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Modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados con el objeto de crear la Comisión Permanente de Asuntos Indígenas. (boletín N° 6740-16)
“Considerando:
1° Que en virtud del artículo 6° del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ha sido necesario la modificación de nuestro sistema jurídico en relación con el reconocimiento de los pueblos indígenas, lo cual se ha materializado con la reforma constitucional que reconoce con dicho rango a los pueblos originarios.
2° Que no obstante a lo anteriormente expuesto, es necesario e imprescindible continuar la búsqueda de medidas concretas que permitan seguir contribuyendo al mejoramiento de la situación de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas en nuestro país.
3° Una de las principales obligaciones que derivan de la aplicación de los principios internacionales en relación con los pueblos indígenas, constituye el deber del Estado de consultar, previamente a los pueblos indígenas, la adopción de medidas legislativas, administrativas o políticas que afecten directamente sus derechos y sus intereses.
4° Que el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo se ratificó por nuestro país el 15 de septiembre de 2008, entró en vigor el 15 de septiembre de este año. Sin embargo, la obligación internacional ha sido plenamente asumida por el Gobierno de Chile, que ha manifestado su intención de poner en práctica las medidas necesarias para implementar el Convenio desde su ratificación.
5° En este sentido, creemos que es necesario crear una Comisión con el carácter de permanente avocada únicamente a asuntos indígenas, con el objeto de encausar las obligaciones que ha asumido nuestro país con la ratificación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, y respetar los derechos fundamentales de nuestros pueblos indígenas.
En virtud de lo expuesto, los Diputados abajo firmantes vienen en proponer el siguiente:
Proyecto de Ley
Art. Único.- Modifíquese el artículo 213 del Reglamento de la H. Cámara de Diputados, creando la Comisión Permanente de Asuntos Indígenas, agregándose un nuevo número 25 del siguiente tenor:
25) De Asuntos Indígenas”.
"