-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/638643/seccion/akn638643-ds62
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:IntervencionPeticionDeOficio
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3487
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/1
- rdf:type = bcnres:IntervencionPeticionDeOficio
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:PeticionDeOficio
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3487
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/contraloria-general-de-la-republica
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/contraloria-general-del-biobio
- rdf:value = " INVESTIGACIÓN Y REVISIÓN DE SITUACIÓN QUE AFECTA A PROFESOR POSTULANTE EN CONCURSO PÚBLICO DE MUNICIPALIDAD DE CHILLÁN. Oficio.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- En el tiempo adicional de cinco minutos del Comité de Renovación Nacional, más uno cedido por el Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ .- Señor Presidente , hoy voy a plantear una situación que me parece extremadamente grave. Si bien se trata de un caso en particular, sus alcances y efectos requieren la máxima atención.
La forma para ingresar a la planta de la dotación docente en la educación municipal es a través de un concurso público, que debe cumplir con ciertas formalidades y requisitos, dentro de los cuales los principios de objetividad, transparencia e igualdad para los concursantes son insustituibles.
Sucede que la Municipalidad de Chillán llamó a concurso público para optar a cargos de docentes de aula en educación general básica en las escuelas María Amalia Saavedra Martínez , Oro Verde, Quinchamalí, Los Jardines de Lautaro, Camilo Henríquez , República de Israel , Gabriela Mistral , República de Portugal , Las Canoas y 27 de abril, el 29 de noviembre de 2008.
En dicho concurso participó el profesor Juan Enrique Navarro Avello , quien, una vez conocidos los resultados, solicitó a las autoridades pertinentes revisar su puntaje.
Después de diversas e injustificadas dilaciones, al señor Navarro se le señaló que el puntaje obtenido se mantenía invariable.
Con esa información, el profesional recurrió, el 27 de mayo de 2009, a la Contraloría Regional del Biobío. Y debido a que transcurrieron varios meses sin que el señor Navarro obtuviera respuesta alguna, expuse al señor contralor General de la República , a través de esta Corporación, lo que estaba sucediendo.
Finalmente y después de un año y seis meses de la presentación y, lo que es más grave, de innumerables consultas realizadas a la Contraloría Regional de la República, el afectado obtuvo respuesta, contenida en el Oficio Nº 5.774, de fecha 12 de octubre de 2010.
Dado el tiempo transcurrido era esperable un documento sustancioso que justificara precisamente ese lapso. Lo insólito -y aquí comienzan las preocupaciones- es que la Contraloría Regional concluye lo siguiente: “No advierte que la Municipalidad de Chillán haya incurrido en alguna irregularidad al no designar al señor Navarro Avello en los empleos concursados”, en circunstancias de que el profesor, en su presentación de hace un año y seis meses, jamás pretendió tal cosa; solo pidió que se le revisara su puntaje dada la incongruencia entre las bases y los antecedentes presentados.
Y aquí entramos al fondo del problema.
Ocurre que no se entrega puntaje alguno a la postulación en el ítem del rubro denominado “Excelencia en el Desempeño Profesional”, específicamente en el punto 5.3.1 de las Bases, que dice: “Participación Directa en la Formulación; Implementación del Proyecto Institucional”, no obstante haber presentado la documentación pertinente que así lo acredita, porque “supone la concurrencia de ambas condiciones como exigencia copulativa, de lo que se desprende, también, la necesidad de acreditar ambos requisitos para acceder a la puntuación requerida”.
Lo curioso es que dicha conclusión se contradice total y absolutamente con lo exigido en las bases del concurso, que por su trascendencia no puede dar origen a interpretaciones posteriores particulares imposibles de conocer por el postulante al momento de entregar sus antecedentes. El Informe de la Contraloría Regional dice que para otorgar puntaje es requisito la existencia de ambas condiciones, lo que no es efectivo, como se demuestra con lo que dice la propia Pauta de Evaluación aplicada en el concurso, que señala: “Se otorgará 10 puntos si acredita participación en al menos un proyecto de este tipo”, lo que por cierto está en armonía y consonancia con lo contenido en las bases, donde, según se observa, se intercala un punto y coma (;), lo cual, desde un punto de vista gramatical, implica separación.
En esta materia no existe posibilidad alguna de interpretación. Cabe preguntarse de dónde emana tan singular razonamiento para sostener aquello, si las bases y la pauta aplicada exigen, para otorgar puntaje, acreditar un solo proyecto, que fue efectivamente lo que demostró el profesional, pero que extrañamente la Comisión respectiva lo ignoró. Y el máximo organismo contralor avaló tal arbitrariedad.
Creo que aquí no se ha permitido ejercer oportunamente los derechos de un profesional, primero, por el abuso de la autoridad, según se observa en la documentación entregada oportunamente al director de educación, y después, a la Contraloría Regional del Biobío, donde se mantuvo un año y seis meses en espera con el argumento de que se estaba revisando y se estaban confeccionado los borradores. Y lo que es más grave, en forma posterior a mi intervención de fecha 9 de junio de 2010 en esta Cámara, la profesional encargada de la situación recurrió al propio DAEM para solicitar los antecedentes.
Por lo tanto, solicito al señor contralor general disponga una amplia y completa investigación y revisión de la situación producida con el profesional señor Juan Enrique Navarro , verificando su puntaje con las bases del concurso y la pauta aplicada, las razones que justifican tan insólito proceder, su aplicabilidad respecto de la totalidad de los postulantes y el cumplimiento de los principios de objetividad, transparencia e igualdad que se exige en todo concurso público.
Asimismo, pido que se me hagan llegar los fundamentos que explican la tardanza en la respuesta del máximo organismo contralor a ese profesional de la educación.
Finalmente, solicito la inserción del texto de un segundo planteamiento que quiero hacer a la Contraloría Regional del Biobío y que se envíe copia de éste al órgano contralor.
He dicho.
El señor BECKER ( Vicepresidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría y se adjuntará copia de su intervención.
"
- bcnres:tieneAutor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3487
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/638643/seccion/address802
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/638643