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El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , quiero insistir en mi predicamento central.
Me parece que las decisiones de las Salas son indelegables. Y estoy cierto de que si aprobáramos la observación, el Tribunal Constitucional, que tiene la obligación de revisar la ley en proyecto, lo va a corregir.
Debo reiterar que aquí se da a una Comisión un poder del que carece. Porque el inciso segundo del artículo 15 se refiere al procedimiento establecido en el artículo 70 de la Constitución, que fija la forma de actuar de las Comisiones Mixtas. Y esto se encuentra resuelto.
No existe la posibilidad de que dichos órganos no lleguen a acuerdo. ¿Qué planteamiento es ese? Ellos deben alcanzarlo. Y si hay empate, lo dirime quien corresponde.
Por lo tanto, siempre hay un acuerdo de la Comisión Mixta. Puede que no sea unánime, pero sí mayoritario, como ocurre en democracia. Y si sus miembros no logran consenso para aprobar el informe, este se aprobará con los votos que se junten.
En consecuencia, habrá un acuerdo, cualquiera que sea. Y para mi gusto, no puede quedar en manos de la Comisión Mixta si se trata del rechazo. Porque dicho órgano estaría prevaleciendo sobre aquellas, lo cual no me parece correcto. Son las Salas las que deben resolver.
No encuentro apropiada la fórmula propuesta por el Ejecutivo . Se halla construida sobre una hipótesis no posible: la falta de acuerdo. Es cierto que a veces cuesta mucho alcanzarlo en las Comisiones Mixtas, pero finalmente se logra. En eso consiste su trabajo, y se esfuerzan en ello.
Reitero el predicamento de que las decisiones de las Salas son indelegables. Por esa razón, no considero constitucional el veto, en sus fundamentos, e insisto en su rechazo. De no ocurrir así, espero que el Tribunal Constitucional corrija la situación.
He dicho.
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