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El señor LETELIER.- Señor Presidente, estimados colegas, el propósito del proyecto aprobado en general es muy sencillo. Su texto expresa:
"Los adultos mayores que tengan la calidad de jubilado no podrán ser objeto de contratos de seguro de cesantía por parte de ningún proveedor, so pena de entenderse nulo dicho contrato y debiendo restituir las sumas percibidas en razón de dichos contratos, con el debido reajuste y los correspondientes intereses".
¿Cuál es el punto? Hoy, las multitiendas les cobran ese seguro a pensionados y jubilados. Y en cualquier reunión de adultos mayores se plantea que a pensionados y jubilados, gracias a los plásticos y la industria del retail, les hacen cargos por ese concepto en circunstancias de que nunca van a ser cesantes. Es decir, les exigen desembolsos por algo que, a sabiendas -¡a sabiendas!-, no van a usar.
Esa práctica se podría calificar de múltiples formas. La iniciativa no pretendió hacerlo, sino, simplemente, ponerle fin.
Si se lee el texto que viene de regreso, el cual hace referencia a la incorporación de una norma a la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, no se comprende el debate. Este dice relación con que constituye un fraude, una estafa, el que a los adultos mayores, a pensionados y jubilados, les estén cobrando un seguro cuando no corresponde. Abiertamente, es una forma de robarles.
"¡Ah!", dicen algunos -motivados por intereses en las compañías de seguros, probablemente-, "Pero algunos pensionados también tienen trabajo. ¿Por qué no es posible venderles un seguro de cesantía?".
Advirtamos que si eso fuera cierto estaríamos haciendo referencia a la "gran" minoría de pensionados y jubilados. ¡La "Gran" minoría!
Lo que expresa el artículo que se incorpora, en el intento de llevar la cuestión al ámbito del cuerpo legal citado y de no dejarlo donde debe estar, que es otro lugar, es lo siguiente:
"Los bancos e instituciones financieras y sociedades de apoyo a su giro, establecimientos comerciales, compañías de seguros, cajas de compensación, cooperativas de ahorro y crédito y toda persona natural o jurídica proveedoras de productos o servicios financieros, podrán ofrecer a personas que tengan el carácter de pensionados, de cualquier régimen previsional, contratos de seguro de cesantía asociados a cualquier producto o servicio financiero, solo si éstos cuentan con un contrato de trabajo vigente o con un contrato de prestación de servicios a honorarios, lo que deberá acreditarse en un anexo", etcétera.
Lo único que deseo observar es que cambia la lógica. Se señala que solo se puede hacer el ofrecimiento si los pensionados cuentan con un contrato de trabajo vigente o un contrato de prestación de servicios a honorarios.
Mi experiencia con pensionados y jubilados me permite concluir que, muchas veces, personas inescrupulosas abusan de ellos. A mi juicio, hubiera sido bastante más conveniente la prohibición de cobrar el seguro. Se abre la posibilidad de que sea posible hacerlo "si es que".
¿De dónde surge mi inquietud? De recelar de las compañías de seguros. Desconfío de una industria con numerosas personas trabajando como vendedores de ese producto a las que les da una comisión si lo colocan. Por lo tanto, media un incentivo perverso. Para vivir, tienen que venderle a quien puedan.
Pensionados y jubilados constituyen una población cautiva para muchos. Solo quiero dejar constancia de ello en el proyecto.
Entiendo los debates efectuados en la Comisión de Economía. Comprendo la idea de que se buscó facilitar la excepción en el sentido de que algunos pensionados y jubilados pudieran tener un contrato de trabajo. Por lo mismo, me hubiera gustado que la afirmación inicial del artículo aprobado por el órgano técnico fuese "Se prohíbe", con la excepción introducida con las palabras "Solo podrán". Porque, al no ponerse "Se prohíbe", el peso de la prueba y a quien se protege quedan un poco más ambiguos.
Desprendo que se trató de buscar una lógica. Se expresa que "Es nulo todo contrato de seguro de cesantía asociado a un contrato principal que no cumpla con los requisitos exigidos en el inciso anterior". Espero que la modalidad concordada en la Comisión asegure tal propósito.
Al terminar mis palabras, deseo consignar que presenté la moción a petición de la Asociación de Pensionados y Jubilados de Rancagua, así como también de agrupaciones del adulto mayor de las provincias de Cachapoal y de Colchagua, con cuyos integrantes estuve en múltiples reuniones donde plantearon estos temas, que son los que les molestan y duelen.
Creo que hoy es un muy buen día, señor Presidente. Pienso que el proyecto logrará frenar igual el marco de abuso de las empresas de retail. Espero que estas, que son hoy más bien financieras, entiendan que la situación ha llegado a un límite y que queremos erradicar el abuso.
He dicho.
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