REPÚBLICA DE CHILECÁMARA DE DIPUTADOSLEGISLATURA 359ªSesión 133ª, en martes 17 de enero de 2012(Ordinaria, de 11.11 a 14.51 horas) Presidencia de los señores Araya Guerrero, don Pedro, y Bertolino Rendic, don Mario. Secretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián. Prosecretario, el señor Landeros Perkic, don Miguel.REDACCIÓN DE SESIONESPUBLICACIÓN OFICIAL ÍNDICE I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESIÓN III.- ACTAS IV.- CUENTA V.- ORDEN DEL DÍA VI.- HOMENAJE VII.- INCIDENTES VIII.- ANEXO DE SESIÓN IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA XI.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.ÍNDICE GENERALPág. I. Asistencia 12 II. Apertura de la sesión 15 III. Actas 15 IV. Cuenta 15 - Acuerdos de los Comités 15 - Autorización a Comisión para realizar sesión especial simultáneamente con la Sala 15 - Réplicas a alusiones personales 16 V. Orden del Día. - Reforma constitucional sobre territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández. Proposición de la Comisión Mixta 22 - Aumento de sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas y bajo la influencia del alcohol. Tercer trámite constitucional. Integración de Comisión Mixta 23 VI. Homenaje. - Homenaje al historiador Ricardo Krebs Wilckens, recientemente fallecido 54 - Supresión de tratamiento de Proyectos de Acuerdo 59 VII. Incidentes 60 VIII. Anexo de sesión. Comisión Especial de Solicitudes de Información y de Antecedentes 61 - Fondos de emergencia para reparar pavimentos en calles de Osorno. Oficio 61 IX. Documentos de la Cuenta. 1. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto sobre “Otorgamiento y uso de licencias médicas”. (boletín N° 6811-11) (S) 62 2. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia “discusión inmediata”, para el despacho de los siguientes proyectos: - el que “Modifica plazos sobre muerte presunta y establece normas sobre comprobación judicial de muerte.”. (boletín N° 7973-07); - el que “Modifica ley N° 18.290, aumentando las sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, y bajo la influencia del alcohol.”. (boletín N° 7652-15);Pág. - el que “Modifica el artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, sobre territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández.”. (boletín N° 6756-07) (S); - el que “Otorga beneficios a los deudores del crédito con garantía estatal y modifica la ley N° 20.027.”. (boletín N° 7898-04) 62 3. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia “suma”, para el despacho del proyecto que “Fortalece el resguardo del orden público.”. (boletín N° 7975-25) 63 4. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia “suma”, para el despacho del proyecto que “Modifica normas sanitarias y de ordenamiento territorial para las concesiones de acuicultura”. (boletín N° 7910-21) 63 5. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual comunica que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la república respecto del proyecto que “Modifica límites intercomunales entre Combarbalá y Punitaqui, en la Región de Coquimbo, y entre Puerto Varas y Puerto Montt, en la Región de Los Lagos.”. (boletín N° 6733-06) 64 6. Primer informe de la Comisión de Salud recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “suma”, que “Modifica la ley N° 19.419, en materia de ambientes libres de humo de tabaco.”. (boletín N° 7914-11) 64 7. Primer informe de la Comisión Especial del Adulto Mayor recaído en el proyecto, iniciado en moción, que “Modifica el artículo 175 del Código Procesal Penal, señalando la obligación de denuncia de las personas que indica.”. (boletín N° 7506-07) 101 8. Primer informe de la Comisión de Economía recaído en el proyecto, iniciado en moción, que “Regula el plazo de vigencia de las tarjetas de prepago de las empresas de telefonía móvil”. (boletín N° 7738-03) 106 9. Primer informe de la Comisión de Familia recaído en el proyecto, iniciado en moción, que “Modifica normas en materia de nulidad del reconocimiento de la paternidad por vicios del consentimiento.”. (boletín N° 7650-18) 110 10. Primer informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones recaído en el proyecto, iniciado en moción, con urgencia “simple”, “Relativo al fortalecimiento de la radiodifusión regional y local.”. (boletín N° 7931-15) 114 11. Segundo informe de la Comisión de Trabajo recaído en el proyecto, iniciado en moción, que “Modifica el Código del Trabajo en materia de contrato de trabajo por obra o faena.”. (boletín N° 7691-13) 117 X. Otros documentos de la Cuenta. - Oficio de la Comisión de Educación, por el cual solicita el asentimiento de la Corporación para realizar -en conjunto con el Senado- sesión especial simultáneamente con la Sala, el miércoles 18 de enero de 2012, de 10.00 a 11.30 horas. En Tabla. - Oficio del Gobierno Regional de La Araucanía, por el cual remite información acerca de la destinación de los recursos asociados a la Glosa 01 al 27/12/2011, programa 02 (Inversión Regional, Región IX), Capítulo 69, Partida 05, Ministerio del Interior, de la Ley de Presupuestos para el sector Público, correspondiente al año 2011. (53). Respuestas a oficios. Contraloría General de la República: - Diputado Recondo, Informe a esta Cámara si la Municipalidad de Puerto Octay inició los procesos sumariales destinados a determinar las responsabilidades administrativas involucradas en las anomalías determinadas en las conclusiones del informe final de la investigación especial N° 22, de 2010, efectuada en dicho municipio por la Contraloría Regional de Los Lagos, sobre presuntas irregularidades en la ejecución e implementación de proyectos financiados con Fondos Regionales de Iniciativa Local. (1180 al 4773). - Diputado De Urresti, Instruir un sumario administrativo para determinar eventuales irregularidades en el llamado a licitación para la ejecución del Plan de Medios del Gobierno Regional de Los Ríos, e informar a esta Corporación. (82026 al 5101). Ministerio de Hacienda: - Diputado Andrade, Ordenar a la Dirección de Compra y Contratación Pública informe respecto de las empresas que habiendo sido sancionadas por prácticas antisindicales, han sido eliminadas de su condición de proveedoras de bienes o servicios para el Estado. (7 al 5205). - Proyecto de Acuerdo 478, “Solicita restitución de impuesto único de 2da. categoría a trabajadores portuarios eventuales.” (3193). Ministerio de Justicia: - Diputado Harboe, Remita la información detallada en la solicitud adjunta, sobre los resultados del plan piloto de justicia vecinal, que está implementando esa cartera de Estado. (189 al 5317). Ministerio de Bienes Nacionales: - Diputado Edwards, Remita antecedentes, relacionados con la situación que afectaría al señor alcalde de la comuna de Saavedra don Ricardo Tripainao Calfulaf, quien habría obtenido beneficios estatales en virtud de una ficha de protección social que no reflejaría su estado real de vulnerabilidad, y solicita inicie una investigación para determinar eventuales responsabilidades administrativas por el otorgamiento del beneficio de gratuidad en el saneamiento de un inmueble. (19 al 5038). Ministerio de Salud: - Diputado Sandoval, Ordene disponer a la brevedad la toma de exámenes médicos al menor don Enzo Villegas Carimoney, que permitan determinar con precisión la delicada enfermedad que padece; asimismo solicita estudiar la posibilidad de procurar apoyo económico en los tratamientos del referido menor que sean del caso, e informe a esta Corporación, considerando al efecto la documentación anexa. (39 al 5278). - Diputado Espinosa don Marcos, Se sirva informar a esta Cámara sobre las medidas que se adoptarán frente a la contaminación de la Región de Antofagasta, especialmente acerca de la posibilidad de establecer un protocolo de fiscalización a las empresas que transgreden las normas sobre emisiones. (42 al 5226). - Diputado Espinosa don Marcos, Se sirva informar a esta Cámara sobre las razones que justificaron la petición de renuncia al ex Secretario Regional Ministerial de Salud de Antofagasta, doctor Marcos Madrigal. (43 al 5227). - Diputado Teillier, Informe sobre el concurso público convocado por el Servicio de Salud Arauco, para proveer el cargo de Encargado de Adulto Mayor, en el hospital de Cañete, Región del Biobío, y que habría sido ganado por la trabajadora social, doña María Elena Parra Sáez. (44 al 5242). - Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Solicita disponer la provisión de un cargo de enfermera y uno de administrativo, en el hospital de la comuna de Peumo, procediendo al llamado a concurso correspondiente. (45 al 2876). - Diputado Espinoza don Fidel, Solicita informar sobre la factibilidad de agilizar la implementación del Centro de Salud Familiar de Calbuco; y, asimismo, acerca de la fecha de apertura al público de este centro asistencial. (47 al 5279). - Diputado De Urresti, Remita la información detallada en la solicitud adjunta, relacionada con la erupción del Cordón Caulle, Región de Los Ríos, en especial, las referidas a las acciones que esa cartera ha adoptado respecto de la atención de salud a la población afectada; como asimismo, requiere se destinen fondos para atender de mejor manera a quienes hoy están afectados por esta emergencia, y se instale en el sector un sistema de alerta preventiva de las condiciones meteorológicas. (48 al 5237). - Diputado Araya, Solicita copia los sumarios e investigaciones realizadas en torno al corte del suministro de agua potable que afectó a aproximadamente el cuarenta por ciento de la población de la comuna de Antofagasta (50 al 2526). - Diputado Ward, Remita la información detallada en la solicitud adjunta, referida a diversas materias, que dicen relación con la aplicación de la ley N° 20.120, sobre la Investigación Científica en el Ser Humano, su Genoma, y Prohíbe la Clonación Humana y la norma técnica N° 57, del Ministerio de Salud, sobre Regulación de la Ejecución de Ensayos Clínicos que Utilizan Productos Farmacéuticos en Seres Humanos. (71 al 5198). Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones: - Diputada Pascal doña Denise, Se sirva considerar la situación que afecta al gremio de taxis colectivos ante el alza que han experimentado los combustibles, la que no ha podido ser amortiguada por el Sistema de Protección al Contribuyente del Impuesto Específico a los Combustibles, Sipco; y, adoptar las medidas que correspondan, informando a esta Cámara. (5792 al 5119). Ministerio Secretaría General de Gobierno: - Diputado De Urresti, Informe las causas acerca de las cuales aún no se designa al Director Regional del Instituto Nacional del Deporte, Región de Los Ríos. (206 al 5357). - Diputada Goic doña Carolina, Solicita explicación ante eventual presión ejercida por autoridades de gobierno para suspender la emisión del programa radial “La Voz del Ciudadano”, en Puerto Natales, Región de Magallanes (30 al 1175). Ministerio de Planificación y Cooperación: - Diputado Robles, Solicita atender las demandas formuladas por la Fundación Instituto de Educación Popular (IEP), y, en definitiva, procurar un aporte adicional, que permita satisfacer adecuadamente las necesidades de los niños, niñas y adolescentes, en situación de vulnerabilidad social, que residen en los hogares administrados por aquella institución. (46 al 2903). Ministerio Medio Ambiente: - Diputada Turres doña Marisol, Ordene investigar si la empresa Salmoconcesiones SA: ha sometido al sistema de estudio de impacto ambiental que señala la ley las obras que está ejecutando, consistentes en la instalación de un centro de cultivo de salmones en la ribera norte del río Maullín, sector Chuyaquén, Región de Los Lagos, e informe a esta Corporación. (120035 al 5257). - Diputado Sabag, Solicita velar por la estricta observancia de la legalidad vigente, en especial en lo relativo al proceso de participación ciudadana, en la tramitación de la solicitud para instalar una planta de reciclaje de residuos hospitalarios en el sector Quinta Poniente, en la comuna de Cabrero y, para que, en definitiva, se rechace la mencionada iniciativa por, entre otras consideraciones, constituir un riesgo para la salud de los habitantes de la comuna; también, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones y residuos que se procesarían en la mencionada planta; y, además, por los efectos adversos y significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables de la zona. (120037 al 2890). Empresas del Estado: - Diputado Chahín, Solicita revisar la decisión adoptada para que en el Banco del Estado de Chile se reciban depósitos sólo a través de cajeros automáticos, afectando muy especialmente a muchos adultos mayores del país, que carecen de habilidades en el manejo de las tecnologías que suponen las mencionadas operaciones. (1 al 2954). Intendencias: - Diputado Díaz don Marcelo, Solicita informar sobre los problemas ocasionados al público y locatarios del mercado La Recova, en la ciudad de La Serena, por una persona indigente, aparentemente aquejada por una enfermedad mental, que deambula habitualmente por sus alrededores. (22 al 5051). Servicios: - Diputado Marinovic, Solicita coordinar las reuniones que estime pertinentes, con el propósito recoger la opinión de los pescadores artesanales y gremios del sector, en relación con el proyecto de ley, en actual tramitación en la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos de esta Cámara, que modifica en el ámbito de la sustentabilidad de recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización, la Ley General de Pesca y Acuicultura contenida en la ley N° 18.892 y sus modificaciones, boletín N° 8091-21. (8 al 2988). Varios: - Diputada Girardi doña Cristina, Informe acerca de los antecedentes que obren en su poder, relacionados con el eventual cobro excesivo de intereses por parte de las cajas de compensación que otorgan créditos sociales de consumo, considerando al efecto el documento que se anexa. (2046 al 5132). - Diputado Espinoza don Fidel, Informe los resultados de las fiscalizaciones respecto a las trizaduras en la estructura de la planta de almacenamiento de combustible Pureo, y a su reciente derrame de aproximadamente 30 mil litros de petróleo; además del detalle de las medidas de mitigación y de reparación adoptadas, y si su servicio cursará multas. (382 al 4934). Municipalidad de Maipú: - Diputada Zalaquett doña Mónica, Adoptar las medidas necesarias con el objeto de proceder a la brevedad a la reparación del pavimento en la intersección de la avenida Simón Bolivar con pasaje Erich Fromm, comuna de Maipú, región Metropolitana de Santiago, y las filtraciones existentes en ese lugar, e informe a esta Corporación. (1150 al 5298). XI. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional. - Diputado Walker, Solicita informar sobre la situación en que se encuentra la construcción y puesta en funcionamiento del casino de juegos en la comuna de Ovalle; y, además, tenga a bien disponer la instrucción de un sumario, remitiendo sus conclusiones a esta Cámara, en relación con el retraso de las obras de construcción del mencionado casino, así como del hotel, locales y demás obras asociadas al proyecto. (5530 de 10/01/2012). A Varios. - Diputado Melero, Solicita remitir la información del sumario instruido por Resolución Exenta W 462, de fecha 28 de diciembre de 2010, de esa dirección regional, en relación a supuestas faltas administrativas ocurridas en la postulación de don Luis Monardes Herrera al Programa de Rehabilitación de Usuarios Morosos. (5549 de 11/01/2012). A Ministerio de Agricultura. - Diputado Cornejo, Solicita remitir la información sobre el destino del lote o paño 1 de Placilla, de acuerdo con el plano regulador de la mencionada comuna. (5550 de 11/01/2012). A Contraloría General de la República. - Diputado Hernández, Solicita informar sobre las medidas adoptadas para hacer exigible a la Sociedad Austral de Electricidad S.A. (SAESA) la elaboración de planes de contingencia adecuados para la Región de Los Lagos; y, asimismo, acerca de si la mencionada empresa se encuentra debidamente capacitada para distribuir y proporcionar el servicio eléctrico que, por sus características económicas geográficas y climáticas, esa zona requiere. (5551 de 11/01/2012). A Varios. - Diputada ISASI doña Marta, Solicita informar sobre la ejecución presupuestaria en la Región de Tarapacá, desglosada sectorialmente, y la correspondiente al Fondo de Desarrollo Regional, tanto real como devengada. (5552 de 11/01/2012). A Ministerio de Hacienda. - Diputada Isasi doña Marta, Solicita instruir al señor Contralor Regional de la Región de Tarapacá realizar una investigación, remitiendo sus conclusiones a esta Cámara, respecto de las rendiciones de cuentas de los viáticos utilizados en los viajes efectuados por los consejeros regionales de la mencionada región, en el ejercicio de sus funciones, durante el año 2011. (5553 de 11/01/2012). A Contraloría General de la República. - Diputado García don René Manuel, Solicita informar sobre la capacitación que reciben los brigadistas que combaten los incendios forestales, los cursos que realizan, las horas empleadas en dichos cursos, los organismos que los imparten, y los requisitos mínimos que deben cumplir aquellas personas para aprobar la mencionada capacitación; asimismo, acerca de los recursos destinados al combate de incendios forestales; y, finalmente, si lo tiene a bien, estudie la creación de un fondo permanente, con los recursos suficientes, para enfrentar este tipo de siniestros. (5554 de 11/01/2012). A Ministerio de Agricultura. - Diputado García don René Manuel, Solicita informar sobre la capacitación que reciben los brigadistas que combaten los incendios forestales, los cursos que realizan, las horas empleadas en dichos cursos, los organismos que los imparten, y los requisitos mínimos que deben cumplir aquellas personas para aprobar la mencionada capacitación; asimismo, acerca de los recursos destinados al combate de incendios forestales; y, finalmente, si lo tiene a bien, estudie la creación de un fondo permanente, con los recursos suficientes, para enfrentar este tipo de siniestros. (5555 de 11/01/2012). A Ministerio de Interior. - Diputada Girardi doña Cristina, Solicita remitir información relacionada con una multiplicidad de problemas, inconvenientes y eventuales irregularidades, que afectan a la población Las Viñitas de Cerro Navia; sin perjuicio de disponer las investigaciones y demás gestiones solicitadas. (5556 de 11/01/2012). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo. - Diputado Ulloa, Solicita informar sobre la fecha de cese o término de sus funciones, en los cargos de miembros del Consejo Directivo de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región del Biobío, de los señores Eduardo de la Barra y Marcelo San Martín. (5569 de 12/01/2012). A presidente del consejo directivo de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región del Biobío. - Diputado Espinosa don Marcos, Solicita informar acerca de la actual situación de los subsidios para la vivienda en la comuna de Tocopilla, en particular, sobre los procedimientos utilizados en su entrega; sin perjuicio de remitir los demás antecedentes requeridos. (5570 de 12/01/2012). A director regional del Servicio de la Vivienda y Urbanización de la Región de Antofagasta. - Diputado Castro, Solicita informar sobre los feriados legales, permisos administrativos y,o licencias médicas que, el día 9 de enero del año en curso, eventualmente, utilizaron los secretarios regionales ministeriales de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. (5571 de 12/01/2012). A intendencias. - Diputado Torres, Solicita informar acerca del eventual incremento previsional de los funcionarios municipales. (5572 de 12/01/2012). A Ministerio de Interior. - Diputada Hoffmann doña María José, Solicita remitir información relacionada con la concesión de servicio eléctrico de la empresa “Compañía Eléctrica del Litoral S.A.”. (5573 de 12/01/2012). A Varios. - Diputada Hoffmann doña María José, Solicita remitir información relacionada con la concesión de servicio eléctrico de la empresa “Compañía Eléctrica del Litoral S.A.”. (5574 de 12/01/2012). A secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía. - Diputada Hoffmann doña María José, Solicita remitir información relacionada con la concesión de servicio eléctrico de la empresa “Compañía Eléctrica del Litoral S.A.”. (5575 de 12/01/2012). A Ministerio de Energía. - Diputado Sandoval, Solicita remitir información relacionada con el eventual incentivo al retiro para los empleados del Poder Judicial de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo. (5576 de 12/01/2012). A Ministerio de Justicia. - Diputado Sandoval, Solicita remitir información relacionada con el eventual incentivo al retiro para los empleados del Poder Judicial de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo. (5577 de 12/01/2012). A Ministerio de Hacienda. - Diputado Marinovic, Solicita informar sobre las razones de la disminución de los recursos destinados a la Región de Magallanes y Antártica Chile, provenientes de la aplicación de la ley N° 20.469, que introduce modificaciones a la tributación de la actividad minera. (5588 de 12/01/2012). A Ministerio de Hacienda. - Diputado Teillier, Solicita informar sobre las medidas adoptadas por el ministerio a su cargo destinadas a proporcionar recursos y apoyo a los enfermos de esclerosis lateral amiatrófica (ELA). (5589 de 12/01/2012). A ministro de Salud. - Diputado Rosales, Solicita informar sobre los fondos y estado de avance del proyecto “Vía Los Ángeles - Angol”, en la Ruta Nahuelbuta, en la Región del Biobío. (5590 de 13/01/2012). A Ministerio de Obras Públicas. - Diputado Tuma, Solicita informar sobre si es legal y procedente que las empresas de servicios sanitarios, sujetas a la supervigilancia de la Superintendencia de Servicio Sanitarios, nieguen la instalación de más de una conexión de agua potable y alcantarillado por inmueble asociado a un único rol de avalúo y/o retiren segundas conexiones desde un mismo inmueble. (5591 de 13/01/2012). A Ministerio de Obras Públicas. - Diputado Tuma, Solicita informar sobre si es legal y procedente que las empresas de servicios de distribución eléctrica, sujetas a la supervigilancia de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, nieguen la instalación de más de un empalme a la red de distribución eléctrica por inmueble asociado a un único rol de avalúo y/o retiren segundos empalmes desde un mismo inmueble. (5592 de 13/01/2012). A Ministerio de Energía. I. ASISTENCIA -Asistieron los siguientes señores diputados: (107)NOMBRE (Partido* Región Distrito)Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24Alinco Bustos René IND XI 59Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo UDI VII 38Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29Araya Guerrero, Pedro PRI II 4Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58Baltolu Rasera, Nino UDI XV 1Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33Becker Alvear, Germán RN IX 50Bertolino Rendic, Mario RN IV 7Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45Browne Urrejola, Pedro RN RM 28Burgos Varela, Jorge PDC RM 21Calderón Bassi, Giovanni UDI III 6Campos Jara, Cristián PPD VIII 43Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22Carmona Soto, Lautaro PC III 5Castro González, Juan Luis PS VI 32Cerda García, Eduardo PDC V 10Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24Chahín Valenzuela, Fuad PDC IX 49De Urresti Longton, Alfonso PS XIV 53Delmastro Naso, Roberto IND XIV 53Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 14Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49Farías Ponce, Ramón PPD RM 30García García, René Manuel RN IX 52kort Issa, Garriga Farid UDI VI 32Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60González Torres, Rodrigo PPD V 14Gutiérrez Gálvez, Hugo PC I 2Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39Hales Dib, Patricio PPD RM 19Harboe Bascuñán, Felipe PPD RM 22Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26Hernández Hernández, Javier UDI X 55Hoffmann Opazo, María José UDI V 15Isasi Barbieri, Marta IND I 2Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35Lemus Aracena, Luis PS IV 9León Ramírez, Roberto PDC VII 36Rosales Guzmán, Joel UDI VIII 47Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38Macaya Danús, Javier UDI VI 34Marinovic Solo de Zaldívar, Miodrag IND XII 60Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52Molina Oliva, Andrea UDI V 10Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46Montes Cisternas, Carlos PS RM 26Morales Muñoz Celso UDI VII 36Moreira Barros, Iván UDI RM 27Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44Pascal Allende, Denise PS RM 31Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56Rincón González, Ricardo PDC VI 33Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6Rojas Molina, Manuel UDI II 4Rubilar Barahona, Karla RN RM 17Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42Sabat Fernández, Marcela RN RM 21Saffirio Espinoza, René PDC IX 50Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25Sandoval Plaza, David UDI XI 59Santana Tirachini, Alejandro RN X 58Sauerbaum Muñoz, Frank RN VIII 42Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12Silber Romo, Gabriel PDC RM 16Silva Méndez, Ernesto UDI RM 23Squella Ovalle, Arturo UDI V 12Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39Teillier Del Valle, Guillermo PC RM 28Torres Jeldes, Víctor PDC V 15Tuma Zedan, Joaquín PPD IX 51Turres Figueroa, Marisol UDI X 57Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43Letelier Aguilar, Cristián UDI RM 31Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40Vallespín López, Patricio PDC X 57Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44Vargas Pizarro, Orlando PPD XV 1Velásquez Seguel, Pedro IND IV 8Verdugo Soto, Germán RN VII 37Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25Vilches Guzmán, Carlos UDI III 5Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI XIV 54Walker Prieto, Matías PDC IV 8Ward Edwards, Felipe UDI II 3Zalaquett Said, Mónica UDI RM 20 -Diputados en misión oficial señores Patricio Melero Abaroa, José Kast Rist, Aldo Cornejo González, Pepe Auth Stewart y Sergio Aguiló Melo. -Por contar con permiso constitucional, no asistió el diputado Cristián Monckeberg Bruner. -Asistieron los ministros del Interior y Seguridad Pública, señor Rodrigo Hinzpeter Kirberg; de Justicia, señor Teodoro Rivera Neumann; de Salud, señor Jaime Mañalich Muxi; de Transportes y Telecomunicaciones, señor Pedro Pablo Errázurriz Domínguez, y de la Secretaria General de la Presidencia, señor Cristián Larroulet Vignau.Estuvieron presentes los senadores señores Juan Antonio Coloma, Mariano Ruiz-Esquide Jara y Ricardo Lagos Weber.- II. APERTURA DE LA SESIÓN-Se abrió la sesión a las 11.11 horas.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. III. ACTASEl señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- El acta de la sesión 127ª se declara aprobada.El acta de la sesión 128ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados. IV. CUENTAEl señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.-El señor LANDEROS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.ACUERDOS DE LOS COMITÉS.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- El señor Secretario va a dar lectura a los acuerdos de los Comités.El señor ÁLVAREZ (Secretario).- Reunidos los jefes de los Comités Parlamentarios, bajo la Presidencia del diputado señor Pedro Araya, adoptaron los siguientes acuerdos:1.- Tomar conocimiento de las Tablas de la semana, documento que se acompaña en anexo.2.- Incorporar en el primer lugar de la Tabla de la sesión de hoy, el proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje, que modifica el artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, sobre territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández.3.- Incorporar en el primer lugar de la Tabla de la sesión de mañana, miércoles 18 de enero, el proyecto que modifica la ley N° 18.290, aumentando las sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, y bajo la influencia del alcohol (boletín N° 7652-15), en caso de que no se alcance a despachar en el día de hoy.4.- Considerar con preferencia en el día de hoy, martes 17 de enero, un proyecto de acuerdo por el cual se solicita a su excelencia el Presidente de la República el financiamiento de seguros para equipos y efectos utilizados por Bomberos de Chile.5.- Considerar con preferencia en el día de mañana, miércoles 18 de enero, un proyecto de acuerdo por el cual se solicita a su excelencia el Presidente de la República la declaración del campo dunar de Concón como Santuario de la Naturaleza.6.- La Cámara de Diputados celebrará sesiones especiales el lunes 23 de enero, de 17.30 a 19.30 horas, y el martes 24 de enero, de 10.30 a 12.30 horas, para tratar las Tablas que en su oportunidad se hará llegar a las señoras diputadas y los señores diputados. En dichas sesiones no habrá Proyectos de Acuerdo ni Incidentes. Asimismo, no estarán autorizadas las Comisiones para sesionar simultáneamente con la Sala.AUTORIZACIÓN A COMISIÓN PARA REALIZAR SESIÓN ESPECIAL SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Si le parece a la Sala, se accederá a la petición formulada por la Comisión de Educación, Deportes y Recreación, por la cual solicita el asentimiento de la Corporación para realizar una sesión especial, en conjunto con la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Senado, simultáneamente con la Sala, el día miércoles 18 de enero de 2012, de 10.00 a 11.30 horas, oportunidad en la que se escuchará al señor ministro de Educación.¿Habría acuerdo?Acordado.RÉPLICAS A ALUSIONES PERSONALES.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado señor Patricio Hales, quien ha solicitado hacer uso del derecho que le otorga el artículo 34 del Reglamento de la Corporación.El señor HALES.- Señor Presidente, quizá hace veinte años nos equivocamos con la Derecha al decidir ser duros en lo político, pero respetuosos en lo personal. Habían llegado al Congreso Nacional elegidos por el pueblo. Les enrostrábamos su responsabilidad colectiva en dictadura, pero no descalificábamos a cada uno por su pasado personal. Por eso, repetía: “De las ideas, todo; de las personas, nada”.A pesar de las disputas políticas, en el trabajo diario construimos ciertas relaciones personales cordiales, hasta amistosas, sin que nadie claudicara en sus principios.Yo pensaba que el pueblo nos obligaba a no acusar a nadie sobre la base de suposiciones. Sin embargo, ellos atropellaron el respeto mínimo y nos acusaron por el posible fraude que habrían cometido otros, otorgando pensiones de exonerados.Premeditadamente, informaron de nuestros certificados de modo confuso, para inventar acusaciones. Con maldad, construyeron la imagen pública de que nosotros dábamos pensiones. El diputado Salaberry dijo a la prensa que comprábamos votos; algo similar a lo que hizo el ministro Hinz-peter con el diputado Espinoza: montaron una denuncia falsa. No les importó nuestra honra personal. Quizá, en estos años, nunca debí respetar sus personas. Los más viejos son los mismos de la dictadura, y los más jóvenes son fieles herederos del peor estilo de hacer política que ha habido en Chile. Quizá, me equivoqué al haber sido decente con ellos. ¿Quieren hablar de las personas? Hagámoslo. Miren los que me acusaron: El diputado Cristián Letelier, el gran y permanente defensor de la gente de la CNI; de Manuel Provis Carrasco, secuestrador del químico Eugenio Berríos. Ése es Cristián Letelier, el que me acusó de perjurio y de falsa declaración. Él fundó una sociedad con Gonzalo Cornejo, que sacaba plata del municipio junto con la diputada Nogueira, aparte del fraude que ella cometió en la Cámara. ¿Quieren hablar de las personas? Que Letelier explique si hizo negocios en el Diario Oficial. El Presidente lo echó del directorio de la Zofri en 48 horas, por malos antecedentes. Salaberry dijo a la prensa: “Parlamentarios compraban votos a través de estos certificados”. Eso es maldad y mentira. ¿Cuál fue su relación con el caso Kodama y qué hizo en la Comisión Especial? ¿Y Karla Rubilar, que ya había inventado falsos detenidos desaparecidos con el caso Recabarren? Fue pillada, asociada con Manuel Contreras y su abogado Javier Gómez. La diputada que triangula: Congreso Nacional -municipio de Conchalí-municipio de Renca, con su marido y con su madre, alcaldesa de Renca. Fue destituida de la Comisión de Derechos Humanos. Sé, por experiencia personal…(Hablan varios señores diputados a la vez)También puedo hablar de usted, diputado Bauer.Decía que sé, por experiencia personal, el daño que nos hicimos en 1970, cuando descalificábamos a las personas para imponer nuestras ideas. Todos lo hicimos; yo mismo lo hice. No quería hablar así, pero puedo pelear en este nuevo clima que ha reconstruido la Derecha.José Kast, acusado de ocultar sociedades en su declaración de intereses. ¿Por qué no se ha inhabilitado, cuando hay intereses que se cruzan con su empresa Bavaria, con la empresa de transportes, con las cuatro inmobiliarias y con las empresas agrícolas?José Edwards, que fue premiado por sus condiciones morales. ¿Conocen quienes lo premiaron la inmoralidad que cometió al hacer este anuncio? Pedro Browne, ¿cree que puede mentir en mi contra, así como miente cuando dice que fue palero y que, de obrero, llegó a gerente general, cuando sabe que la empresa Brotec es de su papá?Nicolás Monckeberg, conocido por sus agresiones y por usar métodos CNI, me reconoció cobardemente en privado que él sabía que nosotros no éramos culpables. Además, decía que tenía un máster en Harvard.Les tuve miedo en dictadura, pero nunca me paralicé; menos me van a acallar en democracia. Nunca quise pelear usando este estilo, pero puedo hacerlo.Nunca dije nada de Rosauro Martínez, acusado de ser CNI y de robo de aguas. Nunca le pregunté a Norambuena sobre las torturas en Puente Rabal, ni a Hasbún sobre los 1.800 millones de pesos en su arreglo con GMA.Podría decir tantas verdades de tantos más. Podría hacer una lista completa.¿Por qué esta imprudencia tan grande de políticos que siempre han hecho alarde de la prudencia? ¿Sólo para ganar en política a cualquier precio? Esto le hizo mal a Chile.En mi niñez, aprendí que la decencia era algo más profundo que los buenos modales; algo que venía de enseñanzas milenarias, que me transmitieron mis abuelos y mis padres, y que Aristóteles llamaba la virtud, es decir, actuar con justa razón. Quizás, la desperdicié con ustedes, porque han sido, francamente, indecentes.He dicho.-Aplausos.-Hablan varios señores diputados a la vez.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- La diputada señora María Antonieta Saa ha solicitado la palabra en virtud del artículo 34 del Reglamento de la Corporación.El señor WARD.- Señor Presidente, pido que cite a reunión de Comités con suspensión de la sesión.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Cito a reunión de Comités.Se suspende la sesión. -Transcurrido el tiempo de suspensión:El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Continúa la sesión.Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa, quien ha solicitado hacer uso del derecho que le otorga el artículo 34 del Reglamento de la Corporación.La señora SAA (doña María Antonieta).- Señor Presidente, he decidido hacer uso de la facultad que otorga el artículo 34 de nuestro Reglamento, debido a que durante los últimos meses he sido insistente y constantemente nombrada por autoridades del Ministerio del Interior, que me mencionan como partícipe en supuestas irregularidades que se habrían cometido en la asignación de beneficios a exonerados políticos durante la dictadura. Es más, el subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, se ha jactado públicamente de que “la investigación del Consejo de Defensa del Estado daría cuenta de la participación de la senadora Isabel Allende y la diputada María Antonieta Saa en las irregularidades”. Es decir, al igual como lo hizo el ministro Hinzpeter en el caso Bombas, su subordinado, el subsecretario Ubilla, se atreve a imputar responsabilidades a parlamentarios en situaciones que aún se encuentran en la etapa previa a la investigación, ni siquiera en los tribunales, sino en el Consejo de Defensa del Estado, que estaría estudiando la posibilidad de presentar acciones.Más grave aún es el hecho de que se pretenda responsabilizar sólo a parlamentarios de los sectores opositores al Gobierno, sin mencionar que también parlamentarios pertenecientes a su sector entregaron certificados a exonerados políticos supuestamente erróneos, que es la base que tiene el mentado subsecretario para intentar imputarnos responsabilidades.Quiero señalar que la exoneración laboral de personas fue uno de los instrumentos que utilizó la dictadura militar en Chile para castigar, en un principio, a todos aquellos que se manifestaron partidarios del gobierno de la Unidad Popular, y luego, a aquellos que se vislumbraban como opositores al gobierno militar. Se utilizó como una forma de amedrentar y discriminar a aquellos que se atrevían a pensar distinto.Con ellos no se utilizaron los métodos aberrantes de exclusión, como la muerte, la desaparición y la tortura; simplemente se les castigó quitándoles la fuente de sustento con que mantenían su hogar y a su familia.Además, con la exoneración se les marcó para que nadie más les otorgara trabajo, ya que estaban señalados como identificados por el régimen, y quienes los contrataran podían ser vistos con malos ojos por los organismos públicos. Por miedo, muchos no lograron encontrar ni un solo trabajo que no haya sido algo independiente o por emprendimiento, como lo llaman ahora, y al volver la democracia, ya estaban viejos para retomar su antigua labor. No quiero dejar de mencionar que muchos fueron injustamente exonerados gracias al revanchismo de la época y a los afanes de venganza, incluso por problemas familiares o vecinales.A muchas de esas personas yo las conocí durante el gobierno de la Unidad Popular -también fui exonerada- y durante las jornadas de oposición a la dictadura, y obviamente les entregué un documento que les permitiera acompañar como antecedente su solicitud de pensión de exonerado por razones políticas. Por eso, hoy se nos pretende enlodar y acusar de una especie de fábrica de ficticias exoneraciones.Quiero poner el acento en la perversión del Ministerio del Interior al utilizar el tema de la concesión errónea de pensiones de exonerados para atacar políticamente a quienes formamos parte de la Oposición.Aquí, hasta el mismo Contralor General de la República ha señalado que un certificado no constituye, en ningún caso, plena prueba para determinar la calidad de exonerado, sino que, a lo más, sería un antecedente a considerar, junto con muchos otros, para llegar a calificar a una persona como exonerado político. Sin embargo, el Gobierno, junto con parlamentarios de su sector, especialmente el diputado designado Cristián Letelier y la diputada Karla Rubilar, se han prestado como comparsa útil al fin perverso de insistir odiosamente en intentar enlodar el prestigio y la honra de quienes, honestamente, hemos estado dispuestos a ayudar a quienes padecieron el golpe cruel de la dictadura en su fuente laboral. A muchos exonerados se les está castigando por segunda y tercera vez, poniéndolos en tela de juicio los herederos políticos de la dictadura.Quiero denunciar aquí que el Ministerio del Interior está mandando cartas a todos los exonerados de Chile, amedrentándolos con la finalidad de tratar de obtener pequeños réditos para un gobierno incapaz y rechazado por la ciudadanía, que intenta disculpar sus fallas atacando a quienes somos parte de la Oposición.Quiero terminar diciendo que el señor Rodrigo Hinzpeter, ministro del Interior de nuestro país, y el señor Rodrigo Ubilla, subsecretario de esa cartera, están haciendo un manejo político. Deberían disculparse con la Cámara de Diputados, porque en una operación política cochina, en una operación política corrupta, están acusando a diputados de Oposición.Señor Presidente, pido que los diputados de la UDI y de Renovación Nacional digan que no somos culpables de nada y manifiesten su repudio a esta operación perversa del Ministerio del Interior.He dicho.-Aplausos.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado Carlos Montes, quien ha solicitado hacer uso del derecho que le confiere el artículo 34 del Reglamento de la Corporación.El señor MONTES.- Señor Presidente, nuestra democracia y la convivencia cívica entre los chilenos se han ido recuperando sobre la base de un gran esfuerzo colectivo. No ha sido fácil construir confianzas y capacidad de entendimiento. Vivimos largos años de horror, sufrimiento y abusos; hubo mucho dolor en nuestro país.En los últimos meses, hemos visto hechos que afectan el espíritu sobre el cual se reconstruyó nuestra democracia.Hace algunas semanas, un alcalde convocó a un acto de homenaje a Krassnoff, condenado por delitos de lesa humanidad.Hace algunos días, se conoció que el Ministerio de Educación cambió el término “dictadura” por “régimen militar”.En estos días, se trata de forzar la aprobación de una iniciativa de ley antitomas contra el movimiento estudiantil. También se ha acusado, irresponsablemente, a organizaciones mapuches de los incendios en el sur.Lo mismo ha ocurrido con los exonerados. El ministro Hinzpeter ha denunciado fraude en el otorgamiento de beneficios, apuntando a parlamentarios por otorgar certificados que, reconocidamente, no tienen la trascendencia jurídica que se pretende.Claramente, quiero decir que si hubo abusos o fraudes, si algunos casos no corresponden a exonerados políticos, seremos los primeros en exigir las investigaciones; pero no aceptamos una acusación en estos términos.En lo personal, se me ha señalado por haber otorgado certificados en dos situaciones. En primer lugar, respecto de 68 trabajadores de Burger, a quienes conocí durante los conflictos, en la época de la Unidad Popular. En segundo lugar, en relación con 19 trabajadores del Minvu.Se dice que serían casos mal calificados y que estarían recibiendo pensiones indebidas.Estudié todos esos casos. Resulta que 15 de esas personas están fallecidas y seis están en el Informe Valech. Aquí está el detalle, uno por uno.Además, en el caso de Burger se da la curiosa situación de que fue intervenida en dos ocasiones durante la dictadura; no sé si lo habrá tenido presente el Ministerio del Interior.En cuanto a los trabajadores del Minvu, pertenecían a brigadas de construcción de Corvi y de Corhabit; no eran parte del staff de funcionarios públicos.Lo ocurrido en las últimas semanas es gravísimo. Queriendo sacar provecho político con algunos casos, se ha hecho mucho daño. En primer término, a miles de exonerados políticos. Se los vuelve a estigmatizar, a través de denuncias amplias e irresponsables, en las que parece que todos los que tienen pensiones son aprovechadores.He visto a trabajadores de mucha edad llorar de indignación y temor por las cartas que les están llegando.Parecen olvidar o querer olvidar. No saben que mucha gente no se ha podido recuperar nunca; no saben que los hijos de quienes sufrieron horror hoy son adultos, con mucho daño algunos de ellos.La segunda y tercera generaciones también están afectadas.Indigna que no oigan ni asuman lo que dijo el propio Contralor: los certificados de exoneración política emitidos por los parlamentarios no tenían importancia alguna respecto del proceso de calificación.Indigna que el Gobierno, representante de todos los chilenos y que, por lo tanto, debiera actuar con prudencia en temas tan sensibles, monte un caso con mezquindad.Quiero decirles, con franqueza: no creo haber visto antes algo así. No creo haber visto jamás que el propio Gobierno se pusiera a la cabeza para enlodar a parlamentarios.Se lo digo al ministro Hinzpeter: no recuerdo en estos veinte años que un gobierno encabezara algo para enlodar a parlamentarios. Es cierto que hubo otra cosa en la acusación entre parlamentarios. Incluso, se llegó a falsificar videos para inventar ciertas situaciones de otros parlamentarios.Concurrimos a La Moneda a exigir aclaraciones al Gobierno y a decir que queremos que se investiguen con seriedad las eventuales irregularidades.Llamamos al ministro Hinzpeter a tener presente el dolor que estas denuncias masivas causan en mucha gente.Llamamos a preservar la convivencia cívica, que se funda sobre la buena fe y, sobre todo, en la amistad que hemos construido entre muchos, aceptando las diferencias, pero respetando nuestra historia y nuestras convicciones.Llamamos, en definitiva, a ser responsables, a hacernos cargo como sociedad del horror vivido y a no olvidar que sobre el esfuerzo de las familias de miles de exonerados, torturados, perseguidos, detenidos desaparecidos y fusilados, está sustentada esta democracia.He dicho.-Aplausos.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Abel Jarpa, quien ha solicitado hacer uso del derecho que le otorga el artículo 34 del Reglamento de la Corporación.Tiene la palabra su señoría, hasta por cinco minutos.El señor JARPA.- Señor Presidente, el 4 de octubre de 2011, el programa Contacto transmitió un reportaje sobre exonerados políticos, el cual contenía una entrevista que se me realizó el 22 de agosto pasado, que versó sobre un documento emitido en 2001 -se relaciona con un suceso acaecido 25 años antes, durante la dictadura militar-, a partir del cual se genera un enfoque subjetivo y falto de antecedentes, sembrando un manto de dudas sobre la honorabilidad y honestidad de cientos de personas que perdieron sus trabajos por el solo hecho de pensar distinto, y sobre quienes emitimos estos certificados para colaborar en un proceso sumamente delicado, justo y necesario.Teniendo en cuenta lo anterior, realicé una declaración pública al día siguiente, donde, en cuatro puntos, señalé lo siguiente: Pimero, lamenté que pudiera haber errores en los antecedentes. Segundo, señalé que este documento era meramente complementario para calificar a las personas que tenían la calidad de exonerados, lo cual debía ser evaluado por las comisiones que la propia ley indica. Tercero, los certificados entregados por mi oficina parlamentaria fueron revisados, y me consta que a quienes se les entregó este documento sufrieron exoneración política o fueron avalados por personas que cuentan con mi más entera confianza. Y, cuarto, este es el costo que debemos pagar quienes luchamos por los derechos humanos, por recobrar la democracia en Chile y por terminar con una odiosa dictadura.Apoyé la creación de una comisión investigadora sobre exonerados políticos y solicité a la Comisión de Ética de nuestra Corporación ser recibido.Estimé necesario guardar silencio hasta que la comisión investigadora terminara su labor. Ésa es la razón por la cual he solicitado hacer uso de la palabra en virtud de los dispuesto en el artículo 34 del Reglamento, después de tres meses, con la tranquilidad que me da la intervención del señor Contralor en dicha Comisión, en la que dejó claramente establecido los elementos para la calificación de exonerado político. Por ende, queda estrictamente de manifiesto que los documentos que emanaron de este parlamentario son sólo antecedentes que complementan los documentos que instruyen un principio de prueba por escrito, tal como lo señala la ley para los casos de inexistencia, pérdida o destrucción del instrumento de prueba propiamente tal.El 5 de enero, conforme al principio de transparencia de la función pública y al derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado, este parlamentario, junto a nueve diputados y dos senadores, firmamos una carta que entregamos al subsecretario del Interior, don Rodrigo Ubilla, para solicitar que se nos entregaran todos los antecedentes relativos a los casos de que fuimos objeto de acusación por parte de dicha cartera.Señor Presidente, el día 11 de agosto intervine en Incidentes. En esa oportunidad, reflexioné sobre la situación que afectaba a nuestro país a raíz de las movilizaciones sociales y estudiantiles, y señalé que nuestro país enfrenta una crisis política y social en un ambiente de enfrentamiento que, guardando las proporciones, nos hace recordar los tristes años previos al quiebre democrático.De un reportaje de televisión ha quedado claro que puede haber personas inescrupulosas que abusaron de la buena fe para defraudar al Estado. Por eso, exigimos que la justicia y el Consejo de Defensa del Estado investiguen a fondo, y si hay delitos, se sancionen con todo el rigor de la ley. Sin embargo, no aceptaremos que esta investigación sirva de pretexto para una persecución política que el ministro Hinzpeter ha orquestado contra la Oposición.El ministro Hinzpeter ha demostrado ser un especialista en montajes. Basta recordar el caso del pakistaní y el caso Bombas; actualmente, ha responsabilizado, sin investigación previa, a los comuneros mapuches de los incendios ocurridos en el sur, cuestión que ha sido desmentida por los dirigentes de la Coordinadora Arauco Malleco.Para esos montajes -esto es lo que más lamentamos-, este ministro utilizó a parlamentarios, algunos de los cuales aún no habían nacido el año 73; por lo tanto, no conocieron los horrores de la dictadura hasta el Informe Rettig, y que hoy tratan de justificar o enlodar.Señor Presidente, esto me parece el mundo al revés: los exonerados políticos durante la dictadura militar y quienes los apoyamos en su justa reparación, somos los inmorales, y los causantes, o los hijos de los causantes durante la dictadura militar, se trasforman en los guardianes de una seudoética, lo que nos hace recordar a los lobos vestidos con piel de oveja.He dicho.-Aplausos.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Se ha solicitado votar, sin discusión, el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que perfecciona el sistema de licencias médicas, estableciendo medidas que aseguren su correcto otorgamiento y uso.¿Habría acuerdo?No hay acuerdo. V. ORDEN DEL DÍAREFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE TERRITORIOS ESPECIALES DE ISLA DE PASCUA Y ARCHIPIÉLAGO JUAN FERNÁNDEZ. Proposición de la Comisión Mixta.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Corresponde pronunciarse sobre el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje, que modifica el artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, sobre territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández.Antecedentes:-Oficio del Senado, boletín N° 6756-07, sesión 130ª, en 11 de enero de 2012. Documentos de la Cuenta N° 5.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Ofrezco la palabra.Ofrezco la palabra.Cerrado el debate.-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Corresponde votar la proposición de la Comisión Mixta, recaída en el proyecto de reforma constitucional cuya urgencia ha sido calificada de suma, iniciado en mensaje, que modifica el artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, sobre territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández, cuya aprobación requiere el voto afirmativo de los dos tercios de las señoras y señores diputados en ejercicio, esto es, 79 votos.Hago presente que el honorable Senado aprobó dicha proposición.-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 95 votos; por la negativa, 6 votos. No hubo abstenciones.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Aprobado.-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Baltolu Rasera Nino; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Ma-tías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:Andrade Lara Osvaldo; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Rincón González Ricardo; Saffirio Espinoza René; Silber Romo Gabriel.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Despachado el proyecto.AUMENTO DE SANCIONES POR MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD, BAJO LA INFLUENCIA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES O PSICOTRÓPICAS Y BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL. Tercer trámite constitucional. Integración de Comisión Mixta.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Corresponde tratar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 18.290, aumentando las sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas y bajo la influencia del alcohol.Antecedentes:-Modificaciones del Senado, boletín N° 7652-15, sesión 132ª, en 12 de enero de 2012. Documentos de la Cuenta N° 6.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi.La señora CRISTI (doña María Angélica).- Señor Presidente, la ciudadanía, la Cámara de Diputados y el Senado ven con muy buenos ojos la iniciativa en estudio, que sanciona con más drasticidad la conducción en estado de ebriedad.Se trata de una problemática que se veía venir desde hace bastante tiempo y a la cual no habíamos prestado la suficiente atención, o bien no existió la suficiente voluntad para abordarla como corresponde.Muchos han criticado la iniciativa que disminuye la dosificación en sangre para determinar si la persona conduce bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad. Una norma similar fue discutida en el Congreso Nacional hace casi quince años, y fue rechazada. Ello significó la muerte de muchas personas, sobre todo jóvenes, por no haber adoptado a tiempo las medidas correspondientes. Por lo tanto, el país tendrá que asumir esta responsabilidad.Se trata de un problema que cada día se hace más evidente por la cantidad de muertos y heridos graves a casusa de accidentes, lo que perturba la tranquilidad de muchas familias. A ello hay que sumar la gran cantidad de jóvenes y menores que circulan por nuestras calles consumiendo altas cantidades de alcohol.Hoy debemos pronunciarnos sobre las modificaciones del Senado a este proyecto.La iniciativa establece que si a consecuencia de la conducción bajo la influencia del alcohol se causaren lesiones leves, el responsable será sancionado con la suspensión de la licencia de conducir por seis meses. La ley vigente establece que la suspensión de la licencia en este caso es por un mes. En caso de que se causaren lesiones graves, la ley vigente establece la suspensión de la licencia de conducir de cuatro a ocho meses. La iniciativa eleva ese rango, de manera que la suspensión será de dieciocho a treinta y seis meses. El que causare alguna de las lesiones indicadas en el artículo 397, N° 1 del Código Penal -demencia, invalidez, etcétera- o la muerte, actualmente recibe como sanción, entre otras, la suspensión de la licencia por un plazo no inferior a doce ni superior a veinticuatro meses. El proyecto modifica ese rango, por lo cual la suspensión no podrá ser inferior a treinta seis ni superior a sesenta meses.El proyecto establece que la conducta constitutiva de reincidencia se refiera a la situación prevista en el inciso cuarto del artículo 193 de la ley de Tránsito, que se modifica, o exista condena previa por ese delito, el juez deberá aplicar, además, la pena de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.La ley vigente es muy débil en esta materia, pues dispone que el juez puede, según las consecuencias o reincidencias, cancelar la licencia. El proyecto es drástico, en el último caso a que me referí, por cuanto obliga al juez a suspender la licencia de conducir de por vida.Hace algún tiempo, en la comuna de Peñalolén un conductor ebrio atropelló a una familia completa. En ese momento, la ley no obligaba al juez a aplicar la pena de inhabilidad perpetua para conducir vehículos motorizados. Si en el futuro un juez aplica esa pena, ese conductor recibirá pena de cárcel y, además, la suspensión de su licencia de por vida.El Senado aumenta penas en forma bastante drástica.Otro aspecto importante dice relación con que el tribunal, a petición del fiscal, el querellante o la víctima, podrá decretar la medida cautelar de suspensión provisoria de la licencia de conducir desde que se realice la audiencia de control de detención. Es muy importante, dado que en la actualidad no se suspende sino hasta que la persona es condenada. Además, ese antecedente quedará en la hoja vida del conductor, a fin de que ninguna municipalidad pueda otorgarle una nueva licencia mientras esté cumpliendo la pena de suspensión.Sin embargo, queda pendiente algo muy importante. Espero que el proyecto ayude a evitar la gran cantidad de accidentes por conducción en estado de ebriedad. Es necesario que se cree un temor reverencial en la ciudadanía, de manera que entienda que no se debe conducir bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad. Por lo mismo, se otorgan facultades a la policía para realizar alcoholemias en distintos lugares. Es decir, ya no se harán solo en el Instituto Médico Legal o y en las postas, como ocurre en la actualidad, sino en cualquier recinto que presente las condiciones idóneas, de acuerdo con los requerimientos impuestos por el Instituto Médico Legal. Asimismo, Carabineros podrá someter a cualquier conductor a una prueba respiratoria evidencial y otra prueba científica, a fin de acreditar la presencia de alcohol en el organismo y su dosificación. Además, en caso de comprobar la conducción en estado de ebriedad o bien bajo la influencia del alcohol o sustancias estupefacientes o psicotrópicas, a retirar el vehículo de circulación.No obstante, queda pendiente algo tremendamente importante: la prevención. Anoche, en un programa de televisión se mostraba cómo jóvenes, incluso niños, consumían alcohol en forma excesiva en la vía pública y en playas de nuestro país, quedando botados. Se vende alcohol a menores de edad. Existe escaso control para que los menores no lo consuman, lo cual tiene que ver estrictamente con la prevención.Hace dos años, la Cámara aprobó un proyecto de ley que restringe la publicidad, prohíbe la compra de alcohol a menores y establece en la malla curricular escolar una asignatura a fin de ayudar a prevenir el consumo de sustancias adictivas. Eso aún no se ha hecho, lo que es muy grave, porque estaba en la ley anterior, que aprobamos en 2004, y en el nuevo proyecto que aprobamos en la Cámara.Por consiguiente, es urgente que el Senado ponga en Tabla a la brevedad dicho proyecto, que está tramitándose desde hace dos años en su Comisión de Salud. Es necesario que se tramite con la misma rapidez con que se han abordado todos los proyectos que tienen que ver con el control del consumo de tabaco. Es impresionante ver que se acoge con tanta facilidad iniciativas que se relacionan con consumo del tabaco y no se le da la misma importancia a otras vinculadas al consumo de alcohol, en circunstancias de que este abre las puertas a graves dramas en nuestra sociedad.Esperamos que el Senado nos escuche y, a la brevedad, ponga en Tabla dicho proyecto.He dicho.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Orlando Vargas.El señor VARGAS.- Señor Presidente, según las estadísticas, siete de cada diez accidentes de tránsito se producen por la conducción de vehículos motorizados tras la ingesta de alcohol. Si consideramos esta alarmante cifra, a la cual se suma que cada año el parque automotor crece más aceleradamente y que el consumo de alcohol va en aumento -esto está en directa relación con la edad de inicio de ingesta-, nos vemos en la necesidad imperante de tener una regulación más estricta y de establecer sanciones de mayor consideración para todo aquel que tome la decisión errada y altamente peligrosa de conducir en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicos, o bajo la influencia del alcohol.El hecho de bajar los gramos de alcohol por mil en sangre, en relación con la calificación del manejo en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol; el aumento de las multas y del tiempo de suspensión de las licencias, la cancelación de las licencias, la inhabilitación perpetua para conducir vehículos motorizados y la existencia de sanciones penales más duras, como las que contempla el proyecto, nos permitirá obtener calles más seguras, menos accidentes de tránsito y menos muertes. Ello, porque podremos sacar de circulación a los conductores que representen un peligro para la comunidad, debido a su conducción en estas circunstancias. Además, los conductores evitarán abordar y manejar algún vehículo si se encuentran dentro de las conductas descritas, a fin de evitar el rigor que representa la futura ley.Como podemos vislumbrar, la aprobación de este proyecto representa un avance legislativo frente a las conductas descritas. Sin embargo, no estoy de acuerdo con el artículo 197 bis agregado por el Senado, en uno de cuyos incisos se establece que “el tribunal decretará de oficio una medida cautelar de embargo del vehículo que ha sido puesto a su disposición, comunicando u oficiando al Servicio del Registro Civil e Identificación…”.Sabemos que hay pymes que cuentan con dos, tres o cuatro vehículos. En consecuencia, no puede ser que por la irresponsabilidad de uno de sus conductores les embarguen un vehículo. Creo que, en relación con este aspecto, hace falta un mayor estudio. Se prohíbe a los conductores de vehículos de transporte público de pasajeros admitir individuos que fumen o que no guarden compostura debida, o que ejerzan la mendicidad.Una vez que el proyecto sea ley, tendremos la posibilidad de contar con calles más seguras y con conductores más responsables, y de evitar muertes, mutilaciones y lesiones, en todos sus grados, tanto de personas inocentes como de conductores, y daños a la propiedad pública y privada.Por lo tanto, consideramos que el proyecto debe aprobarse, por los efectos inmediatos y mediatos que tendrá en toda la comunidad, lo que aumentará la seguridad de los chilenas y los chilenos.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente, hoy no es un día cualquiera, sino uno especial. Después de largos y costosos años de lucha, hemos llegado al trámite final de este proyecto tan necesario que, como se ha manifestado, pretende lograr un cambio sustancial en la conducta y en la responsabilidad de las chilenas y los chilenos en materia de conducción. Las cifras en esta materia son elocuentes. Más de dos mil compatriotas fallecen cada año por accidentes de tránsito. Un alto porcentaje de estos se origina por el manejo en estado de ebriedad. Quiero hacer historia. En 2005, comenzamos esta lucha cuando en el Parlamento iniciamos la discusión de un proyecto de ley sobre esta materia. Recuerdo que en esa época, cuando éramos diputados de gobierno, atravesé el Hemiciclo para conversar con el diputado Iván Moreira, con quien -debo reconocerlo hidalgamente- iniciamos las primeras conversaciones sobre este asunto. Debido a la gran cantidad de accidentes de tránsito que se producen en el país por manejo en estado de ebriedad, coincidimos en la necesidad de elaborar un proyecto de ley, que trabajamos en conjunto. Se habían presentado otros, pero, literalmente, sus autores los dejaron botados.En la iniciativa que presentamos con el diputado Moreira, buscábamos aplicar sanciones más drásticas a los conductores que, como consecuencia de su conducción en estado de ebriedad, provocaran la muerte de personas. Ello, por el dolor que causan y porque teníamos la convicción de que las penas que contempla nuestra legislación son irrisorias. Tal es así que puede ocurrir que un conductor atropelle a dos o tres peatones y les cause la muerte, pero no esté ni un día preso; incluso más, es muy posible que cuando estén sepultando a las víctimas, el esté en su casa. Reitero, nuestra legislación contempla penas irrisorias. Me refiero tanto a las condenas penales como a las suspensiones de licencia. Presentamos esa iniciativa, porque consideramos fundamental contar con una legislación más drástica. Cuando en ese entonces planteamos este tema en la Comisión de Transportes -el diputado señor Moreira podrá corroborarlo-, muchos colegas que hoy, a Dios gracias, van a votar a favor el proyecto, dijeron entonces que estábamos locos, porque, por ejemplo, no debíamos suspender de por vida la licencia a un conductor, porque eso era como cortarle los brazos, ya que no podría seguir trabajando en el caso de que se tratara de un chofer de taxi, colectivo, microbús, etcétera. En esos años, se defendía, y con fuerzas, el interés de trabajar de un conductor. Sin embargo, se debe reconocer la triple responsabilidad en la sociedad. Una persona debe tener la plena convicción de que si transporta pasajeros no puede conducir en estado de ebriedad.Hoy, quiero reconocer hidalgamente que las circunstancias y los años transcurridos nos han permitido comprobar que la sociedad chilena ahora no piensa como algunos parlamentarios de 2005, que creían que esta medida no podía aplicarse en Chile. En esa época, les explicábamos a nuestros colegas que en Canadá, Nueva Zelandia y Suecia, entre otros países, el sólo hecho de sorprender en un control rutinario a un conductor manejando en estado de ebriedad era motivo para retirarle de por vida su licencia de conducir. A lo mejor, en Chile eso era impracticable.Sin embargo, este proyecto representa un paso fundamental para generar mayor responsabilidad en los conductores, hombres y mujeres -muchas salen de discotecas luego de ingerir altos grados de alcohol-, a fin de que sepan que, si provocan un accidente, pueden perder la licencia de por vida. Quiero citar el caso del joven Kevin Silva, a quien le amputaron sus piernas cuando se dirigía a la maratón de Santiago. Dicho caso nos llevó a perfeccionar el proyecto, porque logramos incorporar, no sólo el atropello con resultado de muerte, sino también las lesiones gravísimas. Por suerte, el señor ministro nos escuchó con atención en este punto.Es decir, un conductor en estado de ebriedad puede matar a una persona, pero también ocasionar lesiones gravísimas, como en el caso del joven Kevin, víctima de un irresponsable con más de 2 miligramos de alcohol en la sangre.El caso sirvió para que el proyecto fuera más drástico. Por lo tanto, me alegro de que represente un paso adelante y un beneficio para la sociedad chilena. Pese a que lamentablemente la iniciativa no va a solucionar el problema de fondo, va a lograr la caducidad de licencias, más sanciones y que las suspensiones sean más prolongadas.Esperamos que el señor ministro colabore en la Comisión a fin de que el ministro de Educación, a partir de marzo, en los planes y programas de educación básica, contemple una materia relacionada con la responsabilidad de los conductores de vehículos y de los peatones, porque en Chile se producen muchos accidentes debido a peatones irresponsables. Si se logra incluir esta materia en una malla curricular, nuestra sociedad abordará el tema con más profundidad. Ojalá el señor ministro nos ayude a generar los lazos requeridos para que el ministro de Educación incorpore la materia y así contribuya a complementar el objetivo del proyecto de ley. No puedo terminar mis palabras sin agradecer la buena predisposición del Presidente de la Comisión, señor Gustavo Hasbún, de contribuir a lograr mayor agilidad en la tramitación de este proyecto que desarrollamos en conjunto con la diputada señora Marcela Sabat y con tantos otros parlamentarios que, de una y otra manera, hicieron posible cambiar la percepción de algunos colegas en el sentido de que se trataba de un proyecto demasiado duro e impracticable en Chile. En lo personal, creo que no. Hay que ponerse en el caso de las familias que han perdido a sus seres queridos en accidentes de tránsito. Desde la Sala de la honorable Cámara, quiero rendir un emotivo homenaje a humildes familias de Puerto Varas; a los papás de Manuel y Cristina, por quienes inicié esta lucha, y que fallecieron a la salida de una discoteca de Puerto Montt, sector Los Alerces, a causa de la imprudencia de un empresario puertovarino que los atropelló, los dejó botados en una cuneta, se arrancó y arregló su vehículo para no ser sorprendido. Después, logramos comprobar su responsabilidad en los hechos por un peritaje de la policía, que encontró restos humanos de los jóvenes embestidos en el radiador del vehículo. Señor Presidente, ¿quiere saber cuál fue la condena? Quinientos cuarenta y un días de pena remitida y un año de suspensión de licencia. A los seis meses el causante andaba manejando a escondidas. Queremos cambiar tal injusticia; que esas familias no sufran lo que sufrieron; que las familias de Puerto Octay no sufran lo mismo que aquella familia que perdió a sus tres hijos y que al causante de su muerte le fue aplicada una condena irrisoria.Con el proyecto de ley que hoy votaremos también quiero rendir homenaje al ex presidente regional del cuerpo de bomberos de la Décima Región de Los Lagos, señor Víctor Neira, quien perdió a su hijo y a la polola de este a manos de un conductor ebrio que los arrolló en moto en una importante avenida de Puerto Montt.Todos ellos contribuyeron con su granito de arena, además del apoyo de que fue objeto la iniciativa por parte del resto de los colegas de la Cámara de Diputados, a que hoy pueda ser posible aprobar el proyecto en discusión y que tengamos una ley sobre la materia.Asimismo, quiero agradecer al ministro de Transportes y Telecomunicaciones, por la atención que nos prestó para mejorar la iniciativa. Tuvimos algunas aprensiones al inicio de su discusión, pero finalmente pudimos llegar a acuerdo, lo que permitirá transformarla en ley.Si bien ese cuerpo legal no solucionará todos los problemas, porque, lamentablemente, seguirá habiendo accidentes, creemos que contribuirá para que los conductores lo piensen dos veces antes de subirse a un vehículo y manejar en estado de ebriedad. Esperamos que prefieran, por ejemplo, contratar un taxi o pagar un colectivo para dirigirse hacia algún “carrete”. La diversión es muy legítima y tal vez merecida, pero lo que queremos es que los conductores de vehículos motorizados actúen en forma responsable.Por último, quiero señalar que me siento halagado de que en el proyecto hayamos trabajado sin importar los colores políticos, puesto que el objetivo siempre fue hacer una contribución al país, que es lo que realmente importa.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Iván Moreira.El señor MOREIRA.- Señor Presidente, creo que en la vida la perseverancia es importante. ¿Por qué lo digo? Porque no solamente el diputado señor Fidel Espinoza y quien habla hemos estado detrás de esta iniciativa legal desde antes de 2005, sino debido a que también se ha llevado a cabo un esfuerzo compartido con otros parlamentarios.No sé si el ministro de Transportes ha tenido suerte o si los avances legislativos relacionados con su cartera que se han materializado durante su período se han alcanzado debido a su tenacidad, pero en muy poco tiempo, gracias a la labor realizada en el Congreso Nacional, se ha logrado la aprobación de proyectos emblemáticos, como el que establece la portabilidad numérica y el que dispone una nueva normativa para la instalación de antenas para la telefonía celular, además de la iniciativa que estamos tramitando, lo cual habla muy bien del trabajo efectuado por el secretario de Estado, con quien esperamos seguir teniendo la misma coordinación en otros proyectos que vienen en camino.No quiero repetir todo lo que se ha dicho en la Sala, pero respecto del proyecto en debate quiero señalar que lo más importante que se requiere es un cambio cultural de la sociedad, para lo cual hay que prepararla, labor en la que los padres y los colegios tienen gran responsabilidad.Con lo que establece la iniciativa no se solucionarán los problemas que se generan por la conducción en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol, pero es un paso importantísimo para lograr el cambio cultural que se requiere, en el sentido de que quien conduce no puede beber ni siquiera un vaso de cerveza o una copa de vino.Las disposiciones que se proponen establecen que si una persona maneja con un índice entre 0,3 y 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre significa que conduce bajo la influencia del alcohol y que si ese índice es superior a 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre lo hace en estado de ebriedad. Al respecto, se debe explicar que el índice que se fijó a partir de 0,3 gramos de alcohol por litro de sangre no es un cálculo al azar, porque hay algunas frutas que en el organismo fermentan y se convierten en alcohol. Lo mismo sucede con determinados medicamentos, como algunos tónicos para la tos, que, paradójicamente, en el examen de alcotest marcan como si la persona tuviese algún grado de alcohol en la sangre.Pero esas medidas tendrán éxito en la medida en que se implementen otras de carácter complementario. Por ejemplo, se debe dotar de mayores medios a Carabineros, ya que en la actualidad dispone de aproximadamente cien instrumentos para efectuar exámenes de alcotest. Se ha señalado que a través del ministerio respectivo se entregarán a esa institución entre 800 y 1.000 aparatos nuevos, lo que permitirá mayor fiscalización y control.A mi juicio, lo más importante es que habrá tolerancia cero, puesto que si una persona mata a otra al conducir en estado de ebriedad se le cancelará la licencia de conducir de por vida, sin perjuicio de las penas de privación de libertad que correspondan al delito cometido.Los senadores hicieron su trabajo y efectuaron las modificaciones respectivas al proyecto, con el objeto de aumentar las sanciones establecidas por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas y bajo la influencia del alcohol. Sin embargo, la iniciativa fue aprobada con el compromiso de que fuera enviado a tramitación legislativa un proyecto complementario en materia de penas.La diputada señora Cristi hace más de diez años que ha estado impulsando diversas modificaciones que se propone efectuar a la ley de alcoholes, como la que dispone la responsabilidad civil de los padres por los delitos cometidos por sus hijos bajo la influencia de alcohol o en estado de ebriedad. Ella me ha señalado, en más de una oportunidad, que le habría gustado que a algunos proyectos se les hubiese otorgado la misma urgencia con la que se calificó a esta iniciativa, es decir, con el carácter de discusión inmediata. Le recomendé ser perseverante.En este caso yo fui perseverante, y hablo en primera persona porque logré conseguir, en nombre de todos, una audiencia con el Presidente Piñera, con el objeto de darle a conocer la necesidad de agilizar la tramitación de esta iniciativa, ante lo cual el Presidente estuvo de acuerdo, y el 26 de diciembre le otorgó urgencia de discusión inmediata, tal como se señala en el documento que tengo en mi poder.Tengo la seguridad absoluta de que luego de transcurrido un año, período en el que se evaluarán los resultados de la futura ley, los resultados que se obtendrán señalarán que gracias a ella se habrá evitado muchos accidentes de tránsito. Al comienzo el cambio cultural que se requiere será difícil, pero no imposible. Quiero agradecer al Gobierno, al ministro de Transportes y Telecomunicaciones y a todos los parlamentarios que han estado involucrados en la tramitación del proyecto en discusión, a los integrantes de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, así como a su Presidente, el diputado señor Hasbún, puesto que junto al diputado señor Fidel Espinoza desde hace mucho tiempo hemos luchado por que se aprueben las indicaciones que presentamos, muchas de las cuales fueron consideradas por el Gobierno, lo que se constata al comparar la iniciativa con el proyecto original del Ejecutivo.Con este proyecto gana Chile y el Congreso Nacional, porque sus disposiciones tienen por objeto defender la vida, ya que tiene por propósito que los conductores se cuiden más y que tengan más responsabilidad. Estoy seguro de que será una ley cuyos frutos los conoceremos muy pero muy pronto.Hablo mucho del cambio cultural, porque no será fácil su implementación. No obstante, tengo la seguridad de que para las festividades que celebraremos el próximo año no tendremos que lamentar tantas víctimas fatales. Tengo un cuadro comparativo en el que se observa que son miles las personas que han fallecido producto de accidentes de tránsito provocados por vehículos conducidos bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, fundamentalmente por personas que se dejan llevar por la euforia de la celebración del momento. No hay absolutamente ninguna persona que no piense que es la que conduce mejor en el mundo bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad. Los accidentes se producen por los actos de irresponsabilidad que todas las personas pueden cometer.La “tolerancia cero” tendrá sus frutos, pero el Ministerio de Transportes y las autoridades policiales deberán contar con más medios para la implementación de las diversas medidas que establece el proyecto. Del mismo modo, también requerirán de ayuda las familias y el Ministerio de Educación, con el objeto de que se comience a enseñar el cambio de hábito que habrá que efectuar en la sociedad, a través de la implementación de normas para enseñar que quien conduce no puede beber.Me siento muy contento porque estamos legislando en favor de la vida, porque no me cabe la menor duda de que con la futura ley se evitarán muchos accidentes, pero la labor de fiscalización que se deberá llevar a cabo tiene que ser enérgica; con ella nadie se salvará. ¡No correrán los pitutos; se aplicará a todos, sea quien sea! ¡La ley será enérgica para todos por igual! ¿Y por qué digo esto? Porque he recibido e-mails de muchas personas que dicen: “Siempre somos nosotros los perjudicados y a los más grandes no les pasa nada.” Bueno, ahí está el desafío. Desde el más humilde chileno hasta la más alta autoridad tienen la obligación, incluidos, con mayor razón, los parlamentarios que estamos legislando, de recibir tolerancia cero al respecto. Si alguno de nosotros se sube a un vehículo, no debe haber tomado ninguna clase de bebida alcohólica. ¡Cero! Espero que demos el ejemplo y no me cabe la menor duda, por la mirada de los parlamentarios presentes, que vamos a ser contundentes en la fiscalización de esta ley, a través de un conjunto de medidas y con el apoyo de toda la ciudadanía. En un año más, mediante el cumplimiento de esta ley obtendremos el éxito que esperamos, porque el gran número de fallecidos por conducción en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol, definitivamente, habrá disminuido.Por último, señor Presidente, ésta también es una oportunidad de trabajo para los conductores de taxis, de taxis colectivos y para el Transantiago.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Fernando Meza.El señor MEZA.- Señor Presidente, por su intermedio, saludo a los señores ministros de Transportes y de Justicia presentes en la Sala.Hoy, estamos debatiendo un proyecto de ley largamente anhelado por la ciudadanía y también por esta Cámara de Diputados. Este proyecto aumenta las sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia del alcohol o de substancias estupefacientes o sicotrópicas. Las cifras son realmente espantosas. Para comprender la necesidad imperiosa de este proyecto de ley, es necesario recordar que, en Chile, en la última década, hemos conocido alrededor de quinientos mil accidentes de tránsito, de los cuales más de cuarenta mil han tenido como causa la presencia del alcohol. Esto ha acarreado que fallecieran tres mil quinientos chilenos y chilenas, quienes ya no están con nosotros, y más de cincuenta mil compatriotas lesionados, muchos de ellos de por vida. Es decir, los daños que el alcohol produce, cuando está presente en los accidentes del tránsito, son descomunales. De ahí la importancia de legislar al respecto.La ley que existe era para otros tiempos; es demasiada permisiva; era para cuando había menos vehículos en las carreteras, en las ciudades; cuando había menos jóvenes conduciendo. Y aquí hay un problema, señor Presidente, que ya hemos palpado, para desgracia de miles y miles de hogares. La presencia de la juventud al volante junto con el alcohol es una mezcla terrorífica. El riesgo de accidentes en jóvenes conductores, de entre dieciséis y diecinueve años de edad, sólo con 0,3 gramos por mil de alcohol en la sangre, se eleva a 90 por ciento. Es decir, reitero, el riesgo de que dichos jóvenes, de hasta diecinueve años edad, que sólo hayan consumido pequeñas cantidades de alcohol, sufran un accidente de tránsito, se eleva a 90 por ciento. Y ¡caramba! hemos sido testigos -ya los medios de información se han encargado de señalarlo- de cómo cientos de jóvenes han dejado su vida en las carreteras, en noches de jolgorio, de diversión, conduciendo, muchos de ellos, a alta velocidad en la región Metropolitana, en la avenida Kennedy, en cualquier lugar del país.Por eso, se termina la permisividad en el caso del manejo en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol, bajando la tolerancia de 0,5 gramos por mil de alcohol en la sangre a sólo 0,3 gramos por mil. Y para hablar de ebriedad al volante, se rebaja la tolerancia desde 1 gramo por mil de alcohol en la sangre hasta 0,8 gramos por mil. Esto es tolerancia cero y de ahí la importancia de reducir -y ojalá suprimir- los muertos, fallecidos, por culpa del alcohol en calles y carreteras nacionales.Se dice que 0,3 gramos por mil de alcohol es poco; pero no sólo como parlamentario, sino también como médico, puedo dar fe de que con 0,3 gramos por mil de alcohol en la sangre se pierden muchas facultades para conducir. Se pierden los reflejos o se disminuyen extraordinariamente; se pierde la capacidad de distinguir las distancias entre el vehículo que nos antecede y el que se conduce. Asimismo, cuando el alcohol está en la sangre aparece la audacia, a que hacía referencia el diputado Iván Moreira. Dicen algunos que pareciera que manejan mejor con alcohol, pero resulta que la mezcla de audacia y disminución de los reflejos es también fatal, porque la imprudencia y la falta de respeto por la vida ajena, y por la propia también se hacen presentes.Entonces, con este proyecto de ley los jueces tendrán la facultad de retirar, incluso, de por vida, la licencia de conducir cuando haya acontecido un accidente con resultado de lesiones graves, gravísimas o de muerte. Ese señor o señora conductora nunca más en su vida podrá sentarse al volante de un vehículo motorizado. Ésta es la forma de castigar definitivamente a aquellos que deciden poner en riesgo la vida de los demás y la propia. También esta cancelación de la licencia puede ser por períodos más cortos, siempre y cuando no haya habido lesiones, como las señaladas, o muerte. Carabineros de Chile procederá a retirar el vehículo de la circulación para ser puesto a disposición del tribunal. Y es importante hacer notar que si un individuo ha incurrido en conducción bajo la influencia del alcohol, en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias sicotrópicas o estupefacientes, sancionadas en esta ley, se le conducirá en forma inmediata antes el juez. Ahora, si éste no estuviere disponible, entonces se le mantendrá detenido hasta poder ponerlo a disposición del tribunal.Estas penas de privación de libertad también podrán ser sustituidas, cuando la falta haya sido menos grave, por trabajos comunitarios que deberán ser realizados por el imputado y que irán en directo beneficio de la comunidad.Finalmente, como miembro de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, felicito también al presidente de la Comisión, diputado Gustavo Hasbún, quien dirigió ejemplarmente esta iniciativa, la cual nació por iniciativa de los diputados Iván Moreira y Fidel Espinoza, y que rápidamente acogieron todos los miembros de la Comisión.Espero que, en Chile, en lo sucesivo, exista también educación. No sólo se trata del trabajo de Carabineros, de los tribunales de justicia o del Ministerio de Transportes, sino de educación a la ciudadanía, en general, desde la edad preescolar hasta la universitaria. Por lo menos, hay que dejar a un lado, un poco, los canales públicos, tanta farándula e información intrascendente, para reemplazarla por educación cívica, por educación al volante, por educación a los peatones, que también son responsables de decenas de miles de accidentes de tránsito, y dotar a la autoridad de los elementos necesarios. Trabajar con cien alcotest no hará disminuir los accidentes de tránsito provocados por la ingesta de alcohol. Es necesario contar con más instrumentos científicos y técnicos que permitan combatir de verdad este problema. Se requiere nueva instrumentación para medir si una persona está conduciendo bajo los efectos de sustancias sicotrópicas o estupefacientes.Por último, cabe señalar que no se obtendrán buenos resultados sólo con esta futura ley -fruto de un esfuerzo mancomunado-, que endurece las penas por manejo en estado de ebriedad; también es fundamental reducir el nivel de ignorancia sobre la materia y aumentar la conciencia de la ciudadanía en este sentido.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Juan Carlos Latorre.El señor LATORRE.- Señor Presidente, esta iniciativa modificada por el Senado fue objeto de una larga discusión, de meses, en la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, en la que se recogieron las inquietudes planteadas por muchos diputados a través de diferentes mociones. Es lo primero que quiero destacar, porque sinceramente me llama la atención la actitud de algunos colegas, que tratan de hablar a la galería respecto de esta materia, sin haber participado en la larga discusión que sobre ella tuvimos en la Comisión. Obviamente, resulta muy atractivo decir al país que al fin tendremos una ley que posibilitará que nunca más haya gente que maneje curada o en estado de ebriedad -o como queramos decirlo-. Pero la verdad es que este es un asunto mucho más complejo. Se trata de un proyecto que tuvo su origen en cinco o seis mociones, que el Gobierno transformó en una propuesta que hizo suya, y le agregó una disposición que disminuye los niveles que indican cuándo un conductor está bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad.Nuevamente votaré a favor esta iniciativa, modificada por el Senado, pero quiero ser muy realista. Algunos parlamentarios han hablado de “tolerancia cero”, como si bastara con que una ley disponga algo para que la sociedad chilena se transforme culturalmente. Eso no es así; es una mentira frente a la ciudadanía. Quiero dejarlo planteado hoy, de manera que cuando en diez meses más estemos examinando lo que significa haber aprobado este proyecto modificado por el Senado, la ciudadanía no se pregunte por qué los parlamentarios no analizamos bien sus alcances. No cabe ninguna duda de que las enmiendas del Senado van en la línea correcta, pero muchas de las medidas que implementa parecieran ser de una aplicación bastante compleja.No quiero volver atrás en la discusión. Señor Presidente, por su intermedio, quiero decir al Ejecutivo -le ruego al señor ministro que me escuche- que me parece extraordinariamente injusto que se haya creado ante la opinión pública la imagen de que este proyecto logró una atención especial en la Cámara de Diputados -donde estuvimos discutiéndolo durante seis o siete meses-, simplemente porque dos parlamentarios se acercaron al Presidente para pedirle que le diera urgencia. Eso no corresponde a la realidad de lo que fue el tratamiento del proyecto. Quiero reivindicar, como lo hizo el diputado Meza, el trabajo de la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, encabezada por el diputado Hasbún, junto a la acción de otros parlamentarios que no son miembros de ella. Por ejemplo, quiero destacar la preocupación -no sólo la suya, sino también la de sus asesores- del diputado Fidel Espinoza, quien durante semanas asistió a la Comisión para sacar adelante el proyecto. No es el único, pero lo quiero destacar.Por ello, le digo al Ejecutivo que es bueno que aprenda a compartir con los parlamentarios los méritos de algunas iniciativas, y que lo exprese claramente. Que no ocurra que, al final, los parlamentarios seamos simplemente un buzón al que le llegan determinadas peticiones del Ejecutivo, muchas veces con urgencia, y que después no se haga ni el más mínimo reconocimiento al trabajo de diputados que se han ido especializando en estos temas. Tampoco se trata de que, de repente, a fin de año, a un parlamentario se le ocurrió que este es un tema importante. ¡Perdón! ¡No ha sido así el tratamiento de este proyecto!Quiero manifestar mi preocupación respecto del artículo 197 bis, que el Senado agregó. Por su intermedio, señor Presidente, pido al ministro que se pronuncie al respecto. Me parece que el retiro del vehículo por parte de Carabineros es un tema que merece un análisis mayor. No podemos establecer que un carabinero, por ley, esté obligado a hacerse cargo del vehículo de la persona sorprendida manejando en condiciones que no corresponde, para ponerlo a disposición del tribunal, el cual podría decretar su embargo. Me parece que debe haber un equilibrio entre la sanción y el daño que el conductor está cometiendo en el momento en que es sorprendido bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad. Porque el hecho de que una persona sólo sea sorprendida en esa condición es muy distinto de que, además, haya cometido un accidente con daños a terceros o con consecuencias más graves, porque el procedimiento a que están obligados la policía y el juez, y la sanción que eventualmente corresponda por esos delitos son diferentes.Sin perjuicio de reiterar mi apoyo a las modificaciones del Senado al proyecto, expreso mi preocupación. Mi distrito es productor vitivinícola. Creo que ninguno de mis electores estará contento por que hayamos aprobado un proyecto de ley que lo deja en condiciones de ser sancionado por carabineros por haber tomado una copita. Tengo mis dudas respecto de lo que signifique la medida de rebajar a tal punto el nivel del alcotest que indica que una persona está bajo la influencia del alcohol. Me preocupa que aquí estemos votando -y que algunos la describan como una gran votación- una disposición que establece que una persona que haya tomado una cerveza o una copa de vino está bajo la influencia del alcohol. Con todo respeto, el haber bajado ese índice seguramente es una ocurrencia de una persona muy inteligente en el Gobierno, pero yo sigo pensando que esa medida debió haber sido pensada mucho más.Pero como estamos en la línea de aumentar la prevención, de ser severos con aquellos que manejan bajo la influencia del alcohol y más aún en estado de ebriedad, como creemos que debe ser drástica la sanción en contra de aquellos que, además, cometen un accidente que provoca daños e, incluso, la pérdida de la vida de terceros, como tenemos experiencias muy cercanas que revelan lo que puede significar un accidente de esa naturaleza, no tengo dudas de que este proyecto modificado por el Senado tiene una orientación correcta. Lo que no sé es si las ocurrencias que tuvieron los ideólogos del Gobierno para aumentar las exigencias y llevarlas a un nivel de tolerancia cero sean las más correctas.A estas alturas de la tramitación del proyecto, que fue aprobado por la Cámara de Diputados en primer trámite constitucional, luego por el Senado con modificaciones, llamo la atención en términos de que debería haber votación separada respecto del artículo 197 bis que se incorpora. Pido que el Ejecutivo se pronuncie respecto de lo que en él se dispone, esto es, que el vehículo de la persona sorprendida manejando en estado de ebriedad quede a disposición de Carabineros. Me parece un gravísimo error, ya que obligará a Carabineros a realizar una tarea que difícilmente se podrá implementar.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Gustavo Hasbún.El señor HASBÚN.- Señor Presidente, me sumo a la petición del diputado señor Juan Carlos Latorre y pido votación separada del artículo 197 bis, que obliga a Carabineros a retirar el vehículo de circulación, porque este es un tema que hay que corregir.Quiero iniciar mi exposición recodando que durante nuestro trabajo en la Comisión siempre tuvimos presente dos accidentes símbolo: el de la familia Ávalos, que perdió a su hija, quien fue atropellada mientras esperaba la micro que la llevaría a la universidad, a las siete de la mañana, por un conductor en estado de ebriedad, el mismo que hoy sigue conduciendo porque no fue sancionado, hecho que genera una sensación de impunidad en la ciudadanía. El otro accidente es el que sufrió la familia Álvarez Selman, el 12 de marzo del año pasado, cuando venía de vuelta de una comida familiar. En este accidente, que también lo ocasionó un conductor en estado de ebriedad, fallecen un padre y su hija de 3 años: doña Verónica Selman, cónyuge y madre, queda con una discapacidad permanente, y los dos hijos mayores con traumas severos. Con ambas familias adquirimos el compromiso de despachar pronto este proyecto. Esos casos emblemáticos son la mejor muestra de que la actual legislación genera impunidad, cuestión que nos obligó a legislar en el corto plazo, para corregir las actuales normas. Ante ese compromiso, los miembros de la Comisión nos propusimos tramitar el proyecto lo más rápido posible. Por eso, en un mes y medio lo despachamos. Recuerdo que con los diputados Leopoldo Pérez, José Manuel García, Juan Carlos Latorre, Fernando Meza, Joaquín Tuma, Fidel Espinoza, entre otros, estuvimos permanentemente buscando la fórmula que nos permitiera corregir el texto que nos presentó el Ejecutivo. Después de muchas indicaciones, logramos perfeccionarlo y consensuar un texto común. El proyecto que aprobó la Sala en su oportunidad fue el resultado de un trabajo en conjunto para terminar con esa sensación de impunidad que hasta el día de hoy sienten esas miles y miles de familias que se han visto afectadas por esos verdaderos asesinos al volante, que no reciben condena alguna. Es muy importante dar una señal clara al país, decir basta ya a la injusticia; basta ya de asesinos al volante, que después quedan en libertad; basta ya de impunidad. Pongámonos los pantalones y defendamos a las víctimas o familiares de víctimas de accidentes de tránsito, que con estupor ven cómo la sociedad permite que los asesinos al volante queden en libertad, mofándose de las familias afectadas.Sin duda, el proyecto es un gran avance, porque no sólo se preocupa de disminuir los niveles de aceptación de la presencia de alcohol en la sangre -de 1 miligramo a 0,8 miligramos para quienes conduzcan en estado de ebriedad, y de 0,5 miligramos a 0,3 miligramos, para quienes lo hagan bajo la influencia del alcohol-, sino que es mucho más contundente, toda vez que impone sanciones drásticas al suspender la licencia de conducir por el término de dos años, si el conductor fuera sorprendido manejando en estado de ebriedad en una primera ocasión; por el término de cinco años, si es sorprendido en un segundo evento, y con la cancelación de la licencia si es sorprendido en una tercera ocasión. Además, si el conductor, en estado de ebriedad, ocasiona lesiones graves a una persona, inmediatamente se le caduca la licencia de conducir.Esas son señalas claras y precisas para ir cambiando esta sociedad, para que nuestra cultura cambie, pero por sobre todo para defender los derechos de las víctimas, que se sienten desilusionadas con un sistema que, en la práctica, protege al delincuente por sobre la víctima, que en muchos de los casos fallece.Entre 2000 y 2009, los siniestros de tránsito causados por la presencia de alcohol han experimentado un aumento de 1.178 casos, lo que significa un incremento de 34,2 por ciento. Estos índices nos obligan a dar señales claras y precisas, pero no sólo desde la perspectiva de modificar la ley de Transito, sino también de poner en práctica otras alternativas bastante viables. Una dice relación con el compromiso del ministro, por su intermedio, señor Presidente, de fortalecer la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), entregándole los recursos necesarios para implementar un sistema de educación de transito adecuado y campañas de prevención y concientización para procurar el no consumo de alcohol entre quienes conducen. Este es un gran proyecto. Quiero recordar que el Gobierno estuvo siempre preocupado de ponerle urgencia. El ministro asumió el compromiso, desde que salió de esta Cámara, de calificar con suma urgencia al proyecto. Sin embargo, el Senado no lo despachaba. Repito, el ministro y su equipo estuvieron siempre encima para que fuera despachado a la brevedad. Hoy, el proyecto puede ser realidad. Pero aun así, es imperativo nuestro, en conjunto con el Ejecutivo, modificar los cuerpos normativos, pero también promover conductas que impidan que más accidentes de tránsito se repitan en nuestras calles. Para esto, necesitamos políticas de prevención, amén de fortalecer la Conaset, para que, en coordinación con el Ministerio de Educación, incorporen educación de tránsito en la malla curricular. Este trabajo interministerial es lo que echamos de menos. Ojalá que en el Presupuesto de este año se incorporen los recursos necesarios para que la Conaset de-sarrolle campañas no tan solo para prevenir accidentes, sino también para prevenir el consumo permanente de alcohol. El proyecto apunta a terminar con la impunidad, pero aún así no soluciona el problema de fondo, que tiene que ver con la prevención. Espero que el Ejecutivo, a través del ministro, entregue los recursos a la Conaset. Si no se da ese trabajo interministerial con las carteras de Transporte y de Educación, difícilmente bajaremos las cifras de accidentes, de fallecidos y de lesionados. La de hoy es una medida que sirve para complementar la serie de decisiones que deberá abordar el Ejecutivo, que pasan necesariamente por un trabajo interministerial para sacar adelante este tema.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor René Alinco.El señor ALINCO.- Señor Presidente, todo proyecto de ley destinado a proteger la vida humana debe ser apoyado por este Congreso, sin importar la tendencia o posición política que tengamos. Por eso, desde ya anuncio mi voto de apoyo a esta iniciativa.Todos sabemos que una de las principales causas de muerte en nuestro país tiene como protagonista a los accidentes de tránsito, siendo la causa principal la imprudencia de los conductores. Dentro de este grupo de conductas, el manejo bajo el consumo de alcohol ocupa un lugar tristemente privilegiado en las estadísticas, ya que este factor es uno de los principales elementos concomitantes de accidentabilidad en nuestro país.En ese contexto, resulta necesario y pertinente dar nuestra aprobación al proyecto de ley que aumenta las penas a quienes conduzcan en estado de ebriedad, bajo la influencia del alcohol, de sustancias estupefacientes o sicotrópicas. Resulta importante dar una fuerte señal a la ciudadanía en esta materia. Por ello, reitero mi respaldo al proyecto.Como es sabido, señor Presidente, me vi involucrado en una situación compleja hace un tiempo. Sin embargo, no es necesario ese tono burlesco ni esa risa sardónica de algunos parlamentarios que están presentes y de otros que estuvieron hasta hace algunos minutos en esta Sala hacia mi persona, como los diputados Carlos Montes, Alfonso de Urresti, Luis Lemus, Fidel Espinoza y Marcelo Díaz, quienes en estos momentos me miran y se burlan de mí. En ese momento, hice lo que tenía que hacer: tomé la decisión de no interponer ningún recurso y de asumir mi responsabilidad, primero, porque es lo que corresponde y, segundo, porque era una forma de dar una señal de que los parlamentarios debemos dar el ejemplo de “apechugar” cuando cometemos un error.A pesar de estar consciente de que es un proyecto muy importante para nuestro país y para nuestra sociedad, me asaltan algunas dudas, como si sus normas se aplicarán a todos, sin importar el “pelo”, el cargo o el apellido de los involucrados. Voy a dar algunos ejemplos.Isaura Ponce, una joven estudiante, fue atropellada, con resultado de muerte, por un connotado abogado de la zona, don Claudio Morgado Rojas, quien conducía en estado de ebriedad. Esto ocurrió en La Serena el 10 de junio de 2011. A un mes del fallecimiento de esa joven estudiante, el causante del accidente ni siquiera estaba formalizado. Es más, hasta noviembre de año pasado, aún no había fallo alguno, mientras la familia espera justicia.En Coyhaique, mi tierra, un obrero de 55 años, Hernán Barrientos Santana, casado y con dos hijos, falleció luego de ser atropellado el 19 de septiembre de 2011 por René Hermosilla, consejero regional de Renovación Nacional, y jefe de gabinete del senador Antonio Horvath. Curiosamente, Hermosilla no recibió sanción alguna, ya que el caso fue sobreseído.Sin ir más lejos, un miembro de la Cámara de Diputados chocó hace poco tiempo en su automóvil a otro vehículo, tras no respetar un disco “Pare”. Como consecuencia del accidente, resultó con lesiones leves el conductor del otro vehículo, un hombre de 56 años. El diputado se retiró del lugar sin respetar el procedimiento policial, que implica esperar la llegada de Carabineros y realizarse la alcoholemia. No obstante, en el lugar del accidente se quedó el jefe de gabinete del diputado, quien se atribuyó la responsabilidad de ir conduciendo, según consta en el parte policial.Casi veinticuatro horas después del accidente, el diputado acudió a Carabineros para informar que él era el responsable del accidente y que lamentaba que su asesor hubiera asumido una situación que no le correspondía. ¡Quién sabe si ese parlamentario iba o no conduciendo bajo la influencia del alcohol, si sólo dio la cara veinticuatro horas después! Y lo peor es que no hubo sanción alguna ni de los tribunales de justicia ni de nuestra Comisión de Ética, que supuestamente tiene que pronunciarse sobre estos casos.Dicho sea de paso, ese diputado pertenece a una bancada de Gobierno.También es conocido el cambio del parte policial de Carabineros de Chile para proteger a Eduardo Gordon Orduña, hijo mayor del ex general director de Carabineros Eduardo Gordon, quien luego de provocar un choque, se dio a la fuga. En ese caso tampoco hubo sanción alguna, pero el general Gordon renunció al ser conocida esa información, aduciendo razones de salud.En todos estos casos, señor Presidente, vemos que cuando los involucrados son personajes influyentes o con altos cargos, el denominador común es que ninguno recibe sanción ni asume responsabilidad alguna. Esto no es simple casualidad. Por ello, así como resulta de gran importancia que hoy demos nuestra aprobación al proyecto de ley, también resulta urgente y necesario que la justicia se aplique a todos y a todas, sin importar títulos ni influencias. Es importante tomar medidas para que los responsables de accidentes de tránsito, en especial en los casos en que exista consumo de alcohol o drogas, sean sancionados por igual, sin importar su nivel de influencias, títulos nobiliarios o parentescos.Por lo tanto, reitero mi voto de apoyo al proyecto.Insisto, no necesito que algunos diputados me miren en forma burlesca, porque yo, René Alinco, diputado de la Patagonia, sé perfectamente asumir mis responsabilidades y siempre he dado la cara, como la estoy dando en este momento.He dicho.-Aplausos.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.El señor DÍAZ.- Señor Presidente, quiero anunciar desde ya mi voto favorable al proyecto, porque es algo que requerimos para dar señales a la sociedad.Un diputado dijo que había que tener claro que la sola dictación de la ley no cambia la conducta de la gente, pero considero que la iniciativa entrega una señal correcta, que indica a quienes conducimos vehículos que no es posible beber y manejar, que no es posible asumir la responsabilidad que implica para con uno mismo y, por cierto, para con los demás, ponerse frente al volante de un vehículo en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol.Por otra parte, considero que el proyecto despachado por la Cámara y las modificaciones aprobadas por el Senado mejoran las herramientas que se otorgan a quienes tienen que fiscalizar el cumplimiento de estas normas, particularmente las que se entregan a Carabineros de Chile.Aunque alabo el esfuerzo de larga data de quienes impulsaron el proyecto, particularmente del diputado de mi bancada Fidel Espinoza y de otros colegas de otras bancadas, mencionados por él en su intervención, que también son gestores significativos del proyecto, debo señalar que, a mi juicio, algunas normas debieran ser votadas por separado, ya que son innecesarias o, derechamente, no contribuyen a mejorar la iniciativa.Me refiero al artículo 197 bis, incorporado por el Senado, que estimo innecesario porque dispone la posibilidad de cancelar la licencia cualquiera sea el delito: manejo bajo influencia del alcohol, sin daño ni lesiones, lesiones graves o muerte, puesto que esto ya está previsto en las normas anteriores. La modificación propuesta sólo complica una adecuada interpretación del conjunto de normas del proyecto de ley. Tratándose de los delitos de manejo bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, consagra de manera innecesaria la obligación del tribunal de decretar “de oficio una medida cautelar de embargo sobre el vehículo que ha sido puesto a su disposición, comunicando u oficiando al Servicio de Registro Civil e Identificación para su anotación y notificando al propietario, quien podrá oponerse a dicho embargo dentro del quinto día hábil. Asimismo, procederá a decretar, de conformidad a las normas legales, la medida cautelar de retención del carné, permiso o licencia de conductor del imputado, hasta la dictación de la sentencia definitiva.”.Nos parece que esa norma es completamente innecesaria. De más está decir que quien comete la infracción es el conductor y no el vehículo. De hecho, ocurre en muchas ocasiones que la falta o el delito se comete en un auto que no le pertenece al conductor, cuya propiedad no está inscrita a su nombre. A mi juicio, es un error penalizar el vehículo cuando en realidad lo que se penaliza es la conducta de quien infringe una norma legal y, por lo tanto, una conducta personal. Aquí se está imponiendo una sanción al vehículo, que, por cierto, no tiene responsabilidad penal.Esta norma contradice los fundamentos de las medidas cautelares, que es el humo de buen derecho, que es el fundamento plausible y peligro en la demora, como también la idea de provisionalidad y proporcionalidad.Asimismo, se ha incorporado un artículo 197 ter, que, como un cheque en blanco, dispone que si los delitos a que se refiere este proyecto de ley no conllevan una pena privativa de libertad, se dispone contemplar como sanción la participación en actividades determinadas a beneficio de la comunidad, con acuerdo del infractor -por cierto; de lo contrario, sería restituir los trabajos forzados- y la asistencia a charlas sobre la conducción bajo los efectos del alcohol o estupefacientes.Las clausulas abiertas -me alegro que esté presente el ministro de Justicia-, referidas a penas indeterminadas, son inaceptables -siempre lo han sido- y no es el momento de introducir este tipo de normas en nuestro ordenamiento jurídico, pues quedan abiertas a discrecionalidad y, como toda sanción, tienen que interpretarse restrictivamente.Insisto en que estamos ante una buena iniciativa, que tiene un fondo esencial, cual es señalar de manera clara y nítida, no solamente desde el punto de vista técnico, cuándo se considera que alguien está bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, determinando el porcentaje de alcohol que puede tener en la sangre, sino también enviando una señal ciudadana, de buena convivencia, de decir que no queremos que conduzca cuando beba, incluso en niveles tan inferiores como los que se plantean en este texto. Hay normas que se incorporaron en el Senado que complican la interpretación del proyecto e introducen variaciones, particularmente en el orden penal que, a mi juicio, deben ser corregidas. Por lo tanto, pido que las normas que he señalado se voten separadamente, para perfeccionar el proyecto y tener hoy una buena noticia de comunicar al país el despachar esta iniciativa.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.El señor ROBLES.- Señor Presidente, en todo el mundo el alcohol es considerado una de las principales causas de accidentes de tránsito, y nuestro país no está ajeno a dicha realidad.Las estadísticas, expertos en temas de seguridad vial y Carabineros de Chile han encontrado una relación directa entre alcohol y accidentes de tránsito, asociación que constituye una de las primeras causas de muerte en nuestro país. Sólo en 2009, hubo 1.508 fallecidos por accidentes de tránsito; en un 15 por ciento de ellos estuvo presente el alcohol. Asimismo, en promedio, al año, 7.500 personas quedan con secuelas de por vida, producto de un accidente o atropello, y 55 mil quedan lesionadas.Un conductor ebrio es un peligro en potencia, cuestión que debemos tener siempre presente. De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, entre 0,3 y 0,5 gramos de alcohol en la sangre por litro produce desinhibición, se alteran los movimientos oculares, lo que dificulta el enfoque adecuado de los objetos, se alteran los reflejos y hay una conducta impulsiva que lleva a los conductores a conducir de manera imprudente.Un estudio de la Organización Panamericana de la Salud reveló que manejar un vehículo bajo los efectos del alcohol aumenta el riesgo de sufrir accidentes en más de diecisiete veces. Lo mismo señaló la OMS en su informe mundial sobre prevención de traumatismos causados por accidentes de tránsito en 2009. Concluye que el riesgo de sufrir accidentes de tránsito aumenta significativamente cuando los niveles de concentración de alcohol en la sangre están por sobre los 0,4 gramos por litro.A fines de 2010, presenté un proyecto de ley, con el objeto de tener tolerancia cero respecto de conducir bajo los efectos del alcohol (boletín N° 7387-09). En ese momento, la bancada radical buscaba que no se pudiera manejar bajo la influencia del alcohol, lo mismo que han hecho otros países que han adoptado la medida de sólo admitir la conducción con tolerancia cero al alcohol.En esta iniciativa se avanza bastante, pero no se deja en claro que, por ejemplo, conducir con 0,8, gramos es considerado hacerlo en estado de ebriedad; lo cierto es que rebaja el nivel de tolerancia a niveles bastante moderados. Todavía una persona puede tomar un vaso de vino u otra sustancia alcohólica y conducir sin vulnerar la norma. La conducción bajo la influencia del alcohol, un término que los abogados y los jueces han interpretado con una baja penalidad, con una mirada bastante flexible para el imputado, es rebajada a una dosificación superior a 0,3 e inferior a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre.El proyecto es un avance, por lo que la bancada radical va a votarlo en forma positiva. Sin embargo, llamo la atención sobre uno de los artículos -ya lo hice cuando pasó antes por esta Cámara-, por lo que nuevamente voy a pedir votación separada del artículo 183, que está consignado en el número 3) -ya lo planteé a la Mesa-, que tiene relación con un inciso que me parece altamente conflictivo: la posibilidad de que Carabineros, en lugar de llevar al conductor, como corresponde y como establece la norma en los demás incisos, al servicio médico correspondiente, tutelado por el Servicio Médico Legal, una instancia distinta y de carácter específicamente científico y técnico, para dar certeza a la cantidad de alcohol que hay en la sangre del imputado, podrá llevarlo a la comisaría más cercana que tenga el instrumento. No se trata de que desconfíe de Carabineros, pero lo cierto es que en este tipo de materias hay que tener una cierta rigurosidad en relación al tratamiento científico que se le debe dar a la alcoholemia o al elemento de prueba que va a ir a tribunales posteriormente, para la certeza del proceso. No es adecuado que el mismo personal que cursa la infracción sea el que realice la constatación, en una comisaría, en lugar de llevarlo al servicio que corresponda, posta o servicio de urgencia más cercano. Eso puede provocar problemas serios, desde el punto de vista del imputado. ¿Qué pasaría si una persona que es detenida por Carabineros bajo la influencia del alcohol y es llevada a una comisaría y en ese recinto se altera -acomo ha ocurrido en casos parecidos en el pasado- la muestra? ¿Le vamos a echar la culpa a Carabineros, la institución que debe dar seriedad al procedimiento? Por ello, me parece inadecuado el inciso segundo de este artículo propuesto en el proyecto de ley. Lo razonable es mantener lo que hoy ocurre; es decir, la certeza jurídica la entrega el Servicio Médico Legal, a través de las instituciones y elementos que el Servicio Médico Legal determine y que, en este caso, son las postas y servicios de urgencias de salud de todo el país. Existen postas y servicios de salud en todas las comunas de Chile; incluso en los más recónditos lugares de nuestro país hay postas y servicios de urgencia. Por lo tanto, es evidente que no se requieren comisarías para tener certeza jurídica. Es muy importante que el ministro se pronuncie sobre esta materia, dado que se está entregando a Carabineros la facultad para controlar al imprudente que conduce bajo los efectos del alcohol, pero, además, para que den la prueba jurídica para el posterior juicio en los juzgados de nuestro país. Eso no corresponde, y este tipo de atribuciones a Carabineros no es coherente con nuestro ordenamiento jurídico, por lo que entregárselo en este proyecto de ley me parece absolutamente inapropiado.Considero un avance el proyecto de ley en discusión, en términos de disminuir la tasa de accidentabilidad en nuestro país y que podamos disminuir la tolerancia con quienes conducen bajo la influencia del alcohol. Me hubiese gustado, como lo propuse en el proyecto que indiqué, bajar a tolerancia cero la influencia del alcohol en las personas que conducen. En todo caso, esto es un avance.Estoy contento por el hecho de que se haya escuchado el planteamiento que hicimos varios parlamentarios en distintas mociones, aunque lamento que no hayan sido mencionadas en el mensaje, porque numerosos diputados hemos manifestado nuestra preocupación por esta materia.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Pérez.El señor PÉREZ (don Leopoldo).- Señor Presidente, quiero sumarme a lo planteado por otros colegas respecto del presente proyecto de ley.En nombre de la bancada de Renovación Nacional, anuncio que votaremos favorablemente.Asimismo, quiero enfatizar dos aspectos vinculados a la iniciativa. En primer lugar, el objetivo central de este proyecto, más allá de la técnica legislativa o de las cuestiones jurídicas que involucra, es el hecho de que la comunidad, la ciudadanía, que desde hace mucho tiempo espera una legislación de este tipo a objeto de que se sancione debidamente a quienes se suben y conducen un vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, generalmente provocando accidentes que terminan con daños a terceros, muchas veces irreparables, como la pérdida de vidas humanas, por fin tendrá una legislación acorde a los tiempos.Lo medular de la iniciativa es que, a través del aumento de las sanciones, no prohíbe el consumo del alcohol, sino que busca que quien decida conducir un vehículo motorizado luego de haber bebido, o de encontrarse bebiendo al momento de hacerlo, tenga claridad sobre las responsabilidades que deberá asumir si comete tales acciones.Pero junto con ello, que ya es un gran avance, al interior de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, de la cual soy miembro, planteé a los distintos ministros que no bastaba con seguir desmantelando nuestra Ley del Tránsito y que se debía “tomar el toro por las astas”, en el sentido de que el otorgamiento de las licencias de conducir era la clave para ir subsanando el problema y para que la ciudadanía tome conciencia de este derecho al que puede acceder: obtener una licencia para conducir un vehículo motorizado, que muchas veces constituye una fuente de trabajo, en atención a que el mecanismo, la forma y los procesos de obtención de dicha licencia debían ser necesariamente revisados y actualizados conforme al desarrollo alcanzado en cuanto a los vehículos motorizados y su conducción. Felicito al Gobierno por la presente iniciativa, a los distintos parlamentarios que participaron durante su tramitación, con sus indicaciones y diferentes aportes. Finalmente, reitero el apoyo de la bancada de Renovación Nacional al proyecto. He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, he escuchado con atención los comentarios de mis colegas, especialmente los de los doctores Fernando Meza y Alberto Robles. Lo planteado por ellos me interesa muchísimo, porque en más de alguna oportunidad ambos han tenido que ver con la materia que hoy día tratamos. Además ¿por qué no decirlo?, concuerdo totalmente con las ideas de los diputados Juan Carlos Latorre y Marcelo Díaz, en orden a pedir que se voten separadamente los artículos 197 bis y 197 ter. Lo señalo por si no se hubiese tomado nota de tal solicitud. Pero ahora corresponde pronunciarse sobre las modificaciones del Senado. Todos los diputados y diputadas han asumido el tema, y todos concordamos en que la conducción bajo la influencia del alcohol es una de las principales causas de accidentes de tránsito que producen lesiones y muertes de miles de chilenos cada año. El Senado introdujo algunas innovaciones respecto de lo aprobado por nuestra Cámara, como otorgar a los jueces la posibilidad de cancelar la licencia de conducir, establecer una medida cautelar de embargo sobre el vehículo en que se cometió la infracción y de retención de la licencia de conducir del imputado hasta la dictación de la sentencia definitiva. Todo ello busca desincentivar el consumo de alcohol.Dentro de las modificaciones del Senado, me llama la atención el establecimiento de la multa adicional a las penas que dispone el artículo 192 de la Ley de Tránsito, tan comentado, relativas a los delitos de falsificación de permisos de circulación, certificados de revisiones técnicas y licencias de conducir. Se establecen multas de 50 a 100 UTM, es decir, de entre 2 millones y 4 millones de pesos, adicional a las penas restrictivas de libertad establecidas por la misma norma. Con ello sí se está colocando especial interés en asegurar la conducción de vehículos en condiciones adecuadas y por personas idóneas. Por lo tanto, el ex colega, hoy ministro de Justicia, don Teodoro Ribera, estará sumamente complacido con la normativa propuesta. Imagino que en su época parlamentaria también habrá tenido la preocupación respecto de cuándo se legislaría sobre el particular. Seguramente, el ex diputado, hoy ministro, debe sentirse feliz de que la tramitación de este proyecto, que además tiene su apoyo, esté llegando a su fin.Hemos conseguido un doble resultado: el Ejecutivo se halla feliz por esta legislación y nosotros también estamos felices por darle un cambio profundo a la ley.Obviamente, aprobaremos la iniciativa, sobre todo en razón de la incidencia que tienen los accidentes de tránsito en el país. Cabe recordar que cada año nuestro parque automotor aumenta en cifras cercanas a los 300 mil vehículos nuevos, por lo que se requiere una conducción cada vez más responsable, en vehículos que cuenten con los estándares de seguridad necesarios para una buena y segura conducción.Por otra parte, agradezco al ministro Errázuriz su preocupación por esta materia. Reitero mi petición de votar separadamente los artículos 197 bis y 197 ter.Estamos llegando al final feliz de la tramitación de un proyecto de ley que todos queríamos que se hiciera realidad.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.El señor ROJAS.- Señor Presidente, muchos han destacado la buena señal que da este proyecto ante la realidad que existe actualmente en el país y en el mundo entero. Nadie puede negar que conducir bajo los efectos del alcohol siempre tiene un mal final. Y ante esa realidad, debiéramos entender que, a lo mejor, no vamos a solucionar todos los problemas, pero que sí debemos actuar y dar señales al país de que queremos cambiar las conductas irresponsables. Hoy parece majadero decir: “Cuando conduzca, no beba.”. Se ha distribuido propaganda y se desarrollan muchas acciones al respecto, pero las cifras siguen aumentando, lo que indica la irresponsabilidad de los conductores. Muchas veces, nosotros mismos, los padres, amparamos el uso de vehículos de los jóvenes, que con un trago de más pueden ocasionar una tragedia. Ahora sabemos que si se bebe, aunque sea sólo una cerveza, se aplicará una sanción, de acuerdo a lo que dispondrá la ley.Por lo tanto, no cabe duda de que a este proyecto lo inspira un espíritu positivo a objeto de que la sociedad propicie ciertos cambios conductuales. Por otro lado, ojalá existiese una publicidad constante que permita desarrollar acciones persuasivas y, por cierto, educativas a través de los programas de televisión; es necesario estimular a la gente mediante este medio de comunicación para posibilitar esos cambios de conducta.En cuanto al nuevo artículo 197 bis que propone el Senado, en lo que respecta a la medida cautelar de retención y embargo del vehículo por parte de Carabineros, no de-biéramos sentir temor -yo no lo tengo- ante esa posibilidad, porque debemos buscar una manera para hacer responsables también a las personas que han facilitado un vehículo a una persona cuya conducta puede ser irresponsable el día de mañana. De hecho, en materia de tráfico de drogas, cuando se produce un decomiso, los vehículos también quedan a disposición del tribunal respectivo. En este caso, muchas veces, los padres facilitan el vehículo a sus hijos y, ante una falta, se les devuelve el vehículo y sólo esperan que se aplique una sanción al hijo, en circunstancias de ellos también tienen un grado de responsabilidad. Por eso, es importante introducir modificaciones que vayan a la vena, para que se produzca el ansiado cambio en las conductas de las personas.Agradezco a los integrantes de la Comisión por recibir a los dirigentes de la agrupación de peatones de Antofagasta, que dio a conocer los problemas e inconvenientes que se pueden suscitar al bajar la cantidad de alcohol en la sangre para la aplicación de sanciones. Ya se ha mencionado que una manzana puede producir alcohol y su consumo puede significar cierto grado de alcohol en nuestro cuerpo; igualmente, el vinagre, que muchas veces le echamos a la ensalada, también implica que ingrese alcohol a nuestro cuerpo y, por lo tanto, en un momento determinado, eso puede influir en el alcotest que le pueden realizar a una persona que conduce un vehículo motorizado. Por esa razón, se han modificado los niveles límites ante la tolerancia cero que se estaba pidiendo. Lo que se necesita es que haya acciones persuasivas y se produzca un cambio de conducta en la comunidad. No debemos temer a la aplicación de sanciones drásticas, porque quienes tienen que pagar son los irresponsables, por lo que espero que esa actitud irresponsable, que reconocía el diputado Alinco, cambie y sea un ejemplo -él dio la cara-, pero eso no será posible si él y todos nosotros no tenemos un cambio de conducta al beber alcohol y al conducir.Aprovecho esta oportunidad para saludar a quienes han sufrido el dolor de perder a un familiar, especialmente a la familia de Camila Verdejo, de Antofagasta, que ha cambiado su dolor por la experiencia de volcarlo en ayudar a los demás y, hoy, la gran campaña “Aún te espero”, que se desarrolla en esa ciudad, ha tenido el éxito que se buscaba gracias a que esta familia perdió a su hija, una lola de 18 años, quien murió a consecuencia de un conductor irresponsable que manejaba en estado de ebriedad. La molestia que ha suscitado esa situación se relaciona con la respuesta que dan los tribunales de justicia -aprovecho de plantearlo ahora, cuando se encuentra presente el ministro de Justicia- en cuanto a la aplicación de sanciones a los conductores irresponsables.Por lo tanto, insisto en que no hay que tener temor. Si es necesario retener el vehículo hasta que el juez lo determine, así se hará; si hay que sancionar con penas más altas a los conductores irresponsables, también debemos hacerlo. Aunque resulte majadero, debemos repetir una y mil veces que conducir en estado de ebriedad es atentar contra la vida de todas las personas.Por lo tanto, no me cabe ninguna duda de que este proyecto es una buena señal para todo el país y nuestra bancada va a contribuir con su voto a favor para que sea realidad.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado don Joaquín Tuma.El señor TUMA.- Señor Presidente, este proyecto apunta a aumentar las sanciones a aquellas personas que conducen bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, y muchos diputados se han pronunciado sobre él.Formo parte de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de esta Cámara, lo que me ha permitido participar en la discusión del proyecto durante mucho tiempo.En esta oportunidad, quiero señalar dos cosas importantes.Primero, me parece que el artículo 197 bis que agregó el Senado es absolutamente improcedente, ya que los que se emborrachan son los conductores y no los vehículos. No podemos sancionar al dueño de un taxi -un pyme- si ese vehículo lo conducía un chofer bajo los efectos del alcohol, porque ese taxi es el sustento de su familia.Segundo, hoy, nuestro país tiene un ingreso per cápita por sobre los 15 mil dólares. Tenemos un ingreso suficiente para importar más de 300 mil automóviles anuales, lo que significa que no sólo tenemos que abordar los temas relacionados con las sanciones a quienes conducen en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol, sino que corresponde una acción del Estado, que no está haciendo lo que debiera. El Ministerio de Vivienda y Urbanismo sigue construyendo viviendas sociales sin contemplar estacionamientos para los vehículos, que hoy están al alcance de todas las familias chilenas. Es decir, se han implementado políticas públicas que no dicen relación con lo que está ocurriendo en Chile. Actualmente, es perfectamente normal y natural que las familias adquieran un vehículo. Recuerdo que cuando se realizó el Mundial de Fútbol en Chile, muy pocos hogares tenían un televisor; pero el mundo avanza, Chile avanza y hoy hay casas en las cuales hay dos, tres y hasta cuatro televisores; lo mismo ocurre con los automóviles. Hoy, cualquier persona tiene acceso a un automóvil. Con 200 mil o 300 mil personas que adquieren automóviles nuevos, el mercado secundario permite que cualquier persona pueda adquirir un vehículo, pero el Estado no está haciendo lo que le corresponde.En tercer lugar, es importante no sólo castigar, sino también prevenir. En ese sentido, insisto en que los liceos de Chile -lo he manifestado en varias ocasiones- deben incorporar la Ley del Tránsito en las mallas curriculares, tema que debe asumir el Ministerio de Educación, porque en pocos años se entregará un “arma” a esos jóvenes que serán conductores. Sin embargo, esto no ha sido particularmente importante para la visión del Ministerio de Educación. En las zonas rurales que represento, hasta hace poco tiempo todos los caminos eran de ripio; hoy son de asfalto y de pavimento, y las personas que transitan por ellos no tienen la posibilidad de calcular el tiempo o la velocidad, primero, porque no manejan; en las comunidades indígenas no manejan vehículos y, por lo tanto, no saben cuánto puede demorar un vehículo en llegar hasta el lugar por el que ellos transitan. Antiguamente, sólo se viajaba en carreta; después se trasladaban a caballo; luego, llegaron los pequeños automóviles de la época, pero hoy transitan vehículos a alta velocidad y los peatones que cruzan las calles no saben lo que es manejar un vehículo ni conocen la relación tiempo-velocidad. Por lo tanto, es indispensable que las autoridades del Ministerio de Educación aborden este tema.Finalmente, vamos a votar favorablemente este proyecto, pero espero que se elimine el artículo 197 bis propuesto por el Senado, respecto del cual se ha pedido votación separada.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado don Cristián Letelier.El señor LETELIER.- Señor Presidente, al igual que otros colegas, esta tarde quiero rendir homenaje a Macarena Pinochet Ávalos, una joven que murió a los 24 años de edad, al ser atropellada por una persona que conducía absolutamente ebria por la avenida Las Condes; a Cristián Dib, otro joven universitario que murió en las mismas condiciones.Como aquí se ha dicho muchas veces, la legislación penal es insuficiente, pero también actúa de alguna manera como disuasiva de conductas muy reprochables, como las que describe esta disposición.Primero, quiero hacerme cargo del artículo 197 bis que agrega el Senado, respecto del cual tengo algunas dudas, porque si actuáramos así respecto de todas las normas, de alguna manera estaríamos cambiando el sistema procesal penal.El artículo 197 bis señala que las fuerzas policiales deberán conducir, de inmediato, al detenido ante el juez. Pero resulta que el actual artículo 131 del Código Procesal Penal establece que una persona detenida en flagrancia tiene que ser puesta a disposición del Ministerio Público, el que tiene dos posibilidades: pasarla a control de detención o dejarla libre. De manera que, en cierta forma, con esta norma se vuelve al sistema antiguo, en que las policías ponían al detenido a disposición del juez del crimen. Ahora se hace así, y es el juez de garantía -me imagino que es así, porque el artículo no lo dice- quien determinará si el detenido debe ser puesto a su disposición por manejar en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol. Me parece que estamos en una senda que va restableciendo nuestra realidad en materia penal. Asimismo, considero atinada y lógica la medida cautelar relacionada con el embargo del vehículo, porque quienes hemos tenido alguna experiencia en la defensa de personas que se han querellado contra sujetos inescrupulosos que manejan en forma irresponsable, causando la muerte o lesiones graves a terceros, sabemos que, a veces, cuesta mucho ubicar al dueño del vehículo en el cual se cometió el ilícito. Por lo tanto, el embargo hace muy factible y rápida la posibilidad de resarcimiento en materia civil.Considero que el proyecto corrige esta realidad, recoge lo que ocurre en nuestras calles y avenidas y permite que las víctimas de estos delitos queden en mejor situación para restablecer el imperio del derecho y la justicia, en este caso, distributiva.Me parece que es un buen proyecto, porque dará una luz muy importante en cuanto a que el manejo en estado de ebriedad será considerado, a partir de la publicación de esta futura ley, un delito grave que ameritará que el detenido quede a disposición del juez de garantía que podrá, entre otras alternativas, adoptar la medida cautelar personal de prisión preventiva. Este proyecto representa un avance importante, disuasivo y, además, permitirá aplicar altas penas a quienes manejan en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol. Como muy bien dijo el diputado Latorre -concuerdo con él-, también tengo algunas aprensiones respecto de la conducción bajo la influencia del alcohol, porque se ha rebajado mucho el límite, a 0,3 gramos por mil de alcohol en la sangre, que considero un poco exagerado, porque depende mucho de cada individuo. En todo caso, era necesario un proyecto como éste, que la ciudadanía estaba esperando, porque actualmente circulan muchos automóviles por las calles de nuestro país, ya que será una norma educadora y promotora de una actitud responsable, para que el conductor que beba entregue las llaves.He dicho.El señor BERTOLINO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, éste es un buen proyecto de ley que hemos discutido suficientemente. Felicito a sus autores y a quienes lo han impulsado.Sin duda, con él estamos actualizando y elevando los estándares de conducta que debe tener cualquier ciudadano que conduzca un vehículo motorizado y los que opten por beber alcohol y conducir, lo que, evidentemente, puede generar desastrosas consecuencias, como la pérdida de vidas de muchas personas a causa de los atropellos.No voy a entrar en la discusión de fondo, porque ya se han dado argumentos in extenso. Sin embargo, voy a pedir votación separada para el artículo 197 bis, introducido por el Senado, porque contiene dos aspectos que considero fundamentales. El inciso cuarto de este artículo establece: “Carabineros de Chile procederá a retirar el vehículo de circulación para ser puesto a disposición del tribunal.”. Claramente, aquí hay una contradicción, desde el punto de vista de que quien comete la infracción es el conductor y, por lo tanto, las sanciones deben ser aplicadas a él y no al vehículo. Lo que corresponde hacer es, simplemente, llamar a alguien que lo retire, a fin de no saturar los corrales municipales con una gran cantidad de vehículos motorizados. Muchas veces, quien conduce un vehículo es conductor temporal, por lo que no corresponde sancionar a su propietario, que no tiene responsabilidad penal alguna. Esta norma vulnera principios básicos del derecho porque significaría, simplemente, endosar una carga al propietario mediante la retención de su vehículo.En otro orden de cosas, también es importante lo que establece este artículo relacionado con la medida cautelar de embargo sobre el vehículo. Muchas veces, el propietario -es decir, el responsable civil-, una vez ocurrido el accidente o la situación de la cual toma conocimiento la autoridad, en los días subsiguientes, procede a enajenar el vehículo, con lo que se elimina la responsabilidad civil que puede recaer sobre él. Esta norma sobre embargo inmediato del vehículo que debe ser comunicado u oficiado al Servicio de Registro Civil e Identificación para su anotación, a lo cual puede oponerse el propietario dentro del plazo de cinco días, va por el camino correcto de asegurar a las víctimas, por un lado, la responsabilidad penal y, por otra, la responsabilidad civil en materia indemnizatoria.No obstante estar absolutamente de acuerdo con el proyecto, que constituye un gran avance y era esperado desde hace largo tiempo por la ciudadanía, hay dos aspectos fundamentales que deben ser abordados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.En primer lugar, vamos a tener una norma de mayor estándar que va a permitir sancionar claramente a los infractores y que esperamos desincentive la conducción en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol. Sin embargo, si esto no va acompañado de una fuerte campaña educativa y promocional para que las personas tomen conciencia del problema -algunos colegas hablaban de educación cívica y de spots duros, claros y precisos sobre lo que puede significar un accidente ocurrido bajo la influencia del alcohol, tanto para el conductor, para la familia de las víctimas como para terceros-, no estaremos apuntando al fondo del asunto. Hay que otorgar más recursos a la Conaset e implementar una política clara y frontal de educación, denuncia y cambio de conducta. Creo que es imprescindible. En segundo lugar, es importante avanzar en estandarizar el otorgamiento de las licencias de conducir. No es posible que determinado municipio entregue la licencia de conducir en un par de días -prácticamente, en unas horas-, después de que el interesado ha dado exámenes casi inexistentes. Pero, por otra parte, hay otros municipios cuyos departamentos del tránsito hacen bien su trabajo, son rigurosos y toman los exámenes médicos, prácticos y teóricos correspondientes. Actualmente, existe una clara asimetría entre la licencia que otorga la dirección del tránsito de un municipio y la que entrega otro. Al final, la persona que obtiene la licencia de conducir de manera fácil será un conductor más que circulará por nuestras calles. Entonces, si no atacamos el origen del problema -es decir, que la persona que obtiene una licencia tenga suficiente educación, formación, rigurosidad y conciencia de lo que significa manejar no sólo bajo la influencia del alcohol, sino la responsabilidad de estar al volante, considerando además el enorme parque automotor que existe en nuestro país-, no vamos a cambiar la actitud de los conductores ni vamos a disminuir drásticamente los accidentes.Ser titular de una licencia de conducir debe ser consecuencia de una serie de exámenes técnicos, prácticos y teóricos. Asimismo, el conductor debe estar consciente de su responsabilidad y no sólo saber echar a andar un vehículo motorizado y lanzarse a la calle. Hoy, tenemos autopistas y un gran número de autos de segunda y tercera mano que circulan en los sectores rurales y que ocasionan muchos accidentes.Por las razones que he señalado, reitero que voy a pedir votación separada para el artículo 197 bis, introducido por el Senado.Además, me gustaría escuchar el compromiso de que vamos a avanzar, principalmente desde el Ejecutivo, en el fortalecimiento de los fondos y las campañas de la Conaset, a fin de reforzar las exigencias para el otorgamiento de licencias de conducir. He dicho.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Javier Hernández.El señor HERNÁNDEZ.- Señor Presidente, como en ocasiones anteriores, reitero mis felicitaciones al ministro de Transportes y Telecomunicaciones por haber llevado adelante esta iniciativa con la urgencia requerida.Asimismo, agradezco al Presidente de la República, porque estamos abordando temas que interesan y afectan a las personas.El hecho de que Chile tenga uno de los indicadores más dramáticos, relacionado con que la primera causa de mortalidad de jóvenes de entre 18 y 29 años sea la conducción en estado de ebriedad, es algo importante que correspondía enfrentar y corregir.El proyecto pretende corregir aquellas conductas inapropiadas del pueblo de Chile que están muy arraigadas entre los jóvenes y en la comunidad en general. No hay que estigmatizar a los jóvenes exclusivamente, puesto que la responsabilidad también es de los adultos, porque muchas veces nos hemos acostumbrado a escuchar que beber y conducir constituía un estado de atrevimiento e, incluso, de reconocimiento. Es necesario cambiar esa conducta, porque genera grandes problemas sociales.El Gobierno optó por enfrentar el problema y por tratar de corregir esa conducta. Con la aprobación de este proyecto, aumentarán las penas y veremos que con el transcurso del tiempo dará frutos.Sin embargo, tengo mis aprensiones, porque, a mi juicio, para que se produzca el cambio de conducta deben cambiar los planes de estudio, la formación, la educación, las acciones de prevención y las exigencias para conseguir la licencia de conducir, que debe regir al más breve plazo.Hemos conversado la situación entre las distintas bancadas, y coincidimos en muchos aspectos, de manera de tener, en el más breve plazo, una nueva formación del conductor chileno. El problema se agrava más por el aumento de la cantidad de vehículos que entran en circulación año tras año.Por otro lado, también debemos reconocer nuestra responsabilidad como sociedad y, por ello, es importante insistir en que las policías ejecuten acciones preventivas. Es decir, no sólo deben entrar de lleno a aplicar la norma, sino que implementar acciones preventivas, sobre todo en fechas y lugares en que se provocan problemas masivamente, como los fines de semana en todas las salidas de discotecas y pubs, en las que hay jóvenes de todos los estratos sociales que evidencian estar bajo la influencia del alcohol, incluso en muchos casos ebrios; sin embargo, igual se disponen a conducir. Ahí debe darse la acción preventiva, en los primeros meses de aplicación de esta futura ley, para aplicarla posteriormente con todo el rigor que corresponde, de manera que se haga en forma escalonada y en el corto plazo no exista un porcentaje importante de conductores sin licencia de conducir, porque eso se transformaría en otro problema.Todos estamos de acuerdo con el proyecto y concurriremos con nuestro voto favorable, y no me cabe la menor duda de que la gran mayoría de la Sala, si no el ciento por ciento, está disponible para enfrentar este grave problema que nos afecta como sociedad.Sin embargo, también es importante acotar que muchas veces la inaplicabilidad de la ley o su poca efectividad pasan por la falta de control de la aplicación de las leyes anteriores. Si las policías hubiesen contado con las herramientas necesarias para aplicar la ley vigente, a lo mejor ya se habría controlado gran parte del problema. Sin embargo, hoy nos vemos obligados a enfrentarnos con penas mucho más duras y normas mucho más rigurosas para poner freno a la actual situación, no sólo de mortalidad de conductores jóvenes, sino también de quienes sufren las consecuencias y son dañados por la imprudencia de los conductores que conducen bajo la influencia del alcohol.Finalmente, solicito que rechacemos el artículo 197 bis, porque provoca una distorsión importante. Si uno considera que carabineros en una noche puede controlar alrededor de 200 o 300 vehículos en determinado punto de determinada ciudad, es evidente que si se encuentra con 20 ó 30 personas que conducen en estado de ebriedad y debe proceder a retirar los vehículos, la situación se hace inmanejable, porque hay que dejar detenido al conductor, llamar a un familiar para que proceda a retirar el vehículo y no cargar a las policías con una situación absolutamente incontrolable, toda vez que si ahora requisan dos o tres vehículos, a las policías se les genera un tremendo problema, porque no tienen dónde ubicarlos.Por lo tanto, corresponde rechazar esa disposición y que el proyecto vaya a Comisión Mixta, para que se corrija esa situación y se establezca que un familiar de quien conduce en estado de ebriedad retire el vehículo correspondiente.He dicho.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado Sergio Ojeda.El señor OJEDA.- Señor Presidente, estamos llegando a la tramitación final de un proyecto que es importante por los objetivos y la naturaleza de los hechos que regula.Hace más de diez años, en la Comisión de Salud habíamos intentado legislar sobre la materia, en cuanto a rebajar los grados de alcohol permitidos a los conductores, para establecer más exigencias y agravar las penas de quienes no respeten la norma.El proyecto quedó en los archivos, como muchos otros, y comenzó la tramitación de otro, que ahora estamos analizando, que al parecer está logrando imponerse, porque está de acuerdo con las exigencias y necesidades del momento en cuanto a los grados de alcohol permitidos, de la aplicación de sanciones y del concepto de tolerancia cero con quienes conducen bajo la influencia del alcohol.Más que sanciones y regulaciones, el proyecto debe constituirse en un documento pedagógico y didáctico, para que la gente aprenda y entienda que no debe beber cuando va a conducir.Si hablamos de una nueva cultura, de una nueva forma de enfrentar las cosas o de regular nuestra conducta, con la aplicación de esta normativa, a la fuerza, con el imperio de la ley, se puede lograr.Sin perjuicio de que voy a aprobar el proyecto, haré dos consideraciones, a las que ya se han referido algunos diputados. Es un inconveniente que cuando no existan aparatos que midan el grado de alcohol de un conductor, tenga que ser conducido a una comisaría. También lo es el retiro de circulación del vehículo para ser puesto a disposición del tribunal cuando no es de propiedad de la persona que va conduciendo.El proyecto es bueno y responde a las demandas ciudadanas en cuanto a penalizar este tipo de conducta con mayores requerimientos, con un umbral menor, de lo contrario habrá más víctimas y familias que sufran las consecuencias. También quiero señalar que hay una situación que se contrapone con lo que aborda el proyecto: el fomento indiscriminado de la venta de alcohol, la propaganda y la publicidad de licores finos en la televisión, con alto grado alcohólico. Incluso eso se observa en las camisetas que usan los jugadores de los equipos que compiten en el fútbol profesional, en razón de la llamada libertad de comercio. Eso, a mi juicio, también habría que regularlo.Por último, sin duda el alcohol es la causa de muchos males, pero, sobre todo, de los accidentes de tránsito que han aumentado considerablemente.Estamos en presencia de un buen proyecto y creo que nadie va a sustraerse de su aprobación, salvo en aquellos puntos donde existe conflicto o alguna situación puntual.He dicho.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra la diputada señora Mónica Zalaquett.La señora ZALAQUETT (doña Mónica).- Señor Presidente, el manejo bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad es una conducta que se ha masificado en nuestro país y ha generado una gran cantidad de accidentes, que han provocado la muerte de muchas personas y lesionados por año. Cada festivo vemos cómo muchas personas ven truncado su futuro por la irresponsabilidad de algunos que han bebido y deciden conducir sus automóviles; de ese modo, no solo exponen sus vidas, sino que también las de otras personas inocentes.Entre 2000 y 2009, los siniestros de tránsito causados por la presencia de alcohol han experimentado un aumento de 1.178 casos, lo que significa un incremento de 34,2 por ciento.En el mismo período, a nivel nacional, ocurrieron 38.884 accidentes de tránsito a causa de la presencia de alcohol, la mayoría de ellos por manejo en estado de ebriedad.Esta situación, que ha dejado como consecuencia la muerte de 3.346 personas y 49 mil personas con lesiones de diversa índole, alcanzó un promedio diario de 11 accidentes, 13 lesionados y 1 persona que muere cada 24 horas.Dada esta realidad, era completamente necesario revisar la regulación del manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas y bajo la influencia del alcohol, materia que por la misma razón había sido objeto de múltiples mociones parlamentarias.Así, había que establecer una nueva graduación que consagrara dentro de las conductas sancionadas, la conducción en los estados señalados, aun cuando no produjera daño alguno. También era conveniente revisar las penas para que éstas fueran lo suficientemente disuasivas.Quiero destacar que este proyecto disminuye los niveles de aceptación de la presencia de alcohol en la sangre. La señal es clara: no deseamos que las personas conduzcan cuando han bebido alcohol.En esta línea, el proyecto aumenta la suspensión de la licencia de conducir y dispone la posibilidad de una suspensión a perpetuidad, en caso de reincidencia.Así, en el caso del manejo en estado de ebriedad se aumenta a tres meses el tiempo de suspensión de la licencia cuando no haya daño ni lesiones. Mantiene las multas, pero aumenta la suspensión a seis meses, si como consecuencia de esa conducción, operación o desempeño se causaren daños o lesiones leves.La aprobación de este proyecto, sin duda, constituye un gran avance en esta materia. Sin embargo, también sabemos que no será suficiente si no va acompañada de una campaña educativa que concientice a las personas del impacto que tiene el conducir bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad.Debemos generar una cultura que fomente la entrega de las llaves o, como ocurre en otros países, no salir en auto cuando se va a beber.Como madre, sé el temor que se siente cuando nuestros hijos salen en la noche, sabiendo que la responsabilidad de ellos no es suficiente.Por eso, tengo la convicción de que este proyecto va en la línea correcta al aumentar las sanciones, generando un desincentivo a esta conducta que genera mucho daño a la sociedad.De esta manera, lograremos revertir un hábito que provoca tanto daño y dolor a la familia chilena.He dicho.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el ministro de Transportes y Telecomunicaciones.El señor ERRÁZURIZ (ministro de Transportes y Telecomunicaciones).- Señor Presidente, en primer lugar, agradezco el esfuerzo y el aporte de muchos parlamentarios en el análisis y redacción de este proyecto de ley y el amplio consenso logrado.Comparto la preocupación de algunos diputados en el sentido de que el artículo 197 bis es mejorable, que presenta algunas dificultades que pueden complicar la fiscalización. Por lo tanto, es una buena idea que vaya Comisión Mixta.También convengo en que es muy relevante revisar los requisitos para el otorgamiento de la licencia de conducir. Es un gran desafío, respecto del cual estamos trabajando en la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset). Por último, deseo agregar que estamos trabajando con el Ministerio de Educación en esta preocupación principal que es la campaña educativa sobre el tránsito. Diría que su importancia es tan grande como la iniciativa en discusión.Me gustaría mucho que en la votación general el proyecto contara con el apoyo mayoritario de la Cámara y, de acuerdo con lo solicitado por varios señores diputados, el artículo 197 bis fuera a Comisión Mixta, porque comparto las expresiones vertidas en la Sala, en cuanto a que podría causar dificultades de distinta índole.Muchas gracias.-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Corresponde votar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 18.290, aumentando las sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas y bajo la influencia del alcohol, con la salvedad de los numerales 3), que ha pasado a ser 4), 9) y 10) del artículo 1°, para los cuales se ha solicitado votación separada.Hago presente a la Sala que se trata de normas de quórum simple.En votación.-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 99 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Aprobado.-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Baltolu Rasera Nino; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- En votación el numeral 3), que ha pasado a ser 4), del artículo 1° del proyecto.-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 95 votos; por la negativa, 3 votos. No hubo abstenciones.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Aprobado.-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Baltolu Rasera Nino; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:Jarpa Wevar Carlos Abel; Robles Pantoja Alberto; Vargas Pizarro Orlando.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- En votación el numeral 9) -que corresponde al artículo 197 bis-, del artículo 1° del proyecto.-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 3 votos; por la negativa, 93 votos. Hubo 2 abstenciones.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Rechazado.-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:Moreira Barros Iván; Schilling Rodríguez Marcelo; Letelier Aguilar Cristian.-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Baltolu Rasera Nino; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.-Se abstuvieron los diputados señores:Girardi Lavín Cristina; Hales Dib Patricio.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- En votación el numeral 10) del artículo 1° del proyecto.-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 4 votos; por la negativa, 90 votos. Hubo 2 abstenciones.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Rechazado.-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:Jiménez Fuentes Tucapel; León Ramírez Roberto; Moreira Barros Iván; Letelier Aguilar Cristian.-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Baltolu Rasera Nino; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.-Se abstuvieron los diputados señores:Cardemil Herrera Alberto; Vidal Lázaro Ximena.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Despachado el proyecto.Propongo integrar la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias suscitadas entre ambas ramas del Congreso Nacional durante la tramitación del proyecto de ley, originado en mensaje, que modifica la ley N° 18.290, aumentando las sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas y bajo la influencia del alcohol, con los diputados señores Gustavo Hasbún, Fidel Espinoza, Juan Carlos Latorre, Joaquín Tuma y Leopoldo Pérez.¿Habría acuerdo?Acordado. VI. HOMENAJEHOMENAJE AL HISTORIADOR RICARDO KREBS WILCKENS, RECIENTEMENTE FALLECIDO.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Corresponde rendir homenaje a don Ricardo Krebs Wilckens, Premio Nacional de Historia, recientemente fallecido.En la tribuna de honor se encuentra la directora de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (Dibam), señora Magdalena Krebs Kaulen, hija de nuestro homenajeado historiador, y el director del Instituto de Historia de la Pontificia Universidad Católica de Chile, señor Patricio Bernedo Pinto, junto a familiares y amigos de quien fuera tan destacado académico.En primer lugar, tiene la palabra el diputado señor Issa Kort.El señor KORT (de pie).- Señor Presidente, en primer lugar, quiero saludar a la familia del destacado historiador don Ricardo Krebs, como asimismo al señor Patricio Bernedo, director del Instituto de Historia de la Pontificia Universidad Católica de Chile.Hoy queremos hacer un sentido homenaje a quien fuera uno de los historiadores más destacados del siglo XX en nuestro país y Premio Nacional de Historia en 1982, quien, lamentablemente, nos abandonó con su muerte el 23 de diciembre de 2011. Dejó en Chile una huella imborrable como historiador, en sus discípulos un ejemplo permanente de rigurosidad y trabajo a seguir, y en su familia y amigos un recuerdo de riqueza humana sin comparación. Me refiero al querido y destacado historiador, filósofo, académico e investigador don Ricardo Krebs Wilckens, hombre de raíces europeas que amó intensamente a Chile, dedicándole su vida y trabajo.Nació en esta ciudad de Valparaíso, el 2 de diciembre de 1918, en el seno de la colonia alemana de Cerro Alegre y fue educado con una formación al más estilo europeo. En sus raíces familiares se puede encontrar parte importante de lo que sería más tarde el desarrollo de su vocación. Su abuelo materno era profesor, realizó labores de docencia y publicó varios trabajos en el ámbito de la historia chilena relacionada con Alemania. Como él mismo lo señaló, se formó en un hogar en que la cultura, el saber y el diálogo eran fundamentales. Recordaba anecdóticamente que en la hora de la comida había una verdadera competencia entre su padre y su abuelo para ver quién recordaba mejor las poesías de la juventud. Se formó en el Colegio Alemán de Valparaíso, donde se educó con una fuerte impronta europea, la que sellaría profundamente su formación intelectual y personal. En este colegio comenzó a delinearse la forma de este hombre notable que hoy recibe el homenaje desde la Cámara de Diputados, ya que fue justamente en dicho lugar donde comenzó a ser atraído por la literatura y donde conoció a los profesores de historia, a quienes recordaría más tarde como parte importante de la transmisión por la vocación historiográfica.Con todo, fue en Alemania, tierra de sus ancestros, donde decidió tomar el camino definitivo como historiador. En 1982 dijo: “Plantearme problemas históricos es algo que me apasiona, y, por lo tanto, no reflexiono sobre la causa de esta pasión, no la racionalizo: simplemente la gozo”. Sus palabras revelan a un hombre que amó la historia y que gozó viviendo envuelto en ella, en sus personajes, paisajes, errores y aciertos, logrando transmitir, con pasión, a todo aquel que quisiera seguirlo, la sabiduría y la verdad que encontraba en ella.A pesar de sus raíces europeas y de su educación alemana, desde joven demostró un gran amor por Chile. Fiel reflejo de lo anterior es que al ser ciudadano de nuestro país siempre sintió que debía cumplir con el deber de realizar el Servicio Militar y, aunque por motivos médicos podría haber sido eximido, lo realizó con determinación y seriedad, como solía tomar sus responsabilidades. Fueron tres intensos meses en el Regimiento Maipo de Infantería Nº 3 de Playa Ancha, que marcaron un hito decisivo en su vida, ya que, además de tomar un gran cariño por el Ejército chileno, sintió que fue el primer lugar donde se contactó muy estrechamente con la sociedad chilena y sus diversos estratos.Tras realizar su servicio militar, viajó a Alemania en 1936 para realizar sus estudios universitarios, donde en 1941 el grado de Doctor en Filosofía con mención en Historia en la Universidad de Leipzig. Calificó la experiencia universitaria alemana como maravillosa y la describió como “una isla de paz”. Antes de terminar su tesis doctoral y debido a la libertad curricular inspirada en la época, pudo, además, tomar cátedras como alumno en las universidades de Bonn y Göttigen. A su regreso a Chile, en 1942, conoció al Padre Oscar Van Buren, el cual tenía como proyecto formar una Escuela de Pedagogía en la Pontificia Universidad Católica de Chile. Cuando el sueño del Padre Van Buren se concretó, se le ofreció un lugar como catedrático de historia universal. En 1943, junto a los también destacados historiadores Jaime Eyzaguirre y Mario Góngora fue uno de los académicos fundadores del Departamento de Historia y Geografía de la Universidad, que más tarde, en 1970, daría paso al actual Instituto de Historia, cambio que impulsó desde el decanato de la Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación, cargo que ejerció entre los años 1967 y 1970. Fue en ese momento, como el decano más antiguo de la Pontificia Universidad Católica de Chile, que con valentía y liderazgo tomó la responsabilidad de ser el rector interino de dicha casa de estudios al momento de la renuncia de don Fernando Castillo Velasco. También es destacable que en esa época se concentró en institucionalizar la prestigiosa revista Historia, fundada en 1961, impulsando de esta manera la investigación histórica y contribuyendo de forma decisiva al paso de una “Universidad Docente” a una en que “los investigadores” sean los que enseñan, es decir, la concepción moderna de la disciplina histórica. En cuanto a su producción historiográfica, cortas quedan las palabras para describir su intenso y fructífero trabajo en Chile. Ricardo Krebs se concentró en la historia europea, en particular en la evolución del pensamiento occidental, lo que se manifiesta en las diversas obras que escribió sobre las ideas políticas, económicas y religiosas en los siglos XVIII y XIX. Asimismo, sus estudios sobre la historia eclesiástica del siglo XIX entregaron una mirada renovada sobre el proceso de secularización que experimentaron las repúblicas hispanoamericanas en ese siglo, así como la respuesta de la Iglesia Católica a dicho desafío. A su vez, desde 1967 en adelante, comenzó a desarrollar interés por abordar con perspectiva universal, temas relacionados con la historia de Chile, problematizando y analizando la identidad y conciencia nacional. Además es autor de numerosos manuales dirigidos a estudiantes de enseñanza básica y media.Hasta mediados de la década del 60, centró su atención en temas de historia universal europea, siempre en el campo de la historia de las ideas, pero también en el de la formación, por su conocida claridad y poder de síntesis. ¡Cómo no destacar su reconocida “Historia Universal” de 1955, llamado “el Krebs”, por varias generaciones de escolares! Asimismo, recordamos su obra: “El pensamiento histórico, político y económico del Conde de Campomanes”, publicado por el Instituto de Investigaciones Histórico-Culturales de la Universidad de Chile en 1960. Allí aborda la figura de Campomanes, quien junto a Benito Jerónimo Feijoo y Gaspar Melchor de Jovellanos marcó el acontecer histórico español del siglo XVIII, desde el campo de la Ilustración católica y el iluminismo cristiano. Durante la década del 70 encontramos notables obras, como: “La ciencia económica en Adam Smith”, de 1977, y “La monarquía absoluta en Europa: el desarrollo del estado moderno en los siglos XVI, XVII y XVIII”, de 1979.No podemos dejar de nombrar como títulos relevantes en la década de los 90 “La Revolución Francesa y Chile”, de 1990, y la obra que, según algunos cercanos, le produjo mayor satisfacción: la “Historia de la Pontificia Universidad Católica de Chile: 1888-1988”, publicada en 1994.Finalmente, quiero destacar el libro “La Iglesia de América Latina en el siglo XIX”, de Ediciones Universidad Católica, publicada en 2002.Lo que es loable en la trayectoria de Ricardo Krebs es que tanto en sus obras como en su labor docente, no se limitó a eruditas narraciones de hechos, sino que supo transmitir profundas reflexiones personales sobre hombres e instituciones, de modo ameno y con una claridad que lo distinguía. Durante cinco décadas formó generaciones completas de investigadores y pedagogos en historia en la Pontificia Universidad Católica de Chile, inculcándoles el amor a la verdad sin apellidos y considerando a la historia como un elemento central en la formación del ser humano. Lejano a las grandes teorías, promovía en ellos el contacto con las fuentes, como expresión del amor a la vida y entendiendo a esta como un tiempo articulado del pasado, presente y futuro que había que comprender en todas sus manifestaciones, dialogando fecundamente con quienes nos antecedieron en el tiempo. Constantemente motivaba a sus alumnos para que se formularan preguntas y estudiaran temáticas que trascendieran las fronteras chilenas. Se preocupaba de que cada uno, después de su investigación, generara una opinión historiográfica fundamentada, con la que podía no estar de acuerdo, pero respetaba, fomentando que lo anterior se hiciera siempre teniendo presente que era un servicio a la sociedad y sus dirigentes. Sus palabras: “No podemos escribir historia solo para historiadores, sino que tenemos que escribir historia para la sociedad (…) libros que efectivamente toquen problemas existenciales, problemas vitales, que ofrezcan información a través de la cual la sociedad y sus dirigentes reciban respuesta a sus problemas fundamentales”, son un fiel reflejo de su espíritu y vocación hacia el diálogo del hombre con su pasado, su presente y su futuro, fruto del cual nacieron siempre más y mejores soluciones al quehacer del hombre.Una de sus discípulas, la destacada historiadora chilena Patricia Arancibia Clavel, lo describió como “un hombre de pensamiento claro y reflexivo, de vasta cultura, riguroso en su trabajo, flexible en su relación humana, capaz de reflejar su calidad personal y su sabiduría, no solo en quienes han tenido la posibilidad de conocer su honestidad intelectual, su amplitud de criterio y su apoyo a los valores y principios universitarios, sino que también en quienes no comparten su cosmovisión y sus juicios históricos”.Asimismo, quien se adhiere a este homenaje es la honorable diputada señora María Angélica Cristi, quien fue su alumna en la carrera de sociología de la Universidad Católica en la década de los 60, y quien destaca que el profesor Krebs le inculcó empeñarse en mirar la historia con un carácter e impacto social.Don Ricardo Krebs destacó en su vida por su vasta cultura, su rigurosidad en el trabajo y su cercanía en el trato con sus alumnos y también con sus colegas, llegando a ser uno de los profesores más queridos y respetados en su área. Su labor como docente e investigador fue coronada en 1982 con la entrega del Premio Nacional de Historia. Por sus significativos aportes a la Pontificia Universidad Católica de Chile y al país, dicha casa de estudios le concedió el grado de Doctor Scientiae et Honoris Causa en 1992. Miembro de la Academia Chilena de la Historia desde 1955, dicha institución le otorgó en 2009 la Medalla de Honor, la que ha sido entregada en muy pocas ocasiones. No podemos dejar de lado en este homenaje el aspecto personal de don Ricardo Krebs, hombre que, como rescatan miembros de su familia, era poseedor de una excepcional calidad humana, la que no sólo fue conocida en el seno de su familia y de sus queridos amigos, sino que también desplegó en su vida académica y profesional, lo que provocó la gratitud y admiración de sus pares y discípulos, quienes lo recuerdan como un gran maestro y gran hombre. Su trato era delicado y respetuoso para con todos: familiares, amigos, profesores, alumnos y personas que colaboraban con las tareas domésticas de la familia. Fue un hombre gozador de los viajes y descubrimientos. En el lugar del mundo donde se encontrara disfrutaba intensamente de las bellezas naturales y humanas. Recordó siempre lo maravilloso que resultó para él el Canal Beagle y muchas veces lo calificó como el más hermoso que conoció en sus recorridos. Como hombre de familia, disfrutaba viajando con su mujer, Cecilia Kaulen, y sus nietos, alegre compañía que le refrescaba sus paseos y lo renovaba para emprender nuevas tareas y metas. Su amor por la historia trascendió en nuestro Chile a través de su familia; dos de sus hijas, Andrea y Cecilia, son historiadoras. Otra de sus hijas, Magdalena, de profesión arquitecta, es hoy directora de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos.Todo lo expresado en mis sentidas palabras confirman lo que al inicio señalé: hoy homenajeamos a un hombre de fuertes raíces europeas, de una rica cultura y de una férrea formación alemana, que amó a Chile, y que dejó para él un legado profesional y de servicio sin parangones. Sus obras, sus entrevistas y su familia pueden atestiguarlo. Él sentía que su servicio a la patria era a través de la formación de personas, del constante trato entre maestros y discípulos, de la búsqueda de la verdad. Su amor por el país ha quedado refrendado más allá de su juramento de lealtad a la bandera chilena en el servicio militar voluntario, o de sus palabras de agradecimiento y alegría por vivir en Chile. Es justamente su trayectoria en nuestro país su máxima obra de consagración hacia lo público, a través de la cultura y la intelectualidad. Es lo que hoy homenajeamos y agradecemos profundamente. Vaya, pues, nuestro reconocimiento al hombre, al historiador, al profesor y al padre de familia, que dejó en Chile su saber, su amor y su marca, los cuales hoy recordamos y hacemos nuevamente vivos.He dicho. -Aplausos.El señor ARAYA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.El señor ESPINOZA, don Fidel (de pie).- Señor Presidente, en primer lugar, saludo con mucho cariño a los familiares de nuestro homenajeado, a la directora de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, señora Magdalena Krebs; a sus familiares y amigos presentes; al director del Instituto de Historia de la Pontificia Universidad Católica de Chile, don Patricio Bernedo Pinto .Hoy, esta Corporación rinde un merecido homenaje a un destacado historiador de la segunda mitad del siglo XX. En esta oportunidad, el protagonista es don Ricardo Krebs Wilckens, académico y docente universitario por más de cincuenta años, quien desarrolló una importante actividad como investigador en temas de historia universal y de Chile, junto con participar activamente en la formación de generaciones completas de historiadores, profesores y escolares.Como sabemos, el conocimiento histórico -también soy profesor de historia- no es entonces, un simple vehículo para representar “el pasado”, sino que resulta constitutivo de esa idea de pasado. Al respecto, resulta pertinente resaltar dos dinámicas: en primer lugar, la emergencia de nuevas problemáticas en la producción historiográfica y, en segundo lugar, la apelación en ciertos procesos políticos.Sobre lo primero, como sostiene Eric Hobsbawm, “sólo se puede hacer historia desde abajo, desde el momento en que empieza a preocuparnos lo que la “gente corriente” hace frente a ciertas decisiones o determinados acontecimientos”. En palabras de este autor: “(...) sólo a partir del momento en que la gente corriente se convierte en un factor constante en la toma de grandes decisiones y en tales acontecimientos. No sólo en momentos de excepcional movilización popular como, por ejemplo, las revoluciones, sino en todo momento o durante la mayor parte del tiempo.”.He querido hacer esta referencia, porque considero que lo anterior es reflejo de la diversidad de pensamientos y originales puntos de vista que se tienen en esta materia. No tengo dudas de que tales nociones son un reflejo del magisterio de nuestro homenajeado, pues el profesor Krebs dedicó su vida a la docencia en la Universidad Católica de Chile y en la Universidad de Chile. Se destacó como un gran investigador y docente, entre sus obras podemos mencionar: “Historia universal”, “El pensamiento histórico, político y económico del Conde de Campomanes”, “La monarquía absoluta en Europa: el desarrollo del estado moderno en los siglos XVI, XVII y XVIII”, “Breve historia universal” -por todos conocida-, “La Revolución Francesa y Chile” e “Historia de la Pontificia Universidad Católica de Chile”.Ricardo Krebs nació en 1918, en la ciudad de Valparaíso, en el seno de una familia de inmigrantes alemanes. Realizó sus primeros estudios en el Colegio Alemán, de Valparaíso, en donde recibió una educación con una impronta marcadamente europea, la que, a la postre, marcaría profundamente su formación intelectual y personal.Miembro de una generación marcada por la efervescencia ideológica, las transformaciones sociales y políticas de las décadas del 20 y del 30. En 1936, tras terminar sus estudios secundarios, viajó a Alemania, con la finalidad de iniciar su formación universitaria. Allí, siguiendo la práctica de los estudiantes de la época, recorrió varias universidades en busca de los profesores con mayor prestigio. Finalmente, en 1941, época en que el mundo ardía por los cuatro costados ante los crímenes del Tercer Reich, obtuvo su título de doctor en filosofía con mención en historia en la Universidad de Leipzig. En 1942, de regreso en Chile, Krebs se integró como profesor de historia universal al plantel docente de la recién creada Escuela de Pedagogía de Universidad Católica. Años más tarde, Juan Gómez Millas lo llevó a la Universidad de Chile, donde trabajó como su ayudante y, luego, como profesor extraordinario de historia moderna. Al amparo de ambas instituciones, inició una destacada carrera como docente. A la par, desarrolló sus primeras investigaciones sobre temas de su especialidad, como filosofía de la historia e historiografía. Sin embargo, la Universidad Católica fue su casa de estudios más querida, lo que quedó demostrado en 1994 cuando elaboró “La historia de la Pontificia Universidad Católica de Chile: 1988 - 1998, con motivo del centenario de su fundación.Los aportes de Krebs a la historiografía se concentran en la historia europea, en particular, la evolución del pensamiento occidental, lo que se manifiesta en las diversas obras que escribió sobre las ideas políticas, económicas y religiosas en los siglos XVIII y XIX.Asimismo, sus estudios sobre la historia eclesiástica del siglo XIX, entregaron una mirada renovada sobre el proceso de secularización que experimentaron las repúblicas hispanoamericanas en el siglo XIX, así como la respuesta de la Iglesia Católica a dicho desafío. A su vez, desde 1967 en adelante, comenzó a desarrollar interés por abordar con perspectiva universal, temas relacionados con la historia de Chile, problematizando y analizando la identidad y la conciencia nacional.En 1982, por su labor como docente e investigador se le entregó el Premio Nacional de Historia y, en 1992, la Pontificia Universidad Católica de Chile le otorgó el grado de Doctor Sciential et Honoris Causa, por su aporte a la institución.Ricardo Krebs falleció a la edad de 93 años, el pasado 23 de diciembre.De esta manera, para finalizar, quiero señalar, en nombre de mi bancada y de las demás bancadas de los partidos de la Concertación, de la Democracia Cristiana, del Partido Radical y del Partido por la Democracia, nuestro más sincero reconocimiento por su labor académica y por su contribución a enriquecer el conocimiento historiográfico de nuestro país, así como por su aporte fundamental en la formación docente de cientos de chilenas y de chilenos.He dicho.-Aplausos.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- De esta forma, la Cámara de Diputados ha rendido homenaje al historiador Ricardo Krebs Wilckens, Premio Nacional de Historia, recientemente fallecido.Saludamos a su hija, señora Magdalena Krebs Kaulen, al señor Patricio Bernedo Pinto y a los familiares y amigos de don Ricardo Krebs que se encuentran en la Tribuna de Honor.SUPRESIÓN DE TRATAMIENTOS DE PROYECTOS DE ACUERDO.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Si le parece a la Sala, hoy no se tratarán proyectos de acuerdo.¿Habría acuerdo?Acordado. VII. INCIDENTESEl señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- En Incidentes, el tiempo corresponde al Comité Unión Demócrata Independiente.Ofrezco la palabra.Ofrezco la palabra. Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.-Se levantó la sesión a las 14.51 horas.TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,Jefe de la Redacción de Sesiones. VIII. ANEXO DE SESIÓNCOMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES.-Se abrió la sesión a las 14.55 horas.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.FONDOS DE EMERGENCIA PARA REPARAR PAVIMENTOS EN CALLES DE OSORNO. Oficio.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado Sergio Ojeda.El señor OJEDA.- Señor Presidente, en verano se producen algunas situaciones impresionantes debido a las altas temperaturas. Este verano ha sido bastante caluroso y en algunas calles de Osorno se ha producido el “fenómeno del cráter”, como le llaman los conductores, que es el levantamiento del hormigón de las calles como consecuencia de los intensos calores registrados en la zona. Los conductores consideran estos cráteres como “eventos” de temer, porque, en algunas calles el pavimento se ha elevado en puntas, los vehículos chocan con ellas y se dañan gravemente las máquinas. Ni el Serviu ni la municipalidad se han hecho cargo de resolver el problema. En definitiva, solo por cuestiones de celo o de competencia no han reparado las calles. Se atribuyen mutuamente la responsabilidad de ejecutar las reparaciones. Según cotizaciones, su costo asciende a 20 millones de pesos. Hay varios “eventos” de esta naturaleza: en las esquinas de César Ercilla con Amador Barrientos, en calle Inés de Suárez, en las cercanías del paso del ferrocarril, en Chorrillos con Miraflores, de Rahue Alto, y en calle Herta Fuchslocher, en la población Bellavista.Insisto, el levantamiento del cemento crea situaciones bastante peligrosas y enojosas, por cuanto impide el libre tránsito de vehículos y, además, los exponen a riesgos y daños, puesto que resulta difícil evitarlos.Por ello, solicito que se envíe un oficio al ministro de Vivienda, a fin de que proporcione los fondos de emergencia por la suma de veinte millones de pesos para que el Serviu se haga cargo y proceda a reparar esos desperfectos que se están originando en las calles de Osorno. Además, para que preste atención a otros “eventos” similares que puedan producirse en el futuro debido a las altas temperaturas y a la antigüedad de los pavimentos en la referida ciudad.He dicho.El señor ARAYA (Presidente en ejercicio).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.-Se levantó la sesión a las 14.58 horas.TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,Jefe de la Redacción de Sesiones. IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA1. Oficio de S.E. el Presidente de la República.“Honorable Cámara de Diputados: Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:6811-11Sobre otorgamiento y uso de licencias médicas. Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “discusión inmediata“. Dios guarde a V.E., (Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia.”2. Oficio de S.E. el Presidente de la República.“Honorable Cámara de Diputados: Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:7973-07Modifica plazos sobre muerte presunta y establece normas sobre comprobación judicial de muerte.7898-04Otorga beneficios a los deudores del crédito con garantía estatal y modifica la ley N° 20.0276756-07Modifica el artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, sobre territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández.7652-15Modifica ley N° 18.290, aumentando las sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o alcotrópicas, y bajo la influencia del alcohol. Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, la que, para los efectos de lo dispues-to en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “discusión inmediata“. Dios guarde a V.E., (Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia.”3. Oficio de S.E. el Presidente de la República.“Honorable Cámara de Diputados: Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:7975-25Fortalece el resguardo del orden público. Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma“. Dios guarde a V.E., (Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia.”4. Oficio de S.E. el Presidente de la República.“Honorable Cámara de Diputados: Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto poner urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:7910-21Modifica normas sanitarias y de ordenamiento territorial para las concesiones de acuicultura. Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, la que, para los efectos de lo dispues-to en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma“. Dios guarde a V.E., (Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia.”5. Oficio de S.E. el Presidente de la República.“Honorable Cámara de Diputados:En respuesta a su oficio Nº9921 de fecha 12 de enero de 2012, tengo a bien manifestar a V.E. que he resuelto no hacer uso de la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto de ley que Modifica límites intercomunales entre Combarbalá y Punitaqui, en la Región de Coquimbo, y entre Puerto Varas y Puerto Montt, en la Región de Los Lagos. (Boletín 6733-06). Hago presente mi voluntad para los efectos de que el proyecto aprobado se remita al Tribunal Constitucional, para su consideración. Dios guarde a V.E., (Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia.”6. Informe de la Comisión de Salud recaído en el proyecto que modifica la ley N° 19.419, en materia de ambientes libres de humo de tabaco. (boletín N° 7.914-11).“Honorable Cámara: La Comisión de Salud viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, iniciado en un mensaje de S.E. el Presidente de la República. Se ha hecho presente la urgencia, en carácter de “suma”, con fecha 3 de enero de 2012. -o-Constancias reglamentarias previas.1) La idea matriz o fundamental del proyecto es introducir modificaciones en la ley N° 19.419, sobre tabaco, con la finalidad de establecer mecanismos y condiciones que permitan proteger a la población y aminorar los efectos nocivos que produce la exposición de ésta al humo del tabaco, al menos, en los lugares públicos y colectivos. Para lograr esos objetivos, esta iniciativa legal está estructurada en base a un artículo único permanente, que consta de catorce numerales, y dos disposiciones transitorias.2) Normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado. De conformidad a lo establecido en el N° 2 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia que el numeral 14) es de carácter orgánico constitucional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 77 de la Constitución Política de la República.3) Normas que requieren trámite de Hacienda No hay.4) El proyecto fue aprobado, en general, por la unanimidad de los miembros presentes, Diputados Enrique Accorsi, Juan Luis Castro, José Antonio Kast, Javier Macaya, Marco Antonio Núñez, Leopoldo Pérez (en reemplazo de Nicolás Monckeberg), Karla Rubilar y Víctor Torres.5) Diputado Informante: señora Karla Rubilar Barahona.-o- Durante el análisis de esta iniciativa legal, la Comisión contó con la colaboración del Ministro de Salud, señor Jaime Mañalich Muxi, del Subsecretario de Salud Pública, señor Jorge Díaz Anaiz, y de asesores jurídicos de ese Ministerio.-o-I. ANTECEDENTES.Fundamentos del proyecto de ley contenidos en el mensaje. En el mensaje se recuerda que el creciente intercambio económico y la progresiva penetración de la industria tabacalera y de sus productos, provocaron que durante el siglo pasado el consumo de esos productos de masificara en prácticamente todos los países del planeta. Sin embargo, a mediados del siglo XX se dieron las primeras voces de alarma desde el mundo de la medicina, en relación a los eventuales efectos dañinos del tabaco para la salud humana, lo cual produjo mayores exigencias y control para esa industria. Hacia fines de siglo pasado, la mayoría de los países de occidente ya contaban con legislaciones tributaria, de publicidad, venta y advertencias sanitarias. Chile, en atención al alarmante aumento del índice de prevalencia del tabaquismo y a las conclusiones de los efectos que provoca en la salud el consumo de productos hechos con tabaco, dictó la ley Nº 19.419, en 1995, que fue posteriormente modificada por la ley N° 20.105, en 2006. Por su parte, en 1999, la Organización Mundial de la Salud (OMS), por mandato de la Organización de Naciones Unidas, asumió el liderazgo en la elaboración de un tratado internacional que aunara esfuerzos y voluntades para enfrentar las nocivas consecuencias que conlleva el consumo del tabaco a nivel mundial, resultado de lo cual se aprobó el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) , por la unanimidad de los Estados miembros de la OMS. A partir del 27 de febrero del 2005, dicho tratado se encuentra plenamente vigente a nivel mundial; hoy son parte de él 172 Estados, incluido Chile, que lo ratificó y entró en vigencia en 2005. Dicho Convenio reconoce la necesidad de dar prioridad al derecho de proteger la salud pública, la naturaleza única de los productos de tabaco, y los daños que causa su consumo. Por ello, insta a los Estados a tomar medidas para proteger a los no fumadores y promover ambientes libres de humo de tabaco, advirtiendo acerca de los daños que provoca, e impidiendo su consumo por parte de los menores de edad, entre otras medidas. En ese contexto, las modificaciones introducidas a la ley Nº 19.419 a través de la ley Nº 20.105, implementaron las disposiciones del tratado. Sin perjuicio de ello, se hace necesario continuar en el camino de la prevención. Desde el punto de vista sanitario, existe evidencia científica a nivel mundial que permite afirmar que el consumo de tabaco es hoy una de las principales causas prevenibles de enfermedades, y que está asociado con el aumento de la morbilidad, mortalidad y discapacidad humana; y que conlleva un carácter adictivo importante. El tabaco es un producto de origen vegetal que contiene altas concentraciones de alcaloides, entre ellos, la nicotina, además de nitrosaminas, (reconocidos carcinógenos para los seres humanos, propios de las hojas de tabaco), que aumentan en forma espontánea en dichas hojas a medida que transcurre el tiempo en condiciones de almacenaje habitual. Por ello, la Agencia Internacional de Investigación de Cáncer (IARC), dependiente de la OMS, ha calificado al tabaco y los productos hechos con tabaco, así como al humo que se genera por su combustión, como carcinógenos, con capacidad de inducir el desarrollo de cáncer en los seres humanos. A su vez, la nicotina además de ser un alcaloide con gran poder para generar adicción y dependencia, tiene graves efectos metabólicos y tóxicos para el ser humano, pudiendo incluso llegar a producir la muerte por la ingesta aguda. Los estudios disponibles indican que durante los últimos treinta años la población chilena y, especialmente, las mujeres se han ido incorporando progresivamente al consumo de tabaco, llegando en ciertos grupos etarios a igualar la de los hombres e incluso, a nivel escolar, a superarlos. Recién el año 2006, coincidiendo con la entrada en vigencia del nuevo articulado de la ley Nº 19.419, se comenzó a insinuar un cambio de la tendencia y un estancamiento de las cifras de prevalencia en la población general, verificándose un pequeño descenso a nivel de mujeres que acumula tres puntos porcentuales entre el 2004 y el 2008. Se destaca que los índices de prevalencia de consumo en la población general sitúan a Chile como el país más fumador de la región de América, y a sus escolares entre los de mayor prevalencia de consumo de tabaco a nivel mundial. Por su parte, las consecuencias económicas y sociales derivadas del consumo y la exposición al humo de tabaco hacen relevante reducir los índices de su consumo, siendo necesario tomar medidas adecuadas para reducir la población expuesta, muy especialmente a los niños y escolares. El mensaje destaca que la problemática abordada por esta iniciativa legal ha sido objeto de preocupación por parte de parlamentarios de diversos sectores, lo que se refleja en numerosas mociones presentadas sobre el particular, entre otras:-Boletín N°7.546-11, de las Diputadas Andrea Molina y Karla Rubilar y. Diputados Enrique Accorsi, Pedro Araya, Juan Luis Castro, Manuel Monsalve, Marco Antonio Núñez, Alberto Robles, Guillermo Teillier y Víctor Torres.-Boletín N°7.456-11, de los Senadores Francisco Chahuán, Guido Girardi, Fulvio Rossi y Mariano Ruíz-Esquide.-Boletín N°7.355-11, del Senador Alejandro Navarro.-Boletín N°7.351-11, de las Diputadas Adriana Muñoz y Clemira Pacheco y de los. Diputados Juan Luis Castro, Alfonso De Urresti, Marcelo Díaz, Manuel Monsalve, Marco Antonio Núñez, Sergio Ojeda, René Saffirio y Patricio Vallespín.-Boletín N°7.151-11, de la Diputada Karla Rubilar, y los Diputados Enrique Accorsi, Juan Luis Castro, Carlos Jarpa, Fernando Meza, Manuel Monsalve, Marco Antonio Núñez, Alberto Robles y Víctor Torres, y del entonces Diputado Juan Lobos.-Boletín N°6.966-11, del Senador Guido Girardi.-Boletín N°6.526-11, de la Diputada Alejandra Sepúlveda, del. Diputado Pedro Araya y de los entonces Diputados Marco Enríquez-Ominami, Álvaro Escobar, Roberto Sepúlveda y Esteban Valenzuela.-Boletín N°6.316-11, del Senador Pedro Muñoz.-Boletín N°5.876-11, del Senador José García Ruminot.-Boletín N°5.442-11, de los Diputados Gonzalo Arenas, Ramón Barros, Enrique Estay, Javier Hernández, Iván Norambuena y Felipe Ward, y de los entonces Diputados Claudio Alvarado, Sergio Correa, Andrés Egaña y Juan Lobos.-Boletín N°4.831-11, de la Diputada Marta Isasi, la entonces Diputada Amelia Herrera, los. Diputados Germán Becker, Mario Bertolino, Roberto Delmastro y René Manuel García, y de los ex Diputados Pablo Galilea y Alfonso Vargas.-Boletín N°4.719-11, de los Senadores Carlos Bianchi y Pedro Muñoz.-Boletín N°4.578-11, de la Diputada María Angélica Cristi, los. Diputados Sergio Bobadilla, Enrique Estay, Iván Norambuena y Manuel Rojas, y de los entonces Diputados Sergio Correa, Andrés Egaña, Juan Lobos y Osvaldo Palma.-Boletín N°3.890-11, del Diputado Nicolás Monckeberg y del entonces Diputado Pablo Galilea.-Boletín N°3.641-11, de los Diputados José Antonio Kast e Iván Norambuena, del actual. Senador Gonzalo Uriarte, de la entonces Diputada Marcela Cubillos y de los ex Diputados Rodrigo Álvarez, Eduardo Díaz, Marcelo Forni, Gonzalo Ibáñez y Pablo Prieto.Normas legales que se propone modificar o que inciden, directa o indirectamente, en esta iniciativa legal. -Ley N° 19.419, sobre ambientes libres de humo de tabaco.II. DISCUSIÓN DEL PROYECTO.a) Discusión general.-Exposición del Subsecretario de Salud Pública, señor Jorge Díaz Anaíz.Hizo presente que en este proyecto se contemplan algunos puntos importantes desde la perspectiva sanitaria, específicamente, en la definición de los lugares libres de humo de tabaco, que permitirán proteger la salud de las personas que no fuman. Las modificaciones que se proponen tienen sus antecedentes jurídicos en el Convenio Marco para el Control del Tabaco, ratificado por Chile en 2005, esto es, posterior a la promulgación de la ley Nº 19.419, de manera que hay aspectos de este Convenio que no se recogieron en la mencionada ley, por lo que estas modificaciones pretenden acoger esas falencias. El tabaco produce daños directos e indirectos, que se grafican en que la mujer que fuma, no sólo emite humo de tabaco al ambiente, sino que afecta también al hijo en caso de embarazo (quienes sufren mayor cantidad de enfermedades respiratorias). Asimismo, en Chile el comienzo precoz del hábito genera mayores problemas en el manejo de la adicción. Dentro de las modificaciones propuestas, hay algunas que se podrían denominar de nomenclatura, como es redefinir el objeto que será regulado, pasando la nomenclatura antigua -productos hechos con tabaco- a ser “productos de tabaco”. La definición que da el proyecto a este concepto es: “Los productos preparados totalmente o en parte utilizando como materia prima hojas de tabaco y destinados a ser fumados, chupados, mascados o aspirados.” (Art. 2 letra c) Asimismo, el proyecto incorpora una nueva definición, cual es, espacio interior o cerrado, como “aquel cubierto por un techo y que cuenta con paredes o muros en todos sus costados, independientemente del material utilizado, de la existencia de puertas o ventanas y que la estructura sea permanente o temporal” (Art. 2 letra d). La relevancia de esa definición radica en que se propone la prohibición de fumar en “todo espacio cerrado que sea un lugar accesible al público o de uso colectivo” (Art 10 letra a), lo importante es que se incorpora todo lugar donde hay público fumador y no fumador evitando que se contamine el ambiente. Otra modificación importante, es la relativa a la prohibición de venta y de publicidad en establecimientos de educación y jardines infantiles, en los que actualmente la venta está restringida a una distancia de 100 metros de distancia. El método de cálculo de esa distancia, permite el acceso a través de paredes posteriores que nos están cercanos a la puerta de entrada del colegio o jardín infantil. Lo que se propone modificar, para efectos de venta y de publicidad, la forma de computar la distancia, refiriéndose a todo el perímetro del lugar. Hoy la distancia se cuenta desde la entrada al establecimiento hasta el lugar, que puede colindar con el colegio y establecerse un punto de venta y/o propaganda de cigarrillos, propiciándose con la modificación, que se cuente todo el perímetro para considerar los 100 metros de prohibición, de manera que se genera un “círculo de exclusión” a su alrededor. Se incluye específicamente en este punto, los jardines infantiles que están excluidos de la legislación vigente. La legislación actual establece lugares en los que está prohibido fumar, como donde hay producción de alimentos, se encuentren armas de fuego, medicamentos, combustibles o exista riesgos de incendio, y colegios de nivel secundario y primario, pero no considera jardines infantiles. El proyecto de ley restringe todo recinto cerrado que sea accesible al público o de uso comercial colectivo, todo espacio cubierto por un techo que cuente con una o más paredes, accesible al público o de uso comercial colectivo, independiente de su propietario. (Art. 10 letras a b), incluyendo lugares de atención de salud, sean públicos o privados y aquellos donde se realizan actividades deportivas como gimnasios y estadios, y específicamente se establece que no se debe fumar en lugares donde se practica el deporte, incluso se ha puntualizado la prohibición en estadios. La razón es que el deporte tiene por objeto mantener y promover la salud lo que es contrario al consumo de tabaco. Desde la experiencia nacional, hoy rige la idea de áreas segregadas para fumadores y para no fumadores, en lugares cerrados, tanto restaurantes como pubs, lugares de juego y bares. Sin embargo, el conocimiento médico actual permite establecer que esta distinción no es capaz de proteger de los efectos del humo del tabaco a los sectores habilitados para no fumadores. Por su parte, se propone modificar la normativa referida a la fiscalización, dado que esta no ha sido efectiva. Explicó que, actualmente, las Secretarías Regionales Ministeriales, mediante sus departamentos de fiscalización, no multan o sancionan a las personas que infringen la ley, porque no existen los incentivos en los Juzgados de Policía Local para actuar con severidad, razón por la cual, el proyecto incorpora a los fiscalizadores de las municipalidades, solicitando que las multas sean a beneficio municipal, lo que incentivará una fiscalización mayor y efectiva para estos casos. Hizo presente que la Organización Mundial de la Salud ha declarado que el tabaquismo es una pandemia, que causa la muerte de 6.000.000 de personas al año. Si la tendencia continúa, en 2030, el tabaco matará a más de 8.000.000 - el 80% en países en vías de desarrollo-. Es la primera causa de muertes prevenibles. El tabaquismo no es problema de los países más desarrollados, sino que afecta con mayor fuerza a los sectores más vulnerables, aumentando el círculo vicioso de las enfermedades crónicas y muertes prematuras, acentuando los niveles de desigualdad e inequidad en la salud de las personas. En la actualidad, la prevalencia de fumadores en el país constituye el 41%, con un promedio de diez cigarros al día, y se concentra entre los 25 y 45 años, donde casi la mitad de la población es fumadora, y en escolares, en que el 46% es fumador (entre 8° básico y IV° medio). De acuerdo a cifras de Chiletabacos, empresa con el 95% de participación en el mercado nacional, el año 2010 se vendieron en Chile más de catorce mil millones de cigarros, equivalente a cuarenta cajetillas por chileno al año. La evidencia internacional concluye que toda exposición a humo de tabaco implica un riesgo para la salud de las personas. El humo de segunda mano contiene más de 250 químicos tóxicos o carcinogénicos, y los niños y adultos que están expuestos al humo de tabaco, inhalan muchas de las mismas sustancias cancerígenas y venenosas que los fumadores. Sobre los efectos en los niños, el Subsecretario indicó que sus organismos en desarrollo son especialmente vulnerables a los compuestos tóxicos del humo del tabaco. Se produce un aumento significativo de niños con bajo peso al nacer cuando sus madres embarazadas están expuestas a humo de tabaco, lo cual conlleva problemas en pulmones y en el ámbito del desarrollo físico, en el síndrome de muerte súbita en lactantes y en enfermedades respiratorias e infecciosas al oído. En Chile, los estudios demuestran que el 42% de los infartos agudos al miocardio es atribuible al consumo de tabaco, el 86% de los cáncer al pulmón es atribuible al tabaquismo, y el 67% de las enfermedades pulmonares obstructivas crónicas son causados por el consumo de tabaco. De acuerdo con estudios nacionales, la exposición a humo de tabaco de segunda mano es elevada en restaurantes y bares en Santiago. En espacios para no fumadores de establecimientos mixtos, la concentración de nicotina en el aire es tres veces la concentración de espacios libres de humo de tabaco. Los espacios mixtos no protegen a los trabajadores que laboran en dichos espacios, ni tampoco a aquellos que se encuentran en espacios de fumadores dentro de establecimientos mixtos, como menores de edad. En cuanto a los efectos en la industria gastronómica, países como Irlanda, México, Canadá, Nueva Zelanda, Sudáfrica, algunos estados de EEUU (Nueva York, California), España, Uruguay, entre otros, han declarado los espacios cerrados 100% libres de humo de tabaco. Diversos estudios han demostrado que no existen efectos adversos en las ventas, empleos o sueldos en restaurantes al implementar esta medida de protección a la salud. Asimismo, se ha demostrado que no hay estudios que muestren resultados negativos para esta industria y que no haya sido financiado por la industria tabacalera. Finalmente, señaló, es importante aprobar el proyecto porque es deber del Estado la protección y promoción de la salud de todas las personas, porque el tabaco mata más gente en el mundo que el SIDA, la malaria y la tuberculosis juntos, por la salud de los niños, porque nos hemos comprometido, junto con la inmensa mayoría de los países del mundo, con los Derechos Humanos al firmar en Convenio Marco para el Control de Tabaco y porque no limita los derechos individuales, sólo regula el ejercicio de uno de ellos, y porque el ahorro fiscal en el tratamiento de enfermedades derivadas del consumo de tabaco permitirá mejorar el sistema público de salud, no afectará al comercio, protegerá a los trabajadores, no generará desempleo, y porque los ambientes separados para fumadores no son efectivos en la protección de quienes no fuman.-Exposición de la Decana de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile, Dra. Cecilia Sepúlveda. Manifestó que, en representación de esa Facultad, está de acuerdo con el proyecto de ley en estudio, en cuanto éste propone la prohibición de fumar en espacios públicos, y elimina la diferenciación en un mismo local de espacios para fumadores y espacios para no fumadores. Indicó que algunas de las razones que apoyan las restricciones al tabaquismo ambiental se basan en estudios efectuados desde hace veinticinco años. Uno elaborado en Estados Unidos daba a conocer las consecuencias del tabaquismo, provocando enfermedades como cáncer pulmonar, y que los hijos de fumadores presentan mayor cantidad de infecciones pulmonares. Si bien se pensaba que la separación de los espacios entre fumadores y no fumadores podía reducir, no eliminar, los efectos de la exposición al tabaquismo ambiental de los no fumadores, a partir de 1992, la evidencia continua remarcando los efectos del humo de tabaco en relación al tabaquismo involuntario, provocando enfermedades como cáncer pulmonar y otras relacionadas con el tracto respiratorio y el aumento en la severidad de síntomas de asma, especialmente en niños. Se estableció una relación causal entre la exposición al tabaquismo ambiental y la mortalidad por enfermedades coronarias. Los estudios referidos a tener ambientes libres de humo de tabaco, muestran que con las restricciones mejora la calidad del aire, disminuye la cantidad de monóxido de carbono y policíclicos aromáticos, pero demuestran que aunque se reduzca la exposición usando la tecnología más avanzada de ventilación, los riesgos de cáncer y enfermedades coronarias, no son eliminados. En el año 2003, en Gran Bretaña, Carrington demuestra que la exposición a humo de tabaco no varía significativamente entre fumadores y no fumadores usando sistemas de ventilación como extractores y otros sistemas, separando áreas de fumadores y no fumadores si bien se reduce la exposición a la nicotina, esta no es un 100% como lo demuestran otros estudios. Por su parte, el personal que trabaja en esos espacios para fumadores, también se encuentra expuesto a los daños que ello genera, y se convierten, finalmente, en fumadores pasivos.-Exposición del Director de la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Chile, Dr. Oscar Arteaga. Manifestó su acuerdo y apoyo con el proyecto de ley en discusión. Explicó que se debe resaltar el rol de la autoridad sanitaria cuyo fundamento se encuentra en los denominados determinantes sociales de la salud, basados en los factores en los cuales transcurre la vida de las personas (los factores biológicos y del comportamiento, se refieren a las características genéticas y estilos de vida de las personas, que determinan la magnitud de la exposición a factores negativos de salud, como lo es el tabaco o el alcohol y factores positivos como el desarrollo de actividad física o una dieta saludable). A su juicio, una de las acciones de la autoridad sanitaria, cual es, la advertencia de los efectos que produce el consumo de tabaco demuestra que mejoran el conocimiento del público sobre los daños que causa, y cambia la percepción sobre el cigarrillo en relación con el daño que efectivamente producen, y aumentan la motivación para abandonar el consumo; las advertencias con pictogramas son más efectivas que sólo las de texto, producen un sentimiento de rechazo más fuerte y las campañas de comunicación masiva contra el consumo de tabaco aumentan el efecto de las advertencias. En razón de lo expuesto, se podría aumentar el número de advertencias simultáneas, al menos tres, mantener la rotación anual de los pictogramas, incorporar un número telefónico con servicio para ayudar de dejar de fumar y aumentar las campañas masivas contra el tabaco. Indicó que los resultados de estudios realizados por la Escuela de Salud Pública constituyen evidencia nacional. Se ha demostrado que trabajadores de pubs, restoranes, presentan niveles de nicotina mayores para quienes trabajaban en locales sin restricción para fumar, y también para los de lugares con áreas mixtas, en comparación con los trabajadores de locales donde no se permitía fumar. Los niveles de exposición a tabaco ambiental se consideran preocupantes, siendo el lugar de trabajo la principal fuente de exposición diaria de contaminante. Por su parte, de acuerdo a otros estudios, se comprobó que la población está de acuerdo con la existencia de una prohibición de fumar en los lugares públicos. Así, luego de consultadas -en restaurantes de la comuna de Santiago- las personas que concurren a esos locales, se concluyó que el 60% de ellas eran fumadores, y dentro de ellas, el 70% se manifestó de acuerdo con la prohibición absoluta de fumar al interior de los restoranes. Entre los fumadores el 76% declaró que mantendría, a lo menos, la frecuencia de visita a restoranes si no se pudiera fumar en ellos, y un 33% prefiere las áreas de no fumadores o donde derechamente no se puede fumar. Esta es evidencia nacional que es coincidente con la que se puede encontrar en otros países. Finalmente sugirió que para aumentar la base de fiscalización, se pueda incorporar a los municipios en ella para velar por el cumplimiento efectivo de la ley.-Exposición del Director de la Sociedad de Neumología Pediátrica de Chile y Presidente de la Sociedad Pediátrica de Chile, filial Valparaíso, Dr. Juan Carlos Arancibia. Manifestó su acuerdo con el proyecto de ley en estudio, atendido que la primera causa de muerte prematura, evitable, es atribuible directamente al tabaco. Dentro de los componentes del tabaco se encuentra la nicotina, que produce la adicción, pero hay cuatro mil elementos descritos de los cuales cerca de sesenta son directamente cancerígenos, como el amoniaco, el arsénico, el metano, monóxido de carbono, formaldehidos, butano y cianuro. Expuso, fundamentalmente, los efectos del tabaco en los niños, lactantes, preescolares y escolares. El tabaco tiene un comportamiento ambiental, porque las partículas pueden quedar en suspensión, reaccionan con compuestos en base a vapor, lo que lleva a la contaminación con polvo de casa, paredes, alfombras, etc. durante semanas desde que el humo de un cigarrillo se ha emitido. Esto es importante a propósito de los que señalan fumar fuera de la casa, atendido que en la práctica se produce una convivencia con objetos y con un medio contaminado, además del contacto físico con padres fumadores. La exposición activa o pasiva de la embarazada se asocia a numerosos efectos adversos al feto y su desarrollo posterior, y que son similares a los efectos en las embarazadas expuestas sólo en sus lugares de trabajo. Estas mismas alteraciones se producen con otras formas de consumo de tabaco, sean inhalado o masticado. El efecto del humo del tabaco se produce desde el momento de la concepción, lo cual constituye un problema porque el 28% de las embarazadas fuman y el 47% de las adolescentes embarazadas también lo hace. El 60% de las embarazadas no fumadoras está expuesta al humo del tabaco, mientras el feto está en un activo período de desarrollo. Las concentraciones de nicotina y cotinina en orina de embarazadas no fumadoras expuestas al humo de tabaco, tienen los mismos niveles de nicotina que un fumador activo. Los efectos de la exposición pueden ser obstétricos, como el desprendimiento de placenta, la placenta previa, retardo en el crecimiento intrauterino, embarazo ectópico, abortos espontáneos, partos prematuros y mortinatos, ya que la nicotina produce vasoconstricción disminuyendo la circulación, el oxígeno y los nutrientes a la placenta. Los efectos neonatales pueden ser parto prematuro, bajo peso en el nacimiento, riesgo de muerte súbita, mortalidad perinatal, falta de desarrollo pulmonar, factor de desarrollo, asma y daño en la función inmunológica del niño. En relación con la muerte súbita, ésta aumenta en cuatro veces la probabilidad en madre que fuma y dos veces en la madre expuesta; el 30% es atribuible a exposición pasiva al humo de tabaco. En lactantes, pre escolares y escolares, la nicotina y otros tóxicos disminuyen los movimientos respiratorios fetales, limitando el aporte placentario de oxigeno, produciendo un retraso del crecimiento pulmonar, los cambios estructurales e inflamatorios de la vía aérea y la función pulmonar disminuida en hijos de madres expuestas al humo del tabaco en comparación con los no expuestos. Los efectos son proporcionales a las dosis del tabaco. Si no hay fumadores en el hogar el riesgo equivale a 1, si los hay es de 1.88 y aumenta en casi 2 veces el riesgo relativo si la madre fumara 10 o más cigarrillos. El deterioro en preescolares y escolares equivale a una disminución del calibre de la vía aérea, factor importante en la aparición de asma y silbido (producido por la contracción de los bronquios). El riesgo de crisis de asma aumenta hasta en 70% de acuerdo a la exposición medida según cantidad de cotinina, a través de la orina, y se le asocia al aumento de alergias y a alteraciones inmunológicas, es decir, mayor posibilidad de tener infecciones respiratorias, con un alto porcentaje de morbilidad e ingreso hospitalario, con la repercusión del costo en salud pública. En el grupo de adolescentes, según encuestas de 2008, Chile lidera la prevalencia mundial, lo que lo transforma en un problema de salud pública, con un consumo difícil de suspenderlo, asociado al factor de imitación de los adultos, de manera que padres que no fuman en el hogar o prohíben expresamente fumar delante de ellos y frecuentan lugares para no fumadores, hacen que disminuya notablemente la posibilidad de consumo de tabaco en los hijos. Por ello, es importante dificultar la publicidad y el acceso al tabaco. Se deben incorporar políticas que impidan el acceso precoz al consumo de tabaco.-Exposición del asesor legal de la Unión Mundial contra la Tuberculosis y Enfermedades Respiratorias, socia de la iniciativa Bloomberg para la reducción del Tabaco, señor Gustavo Soñora . Hizo presente que hasta 2005 existían leyes con modelo similar, constituidas por Chile, España y Buenos Aires, donde se permitía consumir productos de tabaco en espacios cerrados de acceso público o en espacios cerrados que sean lugar de trabajo. En 2010, España y Buenos Aires modifican su legislación, y se convierten en lugares libres de humo de tabaco, pues aplican un cambio en el modelo, y se convierten en el espacio libre de humo de tabaco, sean de acceso público o de trabajo. Mencionó otras experiencias exitosas, como Ciudad México o el Estado de Sao Paulo en Brasil. Señaló que siempre es necesario contar con evidencia científica para fundamentar las decisiones en materia de regulación. Al efecto explicó que un estudio de la OPS sobre la exposición de un trabajador en un lugar de trescientos metros cuadrados y y su exposición a los componentes del humo de tabaco entre los cuales se encuentran mutágenos, cancerígenos e irritantes. De las 600.000 muertes que causa el humos de tabaco, afecta directamente en mayor proporción a mujeres y niños, que configuran una población que merece protección especial contra la exposición al humo de tabaco. Hizo hincapié en los efectos positivos en materia sanitaria que ha tenido la implementación de espacios 100% libres de humo de tabaco. En Buenos Aires se hizo un estudio del costo de atender la enfermedades originadas por el humo de tabaco, y se determinó que alcanzaba el 12% del presupuesto de salud de la ciudad de Buenos Aires; correlativo con lo que nos ha indicado la evidencia científica, ese antecedente fue clave para la decisión de legisladores al momento de resolver sobre la exposición al humo de tabaco. En el caso de Uruguay, se declaró libre de humo de tabaco desde el 1 de marzo de 2006, año en el cual el país tenía una prevalencia del 32%, que estaba congelada año a año; con la entrada en vigencia de la ley, la prevalencia descendió al 25% en tres años, con un efecto en la salud pública en un período relativamente corto. Hoy existen otros modelos de legislación, que debe vincularse a lo que se denomina como principio de desarrollo progresivo de la salud; se debe expandir la base jurídica más allá de lo que establece el Convenio Marco para el Control del Tabaco, expandir la base jurídica con todos los tratados internacionales que dicen relación con el derecho a la salud, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Convención Contra Toda forma de Discriminación de la Mujer, los referidos a la protección de la Infancia, Convención Americana de Derechos Humanos. El derecho progresivo a la protección de la salud significa que los Estados tienen la obligación explícita de avanzar rápido y apropiadamente en la protección de la salud, que implica no sólo avanzar, sino que no retroceder (y cualquier retroceso en materia de protección a la salud se presumiría inconstitucional). El Estado Parte, que ratifica el Convenio Marco para el Control del Tabaco, reconoce que éste produce un daño cierto, objetivo y verificable. Cuando se asume la regulación del consumo de tabaco en espacios cerrados de acceso al público y lugares de trabajo, no prohíbe el producto de tabaco, sino que desestimula el mercado, que tiene efectos en materia de hacienda pública, salud pública y en el desarrollo, y por lo tanto es un mercado que no le puede interesar al Estado estimular, y por ello aumenta impuestos, advertencias sanitarias, prohíbe fumar en espacios cerrados y prohíbe la venta a menores y las medidas integrales también protegerán a un tercero. Por ello no afecta los derechos individuales, pues no se prohíbe el mercado de tabaco, sino que regula.-Exposición del representantes del Colegio Médico AG., doctor Andrei Tchernitchin. se refirió a algunos efectos del tabaquismo, que son poco conocidos y que hacen atendible la prohibición total de fumar en bares, restoranes y similares, pues sus efectos se dan no sólo en los consumidores de tabaco, sino en las personas que trabajan en recintos donde está permitido el consumo del tabaco. Señaló que uno de los efectos más importantes, no es el del efecto sobre el adulto fumador, sino que el efecto sobre niños pequeños y los que están en gestación. En general, indicó, los productos tóxicos producen varios efectos como el cáncer, mutaciones y malformaciones fetales, pues el humo de tabaco está compuesto por una serie de productos que son potentes cancerígenos, y la exposición prenatal tardía. Los últimos tres meses de embarazo o la exposición como fumadores pasivos de niños pequeños, deja serias secuelas de acuerdo al componente del tabaco. Algunos, como el monóxido de carbono, producen inmadurez del corazón, arritmias; el benzopireno afecta los receptores de las hormonas que regulan la inmunidad, por lo tanto son más expuestos a infecciones y enfermedades autoinmunitarias; la nicotina produce una serie de cambios bioquímicos irreversibles, como la conducta sexual de los machos, equivalente a la impotencia sexual masculina, demostrado en seres humanos. En cuanto al tabaquismo como tal, y no en los componentes del tabaco, produce una serie de malformaciones congénitas y partos prematuros. En los casos de exposición por madres fumadoras, hay mayor disposición al cáncer testicular, se asocia en aumento de mortinatos, abortos espontáneos, riesgo de bajo peso al nacer, afección pulmonar, parto prematuro. Se han documentado casos de muerte súbita infantil, pues se produce una afección de los mecanismos del sueño, debido a que el niño deja de respirar y no reconoce la falta de oxigeno en la sangre; incluso favorecería la adicción a las drogas de abuso y una asociación entre tabaquismo materno y obesidad infantil, déficit de aprendizaje, coordinación motora, síndrome de hiperactividad con déficit atencional y enfermedades cardiacas en épocas tardías de la vida.-Exposición de la representante de la Organización Chile Libre de Tabaco, Dra. Lidia Amarales. Explicó que se trata de una institución de la Sociedad Civil que busca abogar por la revisión y cambio de la actual Ley del Tabaco, para hacerla más integral, efectiva y que dé cumplimiento cabal al Convenio Marco, tratado internacional con que Chile se comprometió hace cinco años. A su juicio, la necesidad de preocuparse del tabaquismo se encuentra en las cifras que indican a Chile como uno de los de más alta prevalencia a nivel mundial, aumentando a nivel femenino acortando la brecha que existía con los hombres. Los grupos etarios de mayor productividad son los que tienen las más altas tasas, entre los 19 y 25 años y entre 26 y 34 años, siendo muy llamativo, por no ser un porcentaje despreciable, el grupo entre 12 y 18 años, con tasas de más del 20%, siendo la edad de inicio de niños fumadores, los 9 años en un 17% de los casos. Según la última Encuesta Nacional de Salud (ENS), se ha bajado de un 42% a un 40% de la población general de 15 años y más, pero los fumadores están consumiendo más cigarros diarios en promedio. Indicó que el tabaquismo se ha ido incrementando a nivel de población más pobre, con una prevalencia de 30.7%, mientras que el nivel socioeconómico alto, llega a un 25%. Esto significa que, por una parte gastan más de su ingreso en tabaco, y por otra parte, como está asociado a morbilidad y mortalidad, termina empobreciendo más aún a las familias. La última ENS, señala que hay mayor consumo de tabaco en los niveles con educación más baja. En el grupo etario de 25 a 44 años la prevalencia llega a casi el 50%. Hizo presente que el 33% de los fumadores es dependiente al cigarrillo, dependencia que aumenta con la edad, llegando al 40% en los mayores de 65 años, aumentando en los estratos económicos bajos. De este 33% de fumadores adictos al cigarrillo, el 65% manifiesta su intención de dejar de fumar, pero no puede, siendo mayor el porcentaje en los niveles etarios bajos. Después de la publicación de la nueva ley de tabaco y de los objetivos sanitarios del Ministerio de Salud, se puede señalar que ha habido avance en tres indicadores, los de población general, nivel de educación de 8° básico, y mujeres. Pero a 2010 no se cumplía con el objetivo de población general, pues el descenso fue muy leve: en las mujeres en edad fértil se ha aumentado el número en la prevalencia, pero sí se cumple en el grupo etario de 8° básico, al punto de cumplirse la cifra objetivo de política sanitaria, disminución de 9 puntos porcentuales en tabaquismo escolar. Señaló que la explicación radica en que el único lugar que la ley determina como lugar libre de humo de tabaco, está constituido por los colegios. Agregó que cada año más de 15.000 muertes se asocian a enfermedades producidas por el consumo de tabaco, con un gasto anual de más de US$ 2 mil millones, el Ministerio de Salud dice que, atribuible al tabaco son 32.000 muertes al año y el 18% del presupuesto del Ministerio de Salud se va en tratar enfermedades provocadas por el tabaco. Señaló que se han logrado avances con la ley de 2005, pero que se trata de esfuerzos aislados, que se han perdido en su mayoría, pues muchas de las normas que se proyectaban no se concretaron legalmente. Propone como medidas para prevenir el tabaquismo: el aumento de impuestos (aumentar su precio por esta vía disminuye proporcionalmente el consumo, principalmente en los jóvenes y los más pobres); generación de espacios 100% libres de humo de tabaco; advertencias; campañas de prevención. Sobre el impacto de los ambientes 100% libres de humo de tabaco, señaló que hasta en un 11% disminuye la prevalencia de tabaquismo cuando se implementan los ambientes 100% libres de humo de tabaco en todos los espacios públicos cerrados y en los lugares de trabajo. Su impacto es especialmente notorio en la población adulta entre 25 y 54 años, grupo etario en que uno de cada dos personas fuma en Chile, el riesgo de infarto agudo al miocardio entre los no fumadores aumenta en 31% cuando están expuestos por más de treinta minutos al humo ambiental del tabaco. Contrariamente a lo que se pudiera pensar, los sistemas de ventilación no sirven para controlar los riesgos a la salud que implica la exposición a humo ambiental de tabaco. No hay un nivel inocuo de exposición al humo de tabaco y no aumenta el tabaquismo en el hogar cuando se prohíbe fumar en los lugares públicos y de trabajo. La evidencia chilena que apoya los ambientes 100% libres de humo de tabaco, demuestra que la concentración de nicotina ambiental en espacios para no-fumadores de bares y restaurantes fue tres veces mayor que en los locales que son completamente para no-fumadores. Uno de cada tres dueños de pubs y restaurantes declaró que en los recintos exclusivos para no fumadores, entre el 25% y el 50% de los clientes fuma, el 65% de los trabajadores NO fumadores de bares y restaurantes en Chile están expuestos permanentemente al humo ambiental del tabaco, los trabajadores NO fumadores de bares y restaurantes para fumadores de Santiago presentan mayores índices de nicotina en pelo que aquellos que trabajan en locales para NO fumadores. Sobre los Programas de Tratamiento de la Dependencia al Tabaco, expresó que no hay oferta de tratamientos en el sistema público de salud. No hay líneas telefónicas de ayuda para quienes desean dejar de fumar, y aunque existen medicamentos disponibles en las farmacias, no tienen cobertura de los seguros de salud. Sobre la necesidad de cambiar las condiciones de fiscalización, la Autoridad Sanitaria (Seremi de Salud) sólo notifica, no sanciona. Durante 2009, se realizaron sólo treinta fiscalizaciones por Ley del Tabaco en la Región Metropolitana y hasta agosto de 2010, se contabilizaban más de doscientas, y sólo una sanción del Juzgado de Policía Local. Las preocupaciones actuales en la materia, pasan por considerar lo influyente de la industria y una desprotección laboral, porque en Chile no se considera la exposición al humo de tabaco en el trabajo como riesgo laboral y no hay legislación que proteja a los trabajadores. En síntesis, las propuestas para una nueva ley, es que se legisle sobre ambientes 100% libres de humo del tabaco, con advertencias simultáneas y rotatorias, que se prohíba la publicidad en puntos de venta, que existan programas de tratamiento de cesación de la dependencia al tabaco, y que se considere cambiar las condiciones de fiscalización y sanción hacia las autoridades sanitarias-En representación de British American Tobacco (BAT), el señor Marco Opazo, señaló que British American Tobacco Chile comparte la necesidad de un marco regulatorio estricto para el tabaco, debido a los riesgos para la salud asociados a su consumo. Indicó que su exposición, respetando los principios emanados de las directrices del artículo 5.3 del Convenio Marco para el Control del Tabaco de la OMS, referidos a las relaciones entre la industria del tabaco y las autoridades, resalta los principios rectores de transparencia y responsabilidad, en cuyo contexto señaló recoger el objetivo del proyecto de ley. Su propuesta aborda dos temas relacionados estrictamente con la implementación de la ley: el comercio ilegal de cigarrillos (contrabando, la falsificación y la venta de cigarrillos sueltos), y las advertencias sanitarias. En materia de comercio ilegal, la propuesta para perfeccionar la normativa es incorporar sanciones disuasivas a quienes vendan cigarrillos ilegales o cigarrillos sueltos, estableciendo elevadas multas en dinero, tal como el proyecto lo contempla para quienes vendan cigarrillos a menores, e incorporar como sanción la clausura del local comercial por quince días para quienes reincidan en ese tipo de conductas. El objetivo es evitar que los cigarrillos ilegales se encuentren disponibles sin control, especialmente para los menores. Para la OMS es clave eliminar comercio ilegal. El comercio ilegal de cigarrillos ha aumentado constantemente en los últimos años, según los datos entregados por fuentes policiales y del Servicio de Impuestos Internos, y se proyecta que en 2011 las incautaciones superarán ampliamente lo decomisado en el 2010. Recordó que en materia de cigarrillos ilegales, el problema de ellos es que no cumplen con ninguna norma de salud, no tienen cláusulas de advertencia, no pagan impuestos, lo que incide en que se venden a bajísimo precio, sin ningún control. Sobre las advertencias que se deben incluir, Chile cumple totalmente con lo recomendado por el Convenio Marco para el Control del Tabaco de la OMS. En este contexto, señaló que para mejorar la implementación de esta importante política pública, se debe incorporar un plazo de seis meses para la entrada en vigencia de la nueva advertencia sanitaria. La adecuada implementación de esta política pública ha sido compleja debido a la ausencia de un plazo legal predeterminado para el establecimiento de la advertencia. Se debiera incorporar un número determinado de dos advertencias simultáneas, aplicadas de un modo proporcionalmente equilibrado, pero no exacto. En conclusión, señaló que el proyecto de ley incorpora avances importantes como el aumento de sanciones a la venta a menores de edad y un nuevo sistema de fiscalización al incorporar a los inspectores municipales.-El Gerente de Asuntos Corporativos de Phillip Morris, señor Nicolás Luc, manifestó su especial preocupación respecto a la restricción de los puntos de venta, las que se plantean de manera redundante en el proyecto, pues desde 2006 está prohibida la venta de cigarrillos a menores de edad, de manera que prohibir la venta, que es un acto comercial lícito, a un rango más amplio como es incorporar a los establecimientos de educación pre escolar, jardines infantiles. Se trata de un asunto que ya está cubierto por la prohibición de venta a menores de dieciocho años, pero reconoce y propone que sería de mayor efectividad un control más estricto del cumplimiento de la prohibición señalada, que es normativa a nivel mundial recomendada por la OMS. Adicionalmente, la evidencia señala que es una medida única en el mundo, pues se trata de la restricción de venta de un producto legal y que no se contempla dentro del Convenio Marco de la OMS, pues éste recomienda la prohibición de venta a menores de edad y no la restricción al comercio, como señala el proyecto de ley. La prohibición en sí, genera un fuerte incentivo al contrabando, quedando amplios espacios sin poder abastecerse de manera legítima de cigarrillos. Destacó que esta normativa sería de difícil aplicación práctica, pues a nivel de parvularios y jardines infantiles, no existe un registro nacional, algunos funcionan por ciertos períodos de tiempo, adaptando casas particulares, de manera que es una propuesta que habría que revisar en profundidad, considerando los aspectos sobre el comercio y su mejor cumplimiento con una fiscalización más efectiva. El otro tema se refiere a las advertencias de salud. La implementación de ellas se hace por ley, y los plazos de implementación no se relacionan a objetivos de salud pública, sino con asuntos de la industria, destacando el interés porque estas advertencias estén disponibles de la forma que se exige en el mercado y que el consumidor las entienda de la manera mejor posible y de buena comprensión.-Exposición del representante de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile, don Jaime Alé. Manifestó que se encontraban de acuerdo con las regulaciones para el consumo de tabaco y la debida información y protección de los no fumadores y menores de edad. Sin perjuicio de ello advirtió que las normas que se proponen deben ser capaces de cumplir con el objetivo para el que se diseñan. El proyecto busca modificar la distancia de prohibición de venta respecto de establecimientos educacionales, a los que se agregan los parvularios, más la prohibición absoluta de fumar en lugares como restaurantes, bares, pubs y otros, generalmente recintos cerrados. La prohibición de venta, señaló, a una determinada distancia de los establecimientos educacionales es una medida única en el mundo, que no se encuentra dentro de las medidas recomendadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la que además calificó de redundante por existir una prohibición de venta a menores de 18 años. Desde el punto de vista de su representado, estas acciones lo que permiten es promover la informalidad de la venta de tabaco, pues se producen zonas de desabastecimiento del producto legal, lo que incentiva la aparición del mercado informal, de venta clandestina de cigarrillos ilegales, lo que se dará, en razón de la normativa, en zonas cercanas a los colegios, generando riesgos para las personas de menor edad, pues no habrá ninguna clase de control. Esos mercados ilegales conllevan contrabando y producción ilegal, con precios muy menores a los legales, que además no pagan tipo de impuesto alguno, todo lo cual permite altos márgenes de ganancia para quien vende de manera ilegal los cigarrillos. Esas acciones de contrabando y venta ilegal perjudican seriamente al pequeño comercio establecido que cumple con las normativas legales que se le imponen y que se ha plegado a la campaña de consumo responsable de tabaco, que paga impuestos, patentes, genera empleos. Agregó que, en su oportunidad, al establecerse un límite de 100 metros de los colegios para permitir la venta de cigarrillos, se estimó que cerca de 6.000 locales fueron afectados por la medida, los que sufrieron una disminución en el ingreso por productos combinados de casi el 30%. Con la aplicación de la modificación para medir los 100 metros que se propone, el impacto será aun superior, reflejándose en los totales de las ventas con serio impacto para los micro y pequeños empresarios. En relación con los jardines infantiles, de dimensiones menores a las de un colegio, que pueden estar ubicados en cualquier casa de un barrio, la alta rotación de estos establecimientos (apertura y cierre), impone gran incertidumbre sobre la habilitación para venta de productos de tabaco, en razón de la eventual ubicación de jardines infantiles, se impediría la venta legal de cigarrillos en todos las localidades y comunas pequeñas, en virtud de esta exclusión de venta. Recalcó que se trata de poder mantener la venta legal de tabaco, donde es posible efectuar los controles pertinentes y la recaudación de impuestos. Advirtió también que al instalarse un mercado negro, es fácil que se asocie a otro tipo de delitos, especialmente la generación de redes que se originan en base a la alta rentabilidad del contrabando. Datos de Carabineros y de la Policía de Investigaciones señalan que sólo la incautación de 2007 a la fecha, ha crecido en 171%. En 2011 han representado una pérdida fiscal por 14 millones de dólares, pese al éxito en la incautación de contrabando. Señaló que debe evitarse las acciones que refuerzan la clandestinidad, como es la prohibición de propaganda en los puntos de venta, por lo que reconoce que es importante regular, educar y fiscalizar, pero con normativa que evite la proliferación de las actividades clandestinas. Otro tema es el que se relaciona con la industria gastronómica, restaurantes, bares y pubs, con 8.000 locales que en su mayoría se articulan como pymes con las dificultades que les son inherentes. Este sector debió adaptarse a la última modificación de la ley Nª 20.015, realizando inversiones que en total son de US$ 115 millones, un compromiso importante del sector en el entendido que era una normativa estable en el tiempo. Los usuarios de servicios gastronómicos tienen buena opinión de la implementación de la ley en términos de la separación de espacios de fumadores y no fumadores. La prohibición de fumar en espacios cerrados afectará especialmente a establecimientos pequeños que se adaptaron a la normativa. Se refirió a estudios sobre la efectividad de estas medidas de segregación, en cuanto no se cumpliría con el control de las emisiones de humo de cigarrillo que justificaría eliminar las zonas de fumadores, pero esto refleja una inequidad, pues quienes más han invertido para poder cumplir, serán quienes más perderán, pero obviamente quien no cumple, no debe ser autorizado para operar en ese sistema, mas no se puede castigar a quienes sí cumplen las exigencias de la ley. En conclusión señaló que el asunto relativo al tabaco debe ser regulado, procurando mantenerlos en los canales formales de comercialización, pues así se puede trabajar en la educación y control del cumplimiento de las normas sobre tabaco, protegiendo a los no fumadores y menores de edad, y para ello debe fiscalizarse de mejor manera, educación en el medio escolar y familiar, aumento de control en las zonas de fumadores, aumento de las sanciones por venta a menores de edad y una acción contra la venta ilegal que no es sancionada por esta ley.-El representante del Comité de Tiendas de Conveniencia de Estaciones de Servicio, de la Cámara de Comercio de Santiago. Explicó que su posición es favorable a la incorporación de inspectores municipales en labores de fiscalización, y al aumento de sanciones para el comercio establecido que transgrede las disposiciones legales sobre venta a menores de 18 años. Sin embargo, manifestó su preocupación por los efectos que puede tener para el comercio una medida como la que propone respecto a las distancias de restricción de venta desde colegios, proponiendo que incluso se derogue aquello. Fundamentó su opinión en que se producirían amplias zonas de desabastecimiento y proliferación de comercio ilegal, además que esta prohibición de 100 metros no se ha adoptado por otro país ni se encuentra dentro de las recomendaciones de la OMS. Señaló que hoy se miden los 100 metros desde el acceso al colegio, sin pasar por ninguna otra ley, como la del tránsito o las normas de la SEC en el caso de las estaciones de servicios. El proyecto propone que desde cualquier límite del establecimiento educacional, en una línea recta de 100 metros, queda excluida la venta de cigarrillos. Explicó que esto tiene efectos distintos en ciudades y en áreas de carreteras. En estas últimas zonas, puede darse el caso de tener, según lo propuesto, un jardín infantil y al frente un kiosco, que en línea recta, están a menos de 100 metros, de manera que no pueden vender cigarrillos, por lo que ese comercio queda fuera de la venta legal de cigarrillos. En Santiago, el 93% de la comuna de Santiago, se queda sin comercio legal de cigarrillos. Agregó que se debe considerar el caso del comerciante que se ha logrado establecer, incluso con venta de cigarrillos, pero que al poco tiempo se instala en las cercanías un jardín infantil; según el proyecto no podría vender más cigarrillos. Hoy en día no es posible determinar cuántos jardines infantiles existen. Reiteró que la posición del comité es imponer sanciones más drásticas para quienes vendan cigarrillos a menores de edad, eliminar la restricción de venta a menos de 100 metros y aumentar la fiscalización mediante a incorporación de los inspectores municipales.-Exposición del representante de la Asociación de Dueños de Tabaquerías, don Gustavo Arndt. Señaló que como agrupación representa al 20% de las denominadas tabaquerías, que en su mayor parte se identifican como PYMES. Respecto del proyecto de ley hicieron tres consideraciones. La primera corresponde a que la ley de tabaco establece las regulaciones desde 2006, la segunda a locales de venta y finalmente una observación de carácter geográfico, relacionado con la prohibición de venta a cierta cantidad de metros que se establezca en la ley, lo que le parece afecta los derechos constitucionales, pues la venta de cigarrillos a menores de edad se encuentra prohibida, de manera que se establece la doble prohibición, por una parte la de vender a menores de edad y, por otra parte, la de venta en cercanías de establecimientos educacionales que se asocia a un metraje. Se manifestaron críticos de las formas de medición de la distancia desde establecimientos educacionales a partir de los cuales se puede vender cigarros, pues implica un cambio de criterio de medición que no se explica, y cuyo efecto significará el cierre de locales de comercio establecido. En relación a la incorporación de jardines infantiles, considerando en verdad la educación preescolar, pues se puede incorporar las salas cunas, la afectación a los locales comerciales se calcula que superará los 4.000, que en el caso de los jardines infantiles, se calcula sobre la base de información disponible de la JUNJI, la que se estima no representaría más del 20% de los jardines infantiles que operan. Señaló que la organización hizo un catastro con el 50% de los locales que representan en Santiago, que básicamente significa que de los 68 locales que se usó para la muestra, 32 deberán cerrar, es decir una cifra cercana al 47%, lo que genera una serie de zonas que denominó de “black out”, es decir, zonas donde no existe posibilidad de sitios de ventas, lo que facilita el contrabando y el comercio ilegal de cigarrillos con un efecto multiplicador, que hará el consumo de cigarros a disposición de los menores de edad y estudiantes. Los efectos que se pueden prever son el aumento del clandestinaje. Proponen eliminar la restricción de distancia de venta en lugares cercanos a salas cunas o jardines infantiles. Por su parte, es necesario incorporar la facultad de exigir por el comerciante, la cédula de identidad cuando hubiere duda sobre la edad del comprador, hacer una revisión de las sanciones para quienes infrinjan las normas sobre ventas de cigarrillos, siendo necesario no sólo identificar a los infractores, sino también el duplicar las multas, y establecer el procedimiento de clausura en casos de reincidencia. En materia laboral, señaló que se debe agregar una clausula de advertencia sobre las normas legales para quienes trabajan en venta de productos de tabaco, la necesidad también de considerar un registro de infractores a la normativa, la obligación de exhibir afiches que prohíben la venta a menores y finalmente certificar como agentes capacitados, los locales de venta de tabaco-Exposición del representante de ANETUR, señor Fernando Bórquez. Manifestó que su asociación, dentro de la cual están pub, cabaret, discotecas y casinos de juegos, considera que este proyecto atenta contra su actividad económica, que es legal, pero además, va contra la esencia de la actividad que desarrollan, que es vender en un espacio para gente adulta, en virtud de la ley de tabaco. En la actualidad existen varias limitaciones, como las referidas a edad y horario, a las cuales se les quiere agregar las de imponer la prohibición de consumir cigarrillos. Explicó que las discoteques son lugares amplios, con medidas de ventilación, donde no se da la imagen de lugar saturado de humo de tabaco, como lo es la mayoría de los buenos lugares de diversión que existen. Manifestó la preocupación de sus asociados por las consecuencias económicas que se podrían sufrir, ello extrapolando la situación de los empresarios españoles a propósito de la entrada en vigencia de la ley de tabaco en ese país. Expuso que se hicieron inversiones con la entrada en vigencia de la ley que rige actualmente en materia de tabaco, cuando se autorizaron los espacios segregados para fumadores y no fumadores, lo que afectó especialmente a los restaurantes, pues las discotecas no tienen esa división. A su juicio, es necesario preguntarse si tales medidas son efectivas para las políticas de salud pública, se debe restringir lo que es actualmente un derecho para lograr un objetivo que no se sabe si se va lograr, es una medida efectiva contra el tabaquismo, considerando que la educación es fundamental, y para ello agregó que están dispuestos a poner sus locales a disposición para el desarrollo de acciones de educación, considerando que cerca del 84% de los usuarios de locales asociados son fumadores, razón por la cual una restricción en este sentido significará una disminución del público en los locales. Señaló que también debe preguntarse qué pasará con los puestos de trabajo, pues muchas personas pagan sus estudios mediante estos trabajos en locales como bares, pubs y restaurantes. Expresó que cree que habrá un cambio cultural, pues el consumo no va a desaparecer, se trasladará a lugares clandestinos y posiblemente se generen muchos clandestinos, como ha sucedido con la ley de alcoholes. Posiblemente habrá aumento de consumo en el hogar. El permitir terrazas es un efecto contraproducente, pues hoy debieran estar en un lugar cerrado, donde nadie los vería salvo los propios fumadores. Al permitirles salir se harán visibles y será una especie de propaganda para el consumo de cigarrillos. Planteó que el cumplimiento de la ley actualmente vigente no ha sido bien fiscalizada, de manera que es algo necesario de mejorar con el proyecto, incluso estableciendo medidas más estrictas en los espacios para no fumadores, mejores sistemas de extracción del humo de tabaco, además de acompañarlo con medidas de educación, que se debe reconocer como fundamentales.-o--Votación general del proyecto. La Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en el mensaje, y luego de recibir las explicaciones del Ministro de Salud y demás invitados que fueron escuchados, que permitieron a sus miembros formarse una idea sobre las implicancias y la incidencia real que tienen las modificaciones propuestas en el proyecto de ley, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de los Diputados presentes, señores Enrique Accorsi, Juan Luis Castro, José Antonio Kast, Javier Macaya, Marco Antonio Núñez, Leopoldo Pérez (en reemplazo de Nicolás Monckeberg), Karla Rubilar y Víctor Torres (ocho votos a favor).-o-b) Discusión particular. Durante la discusión artículo por artículo, la Comisión llegó a los siguientes acuerdos: Artículo único.- El texto original del mensaje consta de catorce numerales, que proponen modificar diversos artículos de la ley Nª 19.419, y de dos artículos transitorios. Numeral 1.- Tiene por objeto modificar el artículo 1° de la ley vigente, mediante el cual se define el objetivo de la ley, cual es, regular las actividades que recaen sobre los productos hechos con tabaco para el consumo humano. El mensaje propone reemplazar la referencia a “productos hechos con tabaco” por “productos de tabaco”. El Subsecretario de Salud Pública, Jorge Díaz, señaló que existen dos elementos que hacen procedente el cambio en la referencia de la ley a “productos de tabaco”. En primer lugar, la amplitud de éste término abarca un número importante de elementos que no se consideran como “hechos de tabaco”, de manera que se incorporan todos los elementos que puedan tener un derivado del tabaco en su constitución. En segundo lugar, responde a las recomendaciones que se hacen en el Convenio Marco para el Control del Tabaco, respecto de la forma en que se denomina ese tipo de productos, por lo que este es un cambio necesario para dar mayor amplitud al término, para incorporar todos los elementos que se consideran elaborados con tabaco.Se aprobó por unanimidad (nueve votos a favor)Votaron los Diputados Accorsi, Kast, Letelier, Macaya, Núñez, Rubilar, Silber, Torres, y Turres. Numeral 2.- El texto del mensaje propone modificar la letra c) del artículo 2º de la ley vigente, y agregar una nueva letra d), de tal manera que por la primera, se cambia la definición de lo que se entiende por “productos de tabaco” como los productos preparados totalmente o en parte utilizando como materia prima hojas de tabaco y destinados a ser fumados, chupados, mascados o aspirado; y por la segunda se define un espacio interior o cerrado como aquel cubierto por un techo y que cuente con paredes o muros en todos sus costados, independientemente del material utilizado, de la existencia de puertas o ventanas y de que la estructura sea permanente o temporal.Se aprobó por mayoría de votos (ocho votos a favor y una abstención). Votaron a favor los Diputados Accorsi, Kast, Letelier, Macaya, Núñez, Rubilar, Torres y Turres. Se abstuvo el Diputado Silber. Numeral 3.- Tiene por objeto modificar el artículo 3° de la ley vigente. Ésta se refiere a la publicidad que se efectúa de los productos hechos con tabaco, y de su prohibición. El mensaje propone, en concordancia con las demás disposiciones que modifica el proyecto, cambiar la expresión “hechos de tabaco” por “de tabaco”.Se aprobó por unanimidad (nueve votos a favor)Votaron los Diputados Accorsi, Kast, Letelier, Macaya, Núñez, Rubilar, Silber, Torres, y Turres. Se presentaron cuatro indicaciones:-1. De los Diputados Kast y Letelier, para suprimir, en el inciso primero el párrafo: "Al exterior de dichos lugares sólo se podrá comunicar al público la venta de productos de tabaco mediante avisos diseñados por el Ministerio de Salud y establecidos por decreto supremo".Se aprobó por mayoría (seis votos a favor, tres en contra y una abstención. Votaron a favor los Diputados Kast, Letelier, Macaya, Rubilar, Torres y Von Mühlenbrock. Votaron en contra los Diputados Accorsi, Núñez y Silber. Se abstuvo la Diputada Turres.-2. De los Diputados Kast, Letelier y Turres, para intercalar el siguiente inciso segundo -en el Artículo 3° de la ley N° 19.419-.“La prohibición indicada se extiende en los mismos términos y con los mismos efectos a la publicidad indirecta realizada a través de "placement" financiado por la industria del tabaco, donde se muestra en medios de comunicación masiva el consumo de productos y/o marcas de productos hechos de tabaco.”.Se aprobó por mayoría (siete votos a favor, tres en contra y una abstención). Votaron a favor los Diputados Kast, Letelier, Monckeberg, Silber, Torres, Turres y Von Mühlenbrock. Votaron en contra los Diputados Accorsi, Macaya y Rubilar. Se abstuvo el Diputado Núñez.-3. De los Diputados Accorsi, Robles y Rubilar, para intercalar los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto:“La prohibición indicada se extiende en los mismos términos y con los mismos efectos a la publicidad encubierta e indirecta.Se entiende por publicidad encubierta aquella destinada a promocionar, comunicar, recomendar, promover o publicitar elementos o imágenes relacionados con la marca de productos de tabaco, como logotipos, asociación de colores y accesorios tales como encendedores, ceniceros o cigarreras.Se entiende por publicidad indirecta, las actividades de placement donde se muestra en medios de comunicación masiva los productos y/o marcas de productos hechos de tabaco.”.Se rechazó por mayoría.(dos votos a favor, ocho en contra y una abstención). Votaron a favor los Diputados Accorsi y Rubilar. Votaron en contra los Diputados Kast, Letelier, Macaya, Monckeberg, Silber, Torres, Turres y Von Mühlenbrock. Se abstuvo el Diputado Núñez.-4. De los Diputados Accorsi, Robles y Rubilar, para agregar el siguiente inciso final:“Las compañías tabacaleras deberán informar al Ministerio de Salud anualmente el detalle de sus gastos destinados a promoción y abogacía, los destinatarios de sus recursos y sus contratos, convenios y alianzas estratégicas con agrupaciones o empresas de otros giros comerciales, incluyendo sus actividades desarrolladas bajo el rótulo de Responsabilidad Social Empresarial.”.Se rechazó por mayoría de votos (tres a favor y siete en contra). Votaron a favor los Diputados Accorsi, Núñez y Torres. Votaron en contra los Diputados Kast, Letelier, Macaya, Monckeberg, Silber, Turres y Von Mühlenbrock. En relación a las indicaciones, hubo discusión en torno a algunos de los temas que en ellas se plantea.En relación a la publicidad, y su prohibición, se planteó que uno de los temas más comentados y del que se busca impacto de esta ley, es la publicidad, especialmente la que está dirigida a los jóvenes. Se señaló que una de las formas de controlar el consumo de tabaco es mediante el control de la publicidad, pues de lo contrario, se mantendrá la adicción. Por ello, para algunos la solución es abolir completamente cualquier forma de publicidad de consumo de tabaco. Otros, sin embargo, argumentaron que la venta de tabaco sigue siendo una actividad lícita, y si bien es conveniente restringir su publicidad, ésta no puede ser prohibida en forma absoluta, sino que ésa debe permitirse al interior de los puntos de venta, y prohibirse al exterior de esos puntos.En relación al término “abogacía”, en que algunos Diputados plantearon dudas en cuanto a su comprensión, el Subsecretario de Salud Pública, Jorge Díaz, aclaró que en el Convenio Marco se usa la expresión “advocacy” y señaló que traducirlo como “abogacía” es una traducción libre. “Advocacy” se relaciona con cualquier mecanismo que se use para la defensa, en este caso, del tabaco, y no sólo a través de las defensas legales o mediante acciones jurídicas específicas, por lo tanto hizo presente que debiera usarse un término jurídico que tenga esa amplitud. En cuanto al concepto de “placement” al que aluden las indicaciones, se refieren a publicidad indirecta, señalando por ejemplo, el caso de una película o teleserie en que aparece una marca de cigarrillos, sin que sean consumidos; no se promueva su consumo. Pero, además, la indicación se refiere al placement financiado por la industria del tabaco, de manera que basta que la industria del tabaco organice una fundación y que esta realice acuerdos o convenios con teleseries, con lo que esta indicación sería inoperante por no estar financiada directamente por la industria del tabaco. Recordó que con motivo del estudio de la anterior ley de tabaco, se discutió sobre el placement, y se presentó la circunstancia de películas, por ejemplo, en que el contexto hace que haya personas fumando, pero es difícil determinar cuando el contexto es forzado para que aparezcan personas fumando y obedece a un contrato de placement. Numeral 4.- La ley vigente, en esta disposición, regula la prohibición de comercialización, ofrecimiento, distribución o entrega a título gratuito de los productos de tabaco para menores de dieciocho años, y que las máquinas expendedoras sólo podrán instalarse en locales a los cuales sólo pueden acceder personas mayores de esa edad. A su vez, impide la publicidad de dichos productos en lugares que se encuentren a menos de trescientos metros de recintos estudiantiles de enseñanza básica y media, e impide la venta en locales que se encuentren a menos de cien metros de esos establecimientos. Las distancias a que hace alusión la norma, se miden desde las puertas de acceso a los respectivos establecimientos. El texto del mensaje consta de cuatro letras: a) Reemplázase en su inciso primero la frase “hechos con tabaco” por “de tabaco” El mensaje propone, en concordancia con las demás disposiciones que modifica el proyecto, cambiar la expresión “hechos de tabaco” por “de tabaco”. Se aprobó por unanimidad (nueve votos a favor)Votaron los Diputados Accorsi, Kast, Letelier, Macaya, Núñez, Rubilar, Silber, Torres, y Turres. b) Sustitúyase en su inciso segundo la expresión “establecimientos de enseñanza básica y media” por “establecimientos de educación parvularia, básica y media”. Se rechazó por mayoría de votos (tres a favor, siete en contra y una abstención).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Núñez y SIlber.Votaron en contra los Diputados Kast, Letelier, Macaya, Rubilar, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. Se abstuvo la Diputada Rubilar. c) Reemplázase la oración final del inciso segundo por la siguiente: “La distancia se medirá desde los límites exteriores de los establecimientos, por aceras, calles y espacios de uso público, en línea recta y directa, y para ello se utilizará el límite exterior que se encuentre más cercano al establecimiento respecto del cual se efectuará la medición.”. Se rechazó por mayoría de votos (uno a favor y nueve en contra).Votó a favor el Diputado Accorsi.Votaron en contra los Diputados Kast, Letelier, Macaya, Núñez, Rubilar, Silber, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. d) Intercálase el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto: “Se prohíbe la venta de productos de tabaco al interior de los establecimientos de salud, sean públicos o privados.”. Se aprobó por mayoría de votos (siete a favor y tres en contra).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Macaya, Núñez, Rubilar, Silber, Torres y Turres.Votaron en contra los Diputados Kast, Letelier y Von Muhlenbrock. Se presentaron dos indicaciones: -1. De los Diputados Kast, Letelier, Zalaquett, para reemplazar el inciso segundo por el que sigue: "Se prohíbe la venta de estos productos en aquellos lugares que se encuentren a menos de 100 metros de distancia de los establecimientos de educación básica y media. La distancia se medirá desde cada puerta de acceso de los respectivos establecimientos, por aceras, calles y espacios de uso público".Se aprobó por unanimidad (nueve votos a favor). Votaron los Diputados Accorsi, Kast, Letelier, Macaya, Núñez, Silber, Torres, Turres y Von Mühlenbrock.-2. Del Diputado Accorsi y de la Diputada Rubilar, para reemplazar, la letra d), por la siguiente:“Intercálase el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto:“Se prohíbe la venta de productos de tabaco al interior de los establecimientos de salud, sean públicos o privados y en los establecimientos educacionales, en cualquiera de sus niveles.”.Se rechazó por mayoría de votos (dos a favor, seis en contra y dos abstenciones).Votaron a favor los Diputados Accorsi y Núñez. Votaron en contra los Diputados Kast, Letelier, Macaya, Silber, Turres y Von Mühlenbrock. Se abstuvieron los Diputados Rubilar y Torres. Numeral 5.- El mensaje propone, en concordancia con las demás disposiciones que modifica el proyecto, cambiar la expresión “hechos de tabaco” por “de tabaco”.Se aprobó por unanimidad (nueve votos a favor).Votaron los Diputados Accorsi, Kast, Letelier, Macaya, Núñez, Rubilar, Silber, Torres, y Turres. Numeral 6.- La disposición vigente dispone la obligación que los envases de los productos de tabaco contengan advertencias sobre los daños, enfermedades y efectos que produce su consumo. Asimismo, dispone que un decreto del Ministerio de Salud deberá diseñar tales advertencias, su contenido y plazo. El mensaje propone modificar el artículo 6º, mediante los siguientes tres literales:“a) Reemplazase en sus incisos primero y segundo la frase “hechos con tabaco” por “de tabaco”.En concordancia con las demás disposiciones que modifica el proyecto, se aprobó por unanimidad (nueve votos a favor).Votaron los Diputados Accorsi, Kast, Letelier, Macaya, Núñez, Rubilar, Silber, Torres, y Turres.“b) Sustitúyase el inciso tercero, por el siguiente:“El decreto indicado establecerá una o más advertencias, que podrán ser diseñadas con dibujos o fotografías y leyendas. Durante el plazo señalado en el inciso primero, éstas deberán figurar en toda la producción nacional o la importada destinada a su distribución dentro del territorio nacional, en forma simultánea.”. Se aprobó por unanimidad -conjuntamente con una modificación introducida por indicación del Ejecutivo- (siete votos a favor).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Macaya. Monckeberg, Rubilar, Turres y Von Muhlenbrock.“c) Intercalase los siguientes incisos cuarto y quinto, nuevos, pasando el actual inciso cuarto a ser sexto:“Los productores, comercializadores o distribuidores deberán incorporar la o las advertencias en similares porcentajes en el total de los productos de tabaco que cada uno de ellos produzca, comercializa o distribuya. Para dicho fin, al inicio de la vigencia de las advertencias, informarán por escrito al Ministerio de Salud las cantidades de productos de tabaco respectivos y la distribución de las advertencias en ellos. Toda modificación a la información señalada deberá ser comunicada al Ministerio de Salud de inmediato.Si al entrar en vigencia las nuevas advertencias quedaran saldos en bodega con las advertencias anteriores, para su distribución se deberá solicitar autorización a la Autoridad Sanitaria que corresponda a la casa matriz del fabricante o importador. Esta excepción sólo podrá alcanzar hasta un monto equivalente a la producción distribuida durante el mes anterior.”. Se aprobó por unanimidad -conjuntamente con una modificación introducida por indicación del Ejecutivo- (siete votos a favor).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Macaya. Monckeberg, Rubilar, Turres y Von Muhlenbrock. Se presentaron siete indicaciones: -1. Del Ejecutivo, para modificar el numeral 6) del siguiente modo:1) Agrégase la siguiente letra a) nueva, pasando sus actuales literales a), b) y c) a ser b), c) y d), respectivamente:a) Sustitúyese en su inciso primero la frase “12 meses” por la expresión “mínima de doce meses y máxima de veinticuatro meses”.2) Reemplázase en su letra b), que ha pasado a ser c), en el inciso tercero que sustituye, la frase “una o más advertencias” por la expresión “entre dos y seis advertencias”. Asimismo, intecálase a continuación del punto seguido (.) la oración “El referido decreto entrará en vigencia tres meses después de su publicación.”.3) Reemplázase en su letra c) que ha pasado a ser d), en el inciso cuarto que se intercala, la frase “la o las advertencias” por la expresión “las advertencias”.Se aprobó por unanimidad (siete votos a favor).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Macaya. Monckeberg, Rubilar, Turres y Von Muhlenbrock. -2. De los Diputados Accorsi y Rubilar para reemplazar en el inciso primero la frase “de 12 meses”, por la siguiente: “mínima de 12 meses y máxima de 36 meses” Se rechazó por unanimidad (siete votos en contra).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Macaya. Monckeberg, Rubilar, Turres y Von Muhlenbrock.3.- De los Diputados Kast y Turres, para reemplazar en el inciso tercero la frase “El decreto indicado establecerá una o más advertencias”, por la expresión: “El decreto indicado podrá establecer hasta tres advertencias simultáneas”. Se rechazó por mayoría de votos (cuatro a favor, tres en contra y tres abstenciones).Votaron a favor los Diputados Kast, Baltolu (en reemplazo de Letelier), Macaya y Silber.Votaron en contra los Diputados Accorsi, Núñez y Von Muhlenbrock.Se abstuvieron los Diputados Rubilar, Torres y Turres.4.- De los Diputados Accorsi, Rubilar y Robles, para modificar la letra b), en el sentido de reemplazar, en el inciso tercero, la expresión “una o más”, por “al menos cinco”.Se rechazó por mayoría de votos (dos a favor, cinco en contra y tres abstenciones).Votaron a favor los Diputados Accorsi y Rubilar.Votaron en contra los Diputados Kast, Baltolu (en reemplazo de Letelier), Macaya, Torres y Von Muhlenbrock.Se abstuvieron los Diputados Núñez, Silber y Turres.5.- Del Diputado Letelier para reemplazar la letra c), intercalando los siguientes incisos cuarto y quinto, pasando el actual cuarto a ser sexto:“Los productores, comercializadores o distribuidores deberán incorporar la o las advertencias proporcionalmente en el total de los productos de tabaco que uno de ellos produzca, comercialice o distribuya, de tal forma que ninguna de ellas duplique a la otra en cantidad y asegurando la presencia de todas ellas de un modo equilibrado geográficamente a nivel nacional. Para dicho fin, al inicio de la vigencia de las advertencias, informarán por escrito al Ministerio de Salud las cantidades de productos de tabaco respectivas y la distribución de las advertencias en ellos. Toda modificación a la información señalada deberá ser comunicada al Ministerio de Salud, de inmediato.Si al entrar en vigencia las nuevas advertencias quedaren saldos en bodega con las advertencias anteriores, para su distribución se deberá solicitar autorización a la Autoridad Sanitaria que corresponda a la casa matriz del fabricante o importador. Esta excepción sólo podrá alcanzar hasta un monto equivalente a la producción distribuida durante el mes anterior.”.Se rechazó por unanimidad (siete votos en contra).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Macaya. Monckeberg, Rubilar, Turres y Von Muhlenbrock.6.- Del Diputado Letelier, para agregar, al actual inciso cuarto que pasa a ser sexto, a continuación del punto aparte (.) que pasa a ser seguido, el siguiente texto:“En el caso de los avisos publicitarios, el Ministerio de Salud deberá designar en el mismo decreto supremo una advertencia que deberá ser distribuida en los puntos de venta a nivel nacional.”.Se rechazó por unanimidad (siete votos en contra).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Macaya. Monckeberg, Rubilar, Turres y Von Muhlenbrock.7.- De los Diputados Kast y Turres, para agregar el siguiente inciso quinto:“Los productores, comercializadores o distribuidores tendrán un plazo de 120 días para la entrada en vigencia de la nueva advertencia sanitaria, contados desde la publicación en el Diario Oficial del respectivo decreto supremo.”.Se rechazó por unanimidad (siete votos en contra).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Macaya. Monckeberg, Rubilar, Turres y Von Muhlenbrock. Numeral 7.- Tiene por objeto modificar los artículos 7° y 9° de la ley vigente. El mensaje propone, en concordancia con las demás disposiciones que modifica el proyecto, cambiar la expresión “hechos de tabaco” por “de tabaco”.Se aprobó por unanimidad (nueve votos a favor).Votaron los Diputados Accorsi, Kast, Letelier, Macaya, Núñez, Rubilar, Silber, Torres, y Turres. Se presentaron dos indicaciones: -1. De los Diputados Accorsi, Rubilar y Robles para agregar el siguiente inciso segundo: “Habrá un plan nacional de educación sobre el tabaco y sus daños, el que deberá actualizarse al menos cada cinco años.”.Se aprobó por unanimidad (ocho votos a favor).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Kast, Baltolu (en reemplazo de Letelier), Macaya, Núñez, Rubilar, Silber y Torres. -2. De los Diputados Accorsi, Rubilar y Robles para agregar en el inciso segundo, a continuación del punto aparte que pasa a ser punto seguido, la siguiente frase: “Con todo, se prohíbe la adición a los productos de tabaco de sustancias y aditivos destinados a alterar su sabor, su color o su aroma, o destinados a transformarlos en un producto comestible o bebestible.” Se rechazó por mayoría de votos (dos a favor y cinco en contra).Votaron a favor los Diputados Accorsi y Rubilar.Votaron en contra los Diputados Castro, Baltolu (en reemplazo de Kast), Macaya, Silber y Torres. Numeral 8) -que ha pasado a ser 9)-. El texto propuesto en el mensaje, que tiene por objeto sustituir el artículo 10 de la ley vigente, es del siguiente tenor: “Sustitúyase su artículo 10, por el siguiente: “Artículo 10.- Se prohíbe fumar en los siguientes lugares: a) Todo espacio cerrado que sea un lugar accesible al público o de uso comercial colectivo, independientemente de quien sea el propietario o de quien tenga derecho de acceso a ellos; b) Todo espacio cubierto por un techo y que cuente con una o más paredes, accesible al público o de uso comercial colectivo, independientemente de quien sea el propietario o de quien tenga derecho de acceso a ellos; c) Espacios cerrados o abiertos, públicos o privados, que correspondan a dependencias de:1. Establecimientos de salud, públicos y privados.2. Órganos del Estado.3. Establecimientos de educación parvularia, básica y media.4. Recintos donde se expendan combustibles.5. Gimnasios y recintos deportivos.6. Aquellos lugares en que se fabriquen, procesen, depositen o manipulen explosivos, materiales inflamables, medicamentos o alimentos. d) Medios de transporte de uso público o colectivo, incluyendo ascensores.”. Se presentaron cuatro indicaciones: -1. De los Diputados Kast, Letelier y Zalaquett, para reemplazar el texto del mensaje por el siguiente: “Artículo 10.- Se prohíbe fumar en los siguientes lugares, incluyendo sus patios y espacios al aire libre interiores:a) establecimientos de educación prebásica, básica y media;b) recintos donde se expenda combustibles;c) aquéllos en que se fabriquen, procesen, depositen o manipulen explosivos, materiales inflamables, medicamentos o alimentos;d) medios de transporte de uso público o colectivo;e) ascensores.” Esta indicación se entiende rechazada, como consecuencia de que es igual al texto de la ley vigente, y ha sido reemplazada por las otras indicaciones aprobadas. -2. De los Diputados Accorsi, Castro, Kast, Monsalve, Rubilar, Torres y Vidal, para eliminar la letra b) del artículo 10 propuesto. Esta indicación propone eliminar el literal propuesto, que prohíbe fumar en espacios cubiertos por techo y que cuenten con una o más paredes (se refiere a terrazas). Se aprobó por mayoría de votos (once votos a favor, una en contra y una abstención.Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Letelier, Macaya, Monckeberg, Monsalve, Rubilar, Silber, Torres y Von Muhlenbrock.Votó en contra la Diputada Turres.Se abstuvo la Diputada Vidal (en reemplazo de Núñez). -3. De los Diputados Accorsi, Castro, Kast, Monsalve, Rubilar, Torres y Vidal, para eliminar los numerales 1., 2. y 5. de la letra c). Se aprobó por unanimidad (trece votos a favor).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Letelier, Macaya, Monckeberg, Monsalve, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Silber, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. -4. De los Diputados Accorsi, Rubilar y Robles para reemplazar en el numeral 3 de la letra c), la frase “básica y media”, por la siguiente: “básica, media y superior” Se rechazó por mayoría de votos (cuatro a favor, siete en contra y una abstención).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast) y Letelier.Votaron en contra los Diputados Macaya, Monckeberg, Monsalve, Silber, Torres, Turres y Von Muhlenbrock.Se abstuvo la Diputada Vidal. Numeral 9).- -que ha pasado a ser 10)-. Tiene por objeto modificar el artículo 11 vigente, y establece otros lugares en los cuales se prohíbe fumar, salvo en sus patios o espacios al aire libre. El texto propuesto en el mensaje es del siguiente tenor: “Sustitúyase el artículo 11, por el siguiente: “Artículo 11.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, se prohíbe fumar en los siguientes lugares, salvo en sus patios o espacios al aire libre: a) Establecimientos de educación superior, públicos y privados; b) Aeropuertos y terrapuertos; c) Teatros, cines, lugares en que se presenten espectáculos culturales y musicales; d) Centros de atención o de prestación de servicios abiertos al público en general, y e) Supermercados, centros comerciales y demás establecimientos similares de libre acceso al público.”. Se presentaron cuatro indicaciones: -1. De los Diputados Accorsi y Robles para reemplazar la letra a), por la siguiente: “a) Recintos penitenciarios e instituciones de internación siquiátrica.”. Se rechazó por unanimidad (trece votos en contra).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Letelier, Macaya, Monckeberg, Monsalve, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Silber, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. -2. Del Diputado Accorsi, para agregar una letra f), a continuación de la e), del siguiente tenor: f) Queda prohibido fumar en la vía pública. Se rechazó por unanimidad (trece votos en contra).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Letelier, Macaya, Monckeberg, Monsalve, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Silber, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. -3. De los Diputados Kast, Letelier, Turres y Zalaquett, para agregar las siguientes letras f), g), h) e i): “h) Establecimientos de salud, públicos o privados. Para estos efectos, el Director del establecimiento será responsable de establecer un área delimitada y no visible al público donde sí se pueda fumar. g) Dependencias o recintos de órganos del Estado. h) Gimnasios y recintos deportivos, e i) Todo espacio cerrado que sea un lugar accesible al público o de uso comercial colectivo, independientemente de quién sea el propietario o de quién tenga derecho de acceso a ellos, con excepción de lo señalado en el artículo 12.” Se rechazó por unanimidad (trece votos en contra).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Letelier, Macaya, Monckeberg, Monsalve, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Silber, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. -4. De los Diputados Accorsi, Castro, Kast, Rubilar, Torres y Vidal para reemplazar el artículo 11 por el siguiente: “Artículo 11.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, se prohíbe fumar en los siguientes lugares, salvo en sus patios o espacios al aire libre: a) Establecimientos de educación superior, públicos y privados; b) Aeropuertos y terrapuertos; c) Teatros, cines, lugares en que se presenten espectáculos culturales y musicales; d) Centros de atención o de prestación de servicios abiertos al público en general; e) Supermercados, centros comerciales y demás establecimientos similares de libre acceso al público; f) Pubs, restaurantes, discotecas y casinos de juego; g) Establecimientos de salud, públicos o privados, exceptuándose los hospitales de internación psiquiátrica que no cuenten con espacios al aire libre o cuyos pacientes no puedan acceder a ellos; h) Dependencias o recintos de órganos del Estado, i) Gimnasios y recintos deportivos. Se deberán habilitar lugares especiales para fumadores en los casos indicados en las letras g) y h) de este artículo. Para esos efectos, el director del establecimiento o el administrador general del mismo será responsable de establecer un área delimitada claramente, procurando siempre que el humo de tabaco que se genere no alcance las dependencias internas de los establecimientos de que se trate. Con todo, siempre el director del establecimiento o su administrador general podrán determinar que se prohíba fumar en los lugares abiertos de los establecimientos que dirigen o administran.”. Se aprobó por unanimidad esta indicación. (trece votos a favor).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Letelier, Macaya, Monckeberg, Monsalve, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Silber, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. En consecuencia con la votación anterior, se rechazó por unanimidad el texto propuesto en el mensaje (trece votos en contra).Votaron los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Letelier, Macaya, Monckeberg, Monsalve, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Silber, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. Numeral 10). -que pasa a ser 11)-. Propone derogar el artículo 12 de la ley vigente. -Se presentó una indicación, de los Diputados Kast y Letelier, para reemplazar el artículo 12 por el siguiente: “Artículo 12.- Los restaurentes, bares, pub, discotecas, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados, y demás establecimientos similares, podrán optar por ser un lugar para fumadores o para no fumadores, de lo que deberá informarse de manera visible y comprensible en su acceso. A ellos no les será permitido el acceso a menores de dieciocho años.” Se rechazó la indicación por unanimidad (diez votos en contra).Votaron en contra los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Macaya, Monsalve, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. Por igual votación se aprobó el texto propuesto en el mensaje. Numeral 11). -que pasa a ser 12)-. Propone derogar el artículo 13 de la ley vigente. Se aprobó por unanimidad (diez votos a favor).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Macaya, Monsalve, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. Numeral 12). -que pasa a ser 13)-. Propone modificar el artículo 14, del siguiente modo: a) Intercalase el siguiente inciso primero, nuevo: “En los lugares de acceso público, se deberán exhibir advertencias que prohíban fumar, las cuales deberán ser notoriamente visibles y comprensibles.”. b) Sustitúyase en su inciso primero, que ha pasado a ser segundo, la frase “hechos con tabaco” por “de tabaco”. Ambos literales, se aprobaron por unanimidad (diez votos a favor).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Macaya, Monsalve, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. Numeral 13). -que pasa a ser 14)-. Propone modificar el artículo 15, del siguiente modo: a) Sustitúyase en su inciso primero el vocablo “siguiente” por “tercero”. b) Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando sus actuales incisos segundo, tercero y cuarto, a ser tercero, cuarto y quinto: “Los inspectores de la Municipalidad respectiva también fiscalizarán el cumplimiento de esta ley, y denunciarán ante los tribunales señalados en el inciso precedente, las infracciones que constaten.”. c) Sustitúyase en su inciso final el vocablo “fiscal” por el término “municipal”. Se presentaron cuatro indicaciones: -1. De los Diputados Kast, Letelier y Turres, para eliminar, en el inciso primero del artículo 15 la expresión “juez de letras o”. Se aprobó por mayoría de votos (nueve a favor y una abstención).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Letelier, Macaya, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Turres y Von Muhlenbrock.Se abstuvo el Diputado Silber. -2. Del Diputado Kast para eliminar, en el inciso primero del artículo 15, la expresión “según lo dispuesto en el inciso tercero”. Se aprobó por unanimidad (diez a favor).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Letelier, Macaya, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Silber, Turres y Von Muhlenbrock. -3. Del Diputado Kast para reemplazar el inciso tercero por el siguiente: “El juez de policía local que corresponda, será el facultado para imponer la sanción correspondiente, y contra su resolución procederán los recursos que franquea la ley. El procedimiento se sujetará a lo establecido en la ley N° 18.287.” Se aprobó por unanimidad (diez a favor).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Letelier, Macaya, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Silber, Turres y Von Muhlenbrock. -4. Del Diputado Kast, para eliminar el inciso cuarto. Se rechazó por unanimidad (diez votos en contra).Votaron en contra los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Letelier, Macaya, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Silber, Turres y Von Muhlenbrock. Por igual votación (unanimidad), se aprobó el texto propuesto en el mensaje. Numeral 14). -que pasa a ser 15)-. Tiene por objeto modificar el artículo 16, del siguiente modo: a) Reemplázase, cada vez que se utiliza, la frase “hechos con tabaco” por “de tabaco”. b) Modifícase su inciso primero del siguiente modo: i. Sustitúyase en las letras a. y d. del numeral 2) de su inciso primero, la expresión “establecimientos de enseñanza básica y media” por “establecimientos de educación parvularia, básica y media”. ii. Incorpórase a continuación del punto aparte (.) de la letra a. del numeral 2) de su inciso primero, que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: ”Además, en caso de reincidencia, se podrá decretar la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se cometió la infracción por un período de 15 días.”. iii. Agrégase la siguiente letra f. al numeral 2) de su inciso primero:“f) Transgredir las normas acerca de los porcentajes de distribución de advertencias en productos de tabaco, de conformidad con lo establecido en el inciso cuarto del artículo 6°.”. iv. Incorpórase a continuación del punto aparte (.) del numeral 5), que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: “Además, en caso de reincidencia, se podrá decretar la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se cometió la infracción por un período de 15 días.”. v. Derógase el numeral 7). vi. Suprímase la letra a. del numeral 10). vii. Sustituyese en la letra b. del numeral 10) la oración “y en los lugares en que se permite hacerlo, en conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 13” por la siguiente: “en conformidad a lo dispuesto en el artículo 14”. viii. Reemplazase en el numeral 11) la frase “1 unidad tributaria mensual” por la siguiente “2 unidades tributarias mensuales”. ix. Sustitúyase en el numeral 12) la oración “media unidad tributaria mensual” por la siguiente “2 unidades tributarias mensuales”. x. Reemplazase en el numeral 12 la expresión “10, 11, 12 y 13” por la siguiente “10 y 11”. c) Sustitúyase el inciso tercero del artículo 16 por el siguiente:“En caso de reincidencia, se podrá aplicar el doble de la multa. Se considerará como reincidencia el incumplimiento reiterado de cualquiera de las normas de esta ley, esto es, dos o más infracciones cometidas en un plazo inferior a un año, contado desde la primera infracción.”. Se presentaron cuatro indicaciones: -1. Del Diputado Kast, para incorporar un numeral 1) nuevo, pasando los actuales numerales 1) a 12) a ser 2) a 13), del siguiente tenor 1) Multa de 3 a 50 unidades tributarias mensuales, y de 30 a 300 unidades tributarias mensuales si la infracción es cometida por una persona natural o jurídica perteneciente a la industria tabacalera, por la venta, la compra para vender, la comercialización en cualquier forma. La distribución, el transporte y el almacenaje de productos de tabaco, de cualquier forma, clase o naturaleza, que no cumplan con las obligaciones legales en materia sanitaria, aduanera, tributaria y de propiedad intelectual. En estos casos, la multa procederá sin perjuicio de las sanciones penales que pudieren corresponder. Además, en caso de reincidencia, se decretará la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se hubiere cometido la infracción por un período de quince días.”. Se aprobó por mayoría de votos (nueve a favor y una abstención).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Kort (en reemplazo de Kast), Letelier, Macaya, Rubilar, Torres, Turres y Von Muhlenbrock.Se abstuvo la Diputada Vidal (en reemplazo de Núñez). -2. Del Diputado Kast, para eliminar en el literal b) la palabra “parvularia”. Se aprobó por unanimidad (nueve a favor). Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Letelier, Macaya, Vidal (en reemplazo de Núñez), Rubilar, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. -3. Del Diputado Kast, para suprimir las letras c) y d), pasando las actuales letras e) y f) a ser c) y d), respectivamente. Es una indicación que tiene por objeto realizar las pertinentes concordancias formales. Se aprobó por unanimidad (ocho a favor).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Letelier, Macaya, Rubilar, Torres, Turres y Von Muhlenbrock. -4 Del Diputado Kast, para intercalar un párrafo vi., con la finalidad de incorporar, en el texto de la ley vigente, a continuación del punto aparte del numeral 8) -que ha pasado a ser 7)- que pasó a ser punto seguido (.), la siguiente oración: “Además, en caso de reincidencia, se podrá decretar la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se cometió la infracción por un período de 15 días.”. Se aprobó por unanimidad (siete a favor).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Letelier, Macaya, Rubilar, Turres y Von Muhlenbrock. El texto propuesto en el mensaje, con las indicaciones correspondientes, se aprobó por unanimidad (siete a favor).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Letelier, Macaya, Rubilar, Turres y Von Muhlenbrock. Artículo primero transitorio.- El mensaje propone que esta ley entre en vigencia el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial, y que la derogación de los artículos 12 y 13 de la ley N° 19.419, entre en vigor un año después de la publicación de esta ley. -Se presentó una indicación, del Diputado Kast, para eliminar el inciso segundo. Se aprobó por unanimidad, el texto del mensaje y la indicación (siete a favor).Votaron a favor los Diputados Accorsi, Castro, Letelier, Macaya, Rubilar, Turres y Von Muhlenbrock. Artículo segundo transitorio.- Propone que en tanto sigan vigentes los artículos 12 y 13 de la ley N° 19.419, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo anterior, a quienes infrinjan las obligaciones consagradas en dichas disposiciones le serán aplicables las sanciones establecidas con anterioridad a la publicación de esta ley, en los números 7), 10) y 12) del inciso primero del artículo 16 de la ley N° 19.419, según corresponda. En concordancia con lo aprobado en el artículo primero transitorio, se rechazó por unanimidad el texto propuesto en el mensaje (siete a favor).Votaron en contra los Diputados Accorsi, Castro, Letelier, Macaya, Rubilar, Turres y Von Muhlenbrock.III. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS.Artículos rechazados. No hay.Indicaciones rechazadas. Al artículo único.Al numeral 3.-1.- De los Diputados Accorsi, Robles y Rubilar, para intercalar, en el artículo 3°, los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto:“La prohibición indicada se extiende en los mismos términos y con los mismos efectos a la publicidad encubierta e indirecta.2.- De los Diputados Accorsi, Robles y Rubilar, para agregar el siguiente inciso final en el artículo 3°:“Las compañías tabacaleras deberán informar al Ministerio de Salud anualmente el detalle de sus gastos destinados a promoción y abogacía, los destinatarios de sus recursos y sus contratos, convenios y alianzas estratégicas con agrupaciones o empresas de otros giros comerciales, incluyendo sus actividades desarrolladas bajo el rótulo de Responsabilidad Social Empresarial.”.Al numeral 4.- 1.- Del Diputado Accorsi y de la Diputada Rubilar, para reemplazar, la letra d), por la siguiente:“Intercálase el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto:“Se prohíbe la venta de productos de tabaco al interior de los establecimientos de salud, sean públicos o privados y en los establecimientos educacionales, en cualquiera de sus niveles.”.Al numeral 6.-1. De los Diputados Accorsi y Rubilar para reemplazar en el inciso primero del artículo 6°, la frase “de 12 meses”, por la siguiente: “mínima de 12 meses y máxima de 36 meses” 2.- De los Diputados Kast y Turres, para reemplazar en el inciso tercero del artículo 6°, la frase “El decreto indicado establecerá una o más advertencias”, por la expresión: “El decreto indicado podrá establecer hasta tres advertencias simultáneas”.3.- De los Diputados Accorsi, Rubilar y Robles, para modificar la letra b), en el sentido de reemplazar, en el inciso tercero del artículo 6°, la expresión “una o más”, por “al menos cinco”.4.- Del Diputado Letelier para reemplazar la letra c), intercalando -en el artículo 6°- los siguientes incisos cuarto y quinto, pasando el actual cuarto a ser sexto:“Los productores, comercializadores o distribuidores deberán incorporar la o las advertencias proporcionalmente en el total de los productos de tabaco que uno de ellos produzca, comercialice o distribuya, de tal forma que ninguna de ellas duplique a la otra en cantidad y asegurando la presencia de todas ellas de un modo equilibrado geográficamente a nivel nacional. Para dicho fin, al inicio de la vigencia de las advertencias, informarán por escrito al Ministerio de Salud las cantidades de productos de tabaco respectivas y la distribución de las advertencias en ellos. Toda modificación a la información señalada deberá ser comunicada al Ministerio de Salud, de inmediato.Si al entrar en vigencia las nuevas advertencias quedaren saldos en bodega con las advertencias anteriores, para su distribución se deberá solicitar autorización a la Autoridad Sanitaria que corresponda a la casa matriz del fabricante o importador. Esta excepción sólo podrá alcanzar hasta un monto equivalente a la producción distribuida durante el mes anterior.”.5.- Del Diputado Letelier, para agregar, en el artículo 6°, al actual inciso cuarto que pasa a ser sexto, a continuación del punto aparte (.) que pasa a ser seguido, el siguiente texto:“En el caso de los avisos publicitarios, el Ministerio de Salud deberá designar en el mismo decreto supremo una advertencia que deberá ser distribuida en los puntos de venta a nivel nacional.”.6.- De los Diputados Kast y Turres, para agregar el siguiente inciso quinto, en el artículo 6°:“Los productores, comercializadores o distribuidores tendrán un plazo de 120 días para la entrada en vigencia de la nueva advertencia sanitaria, contados desde la publicación en el Diario Oficial del respectivo decreto supremo.”.Al numeral 8 (que ha pasado a ser 9) -1. De los Diputados Kast, Letelier y Zalaquett, para reemplazar el texto del mensaje por el siguiente: “Artículo 10.- Se prohíbe fumar en los siguientes lugares, incluyendo sus patios y espacios al aire libre interiores: a) establecimientos de educación prebásica, básica y media; b) recintos donde se expenda combustibles;c) aquéllos en que se fabriquen, procesen, depositen o manipulen explosivos, materiales inflamables, medicamentos o alimentos;d) medios de transporte de uso público o colectivo;e) ascensores.” -2. De los Diputados Accorsi, Rubilar y Robles para reemplazar en el numeral 3 de la letra c), la frase “básica y media”, por la siguiente: “básica, media y superior”Al numeral 9 (que ha pasado a ser 10) -1. De los Diputados Accorsi y Robles para reemplazar la letra a), en el artículo 11, por la siguiente: “a) Recintos penitenciarios e instituciones de internación siquiátrica.”. -2. Del Diputado Accorsi, para agregar -en el artículo 11- una letra f), a continuación de la e), del siguiente tenor: f) Queda prohibido fumar en la vía pública. -3. De los Diputados Kast, Letelier, Turres y Zalaquett, para agregar las siguientes letras f), g), h) e i) -en el artículo 11-: “h) Establecimientos de salud, públicos o privados. Para estos efectos, el Director del establecimiento será responsable de establecer un área delimitada y no visible al público donde sí se pueda fumar. g) Dependencias o recintos de órganos del Estado. h) Gimnasios y recintos deportivos, e i) Todo espacio cerrado que sea un lugar accesible al público o de uso comercial colectivo, independientemente de quién sea el propietario o de quién tenga derecho de acceso a ellos, con excepción de lo señalado en el artículo 12.”Al numeral 10 (que ha pasado a ser 11) 1.- De los Diputados Kast y Letelier, para reemplazar el artículo 12 por el siguiente: “Artículo 12.- Los restaurantes, bares, pub, discotecas, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados, y demás establecimientos similares, podrán optar por ser un lugar para fumadores o para no fumadores, de lo que deberá informarse de manera visible y comprensible en su acceso. A ellos no les será permitido el acceso a menores de dieciocho años.”Al numeral 13- (que ha pasado a ser 14) 1.-.Del Diputado Kast, para eliminar el inciso cuarto del artículo 15.IV. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES. 1.- Del Diputado Accorsi, a la letra b) del numeral 6), para agregar, a continuación del punto aparte del inciso tercero, que pasa a ser punto seguido, la siguiente oración: “En el mencionado decreto, el Ministerio de Salud podrá, además, agregar información destinada a permitir a la población conocer los servicios de consejería telefónica, programas de cesación y demás información de política sanitaria definida por el Ministerio y que diga relación con los objetivos de esta ley. El ministerio de Salud deberá realizar evaluaciones periódicas de su efectividad e impacto en la población.”. 2.- De los Diputados Accorsi y Robles para agregar -en el artículo 9 de la ley vigente-los siguientes incisos penúltimo y último: “Anualmente el Ministerio de Salud deberá desarrollar una campaña sanitaria para el control del tabaco, en la que se informe sobre los daños y efectos que produce su consumo, eduque en la prevención del tabaquismo y estimule la adopción de hábitos de vida saludable. Asimismo, el Ministerio de Salud deberá disponer de un programa de cesación del tabaquismo, a través del Sistema Nacional de Servicios de Salud, para todos los beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, con las garantías de acceso, oportunidad, calidad y protección financiera que se definan en el mismo. Las Instituciones de Salud Previsional deberán dar cobertura y acceso a este programa, a través de su red de prestadores.” 3.- De los Diputados Accorsi y Robles para reemplazar el numeral 13 (que ha pasado a ser 14) por el siguiente: “Artículo 15.- La Autoridad Sanitaria competente fiscalizará el cumplimiento de esta ley y, en caso de incumplimiento, aplicará lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario. Se considerará reincidencia el incumplimiento reiterado de cualquiera de las normas de esta ley, esto es, tres o más infracciones cometidas en un plazo inferior a un año. Todos los lugares de expendio de cigarrillos y demás productos de tabaco, deberán registrarse ante la Secretaría Regional Ministerial de Salud correspondiente para efectos de su debida fiscalización. La omisión de este deber será sancionada en los términos establecidos por el numeral 2) del artículo 16 de esta ley.”. 4.- Del Diputado Accorsi, para agregar el siguiente artículo 18 nuevo: “Artículo 18.- Cada región del país definirá mediante una consulta a su ciudadanía, tres áreas verdes regionales que serán declaradas oficialmente libres de humo de tabaco. Cada región precisará la metodología de consulta ciudadana. La declaración de estas áreas verdes libres de humo de tabaco, se interpreta como una manera de empoderar a la ciudadanía en la implementación de políticas sanitarias.”.-o- Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente la Diputada Informante, esta Comisión recomienda aprobar el proyecto de conformidad al siguiente texto:“PROYECTO DE LEY "Artículo Único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 19.419: 1) Reemplázase en el artículo 1° la expresión “productos hechos con tabaco” por “productos de tabaco”. 2) Modifícase el artículo 2º del siguiente modo: a) Sustitúyese la letra c) por la siguiente: “c) Productos de tabaco: los productos preparados totalmente o en parte utilizando como materia prima hojas de tabaco y destinados a ser fumados, chupados, mascados o aspirados;”. b) Incorpórase la siguiente letra d), pasando la actual letra d) a ser e): “d) Espacio interior o cerrado: Aquel cubierto por un techo y que cuente con paredes o muros en todos sus costados, independientemente del material utilizado, de la existencia de puertas o ventanas y de que la estructura sea permanente o temporal, y”. 3) Modifícase el artículo 3° del siguiente modo: a) Suprímese, en el inciso primero, el siguiente párrafo final: “Al exterior de dichos lugares sólo se podrá comunicar al público la venta de productos de tabaco mediante avisos diseñados por el Ministerio de Salud y establecidos por decreto supremo.”. b) Intercálase el siguiente inciso segundo, pasando el actual segundo a ser tercero: “La prohibición indicada se extiende en los mismos términos y con los mismos efectos a la publicidad indirecta realizada a través de placement financiado por la industria del tabaco, donde se muestra en medios de comunicación masiva el consumo de productos y/o marcas de productos hechos de tabaco.” 4) Modifícase el artículo 4° del siguiente modo: a) Reemplázase, en su inciso primero, la frase “hechos con tabaco” por “de tabaco”. b) Reemplázase el inciso segundo por el siguiente: “Se prohíbe la venta de estos productos en aquellos lugares que se encuentren a menos de cien metros de distancia de los establecimientos de educación básica y media. La distancia se medirá desde cada puerta de acceso de los respectivos establecimientos, por aceras, calles y espacios de uso público.” c) Intercálase el siguiente inciso tercero, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto: “Se prohíbe la venta de productos de tabaco al interior de los establecimientos de salud, sean públicos o privados.”. 5) Sustitúyase en el artículo 5° la expresión “hechos con tabaco” por “de tabaco”. 6) Modifícase el artículo 6° del siguiente modo: a) Sustitúyese, en su inciso primero, la frase “de 12 meses” por la expresión “mínima de doce meses y máxima de veinticuatro meses”. b) Reemplázase en sus incisos primero y segundo la frase “hechos con tabaco” por “de tabaco”. c) Sustitúyase el inciso tercero, por el siguiente: “El decreto indicado establecerá entre dos y seis advertencias, que podrán ser diseñadas con dibujos o fotografías y leyendas. El referido decreto entrará en vigencia tres meses después de su publicación. Durante el plazo señalado en el inciso primero, éstas deberán figurar en toda la producción nacional o la importada destinada a su distribución dentro del territorio nacional, en forma simultánea.”. d) Intercálase los siguientes incisos cuarto y quinto, pasando el actual inciso cuarto a ser sexto: “Los productores, comercializadores o distribuidores deberán incorporar las advertencias en similares porcentajes en el total de los productos de tabaco que cada uno de ellos produzca, comercialice o distribuya. Para dicho fin, al inicio de la vigencia de las advertencias, informarán por escrito al Ministerio de Salud las cantidades de productos de tabaco respectivos y la distribución de las advertencias en ellos. Toda modificación a la información señalada deberá ser comunicada al Ministerio de Salud de inmediato. Si al entrar en vigencia las nuevas advertencias quedaran saldos en bodega con las advertencias anteriores, para su distribución se deberá solicitar autorización a la Autoridad Sanitaria que corresponda a la casa matriz del fabricante o importador. Esta excepción sólo podrá alcanzar hasta un monto equivalente a la producción distribuida durante el mes anterior.”. 7) Modifícase el artículo 7° de la siguiente manera: a) Reemplázase la frase “hechos con tabaco” por “de tabaco”. b) Agrégase el siguiente inciso segundo: “Habrá un plan nacional de educación sobre el tabaco y sus daños, el que deberá actualizarse al menos cada cinco años.”. 8) Reemplázase en el artículo 9° la frase “hechos con tabaco” por “de tabaco”. 9) Sustitúyese el artículo 10, por el siguiente: “Artículo 10.- Se prohíbe fumar en los siguientes lugares: a) Todo espacio cerrado que sea un lugar accesible al público o de uso comercial colectivo, independientemente de quien sea el propietario o de quien tenga derecho de acceso a ellos. b) Espacios cerrados o abiertos, públicos o privados, que correspondan a dependencias de: 1. Establecimientos de educación parvularia, básica y media. 2. Recintos donde se expendan combustibles. 3. Aquellos lugares en que se fabriquen, procesen, depositen o manipulen explosivos, materiales inflamables, medicamentos o alimentos. c) Medios de transporte de uso público o colectivo, incluyendo ascensores.”. 10) Sustitúyese el artículo 11, por el siguiente: “Artículo 11.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, se prohíbe fumar en los siguientes lugares, salvo en sus patios o espacios al aire libre: a) Establecimientos de educación superior, públicos y privados; b) Aeropuertos y terrapuertos; c) Teatros, cines, lugares en que se presenten espectáculos culturales y musicales; d) Centros de atención o de prestación de servicios abiertos al público en general; e) Supermercados, centros comerciales y demás establecimientos similares de libre acceso al público; f) Pubs, restaurantes, discotecas y casinos de juego; g) Establecimientos de salud, públicos y privados, exceptuándose los hospitales de internación siquiátrica que no cuenten con espacios al aire libre o cuyos pacientes no puedan acceder a ellos; h) Dependencias de órganos del Estado, e i) Gimnasios y recintos deportivos. Se deberán habilitar lugares especiales para fumadores en los casos indicados en las letras g) y h) de este artículo. Para dicho efecto, el director del establecimiento o el administrador general del mismo, será responsable de establecer un área claramente delimitada, procurando siempre que el humo de tabaco que se genere no alcance las dependencias internas de los establecimientos de que se trate. Con todo, siempre el director del establecimiento o su administrador general podrán determinar que se prohíba fumar en lugares abiertos de los establecimientos que dirijan o administren. 11) Derógase el artículo 12. 12) Derógase el artículo 13. 13) Modifícase el artículo 14 del siguiente modo: a) Intercálase el siguiente inciso primero: “En los lugares de acceso público, se deberán exhibir advertencias que prohíban fumar, las cuales deberán ser notoriamente visibles y comprensibles.”. b) Sustitúyese en su inciso primero, que ha pasado a ser segundo, la frase “hechos con tabaco” por “de tabaco”. 14) Modifícase el artículo 15, del siguiente modo: a) Suprímese la frase “Juez de Letras o” b) Sustitúyese en su inciso primero el vocablo “siguiente” por “tercero”. c) Intercálase el siguiente inciso segundo, quedando los siguientes incisos en orden correlativo: “Los inspectores de la municipalidad respectiva también fiscalizarán el cumplimiento de esta ley, y denunciarán ante los tribunales señalados en el inciso precedente, las infracciones que constaten.”. d) Derógase el inciso segundo de la ley vigente e) Para reemplazar el inciso tercero por el siguiente: “El juez de policía local que corresponda, será el facultado para imponer la sanción correspondiente, y contra su resolución procederán los recursos que franquea la ley. El procedimiento se sujetará a lo establecido en la ley N° 18.287.” f) Sustitúyase en su inciso final el vocablo “fiscal” por el término “municipal”. 15) Modifícase el artículo 16 del siguiente modo: a) Reemplázase, cada vez que se utiliza, la frase “hechos con tabaco” por “de tabaco”. b) Incorpórase un nuevo numeral 1), en el inciso primero, pasando los actuales 1) al 12) a ser 2) al 13), respectivamente, del siguiente tenor: 1) Multa de 3 a 50 unidades tributarias mensuales, y de 30 a 300 unidades tributarias mensuales, si la infracción es cometida por una persona natural o jurídica perteneciente a la industria tabacalera, por la venta, la compra para vender, la comercialización en cualquier forma, la distribución, el transporte y el almacenaje de productos de tabaco, de cualquier forma, clase o naturaleza, que no cumplan con las obligaciones legales en materia sanitaria, aduanera, tributaria y de propiedad intelectual. En estos casos, la multa procederá sin perjuicio de las sanciones penales que pudieren corresponder. Además, en caso de reincidencia, se decretará la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se hubiere cometido la infracción por un período de quince días.”. c) Modifícase el inciso primero del siguiente modo: i. Incorpórase a continuación del punto aparte (.) de la letra a) del numeral 2) -que ha pasado a ser 3)- de su inciso primero, que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: ”Además, en caso de reincidencia, se podrá decretar la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se cometió la infracción por un período de quince días.”. ii. Suprímese las letras c. y d. del numeral 2) -que ha pasado a ser 3)-, pasando la letra e. a ser c. iii. Agrégase la siguiente letra d. en el numeral 2) -que ha pasado a ser 3)- de su inciso primero: “d) Transgredir las normas acerca de los porcentajes de distribución de advertencias en productos de tabaco, de conformidad con lo establecido en el inciso cuarto del artículo 6°.”. iv. Incorpórase a continuación del punto aparte (.) del numeral 5), -que ha pasado a ser 6)- que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: “Además, en caso de reincidencia, se podrá decretar la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se cometió la infracción por un período de quince días.”. v. Derógase el numeral 7). vi. Incorpórase, en el numeral 8), a continuación del punto aparte (.), que pasó a ser punto seguido (.), la siguiente oración: “Además, en caso de reincidencia, se podrá decretar la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se cometió la infracción por un período de quince días.”. vii. Suprímase la letra a. del numeral 10). viii. Sustituyese en la letra b. del numeral 10), la oración “y en los lugares en que se permite hacerlo, en conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 13 por la siguiente: “en conformidad a lo dispuesto en el artículo 14”. ix. Reemplázase en el numeral 11) la frase “1 unidad tributaria mensual” por la siguiente “2 unidades tributarias mensuales”. x. Sustitúyese en el numeral 12) la oración “media unidad tributaria mensual” por la siguiente “2 unidades tributarias mensuales”. xi. Reemplázase en el numeral 12) la expresión “10, 11, 12 y 13” por la siguiente “10 y 11”. d) Sustitúyese el inciso tercero del artículo 16, por el siguiente: “En caso de reincidencia, se podrá aplicar el doble de la multa. Se considerará como reincidencia el incumplimiento reiterado de cualquiera de las normas de esta ley, esto es, dos o más infracciones cometidas en un plazo inferior a un año, contado desde la primera infracción.”.Disposiciones transitorias Artículo primero transitorio.- Esta ley entrará en vigencia el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.-o- Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de 4 y 18 de octubre, 8, 15 y 23 de noviembre, 13 y 19 de diciembre de 2011, y 10 de enero de 2012, con asistencia de los Diputados señores Enrique Accorsi Opazo, Juan Luis Castro González, José Antonio Kast Rist, Cristián Letelier Aguilar, Javier Macaya Danús, Nicolás Monckeberg Díaz, Manuel Monsalve Benavides, Marco Antonio Núñez Lozano, Karla Rubilar Barahona, Gabriel Silber Romo, Víctor Torres Jeldes, Marisol Turres Figueroa y Gastón Von Muhlenbrock Zamora. Asistieron, además, los Diputados Alberto Robles Pantoja, Issa Kort Garriga (en reemplazo de José Antonio Kast Rist), Leopoldo Pérez Lahsen (en reemplazo de Nicolás Monckeberg Díaz) y Ximena Vidal Lázaro (en reemplazo de Marco Antonio Núñez Lozano).Sala de la Comisión, a 10 de enero de 2012.(Fdo.): ANA MARÍA SKOKNIC DEFILIPPIS, Abogado Secretaria de la Comisión.”7. Primer Informe de la Comisión del Adulto Mayor referido al proyecto de ley que modifica el artículo 175 del Código Procesal Penal, señalando la obligación de denuncia de las personas que indica. (boletín N°7506-07).“Honorable Cámara:La Comisión Especial del Adulto Mayor, pasa a informar, en primer trámite constitucional y reglamentario, el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, originado en una moción de la Diputada señorita Marcela Sabat Fernández, con la adhesión de las diputadas señoras Marta Isasi Barbieri; Karla Rubilar Barahona y de los diputados señores Joaquín Godoy Ibáñez; Cristián Monckeberg Bruner; Sergio Ojeda Uribe; Leopoldo Pérez Lahsen; Jorge Sabag Villalobos; Alejandro Santana Tirachini y Víctor Torres Jeldes.Asistieron invitados por la Comisión a dar su opinión la señora Rosa Oyarce Suazo, Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, el señor Gonzalo Jaque Lara, Jefe de Gabinete de la Secretaria Regional y el señor René Zalaquett Pardo, Abogado Jefe de Sumario y Área de Defensa Judicial, de la misma Secretaría Regional Ministerial de Salud.Concurrió además, en representación de la Directora del SENAMA, la señorita Tania Mora Biere, Jefa de la División Jurídica del Servicio Nacional del Adulto Mayor.Asimismo, se hace presente que hizo llegar por intermedio del Presidente de la Comisión y a solicitud de éste, su opinión sobre el proyecto de ley en informe, el Fiscal Nacional del Ministerio Público, señor Sabas Chahuán Sarrás, el que se agrega como anexo al presente informe.I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS1. Idea matriz o fundamental del proyectoFacilitar la detección y castigo de los maltratos que afecten a los adultos mayores, estableciendo mecanismos de protección al adulto mayor, mediante la incorporación de la obligatoriedad de la denuncia para quienes estén a cargo de instituciones públicas o privadas donde éstos reciban atenciones o cuidados.2. Normas de quórum especialNo hay normas en tal carácter 3. Trámite de haciendaLas normas del proyecto no requieren de este trámite.4. Votación en general del proyectoLa Comisión aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus integrantes diputadas señoras Goic, Molina, Sabat y Zalaquett y diputados señores Letelier, Ojeda, Pérez, Sandoval (Presidente) y Silva.5. Diputada informanteLa Comisión designó Diputada informante a la autora del proyecto, señorita Marcela Sabat Fernández.-o-II. ANTECEDENTES- Fundamentos de la iniciativaSu autora hace presente que hay un desinterés social en relación al maltrato que sufren los adultos mayores, ya que no se valoran los aspectos positivos de la vejez, dificultando con ello la detección de los abusos de que son víctimas. Asimismo señala, que han proliferado conductas de maltrato contra los adultos mayores, quienes en la mayoría de los casos no denuncian los abusos de los que han sido víctimas, sea porque quienes los han cometido son los encargados de su cuidado, o bien porque desconocen las alternativas de protección o resguardo contempladas en nuestro ordenamiento.- Antecedentes Generales sobre el fenómeno del Maltrato al Adulto Mayor En todas las sociedades hay situaciones que permanecen ocultas porque no se repara suficientemente en ellas, o porque otras igualmente relevantes ocupan de manera más inmediata la atención de los gobiernos, medios de comunicación y de la opinión pública. Es lo que ha ocurrido con el fenómeno del maltrato a las personas mayores, que ha permanecido invisibilizado y que se ha perpetuado estructuralmente dentro de nuestra sociedad.El maltrato y la violencia contra las personas de edad se ha definido como cualquier acción u omisión que produce daño a una persona mayor y que vulnera el respeto a su dignidad y el ejercicio de sus derechos como persona; este puede adoptar muchas formas: física, psicológica, emocional, financiera y se produce en todas las esferas sociales, económicas, étnicas y geográficas. Se ejerce de manera activa o pasiva, y ocurre en distintos contextos; en el ámbito familiar, en las instituciones que prestan asistencia a los mayores y en la sociedad que los discrimina.Sólo en los últimos años y a partir de la II Asamblea Mundial sobre Envejecimiento de Naciones Unidas, así como el Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento, (Madrid, 2002), la comunidad internacional ha planteado el maltrato a los adultos mayores como una cuestión de derechos humanos, reconociéndolo como un problema social que afecta a las personas mayores a nivel mundial y que tiene profundas repercusiones psicológicas, sociales, médicas, jurídicas y éticas. A partir de allí en el ámbito internacional se generan múltiples iniciativas, investigaciones, redes mundiales, así como planes de prevención e intervención orientadas a erradicar el maltrato y a minimizar sus efectos.III. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTOEl proyecto consta de un artículo, mediante el cual se propone incorporar una letra f), nueva, al artículo 175 del Código Procesal Penal, la que establece la obligación de denuncia para las los directores, jefes o administradores de organismos públicos o privados, donde reciban atenciones o cuidados las personas adultas mayores, cuando existiese cualquier sospecha razonable de abuso, maltrato o abandono cometido contra éstas.IV. EXPOSICIONES ANTE LA COMISIÓN- Señora Rosa Oyarce Suazo, Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región MetropolitanaI. Precisión de conceptosa.- Señaló que mediante la modificación legal propuesta se propone incorporar la denuncia obligatoria respecto del maltrato, abuso o abandono cometido contra los adultos mayores, en el artículo 175 del Código Procesal Penal, el que en todos sus numerales establece la obligación de determinadas personas de denunciar hechos delictivos.Explicó que si bien el maltrato, abuso o abandono cometido contra los adultos mayores, son conductas reprochables socialmente, jurídicamente no son constitutivas de delitos, salvo que sus consecuencias sean delictuales, de allí que observa una cierta discordancia en el texto de la modificación con la norma donde esta se propone incorporar.- Figuras cercanas contempladas en la legislación referidas al abuso, maltrato o abandono del adulto mayor y su relación con la violencia intrafamiliar.Agregó que lo más cercano a las figuras mencionadas en la propuesta, es el actual artículo 352 del Código Penal, que tipifica el delito de abandono sólo cuando de éste se produzcan lesiones graves o la muerte del abandonado.Por otra parte, observó que existe, por aplicación de la Ley de Violencia Intrafamiliar, una agravante de responsabilidad respecto de delitos cuando estos son cometidos contra personas protegidas por la citada ley de violencia intrafamiliar, dentro de los que están contemplados los adultos mayores. Asimismo, existe una limitación para que el juez pueda calificar de leves, las faltas a que se refiere el artículo 494 N°5 del Código Penal, si ellas han sido sufridas por personas protegidas por la ley de violencia intrafamiliar, entre las cuales, como se explicó, están los adultos mayores.Finalmente y en el ámbito del maltrato patrimonial, se limita la procedencia de la excusa legal absolutoria contemplada en el artículo 489 del Código Penal si la víctima del hurto, defraudación o daño es un adulto mayor.b.- Por otra parte, observó, el proyecto se refiere a los directores, jefes o administradores de lugares donde reciban atención y cuidado adultos mayores, lo que limitaría la procedencia de esta denuncia obligatoria, sólo respecto de aquellos centros en que se den copulativamente ambos tipos de prestaciones.Agregó que los organismos públicos que dan “atenciones y cuidados” a los adultos mayores, ya están obligados a denunciar los delitos de que tomen conocimiento en el ejercicio de sus funciones. Ej. Centro de atención de salud pública, cualquiera sea su nivel (Hospital, consultorio, Cesfam, etc.), en virtud de la propia letra d) del artículo 175 del Código Procesal Penal, la que a su parecer, sería aplicable a los entes privados que presten dichas atenciones y cuidados.-Dificultades prácticasExplicó que si el centro privado es un Establecimiento de larga estadía para adultos mayores (ELEAM), y existe abuso maltrato o abandono delictual, lo que se estaría imponiendo es que el Jefe o administrador denuncie el actuar cometido en el local de su responsabilidad, lo que por cierto, se ve difícil que lo haga, por las consecuencias que eventualmente se derivarían para él en cuanto administrador, como asimismo, para el recinto a su cargo donde tuvo lugar el ilícito.- PropuestasHizo presente que un avance significativo en la protección de los adultos mayores, además de tipificar el delito de “abuso, maltrato y abandono”, describiendo las conductas que configuran tales verbos rectores, sería que cualquier persona que tenga sospecha razonable de que el delito se está cometiendo, este obligada a denunciar, es decir, instaurar una acción popular.- Comentarios finalesFinalmente, señaló que más allá de la tipificación y determinación de conductas penales en la materia, dable es preguntarse de que otra forma es posible complementar y mejorar la normativa respecto de la responsabilidad del Estado en la protección de adultos mayores con auto valencia limitada. En efecto, en la medida que aumenta la longevidad de los chilenos, se produce un aumento poblacional de adultos mayores y, con ello, un aumento de personas mayores que durante los últimos años de vida están solos.Agregó que, en estas circunstancias, hay que preguntarse cuál es la responsabilidad del Estado frente a estos casos y de qué forma potenciar y relevar las instancias de apoyo a estas personas, ya sea en lo material, como en aspectos médicos, sicológicos y afectivos.- Señora Tania Mora Biere, Jefa de la División Jurídica del Servicio Nacional del Adulto MayorExplicó que, en general, los diferentes numerales del artículo 175 del CPP, hacen referencia a funcionarios públicos y particulares que, en razón de su trabajo, tomen conocimiento de hechos delictuales. Marcando distancia de la técnica empleada por los restantes literales, la propuesta legal no emplea la voz “delito” para determinar el hecho que deberá ser denunciado por los directores, jefes o administradores de organismos públicos o privados donde reciban atenciones y cuidado las personas adultas mayores, sino los vocablos “abuso, maltrato o abandono”.Por razones de coherencia, señaló, pareciera necesario que el deber de denuncia se gatille en relación a “delitos” que se cometan contra adultos mayores en estos establecimientos y no meros “abusos, maltratos o abandonos”, pues estas figuras no constituyen, por sí mismas, tipos penales.En razón de lo anterior, podría pensarse en reemplazar de la iniciativa las expresiones “abuso, maltrato o abandono” por la voz “delito”.Destacó que con la actual regulación, sumada a la incorporación de esta nueva letra f) en el artículo 175 del Código Procesal Penal, los directores, jefes o administradores, de organismos públicos o privados, donde reciban atenciones y cuidado las personas adultas mayores, quedarían obligados a denunciar cualquier situación que constituyera violencia intrafamiliar en contra de éstos, por lo que no sería necesaria modificación alguna a dicha norma para estos efectos, ello en consideración de lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley N° 19.968 que crea los Tribunales de Familia, y que establece la obligación de denunciar respecto de las personas mencionadas en el artículo 175 del Código Procesal Penal los hechos constitutivos de violencia intrafamiliar.De esta forma, explicó, la inclusión de los directores, jefes o administradores, de organismos públicos o privados, donde reciban atenciones y cuidado adultos mayores, dentro del artículo 175 del Código Procesal Penal, como sujetos de la obligación de denunciar cualquier situación constitutiva de delito en contra de un adulto mayor, producirá que, en concordancia con el artículo 84 de la Ley N° 19.968, éstos tengan además la obligación de denunciar los hechos que pudieren constituir violencia intrafamiliar.Finalmente, expresó su acuerdo con lo señalado por la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, en orden a que los términos “atención y cuidado” copulativamente considerados pudiesen restringir la aplicación de la norma, por lo que SENAMA estaría de acuerdo en general con la modificación planteada por los Sres. Diputados, con las modificaciones pertinentes al texto, según lo ya explicado.V. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y ACUERDOS ADOPTADOS -Discusión y votación del proyecto 1. En generalLos integrantes de la Comisión valoraron la iniciativa en su propio mérito por cuanto representa un avance en los mecanismos de protección jurídica del adulto mayor y visualiza la grave situación de desamparo y maltrato que afecta principalmente a aquellos adultos mayores que no son auto valentes y/o que carecen de redes de apoyo.Además, hizo fuerza la idea destacada por la abogado del SENAMA, en el sentido de que con la aprobación de la modificación propuesta, los sujetos obligados a efectuar la denuncia estarán no sólo en situación de garante ante la comisión de delitos en general, sino también respecto de las situaciones de violencia intrafamiliar que sufran los adultos mayores, cubriendo en parte, el espectro de figuras denunciables de forma obligatoria que estaban contempladas en la propuesta original del proyecto.Sin embargo, y estando todos de acuerdo con la idea de legislar, igualmente estuvieron contestes en que era necesario introducir modificaciones al texto propuesto, recogiendo las observaciones formuladas por los expositores, con el propósito de dar coherencia a la modificación propuesta con el texto actualmente vigente y clarificar su interpretación respecto a los tipos de establecimientos o centros a los cuales se aplicará la norma.Todo ello, sin perjuicio reconocer la necesidad de abordar en forma singular, el maltrato, abuso y abandono del adulto mayor como un fenómeno social de relevancia, complejo en cuanto a sus manifestaciones y de necesaria regulación y reconocimiento a nivel legal.-VotaciónLa Comisión, en definitiva, en el entendido que acordarían sus integrantes una indicación en tal sentido, pero estando plenamente de acuerdo con la idea central de la iniciativa, aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus integrantes presentes Diputadas señoras Goic, Molina, Sabat y Zalaquett y diputados señores Letelier, Ojeda, Pérez, Sandoval (Presidente) y Silva.2. En particularLos integrantes de la Comisión estuvieron contestes respecto de la necesidad de sustituir el texto original del proyecto, con el objeto de recoger las observaciones formuladas por los invitados y el Fiscal Nacional, en el sentido de sustituir las expresiones “maltrato, abuso y abandono” por la palabra “delito”; y de precisar en el tipo de establecimientos a los que se aplicará la norma, esto es, cualquier organismo donde reciban atención y/o cuidado adultos mayores.En consecuencia, las Diputadas señoras Goic, Molina, Sabat y Zalaquett y los diputados señores Letelier, Ojeda, Pérez, Sandoval (Presidente) y Silva, presentaron una indicación que recoge los términos propuestos en la iniciativa en estudio, a saber:“Sustitúyese, el artículo único del proyecto de ley, por el siguiente:Artículo único: Agrégase la siguiente letra f) al artículo 175 del Código Procesal Penal:f) Los directores, jefes o administradores de organismos públicos o privados donde reciban atención y/o cuidado adultos mayores, cuando existiese sospecha razonable de delitos cometidos contra éstos.-o-Por las razones señaladas y consideraciones que expondrá la señorita Diputada Informante, la Comisión del Adulto Mayor recomienda aprobar el siguiente“PROYECTO DE LEYArtículo único: Agrégase la siguiente letra f) al artículo 175 del Código Procesal Penal:f) Los directores, jefes o administradores de organismos públicos o privados donde reciban atención y/o cuidado adultos mayores, cuando existiese sospecha razonable de delitos cometidos contra éstos.Se designó Diputada Informante a la señorita Marcela Sabat Fernández.Tratado y acordado según consta en las actas de las sesiones celebradas los días 3 y 10 de enero de 2012, con la asistencia de las siguientes señoras diputadas y señores diputados: Carolina Goic Boroevic; Marcos Espinoza Monardes, Cristián Letelier Aguilar, Andrea Molina Oliva, Sergio Ojeda Uribe, Leopoldo Pérez Lahsen, Marcela Sabat Fernández, David Sandoval Plaza, Ernesto Silva Méndez y Mónica Zalaquett Said. Sala de la Comisión, a 13 de Enero de 2012(Fdo.): LUIS ROJAS GALLARDO, Abogado Secretario (A) de la Comisión.”8. Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recaído en el proyecto que regula el plazo de vigencia de las tarjetas de prepago de las empresas de telefonía móvil. (boletín 7.738-03*).“Honorable Cámara: La Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo pasa a informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en una moción de la Diputada señora Sepúlveda y de los diputados señores Rincón, De Urresti, Farías, Hasbún, Jiménez, Latorre, Meza, Ortiz y Ward.I. CONSTANCIAS PREVIAS. 1. Idea matriz o fundamental del proyecto.Obligar a las empresas a informar el plazo de vigencia de las tarjetas de prepago de telefonía celular y establecer su mínimo legal. 2. Normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado. No hay. 3. Trámite de hacienda. No requiere.4. El proyecto fue aprobado, en general, por unanimidad. Votaron a favor los diputados señores Gonzalo Arenas (Presidente), Guillermo Ceroni, Fuad Chahín, José Manuel Edwards, Felipe Harboe (en reemplazo de la diputada señora Cristina Girardi), Carlos Montes, José Miguel Ortiz (en reemplazo del diputado Patricio Vallespín), Joaquín Tuma, Enrique Van Rysselberghe y Pedro Velásquez. 5. Se designó diputado informante al señor Ricardo Rincón. La Comisión contó con la asistencia y colaboración de la señora Daniela González, jefa de gabinete del Subsecretario de Telecomunicaciones.II. ANTECEDENTES. La moción informa que la telefonía móvil es un tipo de Servicio de Telefonía Pública Básica Conmutada (TPBC) y que el sistema de prepago de servicios de telefonía móvil, por su parte, comúnmente conocido como "tarjeta de prepago", es cualquier medio impreso o electrónico que, mediante el uso de claves de acceso u otros sistemas de identificación, permite a un usuario acceder a una capacidad predeterminada de servicios de telecomunicaciones que ha adquirido en forma anticipada. Este servicio de prepago de telefonía móvil supone el pago previo de los servicios de telefonía móvil por parte del cliente o usuario. Como contraprestación a dicho pago, el prestador del servicio o compañía le asegura un tiempo de comunicación variable, según el monto prepagado.Actualmente, los minutos de comunicación contratados deben, necesariamente, ser utilizados o consumidos totalmente dentro de un determinado plazo, también variable, que se cuenta desde la fecha de activación de la tarjeta. Este plazo -conocido como plazo de vigencia- varía, generalmente, según la cantidad de minutos contratados. A mayor cantidad de minutos, mayor es el tiempo para utilizarlos. Al vencimiento de éste, utilizados que sean o no los minutos, éstos caducan. Los plazos de vencimiento son fijados libremente por la compañía de telefonía móvil, limitándose el usuario a aceptar o no tales condiciones. Ello, en virtud de un contrato de adhesión, en el cual las cláusulas del mismo son establecidas por una sola de las partes, la compañía, limitándose la otra a aceptarlas o rechazarlas.La telefonía móvil y su sistema de prepago reconocen como marco regulatorio la Ley General de Telecomunicaciones N° 18.168, y el Reglamento de Servicio Público Telefónico, dictado por el decreto supremo N° 425 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. El primero norma, de manera general, los diversos sistemas de telecomunicaciones, distinguiendo entre servicios de libre recepción o radiodifusión; servicios públicos de telecomunicaciones; servicios limitados de telecomunicaciones; servicios de aficionados, y servicios intermedios de telecomunicaciones. El segundo regula de manera particular el Servicio Público Telefónico, estableciendo los derechos y obligaciones de los suscriptores, respecto de las compañías telefónicas, con motivo de la contratación y uso de dicho servicio. Sin perjuicio de dichos cuerpos normativos, rigen también al servicio de telefonía móvil las normas contenidas en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, N° 19.496, cuyas disposiciones son aplicables en todo aquello que no se oponga a la normativa especial contenida en los cuerpos legales individualizados precedentemente.El marco regulatorio descrito no considera ninguna norma destinada a regular el plazo de vigencia fijado por las empresas de telefonía móvil, otorgando absoluta libertad a éstas para fijar aquél según sus propios criterios económicos. En efecto, ni la Ley General de Telecomunicaciones, ni el Reglamento de Aplicación sobre Servicio Público Telefónico contienen disposición alguna sobre este punto. Sólo tangencial y subsidiariamente se aplicarían a la relación de consumo entre el prestador del servicio y sus consumidores, las normas relativas a información y publicidad, consagradas en el párrafo 1° del título Hl de la LPC. Sin embargo, estas normas sólo obligan a los prestadores de servicios de prepago de telefonía móvil a proporcionar a sus clientes una completa información sobre las características relevantes del bien o servicio, y nada dicen sobre la caducidad de los minutos por vencimiento del plazo.Si bien el establecimiento de plazos de caducidad de los minutos no constituye, por sí solo, un hecho reprochable, si lo es el enriquecimiento ilícito en que incurrirían las compañías al percibir por anticipado el pago de tarifas de telefonía móvil cuyo uso ve limitado el cliente por la caducidad de los minutos asignados. El enriquecimiento sin causa es un cuasicontrato y, por tanto, fuente de obligaciones, además es un principio del Derecho Civil que cruza toda nuestra legislación. Ahora bien, desde la perspectiva del cliente, la caducidad de los minutos o el vencimiento del plazo asignado para su uso se traduce en la imposibilidad de éste de utilizar un servicio prepagado. No se duda de la necesidad del establecimiento de un plazo de vencimiento o de caducidad que otorgue certeza jurídica y económica a las partes de la relación de consumo del servicio en comento, sin embargo, dicho plazo debe ser reflejo de un equilibrio en las relaciones entre consumidores y usuarios y no una manifestación clara de una imposición de la parte más fuerte de un contrato de adhesión, que deja de manifiesto la vulnerabilidad de los consumidores. Superar tal desequilibrio pasa por normar legalmente dos aspectos del servicio de prepago de telefonía móvil: a) el plazo de vigencia de los minutos, estableciendo un mínimo legal; y b) la información sobre el plazo de vigencia, estableciendo legalmente las características que dicha información debe poseer.La moción concluye que la legislación regulatoria de los servicios de telefonía no considera normas especiales para el servicio detallado, por lo que cualquier consideración normativa para regular los aspectos descritos pasaría por modificar la ley de protección de los derechos de los consumidores, texto que, respecto de otros servicios análogos, ha dispuesto, en ocasiones, normas específicas destinadas a proteger a los consumidores ante su vulnerabilidad frente a los proveedores. Por coherencia legislativa, los aspectos a regular debieran incorporarse a continuación del artículo 25 de la citada ley, ya que esta norma regula la suspensión y paralización de servicios previamente contratados.Los autores creen que este tipo de situaciones debe terminarse. El costo del minuto de telefonía de prepago es 400% más caro que el minuto de teléfonos con contrato, lo cual les parece excesivo. Avanzar en otorgar mejores condiciones de vida a todos los chilenos, implica también preocuparse de terminar con estas injusticias, que no sólo son contrarias a los principios inspiradores del Código Civil, sino que también repercuten en los bolsillos de las personas de menores recursos económicos.III. INTERVENCIÓN. Doña Daniela González, jefa de gabinete del Subsecretario de Telecomunicaciones, aclaró que la moción pretende modificar la ley sobre protección de los derechos de los consumidores, en circunstancias que corresponde realizar cambios en la legislación específica de telecomunicaciones.El tema central sobre la duración de la tarjeta de llamados de prepago es materia que conoce la Subsecretaría que representa y debe mostrar consistencia con la duración de la asignación de los números telefónicos. A este respecto, informó que son seis los meses que se cuentan de no uso de un determinado número para que éste quede liberado, sugiriendo tal plazo para la moción, que exige un mínimo de un año.Explicó que actualmente la Subsecretaría trabaja en un proyecto de reforma al reglamento de servicios de telecomunicaciones, para el cual se han realizado numerosas consultas públicas. Aunque comparte la conclusión de que es necesario que exista un mecanismo para evitar que las tarjetas caduquen tan rápidamente, difiere de la instancia para establecerlo. A su juicio, ésta debería ser el reglamento, el cual sería dictado a fines de febrero. Admitió que no existen impedimentos técnicos para que una tarjeta no tenga fecha de vencimiento. Sin embargo, los altos precios del mercado de prepago requieren urgentemente de mayor competencia. Junto al ingreso de nuevos actores este año, la señora González consideró que eliminar una de las variables de la oferta, como es el plazo de vigencia, puede repercutir negativamente en la competitividad del mercado.IV. DISCUSIÓN DEL PROYECTO. A) Discusión general. Teniendo en vista las consideraciones y argumentos contenidos en la moción, los señores diputados fueron del parecer de aprobar la idea de legislar sobre la materia. Se estimó que en la actualidad se está produciendo un verdadero enriquecimiento sin causa ante la imposibilidad del cliente de usar un servicio prepagado, luego del vencimiento del exiguo plazo establecido en un contrato de adhesión. Aparece adecuado defender al consumidor de los evidentes abusos de cobro por servicios no efectivamente prestados, teniendo presente, además, que la tarifa por minuto es cuatro veces más cara bajo esta modalidad que para los clientes con plan. Se consideró, por último, que frente a la tardanza del Ejecutivo en abordar esta situación por la vía reglamentaria, una norma de rango legal que la regulara sería igualmente efectiva, confiriendo mayor fuerza incluso. Puesta en votación general la idea de legislar respecto de esta moción, se APRUEBA por unanimidad. B) Discusión particular.Artículo único. Esta norma que mediante la incorporación de un artículo 25 bis en la ley N° 19.496 obliga a los proveedores de servicios de telefonía móvil de prepago a informar al público el plazo dispuesto para el uso de la capacidad predeterminada de servicio contratado, y establece que el plazo de vigencia no podrá ser inferior a un año contado a partir del primer uso, fue objeto de una indicación de los diputados Arenas, Ceroni, Chahín, Harboe, Montes, Ortiz, Tuma, Van Rysselberghe y Velásquez, que busca aclarar que el plazo de un año corre solamente para el caso de no usarse el saldo, y asociar una sanción máxima de 150 unidades tributarias mensuales al incumplimiento de esta obligación legal. Este artículo, con la indicación, fue aprobado por nueve votos a favor y una abstención. Votaron a favor los diputados Arenas, Ceroni, Chahín, Harboe, Montes, Ortiz, Tuma, Van Rysselberghe y Velásquez. Se abstuvo el Diputado Edwards. C) Artículos e indicaciones rechazadas por la comisión. No hay. -o- Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las demás consideraciones que en su oportunidad dará a conocer el señor Diputado Informante, la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recomienda aprobar el siguiente“PROYECTO DE LEY “Articulo único.- Agrégase en la ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, el siguiente artículo 25 bis:“Artículo 25 bis.- Los proveedores de servicios de telefonía móvil de prepago deberán informar al público el plazo dispuesto para la utilización de la capacidad predeterminada de servicio contratado. El referido plazo de vigencia no podrá ser inferior a un año, sin perjuicio que éste pueda vencer en forma anticipada por el uso total y efectivo del señalado servicio.La infracción a lo preceptuado en el inciso anterior se sancionará con multa de hasta 150 unidades tributarias mensuales.”.”.-o- Sala de la Comisión, a 16 de enero de 2012. Tratado y acordado en sesión celebrada el 10 de enero de 2012, con asistencia de los diputados señores Gonzalo Arenas (presidente), Guillermo Ceroni, Fuad Chahín, José Manuel Edwards, Felipe Harboe, Carlos Montes, José Miguel Ortiz, Frank Sauerbaum, Joaquín Tuma, Enrique Van Rysselberghe y Pedro Velásquez. Se realizaron dos reemplazos temporales: el Diputado señor Felipe Harboe por la Diputada señora Cristina Girardi, y el Diputado señor José Miguel Ortiz por el Diputado señor Patricio Vallespín.(Fdo.): ROBERTO FUENTES INNOCENTI, Secretario de la Comisión.”9. Primer Informe de la Comisión de Familia referido al proyecto de ley que modifica normas en materia de nulidad del reconocimiento de la paternidad por vicios del consentimiento. (boletín N°7650-18)“Honorable Cámara: La Comisión de Familia, pasa a informar, en primer trámite constitucional y reglamentario, el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, originado en una moción de la Diputada señora Mónica Zalaquett y que cuenta con la adhesión de las diputadas señoras María Angélica Cristi Marfil, Carolina Goic Boroevic, María José Hoffmann Opazo, Adriana Muñoz D’Albora, Karla Rubilar Barahona y María Antonieta Saa Díaz y de los diputados señores José Manuel Edwards Silva, Gustavo Hasbún Selume y Felipe Ward Edwards. Asistió para dar su opinión sobre el proyecto el Juez de Familia de Valparaíso, señor Germán Núñez Romero.I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS 1.- IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO Resguardar el derecho a la identidad biológica de los padres respecto de sus hijos flexibilizando las posibilidades de acción ante un acto de reconocimiento viciado, evitando así que se vean obligados a seguir cumpliendo las obligaciones derivadas de una filiación erróneamente determinada. 2.- NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL No hay normas en tal carácter 3.- TRÁMITE DE HACIENDA: Las normas del proyecto no requieren de este trámite. 4.- VOTACIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO La Comisión aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus integrantes presentes, señoras Cristi, Goic, Hoffman, Sabat y Zalaquett y los señores Barros, Bauer, Sabag y Schilling. 5.- DIPUTADA INFORMANTE La Presidenta de la Comisión, Diputada señora Mónica Zalaquett Said.-o-II. ANTECEDENTES 1.- De hecho -Fundamentos de la iniciativa En palabras de los autores del proyecto, el derecho a la identidad biológica es un principio inspirador en materia de filiación, por ende, la ley debe proveer los mecanismos para su resguardo, tanto desde la perspectiva del derecho de todo niño a conocer su origen, como del derecho de todo padre o madre a conocer a quienes han procreado. En la misma lógica, plantean que el plazo de prescripción establecido en la ley para interponer la acción de nulidad del acto de reconocimiento pugna con el principio ya referido, pues muchas veces el padre que ha reconocido a un hijo, se entera con posterioridad que en realidad éste no es biológicamente su hijo, quedando en la indefensión por la prescripción de la acción de nulidad contemplada en el artículo 202 del Código Civil. 2.- De derecho La filiación legalmente determinada produce los siguientes efectos civiles:- La autoridad paterna, esto es, el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o a la madre sobre la persona de sus hijos (Título IX del Libro I, artículos 222 y siguientes del Código Civil); - La patria potestad, es decir, el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o a la madre sobre los bienes de sus hijos no emancipados (Título X del Libro I, artículos 243 y siguientes del Código Civil);- Derecho de alimentos (artículos 321 y siguientes).- Derechos hereditarios recíprocos.Los efectos de la filiación se retrotraen a la fecha de la concepción, sin perjuicio de la prescripción de los derechos y acciones correspondientes y los derechos adquiridos por terceros con anterioridad a su determinación.El reconocimiento es una forma voluntaria y extrajudicial de determinación de la paternidad y de la maternidad. Se encuentra regulado en el párrafo 4 del Título VII, “De la determinación de la filiación no matrimonial”, en los artículos 187 y siguientes. Entre las características del reconocimiento, destaca su irrevocabilidad, lo que implica que no puede ser dejado sin efecto por quien lo realiza, de allí que si bien puede ser impugnado, la acción de impugnación sólo le corresponde al hijo reconocido o a cualquier otra persona que tenga interés actual en ello, pero nunca al padre que lo realizó, sin perjuicio de la acción de nulidad, según se explicará.En cuanto acto jurídico, el reconocimiento debe cumplir con los requisitos de existencia y validez que le son propios, y respecto de los cuales se aplican las reglas generales, es decir, la no concurrencia de éstos acarreará la inexistencia del acto o su nulidad, respectivamente.En cuanto a la nulidad deberá ser absoluta o relativa, según la causal que concurra y conforme a la reglas generales, las que sufren sólo una excepción en materia de reconocimiento, en el artículo 202: la acción para impetrar la nulidad del acto del reconocimiento por vicios de la voluntad, prescribe en un año, y no en cuatro como lo establece el artículo 1684 respecto de la nulidad relativa. Este plazo se aplica respecto de todos los vicios del consentimiento que puedan afectar al reconocimiento, pero el plazo de un año rige en caso de error desde el otorgamiento del acto y en el caso de fuerza, desde que ésta hubiere cesado.III. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El proyecto consta de un artículo único mediante el cual se modifica el artículo 202 del Código Civil, en el sentido de señalar expresamente que en caso de error en el reconocimiento, el plazo se contará a partir desde que se hubiere reparado en éste. El texto propuesto para el artículo es el siguiente: "La acción para impetrar la nulidad del acto de reconocimiento por vicios de la voluntad prescribirá en el plazo de un año, contado desde la fecha de su otorgamiento y en el caso del error o fuerza desde que éste hubiere desaparecido o ésta cesado."IV. EXPOSICIÓN ANTE LA COMISIÓN - Señor Germán Núñez Romero, Juez de Familia de ValparaísoSeñaló que mediante el proyecto de ley se modifica la forma de computar el plazo de la acción de nulidad de reconocimiento para evitar su prescripción, lo que desde su perspectiva le parece una solución adecuada.Explicó que en esta materia, lo más sensato es que el plazo (que ya es breve y perentorio) se cuente desde que se ha reparado en el error y no desde el acto de reconocimiento, pues con ello se evita la indefensión de los padres que sólo después de ha transcurrido mucho tiempo desde el reconocimiento, se han dado cuenta que este está fundado en un error.Agregó que la existencia de plazos en derecho, es precisamente para consolidar determinadas situaciones jurídicas, y en materia de filiación cobran especial relevancia para amparar el estado civil de una persona y las consecuencias que de su determinación se siguen.SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y ACUERDOS ADOPTADOS -Discusión y votación del proyecto 1.- EN GENERAL Y EN PARTICULAR A LA VEZ Los integrantes de la Comisión valoraron la iniciativa en su propio mérito por cuanto otorga una mayor flexibilidad en la forma de computar el plazo para el ejercicio de la única acción que tiene el padre que ha reconocido a un hijo por error. En efecto, las dos vías para dejar sin efecto un reconocimiento son, por una parte, la acción de nulidad ya referida, y por otra, la acción de impugnación, cuya legitimación activa está restringida sólo al hijo reconocido o a cualquier tercero que tenga interés en ello. -Votación Por lo anterior, la Comisión aprobó el proyecto en general y particular a la vez, por la unanimidad de sus integrantes presentes, diputadas señoras Cristi, Goic, Hoffman, Sabat y Zalaquett y los diputados señores Barros, Bauer, Sabag y Schilling.-o- Por las razones señaladas y consideraciones que expondrá la señorita Diputada Informante, la Comisión de Familia recomienda aprobar el siguientePROYECTO DE LEY ARTÍCULO ÚNICO: Reemplázase el artículo 202 del Código Civil, por el siguiente: "Art. 202. La acción para impetrar la nulidad del acto de reconocimiento por vicios de la voluntad prescribirá en el plazo de un año, contado desde la fecha de su otorgamiento y en el caso del error o fuerza desde que éste hubiere desaparecido o ésta cesado.". Se designó Diputada Informante a la Presidenta de la Comisión, Diputada señora Mónica Zalaquett Said Tratado y acordado según consta en las actas de las sesiones celebradas los días 4 y 11 de enero de 2012, con la asistencia de las siguientes señoras diputadas y señores diputados Ramón Barros Montero, Eugenio Bauer Jouanne, María Angélica Cristi Marfil, Carolina Goic Boreoevic, María José Hoffman Opazo, María Antonieta Saa Díaz, Marcela Sabat Fernández, Jorge Sabag Villalobos, Marcelo Schilling Rodríguez y Mónica Zalaquett Said (Presidenta). Sala de la Comisión, a 16 de Enero de 2012 (Fdo.): LUIS ROJAS GALLARDO, Abogado Secretario (A) de la Comisión”.10. Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones acerca del proyecto que establece el fortalecimiento de la radiodifusión regional y local. (boletín N°7931-15) (S)“Honorable Cámara:Vuestra Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones pasa a informaros acerca del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en una moción del H. Senador señor Carlos Cantero, relativo al fortalecimiento de la radiodifusión regional y local.El proyecto tiene por objeto prorrogar la vigencia del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, de 2009, por la que se modificó el sistema de otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, extendiendo el plazo legal estipulado de tres años a seis años, para que una mayor cantidad de radiodifusores que tienen una emisora AM con mayor antigüedad y no posean una concesión FM en la misma plaza, puedan postular a los concursos de FM y hacer valer su derecho preferente ante otros postulantes para acceder a una concesión FM en la misma plaza.Constancias reglamentarias.Para los efectos previstos en el artículo 289 del Reglamento de la Corporación, se hace constar lo siguiente:1) No hay artículos nuevos.2) El proyecto no contiene normas de quórum calificado.3) El proyecto no contiene normas que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.4) El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad de los Diputados presentes señores García, don René Manuel; Hasbún, don Gustavo; Latorre, don Juan Carlos; Meza, don Fernando; Pacheco, doña Clemira; Pérez, don Leopoldo; Tuma, don Joaquín y Venegas, don Mario.5) Diputado Informante: Venegas, don Mario.-o-La Comisión contó con la asistencia y colaboración del jefe de la división jurídica de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, señor Roberto Von Bennewitz.I. MINUTA DE LOS FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.En la Moción que da origen a esta iniciativa legal se señala que con fecha 6 de Febrero de 2009, se publicó la ley N°20.335 que modificó el sistema de asignación de concesiones de radiodifusión sonora.Con el objeto de “preservar la implantación regional y local de la radiodifusión y que dicha implantación no expire ante una excesiva concentración de este mercado en unas pocas manos”, se reconoce un derecho preferente a las emisoras AM con mayor antigüedad en la misma plaza.Se plantea que para acceder a dicho beneficio, los concesionarios de frecuencia AM que no posean una concesión de FM en la misma plaza, puedan postular a los concursos de FM y hacer valer su derecho preferente ante otros postulantes.Sin embargo, la mencionada ley N°20.335, acotó este beneficio a sólo 3 años desde su entrada en vigencia, por estimarse en su momento que el plazo establecido, era un tiempo prudente para que los radiodifusores AM pudiesen hacer uso del mismo, situación que ha ocurrido sólo en tres casos a la fecha.II. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.El proyecto aprobado por el Senado, se encuentra estructurado en un artículo único que reemplaza en el inciso primero y final del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, la expresión “tres años” por “seis años”, con el objeto de prorrogar el sistema de otorgamiento de las concesiones de radiodifusión sonora, para que los concesionarios de frecuencia AM que no posean una concesión FM en la misma plaza, pueden postular a los concursos de FM y hacer valer su derecho preferente ante otros postulantes.III. ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO. El artículo único no contiene este tipo de norma.IV. ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.No los hay.V. ARTÍCULOS O INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN.No los hay.VI. ADICIONES O ENMIENDAS APROBADAS POR LA COMISIÓN.No los hay.VII. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR DEL PROYECTO.El jefe de la división jurídica de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, señor Roberto Von Bennewitz, expuso el parecer del Ejecutivo respecto de la iniciativa en informe.Explicó que el artículo transitorio de la ley N° 20.335, tuvo como fundamento incorporar como nuevo criterio para la asignación de una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, el factor de antigüedad en la plaza para los poseedores de una concesión de amplitud modulada, ante postulantes que se encontrasen en igualdad de condiciones técnicas, reemplazando así las inequidades que se producían con antelación a dicha ley, donde en caso de igualdad técnica entre los proyectos presentados por los concursantes, el criterio de desempate era la licitación, lo que claramente beneficiaba a los conglomerados radiales, dado su mayor poder económico.Por lo tanto, el instrumento legal cuya vigencia se busca prorrogar, cede en beneficio de los concesionarios de amplitud modulada, en caso de igualdad técnica de sus proyectos con otros postulantes, la posibilidad cierta de migrar transmisiones a la frecuencia modulada.Destacó que la categoría AM está fuertemente deprimida, dadas sus limitaciones técnicas en la calidad de las emisiones, reducción del número de receptores y traslado de las audiencias a la frecuencia modulada, todo lo cual, ha reducido fuertemente su participación en el mercado publicitario, fuente básica de financiamiento de la industria radial, lo que pone en riesgo la sobrevivencia no sólo de sus inversionistas, sino también la continuidad laboral de sus dependientes.Finalmente puntualizó, que hasta la fecha en solo tres ocasiones se ha aplicado la actual norma para resolver concursos por empate técnico, a saber: en el 2° Concurso de 2009, para asignar la concesión de la frecuencia 100.9 MHz a la Sociedad Radiodifusora Luis Álvarez Sierra Ltda., de Illapel; en el 3° Concurso de 2009, para asignar la frecuencia 102.9 MHz a la Sociedad Radiodifusora Rancagua Ltda., y en el 2° concurso de 2010, para la asignación de la frecuencia 89.5 MHz a Radio Portales de Valparaíso S.A.-Puesto el proyecto en votación en general y en particular, fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes señores García, don René Manuel; Hasbún, don Gustavo; Latorre, don Juan Carlos; Meza, don Fernando; Pacheco, doña Clemira; Pérez, don Leopoldo; Tuma, don Joaquín y Venegas, don Mario.VIII. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO.En mérito de las consideraciones anteriores y de las que, en su oportunidad, os podrá añadir el señor Diputado informante, vuestra Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, os recomienda la aprobación del siguientePROYECTO DE LEY“Artículo único.- Reemplázase, en los incisos primero y final del artículo transitorio de la ley Nº 20.335, la expresión “tres años” por “seis años”.”.Se designó Diputado Informante al señor Mario Venegas Cárdenas.Sala de la Comisión, 11 de enero de 2012.Tratado y acordado, conforme se consigna en el acta de fecha 10 de enero de 2012, con la asistencia de los Diputados señores Hasbún, don Gustavo (Presidente); Bobadilla, don Sergio; García, don René Manuel; Hernández, don Javier; Latorre, don Juan Carlos; Meza, don Fernando; Norambuena, don Iván; Pacheco, doña Clemira; Pérez, don Leopoldo; Tuma, don Joaquín y Venegas, don Mario.(Fdo.): PATRICIO ÁLVAREZ VALENZUELA, Secretario de la Comisión.”11. Segundo Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, recaído en el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de contrato de trabajo por obra o faena. (boletín N° 7691-13-2).“Honorable Cámara:Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar, en segundo trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los Diputados señores Andrade, don Osvaldo; Becker, don Germán; Browne, don Pedro; Edwards, don José Manuel; García, don René Manuel; Jiménez, don Tucapel; Monckeberg, don Nicolás; Pérez, don Leopoldo; Sauerbaum, don Frank y Walker, don Matías, que modifica el Código del Trabajo en materia de contrato de trabajo por obra o faena.A las sesiones que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal, en este segundo trámite reglamentario, asistieron la señora Ministra del Trabajo y Previsión Social, doña Evelyn Matthei Fornet, y el asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, don Francisco Del Río Correa.I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.1. Origen y urgencia. La iniciativa tuvo su origen en una moción de los Diputados señores Andrade, don Osvaldo; Becker, don Germán; Browne, don Pedro; Edwards, don José Manuel; García, don René Manuel; Jiménez, don Tucapel; Monckeberg, don Nicolás; Pérez, don Leopoldo; Sauerbaum, don Frank y Walker, don Matías, sin urgencia durante su tramitación.2. Discusión particular.La indicación presentada en la Sala fue rechazada, por 2 votos a favor, 8 en contra y 1 abstención.(Votaron a favor el señor Baltolu, don Nino, y Kort, don Issa. En contra lo hicieron las señoras Goic, doña Carolina, y Muñoz, doña Adriana, y los señores Andrade, don Osvaldo; Bertolino, don Mario; Jiménez, don Tucapel; Monckeberg, don Nicolás; Saffirio, don René, y Vilches, don Carlos. Se abstuvo la señora Nogueira, doña Claudia).3. Disposiciones calificadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.En relación con esta materia, a juicio de vuestra Comisión, no existen en el proyecto que se somete a consideración de la Sala normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales ni que requieran ser aprobadas con quórum calificado.4. Diputado Informante.La Comisión designó al señor Monckeberg, don Nicolás, en tal calidad.II. ANTECEDENTES GENERALES.En la sesión 82ª celebrada el 12 de septiembre de 2011, la Sala de la Corporación prestó su aprobación, en general al proyecto en Informe y, acogiendo una indicación del señor Silva, don Ernesto, lo remitió a esta Comisión para un Segundo Informe.El proyecto de que se trata apunta a modificar el Código del Trabajo en lo relativo al contrato de trabajo por obra o faena, introduciendo una presunción legal de lo que debe entenderse por tal, con el objeto de evitar eventuales malas prácticas laborales destinadas a disfrazar contratos indefinidos como contratos por obra o faena.En atención a lo expuesto, la presente iniciativa introduce modificaciones al artículo 159 del Código del Trabajo, en el sentido de presumir legalmente cuando un contrato por obra o faena debe entenderse como indefinido.Además, contiene un artículo transitorio por medio del cual se establece que la presunción legal que se consagra sólo puede invocarse cuando los servicios del trabajador se hayan prestado en su totalidad a contar de la fecha de vigencia de la presente ley.-o-En conformidad con lo preceptuado por el artículo 288 del Reglamento de la Corporación, en este informe corresponde consignar:III. ARTÍCULOS QUE NO HAYAN SIDO OBJETO DE INDICACIONES NI DE MODIFICACIONES PARA LOS EFECTOS DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 131, INDICANDO CUALES DE ELLOS CONTIENEN MATERIAS QUE DEBEN SER APROBADAS CON QUÓRUM ESPECIAL, PARA LOS EFECTOS DE SU VOTACIÓN EN PARTICULAR.En dicha situación se encuentra el artículo transitorio de esta iniciativa legal, el que no necesita, para su aprobación, de quórum especial.IV. ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUÓRUM CALIFICADO.En relación con esta materia, a juicio de vuestra Comisión, no existen en el proyecto que se somete a consideración de la Sala normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales, ni que requieran ser aprobadas con quórum calificado.V. ARTÍCULOS SUPRIMIDOS.No existen artículos en tal calidad.VI. ARTÍCULOS MODIFICADOS.No existen artículos modificados.VII. ARTÍCULOS NUEVOS INTRODUCIDOS.No hay artículos en tal calidad.VIII. ARTÍCULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISIÓN QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.A juicio de la Comisión, el proyecto no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.IX. INDICACIONES RECHAZADAS.Se encuentra en tal condición la indicación presentada por el Diputado señor Silva, don Ernesto, la que fue rechazada, sin discusión, por 2 votos a favor, 8 en contra y 1 abstención.(Votaron a favor el señor Baltolu, don Nino, y Kort, don Issa. En contra lo hicieron las señoras Goic, doña Carolina, y Muñoz, doña Adriana, y los señores Andrade, don Osvaldo; Bertolino, don Mario; Jiménez, don Tucapel; Monckeberg, don Nicolás; Saffirio, don René, y Vilches, don Carlos. Se abstuvo la señora Nogueira, doña Claudia).Dicha indicación señalaba lo siguiente:Reemplácese el inciso primero del artículo único, por el siguiente:“Se presumirá legalmente que el plazo del contrato es indefinido cuando el trabajador ha prestado servicios continuos o discontinuos, en tres o más obras o faenas específicas, para un mismo empleador, durante 240 días o más en un lapso de 12 meses, contados desde la primera contratación.”.Durante este trámite, el Ejecutivo presentó una propuesta para ser patrocinada por alguna o algún señor Diputado, en virtud de que, a su juicio, la redacción actual del articulado no precisa con claridad en qué tipo de contrato se deben haber prestado servicios en las obras o faenas, como, asimismo, ella no precisa si la presunción contra un empleador se gatilla o no si el mismo trabajador ha prestado servicios en períodos intermedios a otro empleador, la que no fue acogida por la Comisión, insistiendo en la redacción primitiva de su texto.X. TEXTO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE EL PROYECTO MODIFIQUE O DEROGUE.El proyecto, que se somete a consideración de la Sala, modifica el numeral 5 del artículo 159 del Código del Trabajo, del siguiente tenor:“Artículo 159. El contrato de trabajo terminará en los siguientes casos:5. Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.”.-o-Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social os recomienda la aprobación del siguiente:PROYECTO DE LEY:“Artículo único.- Agrégase, en el artículo 159 N° 5 del Código del Trabajo, los siguientes incisos, nuevos:“Se presumirá legalmente que el plazo del contrato es indefinido cuando el trabajador ha prestado servicios continuos o discontinuos en diversas obras o faenas específicas para un mismo empleador durante 240 días o más en un lapso de 12 meses, contados desde la primera contratación.”.Con todo, la presunción señalada en el inciso anterior no se aplicará a los trabajadores cuyos contratos se rijan por el Capítulo II del Título II del Libro Primero de este Código.”.Artículo Transitorio.- La presunción señalada en el artículo permanente, se podrá invocar solamente en tanto los servicios del trabajador en las obras específicas para un mismo empleador, se hayan prestado en su totalidad a contar de la fecha de vigencia de la presente ley.”.-o-Se designo diputado informante, a don Nicolas Monckeberg Diaz.Sala de la Comisión, a 10 de enero de 2012.Acordado en sesiones de fechas 20 de diciembre de 2011 y 10 de enero del presente año, con asistencia de las Diputadas señoras Goic, doña Carolina; Muñoz, doña Adriana, Nogueira, doña Claudia, y Vidal, doña Ximena, y de los Diputados señores Andrade; Baltolu, Bertolino; Kort; Jiménez; Monckeberg, don Nicolás; Saffirio, Salaberry, y Vilches.Asistieron, asimismo, a sus sesiones los señores Browne, don Pedro, y Pérez, don Leopoldo.(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado, Secretario de la Comisión.”