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- rdf:value = " 7. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES ANDRADE, AUTH,BECKER , BROWNE , CORNEJO; MONCKEBERG, DON NICOLÁS ; MONCKEBERG, DON CRISTIÁN ; RINCÓN, SOTO Y SQUELLA , QUE “MODIFICA LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES, CON EL PROPÓSITO DE ADELANTAR LA FECHA DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES DEL AÑO 2016”. (BOLETÍN N° 9925-07)
Fundamentos:
Si bien la democracia no es solo cuestión de elecciones y participación política, resulta imposible concebirla sin prácticas electorales que periódicamente, designen a nuestras autoridades a partir del voto libre de los ciudadanos. En efecto, tan estrecha es la vinculación entre procesos electorales y democracia, que la celebración de elecciones libres es sin duda el elemento esencial de los regímenes democráticos modernos.
Esto ha traído consigo una expansión del fenómeno electoral, que redunda en que hoy la mayor cercanía entre la ciudadanía y el sistema político, tenga lugar con ocasión de la elección popular de nuestros representantes.
Los procesos electorales, son sin lugar a dudas, los que dotan de legitimidad a los gobiernos que son electos a través de estos. Este es un principio que se ha ido afianzando con el tiempo, tanto en la esfera nacional como internacional, donde gobiernos que no sean fruto de la deliberación popular en las urnas, cuentan a priori con la calificación de ilegítimos o antidemocráticos.
Por otra parte, todo sistema democrático que se precie de tal, debe contar con altos niveles de participación ciudadana cada vez que se celebren comicios electorales. Sin lugar a dudas, el hecho que la ciudadanía se involucre en los procesos electorales, es lo que permite a una democracia fortalecerse y a los gobernantes legitimarse en el poder. Este es precisamente el punto que ha preocupado intensamente a la academia y a los gobiernos de muchas partes del mundo, atendido el bajo nivel de participación en los sistemas voluntarios, o los grandes niveles de abstención –ya sea por marginación del padrón electoral o por la emisión de votos blancos y nulos- en aquellos donde el voto es obligatorio; tal como ocurría en Chile hasta hace pocos años atrás.
En efecto, en muchos países, con el objeto de estimular la participación ciudadana en los procesos electorales, lo que se han hecho es diseñar fórmulas que hagan más accesible el acto electoral al ciudadano, ya sea mediante información o mecanismos administrativos.
En este sentido, recientemente la ley sobre Voto Voluntario e Inscripción Automática, intentó hacerse cargo del problema en nuestro país, atendido el hecho que casi una tercera parte de los chilenos en edad de votar no estaban inscritos en los registros electorales. A ello, hay que agregarle la creciente cantidad de votos blancos y nulos, lo que nos permite concluir que casi la mitad de los chilenos no emitían preferencia a través de su sufragio. La preocupación del legislador nacional por aportar a la solución de este problema, queda de manifiesto con la sola lectura de los fundamentos del Mensaje:
“El diagnóstico es claro. Que nuestra democracia está perdiendo fuerza, es una realidad. Que nuestra democracia está envejeciendo, es una realidad. Y que nuestra democracia se está alejando de la ciudadanía, también, y desgraciadamente, es una realidad.
Y es objetivo de mi Gobierno que la participación de los chilenos en las decisiones públicas sea cada día más activa. Se trata de una meta que debe estar presente en cada una de nuestras instituciones, puesto que un rol activo de la ciudadanía en aquellas decisiones, contribuye a que, tanto a nivel de Gobierno Central como a nivel de gobiernos regionales y con especial énfasis en los gobiernos comunales, se posibilite que cada ciudadano tome las riendas de su propio destino.”
En la línea de estimular la participación, y evitar que las autoridades a quienes se les encomiende el ejercicio del poder político, sean producto de comicios en los que solo una representación minoritaria de la ciudadanía exprese su preferencia; es nuestra intención cambiar la fecha de la elección municipal del año 2016, una semana antes de lo dispuesto por la ley. En efecto, el artículo 106 de la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dispone que las elecciones municipales tengan lugar el último domingo de Octubre, en este caso, el 30 de octubre del año 2016. Lo anterior, supone que muchos chilenos emigren de sus respectivas comunas, aprovechando que el día lunes siguiente es festivo, lo que mermaría considerablemente la pretensión manifiesta de todos los sectores políticos del país, de incentivar la participación masiva en los procesos electorales.
Por lo anterior, venimos en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Incorpórase a la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, la siguiente disposición transitoria:
“Artículo 6°.- No obstante lo dispuesto en el artículo 106, la próxima elección municipal se realizará el día domingo 23 de octubre de 2016.”.
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