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El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 19.419, en materia de ambientes libres de humo de tabaco, con informe complementario del segundo informe de la Comisión de Salud y certificado de la Comisión de Constitución, legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (7914-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 92ª, en 31 de enero de 2012.
Informes de Comisión:
Salud: sesión 8ª, en 10 de abril de 2012.
Salud (segundo): sesión 55ª, en 16 de octubre de 2012.
Agricultura (segundo): sesión 55ª, en 16 de octubre de 2012.
Salud (informe complementario del segundo informe): sesión 60ª, en 7 de noviembre de 2012.
Certificado de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 60ª, en 7 de noviembre de 2012.
Discusión:
Sesiones 21ª, en 23 de mayo de 2012 (se aprueba en general); 57ª, en 30 de octubre de 2012 (queda pendiente la discusión particular); 58ª, en 31 de octubre de 2012 (se solicita informe complementario del segundo informe).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario ).-
En sesión del día 30 de octubre pasado, durante la discusión en particular de la iniciativa, la Sala acordó enviarla a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, para que informara acerca de la constitucionalidad del artículo 3º contenido en el número 3) del artículo único.
En la misma oportunidad, también se acordó mandar el proyecto a la Comisión de Salud, para un informe complementario del segundo informe respecto del número 4, contenido en el numeral 9), del artículo único -lugares en que se prohíbe fumar-, fijándose un nuevo plazo para presentar indicaciones respecto de esa norma.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento señala que, por la unanimidad de sus miembros presentes, adoptó los siguientes acuerdos en relación con la materia:
1.- Informar que el artículo 3°, contenido en el numeral 3) del artículo único del proyecto, no contraviene disposiciones constitucionales y, por lo tanto, es una norma que está conforme con la Ley Fundamental.
2.- Efectuar enmiendas en los incisos segundo y tercero y sustituir el inciso final del artículo 3° despachado por la Comisión de Salud.
Este último órgano técnico, por su parte, en su informe complementario del segundo informe, introdujo una modificación al aludido N° 4 del artículo 10, la cual fue aprobada por unanimidad.
Cabe recordar que las enmiendas unánimes deben votarse sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión respecto de alguna de ellas o que existan indicaciones renovadas.
El señor ESCALONA (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Lagos.
El señor LAGOS.-
No intervendré, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Muy bien.
Entonces, tiene la palabra el Senador señor Rossi, y a continuación, el Senador señor Hernán Larraín.
Ese es el orden de inscripción.
El señor ROSSI.-
Señor Presidente , ojalá que hoy día podamos despachar este proyecto, que ha tenido una tramitación bastante compleja, difícil y larga. La verdad es que ha sido ampliamente discutido y existe gran interés de muchas organizaciones sociales que trabajan en el ámbito sanitario por ir adecuando nuestra legislación a lo que Chile se ha comprometido a nivel internacional.
Es preciso recordar que hace algunos años ratificamos el Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud y aprobamos una ley que, sin duda alguna, constituyó un avance. Pero fue un avance insuficiente si consideramos la gravedad que reviste la epidemia de esta adicción, que anualmente provoca 16 mil o más muertes, muchos años de vida perdidos por incapacidad, diversas enfermedades y grandes costos para el Estado. Porque se habla de 3 mil a 4 mil millones de dólares en tratamiento de los problemas derivados de la adicción tabáquica.
De más está decir que Chile ocupa el tercer lugar en el mundo en consumo infantil, y en algunos grupos etarios de mujeres adolescentes, incluso el primer lugar, siempre ascendiendo.
Por lo mismo, tenemos que ocuparnos de este tema.
Por lejos, la principal medida para combatir la adicción tabáquica es regular y aumentar el precio de la cajetilla. Hace poco, en la reforma tributaria, incorporamos un cambio en la estructura de tributos aumentando el impuesto específico respecto del impuesto ad valórem, lo que ha redundado en que la cajetilla "Belmont" hoy valga 200 pesos más. Por tanto, se cumplió el objetivo: 200 pesos más implica que el niño que quiere adquirir tabaco tiene que conseguirse 200 pesos más, lo que es bastante más difícil que 200 pesos menos, aunque parezca evidente.
El señor TUMA.-
¡Frase para "grandes pensadores"!
El señor COLOMA.-
¡El colega es un gran pensador...!
El señor LAGOS.-
¿Podría repetir la frase, Senador?
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
¿Esto le ocurrió después de tratar la Ley de Pesca, Su Señoría?
El señor ROSSI.-
¡Esta noche vamos a continuar analizándola...!
Señor Presidente, respecto a la iniciativa que nos ocupa, hay dos aspectos que quiero considerar.
Primero, resaltar el trabajo que efectuó la Comisión de Constitución, que efectivamente evaluó la constitucionalidad de la prohibición absoluta de publicidad, pues ha de entenderse que ya la ley vigente establece que no se puede hacer publicidad al tabaco, salvo en los puntos de venta, y que mediante el proyecto se la está prohibiendo también en estos, lo que es coherente con el Convenio Marco para el Control del Tabaco de la OMS.
Ese es el primer aspecto, contenido en el informe de la Comisión de Constitución, que se debiese votar esta tarde.
Y el segundo recae en el informe complementario del segundo informe de la Comisión de Salud, que buscó una redacción consensuada para el N° 4 del artículo 10, contenido en el numeral 9) del artículo único del proyecto, relativo a la restricción de la adicción tabáquica en espacios abiertos, como son los estadios y otro tipo de recintos de las mismas características.
La redacción -tal vez Sus Señorías la conocen- es la siguiente:
"4. En las galerías, tribunas y otras aposentadurías destinadas al público en los recintos deportivos, gimnasios o estadios. Esta prohibición" -la de fumar- "se extiende a la cancha y a toda el área comprendida en el perímetro conformado por dichas galerías, tribunas y aposentadurías, salvo en los lugares especialmente habilitados para fumar que podrán tener los mencionados recintos".
Pensamos que así se subsana el problema que alguien planteó, con mucha razón, respecto de recintos como el Estadio Nacional, que posee varias hectáreas, con un parque y un acceso bastante amplio, al aire libre, donde no se producen aglomeraciones. Ahí la restricción quedaría circunscrita a la cancha, a la pista de recortán y a la tribuna, la galería, en fin, donde se ubica la gente que va a presenciar el espectáculo.
Asimismo, quedó resuelto el problema que tenían los agricultores del sur en cuanto a la utilización de tabaco chileno como aditivo en los productos comercializados. No parecía razonable que en una actividad lícita se restringiera el uso del tabaco nacional versus el tabaco extranjero.
Por lo expuesto, señor Presidente, creo que debiésemos aprobar las modificaciones propuestas y sacar adelante este proyecto, tan importante para la salud pública chilena.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Veo que varios señores Senadores se están entusiasmando.
Les recuerdo que no estamos en la discusión general.
El señor COLOMA.-
¡Así es!
El señor ORPIS.-
Exactamente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Y debemos entrar a votar el articulado.
Tiene la palabra el Honorable señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , voy a informar la opinión de la Comisión de Constitución recaída en la consulta que se formuló a raíz de la inquietud que algunos manifestamos en cuanto a una eventual inconstitucionalidad del artículo 3°.
Existía el temor de que este trámite pudiese extender más allá de lo razonable la tramitación del proyecto, pero el informe fue entregado dentro de plazo. Ahora, si no se discutió antes, no fue por responsabilidad de los miembros de dicho órgano técnico.
En la Comisión estudiamos con la mayor acuciosidad el precepto mencionado, que suscitaba inquietudes de distinta naturaleza.
Una se refería a la prohibición total de la publicidad del tabaco y a la restricción que ella significaría para la libertad económica, que es una garantía constitucional.
Otra decía relación con la prohibición de la aparición de personas fumando en ciertos programas transmitidos por televisión o radio, lo cual podía entenderse como atentatorio contra la libertad de expresión e incluso como una imposición de cierto grado de censura por la vía de la ley.
Y la tercera tenía que ver con la obligación que el inciso final del artículo 3° establecía para las compañías tabacaleras en orden a entregar un informe detallado y con un nivel de exigencias que no se pide a ninguna otra empresa del país.
Esas fueron las tres inquietudes que motivaron un estudio sobre la constitucionalidad de la norma.
A la sesión en que la Comisión analizó el tema asistieron, especialmente invitados, el abogado Patricio Zapata, profesor de Derecho Constitucional , y el Subsecretario Salud , señor Jorge Díaz, quien presentó un informe de constitucionalidad elaborado por la profesora Ángela Vivanco.
Teniendo a la vista el Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud y las normas constitucionales pertinentes, la Comisión llegó a la conclusión de que el artículo 3° no presenta aspectos de inconstitucionalidad.
Como acabo de señalar, se tuvo a la vista el Convenio Marco para el Control del Tabaco, en virtud del cual Chile se había comprometido a avanzar en preceptos que prohibieran toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco, lo que, obviamente, obliga a nuestro país y pone esta materia en el ámbito del orden público nacional, si bien hay que recordar que el referido Convenio establece -cito de manera textual- que "Cada Parte, de conformidad con su constitución o sus principios constitucionales, procederá a una prohibición total de toda forma de publicidad, promoción y patrocinio del tabaco". O sea, admite la posibilidad de que la aplicación de las normas pueda circunscribirse, restringirse o gradualizarse a consecuencia de principios constitucionales nacionales.
Ahora bien, entrando en el análisis directo de esta materia, la razón fundamental para considerar constitucional la norma se basa en el planteamiento que hizo el profesor Patricio Zapata.
Me voy a referir brevemente al texto que él nos entregó en la reunión.
Ahí señala que esta severa imposición no impactaría, a su juicio, el ejercicio del derecho fundamental a la libertad económica, en la medida en que se halla dentro del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, que establece principios y reglas que se han incorporado al orden público chileno. Y agrega que "quienes se dedican al negocio del cigarro no pueden sino saber que ya no pueden seguir esgrimiendo en su favor todas y cada una de las garantías de la libertad económica, como si fueran productores de libro u oferentes de electrodomésticos.
"Jurídicamente, la industria del tabaco se encuentra, entonces, en una situación homologable a la de quienes fabrican o venden armas. Esto es, sujetos a un estrictísimo régimen de control. Se trata de actividades lícitas, en cuanto no prohibidas, pero no por ello dotadas del haz pleno de facultades complementarias de que gozan otros emprendimientos".
Este planteamiento me parece bastante coherente, el cual se reitera a continuación cuando se afirma: "Muchas son las razones que pueden llevar a una sociedad a estimar que existen conductas negativas que, sin embargo, no deben ser prohibidas (...) Esta aceptación o tolerancia no trae aparejado, sin embargo, el estatus de derecho fundamental".
El señor ESCALONA (Presidente).-
Ha concluido su tiempo, señor Senador.
Le voy a dar un minuto adicional.
El señor LARRAÍN.-
Dos, señor Presidente, para poder completar el informe de constitucionalidad.
El profesor Zapata concluye diciendo: "El derecho fundamental amplio consiste en libertad para realizar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, el orden público o la seguridad nacional. En la medida que el orden público chileno asume un claro compromiso con la reducción progresiva de la incidencia del tabaquismo, con la inmunización de los menores frente a la adicción y la protección de los fumadores pasivos, no puede sino desprenderse que existe base constitucional no solo para la regulación y la restricción, sino que también para el control y, de ser practicable, la prohibición".
En consecuencia, respecto del inciso primero, se acepta la constitucionalidad de la norma allí contenida.
Asimismo, señor Presidente , la Comisión analizó los demás incisos del artículo 3°.
En el segundo simplemente se hace una observación de texto. Ahí se habla de prohibir "la publicidad indirecta realizada por medio de placement". Pensamos que todavía es posible escribir nuestros textos legales en castellano, por lo que la Comisión propone reemplazar la palabra "placement" por "emplazamiento".
Además, se sugiere eliminar la frase "financiado por la industria del tabaco", por cuanto tal emplazamiento también podría ser financiado por otra industria, con lo que la publicidad indirecta pasaría a ser lícita y legítima.
Por lo tanto, proponemos dos modificaciones al inciso segundo: remplazar la palabra "placement" por "emplazamiento" y suprimir la frase "financiado por la industria del tabaco".
En cuanto al inciso tercero, relativo a la prohibición de la aparición de personas fumando o señalando características favorables al consumo de tabaco, para evitar cualquier inquietud....
Pido un minuto más, señor Presidente .
El señor ESCALONA (Presidente).-
Sería el tercero, señor Senador.
El señor LARRAÍN.-
Estoy informando a la Sala acerca de las conclusiones a que arribó la Comisión de Constitución, lo cual me parece relevante.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Muy bien.
Puede continuar.
El señor LARRAÍN.-
Decía que, para evitar cualquier inquietud respecto de que la prohibición de imágenes pudiera estimarse atentatoria contra la libertad de expresión, se sugiere remplazar la frase "la aparición de personas fumando o señalando características favorables al consumo de tabaco", por otra que diría: "que se promueva el consumo de productos de tabaco o se señalen características favorables acerca de éstos". Así, se mantiene el objetivo original, pero se evita la parte que podría ser entendida como una especie de censura.
Por último, en cuanto al inciso final, que detalla una serie de características, el profesor Zapata sostuvo que "es muy vago y difuso, remite a términos que nuestra ley no define (...) e incurre, además, en el absurdo de imponer a las empresas tabacaleras la obligación de informar sobre gastos en que no pueden incurrir ("promoción"). Estas ambigüedades son de tal entidad que comprometen la constitucionalidad, desde el momento en que este trato distinto aparece como discriminatorio e injustificado".
Sin embargo, para mantener el espíritu de obligar a las empresas tabacaleras a una mayor información que transparente ese tipo de gastos, la Comisión, siguiendo una propuesta que hizo el propio profesor Zapata, sugiere remplazar el inciso final por otro del siguiente tenor:
"Las compañías tabacaleras deberán informar anualmente al Ministerio de Salud el detalle de las donaciones efectuadas, así como de los gastos en que incurran en virtud de convenios con instituciones públicas, organizaciones deportivas, comunitarias, entidades académicas, culturales y organizaciones no gubernamentales".
En resumen, señor Presidente , la Comisión de Constitución valida la constitucionalidad del artículo 3°, pero recomienda introducirle tres modificaciones:
-En el inciso segundo, remplazar la expresión "placement" por la voz "emplazamiento" y eliminar la frase "financiado por la industria del tabaco".
-En el inciso tercero, sustituir la frase "la aparición de personas fumando o señalando características favorables al consumo de tabaco", por otra que diga: "que se promueva el consumo de productos de tabaco o se señalen características favorables acerca de éstos".
-Y, por último, remplazar el inciso final por el siguiente:
"Las compañías tabacaleras deberán informar anualmente al Ministerio de Salud el detalle de las donaciones efectuadas, así como de los gastos en que incurran en virtud de convenios con instituciones públicas, organizaciones deportivas, comunitarias, entidades académicas, culturales y organizaciones no gubernamentales".
Con ello se cumple el objetivo de contar con una buena legislación, sin problemas de constitucionalidad.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Salud.
El señor MAÑALICH ( Ministro de Salud ).-
Señor Presidente , en primer lugar, agradezco enormemente la reciente aprobación unánime y el despacho del proyecto de ley que permite la incorporación del personal de los establecimientos municipales de salud a las prestaciones de bienestar, logrando así un privilegio que hasta ahora no tienen y que han exigido durante muchos años.
Respondiendo la consulta del Senador Navarro, quiero señalar que la estructura que se le dio a la iniciativa corresponde a la del financiamiento progresivo. En una primera etapa, para cumplir con esta aplicación, los recursos serán puestos directamente por el Gobierno central, y luego, a partir del año 2015, se suplementarán en la Ley de Presupuestos para que los municipios puedan cumplir con la obligación que se les establece por medio de esta legislación, cuyo carácter definitivo para los trabajadores habrá que tener muy en cuenta al momento de aprobar las Leyes de Presupuestos respectivas.
En relación con el proyecto que se discute ahora, junto con reiterar su importancia, deseo hacer un llamado a los Honorables Senadores para despachar ojalá en el día de hoy los dos ítems pendientes con el objeto de que pueda continuar su tramitación en la Cámara de Diputados y de este modo transformarse pronto en ley.
Nosotros somos el país con el peor récord de mujeres fumadoras en el mundo. No hay ninguno que se compare con el nuestro. Tenemos la tasa de adicción al tabaco más alta en todo el continente americano. Y mientras otros logran progresos sustantivos en la materia, nosotros vamos sostenidamente hacia atrás, dañando más y más a nuestra población.
Aquí, el 37,1 por ciento de las mujeres fuma; el 47,8 por ciento de los jóvenes egresa del colegio fumando, convertidos, en la práctica, en adictos para siempre, y uno de cada 4 alumnos de octavo básico -el 25 por ciento- fuma. Y, evidentemente, esta adicción al tabaco condiciona graves enfermedades cardiovasculares, pulmonares, cáncer pulmonar, y -algo que no deja de ser relevante- casos muy dramáticos de impotencia.
En ese contexto, hago un llamado respecto de este proyecto de ley, que fue iniciado en un mensaje, firmado por el entonces Vicepresidente de la República don Rodrigo Hinzpeter, quien incluso -y está presente aquí- insistió en que los estadios fueran recintos libres de humo de tabaco, y ha expresado que, en lo personal, ha hecho un enorme esfuerzo por dejar de fumar.
Creo que todo ello, sumado a las indicaciones que se formularon en las Comisiones de Salud de la Cámara de Diputados y del Senado, avalan que la iniciativa sea imprescindible, necesaria, más aún si se considera que en Chile fallecen diariamente 46 personas víctimas del consumo de tabaco. Se trata de pérdidas humanas que son perfectamente evitables si contáramos con una legislación más estricta, como la que se propone.
Gracias, señor Presidente.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Sugiero a la Sala ir tratando artículo por artículo, toda vez que estamos en la etapa de la discusión particular.
El señor COLOMA.-
¿Cuántos Senadores inscritos hay, señor Presidente?
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Ocho, Su Señoría. Estamos a punto de repetir la discusión general.
Entonces, cabría pronunciarse norma por norma.
El señor COLOMA.-
¿Y cada uno podrá hacer referencia a la materia que estime pertinente?
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Lógico, señor Senador. La Mesa no censurará ninguna intervención.
Tiene la palabra el señor Secretario para que indique el artículo conforme al cual corresponde pronunciarse.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Siguiendo el orden del proyecto, la Sala debe abocarse al número 3) del artículo único. Se trata de modificaciones al artículo 3°.
La primera enmienda propuesta por la Comisión de Constitución en su informe está referida al inciso segundo de la señalada disposición, donde sugiere reemplazar la expresión "placement" por la voz "emplazamiento" y eliminar la frase "financiado por la industria del tabaco".
En consecuencia, de aprobarse dichas proposiciones, la norma quedaría con la siguiente redacción: "La prohibición indicada se extiende en los mismos términos y con los mismos efectos a la publicidad indirecta realizada por medio de emplazamiento, donde se muestra en medios de comunicación masiva el consumo de productos o marcas de productos hechos de tabaco.".
El señor LARRAÍN.-
"Si le parece".
El señor ESCALONA (Presidente).-
En votación las modificaciones al inciso segundo.
--(Durante la votación).
El señor COLOMA.-
¿Vamos a seguir con la lista, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).-
Sí, señor Senador.
El señor LARRAÍN.-
¿Señor Presidente , puede solicitarles a los Honorables colegas que se refieran al tema en cuestión?
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Su Señoría, no puedo prohibirles a los señores Senadores que dejen de hacer uso de su derecho a fundamentar el voto.
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , yo me había inscrito para referirme, al igual que los demás colegas, al proyecto en general.
Por lo tanto, no intervendré.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , voy a exponer sobre la materia en debate, pero deberé retrotraerme al punto anterior porque, de lo contrario, al no aceptarse la duda de constitucionalidad que se planteó justamente con motivo del artículo 3° y entrar a discutir otra norma, me quedaré sin poder argumentar.
Simplemente y en forma muy breve debo decir que he oído con atención las explicaciones del Senador Larraín y, básicamente, la referencia a algunos constitucionalistas en cuanto a la constitucionalidad de aquel precepto. Y, a mi juicio -lo dije en su momento, pero vuelvo a reiterarlo-, la prohibición total a la publicidad del tabaco -yo no fumo; lo he señalado varias veces-, en una perspectiva ideológica, sí vulnera la disposición constitucional que otorga precisamente libertad y derechos a quienes legítimamente desarrollan actividades públicas.
En efecto, se establece una prohibición absoluta y completa a una actividad económica lícita -porque hasta ahora lo es, a menos que se declare ilícita-, lo cual implica consagrar una norma legal que, en mi opinión, resulta inconstitucional en cuanto a los derechos y garantías de orden patrimonial.
Sé que aquella materia ya se votó porque se planteó una duda de constitucionalidad.
Hace un mes el Senador Hernán Larraín me había convencido de tal argumentación, y me quedé con esa idea. No obstante, señor Presidente , quisiera dejar en claro que, según mi parecer, la norma en cuestión vulnera un principio constitucional importante.
Del mismo modo, tampoco me pareció que quedaron bien resueltos los preceptos anteriores al que nos estamos pronunciando -que es el primero que se está votando-, sea porque no hubo indicaciones adecuadas o porque ellas se rechazaron. A modo de ejemplo, todo lo relativo al espacio interior o cerrado, donde la redacción hace ininteligible la disposición, ya que se lo define como "Aquel espacio cubierto por un techo o cerrado entre una o más paredes o muros,". Hasta el día de hoy no logro entender, más allá de los esfuerzos que he realizado, lo que se quiso decir con esa expresión o con aquella forma de plantear el tema.
Por eso, señor Presidente , yo había pedido la palabra para hablar precisamente de los dos asuntos que en su momento o se rechazaron o la Comisión resolvió que se trataba de algo que estaba bien hecho. Y, a mi modo de ver, eso no está bien hecho, pues aparece como una norma de carácter inconstitucional.
Otra materia -espero que se analice-, tiene que ver con un error que se da en relación con las indicaciones que se presentaron al numeral 9). No obstante, me referiré a ello cuando se llegue a esa instancia.
Solo quería dejar constancia de mi opinión acerca de los puntos ya abordados.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Le corresponde intervenir al Senador señor Uriarte.
¿Es sobre el artículo en discusión?
El señor URIARTE.-
Sí, señor Presidente.
Solo deseo aclarar que lo que esta norma pretende hacer es prohibir la promoción del consumo del tabaco, lo cual es muy distinto a prohibir su consumo. Prohibir fumar no es lo mismo que prohibir actos que promuevan el consumo.
Y esta disposición, que por lo demás es la que viene de la Comisión de Constitución, lo que hace -y bien me parece- es establecer prohibiciones respecto del ahora "emplazamiento", que no es otra cosa que la publicidad indirecta llevada a cabo precisamente para promover el consumo de tabaco.
Hecha esa aclaración, espero que, en relación con todos los casos que en el futuro surjan con motivo de la interpretación de esta norma, quede perfectamente claro que lo que el legislador quiso hacer fue referirse a la promoción del consumo de tabaco y, con ello, obviamente a cualquiera actividad que incite a consumir cigarros.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , primero que todo, me alegro mucho de lo que señaló el Senador Larraín en el sentido de que hay que hablar en español -lo encuentro adecuado-, sobre todo si es uno de los idiomas que tiene más posibilidades de sinonimia.
Segundo, el cambio que ha acordado la Comisión de Constitución lo considero mucho más claro que lo que nosotros estábamos sugiriendo.
Tercero, voy a asumir -no me voy a alargar más para que podamos despachar la normativa- que esto es lo correcto y no buscaré ningún artilugio que signifique prolongar la discusión de esta iniciativa legal.
Y pediría a los Senadores que tal actitud la hiciéramos nuestra: esta normativa no puede seguir siendo detenida por las distintas observaciones de mayor o menor cuantía que se formulen, porque francamente lo que se encuentra en juego es mucho más que una u otra interpretación.
Muchas gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , ¡me da mucha, mucha alegría!
Atrás quedaron los tiempos donde en la Sala de la Cámara de Diputados -me recuerdo de los Diputados Gutenberg Martínez y Jocelyn-Holt- se fumaba con pipa, y la contradicción vital era que en las tribunas estaba prohibido fumar; pero en el Hemiciclo, no.
Sin embargo, introdujimos la primera restricción en el Reglamento prohibiendo fumar en la Sala de la Cámara Baja.
Atrás quedaron los tiempos donde los "profes" fumaban en el liceo y algunos les iban a pedir cigarrillos, lo que era -por así decirlo- una especie de vínculo, de relación.
Señor Presidente , lo que llama la atención -y el Ministro Mañalich lo ha dicho de manera asertiva y con estadísticas- es que, a pesar de todas las restricciones que hemos consignado, sigue el consumo de tabaco. Como expresó el Senador Uriarte, aquí no se está prohibiendo fumar, sino la promoción del hábito de fumar, restringiendo los espacios y la publicidad.
Y siento que en eso, efectivamente, se requiere una política activa.
Creo que este proyecto de ley podría mejorarse sustantivamente. Entiendo que hay un acuerdo -es una norma más bien de consenso- en cuanto a establecer que no se podrá fumar en lugares cerrados, salvo en patios y espacios al aire libre, lo cual también es complicado.
Estuvimos en el centenario del Partido Comunista en el Estadio Nacional el sábado pasado y algunos asistentes fumaban.
¡No sé si eran algunos invitados de la Derecha...!
El señor PROKURICA.-
¡Fidel les mandó habanos...!
El señor CHAHUÁN.-
¡Era Ignacio Walker...!
El señor NAVARRO.-
¡Estamos seguros de que no era Ignacio Walker...!
Algunos fumaban y se armó un debate ahí sobre los espacios, porque en el Estadio Nacional, aunque es un lugar abierto, el humo subía produciendo una situación igualmente incómoda.
Afortunadamente, el proyecto de ley incorpora los espacios públicos y eso está salvado.
Sin embargo, pienso que esta situación evolucionará de tal forma que en determinados edificios -como ahora los fumadores tienen que salir a la calle, para que todos los vean; es una especie de escarnio público- deberán habilitarse lugares especiales -a través de una norma- para que aquellos no se resfríen, porque, aparte del cáncer al pulmón, les va a dar...
El señor PROKURICA.-
¡Una neumonía...!
El señor NAVARRO.-
Claro. Una neumonía.
Señor Presidente, creo que esta normativa avanza en el sentido correcto.
Yo me alegro mucho de que haya consenso. Veremos si estas disposiciones logran reducir las estadísticas. A mi juicio, debemos apuntar hacia el consumo precoz del tabaco, porque en la actualidad se está comenzando a fumar en las etapas más iniciales.
Por ello, siento que la publicidad implícita o indirecta a la que alude el artículo que estamos revisando hay que analizarla con relación a los distintos tramos etarios: diez, once, doce, trece, catorce años, porque en esos segmentos, particularmente en las mujeres, sigue aumentando el hábito de fumar.
Entonces, me gustaría que el Ministro de Salud me dijera -aprovechando su presencia en la Sala y ya que en el proyecto anterior gentilmente respondió a mi pregunta acerca del aporte fiscal destinado a los municipios en el ámbito de la salud y del bienestar- si hay investigaciones permanentes sobre el particular.
Me parece bien que no las hagan, pero como se trata de publicidad implícita, subliminal, indirecta, hay que estar muy atentos porque es posible que nadie se percate de ella. Y, por cierto, dicha publicidad apunta a ese objetivo, pues sin que el sujeto esté consciente esta penetra a fin de establecer hábitos y conductas.
Por lo tanto, las políticas especiales dirigidas a aquellos tramos de la juventud que están incorporando este hábito son vitales.
Aprovecho de decir que eso va a requerir políticas activas de parte del Ministerio de Salud. Ya no basta con que los quioscos que venden cigarros estén a cien metros de los establecimientos escolares ni que restrinjamos los espacios para los fumadores. Ello implica una responsabilidad mayor.
Yo quisiera que se conozcan de manera pública los costos que para el Estado conlleva el tabaquismo. ¡Son millonarios! ¡Son miles de millones! ¡Miles de miles de millones! Y esa materia debería formar parte de una presión comunicacional permanente a cargo del Ministerio del ramo.
Por último, señor Presidente , siento que con relación al consumo de tabaco existe un gran consenso. Sin embargo, el alcoholismo es un tema que no hemos tratado, aun cuando provoca igualmente daños profundos a la salud pública y constituye un elemento que está presente en nuestra juventud. En algún momento vamos a tener que dedicarnos a la regulación del alcohol.
Propusimos una iniciativa legal para establecer el etiquetamiento de las bebidas alcohólicas, pero no fue aprobada. La Comisión de Agricultura se sublevó. Ojalá pueda estudiarlo, porque su finalidad apunta a cuidar la vida de las personas.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
Voto a favor, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
¡Y sin tabaco en este caso, Senador...!
El señor NAVARRO.-
¡Y sin tabaco, señor Presidente!
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , me parece que nosotros hemos perdido la batalla contra el tabaco y la vamos a seguir perdiendo, porque, lamentablemente, no hay conciencia en aquellos que debieran tenerla para establecer políticas públicas a fin de enfrentar esta pandemia.
Valoro la transversalidad que ha tenido la lucha contra el tabaco. Y, más allá de las diferencias, deseo destacar también el rol que ha jugado el Ministro de Salud de este Gobierno: ha actuado con coraje, con fuerza y muchas veces enfrentando a actores de su propio sector que lo han criticado pública y privadamente.
¿Cuál es la contradicción y el cinismo que existe en todo esto? Que mientras un brote epidémico de meningitis provocó una cantidad lamentable de muertes -estamos hablando de entre 10 a 20 fallecidos- el tabaco mata todos los días a 44 personas.
Y aquí hay un doble estándar. Porque como se trata de un negocio poderoso que tiene tentáculos en todas partes; como se trata de una empresa que comete prácticas criminales, que entrega recursos a diestra y siniestra y cuenta en sus directorios con distintas personalidades para blanquear sus acciones, nuestra actitud, en este caso, no es la misma que asumimos frente a un brote epidémico que genera algo más de diez muertes que la que adoptamos ante esa pandemia, que asuela a nuestro país y asesina a 44 personas diariamente.
¿Por qué son asesinatos? Porque si esas personas no fumaran lo más probable es que no morirían. ¿Y por qué hay una relación causal? Porque son adictas. ¿Y por qué son adictas? Porque estas empresas han desarrollado todas sus estrategias criminales para reclutarlas y convertirlas en adictas.
Para eso existe la publicidad.
¡Yo no conozco publicidad que invite a la gente a salir a la calle a disparar al aire con una pistola! ¡No conozco publicidad que fomente el porte de armas o que muestre esa conducta como algo positivo, placentero, loable, asociado al éxito!
¡Pero aquí se hace! Aquí se permite y se ha permitido una publicidad, una acción industrial criminal dirigida sobre todo a los niños para que estos se identifiquen con el éxito y el placer.
Discutimos largamente el hecho de que se agregan aditivos al tabaco.
¡Cómo es posible que en un país como el nuestro las empresas tabacaleras añadan sustancias que hacen más potente el tabaco y aumenten el efecto de la nicotina para hacer adictos a los niños en forma más rápida!
Por eso tenemos 40 y tantos por ciento de niños adictos. ¡No es porque sí! ¡No es por el clima! ¡No es porque vivamos en un país isla entre la montaña y el mar! ¡Es producto de la acción concertada, de la acción científica, de la acción siniestra de estas empresas que matan!
¿Y por qué? Porque ha habido, en cierta forma, una actitud condescendiente de aquellos que deben tomar decisiones tanto en los entes gubernamentales, en la prensa como en nuestro Parlamento.
¡Eso es lo que estamos tratando de cambiar! ¡Eso es lo que esta iniciativa legal intenta abordar!
¿Cuánto cuesta al país este flagelo? Cinco millones de dólares diarios. Eso cuesta, más o menos, 44 muertes diarias que son evitables. Son recursos que se podrían destinar a otras acciones.
Sin embargo, lamentablemente aquí estamos subsidiando el accionar de estas empresas que no trepidan -y no dejarán de hacerlo-, que buscarán todos los subterfugios y usarán todo su poder para cuestionar estos instrumentos que -lo sabemos- han sido exitosos en otras partes.
¿Cuáles son las políticas exitosas? Prohibir toda la publicidad relativa al tabaco; prohibir la aparición de personas fumando en programas en vivo que ven los niños -si se trata de películas o producciones de carácter creativo, su difusión debe hacerse en horarios diferidos para evitar que aquellos las vean-; aumentar el impuesto al tabaco, prohibir fumar en lugares públicos cerrados. ¿Por qué? Porque una parte de los que mueren son fumadores pasivos.
Se me termina el tiempo, señor Presidente . Le pido un minuto más.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Conforme.
El señor GIRARDI.-
Gracias, señor Presidente.
Es por eso que cuando en nuestro país más del 40 por ciento de los jóvenes egresados de cuarto medio salen fumando estamos enfrentados a una catástrofe.
Yo solo quiero entregar a la Sala algunos antecedentes sobre los recientes avances científicos.
El tabaquismo es la única pandemia que se transmite de generación en generación. El daño genético que produce el cigarrillo se traspasa a las generaciones futuras. Se requieren tres mutaciones a nivel celular para que exista riesgo de cáncer -el fumador puede tener más de 10 mil mutaciones en sus células- y, evidentemente, el riesgo de enfermedades -son patologías heredables, transmisibles a las generaciones futuras- es efectivo en este ámbito, tal vez como en ningún otro.
Por eso es tan importante avanzar en esta materia, tal como lo hicimos con el proyecto anterior.
Algunos parlamentarios somos autores de la iniciativa que nos ocupa, junto con el Ejecutivo . Y nos parece que es muy relevante seguir profundizando esta lucha por la vida y por la salud.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente , Honorable Sala, este proyecto de ley, que ya fue aprobado en general y que busca mantener espacios absolutamente libres de humo de tabaco, ha sido debidamente debatido en particular a través de las diferentes indicaciones que fueron presentadas tanto por el Poder Ejecutivo como por parlamentarios.
Se produjeron intercambios muy interesantes de ideas y se escuchó a diversos sectores relacionados con la materia, lo que nos permitió ir alcanzando consenso en las distintas disposiciones y garantizando, asimismo, los derechos de libre expresión relativos a la publicidad de estos productos.
La Comisión de Agricultura también trató el proyecto. Uno de los temas más ampliamente cuestionados en ella fue el que dice relación con los aditivos. Pues bien, dicho órgano técnico llegó a un acuerdo con el Ejecutivo para establecer una facultad reglamentaria mediante la cual el Ministerio de Salud sea el que determine qué aditivos puede contener el tabaco, acreditándose efectivamente el efecto que ellos producen.
Lo importante es que hemos logrado acuerdos para que las personas desarrollen sus diversas actividades cotidianas en ambientes libres de humo de tabaco y, de paso, desalentamos el consumo de este producto. Porque en nuestro país el tabaquismo ha experimentado aumentos alarmantes. Y lo que más nos preocupa es la gran prevalencia de juventud que lo consume en cantidades que son realmente excesivas y que superan con creces las de otros países.
De hecho, el 20 por ciento de los menores de diez años consume tabaco. Somos el país con mayor prevalencia en el consumo de tabaco en mujeres entre 12 y 16 años. Y cuarenta personas fallecen al día por esta causa.
Por otra parte, se ha detectado mucho contrabando de tabaco, que es necesario combatir con la mayor rigurosidad, porque, además de evadir los impuestos que legalmente gravan este producto, contribuye a aumentar la verdadera lacra que constituye su consumo. Y ya hemos visto un aumento en las incautaciones de tabaco clandestino.
El Senador Rossi y yo le propusimos al Ministro de Hacienda que incorporara dentro de la reforma tributaria un cambio en la composición del impuesto al tabaco, cuestión que fue recogida y que, en definitiva, va a permitir al Estado recaudar cerca de 50 millones de dólares anuales. Lo verdaderamente importante es que la única medida que posibilita reducir el consumo en los jóvenes es, precisamente, el aumento en los precios. Con la referida modificación tributaria, estos subirán entre 100 y 200 pesos por cajetilla.
Asimismo, hago presente que con esta iniciativa de ley estamos cumpliendo plenamente los compromisos internacionales que nuestro país ha suscrito con la Organización Mundial de la Salud, en términos de propiciar la existencia de ambientes libres de humo de tabaco.
Otro elemento que se abordó fue el relativo a los fumadores pasivos y, particularmente, a los trabajadores de pubs y restoranes que se veían afectados por los efectos del humo del cigarro.
Por lo tanto, debemos agotar todas las medidas legales que sean necesarias para combatir este flagelo. Necesitamos preservar, de esta forma, una juventud sana y libre de los daños que el tabaco provoca a la salud.
En ese sentido, coincido en que esta es una pandemia, de la cual tenemos que hacernos cargo. Y este proyecto va en la dirección correcta.
Finalmente, cabe agregar que, con la aplicación de la legislación anterior, se cursaron menos de una decena de infracciones, las cuales terminaron en resoluciones de los altos tribunales de justicia. Hoy día, en cambio, vemos una actitud completamente distinta de la autoridad sanitaria: en el transcurso del año recién pasado hubo más de 1.500 infracciones cursadas, lo que permitirá tener un control adecuado.
Otro aspecto que se discutió fue el referido a quién se haría cargo de la fiscalización. Y el Ministerio comprobó empíricamente que él estaba llevando a cabo tal función. Las más de 1.500 infracciones cursadas en menos de un año demuestran la voluntad de hacer cumplir la ley.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, yo voy a votar favorablemente las normas que están consideradas para el pronunciamiento de la Sala en esta materia.
Sin embargo, quiero referirme a disposiciones que ya fueron aprobadas y sobre las cuales se observa una inconsistencia respecto del objetivo que se busca perseguir.
En la letra d) del artículo 2°, se define "Espacio interior o cerrado" como "Aquel espacio cubierto por un techo o cerrado entre una o más paredes".
Si solo tiene una pared, ¿se entenderá que es un espacio cerrado?
Si hay una terraza sin ninguna otra muralla de contorno o de cierre, ¿aun así se considerará espacio cerrado?
El señor ROSSI.-
Abierto.
El señor TUMA.-
Por tanto, creo que la norma es inconsistente y provocará una complicación al momento de fiscalizar. Si se entiende como "cerrado" un espacio con un muro o más, habrá problemas con los servicios de fiscalización y con los usuarios.
En otra norma se dispone la posibilidad de que los servicios de salud habiliten espacios abiertos para fumar. Y lo curioso es que no se contempla algo similar para otro tipo de recintos, como pubs y restaurantes. Entonces, me produce una contradicción el hecho de que la iniciativa, por una parte, diga: "Se prohíbe el consumo de cigarrillos en pubs y locales de comercio" y, por otra, permita que los establecimientos de salud públicos y privados, autorizados por los respectivos directores, destinen espacios abiertos para ese fin.
No entiendo.
¡Cómo prohibimos que la gente fume en restaurantes y pubs, aun en un espacio abierto, habilitado especialmente para ello, y sí lo autorizamos respecto de los recintos de salud!
Como esas dos normas ya fueron votadas, solo queda dejar expresada mi interrogante con relación a su coherencia: una de ellas impide a los pubs tener un espacio abierto destinado a los fumadores y la otra permite a los servicios de salud, a voluntad del director, habilitar un lugar para que las personas puedan fumar.
En definitiva, voy a aprobar las normas restantes del proyecto, porque apuntan en la dirección de desincentivar el consumo de tabaco, pero creo que hay inconsistencias que, desgraciadamente, veremos en la aplicación de la ley.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , lamentablemente, yo no estuve presente en la sesión de la Comisión de Constitución. Me reemplazó ese día el Senador Prokurica.
Yo tengo profundas y serias dudas respecto de la constitucionalidad de la norma que se está votando, el artículo 3°, que prohíbe absoluta y totalmente "la publicidad del tabaco y de elementos de las marcas relacionadas con dicho producto".
Antes de referirme a ello, cabe señalar que, cada vez que discutimos estos temas, algunos distinguidos colegas intentan presentar a quienes expresamos dudas de constitucionalidad como si tuviéramos vínculos con las empresas tabacaleras. Yo aclaro que no tengo relación directa ni indirecta con ninguna de ellas. Por lo tanto, me parece que debe terminarse con ese lenguaje que transforma a quien piensa distinto en una especie de paria, como si su posición lindara con una concomitancia con grandes intereses económicos.
¡No los tengo!
Pido ser un poquito más responsables con las afirmaciones que se hacen en uno y otro sentido.
Volviendo al tema, ¿por qué tengo una duda de constitucionalidad en esta materia?
El artículo 19, número 21°, de nuestra Constitución Política, garantiza: "El derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen". O sea, nuestra Carta Fundamental, para bien o para mal, autoriza toda actividad económica, con tres limitaciones para prohibirla: que sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional.
Luego, el número 24º del mismo artículo dispone: "Nadie puede, en caso alguno, ser privado de su propiedad, del bien sobre que recae o de alguno de los atributos o facultades esenciales del dominio, sino en virtud de una ley general o especial que autorice la expropiación", etcétera. Además, expresa: "Solo la ley puede establecer el modo de adquirir la propiedad" -eso no dice relación con lo que nos interesa, pero sí lo que sigue- "y las limitaciones y obligaciones que deriven de su función social".
Señor Presidente , el punto es que, si el Estado de Chile quiere prohibir la venta de tabaco, que lo haga, que diga que no se puede vender tabaco en nuestro país, por todos los efectos dañinos que se acaban de señalar.
Sin embargo, cuando la limitación llega al extremo de prohibir poner un aviso que diga: "Vendo cigarrillos" -porque eso es publicidad-dentro del local donde se venden cigarrillos, entonces estamos afectando directamente la garantía constitucional a desarrollar una actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional.
El Senador Larraín dijo: "Chile suscribió un Convenio por el cual se obliga a ir limitando cada vez más la publicidad y, en lo posible, a prohibirla". Pero, según ese instrumento internacional, ello debe hacerse dentro de las reglas constitucionales chilenas.
Además, él invocó como argumento que el tabaco afecta el orden público. Perfecto. Si es así, entonces corresponde simplemente prohibir la actividad: "Prohíbase la venta, el consumo, la fabricación e importación de productos vinculados con el tabaco".
No obstante, llegar al extremo de señalar: "Usted puede producir tabaco y venderlo, pero en el boliche donde lo va a comercializar no le será posible colocar un letrero que diga `Vendo tabaco', porque eso es publicidad", me parece una contradicción brutal.
Estimo que la decisión tomada por la Comisión de Constitución no es la correcta. No porque no sea partidario de todas las normas -las voté a favor- que restringen los lugares donde se pueda vender o consumir tabaco, sean públicos o privados, en fin, sino porque este es el único caso que conozco -es factible que esté equivocado- en el que se autoriza comercializar un producto o realizar una actividad económica y se prohíbe llevar a cabo toda publicidad.
En tal caso, lo honesto y transparente es decir: "No se hace el producto". Porque, si no, entramos en una contradicción enorme.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Concluyó su tiempo, señor Senador.
Le doy un minuto adicional para terminar.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , tengo una confusión con relación a lo que se está votando. Entiendo que el artículo 3°, inciso primero, propuesto por la Comisión de Salud, al no ser modificado por la de Constitución, se mantiene igual.
Comparto el resto de las regulaciones que esta sugiere por cuanto parten de un principio que supuestamente estaría aceptado.
Por esas razones, no puedo apoyar una norma que, a mi juicio, infringe un artículo de nuestra Constitución Política y que dice relación con el desarrollar una actividad económica, pudiendo limitarse su publicidad, pero no prohibirla al extremo, como aquí se dispone.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Gracias, Senador.
Terminada la votación.
El señor COLOMA.-
¡No marcó mi voto, señor Presidente!
La señora ALLENDE.-
¡El mío tampoco!
El señor LARRAÍN (don Carlos).-
¡No aparece mi voto!
El señor ESCALONA (Presidente).-
Hay fallas en los equipos computacionales.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
El señor Presidente dio por terminada la votación.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Dejaremos constancia del voto favorable de la Senadora señora Allende , y del voto en contra de los Senadores señores Coloma, Espina, Carlos Larraín y Pérez Varela.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Resultado de la votación, según el registro informático: 20 votos a favor, 1 abstención y 1 pareo.
Se deja constancia del pronunciamiento en contra de los Senadores señores Coloma, Espina, Larraín (don Carlos) y Pérez Varela...
El señor ESPINA.-
¡Voté, y no marcó!
La señora ALLENDE.-
¡Yo también voté!
El señor COLOMA.-
¡No, señor Presidente!
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, una cosa es dejar constancia y otra, que el sistema no funcione.
Cinco parlamentarios, incluida la Senadora Allende, votamos y el programa informático no consignó nuestro pronunciamiento.
Al dejar la constancia, queda la sensación de que no estuvimos presentes durante la votación y que llegamos diez minutos después. Pero no fue así: hicimos el esfuerzo, estábamos en la Sala, marcamos nuestro voto.
En consecuencia, pido que en este caso se agreguen nuestros votos y que no quede solo como una constancia.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
La única explicación que puede dar la Secretaría es que, cuando la Presidencia dice "Terminada la votación", yo tengo la obligación en el sistema de darla por concluida.
No es mi culpa si alguien no marcó antes su pronunciamiento.
Ahora, si la Sala acuerda que se incorpore la votación de los señores Senadores mencionados, no hay ningún inconveniente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Ha quedado registrado.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
En consecuencia, son 20 votos a favor, 4 en contra, 1 abstención y 1 pareo.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Así es.
La señora ALLENDE.-
Pido la palabra.
El señor ESCALONA (Presidente).-
La tiene, señora Senadora.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente , señalé una y otra vez que el sistema no registraba mi pronunciamiento.
El Secretario acaba de señalar que son 20 los votos favorables, lo que significa que no consignó el mío. Entonces, no sé si quedarán registrados 20 votos afirmativos o 21.
Estuve todo el tiempo tratando de votar, pero el sistema no marcó. Entonces, llega un momento en que uno se pregunta cómo hacemos para que registrar el pronunciamiento.
Reitero: no son 20 votos afirmativos, sino 21, porque falta agregar mi voto. Le pido, señor Presidente , que contabilice también mi pronunciamiento.
Estuve absolutamente atenta al debate, pero el sistema no marcó mi voto.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Entonces, serían 21 votos a favor.
--Se aprueba la letra a) del número 3) del artículo único del proyecto, propuesta por la Comisión de Constitución, que modifica el inciso segundo del artículo 3° de la ley N° 19.419 (21 votos a favor, 4 en contra, 1 abstención y 1 pareo).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Alvear, Pérez (doña Lily) y Rincón y los señores Chahuán, Escalona, García-Huidobro, Girardi, Gómez, Horvath, Lagos, Larraín (don Hernán), Navarro, Orpis, Rossi, Ruiz-Esquide, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron en contra los señores Coloma, Espina, Larraín (don Carlos) y Pérez Varela.
Se abstuvo el señor Prokurica.
No votó, por estar pareado, el señor Quintana.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
En seguida, en la letra b) del número 3) del artículo único del proyecto, la Comisión de Constitución propone reemplazar, en el inciso tercero del artículo 3° de la ley N° 19.419, la frase "la aparición de personas fumando o señalando características favorables al consumo de tabaco" por "que se promueva el consumo de productos de tabaco o se señalen características favorables acerca de éstos".
El inciso quedaría de la siguiente manera: "Del mismo modo, se prohíbe en programas transmitidos en vivo, por televisión o radio, en el horario permitido para menores, que se promueva el consumo de productos de tabaco o se señalen características favorables acerca de éstos.".
El señor ESCALONA (Presidente).-
En votación.
--(Durante la votación).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente, este punto es muy relevante.
La razón por la que Chile exhibe alta prevalencia de tabaquismo infantil es por las políticas específicas de publicidad de las empresas tabacaleras dirigida a los niños.
¿Cómo hacen publicidad para los menores las tabacaleras? Fundamentalmente, por la vía de reclutar a niños que, después de fumar en unas cuantas ocasiones, devienen en adictos por agregarse al tabaco sustancias adictivas que le dan a la nicotina una potencia parecida a la de la cocaína, ya que se bloquean los mecanismos que la metabolizan o aumenta la sensibilidad de los receptores.
Pero la otra forma es a través de la publicidad encubierta, sobre la base de un placement, es decir, de la exhibición de fotografías de personas exitosas fumando y, en particular, en televisión. Ello es más potente y así ha sido descrito por la Sociedad Estadounidense de Pediatría, pues existen fundamentos muy sólidos al respecto.
Se generó todo un debate acerca de si se iban a prohibir aquellas películas que contenían imágenes de esa índole, y ello no fue regulado.
En Estados Unidos, la propia Academia de Artes, en Hollywood, ha establecido un horario diferido para filmes donde aparezcan personas fumando, los que deben ser transmitidos en horarios para adultos. Eso no se contempla todavía en nuestra legislación.
En lo que no hay ninguna discusión en el mundo entero es en que no se pueden incluir dichas imágenes en programas en vivo que se exhiban en horario de niños. ¿Por qué? Porque, en el caso de artistas, de personas vinculadas al éxito o a vidas felices, etcétera, hay una asociación evidente con la idea de que fumar es algo deseable. Por eso, el Convenio Marco y todas las legislaciones contemplan una prohibición en tal sentido.
No se considera una restricción respecto de otros momentos.
Pido a la Sala, entonces, mantener la redacción de la Comisión de Salud en orden a que, "Del mismo modo, se prohíbe en programas transmitidos en vivo, por televisión o radio, en el horario permitido para menores, la aparición de personas fumando o señalando características favorables al consumo de tabaco".
Ello es esencial. Si no aprobamos la norma, vamos a dejar una nueva brecha en la regulación de las tabacaleras, que mantienen todo su poder. Esas empresas tienen todo el poder del mundo, en efecto, por si acaso alguien abriga dudas.
Nos parece esencial la existencia de políticas públicas con miras al bien común. Aquí no se dispone una prohibición de fumar.
Nadie aceptaría -y lo planteaba el propio constitucionalista señor Zapata- que se hiciera publicidad para que las personas anduviesen con armas en la calle, aun cuando no es ilícito que las posean bajo determinadas condiciones.
Cabe recordar que también regulamos otras actividades lícitas, como la de los fuegos artificiales, que se pueden desarrollar solo en ciertas situaciones.
El señor ROSSI.-
Y el comercio sexual.
El señor GIRARDI.-
Así es. También está regulado.
Mas el que nos ocupa es un hábito que mata. Estamos haciendo referencia al reclutamiento de niños para transformarlos en fumadores. Y uno de los más importantes mecanismos para ello es la publicidad a través de la televisión; es la que se difunde en horario de menores, que es peor, porque no se conceptualiza como tal. Entonces, casualmente, aparecen personas fumando en esos momentos y en programas en vivo.
Pido que eso sea prohibido.
Insisto en que no se impedirá, lamentablemente, que ello ocurra en otras actividades creativas. No se va a diferir el horario para que sea algo solo limitado a adultos. Vamos a seguir registrando una brecha importante. Pero, de no aprobar la norma, seremos complacientes, en cierta manera, con uno de los principales instrumentos de las tabacaleras -repito- para reclutar niños.
Les pido a los señores Senadores revisar la bibliografía -y le solicito al señor Ministro que se la envíe, porque me parece muy importante- de obras larga y profundamente estudiadas por la Sociedad Estadounidense de Pediatría, fundamentalmente, que ha hecho múltiples análisis en la materia, todo lo cual muestra que el que he mencionado es uno de los factores más directamente relacionados con el hábito de fumar en los niños.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Rossi.
El señor ROSSI.-
Señor Presidente , creo que este es un punto central. Porque cuando uno legisla respecto de cierto asunto tiene que preguntarse cuál es el objetivo que se persigue; y si este es el de que se registre menos consumo de tabaco, particularmente en menores, hay que apuntar a cuál es el elemento determinante de la decisión de comenzar a fumar.
Eso reviste especial importancia, porque todos los estudios indican que si una persona no comienza a hacerlo antes de los 18 años, es muy difícil que adquiera el hábito con posterioridad. Hay excepciones que confirman la regla, naturalmente.
La estrategia de las tabacaleras está destinada claramente a convertir a niños no fumadores en fumadores. Uno de los elementos principales que consideran es justamente la búsqueda de personas que constituyen modelos para los menores, a fin de que ellas exhiban en televisión la conducta que nos ocupa.
Tenemos claro que la película sobre el conflicto de Irán en 1979, en la que se fumaba todo el día, es una creación artística. No vamos a censurarla. Pero un programa en vivo es diferente. Y voy a poner un ejemplo: un matinal donde apareciera fumando una figura como Tonka Tomicic sería el mejor estímulo para que un menor la imitase.
Por eso, fuimos muy claros en la redacción. Y pido que se vote la proposición de la Comisión de Salud y la formulada por la Comisión de Constitución. Este último texto hace referencia precisamente a "que se promueva el consumo". ¿Ello cómo se verifica? ¿Saldría alguien diciendo: "Vamos todos a fumar"? La manera de promover es que una persona que constituye un modelo para la sociedad, a quien los niños imitan, aparezca fumando. Sería el caso de Karen Doggenweiler o de Elfenbein, por ejemplo.
Ese es el sentido de la medida.
Es lo mismo que la publicidad en la que se le paga al productor o al director de cine para que muestre alguna marca o a algún artista conocido fumando en la pantalla.
Se han perdido batallas con relación a varios aspectos del proyecto, señor Presidente , pero este es un punto central. Los que lo planteamos no estamos inventado nada nuevo. Pido votar, entonces, la proposición de la Comisión de Salud y la correspondiente a la Comisión de Constitución.
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).-
La Mesa somete al pronunciamiento de la Sala lo dispuesto por el Reglamento.
El señor ROSSI.-
Hay dos informes.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Uriarte.
El señor URIARTE.-
Señor Presidente , ya que estamos en el segundo informe, etapa en la que le hemos dedicado a la iniciativa al menos once sesiones en las Comisiones de Salud, de Agricultura y de Constitución, y tenemos el deber, finalmente, de legislar bien, pido recabar la unanimidad de la Sala para reabrir un debate que, procesalmente, puede llegar a adquirir relevancia, relativo al alcance de la expresión "emplazamiento".
El término me parece bien. La Comisión de Constitución lo contempló como la traducción literal de la palabra "placement". Pero ocurre que el concepto tiene un claro sentido procesal, definido en el Código de Procedimiento Civil, y cuyo significado todo el mundo conoce, pero que no tiene nada que ver con el emplazamiento publicitario que tratamos de regular a través de la iniciativa para impedir precisamente la publicidad encubierta.
Pido recabar un acuerdo para el solo efecto de reabrir la discusión sobre esa parte, si la Sala lo tiene a bien, y agregar la expresión "publicitario", con el objeto de que quede claro que no se hace referencia a la palabra empleada por el Código, sino a un emplazamiento especialísimo contenido en el proyecto sobre ambientes libres de humo de tabaco.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
"Si le parece".
El señor ROSSI.-
No, señor Presidente . Se puede abrir una compuerta.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
¿Existe unanimidad?
No la hay.
El señor URIARTE.-
No se requiere. Bastan dos tercios de los Senadores presentes.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Lo que usted ha planteado, Su Señoría, es una indicación, porque quiere agregar la palabra "publicitario" a continuación del término "emplazamiento". Eso exige la unanimidad de la Sala.
Consulto nuevamente si existe esta última para el efecto señalado.
El señor ROSSI.-
No.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Proseguimos, entonces.
El Honorable señor Quintana no va a hacer uso de la palabra.
Puede intervenir el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , en cuanto al aspecto publicitario, puede reclamarse o no lo relativo a la constitucionalidad. Por mi parte, creo que el punto se ajusta plenamente a la Ley Fundamental.
Evitar la publicidad no impedirá que se vendan o no cigarrillos. A mi juicio, el limitarla para algún tipo de actividades no está amparado por la Carta.
Pero me parece que el artículo es contradictorio.
Si partimos de la base de que queremos eliminar la publicidad, directa o indirecta, al aprobarse el inciso en análisis, que diferencia entre el horario de menores y el de mayores, la cuestión quedaría abierta. Así, en el horario de mayores podrían salir en televisión un par de artistas preguntando: "¿Cómo están los cigarrillos?", "¿Por qué no me convidas uno?", "¿Por qué no vamos a fumar?", etcétera. O sea, durante este período habría publicidad. Mas ello se contrapone con el inciso primero, que la prohíbe.
Sería preciso eliminar la frase "en el horario permitido para menores", para que hubiera realmente una limitación en la materia. Si no, dejaremos abierto el que en los programas de televisión y radio, en los horarios para mayores, haya publicidad, directa o indirecta. Y puede ser muy directa, porque, por ejemplo, podrá salir en televisión un artista con una cajetilla de cigarrillos Kent mostrándola u ofreciéndole a otro que fume.
Para solucionar la situación, podría perfectamente votarse por separado la frase mencionada. Creo que eso es necesario si queremos ser coherentes. Es factible que estemos de acuerdo o en desacuerdo, pero, para poder establecer la restricción, hay que hacerlo de esa forma.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , comparto lo que dice el Senador señor Zaldívar, porque es de una lógica implacable.
Eso sí, deseo consignar que en el inciso primero del artículo 3º se prohíbe totalmente la publicidad. Una vez que se publique la ley, el producto podrá estar dentro de un boliche, de una tienda, pero no se permitirá poner un letrero que exprese: "Se venden cigarrillos". Y cuando en el inciso tercero se hace referencia al horario para menores, lo que se está diciendo es que en el horario para mayores no existe una limitación. Entonces, que alguien me explique cómo conciliar la prohibición total con esta última.
Perdónenme, Sus Señorías: es simplemente absurdo.
Además, hay un aspecto práctico. De acuerdo con los términos de la norma, significa que en una obra de teatro no podrá salir fumando un actor que tenga que hacerlo.
El señor WALKER (don Patricio).-
Sí.
El señor ESPINA.-
Ello no será posible conforme a la disposición de la Comisión de Salud.
En lo personal, estoy de acuerdo con el texto de la Comisión de Constitución, porque regula, restringe, no prohíbe. Y el principio que sigo es que se restrinja y se prohíba lo más posible, pero que no se violente la Carta con una prohibición, caso en el cual se requiere aplicar la medida al producto. ¡Si ello es mucho más claro! Así actúa un país que afirma, con toda razón, que el cigarrillo causa tanto daño: lo prohíbe. Sin embargo, a la chilena, prohibimos la publicidad, pero permitimos la producción del artículo.
El señor GIRARDI.-
Así ocurre en el mundo entero.
El señor ESPINA.-
En consecuencia, respecto del inciso tercero, coincido en eliminar la frase "en el horario permitido para menores", pues, en coherencia con el inciso primero, se prohibirá "que se promueva el consumo de productos de tabaco o se señalen características favorables de éstos", porque eso es publicidad.
Comparto, entonces, lo expuesto por el Senador señor Zaldívar y voto a favor del inciso, porque me parece que tiene que existir una restricción. No soy partidario de que se haga publicidad por la televisión, pero tampoco de que se prohíba realizarla con un letrero que indique "Se vende" dentro de un boliche, que es lo que se acaba de legislar con anterioridad.
Gracias.
El se��or ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Carlos Larraín.
El señor LARRAÍN (don Carlos).-
Señor Presidente , el asunto, en realidad, es un poco laberíntico.
Discrepo de lo manifestado por el Senador señor Espina. Creo que el Honorable señor Zaldívar está un poco perdido. Y lo menciono sin ánimo de ofensa. Porque se plantea una prohibición universal, absoluta, a mi juicio completamente inconstitucional -por eso voté en contra-, en el inciso primero, que es el género: "Se prohíbe la publicidad del tabaco y de elementos de las marcas relacionados con dicho producto".
Se ha abundado en razones para fundamentar dicho reparo. No voy a volver sobre eso.
Y la propuesta del inciso tercero viene a ser la especie. ¿En qué sentido? Se refiere a programas transmitidos en vivo -presumo que se trata de los actuados- o en que se cubren hechos de la vida real, por televisión o por radio, en el horario permitido para menores. Se trata de un paso más allá.
O sea, si Ahmadinejad sale fumando en la televisión chilena el mismo día en que mandó a matar 10 mil judíos, ello puede arrastrar a todo el directorio de Canal 13, por ejemplo, a la cárcel o a pagar una multa.
¿Y si alguien llega a exclamar: "¡Qué rico estaba este puchito!"? ¡A ese gallo le van a cortar la lengua!
Así que considero que hay una diferencia. Me parece que el inciso primero no cubre al otro que nos ocupa, cuyo texto final aparece propuesto después del trabajo de las Comisiones de Constitución y de Salud, según entiendo.
Además, pienso que la redacción es claramente censuradora: "se señalen características favorables acerca de éstos". ¿Vamos a tener escuchas de los diálogos en vivo? ¿A quién vamos a nombrar a cargo? ¿Al Comité Central del Partido aquel de los cien años o a algún grupo de esos que no fuman?
Lo anterior es potencialmente muy peligroso, lo mismo que la prohibición de fumar en lugares cerrados, con ventanas o sin ellas, cosas prodigiosas que se filtraron por ahí.
Ahora, en cuanto al placement, sé que fue desechado por no sé qué razón. Concuerdo enteramente con lo expresado por el Senador señor Uriarte: "placement" y "emplazamiento" no tienen absolutamente nada que ver. Esa primera palabra significa "colocación". No es por dármelas de muy entendido, pero hay un error en la traducción.
Estoy a favor de una parte de la disposición que nos ocupa, aunque parezca raro. ¿Por qué? Por encontrarse dirigida al caso de los menores. Pero estimo, eso sí, que lo referente al alcance de las conversaciones importa un peligro sustancial para la libertad de expresión. Como no estoy de acuerdo con lo que implique una censura acerca del contenido de diálogos y posturas, voto en contra.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Puede intervenir el Senador señor Patricio Walker.
El señor WALKER (don Patricio).-
Señor Presidente, nunca hay que perder de vista el fondo de lo que estamos discutiendo.
Chile es la tercera nación en el mundo con mayor consumo de tabaco. En nuestro país, uno de cada diez niños de diez años fuma. Y todos sabemos que si no se ataca el problema a tiempo, el cuerpo pide después la nicotina y todos los elementos que contiene el cigarrillo, y el menor se convierte en un adicto.
En seguida, coincido con lo que destacó el Honorable señor Zaldívar. Hay que votar separadamente la frase "en el horario permitido para menores", porque es más coherente con la prohibición de la publicidad el que la restricción para promover el consumo de productos de tabaco alcance a todos.
Sacando el aspecto relativo a los menores, comparto más la redacción de la Comisión de Constitución que la de Salud. Porque puede resultar excesivo que no sea posible fumar en vivo, por ejemplo, en una obra de teatro que se transmite en televisión.
El señor LARRAÍN.-
Lo es.
El señor WALKER (don Patricio).-
Si en esa oportunidad alguien está fumando y experimenta un malestar o algún problema a la salud, tal situación puede darse en la lógica de desincentivar el consumo de tabaco. Entonces, considero mucho mejor impedir que en los actos en vivo se promueva el consumo de cigarrillos.
Aplicar una especie de ley seca, como ocurrió con el alcohol en Estados Unidos, me parece poco realista y contraproducente. Por lo tanto, no nos queda más que prohibir la publicidad del tabaco.
Ahora, respecto de los temas constitucionales acá planteados: libertad económica, derecho de propiedad, etcétera, quiero leer textualmente lo que dijo el profesor Patricio Zapata en la Comisión de Constitución, porque en mi opinión es muy claro e ilustrativo:
"Después de estudiar este asunto, he llegado a la conclusión que la Constitución Política vigente no es obstáculo para que el legislador adopte, respecto de la industria del tabaco, el tipo de prohibiciones que contemplan los primeros cuatro incisos del artículo 3 que se propone.
"La primera defensa de la constitucionalidad consistiría en afirmar que, aun cuando se trata de una cortapisa severa e intensa, la referida prohibición sigue, sin embargo, inscribiéndose en el marco de las restricciones o limitaciones a que puede ser sometido, por el legislador, el ejercicio de un derecho fundamental.
"En esta línea, siempre será posible argumentar que frente a las exigencias de la libertad económica y el derecho de propiedad, la ley puede oponer las demandas del derecho a la vida, el derecho a la salud y, en general, del Bien Común".
Y más adelante, continúa: "Cualquier definición sobre esta ley tiene que partir por asumir que el orden constitucional chileno no es neutro sobre el valor de la industria del tabaco. En la medida en que Chile ha ratificado la Convención Marco de la OMS sobre control del tabaquismo, todos los órganos del Estado han asumido el deber de respetar y promover el derecho humano a ser protegido contra esta epidemia.
"Los principios y reglas de la Convención indicada se han incorporado en el orden público chileno. Por lo mismo, quienes se dedican al negocio del cigarro no pueden sino saber que ya no pueden seguir esgrimiendo en su favor todas y cada una de las garantías de la libertad económica, como si fueran productores de libro u oferentes de electrodomésticos.
"Jurídicamente, la industria del tabaco se encuentra, entonces, en una situación homologable a la de quienes fabrican o venden armas. Esto es, sujetos a un estrictísimo régimen de control. Se trata de actividades lícitas, en cuanto no prohibidas, pero no por ello dotadas del haz pleno de facultades complementarias de que gozan otros emprendimientos".
No proseguiré con la lectura, pero aparecen otros ejemplos, como el del suicidio frustrado, el cual no se castiga, pero sí el auxilio al suicidio.
Eso dice el profesor Zapata. Y se encuentra consignado en el respectivo informe de la Comisión de Constitución, donde lo analizamos en su oportunidad.
Por lo tanto, creo que hay argumentos constitucionales sólidos, contundentes, para establecer estas restricciones, estas prohibiciones, a fin de defender la vida y la salud de las personas, especialmente de nuestros niños.
He dicho.
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El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer, para una cuestión reglamentaria.
La señora VON BAER.-
Señor Presidente , quiero solicitar la autorización de la Sala para que la Comisión de Educación pueda discutir en general y particular en el primer informe el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que otorga al personal asistente de la educación que indica una bonificación por retiro voluntario y una bonificación adicional por antigüedad y las compatibiliza con los plazos de la ley Nº 20.305.
Y, adicionalmente, pido que se le permita sesionar paralelamente con la Sala para tal fin.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
--Se autoriza.
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El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Señor Presidente , creo que el texto final propuesto a la Sala adolece de un error bastante grande, porque el objetivo -con el que todos concordamos- es que en el horario permitido para menores no se pueda promover el consumo de tabaco, pero me da la impresión de que se trata de imitar algo existente hoy día: la Ley de Alcoholes, donde no se habla de programas transmitidos en vivo, sino de horarios para menores.
Por lo tanto, el asunto tendrá que ser solucionado en la Cámara de Diputados, pues no hay unanimidad para que vuelva a la Comisión pertinente. De no corregirse la situación, se permitiría, teóricamente, que las películas o los programas envasados, no los en vivo, pudieran difundirse en horario para menores. Y no es el objetivo de la iniciativa.
En consecuencia, hay un problema de redacción, y si sacamos la expresión "en vivo", la situación sería totalmente distinta para el horario permitido para menores.
A mi juicio, debería buscarse una solución al respecto, y me gustaría consultarle al señor Ministro su opinión respecto al inciso en análisis.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , en primer lugar, habría que esclarecer el sentido de lo que estamos discutiendo, porque aquí se debaten demasiadas cosas simultáneamente.
Nos encontramos estudiando solo el inciso tercero del artículo 3º propuesto. En la Sala y, luego, en la Comisión de Constitución, la expresión "la aparición de personas fumando" nos pareció compleja desde el punto de vista de la libertad de expresión; porque podría equivaler a censurar en una obra de teatro exhibida en horario para menores a una persona que apareciera fumando por necesidad del guión. Esa obra debería ser censurada de acuerdo a la disposición sugerida por la Comisión de Salud.
A eso nos opusimos. Y propusimos cambiar la expresión "la aparición de personas fumando" por otra que dice "que se promueva el consumo de productos de tabaco". Con ello se mantiene el sentido de la norma, pero se evita el eventual conflicto con la idea de libertad de expresión, que permite la aparición de una persona fumando en una película o en una obra de radioteatro.
Dicho lo anterior, me parece que la norma queda razonable, pues se mantiene su espíritu y para nada se cumple la profecía del fin de mundo que algún señor Senador anunció si se cambiaba la referida disposición. ¡Porque aquí no estamos abriendo espacios para una imitación que pueda conducir a los jóvenes imberbes por el camino del mal...!
Sin embargo, también me doy cuenta de que la redacción planteada, a propósito de la observación del Senador Zaldívar, podría ser contradictoria. Porque nosotros solo pretendemos corregir el inciso respecto de la frase "la aparición de personas fumando", lo cual queda cautelado con lo que proponemos. Pero queda expresado en forma tan genérica, que pareciera que en programas que no son para menores estuviéramos autorizando el consumo de productos de tabaco o su promoción mediante la expresión de características favorables de estos.
En consecuencia, considero válida la propuesta, en el entendido de que se debe eliminar la frase, como lo pidió el Senador Zaldívar, "en el horario permitido para menores".
Por lo tanto, sugeriría aprobar la redacción propuesta por la Comisión de Constitución, excluyendo la frase recién mencionada, con lo cual se mantendría la coherencia de la norma y no sería contradictoria con el inciso primero. Se entiende que es una especificación en cuanto a su alcance, para evitar que, en forma indirecta, como lo señala el inciso segundo, se haga publicidad por medio del placement.
Ahora, respecto del término "placement" o "emplazamiento", yo me hago cargo de la inquietud de los Senadores Uriarte, Carlos Larraín y otros. Pero ya que no hubo unanimidad, quiero pedir, para la historia de la ley, que quede registrado que la utilización por el legislador del vocablo "emplazamiento" se hace para evitar el uso del "placement" -palabra inglesa que no corresponde a nuestro idioma-, que en el marketing o en la publicidad en nuestro país y en otros lugares significa el emplazamiento publicitario indirecto en escenas o en escenografías usadas en programas de televisión, en el cine, o en otras actividades, como la fotografía.
De manera que, si dejamos registrado eso en la historia de la ley, tal vez se entenderá que la palabra "emplazamiento" dice relación con el vocablo placement en el sentido a que me he referido.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, voy a apoyar plenamente la propuesta de la Comisión de Salud, por las siguientes razones.
Dicho órgano técnico, a mi juicio acertadamente, aborda un aspecto no tocado en el debate: el del efecto imitativo, que es especialmente delicado en los menores. Por lo tanto, creo que la norma es correcta.
Aquí se han entregado cifras muy categóricas sobre el consumo de tabaco, en especial entre los niños. En consecuencia, lo que se pretende con esta norma es, precisamente, evitar que se produzca este efecto imitativo respecto de personas que tienen una importante exposición pública y que muchas veces constituyen un ejemplo a seguir, particularmente por quienes poseen menor nivel de formación. Se presume que los adultos están formados, y que en ellos es menos riesgoso lo relativo al consumo de tabaco.
Todas las cifras han apuntado a los menores. Y me parece adecuado que se establezca esta prohibición en el horario permitido para ellos.
Resultaría muy difícil probar el día de mañana que se promueve el consumo. De hecho, ni en la ley ni en el propio artículo se define, en definitiva, qué significa "promover". Y al final esta norma puede terminar en nada.
Pienso que lo propuesto es correcto, en términos de acotar el tema a los programas en vivo y en horarios de menores. ¿Por qué? Por el efecto imitativo y el riesgo que esto representa para los niños.
Por eso, voy a apoyar la disposición planteada por la Comisión de Salud.
Señor Presidente , lo que ocurre con el tabaco sucede también en otra serie de situaciones. Y en cuanto al argumento de que con la norma que nos ocupa eventualmente se podría restringir la libertad de expresión, por supuesto que eso es posible, así como se restringe la libertad de emprender a través de este conjunto de disposiciones. Pero, dado el fin que se persigue, es lícito establecer restricciones -no prohibiciones-, por ejemplo, a lo que podría ser la libertad de expresión, tal como se hace -repito- con la libertad de emprender, que ha sido abordada por la propia Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
En este caso, el legislador no puede prohibir o afectar el derecho en su esencia, pero sí, restringirlo.
La norma propuesta por la Comisión de Salud apunta muy bien al segmento de mayor riesgo: los menores, en horario para menores y, particularmente, en programas en vivo.
Por lo expuesto, estimo que ello es del todo coherente y no así lo planteado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , deseo manifestar dos cosas antes de fundamentar mi apoyo a la fórmula descrita en la propuesta de la Comisión de Salud.
Primero, creo que de repente muchas discusiones se producen porque perdemos de vista la esencia del proyecto que estamos debatiendo, lo que significa reiterar hasta la saciedad que esta iniciativa, ni al comienzo ni después de lo que realizamos en el tiempo propone restringir el consumo de tabaco, de cigarrillos.
¡Lo anterior no está en cuestión! Y lo repito, porque resulta que cuando se hacen las alegaciones, gran parte de ellas son erradas, ya que se dice: "Usted está limitando el derecho legítimo de cada persona a fumar".
Eso no es verdad. ¡No es así! Lo que pretendemos es generar condiciones para evitar el efecto imitativo planteado muy lúcidamente por el Senador Orpis -me alegro mucho de ello- y que la gente entienda de una manera distinta el tema sobre el cual estamos legislando.
Segundo, esa es nuestra actitud permanente con relación al proyecto. Y, por tanto, la importancia que le otorgamos a la disposición en análisis radica en que somos conscientes de que el efecto imitativo va a ser muy duro, muy fuerte, muy machacador -perdónenme la expresión- en el desarrollo mental del niño. A los 40 o 50 años es muy difícil que un fumador deje su adicción. Pero el efecto imitativo en los niños a través de la televisión, fundamentalmente, es muy fuerte.
Por lo demás, aprovecho de expresarles a quienes dicen: "No sabemos como se promueve la adicción" que ello no es difícil, por lo que he dicho: la promoción se produce de modo instantáneo cuando aparece una persona fumando en la televisión o en un teatro y la ven los niños. No se necesita nada más. Basta con que la vean para que se empiece a ejercer una imitación que termina en adicción.
Otro tema que deseo exponer es el siguiente.
En esta iniciativa nos estamos yendo por las ramas constantemente. Y perdonen que lo plantee así. Es excesivo lo que se discute, incluso detalles muy, muy pequeños que nada tienen que ver con el fondo de la cuestión. ¿Y por qué esto es muy trascendente para nosotros? Porque,...
Doy excusas al colega Girardi. Entiendo su confesión. Yo también la haría, pero en verdad le pido postergarla unos minutos.
Señor Presidente, para nosotros es muy importante cómo quede esta disposición, por la experiencia que paso a relatar.
En medio de la discusión que se efectuó tiempo atrás, 2 o 3 personeros de la televisión manifestaron que ellos en su actuación tenían derecho a hacer todo lo que desearan: fumar, no fumar, hacer cualquier cosa; que eso formaba parte de su libertad personal.
Y es aquí donde llegamos al fondo de la cuestión. La ley en estudio plantea la libertad para disminuir la presencia de personas fumando en público. No se trata de negarle a la gente que fume. Quien quiera fumar y suicidarse, allá él. Pero hay que resguardar el bien común: la infancia chilena.
Ese es el fondo del problema. Y por eso voy a votar a favor de la opción que aprobamos en la Comisión de Salud y no de la que ha planteado la Comisión de Constitución.
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.
La señora PÉREZ (doña Lily).-
Señor Presidente , mi intervención persigue justificar mi voto de apoyo a lo propuesto por la Comisión de Salud.
Además, quiero decir que me siento orgullosa cuando veo a un Ministro de Salud como el que tenemos actualmente en el país, que defiende una normativa ultra restrictiva con respecto al consumo de cigarrillos, de tabaco.
Y lo expreso con fuerza, porque esta parte del proyecto es muy clara. Aquí se trata de impedir a los líderes de opinión promover el consumo de productos de tabaco. ¿Y qué significa "promover"? Promover no es hacer publicidad. ¡Nadie está diciendo que se va a impedir poner letreros o vender cigarrillos! Lo que postulamos es que no se pueda promover en horario para niños, para menores de edad, a través de líderes de opinión, el consumo de tabaco.
¡Eso es!
¿Y qué es la promoción?: la educación, la formación de hábitos.
¿Cuál es la situación hoy día? Cuando un líder de opinión, cualquiera que sea su naturaleza, promueve el consumo de una sustancia tóxica como el alcohol, una droga o el cigarrillo, lo que hace es incitar a la imitación.
Y después ¿cómo convencemos a los menores de que no lo hagan si a través de programas exitosos, que tienen alto rating, líderes de opinión de cualquier tipo u origen social, económico, político, del mundo de las artes, de la cultura promueven o incentivan el consumo del cigarrillo o del tabaco en este caso. Es muy complejo, porque hay un sentido de educación, de generación del hábito y del consumo, y de estimular este último.
Por esa razón, tiene tanta fuerza esta parte del proyecto que, a mi juicio, es muy importante.
Se han hecho estudios y se han emitido muchos reportajes en los medios de comunicación, sobre todo en la televisión, los cuales muestran cómo hijos de madres fumadoras están condenados desde el vientre a ser consumidores de cigarrillos de por vida. Pese a estar embarazadas, algunas mujeres siguen con el hábito y probablemente sus madres también fumaban.
Entonces, aquí hay un tema de desarrollo del hábito, de educación y también del efecto imitación.
A eso se debe la fuerza de esta parte del articulado y, por esa razón, apoyo con mucho entusiasmo lo decidido por la Comisión de Salud.
El señor ESCALONA (Presidente).-
El último inscrito es el Senador señor Lagos.
Ruego a Sus Señorías proceder a votar en el momento oportuno para no tener dificultades.
El señor ESPINA.-
¿Qué se vota primero?
El señor ESCALONA (Presidente).-
No hay problema en repetirlo: reglamentariamente, corresponde pronunciarse sobre el informe de la Comisión de Constitución.
El Honorable señor Zaldívar ha propuesto votar en forma separada.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
El señor Senador pidió votación separada de la expresión "en el horario permitido para menores".
El señor ESCALONA (Presidente).-
Eso se votaría posteriormente.
En este caso, se vota, en primer lugar, el informe de la Comisión de Constitución.
Tiene la palabra el Senador señor Lagos.
El señor LAGOS.-
Señor Presidente , en esta materia, me interpreta por segunda vez en el día el Senador señor Ruiz-Esquide, en cuanto a que a veces perdemos el norte de lo que estamos debatiendo en esta disposición.
Lo que se plantea es algo sencillo y bien acotado: establecer un límite a la aparición en programas en vivo, en horario de niños, de personas fumando. O sea, hay tres condiciones: programas en vivo, horario de niños y personas fumando.
Al escuchar por primera vez el debate, uno podría asustarse, en el sentido de estar haciendo algo desmedido, en la creencia de algunos de que se afectan ciertos derechos constitucionales.
Al respecto, consulto si podríamos pasar un documental sobre la Segunda Guerra Mundial, en el cual apareciera el ex Primer Ministro de Inglaterra , Windsor Churchill, fumando un habano. Y la respuesta es afirmativa, porque no se trataría de un programa en vivo, aunque fuese difundido en horario de menores.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
¡Y no lo está promoviendo!
El señor LAGOS.-
No, no lo está.
Pero el acto de promover tampoco está definido en la ley.
Entonces, no alcanza a capturar o morder situaciones en que se pudiese preguntar si no estamos legislando en exceso.
Por otra parte, se vino a mi memoria la Teletón, a la cual sigo y aporto. Y recordaba la celebración de los 20 años de ese evento. Aparecía Don Francisco, más delgado, hablando por esos teléfonos antiguos, negros y en su mano izquierda sostenía un cigarrillo que estaba fumando. Y esparcía el humo en ese estudio antiguo, que era diferente al de ahora. También fumaban los que hacían las llamadas. Y él decía: "¿Cómo va Arica?" -me acuerdo perfectamente, lo mostraron hace poco-, "¿Cómo está la recaudación?". Y Don Francisco fumaba.
Entonces, la pregunta que cabe hacer es: ¿Afectaría esta ley a Don Francisco? No. Porque fue a las 2 de la mañana.
Entonces, aunque aprobemos esta legislación, Don Francisco no va a aparecer nunca más fumando, aunque no sé si todavía lo hace.
A mi juicio, aquí no se atenta contra nada y solo se trata de resguardar algo súper fundamental. Porque, ¿qué hacen los niños y los jóvenes? No fuman porque son adictos, sino por imitación. ¡Sí, ese es el tema!
Por lo tanto, estamos tratando de acotar el efecto de generar imitación. Lo mismo se ha hecho respecto a otros asuntos cuando establecemos restricciones horarias. ¿Por qué se dice que no se pueden transmitir programas con contenido sexual o cierta violencia en horarios de menores? Porque estos no tienen la capacidad ni el discernimiento de tomar decisiones por sí mismos. Y eso, tal vez, influye en la manera, en el comportamiento y en la actitud de los jóvenes.
Lo que se propone en este artículo aprobado por la Comisión de Salud y que fue modificado en la de Constitución -entiendo que con la mejor buena fe- no resguarda el punto en cuestión, que, al final del día, es que los jóvenes no queden expuestos a ver a personas fumando en un programa en vivo, en horario de menores.
Además, la propuesta de la Comisión de Constitución habla de que se "promueva el consumo de productos de tabaco", sin que esté definido qué es la promoción de esos productos. Entonces, vamos a tener una discusión eterna sobre el particular.
No sé qué es más potente: si la aparición de una figura reconocida de la farándula nacional o con una alta valoración social, fumando; o un cartel que diga: "Compre tal marca de cigarrillos" o "Fume tabaco".
Hoy día la propaganda más sofisticada del mercado destinada a gente de altos ingresos ya no dicen "Use un reloj de tal marca, que es mejor". Muestran solo el artículo, porque los consumidores ya identifican que ese es un reloj bueno, y no hay para qué poner la marca al lado. En consecuencia, aquí se aplicaría lo mismo.
Por lo tanto, tenemos que votar a favor de lo que aprobó la Comisión de Salud y en contra de lo sugerido por la de Constitución.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente , por primera vez, la intervención del Senador señor Lagos me va a ahorrar muchos de los argumentos que quería plantear.
Lo cierto es que, efectivamente, el debate habido en la Comisión de Salud fue para establecer una norma clara, que permitiera terminar con el efecto imitación. Y, en ese sentido, la disposición era mucho más extensa y hubo escándalo nacional, porque se iba a prohibir la aparición de personas fumando. Se habló de películas con personajes históricos que fumaran y que no se podrían exhibir.
Hay que decir claramente que se llegó a un acuerdo entre el Ministro de Salud y los miembros de la Comisión de Salud, y se conversó también con los integrantes de la de Constitución. Y se logró una norma bastante acotada.
Como se ha señalado anteriormente, se impide que menores de edad puedan ver, en un horario no apto para ellos, a una persona fumando en un programa en vivo. Y, por tanto, la norma es clara. Yo diría que lo demás son simples exageraciones.
En consecuencia, llamo a votar a favor de la propuesta de la Comisión de Salud y en contra de la de Constitución.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor Ministro solo para hacer alguna rectificación a algunas de las intervenciones, porque estamos en votación.
El señor MAÑALICH ( Ministro de Salud ).-
Señor Presidente , no sé si es una rectificación de hecho, pero sí una aclaración.
También estos temas están sujetos a una regulación sanitaria internacional. Por eso hoy día es imposible que, por ejemplo, llegue a Chile una película que tenga como audiencia preferente a niños o a jóvenes y en la que aparezca gente fumando.
Hice el ejercicio de ver películas extraordinariamente malas, sobre el último Batman y el último 007. En ninguna de ellas hay escenas con lo que denominamos "placement" de cerveza, de trago, de pistolas, de esto o de lo otro, a pesar de que son filmes que se financian enteramente por ese sistema ¿Por qué? Porque eso significaría que automáticamente tales películas quedarían censuradas para mayores de 18 años en sus países de origen.
¿Qué debemos perfeccionar nosotros, más allá de los acuerdos internacionales? Nos preocupa que líderes de opinión -como se ha señalado acá- en programas en vivo -no en noticiarios, ni en repeticiones de programas antiguos, ni en grabaciones de otros países donde esta censura se halla plenamente operativa y que están muchos más avanzados que nosotros en esta materia- aparezcan fumando y tal hecho genere una imitación.
En ese sentido, creemos que la propuesta de la Comisión de Salud es suficientemente clara y está bien acotada para perfeccionar lo ya existente desde el punto de vista de las regulaciones y de los convenios internacionales que Chile ha suscrito respecto al tabaco.
Gracias.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Antes de dar por terminada la votación, quiero pedir al señor Secretario que reitere cuál fue el procedimiento.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Se sometió a votación la proposición de la Comisión de Constitución para modificar el texto aprobado por la de Salud en aquella frase que decía "la aparición de personas fumando o señalando características favorables al consumo de tabaco.". Vale decir, quienes votaron que "sí", se pronunciaron por aprobar lo de la Comisión de Constitución; quienes "no", lo hicieron porque estaban en contra de su planteamiento.
El señor WALKER (don Patricio).-
Así es.
El señor LARRAÍN.-
Exacto.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se rechaza la proposición de la Comisión de Constitución recaída en el artículo 3° (19 votos en contra y 10 a favor).
Votaron por la negativa las señoras Allende, Alvear, Pérez (doña Lily) y Rincón y los señores Chahuán, Coloma, García-Huidobro, Girardi, Gómez, Lagos, Larraín (don Carlos), Muñoz Aburto, Orpis, Pérez Varela, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Tuma y Uriarte.
Votaron por la afirmativa los señores Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, Horvath, Larraín (don Hernán), Prokurica, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Entonces, queda rechazado el informe de la Comisión de Constitución.
El señor WALKER (don Patricio).-
Solo en esa parte.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Con los mismos votos, en consecuencia, quedaría aprobado...
La señora PÉREZ (doña Lily).-
¡Votemos!
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se pide votación respecto del informe de la Comisión de Salud.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Cabe señalar que en el texto propuesto por dicho órgano técnico, se ha pedido votación separada de la frase "en el horario permitido para menores".
El señor ESPINA.-
Eso ya está listo.
El señor LAGOS.-
Se rechazó.
El señor ESCALONA (Presidente).-
El Senador Zaldívar solicitó aquello por escrito.
Lo que se rechazó fue "que se promueva el consumo de productos de tabaco o se señalen características favorables acerca de éstos".
La frase que pide votar por separado Su Señoría se encuentra más arriba. Por lo tanto, es una expresión distinta de la que se votó.
El señor LARRAÍN.-
Como se refiere a la proposición de la Comisión de Constitución, no corresponde votar eso.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , propongo que se vote por separado esa frase porque está incluida en la norma propuesta por la Comisión de Salud. Creo que existe la misma razón. Si queda y se deja el concepto relacionado con los mayores, quiere decir que se va a poder promover el consumo de tabaco y que se termine fumando.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Lógico.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Y eso contradictorio con el inciso primero del artículo 3°, que prohíbe todo tipo de publicidad.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
La Mesa entiende que la propuesta del Senador señor Zaldívar es atingente al texto de la Comisión de Salud, que emplea la frase "en el horario permitido para menores". Y la solicitud de Su Señoría de votación separada apunta a ella, es decir, a un aspecto relacionado con la redacción de lo sugerido por ese órgano técnico.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Es para eliminar esa frase.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , entiendo que la situación es totalmente distinta por lo siguiente: la que se está votando es la proposición de la Comisión de Salud, que agrega un factor diferente. Dice: "Del mismo modo, se prohíbe en programas transmitidos en vivo, por televisión o radio, en el horario permitido para menores, la aparición de personas fumando...". Cuando se establece "prohibido en horario de menores o de niños", se está prohibiendo que aparezca alguien fumando.
Si se elimina eso significa que no podrá aparecer nunca en la televisión una persona fumando, ni aun a las 2 de la mañana.
Por lo tanto, la connotación es distinta de lo que planteaba la Comisión de Constitución.
Considero que como está la redacción de la Comisión de Salud, y en la lógica de haberse rechazado la otra indicación, en lugar de que no exista nada, hay que terminar apoyándola porque, en caso contrario, nos quedamos sin ninguna norma.
El señor WALKER (don Patricio).-
Correcto.
El señor ESPINA.-
Entonces, para quienes preferíamos lo propuesto por la Comisión de Constitución, en subsidio, la indicación de la de Salud es evidentemente superior a lo que tenemos hoy día, que es nada.
En consecuencia, habría que votar la proposición de ese último órgano técnico en los términos en que se encuentra redactada, por cuando agrega el factor "que aparezca una persona fumando". Y solo cabe esperar que, ¡Dios quiera!, no aparezca en un programa en vivo alguien fumando, porque lo van a censurar.
Así que es preferible que quede eso a no establecer nada.
El señor ROSSI.-
¡Muy bien!
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
Lo que el Senador señor Espina ha señalado con bastante lucidez da la razón a la Mesa, porque ha emitido un juicio de valor sobre la redacción de la norma, en el sentido de que si se excluye la mencionada frase, efectivamente, no quedaría nada. Y, por consiguiente, Su Señoría prefiere que ella quede.
En todo caso, no es facultad de la Mesa retirar la proposición presentada por el Senador señor Zaldívar. Queda a juicio de él mantenerla o retirarla.
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , al igual que en el caso anterior, dije que el texto de la norma era contradictorio con lo señalado en los incisos primero y segundo del artículo 3°, que establece que se prohíbe todo tipo de publicidad, sea en términos indirectos o de cualquier tipo.
¿Por qué creo que también la proposición de la Comisión de Salud debe modificarse? Porque termina con la frase que dice "o señalando características favorables al consumo de tabaco". O sea, cuando se trate de mayores va a haber publicidad, pero no cuando se trate de menores.
Entonces, para ser coherentes con toda la lógica del artículo 3°, debe eliminarse la frase "en el horario permitido para menores", o suprimir la parte final, que reza "o señalando características favorables al consumo de tabaco". Porque, si no, habrá propaganda directa. Y esa es la razón por la cual creo que procede la eliminación de "en el horario permitido para menores". Si se mantiene, no puede quedar "o señalando características al consumo de tabaco".
El señor WALKER (don Patricio).-
Borremos eso último.
El señor ESCALONA ( Presidente ).-
El Senador señor Zaldívar ha reiterado su proposición. En consecuencia, la Mesa la somete a consideración de la Sala.
Tiene la palabra el Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , soy firme partidario de que no puedan aparecer personas fumando en vivo. Y, al respecto, quiero reiterar el concepto de que los niños no fuman porque son adictos; cuando empiezan a fumar lo hacen por imitación, y esta la estimula justamente la aparición de personajes exitosos fumando.
El problema de fondo es que hay acá una diferencia conceptual.
El que aparezca una persona fumando en televisión no es publicidad tradicional, no se considera como tal. Es una manera de violar ciertas normas. Por eso se llama "publicidad indirecta". No está rotulada; es una casualidad, un pecado planeado. Y por ello la vamos a prohibir.
A lo que se refiere el Senador Zaldívar es una publicidad que está totalmente prohibida.
Por lo tanto, no tiene sentido -y por eso concuerdo con la redacción de la Comisión de Salud- eliminar la frase "en el horario permitido para menores", porque ello significaría, como dijo el Senador Espina, prohibir la publicidad del consumo de tabaco en programas en vivo transmitidos en cualquier momento, incluso a las 4 de la mañana, cuando se supone que no debería haber niños viendo televisión.
Ahora, si me preguntaran si estoy de acuerdo en regular aquello, contestaría que sí, aunque ese no era el espíritu original de la norma, consistente en prohibir la aparición de personas fumando en programas transmitidos en vivo, pues eso no está conceptualizado como publicidad y es una manera de evadir la reglamentación en horarios destinados a menores.
Eso es lo que nos interesa a nosotros y es el bien común que queremos preservar. Pero la publicidad propiamente tal, Senador Zaldívar, está prohibida, en todo horario. Lo que aquí se prohíbe es solamente la aparición de personas fumando en programas en vivo porque esta figura no está conceptualizada como publicidad, sino que es una estrategia publicitaria destinada a burlar la ley.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Ha llegado la hora de término del Orden del Día.
Queda inscrito para continuar el debate el Senador señor Orpis.
Hago presente a la Sala que restan varias votaciones, por lo cual en ningún caso alcanzaríamos a despachar el proyecto ahora.
En consecuencia, la discusión proseguirá en la sesión ordinaria de mañana.
--Queda pendiente la discusión particular del proyecto.
"
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/7914-11