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Cuando se analiza la estructura económica de cualquier país, encontramos la coexistencia de empresas de distinta envergadura. Asimismo cuando analizamos sectores determinados en los distintos países, encontramos el mismo fenómeno, de lo que podemos inferir que la dimensión de una empresa no está relacionada con un determinado sector de actividad; no una actividad donde inevitablemente las empresas deben tener una dimensión dada para funcionar, tampoco existen países o economías dados que exijan un determinado nivel de actividad para que se conforme una empresa.
Explorando en la estructura económica de distintos países, podemos encontrar sectores más dinámicos que otros, actividades que cuentan con ventajas comparativas, frente a otros países. Pero en todos encontraremos empresas pequeñas, medianas y grandes. Por otra parte, en la actual economía mundial se observan claras tendencias a la internacionalización de los negocios y de los mercados, que conllevan la liberalización del comercio y el intercambio entre grandes bloques económicos regionales.
Dentro de este proceso entendemos que las pequeñas y medianas empresas (PYMES), deben cumplir un rol destacado. Debido a la nueva concepción de la competencia, cobra especial relevancia el criterio de especialización flexible que contempla la capacidad de las empresas para responder en la forma adecuada a los cambios en el mercado internacional, adaptándose a los tipos de bienes producidos, cantidad y calidad de mano de obra, insumes, etc.
Las PYMES en este contexto encuentran su razón de ser, ya que constituyen las organizaciones más capaces de adaptarse a los cambios tecnológicos y de generar empleo, por lo que representan un importante factor de política de distribución de ingresos a las clases media y baja, con lo cual fomentan el desarrollo económico de toda una nación.
Han existido básicamente dos formas de surgimiento de las PYMES. Por una parte, aquéllas que se originaron como empresas propiamente tales, es decir, en las que se puede distinguir correctamente una organización y una estructura, donde existe una gestión empresarial representada por el propietario de la firma y el trabajo remunerado. Estas, en su mayoría se desarrollaron dentro del sector formal de la economía.
Por otro lado, están aquellas que tuvieron un origen familiar, caracterizadas por una gestión a lo que solo le preocupó su supervivencia, sin prestar demasiada atención a temas tales como el costo de oportunidad del capital o la inversión que permite el crecimiento. Sin embargo, éstas fueron evolucionando positivamente, con el advenimiento de las nuevas generaciones que valoraron la importancia de estos factores, así como la introducción de nuevas tecnologías.
La importancia de las PYMES como unidades de producción de bienes y servicios en nuestro país y en el mundo justifica la necesidad de dedicar un espacio a su conocimiento. Debido a que desarrollan un menor volumen de actividad, ellas poseen mayor flexibilidad para adaptarse a los cambios del mercado y emprender proyectos innovadores que constituirán una buena fuente generadora de empleo, sobre todo de profesionales y de personal calificado. En la casi totalidad de las economías de mercado, las empresas pequeñas y medianas, incluidos los microemprendimientos, constituyen una parte sustancial de la economía.
Dada la importancia que revisten las PYMES para la economía de nuestro país, por cuanto constituyen alrededor del ochenta por ciento de la fuente de empleo, es necesario que se garantice una preocupación del Estado por el rol que desempeñan como sector productivo, promoviendo su efectivo desarrollo económico, correspondiéndole a la ley definir que es la pequeña y mediana empresa, para este fin.
Para tal efecto, consideramos que, sin perjuicio que el artículo 19 N° 22 de la Carta Fundamental asegura que no habrá discriminación arbitraria en el trato que debe dar el Estado y sus organismos en materia económica, y que solo en virtud de una ley -que no vulnere este principio- se pueden autorizar beneficios directos o indirectos a favor de un determinado sector o actividad, es necesario establecer la obligación del Estado de promover el desarrollo de la actividad económica representada por la pequeña y mediana empresa, sector productivo que deberá será definido por una ley promulgada con dicho objeto.
En mérito a las consideraciones que anteceden, venimos en someter a la aprobación del Senado de la República, el siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:
Artículo único: Modifíquese el artículo 19 N° 22 de la Constitución Política de la República, agregándose el siguiente inciso tercero nuevo:
“Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, corresponderá al Estado promover el efectivo desarrollo económico de la actividad productiva llevada a cabo por la pequeña y mediana empresa, sector que será definido por una ley, promulgada con dicho propósitos en la que se establecerán asimismo, las medidas y acciones para el logro de dicho objetivo.”
(Fdo.): Francisco Chahuán Chahuán, Senador
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