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- rdf:value = " MODERNIZACIÓN Y FOMENTO DE COMPETENCIA DE SISTEMA FINANCIEROEl señor GIRARDI (Presidente).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que moderniza y fomenta la competencia del sistema financiero, con segundo informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (7440-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 16ª, en 10 de mayo de 2011.
Informes de Comisión:
Hacienda: sesión 27ª, en 21 de junio de 2011.
Hacienda (nuevo): sesión 51ª, en 7 de septiembre de 2011.
Hacienda (segundo): sesión 62ª, en 12 de octubre de 2011.
Discusión:
Sesiones 32ª, en 12 de julio de 2011 (queda para segunda discusión); 34ª, en 13 de julio de 2011 (vuelve a Comisión de Hacienda); 54ª, en 14 de septiembre de 2011 (se aprueba en general); 63ª, en 18 de octubre de 2011 (queda pendiente su votación).
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor ALLIENDE ( Secretario General subrogante).-
En la sesión de ayer quedó pendiente la votación particular de esta iniciativa.
En primer lugar, deben darse por aprobados reglamentariamente los artículos 1° -con excepción de los numerales 2) y 8), nuevos-, 2°, 3°, 4° y 5° permanentes y los artículos 1°, 3° y 4° transitorios, en atención a que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones.
Se debe dejar constancia del quórum de aprobación respecto de las disposiciones de ley orgánica constitucional y de quórum calificado contenidas en los artículos 2° y 3°, que requieren 20 votos a favor las primeras, y 18 las segundas.
En seguida corresponderá pronunciarse sobre las enmiendas efectuadas por la Comisión de Hacienda al texto despachado en general, todas las cuales se acordaron por unanimidad.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Se van a votar, para el solo efecto de dejar constancia del quórum, los artículos que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones en la Comisión de Hacienda.
En votación.
El señor ALLIENDE ( Secretario General subrogante ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueban (29 votos favorables), dejándose constancia de que se reunieron los quórums constitucionales exigidos.
Votaron las señoras Alvear, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Cantero, Chahuán, Escalona, Espina, Frei, García, García-Huidobro, Girardi, Gómez, Horvath, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Tuma, Walker (don Ignacio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor ALLIENDE ( Secretario General subrogante).-
En seguida, corresponde votar las enmiendas efectuadas por la Comisión de Hacienda al texto despachado en general, todas las cuales se acordaron por unanimidad. Recaen en los artículos 1°, números 2 y 8, nuevos; 6° y 7°, nuevos, y 2°, 5°, 6° y 7° transitorios (los dos últimos, nuevos). Para su aprobación se precisa quórum simple.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , por el número 8 del artículo 1° del proyecto se introduce al decreto con fuerza de ley N° 251 un artículo 40 que les impone a los bancos, cooperativas, agentes administradores de mutuos hipotecarios endosables, etcétera, el cumplimiento de ciertas normas en el proceso de licitación previsto en dicho precepto.
En el número 1 del referido artículo 40 se dice: "Los seguros deberán ser contratados en forma colectiva por la entidad crediticia, para sus deudores, por medio de una licitación pública con bases preestablecidas.".
Entre otras cosas, se señala (número 2 del mencionado artículo) que "Las compañías cuya menor clasificación de riesgo sea igual o inferior a BBB, no podrán participar en la licitación.". O sea, les estamos colocando a las empresas un alto nivel de calidad para poder participar en la licitación.
A renglón seguido, en el número 3 del artículo 40 se expresa que "Los seguros serán asignados por la entidad crediticia al oferente que presente el menor precio, incluyendo la comisión del corredor de seguros, si correspondiere".
Hasta ahí está bien la norma.
Pero yo quiero pedir votación separada de lo que se dice a continuación: "... salvo que, después de iniciado el proceso de licitación y antes de su adjudicación, se hubiese deteriorado notoriamente la solvencia de ese oferente por un hecho sobreviniente.".
A mi entender, en el período que media entre el inicio del proceso de licitación y la adjudicación -una semana, quince días- es casi imposible que una compañía de seguros con alta clasificación, de acuerdo a las exigencias impuestas en las bases, se vea en una situación tan deteriorada que haga necesario que, conforme a la facultad que se entrega al efecto, el directorio o máximo órgano directivo de la entidad crediticia, pública y fundadamente, adjudique la licitación al segundo menor precio.
Señor Presidente , las normas que estamos colocando acá, mediante las cuales se imponen obligaciones a las instituciones crediticias y se procura la transparencia, tienen como propósito que el seguro en comento se licite, sobre la base de un procedimiento público, al menor precio y a la mejor calidad.
Debido a que los bancos también están autorizados para oficiar como corredores de seguros, yo no me atrevería a colocar en la ley una normativa tan flexible como para que, habiendo una compañía de seguros que ya cumplió las elevadas condiciones de calidad exigidas, el directorio de la entidad crediticia pueda adjudicar la licitación al segundo precio: debe adjudicarla al primer precio más económico y beneficioso para los deudores.
Por tanto, yo sugiero, primero, rechazar la parte del articulado que faculta a los directorios de las entidades crediticias para adjudicar en una situación cuya ocurrencia es poco factible. Puede ser un caso excepcional. Pero aquí va a quedar como norma general. Y ello envuelve el riesgo de que los directorios de los bancos usen abusivamente la facultad.
Se dice: "La entidad crediticia podrá sustituir al corredor incluido en la oferta adjudicada, manteniendo la misma comisión de intermediación considerada en dicha oferta, siempre y cuando ello esté previsto en las bases.".
Eso me parece bien.
Lo que no me parece bien es darle al directorio del banco la posibilidad de que reemplace al primero por el segundo.
Por eso, pido votación separada en el inciso que señalé, para los efectos de establecer una licitación transparente y al mejor postor. He dicho.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Le propongo a la Sala que votemos todos los artículos aprobados unánimemente en la Comisión, con la salvedad que hizo el Senador señor Tuma .
¿Les parece?
Acordado.
En votación.
El señor ALLIENDE ( Secretario General subrogante ).-
El señor Presidente pone en votación todas las enmiendas aprobadas en la Comisión de Hacienda de manera unánime (4 votos favorables, de los Honorables señores Frei , Escalona , Kuschel y Novoa), que corresponden a los artículos 1º, Nº 2, nuevo; 1º, Nº 8, nuevo, con excepción de la parte que el Senador señor Tuma pidió votar separadamente; 6° y 7°, nuevos, y 2º, 5º, 6° y 7° transitorios (estos dos últimos, nuevos).
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueban las enmiendas en los términos indicados por el señor Secretario General subrogante (26 votos favorables).
Votaron las señoras Alvear, Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Cantero, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Girardi, Gómez, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Ruiz-Esquide, Tuma, Walker (don Ignacio) y Zaldívar (don Andrés).
La señora PÉREZ (doña Lily).-
Pido que se agregue mi voto, señor Presidente .
El señor CHAHUÁN.-
También el mío.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente...
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Se dejará constancia de la intención de voto afirmativo de los Senadores señora Pérez y señores Novoa y Chahuán.
El señor NOVOA.-
No, señor Presidente . Yo ya voté. Solo estoy pidiendo la palabra.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Entonces, exceptuamos a Su Señoría, quien tiene la palabra.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, con respecto al punto planteado por el Senador Tuma, me parece conveniente mantener la excepción.
No se trata de una facultad discrecional.
En efecto, se dice: "... salvo que, después de iniciado el proceso de licitación y antes de su adjudicación, se hubiese deteriorado notoriamente la solvencia de ese oferente por un hecho sobreviniente." (o sea -insisto-, tiene que haber un deterioro notorio de la solvencia y por un hecho sobreviniente). "En tal caso, el directorio, (...) pública y fundadamente, podrá adjudicar la licitación al segundo menor precio.".
Señor Presidente , debo señalar que en materia de compañías de seguros es muy posible que se den situaciones como esta: que una aseguradora filial de una compañía de Italia se presente a una licitación con antecedentes perfectos y que, a raíz de la crisis económica que afecta a Europa, y en particular a dicho país, la matriz pierda su solvencia.
Ahora, el uso abusivo de la norma en cuestión no solo va a implicar la intervención de la Superintendencia de Bancos. Porque, ¡ojo!, aquí la entidad crediticia no está peleando con una viejita, sino con una compañía de seguros que logró el primer lugar en la licitación. Entonces, no se encuentran en desigualdad de condiciones.
Si un banco dice, por ejemplo, "A esta aseguradora no le voy a adjudicar la licitación porque es notorio que se halla en insolvencia", se arriesga a que la compañía lo enjuicie no solo para que cumpla la adjudicación, sino además para que la indemnice por esa muy grave aseveración.
Sé que es una situación a lo mejor poco frecuente, porque el período entre la licitación y la adjudicación puede ser de dos semanas o de un mes. Pero también hay casos de compañías de seguros, y de las más grandes del mundo, que han caído en insolvencia de un día para otro. La crisis del 2008 en Estados Unidos, por ejemplo, significó que aseguradoras tremendamente solventes perdieran su posición patrimonial.
Por eso, siendo una medida excepcional, que el directorio deberá adoptar pública y fundadamente, y existiendo, aparte la fiscalización de la Superintendencia, recursos que le posibilitarán a la entidad crediticia que se vea perjudicada hacer valer sus derechos, no creo que la norma planteada se preste para abusos.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, lo que plantea el Senador Novoa dice relación con una facultad excepcional del directorio.
En todo caso, debemos tener presentes las vinculaciones de la banca en general con las compañías de seguros (recordemos que ya legislamos para que los bancos puedan desempeñarse también en este sector). Entonces, es factible que la entidad crediticia tenga nexos con algunas de las aseguradoras postulantes.
Desde esa perspectiva, no me parece apropiado que el directorio esté facultado para modificar la adjudicación en el evento, muy ocasional, de que en alrededor de 15 días se haya deteriorado de modo notorio la solvencia de una compañía de seguros. Para este caso, podrá estipularse en las bases de la licitación, por ejemplo, que esta quedará sin efecto de sobrevenir tal hecho. Pero no me parece adecuado que se adjudique al segundo menor precio solo por una apreciación del directorio, la que puede ser bastante subjetiva.
Por tanto, insisto en votar negativamente el párrafo y eliminarlo del texto, para no abrir la puerta a abusos y para mantener la transparencia de la licitación.
He dicho.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Subsecretario.
El señor DITTBORN ( Subsecretario de Hacienda ).-
Señor Presidente , considerando los argumentos de los Senadores señores Tuma y Novoa , que comparto en parte, quiero sugerir un camino quizá positivo y posible, por cuanto este proyecto igual deberá ir a tercer trámite a la Cámara de Diputados, por los cambios que le introdujo el Senado.
Lo que me parece más controvertible de la norma es el hecho de que el mismo directorio o máximo órgano directivo de la entidad crediticia deba juzgar el deterioro de la solvencia. Eso, porque evidentemente, de alguna manera, es juez y parte en el asunto.
Por ende, pienso que habría que trabajar una redacción conforme a la cual un tercero, una agencia calificadora de riesgo, determinara si la compañía de seguros se halla o no con su solvencia notoriamente deteriorada y si, por consiguiente, es necesario mantener la licitación o dejarla sin efecto.
Eso habría que corregirlo.
En tal sentido, sugiero que, si les parece a los señores Senadores, dejemos el punto para el tercer trámite, que será obligatorio...
El señor LARRAÍN .-
No se puede.
El señor DITTBORN ( Subsecretario de Hacienda ).-
¿No se puede corregir en dicha instancia?
El señor NAVARRO .-
No.
El señor DITTBORN ( Subsecretario de Hacienda ).-
¿Tendría que verse en Comisión Mixta?
El señor LARRAÍN .-
Así es.
El señor DITTBORN ( Subsecretario de Hacienda ).-
Parece que mi sugerencia no es viable desde el punto de vista reglamentario, señor Presidente .
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
En efecto, señor Presidente , el planteamiento del señor Subsecretario no tiene factibilidad reglamentaria. Para generar la Comisión Mixta, la Cámara Baja deberá rechazar la disposición pertinente en el tercer trámite. En caso contrario, se aprobará lo que despache el Senado.
En cuanto al problema de fondo, pienso que, si bien puede ser objetable que el propio directorio haga la calificación, la exigencia que se le impone (no olvidemos que dicho órgano está sujeto a las regulaciones de la Superintendencia de Bancos) en el sentido de que la adjudicación al segundo menor precio se efectúe pública y fundadamente constituye una garantía suficiente. No creo que el directorio de una entidad crediticia, exponiéndose a una situación inconfortable e inclusive a sanciones de la Superintendencia, pase injustificadamente la adjudicación al segundo menor precio. Lo hará por una consideración vinculada con el riesgo, en fin.
Ahora, no considero factible solucionar el problema acá, salvo que el Senado apruebe la norma y el Gobierno se preocupe de que, en el tercer trámite, la Cámara de Diputados la rechace, de tal manera que en la Comisión Mixta se incorpore a un tercero.
A mi juicio, lo más delicado sería que no existiera una disposición sobre la materia.
Porque, según se expresó, es posible que una compañía de seguros caiga en situación de insolvencia en el momento menos pensado, a raíz de que un país entró en crisis, etcétera.
Por lo tanto, yo prefiero que exista la norma. Y si se quiere corregirla, que el Ejecutivo se preocupe de provocar su rechazo en el tercer trámite para que en la Comisión Mixta se busque una nueva redacción, en los términos que planteó el señor Subsecretario de Hacienda .
El señor GIRARDI (Presidente).-
Yo quiero hacer una propuesta: que después de las palabras "pública y fundadamente" se agregue la frase "sobre la base del pronunciamiento favorable de una agencia clasificadora de riesgo".
Ello podría ayudar a resolver el problema.
El señor TUMA.-
Eso es.
El señor GIRARDI (Presidente).-
¿Les parece?
El señor GÓMEZ .-
De acuerdo.
El señor NOVOA .-
Sí.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Es lo mismo que planteó el Senador señor Tuma.
Las enmiendas propuestas son exactamente iguales. Pero yo prefiero que agreguemos la sugerida por el Senador señor Tuma, para la historia fidedigna del establecimiento de la ley.
El señor TUMA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor GIRARDI (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , me parece conveniente tomar el resguardo de que una clasificadora de riesgo, de acuerdo a las bases de la licitación, defina la situación excepcional que pueda registrarse.
El señor GIRARDI (Presidente).-
El proyecto se despacharía con esa modificación.
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Creo que no le corresponde a una calificadora de riesgo declarar desierto el proceso, señor Presidente . El que tiene que hacerlo es el directorio, en forma fundada, previo informe de una de esas entidades.
El señor GIRARDI (Presidente).-
Eso es lo que se propone, Su Señoría.
El señor TUMA.-
Así es.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
De acuerdo. Ahí sí.
El señor GIRARDI ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, ello se acogerá en forma unánime.
--Se aprueba, quedando despachado el proyecto.
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