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- rdf:value = " 9. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES NARANJO, MUÑOZ ABURTO Y OMINAMI, SOBRE IMPLEMENTACIÓN DE UN SEGURO ESPECIAL DE ALTO RIESGO PARA BRIGADISTAS FORESTALES Y OTORGAMIENTO DE PENSIONES DE GRACIA ESPECIALES PARA LAS FAMILIAS DE BRIGADISTAS QUE FALLEZCAN EN CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES O PARA AQUELLOS QUE RESULTEN CON INCAPACIDAD LABORAL PERMANENTE, ASÍ COMO DE BECAS EDUCACIONALES PARA SUS HIJOS (S 1152-12)
Honorable Senado:
Considerando:
1.- Que Chile, debido a sus características geográficas, principalmente durante los meses de verano, sufre cada año un gran número de siniestros incendiarios entre las IV y XII regiones, incluyendo la Región Metropolitana.
2.- Que por tal motivo, la CONAF, como institución principal encargada del combate de los incendios forestales, en conjunto con el Ejército, la Armada, bomberos y la empresa privada, ha conformado Brigadas Forestales destinadas a combatir estos siniestros.
3.- Que la inmensa mayoría de los hombres y mujeres que conforman estas brigadas forestales son personas de escasos recursos y carentes de trabajo estable, que ven en esta actividad una forma de ganarse la vida de manera temporal.
4.- Que estas personas realizan una labor considerada de alto riesgo para su integridad física, por lo cual, a través de la historia numerosos brigadistas han perdido sus vidas o han quedado con incapacidad laboral permanente.
5.- Que si bien es cierto que en caso de muerte o invalidez quedan cubiertos por el Seguro Social de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, por el cual sus familiares, viuda, madre de hijos no matrimoniales, e hijos hasta los 24 años en caso que sean estudiantes, tienen derecho a percibir la pensión que corresponda de parte del seguro que administra la Mutual de Seguridad. Además, en el caso de los brigadistas de la CONAF, estos cuentan con un seguro de vida de 800 UF, es decir, alrededor de 17 millones de pesos.
6.- Que por la naturaleza del trabajo que realizan, ésta reparación resulta absolutamente insuficiente.
7.- Que el Estado chileno debe reconocer el alto riesgo de la labor que desarrollan, por lo cual, debe proceder a establecer una legislación especial para la protección de los brigadistas forestales y sus familias, sean estos de la CONAF, la empresa privada, bomberos, el Ejército, la Armada, etc.
8.- Que por los motivos anteriormente expuestos, los Senadores firmantes, solicitamos a este honorable Senado que apruebe el siguiente proyecto de acuerdo.
PROYECTO DE ACUERDO
“Solicitar a Su Excelencia de la República, señora Michelle Bachelet, si lo tiene a bien, instruya al Ministro de Hacienda, señor Andrés Velasco, para que, en conjunto con:
1. La Ministra del Trabajo y Previsión Social, Claudia Serrano, estudie la implementación de un seguro especial de alto riesgo para los brigadistas forestales.
2. El Ministro del Interior, señor Edmundo Pérez Yoma, estudie el otorgamiento de pensiones de gracia especiales para las familias de los brigadistas forestales que fallezcan en cumplimiento de sus funciones o para aquellos que resulten con incapacidad laboral permanente.
3. La Ministra de Educación, señora Mónica Jiménez de la Jara, estudie el otorgamiento de becas educacionales para los hijos de los brigadistas fallecidos o que resulten con incapacidad laboral permanente”.
(Fdo.): Jaime Naranjo Ortiz, Senador.- Pedro Muñoz Aburto, Senador.- Carlos Ominami Pascual, Senador
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