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- rdf:value = " ADECUACIÓN DE LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL A REFORMA DE CARTA FUNDAMENTAL. VETO.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Corresponde tratar las observaciones de Su Excelencia la Presidenta de la República , en segundo trámite, formuladas al proyecto que introduce en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional las adecuaciones necesarias para adaptarla a la ley Nº 20.050, que reformó la Carta Fundamental.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3962-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 3ª, en 21 de marzo de 2006.
En trámite de Comisión Mixta, sesión 45ª, en 29 de agosto de 2007.
Observaciones en segundo trámite, sesión 79ª, en 5 de enero de 2010.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 6ª, en 11 de abril de 2006.
Constitución (segundo), sesión 79ª, en 20 de diciembre de 2006.
Constitución (nuevo segundo), sesión 4ª, en 20 de marzo de 2007.
Constitución (complementario nuevo segundo), sesión 11ª, en 17 de abril de 2007.
Mixta, sesión 72ª, en 25 de noviembre de 2009.
Discusión:
Sesiones 7ª, en 12 de abril de 2006 (se aprueba en general); 81ª, en 3 de enero de 2007 (vuelve a Comisión de Constitución); 5ª, en 21 de marzo de 2007 (queda para segunda discusión); 6ª, en 3 de abril de 2007 (queda pendiente discusión particular: vuelve a Comisión para análisis de artículo 5° B); 12ª, en 18 de abril de 2007 (se aprueba en particular); 72ª, en 25 de noviembre de 2009 (se aprueba su informe); 79ª, en 5 de enero de 2010 (queda para segunda discusión).
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- En la sesión ordinaria del martes 5 del mes en curso se solicitó segunda discusión respecto del veto presentado por el Ejecutivo y quedaron pendientes el debate y votación desde la letra b) de la observación Nº 6 en adelante.
Sobre el particular, el inciso final del artículo 15 dispone que "En ningún caso se admitirá a tramitación un proyecto que proponga conjuntamente normas de ley y de reforma constitucional, o que no cumpla con los requisitos establecidos en los artículos anteriores.".
La letra b) citada apunta a sustituir la expresión "en los artículos anteriores" por una frase más precisa: "en los artículos 12, 13 y 14 de esta ley.".
El señor NOVOA (Presidente).- En discusión.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la letra b) de la observación Nº 6 (25 votos favorables), dejándose constancia de que se reúne el quórum constitucional requerido.
Votaron la señora Matthei y los señores Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, Girardi, Kuschel, Larraín, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Naranjo, Navarro, Novoa, Núñez, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- En seguida, el Congreso aprobó la sustitución del artículo 20 por el siguiente:
"Artículo 20.- Las comisiones mixtas a que se refieren los artículos 70 y 71 de la Constitución Política se integrarán por igual número de miembros de cada Cámara, conforme a lo que establezcan las normas reglamentarias que ambas acuerden, las que señalarán las mismas atribuciones y deberes para los senadores y diputados.".
La observación número 7) propone agregar un inciso segundo que señale que "Las comisiones mixtas formarán quórum para sesionar con la mayoría de los miembros de cada corporación que las integren.".
El señor NOVOA (Presidente).- En discusión.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El señor NÚÑEZ.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra, señor Senador.
El señor NÚÑEZ.- Señor Presidente , voy a insistir en la necesidad de solucionar un problema que no se halla superado en la normativa. ¿Qué pasa cuando, después de una sesión, tres miembros de una Comisión Mixta, sean de la Cámara o del Senado, no concurren en forma permanente a debatir una materia que incumbe a ambas ramas del Congreso?
En los hechos, se plantea una suerte de vacío que puede perfectamente hacer concluir el proceso legislativo que ellas han determinado. Basta con que tres miembros del Senado o de la Cámara de Diputados se pongan de acuerdo para no asistir en la instancia aludida y el proyecto de ley de que se trate no va a tener la posibilidad de seguir adelante.
A mi juicio, el punto no se encuentra resuelto de manera adecuada, y ello debiera hacerse en el artículo de que se trata.
El señor NOVOA (Presidente).- Por desgracia, no es posible introducir enmiendas en el veto. Es preciso aprobar o rechazar.
En todo caso, queda consignada la inquietud del Honorable señor Núñez.
El señor LARRAÍN.- Pido la palabra.
El señor NOVOA (Presidente).- Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , más que a la observación en debate me referiré al texto original del artículo 20, que ha sido modificado.
No había advertido que se suprime la forma como se preside una Comisión Mixta. Recuerdo que se discutió una proposición en el sentido de que la encabezara, más que el Senador elegido por dicho órgano, el titular de la Comisión respectiva de esta Corporación; pero veo que no se contempla una norma sobre el particular. Imagino que en algún minuto se eliminó la frase pertinente. Y el Ejecutivo está reponiendo la parte final, relativa a cómo se forma quórum para sesionar, pero no definiendo quién preside. Ello significa que las Comisiones Mixtas van a poder ser presididas por un Diputado , lo cual es muy honroso pero cambia una tradición: recordemos que al Congreso Pleno lo preside el Presidente del Senado , no su par de la Cámara Baja.
Ignoro cuál es el fundamento de esa ausencia. Pero al menos va a generar un conflicto debido al vacío legal para definir quién preside, salvo que se subentienda que, precisamente porque el Congreso Pleno es presidido por el Presidente del Senado, las Comisiones Mixtas deben serlo por un Senador.
Desconozco la interpretación y la explicación que se pueden dar sobre la materia, de modo que solicito una aclaración.
El señor NOVOA ( Presidente ).- ¿Algún miembro de la Comisión de Constitución desea dar una explicación acerca de este punto?
El señor SABAG.- Pido la palabra.
El señor NOVOA (Presidente).- Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor SABAG.- Señor Presidente , no soy integrante de la Comisión de Constitución, pero sí me ha tocado vivir en forma práctica el funcionamiento de las Comisiones Mixtas.
De acuerdo con el veto que envía el Ejecutivo , debe haber por lo menos tres Diputados y tres Senadores para que aquellas puedan reunirse. Y una de las maneras de obstaculizar su labor es no asistir a la sesión, con lo cual, evidentemente, no tienen quórum para sesionar. Y siempre ha sido así.
Por tanto, el Ejecutivo simplemente está reponiendo la disposición de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso que señala que las Comisiones Mixtas deben funcionar con la mayoría de los miembros de cada Cámara. O sea, según entiendo, con un mínimo de tres y tres, respectivamente. Porque no podr��an sesionar con cuatro Senadores y dos Diputados, o viceversa.
¿Esa norma práctica estamos analizando?
El señor NOVOA (Presidente).- Debo decir, Sus Señorías, que hay dos puntos.
El primero es el planteado por el Honorable señor Núñez : el Ejecutivo repone una disposición hoy existente, que se ha aplicado sin problemas. A saber, que "Las comisiones mixtas formarán quórum para sesionar con la mayoría de los miembros de cada corporación que las integren.". En ese aspecto, el veto es igual a la ley actual.
El segundo punto, que inquieta al Senador señor Larraín , es que, desgraciadamente, la Comisión Mixta aprobó esta norma en un sentido distinto a lo acordado por el Senado, ante la insistencia de la Cámara de Diputados para eliminar la frase "serán presididas por el senador que elija la mayoría de la comisión". Y debido al problema -yo estaba presente circunstancialmente en la Comisión Mixta- de que se aprobó un texto en general y después se rechazó una parte de él, el artículo 20 quedó sin esa disposición.
En efecto, se acogió en general una norma que no hablaba nada de la presidencia, porque a ella se refería su inciso segundo. Pero como este después se rechazó, quedamos sin la parte que determina quién preside las Comisiones Mixtas, modificándose así la disposición actual que establece que esa función le corresponde a un Senador.
Ahora, la Cámara de Diputados insistió en su postura, y en eso estamos. O sea, no hay norma en este aspecto y, por lo tanto, la presidencia de las Comisiones Mixtas le corresponderá a quien ellas resuelvan en cada caso.
Esa es la situación.
Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , los Senadores que en su oportunidad fueron Diputados recordarán que en la Cámara esta materia fue debatida en forma recurrente durante varios períodos.
Siento que el espíritu de esa Corporación ha sido ser fiel a lo que dispone el artículo 20 de la Ley Orgánica, que establece que las normas reglamentarias "señalarán las mismas atribuciones y deberes para los senadores y diputados", lo cual, en definitiva, se rompe en seguida al priorizar a un Senador para ocupar la presidencia.
En consecuencia, estamos frente a un asunto que se ya discutía cuando yo era Diputado , y que aparecía como una discriminación o una falta de coherencia del mismo artículo. Porque este señala en forma expresa que, reglamentariamente, los Senadores y Diputados tendrán las mismas atribuciones y deberes. Pero, a renglón seguido, dispone la prioridad de un Senador para presidir las Comisiones Mixtas.
A mi juicio, la eliminación obedece directamente a eso: a otorgarle coherencia a la norma. Porque, en definitiva, no existirían los mismos deberes y atribuciones si el propio artículo consagrara una facultad exclusiva del Senado: la de ejercer la presidencia.
Otra cosa sería discutir si, por tradición o por simplicidad, los Senadores debieran tener prioridad para presidir las Comisiones Mixtas, al provenir de una Cámara de revisión. Pero esto no se halla en debate. Solo se trata -repito- de hacer una adecuación para que el artículo 20 sea coherente.
Ahora, la observación establece exactamente lo mismo que decía el texto original, sin la parte relativa a la presidencia. Entiendo que no hay posibilidad de introducir algún tipo de modificación, así que, señor Presidente , le solicito que analice cómo podemos resolver este punto.
En definitiva, solo cabe votar el veto. Y habría que rechazarlo.
El señor LARRAÍN .- Así es.
El señor NOVOA (Presidente).- Hay que pronunciarse sobre la observación en debate, que no hace más que repetir la norma actual.
El señor NAVARRO.- Es cierto.
El señor NOVOA (Presidente).- O sea, más que de rechazarlo, yo sería partidario de aprobarlo...
El señor NAVARRO.- Claro, porque de otra forma nos quedaríamos también sin lo relativo a formar el quórum. Ya nos quedamos sin la presidencia, pero si se rechazara además esa parte, se crearía una situación de alta inestabilidad.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.- Señor Presidente , comparto la inquietud formulada por el Senador señor Larraín en el sentido de que, a propósito de un veto que no tiene mucha importancia -es casi de sentido común-, se está alterando el artículo 20, relativo al funcionamiento de las Comisiones Mixtas.
Ello lo considero muy delicado. Sé que se hizo antes. Pero creo que todavía se puede corregir...
El señor NOVOA ( Presidente ).- Perdón, Su Señoría, el veto no altera nada. Lo que modifica al artículo 20 es el acuerdo del Congreso.
El señor COLOMA.- Lo sé, señor Presidente . Pero a propósito de eso, quiero formularle una consulta a alguno de los miembros de la Comisión de Constitución. Porque aquí hay varios asuntos involucrados.
Por ejemplo, ¿quién cita a la Comisión Mixta? Yo quiero dejarlo planteado aquí, porque hasta ahora es muy simple: lo hace el Senado. Es su obligación. ¿Y de dónde emana ella? Del artículo 20 que se deroga. Entonces, como se cambia el texto original -por así decirlo-, puede pasar algo mucho más grave: que cada Corporación cite para una fecha o asuntos distintos. Es decir, la Cámara podría citar para una fecha equis y el Senado, para una i griega. Esto es más kafkiano que cualquier otra situación que se pretenda corregir a través de la norma en debate.
Señor Presidente , creo que siempre hay tiempo para hacer las cosas con sentido común. Entiendo lo que señala el Senador señor Navarro . Nunca estuve en contra de la disposición en comento, porque más que un privilegio, entiendo que es una forma de ordenar las discusiones, de resolver, de situar las responsabilidades, de convocar, de exigir los quórums para que la Comisión Mixta sea eficiente. Por cierto, los votos de Senadores y Diputados valen lo mismo. Sería inaceptable que ello no fuera así. En eso estamos plenamente de acuerdo. Pero lo que se modifica es un ordenamiento procesal clave para que el funcionamiento de aquella sea eficiente.
Sé que esta materia es de rebote, señor Presidente , pero como se halla presente el Ministro señor Viera-Gallo , soy partidario más bien de rechazar el veto a fin de analizar la posibilidad de plantear otra norma que corrija un procedimiento que, a mi juicio, va a alterar la labor de las Comisiones Mixtas y a generar bastante más incertidumbre que velocidad de respuesta.
En esa lógica, señor Presidente , yo por lo menos voy a votar en contra de la observación en debate. Lamento que hayamos llegado -todos somos responsables de ello- a una situación de esta naturaleza, en que se rompe una forma de hacer las cosas para el bien del país, no de una Corporación, que me parecía mucho más eficiente.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza la observación número 7) (14 votos en contra, 4 a favor y una abstención).
Votaron por la negativa la señora Matthei y los señores Arancibia, Cantero, Coloma, Escalona, Kuschel, Larraín, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Orpis, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide y Zaldívar.
Votaron por la afirmativa los señores Bianchi, Girardi, Novoa y Vásquez.
Se abstuvo el señor Núñez.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , le solicito que considere mi abstención.
El señor OMINAMI.- Y la mía también.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Se dejará constancia en la Versión Oficial de la intención de abstenerse de los Senadores señores Navarro y Ominami.
El señor NÚÑEZ.- ¿Qué pasa ahora, señor Presidente , tras el rechazo del veto?
El señor NOVOA ( Presidente ).- Ahora hay dos problemas: no sabemos quién preside las Comisiones Mixtas ni tampoco cuál será el quórum para que ellas sesionen. O sea, en vez de una dificultad, tenemos dos. Pero no se pueden arreglar acá.
El señor COLOMA.- ¡Caos total...!
El señor VÁSQUEZ.- ¿De quién es la responsabilidad?
El señor NOVOA (Presidente).- No quiero mencionar a quién se la atribuimos.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- En el artículo 22, el Congreso Nacional aprobó el numeral 22, que intercala, luego de la voz "debates," la frase "de conformidad con lo señalado en los artículos 9°, 9° A y 10,".
La observación número 8) propone modificar dicho numeral de la siguiente manera:
a) Suprimir las expresiones "y 10".
b) Sustituir la coma (,) ubicada entre los guarismos 9° y 9° A, por la conjunción "y".
De aprobarse lo anterior, la frase final quedaría: "de conformidad con lo señalado en los artículos 9° y 9° A".
El señor NOVOA (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueban las letras a) y b) de la observación número 8) (23 votos a favor y una abstención), dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional exigido.
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, Gómez, Kuschel, Larraín, Longueira, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Novoa, Núñez, Orpis, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
Se abstuvo el señor Girardi.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- En seguida, la observación N° 9) propone sustituir en el numeral 23, en el inciso tercero del artículo 25, la frase "correspondiente o para consultar a la comisión en caso de duda", por la siguiente: ", ni de la Comisión para reconsiderar de inmediato la resolución de su Presidente .".
Explico en qué consiste la modificación.
El inciso tercero del artículo 25 aprobado por el Congreso Nacional establece: "La circunstancia de que no se haya planteado la cuestión de admisibilidad o inadmisibilidad de una indicación durante la discusión en general en la Sala, no obsta a la facultad del Presidente de la comisión para hacer la declaración correspondiente o para consultar a la comisión en caso de duda.".
Y el veto propone reemplazar la última frase por: ", ni de la Comisión para reconsiderar de inmediato la resolución de su Presidente.".
El señor NOVOA (Presidente).- En discusión.
Tiene la palabra la Honorable señora Alvear.
La señora ALVEAR.- Señor Presidente , la observación formulada por Su Excelencia la Presidenta de la República tiene por objeto fortalecer el rol de la Comisión. Y, en atención a ello, en lo personal me parece prudente aprobarla.
El señor NOVOA (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro, para fundar el voto.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , puedo entender el sentido de lo manifestado por la Senadora señora Alvear respecto a fortalecer el rol de la Comisión en las declaraciones de admisibilidad o inadmisibilidad. De eso trata el artículo 25. Sin embargo, las Comisiones están conformadas por cinco integrantes, y en el Senado somos 38. En el caso particular de la de Constitución, muchas veces hemos discutido el rol que debe jugar. Porque la mayoría de los proyectos que se ven en ella pasan por el criterio preestablecido que pueda tener, excluyendo del debate a la Sala.
De la lectura del veto no logro interpretar exactamente su objetivo. Pero me atengo a lo señalado por la Senadora señora Alvear en el sentido de que él sería fortalecer la prioridad de lo obrado por la Comisión, evitando su posterior revisión en la Sala.
No obstante, me parece que la Sala siempre debe tener la posibilidad de debatir, a solicitud de cualquiera de sus miembros, acerca de la admisibilidad o la inadmisibilidad de una indicación. Porque, de no ser así, significará que habrá que estar atento a ello en cada Comisión, y eso es prácticamente imposible.
La Sala otorga tal facultad a los parlamentarios que no han asistido a los debates en la Comisión. Por cierto, el grado de responsabilidad o de irresponsabilidad que les pueda caber al cuestionar la declaración pertinente se evaluará en su minuto. Pero el hecho de otorgarle prioridad en este punto le resta una atribución a la Sala. Y eso debe ser mejor analizado.
Tal vez la Senadora señora Alvear puede aclarar si ese es el sentido del veto. Porque, de ser así, lo votaré en contra.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Alvear.
La señora ALVEAR.- Señor Presidente , para aclarar la inquietud planteada por el Senador señor Navarro , lo invito a leer el inciso final del artículo 25, que dice: "La cuestión de admisibilidad o inadmisibilidad de indicaciones resuelta en comisiones no obsta a la facultad de la Sala de la Cámara respectiva para hacer la declaración de admisibilidad o inadmisibilidad de tales indicaciones.".
El veto de la Presidenta de la República se relaciona con la posibilidad de que la Comisión pueda hacer prevalecer, dentro de ella, su opinión por sobre la del Presidente. Pero eso debe verlo la Sala.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el veto número 9) (22 votos contra 1), dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional exigido.
Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Allamand, Arancibia, Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, Flores, Gazmuri, Girardi, Gómez, Larraín, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Navarro, Núñez, Ominami, Orpis, Romero, Ruiz-Esquide, Vásquez y Zaldívar.
Votó por la negativa el señor Prokurica.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- A continuación, corresponde ocuparse de la observación número 10) de Su Excelencia la Presidenta de la República , que propone reemplazar el numeral 24, por el siguiente:
"24. Sustitúyese el inciso primero del artículo 26, por el siguiente texto:
"Artículo 26.- El Presidente de la República podrá hacer presente la urgencia para el despacho de un proyecto de ley, en uno o en todos sus trámites. La calificación deberá hacerla en el correspondiente mensaje o mediante oficio que se dirigirá al Presidente de la Cámara en que se encuentre el proyecto o al Presidente de aquella a la que pertenezca el parlamentario que presida la Comisión Mixta, o al de ambas Cámaras si aquella no estuviese constituida. La calificación de la urgencia podrá ser simple, suma o de discusión inmediata, lo que expresará en el mismo documento. Si así no lo hiciere, se considerará que la urgencia es simple.".".
El señor NOVOA (Presidente).- En discusión el veto N° 10.
Ofrezco la palabra.
La señora ALVEAR.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
La señora ALVEAR.- Señor Presidente, para entender este veto debemos recordar que en la actualidad, de acuerdo con lo aprobado, la Comisión Mixta puede ser presidida por un Senador o un Diputado.
Entonces, el objetivo de la observación es señalar que para declarar la urgencia al despacho de un proyecto de ley, el Presidente de la República enviará el oficio al titular de una de las Cámaras a que pertenezca el parlamentario que presida la Comisión Mixta. O sea, si ha sido un Diputado , tendrá que remitirlo a la Cámara Baja, o al Senado en caso contrario.
Asimismo, en el evento de que no se haya constituido aún la Comisión Mixta, deberá enviarlo a ambas ramas del Parlamento.
Es lo que señala el veto.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.- Señor Presidente , tengo una seria duda con respecto al texto propuesto. Y para aclararla, solicitaré votación separada por la siguiente razón.
El último párrafo...
El señor NOVOA (Presidente).- Señor Senador, no es posible votar separadamente el veto.
El señor VÁSQUEZ.- Entonces, señor Presidente , quiero hacer presente la siguiente cuestión.
La frase pertinente del inciso expresa: "La calificación de la urgencia podrá ser simple, suma o de discusión inmediata". Y resulta que la observación del Ejecutivo no deroga el inciso segundo del artículo. Mediante ella se reemplaza el numeral 24 por el siguiente: "24. Sustitúyese el inciso primero del artículo 26, por el siguiente texto:...". No menciona el inciso segundo. De modo que en el artículo tendremos dos normas referidas exactamente a la misma materia.
A mi juicio, aquí hay un problema legislativo por el cual el día de mañana nos pueden tomar el pelo en cualquier parte. Lo digo en estos términos, porque si estuviéramos en una conversación más coloquial, tendría que señalarlo de otra forma.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Tiene razón el señor Senador . De aprobarse el veto en esta parte, va a quedar vigente un artículo cuyo inciso segundo sería una repetición de lo que expresa el primero.
Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.
La señora ALVEAR.- Señor Presidente, el texto aprobado por el Congreso Nacional para este numeral indica: "Sustitúyese el inciso primero por los siguientes, pasando los actuales incisos segundo y tercero, a ser tercero y cuarto, respectivamente.".
Y el veto expresa: "Sustitúyese el inciso primero del artículo 26, por el siguiente texto.". De tal manera que, felizmente, lo reemplaza de modo íntegro, por lo cual no se produciría la contradicción sugerida por el Senador señor Vásquez .
El señor VÁSQUEZ .- No dice así.
El señor NOVOA (Presidente).- Es que el veto sustituye el inciso primero del actual artículo 26, y no los dos incisos del texto aprobado por el Congreso.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Y siguen vigentes los incisos segundo y tercero.
El señor NOVOA (Presidente).- Que no presentan problema.
El señor VÁSQUEZ .- Tiene razón la Honorable señora Alvear .
El señor NOVOA (Presidente).- La señora Senadora está en lo correcto. No hay problema alguno.
Pero quiero hacer presente al Honorable señor Coloma que lo aprobado viene a ratificar el punto a que se refirió en cuanto a que el Presidente de la Comisión Mixta puede ser un Diputado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza el veto N° 10 (19 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones) por no haberse reunido el quórum constitucional requerido.
Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Ávila, Cantero, Escalona, Gazmuri, Gómez, Horvath, Kuschel, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Naranjo, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Prokurica, Romero, Sabag y Vásquez.
Votaron por la negativa la señora Matthei y los señores Arancibia, Chadwick, Coloma, Longueira y Pérez Varela.
Se abstuvieron los señores Bianchi y Larraín.
El señor NOVOA (Presidente).- Entonces, queda vigente el numeral 24 aprobado por el Congreso Nacional.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- En seguida, la Sala debe tratar el veto N° 11, mediante el cual se reemplaza el numeral 25.
La Cámara de Diputados rechazó la observación e insistió en el texto primitivo.
El numeral 25 aprobado por el Congreso señala:
"25. Introdúcense las siguientes modificaciones:
"a) Sustitúyese el inciso primero por el siguiente:
"Artículo 27.- Cuando un proyecto sea calificado de simple urgencia, su discusión y votación en la Cámara requerida deberán quedar terminadas en el plazo de treinta días; si la calificación fuere de suma urgencia, ese plazo será de quince días y, si se solicitare discusión inmediata, será de seis días.".
El Ejecutivo propone reemplazarlo por el siguiente:
"25. Agrégase en el inciso segundo del artículo 27, sustituyendo el punto final (.) por un punto seguido (.), la siguiente oración:
"En el caso de las urgencias otorgadas a proyectos de ley que se encuentren en Comisión Mixta no constituidas, el plazo comenzará a correr desde que se haya dado cuenta del oficio o Mensaje en ambas Cámaras. Con todo, los oficios de retiro de urgencia regirán en el acto mismo en que sean recibidos en la Secretaría de la Cámara respectiva.".".
El señor NOVOA ( Presidente ).- El Gobierno sugiere mantener los actuales plazos de urgencia que el Congreso aumentó para el caso de la discusión inmediata de tres días a seis días, y para la suma urgencia, de diez a quince.
En discusión el veto N° 11.
Ofrezco la palabra.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Reitero que la Cámara de Diputados rechazó el veto e insistió.
El señor NOVOA (Presidente).- Hay que pronunciarse primero respecto del veto. Si se rechaza, la Sala debe pronunciarse si insiste.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor GÓMEZ.- Para rechazar el veto hay que votar "no".
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Exactamente, señor Senador.
El señor NAVARRO.- ¿Quedarían tres días?
El señor NOVOA (Presidente).- Si se aprueba el veto, señor Senador.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza el veto N° 11 (20 votos en contra y 6 a favor).
Votaron por la negativa las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Coloma, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Muñoz Barra, Navarro, Novoa, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Sabag y Vásquez.
Votaron por la afirmativa los señores Escalona, Gazmuri, Girardi, Muñoz Aburto, Naranjo y Núñez.
El señor NOVOA (Presidente).- En votación la insistencia en el texto del Congreso, para lo cual se requieren dos tercios de los Senadores presentes.
Pronunciarse afirmativamente significa insistir en lo aprobado por el Parlamento.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba insistir en la mantención del inciso segundo del artículo 27 aprobado por el Congreso Nacional (23 votos a favor, 3 en contra y una abstención), dejándose constancia de que se cumple con el quórum exigido por la Carta Fundamental.
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Coloma, Girardi, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Longueira, Muñoz Barra, Navarro, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Sabag y Vásquez.
Votaron por la negativa los señores Escalona, Muñoz Aburto y Naranjo.
Se abstuvo el señor Gazmuri.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- A continuación, el veto N° 12 propone suprimir el numeral 26, cambiando la correlación de los que le siguen. Es decir, dejar lo actualmente vigente.
Dicho numeral modifica en el artículo 28, inciso segundo, respecto de la "suma" urgencia, los plazos de "cuatro días" para la Comisión Mixta y de "tres días" para cada Cámara, por "cinco días"; e inciso tercero, en cuanto a la "discusión inmediata", los plazos de "un día" para la Comisión Mixta y de "uno" para cada Cámara, por "dos días" y "dos", respectivamente.
La Cámara de Diputados rechazó la observación e insistió.
El señor NOVOA (Presidente).- La norma permite adecuarse a los nuevos plazos de 15 y 6 días.
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Votar "No" significa rechazar el veto. Después habría que pronunciarse sobre la insistencia.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza el veto N° 12 (22 votos por la negativa).
Votaron la señora Alvear y los señores Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, Gazmuri, Gómez, Horvath, Kuschel, Longueira, Muñoz Aburto, Naranjo, Navarro, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Sabag y Vásquez.
El señor NOVOA (Presidente).- En consecuencia, habría que pronunciarse acerca de si se insiste o no en el criterio del Parlamento.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- Se requieren dos tercios de los Senadores presentes.
El señor VÁSQUEZ.- De lo contrario, nos quedamos sin norma.
El señor NOVOA (Presidente).- En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba insistir en la mantención del artículo 28 del Congreso Nacional (22 votos favorables), dejándose constancia de que se cumple con el quórum exigido por la Constitución.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, Flores, Girardi, Gómez, Horvath, Kuschel, Longueira, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Ominami, Pérez Varela, Prokurica, Sabag y Vásquez.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- El veto N° 13 se refiere al artículo 31, aprobado por el Legislativo, que establece:
"Las proposiciones de las comisiones mixtas no podrán ser objeto de indicaciones y se votarán en la forma en que exprese el informe. Si en éste nada se dice, se votarán en conjunto. Con todo, deberán aprobarse con la votación que corresponda a la naturaleza de las normas legales propuestas.".
El Gobierno sugiere sustituirlo por el siguiente:
"Las proposiciones de las comisiones mixtas no podrán ser objeto de indicaciones y se votarán separadamente, según si se trata de normas que están relacionadas entre sí, o cuando contengan disposiciones que deban ser aprobadas con quórum distintos. En el primer caso, el rechazo de una de esas disposiciones implicará también el rechazo de las demás que integren el conjunto de normas relacionadas, y en el segundo caso se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 30.
"Sin perjuicio de lo anterior, las proposiciones de las comisiones mixtas que no contengan disposiciones que deban ser aprobadas con quórum distintos, podrán votase conjuntamente, si así lo acuerda y expresa en su informe la referida Comisión.".".
El señor VÁSQUEZ.- Está correcto, pero es un poco enredado.
El señor NOVOA ( Presidente ).- En realidad, la parte relativa a las normas relacionadas entre sí no tiene nada que ver. Es al revés, o sea, las proposiciones de las Comisiones Mixtas se votarán separadamente, salvo que tengan relación entre sí.
Después se corrige la situación.
No queda sino pronunciarse sobre el veto.
En todo caso, me parece que el precepto aprobado por el Congreso era bastante razonable.
¿Qué pasó en la Cámara?
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Se aprobó.
El señor NOVOA ( Presidente ).- En tal caso, no sacamos nada con rechazar la observación e insistir, pues no habría norma.
En discusión el veto.
Tiene la palabra la Honorable señora Alvear.
La señora ALVEAR.- Señor Presidente , en la Comisión nos pareció muy raro el párrafo relativo a las normas relacionadas entre sí. No es muy comprensible.
¿Qué ocurre si rechazamos el veto? Volvemos al artículo 31 de la actual Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional. Sin embargo, adicionalmente hay un fallo del Tribunal Constitucional que resuelve el problema.
En consecuencia, no considero grave regresar a la disposición original.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.- Señor Presidente , para efectos de la historia de la ley, debo hacer presente que el inciso segundo del precepto en cuestión deja claro lo que quiere decir el primero, cuya redacción es un tanto enredada, como lo expresó la Mesa. Pero, si seguimos la lógica de ambos incisos, lo propuesto por el veto es correcto en el sentido de que, rechazada una de las normas relacionadas entre sí, se entiende que el resto sigue la misma suerte.
Esa es la interpretación que, en mi opinión, debe darse al inciso primero de la disposición.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Coincido con Su Señoría en que, con buena voluntad, se entendería de esa forma la citada norma.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Si se rechaza, regirá la disposición vigente.
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza el veto N° 13 (19 votos a favor y 5 en contra), por no haberse reunido el quórum constitucional exigido.
Votaron por la afirmativa la señora Matthei y los señores Arancibia, Bianchi, Cantero, Escalona, Flores, García, Horvath, Kuschel, Muñoz Aburto, Naranjo, Navarro, Novoa, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Vásquez y Zaldívar.
Votaron por la negativa la señora Alvear y los señores Ávila, Gómez, Longueira y Sabag.
El señor NOVOA ( Presidente ).- En todo caso, creo que el precepto igual debía ser revisado. Incluso, podría ser conveniente realizar una reforma constitucional que permita votar en conjunto las proposiciones de una Comisión Mixta que exijan quórums distintos, pero con el más alto. Porque muchas veces el acuerdo de determinada Comisión Mixta tiene como condición la aprobación de dos normas, pero queda sin efecto al acogerse una con mayoría simple y rechazarse otra de quórum especial.
Por lo tanto, se podría intentar revisar tal asunto con mayor detalle y efectuar una modificación más a fondo.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- En seguida, el veto N° 14 -modifica el actual numeral 31- tiene varias letras. La Cámara de Diputados adoptó distintos criterios respecto de cada una de ellas. Por tanto, habrá que votarlas separadamente.
Las primeras se refieren a las comisiones investigadoras.
La letra a) de la observación Nº 14) busca reemplazar en el inciso tercero del artículo 53, la frase "Las comisiones especiales de investigación" por "Las comisiones investigadoras".
Al redactar esa parte del informe comparado se agregó la siguiente nota: "En los demás incisos se alude a comisiones especiales investigadoras". Desconozco por qué no se hizo la modificación en las demás disposiciones.
Además, el Título V dice: "DE LAS COMISIONES ESPECIALES INVESTIGADORAS".
El señor CANTERO .- No hay concordancia.
El señor NOVOA ( Presidente ).- En esta norma están equivocados tanto el texto aprobado por el Congreso como el veto, porque efectivamente el Título V habla "DE LAS COMISIONES ESPECIALES INVESTIGADORAS". En el inciso tercero en comento el Parlamento puso "comisiones especiales de investigación" y el veto propone "comisiones investigadoras". O sea, de tres opciones se plantearon las que no correspondían (culpa nuestra y del Ejecutivo ).
En discusión la letra a) de la observación Nº 14).
Tiene la palabra la Senadora señora Alvear.
La señora ALVEAR.- Señor Presidente , en la Constitución Política pasa lo mismo. De modo que el error viene de ahí.
En el artículo 52 de la Carta, referido a las "Atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados", el primer inciso de la letra c) empieza con la frase "Crear comisiones especiales investigadoras", y el inciso siguiente señala "Las comisiones investigadoras".
Por lo tanto, se viene reiterando una situación algo ambigua.
El señor NOVOA (Presidente).- En ese caso, nos quedaremos con las denominaciones "comisiones especiales investigadoras" y "comisiones investigadoras", y eliminaremos la de "comisiones especiales de investigación" que el texto aprobado por el Congreso introducía como tercer nombre.
La señora ALVEAR.- Entonces, habría que aprobar el veto.
El señor NOVOA (Presidente).- Sí, señora Senadora.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la letra a) de la observación N° 14).
--(Durante la votación).
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente, si bien no es parte del veto, quiero referirme a un punto relacionado con las comisiones especiales investigadoras.
El último inciso del artículo 53 dispone: "el término del respectivo período legislativo importará la disolución de las comisiones especiales investigadoras.".
Claramente, en la norma no hay una referencia a cuándo deben concluir su labor tales órganos. Si no se emite el informe correspondiente antes de concluir el período, lo hecho por la comisión se diluye. Eso es lo que dice la disposición.
Alguna vez planteamos muy fuertemente que, antes de terminar el período legislativo pertinente, la instancia investigadora debiera tener la obligación de entregar un informe. Al no existir esta, por inercia, se pierde todo lo obrado. Se requiere una obligación especial en tal sentido. No dejarla establecida constituye una falencia del texto legal. Basta que los miembros de una comisión especial investigadora no concurran a las sesiones para impedir la elaboración del informe y diluir el resultado de ese trabajo.
Planteo esto solo como una observación.
Si al expirar el período legislativo se disuelve una comisión investigadora sin resultados, la verdad es que se anula lo obrado hasta la fecha.
En mi opinión, debiera haber una norma que obligara a tener el informe antes de dicho plazo, para no dejar que, por inercia, se diluyan tales órganos.
El señor NOVOA (Presidente).- En todo caso, la disposición en comento solo hace una corrección formal, que vale la pena aprobar.
Sin embargo, en este momento, por falta de quórum, estaríamos rechazando la letra a).
Insto a los Honorables señores Coloma y Navarro , que no han votado, a pronunciarse respecto de la observación. Con cualquiera de los dos señores Senadores podríamos alcanzar el quórum constitucional exigido.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- O con ambos.
El señor NOVOA (Presidente).- Ciertamente.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la letra a) de la observación Nº 14) (23 votos favorables), dejándose constancia de que se reunió el quórum especial requerido.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, Flores, García, Gómez, Horvath, Kuschel, Longueira, Muñoz Aburto, Naranjo, Navarro, Novoa, Núñez, Prokurica, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Seguidamente, en la misma observación Nº 14), el literal i) de la letra b) modifica el inciso primero del artículo 54.
El texto aprobado por el Congreso dice: "Las comisiones especiales investigadoras podrán citar a sus sesiones a los Ministros de Estado , a los funcionarios de la Administración del Estado, al personal de las empresas del Estado o de aquéllas en que éste tenga participación mayoritaria, quienes estarán obligados a comparecer y a suministrar en forma veraz y completa los antecedentes y las informaciones que les sean requeridos y que se refieran a su cometido. En caso de incumplimiento de estas obligaciones, se aplicarán las sanciones establecidas en el art��culo 10. Tratándose de Ministros de Estado , podrán hacerse efectivas las responsabilidades correspondientes.".
El Ejecutivo propone sustituirlo por el siguiente: "Las comisiones especiales investigadoras podrán citar a sus sesiones a los Ministros de Estado , a los funcionarios de la Administración del Estado, al personal de las empresas del Estado o de aquéllas en que éste tenga participación mayoritaria, quienes estarán obligados a comparecer y a suministrar los antecedentes y las informaciones que les sean requeridos, que se refieran a su cometido, y que se encuentren a su disposición. En caso de incumplimiento de estas obligaciones, se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 10 a los funcionarios de la Administración del Estado.".
Es menester destacar que la Cámara de Diputados rechazó el veto e insistió en el texto acordado por el Congreso.
El señor NOVOA ( Presidente ).- En discusión el literal i) de la letra b) de la observación Nº 14).
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , quiero plantear una consulta a los miembros de la Comisión de Constitución con relación a hacer efectivas las responsabilidades correspondientes a los Ministros de Estado .
Deseo saber si estamos hablando de la acusación constitucional; si la no concurrencia de un Secretario de Estado a una comisión investigadora podría derivar, de acuerdo al texto aprobado por el Congreso Nacional, en una acusación constitucional. De tal inquietud nace el veto del Ejecutivo para plantear la eliminación de esa parte de la norma.
La pregunta es concreta. Porque esa consecuencia se generaría a partir de la sola ausencia del Ministro, la que podría ser justificada o no permanente.
Yo soy partidario de que ellos concurran a las citaciones de manera obligatoria. Sin embargo, la inasistencia en forma justificada no me parece que deba derivar en "hacer efectivas las responsabilidades correspondientes", cuya única aplicabilidad es la acusación constitucional.
Hago esa consulta a los miembros de la Comisión de Constitución, si es que analizaron el punto, o al Ejecutivo, si esa es la intención del veto.
De ser así, votaré a favor de la observación.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Señor Senador , el literal i) introduce dos modificaciones al inciso primero del artículo 54 aprobado por el Congreso: por una parte, elimina la expresión "en forma veraz y completa", dejando solo la obligación "a comparecer y a suministrar los antecedentes", y por otra, suprime la mención a las responsabilidades correspondientes de los Ministros.
Obviamente, si se elimina la frase "en forma veraz y completa" referida a la entrega de antecedentes, parecería excesivo acusar constitucionalmente a un Ministro por el hecho de no comparecer.
Si se mantiene el texto despachado por el Parlamento, evidentemente habrá causa para acusar constitucionalmente a un Ministro si miente o suministra mala información. Sin embargo, estimo que no sería razonable hacerlo por no asistir a las comisiones especiales investigadoras.
En todo caso, esas son las diferencias.
La materia no fue motivo de debate en la Comisión. El veto en este punto representa únicamente la opinión del Ejecutivo.
Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.- Señor Presidente, voy a hacer referencia a otra enmienda que introduce la observación en comento. Porque en realidad son tres las diferencias con el texto aprobado por el Congreso, no dos.
Me llama la atención y me gustaría que alguien del Gobierno la explicara.
Se establece una suerte de eximente de responsabilidad al decir que la autoridad indicada estará obligada a suministrar los antecedentes y las informaciones "que se encuentren a su disposición". Con ello, un funcionario del Estado perfectamente podrá responder que determinado antecedente no está a su disposición.
Entonces, me parece compleja esa norma en cuanto a su aplicación práctica. Sobre esa base es factible que cualquier Ministro diga: "Lo requerido no está a mi disposición". Y con eso no estaría obligado a entregar antecedentes.
Entonces, son tres las diferencias que plantea el veto en debate: las dos mencionadas por el señor Presidente (no obligar a suministrar antecedentes "en forma veraz y completa" y dejar en duda -como recién se indicó- lo relativo a la responsabilidad de los Ministros) y, adicionalmente, la que genera una especie de excepción al permitir que los Secretarios de Estado puedan señalar que un antecedente no está a su disposición, con lo cual no se encuentran obligados a entregar información.
Creo que el asunto es más complejo.
Me gustaría tener una visión oficial, por parte de quienes suscribieron el veto, sobre cuál es el sentido exacto de lo que se pretende con tales enmiendas.
El señor NOVOA (Presidente).- Si hay acuerdo, se autorizará el ingreso a la Sala del Subsecretario General de la Presidencia, señor Edgardo Riveros.
El señor PROKURICA.- Conforme.
--Se accede.
El señor NOVOA (Presidente).- ¡Lo podemos sentar en el banquillo de inmediato...!
Señor Subsecretario , estamos discutiendo la observación de la Presidenta de la República al artículo 54, nuevo, sobre comisiones especiales investigadoras.
El señor Secretario del Senado me recuerda que la Cámara de Diputados la rechazó e insistió, por los dos tercios de sus miembros presentes, en el texto aprobado por el Congreso.
Ante ello, el presente debate es importante para decidir, no ya acerca de la aprobación del veto -ello resulta imposible-, sino respecto de su rechazo y de la insistencia.
Con el acuerdo de la Sala, tiene la palabra el señor Subsecretario.
El señor RIVEROS ( Subsecretario General de la Presidencia ).- Señor Presidente , el Ejecutivo formuló una observación para modificar los incisos primero y octavo del artículo 54, nuevo.
Respecto del inciso primero de dicho precepto, el literal i) de la letra b) en análisis propone suprimir las expresiones "en forma veraz y completa" con que el texto aprobado por el Parlamento califica la entrega de los antecedentes y las informaciones -ello, por considerarlo algo obvio-, y también, añadir la frase "y que se encuentren a su disposición".
Ciertamente, cuando se requiere que una persona comparezca y suministre la información que se estima pertinente, es natural que esta sea veraz y completa y que aquella solo entregue la que obra en su poder. Porque a nadie se puede obligar a lo imposible, o sea, a poner a disposición antecedentes que no posee.
En consecuencia, el objetivo del veto en ese punto es eliminar los calificativos señalados.
Pero ese es un aspecto de forma.
Lo fundamental del literal i) estriba en hacer aplicables las sanciones establecidas en el artículo 10 en caso de incumplimiento por parte de los funcionarios de la Administración del Estado. Y se suprime la frase que dispone que las comisiones especiales investigadoras podrán hacer efectivas las responsabilidades correspondientes a los Ministros, por considerarse que ese no es el medio para tal fin. Existe a ese efecto un mecanismo expresamente consagrado en la Carta Fundamental: el de la acusación constitucional.
El Ejecutivo estima inadecuado introducir en una normativa tan importante como la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional una enmienda tendiente a hacer efectiva la responsabilidad política de los Secretarios de Estado por la vía de dichos órganos investigadores. En determinado momento estos podrían sugerir iniciar algún trámite en tal sentido, pero no establecer aquella de manera directa.
Lo expuesto constituye, en definitiva, lo medular de la observación planteada por la Presidenta de la República en este punto.
Es cuanto puedo informar a esta Corporación.
¡Y no me he sentido de modo alguno en un banquillo, señor Presidente ...!
El señor NOVOA ( Presidente ).- Gracias, señor Subsecretario .
Tiene la palabra el Senador señor Gómez.
El señor GÓMEZ.- Señor Presidente , por desgracia, no es posible dividir la votación de cada veto.
Estoy plenamente de acuerdo en que cualquier persona que concurra a una comisión especial investigadora debe entregar en forma veraz y completa los antecedentes que se le soliciten, aunque no creo que sea algo para incorporar en la ley.
Pero me preocupan dos puntos: primero, que sea una obligación de los Ministros proporcionar los antecedentes y las informaciones que les sean requeridos y que se refieran a su cometido; y segundo, que estos se encuentren a su disposición.
En verdad, no siempre un Secretario de Estado tiene toda la información en su despacho o en su conocimiento. Quizá esta se halla en uno de los diversos organismos dependientes del Ministerio o no es factible que obre en su poder, por diversas circunstancias.
Y ello podría dar pie a que la situación terminara en una acusación constitucional.
Por eso, aunque hubiera preferido dejar consignada la obligación de comparecer y suministrar en forma veraz y completa los antecedentes, no me parece que las dos circunstancias antes referidas se compatibilicen adecuadamente, lo que puede ser un problema para cualquier Ministro de Estado.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.- Señor Presidente , en mi opinión, la experiencia de los últimos años hace necesario contemplar en la ley este tipo de disposiciones. ¿Por qué señalo lo anterior? Porque la entrega en forma veraz y completa de las informaciones, que al señor Subsecretario le parece obvia, resulta no serlo tanto en las comisiones investigadoras.
Hay Ministros, funcionarios públicos o jefes de servicio que son citados a dichos órganos y cumplen solo con asistir, porque mienten, proporcionan cualquier antecedente y después se van. Y no les cabe responsabilidad alguna al respecto.
Entonces, es necesario introducir la enmienda indicada, con el propósito de evitar lo acontecido en los veinte últimos años: que las comisiones especiales investigadoras pierden toda razón de ser y su prestigio producto de que las autoridades citadas saben que no les pasará nada si no asisten y que no tienen la obligación de suministrar datos fidedignos, a pesar de que todos aquí hacen mención de la disposición general que consigna que todo funcionario público está obligado a decir la verdad. Pero ello no ocurre.
Mientras fui Diputado integré numerosas comisiones investigadoras y vi cómo algunos Ministros decían algo que, en forma evidente, no era cierto. ¡Y no les pasaba nada! Cumplían el trámite.
Por eso, aquello que le parece obvio al Ejecutivo, para mí no lo es. Y debería quedar establecido en la norma, para evitar lo sucedido durante todo este tiempo.
Lo obvio es que las comisiones investigadoras no son las encargadas de establecer la responsabilidad política de los Ministros de Estado. Porque, como ha dicho el señor Subsecretario General de la Presidencia , ello se determina con posterioridad mediante una acusación constitucional iniciada en la Cámara de Diputados y resuelta en el Senado.
Sin embargo, tales órganos de investigación -se lo manifiesto al señor Subsecretario por intermedio de la Mesa- sí pueden precisar las causas por las cuales es factible formular una acusación constitucional.
Por consiguiente, estimo importante mantener las modificaciones del texto aprobado por el Congreso.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Subsecretario.
El señor RIVEROS ( Subsecretario General de la Presidencia ).- Señor Presidente , la parte final del inciso primero del artículo 54 aprobado por el Parlamento expresa: "En caso de incumplimiento de estas obligaciones, se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 10. Tratándose de Ministros de Estado , podrán hacerse efectivas las responsabilidades correspondientes.".
Ese es el punto específico que nos preocupa. Al Ejecutivo le parece inadecuado situar allí la posibilidad de hacer efectiva la responsabilidad de los Secretarios de Estado, sobre todo teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 10.
De otro lado, señor Presidente y señores Senadores -aprovecho la oportunidad para aclararlo-, no puedo dejar pasar la afirmación de que algunos Ministros habrían asistido a las comisiones especiales investigadoras a colisionar con la verdad. En una eventualidad de esa naturaleza, ciertamente ninguno de sus miembros hubiese aceptado una situación de tal envergadura y se habrían iniciado ahí las acciones correspondientes.
Yo, como representante del Ejecutivo, y dado que me correspondió ejercer diversos cargos en tres Gobiernos, e incluso por haber integrado la Cámara de Diputados, no puedo estar de acuerdo con esas afirmaciones.
En verdad, creo conveniente dejarlo de manifiesto.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .- Señor Presidente , soy partidario de votar en contra del veto propuesto por la Presidenta de la República .
Me parece imprescindible que las autoridades citadas para declarar en una Comisión Especial Investigadora se encuentren obligadas no solo a comparecer, sino que a suministrar en forma veraz y completa los antecedentes y las informaciones que les sean requeridos y que se refieran a su cometido, como lo señala el artículo 54 aprobado en el presente proyecto por el Congreso Nacional.
Lo que abunda no daña. Y prefiero que la norma exprese la obligación de informar la verdad y toda la verdad. No basta con comparecer, ya que una persona puede hacerlo y contestar con monosílabos: "sí", "no", "no sé".
Con ello, lo único que provocamos es que la Cámara de Diputados se desprestigie, porque no logra descubrir la verdad, llegar al fondo del asunto. Y finalmente solo son los tribunales de justicia los que, cuando se ha cometido algún delito, consiguen con sus investigaciones establecer la verdad y entregarla a la opinión pública.
Creo que la tarea de las Comisiones Investigadoras de la Cámara Baja sería mucho más efectiva si los Ministros y todos los altos funcionarios estuvieran obligados a asistir a ellas y, además, a decir la verdad y toda la verdad.
Hay muchas maneras de no cumplir con ese compromiso. Pueden concurrir. Pero si las respuestas son vagas, si no son asertivas, si no se entregan todos los antecedentes, nada ganamos con tener Comisiones Investigadoras.
Yo me quedo con la redacción original, y por eso rechazaré el veto.
El señor NOVOA (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la observación Nº 14), letra b), literal i).
Después de votado el veto, en caso de que sea rechazado, se resolverá si se insiste en el texto aprobado por el Congreso Nacional.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Por no reunir el quórum exigido, se rechaza la observación Nº 14), letra b), literal i) (15 votos a favor y 5 en contra).
Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Matthei y los señores Ávila, Coloma, Escalona, Gazmuri, Gómez, Horvath, Kuschel, Longueira, Muñoz Aburto, Novoa, Pérez Varela, Romero y Vásquez.
Votaron por la negativa los señores García, Larraín, Orpis, Prokurica y Zaldívar.
El señor NOVOA (Presidente).- Corresponde pronunciarse respecto de la insistencia en el texto aprobado por el Congreso Nacional.
En votación.
El señor VÁSQUEZ.- Si no se insiste, quedamos sin norma.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Efectivamente, al no insistir, no habrá norma sobre la materia.
El señor COLOMA.- Eso es muy grave.
El señor NOVOA (Presidente).- Creo que sí, porque no se podrá citar a los Ministros, al personal de las empresas del Estado.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza la insistencia (12 votos en contra, 5 a favor y 2 abstenciones).
Votaron en contra de la insistencia las señoras Alvear y Matthei y los señores Coloma, Escalona, Gazmuri, Kuschel, Longueira, Muñoz Aburto, Pérez Varela, Prokurica, Romero y Zaldívar.
Votaron a favor de la insistencia los señores García, Horvath, Larraín, Novoa y Orpis.
Se abstuvieron los señores Girardi y Navarro.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- A continuación, corresponde pronunciarse acerca del literal ii), que propone intercalar en el inciso octavo del artículo 54, entre las expresiones "o reservados," y "solo", las siguientes palabras: "o a los asuntos referidos en el inciso tercero del artículo 9º A de la presente ley,".
El inciso octavo dispone lo siguiente: "Asimismo, dichas personas deberán suministrar los antecedentes y las informaciones que les solicite la Comisión. Si aquéllos se refieren a asuntos que conforme a una ley de quórum calificado tengan el carácter de secretos o reservados, sólo podrán ser proporcionados en sesión secreta por el Ministro de cuya cartera dependa o se relacione el organismo requerido o por el representante legal de la empresa en que labora la persona que deba entregarlos. Los antecedentes proporcionados deberán mantenerse en reserva o secreto.".
Donde dice: "tengan el carácter de secretos o reservados" el veto propone agregar: "o a los asuntos referidos en el inciso tercero del artículo 9º A de la presente ley,".
El inciso tercero del artículo 9º A señala:
"Con todo, no estarán obligadas a entregar los informes y antecedentes cuando éstos:
"a) Se refieran a hechos o antecedentes que tengan el carácter de reservado, de conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 10 de la ley Nº 18.045 sobre Mercado de Valores; o
"b) Contengan información sujeta al deber de reserva establecido en el artículo 43 y en el inciso tercero del artículo 54 de la ley Nº 18.046, sobre Sociedades Anónimas; o
"c) Sean documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política.".
El señor LARRAÍN .- Ya se votó a favor.
El señor NOVOA ( Presidente ).- La norma alude a los antecedentes de las empresas públicas, que muchas veces por razones de tipo comercial o estratégico de estas, no conviene que sean divulgados. Se trata de una disposición ya aprobada, con el objeto de impedir que las empresas públicas queden en desigualdad de condiciones con sus competidoras.
En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.- Señor Presidente , esta materia, acerca de cuáles iban a ser los antecedentes reservados, fue producto de una larga discusión, de una revisión muy completa y, en definitiva, de un acuerdo en la Comisión. A mí me tocó participar ocasionalmente en ella y recuerdo haber estado en la aprobación de la norma en comento.
Por lo tanto, considero del todo coherente el veto en función de lo que se acordó en forma previa y de lo que dispone la propia Ley Orgánica Constitucional aprobada en sus textos anteriores.
El señor NOVOA (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Se harán sonar los timbres porque todas estas disposiciones requieren quórum.
La observación fue aprobada por la Cámara de Diputados con el quórum correspondiente. Y se les agradecerá a los señores Senadores concurrir con sus votos.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el literal ii) de la letra b) de la observación N° 14) -26 votos favorables-, y se deja constancia de que se cumplió con el quórum constitucional exigido.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores ��vila, Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, Gazmuri, Girardi, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Longueira, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Núñez, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Seguidamente, corresponde pronunciarse sobre la letra c) de la observación número 14), que dice: "Reemplázase el artículo 55, por el siguiente:
"Las personas obligadas a comparecer y que sean citadas por una comisión especial investigadora, que se encontraren en alguna de las situaciones de excepción descritas en los artículos 302, 303 y 305 del Código Procesal Penal, no estarán obligadas a prestar declaración. Sin embargo, deberán concurrir a la citación y dejar constancia de los motivos que dan origen a la facultad de abstenerse que invoquen.".
El señor NOVOA (Presidente).- En discusión.
Ofrezco la palabra.
Puede hacer uso de ella la Honorable señora Alvear.
La señora ALVEAR.- Señor Presidente , ante todo, cabe señalar que los artículos 302, 303 y 305 del Código Procesal Penal dicen relación a las personas que están excusadas de prestar declaraciones por motivos personales, a las que tienen la facultad de abstenerse de declarar por razones de secreto y a aquellas que pueden acogerse al principio de no autoincriminación.
Eso es lo primero.
En segundo lugar, es preciso mencionar la diferencia existente entre ambas normas. El texto aprobado por el Congreso expresa: "Las personas citadas por una comisión especial investigadora...". En cambio, el veto dice: "Las personas obligadas a comparecer y que sean citadas por una comisión especial investigadora...".
La Cámara de Diputados aprobó la observación, y yo sugiero que la Sala proceda de igual forma.
El señor NOVOA (Presidente).- Parece más propia la redacción del veto.
Tiene la palabra el señor Subsecretario.
El señor RIVEROS ( Subsecretario General de la Presidencia ).- Señor Presidente , coincidiendo con la explicación dada por la Senadora señora Alvear , quiero manifestar que dicha observación limita las acepciones señaladas solo respecto de quienes están obligados a comparecer.
Ese es su objetivo.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , tanto el artículo aprobado por la Cámara de Diputados como el veto hablan de recabar el testimonio a particulares, a las personas citadas a declarar.
Y la pregunta es la siguiente: si un particular o algún miembro del Estado quisieran prestar declaración de manera voluntaria sin que la Comisión los haya citado en forma expresa, ¿pueden solicitar ser recibidos y entregar su testimonio?
Entiendo que ello se halla incorporado dentro de la práctica; que no se requiere citación; que cualquiera puede pedirlo. Y la Comisión evaluará si escucha a dichas personas.
Me parece que es así, pues sería ilógico que se entendiera excluyente, es decir, que la persona tuviera que ser citada para dar su testimonio.
En definitiva, tratándose de una investigación abierta, pública, cualquier ciudadano puede ir a declarar al interior de las comisiones.
Me habría gustado que aquel punto hubiese quedado establecido de modo explícito. No obstante, lo hago presente porque del texto colijo que no hay una negativa respecto de la voluntariedad de las declaraciones, aun cuando a la persona no se le haya citado o recabado su testimonio.
Anuncio que votaré a favor.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Alvear.
La señora ALVEAR.- Señor Presidente , a propósito de la inquietud manifestada por el Senador que me antecedió, precisamente en el veto que analizaremos a continuación se expresa de manera textual lo siguiente: "El testimonio de los particulares y la proporción de los antecedentes solicitados serán voluntarios.".
Dicha disposición permitirá aclarar la situación.
El señor NOVOA (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la letra c) de la observación N° 14) -24 votos favorables-, dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional requerido.
Votaron la señora Alvear y los señores Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, Gazmuri, Girardi, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Núñez, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- En seguida, corresponde pronunciarse sobre la letra d) del veto N° 14), que dice: "Sustitúyese el artículo 56, por el siguiente:".
El artículo 56, aprobado por el Congreso Nacional, señala: "Si fuere estrictamente necesario para el resultado de la investigación, por acuerdo de la mayoría de los miembros se podrá recabar el testimonio de particulares o requerirles los antecedentes que se estimen pertinentes y necesarios para el cumplimiento del cometido de la comisión especial investigadora.".
Y el Ejecutivo propone reemplazarlo por el siguiente:
"Si fuere estrictamente necesario para el resultado de la investigación, por acuerdo de la mayoría de los miembros se podrá recabar el testimonio de particulares o requerirles los antecedentes que se estimen pertinentes y necesarios para el cumplimiento del cometido de la comisión especial investigadora.
"El testimonio de los particulares y la proporción de los antecedentes solicitados, serán voluntarios.".
El señor NOVOA (Presidente).- Esta norma fue aprobada por la Cámara de Diputados.
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor NÚÑEZ.- Estoy claro, señor Presidente , que está mal utilizada la palabra "proporción". No corresponde decir "y la proporción de los antecedentes solicitados...".
El señor NOVOA (Presidente).- Debe expresar: "y la entrega de los antecedentes solicitados..."
El señor NÚÑEZ.- Así es.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Señor Senador , el texto que usted ha leído fue aprobado en esos términos por la Cámara de Diputados.
El señor NOVOA (Presidente).- En todo caso, se hará la corrección pertinente.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- En efecto, señor Presidente, porque la palabra "proporción" como que alude a la entrega solo de una parte de los antecedentes.
El señor NOVOA ( Presidente ).- ¿Le parece a la Sala que, junto con aprobar la observación, le informemos a la Cámara Baja que haremos una corrección gramatical?
Bien.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Es meramente semántica.
El señor NOVOA (Presidente).- Así es.
Tiene la palabra el Honorable señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.- Señor Presidente , hice una comparación entre el inciso primero del artículo 56 aprobado por el Parlamento y el formulado en el veto, y veo que ambas normas son exactamente iguales. De modo que lo que realmente se votará -y lo señalo para información de la Sala-, a menos que yo esté muy equivocado, es la agregación del inciso segundo contenido en la observación del Ejecutivo.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Efectivamente, señor Senador.
El señor VÁSQUEZ.- En consecuencia, lo que cabe votar es si será o no voluntario el testimonio de los particulares y la entrega de los antecedentes respectivos.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Exacto.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Lo que se votará, Su Señoría, será el reemplazo de la norma. Si no se aprueba el texto propuesto por el Ejecutivo , quedamos sin disposición. No es que debamos pronunciarnos solo respecto de una parte de ella.
Pero, efectivamente, el inciso segundo del artículo 56 propuesto por el Gobierno señala que la comparecencia de los particulares y la entrega de los antecedentes serán voluntarios.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Y si se rechazara, estaría muerto, aunque se insistiera, porque la Cámara de Diputados ya lo aprobó.
El señor NOVOA (Presidente).- Así es. Y en tal caso quedaríamos sin norma.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor GÓMEZ.- ¿Se aprobó el veto en la Cámara Baja?
El señor VÁSQUEZ.- Sí.
El señor NOVOA (Presidente).- Así es. Y sugiero que adoptemos el mismo criterio, para...
El señor RUIZ-ESQUIDE.- Pero hay que hacer una corrección.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Por cierto: se debe cambiar el término "proporción" por "entrega". Y además le avisaremos a la Secretaría de la Cámara. La del Senado quedó notificada en el acto.
El señor RIVEROS (Subsecretario General de la Presidencia).- Señor Presidente, estaba pidiendo la palabra justamente para aclarar el punto.
El señor NOVOA (Presidente).- Muy bien.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la letra d) del veto Nº 14) -23 votos a favor-, dejándose constancia de que se cumplió con el quórum constitucional requerido.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, Girardi, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Muñoz Aburto, Naranjo, Navarro, Novoa, Núñez, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag y Vásquez.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Está claro que vamos a efectuar una corrección, con la venia del Ejecutivo y de la Sala, y que al efecto hablaremos con la Secretaría de la Cámara de Diputados.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- En seguida, la letra e) del veto Nº 14) señala: "Intercálase en el inciso segundo del artículo 62, entre las expresiones `Constitución Política` y la coma (,), las expresiones `de la República`.".
El señor NOVOA (Presidente).- En discusión...
El señor MUÑOZ ABURTO.- "Si le parece".
El señor LARRAÍN.- "Si le parece".
--Se aprueba la letra e) de la observación Nº 14), con la misma votación anterior (23 votos favorables), dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional exigido.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- A continuación, la letra f) del veto Nº 14) modifica el artículo 63 mediante dos numerales.
El numeral i) se refiere al inciso segundo del artículo 63 despachado por el Parlamento, que dice: "El Congreso dará a conocer su opinión, por escrito, dentro del plazo de treinta días contados desde la recepción del oficio en que se solicita dicha opinión. Transcurrido este lapso sin que el Congreso emita su parecer, el Presidente de la República podrá prescindir de éste para efectuar la denuncia o el retiro.".
La observación del Ejecutivo reemplaza dicho inciso por el siguiente: "Cada Cámara dará a conocer su opinión, por escrito, dentro del plazo de treinta días contados desde la recepción del oficio en que se solicita dicha opinión. Transcurrido este lapso sin que una o ambas Cámaras emita su parecer, el Presidente de la República podrá prescindir de éste para efectuar la denuncia o el retiro.".
El señor NOVOA (Presidente).- En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.- Señor Presidente , solo quiero hacer presente que, si se aprobara la norma contenida en el numeral i), de manera automática deberíamos entender aprobada la inserta en el ii), pues esta se halla referida precisamente a la forma como cada Cámara debe expresar su opinión.
O sea, ambos numerales están amarrados.
El señor NOVOA ( Presidente ).- En efecto, el Ejecutivo propuso que cada Cámara dé su opinión, porque el Congreso no actúa de forma conjunta, salvo en casos muy especiales, de los cuales ya va quedando solo uno.
Entonces, sugiero aprobar ambos numerales con la misma votación anterior.
--Se aprueban de la manera sugerida por la Mesa los numerales i) e ii) propuestos mediante la letra f) del veto Nº 14 (23 votos favorables), dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional exigido.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Luego, la letra g) del veto Nº 14) expresa: "Sustitúyese en la letra a) del inciso tercero del artículo 66, la expresión `acreditada` por `reconocida`.".
El señor NOVOA (Presidente).- La finalidad es decir "universidad reconocida oficialmente por el Estado".
El señor PÉREZ VARELA .- Se trata de una cuestión técnica.
El señor NOVOA (Presidente).- Es el concepto que corresponde técnicamente.
Si le pareciera a la Sala, aprobaríamos la letra g) de la observación N° 14.
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- Señor Presidente , solicito que se agregue mi pronunciamiento, porque, si se repite de nuevo el primer resultado de 23 votos favorables, en el que no participé, en el caso de la letra g) del veto N° 14 también quedaré al margen, como ya sucedió en el de la letra f).
El señor NOVOA (Presidente).- Pondré en votación la letra g),...
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- Perfecto.
El señor NOVOA (Presidente).-...para que quede constancia del pronunciamiento de todos los presentes en este momento.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la letra g) contenida en el veto Nº 14) -27 votos afirmativos-, dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional requerido.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Ávila, Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, García, Girardi, Gómez, Horvath, Larraín, Longueira, Muñoz Aburto, Naranjo, Navarro, Novoa, Núñez, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Finalmente, el artículo 5º transitorio aprobado por el Congreso preceptúa: "El Senado sólo podrá adoptar el acuerdo a que se refiere el inciso primero del artículo 3° A de la ley Nº 18.918 hasta el 11 de marzo de 2010.".
La observación Nº 15) reemplaza el guarismo "11" por "10".
El señor NOVOA (Presidente).- Se trata de una norma que, a juicio de la Cámara Alta, no debe quedar abierta.
El Senado le solicitó al Ejecutivo, primero, incluir dicha norma, y segundo, cambiar la fecha "11 de marzo de 2010" por "10 de marzo de 2010", para que el procedimiento -se trata de materias relacionadas con la contratación de asesores- quede resuelto dentro de este período.
La Cámara Alta es partidaria de no incorporar a los asesores de sus miembros en las contrataciones hechas por ella, de manera que se mantenga el sistema actual, en que aquellos son contratados por los propios Senadores, de acuerdo a las normas del Código del Trabajo.
¿Le parece a la Sala aprobar el veto N° 15 con la misma votación anterior?
--Se aprueba el veto Nº 15), con la misma votación anterior (27 votos favorables), y se deja constancia de que se cumplió con el quórum constitucional exigido.
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la discusión de las observaciones de la Presidenta de la República.
"
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/3962-07