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La señora ALVEAR.-
Señor Presidente , invito a los Honorables colegas a revisar el actual inciso segundo del artículo 195 del Código del Trabajo. Dice: "El padre tendrá derecho a un permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y en este caso será de días corridos, o distribuirlo dentro del primer mes desde la fecha del nacimiento. Este permiso también se otorgará al padre que se le conceda la adopción de un hijo, contado desde la respectiva sentencia definitiva. Este derecho es irrenunciable.".
Como se desprende de la lectura, no hay ninguna limitación en cuanto a la edad del niño para otorgar el beneficio. Y así quedó explícitamente señalado en el informe de la Comisión de Trabajo.
Lo que pretende el proyecto es extender a la madre el permiso que favorece solo al padre. De esta manera, la preocupación del señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra no precisa una indicación para encontrar solución, porque está resuelta en el propio Código, que no hace diferencia con la edad del niño adoptado.
Adicionalmente, en el informe de la Comisión queda completamente claro que la norma contempla a todo niño adoptado, independiente de su edad, porque así lo dispone el Código del Trabajo.
Dejo constancia de ello en la historia de la ley.
He dicho.
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