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El señor ENCINA (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos .
El señor BURGOS.-
Señor Presidente, como se recordará, el proyecto de ley en estudio, aprobado no hace mucho por la Cámara de Diputados en su primer trámite constitucional, contiene dos elementos centrales: modifica las tipificaciones del Código Penal en relación con delitos que tienen como sujetos activos a funcionarios públicos, como malversación, distintos tipos de cohecho y negociaciones incompatibles. Además, mediante indicación sustitutiva del Ejecutivo, introduce normas relativas a la tipificación y persecución de delitos cometidos por funcionarios internacionales en nuestro país.
Ambos conceptos -uno, contenido en la moción presentada por un grupo transversal de diputados, que busca aumentar los techos cuando se trata de delitos que tienen como sujetos activos a funcionarios públicos, y el otro, introducido mediante indicación sustitutiva del Ejecutivo, destinado a mejorar la tipificación en materia de delitos globalizados- apuntan al cumplimiento de normas que posibiliten el ingreso de Chile a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, Ocde.
Si bien el Senado introduce varias modificaciones en relación con ambos aspectos, en general ellas apuntan en el sentido correcto y, en algunos casos, mejoran el texto. Algunas, en materia penal, son más opinables y podrían considerarse en una discusión más de fondo. Sin embargo, reitero, en general las modificaciones del Senado cumplen con el objetivo perseguido, que no es otro sino el combate de la corrupción en lo que concierne a la Administración del Estado y el cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas por el país tras la suscripción de la Convención de la Ocde para combatir el cohecho de funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales.
En consecuencia, se trata de una iniciativa importante desde el punto de vista del derecho interno, porque permitirá contar con normas más estrictas para la punición de los funcionarios públicos que cometan este tipo de delitos, pero también fundamental en relación con las obligaciones contraídas por el país a nivel externo, porque permitirá la persecución de delitos de carácter internacional cometidos por funcionarios públicos extranjeros.
Con su aprobación, Chile dará un paso más para lograr su incorporación a esa importante Organización. Por lo tanto, es fundamental no postergar su despacho.
En relación con los delitos de fraude al fisco, la Cámara consideró que lo mejor era establecer una mayor tipificación en función de lo defraudado. El Senado sostuvo un criterio diferente, en el sentido de no estar al monto de lo defraudado al haber otros intereses en juego. Sin embargo, reconoce una cuestión muy importante: si bien en el caso de fraude al fisco no hace una categorización según lo defraudado, equivalente a la de la malversación, sí establece una agravante especial en atención a lo defraudado. Por lo tanto, si el delito cometido es por un elevado monto, el funcionario público condenado podría recibir una pena mayor en función de la eventual aplicación por el juez de una circunstancia agravante, atendido el monto de lo defraudado.
Por las razones indicadas, invito a los colegas a prestar su aprobación, ojalá en forma unánime, a las modificaciones del Senado.
He dicho.
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