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Moción de los señores diputados Hasbún , Álvarez-Salamanca , Bauer , Calderón , Macaya , Morales , Moreira , Silva y Ulloa , y de la diputada señora Molina , doña Andrea .
Incorpora a la Ley de Tránsito la obligatoriedad de implementar el -Sistema de Posicionamiento Global (GPS) en los vehículos motorizados (boletín N° 7742-15)
“La seguridad en materia de tránsito debe ser, sin lugar a dudas, la variable más importante en este ámbito. Sin embargo, el acelerado crecimiento del parque automotriz nacional genera mayores riesgos en materia de conducción frente a la contingencia de un accidente de tránsito.
Es por lo anterior que en muchas oportunidades, los diputados que conformamos la bancada de la Unión Demócrata Independiente hemos presentado diversos proyectos de ley bajo la consigna de promover de un modo eficaz normativas vinculadas a la seguridad en el transporte, ya sea a través de la vía sancionatoria como preventiva.
Bajo esta línea argumental, los firmantes del presente proyecto de ley ratificamos nuestro compromiso en torno a incorporar progresivamente normas jurídicas destinadas a aminorar los nocivos efectos provocados por ta carencia de medidas de seguridad necesarias para un adecuado tránsito vehicular.
Es así como el concepto “seguridad” en el ámbito automovilístico tiene una connotación amplia, ya que no sólo implica el resguardo por la seguridad de los automovilistas, sino que además procura la pesquisa y captura efectiva de los responsables frente a robos de automóviles. Es por esta razón que los firmantes del proyecto de ley que presentamos en esta oportunidad, buscamos mayores niveles de eficacia en la represión y sanción de todos aquellos delitos surgidos en relación a este importante bien.
Así las cosas, el presente proyecto de ley tiene por objetivo incluir herramientas de carácter tecnológico de forma obligatoria para todos los vehículos motorizados, específicamente, la incorporación del sistema satelital denominado GPS, con el objeto de otorgarle a los automovilistas mayores condiciones de seguridad en cuanto a la ubicación de los móviles en sus respectivos trayectos.
En efecto, el sistema GPS constituye un sistema global de navegación por satélite que permite determinar en todo el mundo la posición de un objeto, una persona o vehículo con gran precisión.
En este contexto, cabe destacar que con el avance de la tecnología automotriz, se han desarrollado una serie de medidas de seguridad tendientes a evitar situaciones nefastas producidas con ocasión del incremento del parque automotriz tales como delitos de robo de vehículos, como también de la ocurrencia de accidentes en las vías, maximizando la eficacia de los servicios de asistencia médica al lugar de los acontecimientos.
Como se indicó en párrafos anteriores, el presente proyecto de ley tiene por objeto establecer la implementación progresiva de este dispositivo satelital a partir de sus innegables bondades desde el punto de vista de la seguridad, con el propósito de garantizar la prontitud de los servicios de asistencia ante accidentes de tránsito, otorgándole a los automovilistas mejores condiciones de comodidad y seguridad en su automóvil.
PROYECTO DE LEY
Art. 1.- Agréguese un nuevo numeral 11 en el artículo 75 de la ley 18.290 del Tránsito en el siguiente sentido:
Número 11. Sistema de Posicionamiento Global (GPS)
Artículo Transitorio: “La exigencia establecida en el numeral 11 del artículo 75 será obligatoria, respecto de los vehículos nuevos a partir del 1 de enero del año 2014”.
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