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El señor NOVOA ( Presidente ).- Corresponde continuar la discusión general del proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Espina, Cantero, Chadwick, García y Horvath, que sanciona penalmente la colusión, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (6454-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los Senadores señores Espina, Cantero, Chadwick, García y Horvath).
En primer trámite, sesión 8ª, en 8 de abril de 2009.
Informe de Comisión:
Constitución, sesión 40ª, en 11 de agosto de 2009.
Discusión:
Sesión 52ª, en 29 de septiembre de 2009 (queda pendiente su discusión general).
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- Les recuerdo a Sus Señorías que en la sesión de ayer empezó la discusión de la idea de legislar y que quedaron inscritos para hacer uso de la palabra los Honorables señores Vásquez, Gazmuri y Ruiz-Esquide.
Cabe hacer presente que el artículo 3º ter, contenido en el número 1) del artículo 1º, y el artículo 2º tienen carácter orgánico constitucional, por lo que para su aprobación se requieren 21 votos afirmativos.
Por último, debo señalar que al principio de la presente sesión el Comité Socialista pidió segunda discusión.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).- En la primera discusión, tiene la palabra el Honorable señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.- Señor Presidente , he examinado con bastante acuciosidad esta iniciativa, fundamentalmente en razón de que hace poco tiempo aprobamos una modificación legal relativa a las facultades tanto de la Fiscalía Nacional Económica como del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, mediante la cual consignamos distintas medidas que significaban aumento de atribuciones.
Pues bien, a la luz de expresiones vertidas en la sesión de ayer por el Senador señor Espina, uno de los autores de la moción que dio origen al proyecto que ahora nos ocupa, me parece necesario hacer ciertas precisiones para concordar las normas de este con las aprobadas recientemente.
Me refiero, por ejemplo, a la interceptación y grabación de las comunicaciones. Esta medida ya se encuentra acordada como facultad para la Fiscalía Nacional Económica, previo acuerdo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia; de manera que el fiscal puede solicitarle a un ministro de Corte de Apelaciones su aplicación en caso de colusión.
Entonces, estamos en presencia de una medida no tan excepcional. No es, contrariamente a lo que señalaba el Senador señor Espina , algo propio solo de los crímenes. Aquí estamos, incluso, aplicando una norma que dice relación a investigaciones de carácter administrativo-civil. De modo que, al revés, el no tenerla en una investigación penal constituiría una anomalía.
Por consiguiente, atendida la gravedad de las conductas de que se trata -porque afectan la libre competencia y, por tanto, el debido funcionamiento del mercado, lo que preocupa a todos los señores Senadores, según se demostró en la votación anterior-, hago presente que esta no es una medida excepcional con relación a la mecánica del sistema de investigación que tiene la Fiscalía Nacional Económica. Por el contrario, ella me parece indispensable, sobre todo en el caso de un ilícito de carácter penal.
De otra parte, señor Presidente , me llama la atención -creo que habrá que meditar bastante al respecto- que el delito de colusión se configure únicamente en el evento de que afecte a cuotas de mercado o a acuerdos relacionados vinculados con bienes o servicios de primera necesidad.
Digo lo anterior por dos razones: primero, porque no está definido qué son "bienes de primera necesidad", y segundo, porque hoy podríamos estimar que muchos bienes de consumo habitual no revisten ese carácter.
Y pongo el caso del celular. Alguien podría afirmar que no es un bien de primera necesidad porque también es posible tener un teléfono fijo, y, en consecuencia, si mediara una colusión respecto del mercado, no cabría la posibilidad de llevar a cabo la investigación penal respectiva.
Se podría hacer referencia, por ejemplo, a los bienes de consumo habitual o a los bienes y servicios comprendidos en las tablas de cálculo que utiliza el Instituto Nacional de Estadísticas a fin de determinar el índice de precios al consumidor.
Existen distintos medios, señor Presidente , que resultan más objetivos que una mera declaración atinente a los "bienes de primera necesidad", expresión que me parece propia de un lenguaje un poco pasado de moda. En otra época incluso se les fijaban sus precios, pero eso ya no ocurre hace largo tiempo.
Por lo tanto, no obstante compartir el espíritu de lo que el texto plantea, que es sancionar, en casos gravísimos, la colusión o reparto de cuotas de mercado entre los grandes agentes económicos, me parece conveniente contar con un estudio sobre cuál es el tipo penal que se aplicará y, además, cuáles son las medidas de investigación pertinentes para que la Fiscalía Nacional Económica pueda perseguir debidamente los delitos que nos ocupan y seguirlos frente a los tribunales competentes y al Ministerio Público.
Finalmente, una aclaración que estimo indispensable dice relación al inciso cuarto del artículo 3° bis, norma que expresa que "La sentencia penal condenatoria pronunciada en contra de un imputado pondrá fin a la responsabilidad administrativa que en base a los mismos hechos pudiere a éste corresponderle".
Me parece que la disposición resulta clara, pero podría conducir a una interpretación extensiva en el sentido de que la investigación administrativa termina por el hecho de que uno de los partícipes esté siendo imputado en una colusión o en el reparto de cuotas de mercado.
Se podría exigir en la norma una mayor precisión, entonces, a fin de evitar dobles interpretaciones y la no aplicación de disposiciones que, reitero, considero esenciales para el debido funcionamiento de nuestra economía, la transparencia del mercado y la competencia.
Sin perjuicio de estos alcances, señor Presidente, por supuesto que votaré a favor de la idea de legislar.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.- Señor Presidente , como pedí segunda discusión, prefiero reservar mi intervención para cuando esta se lleve a efecto.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).- Puede intervenir a continuación el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.- Señor Presidente , seré muy breve.
Creo que los planteamientos de los señores Senadores que me han antecedido en el uso de la palabra van en la línea correcta. Me da la impresión de que la gravedad de estos delitos es de tal magnitud que amerita una pena grave, ya que ocasionan un daño enorme a la gente más débil. Y dejarlos solo en la aplicación de una sanción pecuniaria da una señal equívoca, porque quizás quienes se coluden para obtener un beneficio económico, con un perjuicio serio para las personas más modestas, pueden estar dispuestos a pagar la multa con el rédito que obtienen del acuerdo.
No olvidemos que, en el caso de las farmacias ocurrido hace unos meses, la confabulación les generó a las empresas involucradas una cantidad enorme de recursos, con los cuales se podrían cubrir muchas veces las multas establecidas.
Por mi parte, felicito a los autores del proyecto, pero este es susceptible de algunas correcciones. Coincido en que ya existe una legislación sobre algunos aspectos y que podría ser perfeccionada.
Estimo que asignar una sanción de privación de libertad a quienes se coluden con el objeto de generar este tipo de beneficios es lo que corresponde y lo que sucede en los países desarrollados, cuyo ordenamiento todos decimos habitualmente que queremos emular. En consecuencia, es preciso penar en forma ejemplarizadora a quienes utilizan estos mecanismos y aprovechar todos los medios con que cuentan en la actualidad los tribunales.
Porque, en la sesión de ayer, el Honorable señor Espina , autor de la moción, y hoy día el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra planteaban que, tratándose de casos graves, la legislación vigente autoriza la utilización de todo tipo de mecanismos, como la interceptación de comunicaciones y la denuncia eficiente de involucrados que quieran ayudar a que se investigue a fondo para la determinación de los culpables. A mi juicio, aquí se debe recurrir a todos los instrumentos que puedan emplearse, para que ojalá, mediante esta notificación, no surja en adelante gente que se atreva a coludirse para beneficiarse económicamente en desmedro del colectivo, de los más débiles de nuestra sociedad.
He dicho.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- En el mismo sentido de lo argumentado por el Honorable señor Prokurica , señor Presidente , quiero profundizar en cuanto a que si hay algo de la esencia de una economía de mercado es la competencia. No voy a poner énfasis en el agregado de que sea "social", pero creo que lo vigente en nuestro país no es precisamente una economía de mercado.
Más aún, la cuestión no dice relación solo a un área, sino que también se expresa claramente en las varias que comprende la economía: existen tres o cuatro bancos, cuatro o cinco administradoras de fondos de pensiones, dos o tres -ya no sé cuántas- grandes cadenas comerciales. Y lo mismo ocurre en lo sanitario, en la producción de energía.
Claramente, la situación debería llevarnos a analizar todo el asunto con la preocupación que corresponde. Por eso, de un tiempo a esta parte he venido sosteniendo que debe corregirse la forma como se ha aplicado el modelo. Pero por el lado de las autoridades no ha habido conciencia al respecto -no sé si solo eso-, sino que se ha permitido que siga el cuadro que estamos presenciando.
Lo que se está logrando es que hoy se registre una inmensa concentración de la riqueza sobre la base de una expropiación nítida y abusiva, por intermedio del crédito, a todo el sector asalariado, que se halla endeudado por completo.
Con un proyecto como el que nos ocupa no vamos a decir, por cierto, que desaparecerá la esencia de la mala aplicación de un sistema, pero sí, como lo ha sostenido el Senador señor Prokurica , que permitirá que mañana se sancione, no la inexistencia de una economía de mercado como debe darse, sino a quienes, puestos en una posición dominante, han llegado a coludirse, a concertarse, a asociarse para sacar ventajas indebidas. Por eso, me parece que la iniciativa se orienta en la dirección que el país reclama.
Mas lo anterior no es suficiente: deben hacerse correcciones de fondo a la manera como se ha venido poniendo en práctica un modelo que, en estos tiempos, ha terminado pagando toda la ciudadanía, pero en especial los sectores medios, que ven cada día más mermados sus recursos, sus ingresos.
Sin embargo, si mañana media una colusión en situaciones como las que hemos conocido, al menos podrá aplicarse la sanción que corresponde. Y si delitos a veces prácticamente insignificantes traen aparejada la restricción de la libertad, creo que en el caso de que se trata claramente se debe fijar una pena en ese sentido. No basta una multa, y menos, a veces, que autoridades formulen declaraciones que no sirven absolutamente para nada.
Gracias.
El señor NOVOA (Presidente) Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK.- Señor Presidente , no voy a reiterar las expresiones formuladas aquí, a las cuales me sumo -soy uno de los autores de la moción-, en el sentido de que es necesario establecer, cuando exista una colusión que afecte a la libre competencia y al funcionamiento del libre mercado y que, además, ocasione a los consumidores un fuerte daño como el que hemos conocido, una legislación que contemple una sanción superior, sin duda alguna, a una falta meramente de carácter administrativo.
Pero sí deseo exponer dos puntos que considero muy importantes para seguir trabajando en la discusión particular que deberá realizarse en la Comisión de Constitución, adicionales al ya planteado por el Senador señor Vásquez .
El primero se refiere a que tenemos que seguir ocupándonos en lograr una adecuada eficacia de los dos sistemas que en nuestra legislación podrían existir para combatir la colusión: por una parte, el del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y el esquema de la delación compensada, que en otros ordenamientos ha resultado bastante eficaz para el efecto de determinar la irregularidad, y por la otra, el de la infracción penal.
Porque, obviamente, cuando se avanza en el tratamiento de ambos aspectos, es posible acercarse bastante a "la cuadratura del círculo", o sea, a conseguir un funcionamiento equilibrado. Resulta claro que atenta contra la delación compensada ante dicho Tribunal la circunstancia de que quien la efectúe pueda enfrentar el día de mañana una situación de infracción penal. Es evidente el conflicto que se presenta.
Tendremos que seguir analizando el asunto, durante el estudio en la Comisión, para generar un buen equilibrio.
El segundo punto, señor Presidente , dice relación a una dificultad que observé al revisar con detenimiento el proyecto y que también será preciso corregir en el debate en particular. La legislación actual exige que los acuerdos de colusión impliquen el poder de interferir en el mercado, lo que no consignamos en el artículo 3° bis, que establece el tipo penal. Entonces, se daría el hecho de que la infracción administrativa contendría exigencias mayores que las de este último, que traerá aparejada la sanción respectiva. Ello, obviamente, deberemos enmendarlo en el estudio en la Comisión. Y por lo menos señalo la cuestión aquí para que no pase desapercibida, pues no podríamos aprobar una norma en esos términos.
Si bien votaré a favor de la idea de legislar, estimo que el proyecto requiere un buen y trabajado estudio en la discusión particular, para el efecto de que sea realmente eficaz.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.
El señor CANTERO.- Solo quiero solicitar que se abra la votación, señor Presidente.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Se pidió segunda discusión, Su Señoría.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Terminada la primera discusión.
--El proyecto queda para segunda discusión.
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