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    • rdf:value = " El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente , no hay duda de que este proyecto, tal como dijo el Senador señor Orpis , ha tenido una lata discusión, a partir del año 91 ó 92. Y su objetivo es dar respuesta a una serie de necesidades existentes en materia de seguridad, particularmente contra incendios, y posibilitar el apoyo de una institución tan fundamental como Bomberos. La iniciativa planteaba en sus inicios que la recepción definitiva debía ir acompañada de un certificado de Bomberos. Pero eso presentaba una serie de dificultades de carácter jurídico que la Comisión de Vivienda del Senado comprendió cabalmente. Por ende, había que buscar la fórmula para que los Cuerpos de Bomberos dispusieran de atribuciones y estuvieran debidamente informados. Porque aquí lo que más interesa es la información con que ellos puedan contar respecto a la construcción de los edificios y sus características. En mucho casos -el Senador Vásquez dio cuenta de uno- Bomberos carece de la información pertinente y, por lo tanto, cuando llega a un siniestro se encuentra con una serie de dificultades para llevar adelante su labor. Por consiguiente, las tres normas que se establecen en el proyecto, que la Comisión de Vivienda aprobó por consenso, avanzan en esa línea: tener a los Cuerpos de Bomberos de cada comuna claramente informados de las características de los edificios, para que sepan cómo enfrentar eventuales siniestros. Por eso, considero relevante la manera como se fueron resolviendo las dificultades jurídicas que enfrentábamos, al objeto de lograr que Bomberos, institución que no forma parte de la estructura del Estado, pudiera colaborar, desde la perspectiva pública, en el otorgamiento de permisos de construcción y la recepción definitiva. A partir de la vigencia de la normativa en debate, los cuerpos de bomberos dispondrán -repito- de tales datos. En segundo lugar, la circunstancia de que esa institución tenga un acceso en el momento de la ejecución y pueda hacer observaciones en el libro de obras sin duda presenta un carácter vinculante, porque, de acuerdo a las normas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, ello obliga a quien está a cargo a dar una respuesta. De hecho, los inspectores de las direcciones de Obras Municipales, cuando visitan una construcción, consignan sus observaciones en dicho registro, y no existe ninguna norma que disponga que ello es vinculante; pero en la Ordenanza se encuentra establecido que las menciones y anotaciones respectivas obligan necesariamente al responsable -e incluso a los revisores independientes- a tomar las medidas para superar los aspectos planteados. Por lo tanto, media una vinculación evidente. Asimismo, en un proceso posterior, con motivo de la discusión de un determinado seguro o de responsabilidades civiles, y hasta de las administrativas, el libro de obras constituirá un elemento esencial. En consecuencia, ninguna persona podrá eximirse, sin fundamento, de adoptar las medidas pertinentes ante una anotación realizada por Bomberos. Igual cosa sucede en el caso de lo dispuesto en la letra b) del número 1) del artículo único, que intercala un inciso cuarto, nuevo, en el artículo 142, lo cual dice relación a obras ya recepcionadas. Ahí se les entrega a los cuerpos de bomberos la facultad de ingreso y de requerirle al Director de Obras Municipales , tal como expresó mi Honorable colega Orpis¿ El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).- Terminó su tiempo, señor Senador. El señor PÉREZ VARELA.- Concluyo en un minuto, señor Presidente. Decía que ello permitirá tomar las medidas establecidas en el artículo 20 de la ley. En consecuencia, mediará una vinculación directa -insisto-, que también se halla presente en el nuevo inciso tercero del artículo 144, relativo a las discotecas y otros recintos que reciben un número importante de personas, contemplándose la información a Bomberos de todas las condiciones de seguridad. Si no se entrega, la referida institución también puede representarlo al Director de Obras Municipales o a la autoridad respectiva. Y todo lo anterior pasa a ser vinculante, pero no solo en relación con aspectos administrativos, como se podría señalar en un momento dado, pues también los informes de Bomberos, en cuanto a posteriores responsabilidades penales o económicas, serán concluyentes y fundamentales para establecer con precisión las que recaigan en cada cual. He dicho. "
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