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El voto en blanco es una de las opciones ante la toma colectiva de una decisión. Consiste en realizar el acto mismo del voto, pero sin manifestar cuál es el candidato u opción elegida. Para poder votar en blanco, el ciudadano debe ir a las urnas y realizar los actos formales que establece la legislación de cada país. El modo de concretar el voto en blanco varía: en Colombia, por ejemplo, se debe marcar la casilla indicada como "voto en blanco"; en otros países, se considera voto en blanco cuando el sobre de votación está vacío o contiene un trozo de papel en blanco. El voto en blanco cuenta y el voto nulo no. El voto en blanco no va para la mayoría. El voto nulo no se tiene en cuenta ni siquiera para las estadísticas. El voto en blanco es la aceptación del sistema democrático. El voto nulo es la negación del sistema, siendo de dos tipos: voluntario por ejemplo para los anarquistas y anti sistema o involuntario si por error metes dos papeletas de distinto partido o la papeleta que incluyes esta pintada o rota, o bien incluyes papeles no utilizados legalmente (papeles que pongan algo que no sean considerados papeletas de voto).
Cabe destacar que, por regla general, los distintos sistemas electorales no consideran al voto en blanco como un verdadero voto. Al respecto, en la doctrina se habla de "votos válidamente emitidos", y se excluyen de los mismos tanto a los votos en blanco como a los votos nulos, aunque esto depende del país, en Uruguay por ejemplo existe la diferenciación entre el voto válido y el voto emitido, siendo el voto en blanco un voto válido que no es a favor de ningún candidato y el voto anulado es un voto emitido pero no válido. Por lo tanto, no influyen en la elección de los candidatos, pero sí constituyen un importante parámetro de la medida de la legitimidad política, tanto del sistema electoral vigente, como de los candidatos de un determinado país.
A continuación algunos ejemplos sobre el valor de los votos blancos en la legislación comparada:
1. Colombia
El voto en blanco es una forma de participación electoral que es tan válida como el apoyo a un candidato o a un partido. Su valor radica en la importancia jurídica que le otorga la ley, que en el caso de la legislación colombiana es decisiva y está conceptuado como un factor que puede forzar a la repetición de la votación, como contempla el artículo 258 de la Constitución. Dicho artículo aclara que cuando los votos en blanco constituyan la mayoría del total de votos válidos de una votación para elegir los miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, la elección debe repetirse por una sola vez.
En el caso de las elecciones unipersonales (gobernador, alcalde, Presidente en primera vuelta) no podrán presentarse los mismos candidatos, mientras que en las elecciones a corporaciones públicas no se podrán presentar las listas que no hayan alcanzado el umbral mínimo de votación.
La Reforma Política aprobada en junio de 2009 amplió los límites del voto en blanco. La mayoría exigida para hacer efectivos estos votos ya no es “absoluta”, como decía en la Constitución anteriormente, sino que es simplemente la mayoría “del total de los votos”. Esto quiere decir que las votaciones en las que los votos en blanco “salgan ganadores”, se deberán repetir.
A pesar de su peso legal, han sido múltiples los debates sobre la utilidad y vigencia del voto en blanco dentro de la democracia. En la historia política de Colombia no se conoce ningún caso en el que el ejercicio de este derecho haya sido concluyente. Sin embargo, un caso representativo, que prometía sentar un precedente a favor del “voto protesta”, ocurrió el 30 de octubre de 2005 en las elecciones atípicas para alcalde que se celebraron en Cartagena. Ninguno de los candidatos era una buena opción para ganarle al ex alcalde Nicolás Curi Vergara, quien había salido del cargo en 2000 con más de 70 denuncias en su contra, pero era el candidato más fuerte y quería repetir. La campaña a favor del voto en blanco fue emprendida por varios sectores descontentos, incluidos los medios de comunicación, importantes personalidades y otros seguidores de esta herramienta protesta. El día de las elecciones la historia no cambió. La abstinencia alcanzó un 78 por ciento, y la mayoría de los que votaron lo hicieron por Curi quien obtuvo 54.583 votos, mientras que el voto en blanco, quedó en segundo lugar con 40.683 papeletas. Si hubiera triunfado el voto en blanco, se habría convertido en símbolo de revolución contra las clases políticas de la ciudad y se hubiera convocado a nuevas elecciones. El alto número de votos en blanco, exigidos por la Ley para que éste resulte vencedor genera apatía entre los ciudadanos que ven nulos sus efectos prácticos y terminan asignando su papeleta al candidato con menos opciones como estrategia para combatir al aspirante favorito.
2. España
La normativa electoral española, es decir, la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), dispone en su artículo 96 la regulación del voto nulo y blanco.
Al igual que en el caso colombiano, los votos blancos son contabilizados como válidos, pero no existe una alternativa en la papeleta para expresar esta opción.
Los votos en blanco pueden así influir en las posibilidades que tienen las listas con menos respaldo de acceder al reparto de escaños, ya que la legislación electoral establece que es necesario superar el 3% de los votos válidos. Se considera voto en blanco, pero válido, el sobre que no contiene papeleta y, además, en las elecciones para el Senado, las papeletas que no contienen marca a favor de ninguno de los candidatos. Calificada la elección por la Junta Electoral Central, las Juntas Electorales competentes proceden, dentro del día siguiente, a la proclamación de electos, a cuyos efectos se computan como votos válidos los obtenidos por cada candidatura más los votos en blanco.
3. Francia
En Francia el escrutinio de las elecciones, se encuentra regulado en el Código Electoral4, De acuerdo a este cuerpo normativo, en las elecciones “durante el recuento de votos, los votos blancos y nulos se contabilizan y se anexan al acta elaborada por los responsables de la oficina de voto. Pero no aparecen en el resultado oficial donde solamente se mencionan el número de los electores inscritos, el número de votantes y los sufragios expresados (conjunto de los boletines menos los votos blancos y nulos)”. El voto blanco, es una papeleta desprovista de todo nombre de candidato.
Sin duda donde cobra mayor relevancia el tema, es en la población votante joven, pues el tema del abstencionismo político de la juventud dice relación con una tasa muy elevada de jóvenes que se abstienen de participar en política, de cumplir sus obligaciones y ejercer sus derechos de ciudadanía política en los últimos años en Chile. Este fenómeno de “despolitización” de los jóvenes es un hecho observado ya hace varios años en los países desarrollados y se registra también con bastante frecuencia en estos últimos tiempos en los países latinoamericanos. El principal indicador del abstencionismo, ese desinterés creciente por la política, se evidencia en la escasa inscripción de los jóvenes en los registros electorales y en la escasa voluntad de participación activa en política que manifiestan cuando son interrogados en encuestas y estudios. Los jóvenes aparecerían así como sujetos cuya integración ciudadana plena -en cuanto al ejercicio integral de derechos y deberes cívicos - se perfila no exenta de dificultades. De lo anterior se colige que dicha actitud abstencionista puede encontrar su fundamento en que las opciones políticas muchas veces no satisfacen los intereses de los jóvenes, de modo que si hubiera un reconocimiento jurídico de los votos blancos considerándolos como una opción dentro del espectro de candidatos y aspirantes a cargos públicos, sin duda alentaría la participación ciudadana juvenil, más aun considerando que nuestro sistema electoral se ha inclinado por un voto voluntario.
La abstención y poca participación juvenil tiene coherencia tanto en las formas juveniles de ver la sociedad cómo en las propias deficiencias que se observan en el sistema político representativo. Es decir, estamos ante una actitud razonable y esperable frente a la estrechez de los espacios existentes para ejercer la ciudadanía y la participación plena a nivel nacional lo cual afecta de manera preferente a los jóvenes. Ello por la presencia persistente de los llamados poderes fácticos, las distorsiones de un sistema político cuyas mediaciones se han encastillado en tendencias cúpula res auto referidas, y las tendencias a la degradación y al desprestigio de la actividad política. Si a lo anterior sumamos el voto voluntario, deslegitimación popular de las autoridades y ausencia de valor de los votos blancos como una opción política, se condena al sistema político electoral a ser cada día más parco e impopular.
La soberanía reside esencialmente en la nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través de un plebiscito y de elecciones periódicas...” Nada más ni nada menos que votar y optar por una opción es ejercer la soberanía, constituye un acto sublime que legitima la existencia del Estado y da razón al vínculo jurídico político que une a una persona con un Estado. De ahí la importancia que los votos blancos tengan un reconocimiento y sea elevado a la categoría de opción política.
En Chile el artículo 26 de la Constitución se refiere a los voto blancos y nulos indicando que en las elecciones presidenciales se entenderá como no emitidos. Sin embargo, este proyecto de reforma constitucional apunta instaurar en nuestra carta fundamental el principio de que los votos blancos son y contienen una expresión popular, una manifestación expresa de voluntad soberana que debe tener un reconocimiento y valor jurídico.
El Voto en Blanco está creciendo en todos los países democráticos y se convierte en símbolo de la resistencia de los ciudadanos a la partidocracia y en bandera de la regeneración democrática. El voto en blanco, interpretado como un rechazo a los políticos y a sus programas, pero no a la democracia, que se acepta, gana adeptos cada día y es considerado por muchos como una protesta ejemplar y como la mejor manera de rechazar la corrupción y los abusos del sistema oligárquico de partidos políticos, que se ha consolidado tras la II Guerra Mundial y que ha degenerado profundamente la democracia.
El voto en blanco se alza cada día más como la opción de protesta mas seria y consistente, superior a la abstención porque es activa y nunca puede confundirse con el pasotismo o la indiferencia política. Los que votan en blanco acuden a las urnas y depositan su voto, pero lo hacen sin elegir a nadie, como símbolo de su rechazo a la degradación de la democracia, al abuso de poder, a la corrupción, al mal gobierno y al fracaso de la casta de políticos profesionales que se ha atrincherado en el sistema. La abstención es ambigua y coloca en el mismo saco a los que protestan, a los indiferentes y a los enemigo de la democracia, todos ellos "ausentes" de las urnas, pero sin especificar las razones de esa ausencia.
En una democracia auténtica, los votos en blanco deberían traducirse en escaños parlamentarios vacíos, o al menos constituir un piso mínimo que debieran superar los aspirantes de modo que pueda transformarse en una causal de repetición de una elección el hecho de que los candidatos no superen a los votos blancos.
Castigar a un partido votando al contrario no arregla el problema, ni mejora un ápice la democracia. Sólo se sustituye a un partido por otro. Ni siquiera se perjudica gravemente a los perdedores. El partido que gana obtiene como premio el gobierno, pero los que pierden van a la oposición, donde también ellos han creado beneficios y privilegios: dinero público para el partido, sueldos pagados por los ciudadanos, coches oficiales y participación, como cuota, en instituciones y empresas públicas o dominadas por el poder político. Si creemos que la democracia está hoy bloqueada por la partidocracia, el voto en blanco es la mejor opción porque ese voto lanza un claro mensaje al sistema: “somos demócratas y queremos democracia, pero no la vuestra, la que negáis o corrompéis, sino una democracia auténtica, limpia, en la que el ciudadano controle a los poderes y participe en los procesos de toma de decisiones”.
Votar en blanco es refrendar que la democracia se basa en la soberanía popular y se define como "el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo". Votar en blanco es rechazar la figura del cacicazgo político y esgrimir que la opción democrática por un determinado candidato no es única sino que también existe la expresión del voto en blanco.
Reforma Constitucional
Artículo único: introdúzcanse al Artículo 26 de la Constitución Política de la República las siguientes enmiendas:
1. Elimínese del inciso tercero del artículo 26 de la CPR la frase “en blanco y los”.
2. Agréguese el siguiente inciso cuarto pasando el actual cuarto a ser el quinto y así sucesivamente: “Los votos blanco serán considerados como válidamente emitidos se contabilizarán y tendrán el valor que la respectiva ley orgánica determine.”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
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