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- rdf:value = " PRONUNCIAMIENTO DE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA SOBRE JURIDICIDAD DE RESOLUCIÓN ADOPTADA POR ALCALDE DE PROVIDENCIA Y DECLARACIÓN EMITIDA POR CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE ESA COMUNA. Oficio.
El señor BURGOS.- Señor Presidente , con la senadora señora Soledad Alvear Valenzuela hicimos una presentación ante la Contraloría General de la República, ingresada con rol N° 185457, con fecha 27 de septiembre del año en curso, para que dicho órgano contralor se pronuncie sobre las decisiones tomadas por el alcalde de Providencia , don Cristián Labbé , en cuanto ha señalado verbalmente que, entre otras cosas, va a cerrar los colegios que están en toma, va a dar término al año escolar por sí y ante sí y, además, va a disminuir el número de colegios, toda vez que no va a aceptar estudiantes de otras comunas.
Todas estas declaraciones, a nuestro juicio, chocan con la ley y la Constitución. Por eso, es muy importante que el órgano contralor se pronuncie sobre la juridicidad de dichas resoluciones. Por el momento, sólo son declaraciones verbales, pero sería muy bueno tenerlas a la vista.
He pedido el envío de un oficio respecto de la presentación que hiciéramos ayer, porque en el diario El Mercurio, de Santiago , hoy aparece -no sé si en otros medios de prensa- una inserción o declaración pública del directorio de la denominada Corporación de Desarrollo Social de Providencia que, por su tenor, da a entender que es la que colabora y conduce el tema educacional en esa comuna, el que, aparentemente, está formado por la señora Alicia Román, don Ambrosio García Errázuriz y don Pedro Navarrete Izarnótegui .
En dicha declaración señalan que solidarizan con el señor Critián Labbé Galilea por lo que ellos consideran descalificaciones y ataques de que ha sido objeto y declaran que las decisiones de Labbé son también de dicha Corporación de Desarrollo Social de Providencia.
Quiero agregar a los antecedentes que entregamos ayer en la Contraloría esta inserción de declaración pública para que, en razón de sus dichos, también se le pida una explicación a esa Corporación.
En Chile, estas materias no se determinan a través de declaraciones efectuadas en conferencias de prensa o inserciones en diarios de la capital. Los fundamentos jurídicos, si es que los llegan a tener, deben estar contenidos en un documento o en una resolución. Esta forma del señor Labbé de entender el estado de derecho es absolutamente ajena a los principios básicos de juridicidad de un estado de derecho.
En consecuencia, pido que se adjunte este documento a los antecedentes que he mencionado y que sea remitido al contralor general de la República.
He dicho.
El señor ROBLES ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados Marcelo Díaz y de quien habla.
"
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