiales, sociales y comunitarias solo van en beneficio de una mayor seguridad pública.
Por eso, considero muy importante apoyar esta iniciativa. Por supuesto la votaré favorablemente. Y espero que sigamos debatiendo en el Congreso muchas iniciativas más que vayan en la misma dirección.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sandoval.
El señor SANDOVAL .-
Señor Presidente, esta propuesta no me parece ni innovadora ni creativa.
Si hacemos un poco de historia -fui alcalde durante muchos años-, los consejos comunales de seguridad ciudadana existen desde hace mucho tiempo. A través de ese trabajo, hemos convocado la búsqueda y los espacios para lograr hacernos carne de las problemáticas que nos plantean los vecinos desde el punto de vista de la seguridad.
En ese aspecto, si bien no podemos eludir la corresponsabilidad que debe existir entre los vecinos, las comunidades, las organizaciones en una materia tan importante como la seguridad, tampoco podemos dejar de señalar lo que este proyecto hace de manera sustantiva y fundamental: al consejo comunal de seguridad ciudadana, que ya existe, ahora lo llama “consejo comunal de seguridad pública”.
Asimismo, el plan comunal de seguridad ciudadana, que también existe, probablemente ahora se encuentra en un marco jurídico distinto.
Es una pena que no esté aquí el ministro para tratar este tema.
Finalmente, el proyecto agrega un elemento adicional: el director de seguridad pública. Y detalla ampliamente cuáles son sus funciones y atribuciones.
Pero cuál es la particularidad de esto. El proyecto entrega al alcalde y al concejo la facultad de determinar la contratación del referido cargo, el cual además podrá ser dos grados inmediatamente inferior al que le corresponde hoy al alcalde.
Quiero llevar esta situación a lo que pasó con la creación de los 84 juzgados de policía local a lo largo del país en aquellas comunas que no contaban con este tipo de tribunales. En dicha norma también se estableció una facultad un poco discriminatoria, y, curiosamente, muchos municipios tuvieron que enfrentar esa situación sin tener ningún financiamiento.
Cuántas a veces los municipios nos piden a los diputados que por favor no aprobemos proyectos de ley que no estén debidamente financiados. No les quepa duda alguna que frente a un problema tan serio como es la seguridad ciudadana, la presión de la comunidad, la presión incluso de los organismos, y probablemente del propio Ministerio del Interior, será para que los municipios implementen la creación del cargo de director de seguridad pública.
Son costos, señores diputados, costos que la ley en proyecto curiosamente señala: “…normas de gestión y administración municipal que no involucran incremento en el nivel de actividad de los municipios,…”. Por ende, ellas no suponen requerimientos presupuestarios. ¡Mentira! La creación del cargo a que me refiero, que ya tiene fijado un grado dentro de la escala municipal, involucra un costo que deberán asumir los municipios. Quizás en Santiago, Providencia , Las Condes podrán financiarlo, pero qué pasará –lo manifestó acá el propio diputado Walker -, en comunas como Padre Hurtado, o en comunas australes como las que representamos algunos: O’Higgins, Tortel , etcétera. Cómo van a financiar la creación del cargo en comento.
Si bien la materia que nos ocupa tiene que involucrar necesariamente a los municipios, creemos absolutamente fundamental dar respuesta a las inquietudes que plantean los vecinos en materia de desórdenes callejeros, conductas de pandillas, formación de grupos de inseguridad que se establecen en las poblaciones. Obviamente, hay que intervenir al respecto.
Bien se ha señalado acá –lo hizo el diputado Osvaldo Urrutia - que las soluciones no están funcionando, no están dando los resultados que la comunidad nos está exigiendo: hay mayor dotación de carabineros –norma aprobada precisamente por este Congreso Nacional-, más policías de investigaciones, incluso en Coihaique se están construyendo nuevos cuarteles, pero curiosamente tenemos una menor sensación de seguridad pública. Contamos con más insumos, más recursos humanos, mayor infraestructura, pero extrañamente existe menor sensación de inseguridad en la comunidad, y cada vez más los vecinos deben tomar mayores medidas de resguardo en sus viviendas: cercos, rejas en las ventanas, alarmas, mejor iluminación, incluso cámaras de televigilancia.
Algo se nos está escapando en esta materia. Intentar apuntar el problema de la seguridad con la medida que se propone y pretender –se señaló aquí- que será la panacea y que resolveremos los problemas existentes no será efectivo. Por el contrario, aquí lo único que estamos haciendo es traspasarles a los municipios la creación de un nuevo cargo con un alto grado, el de director de seguridad, que no tiene financiamiento.
Por tanto, para que demos una buena señal sobre el particular, invito a los colegas a debatir el proyecto con mayor profundidad y a no votarlo favorablemente. Ojalá que el Senado lo corrija de manera sustantiva, porque aquí lo único que estamos haciendo, como sucedió con los juzgados de policía local, es traspasar un problema de carácter financiero a los municipios sin los recursos necesarios para ello.
Así, llamo a los diputados a votar en contra el proyecto, a mejorarlo sustantivamente, porque la seguridad de los vecinos consiste no solamente en poner rejas, cercos, alarmas y cámaras de televigilancia en sus viviendas, sino en asegurar que ellos se puedan desplazar por nuestras calles, por nuestros barrios, por nuestras poblaciones a cualquier hora del día, sin que los padres deban esconder a sus hijos a las siete, ocho de la tarde porque los barrios se empiezan a transformar cuando cae la noche. La seguridad ciudadana es un compromiso de todos, pero no se soluciona de esta forma.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Los diputados que se encuentran inscritos para hacer uso de la palabra pueden pedir la inserción de sus discursos en el Boletín de Sesiones.
Cerrado el debate.
Ha terminado el Orden del Día.
Según lo acordado, corresponde votar, en primer lugar, el informe de la Comisión Mixta relativo al proyecto de ley que fija porcentajes mínimos de emisión de música nacional y música de raíz folclórica oral, a la radio difusión chilena; en segundo término, el proyecto de ley que modifica la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública; y por último, sin discusión, el proyecto de ley que modifica la Ley N° 20.551, que regula el cierre de faenas e instalaciones mineras e introduce otras modificaciones legales.
Tiene la palabra el diputado señor Browne .
El señor BROWNE .-
Señor Presidente, manifiesto que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5° B de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, me inhabilitaré de votar el proyecto que figura en el número 2 de la tabla.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Muy bien, señor diputado.
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- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/9601-25