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Moción del diputado señor Errázuriz.
Impide limitar autorización para ejercer una profesión u oficio a quienes cumplan los requisitos que las instituciones establezcan. (boletín N° 4797-04)
“Considerando:
1. Que las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica autónomos, con reconocimiento estatal pueden impartir carreras o enseñar oficios de acuerdo a los parámetros que las propias instituciones se han fijado;
2. Que resulta insólito que la autoridad limite a un máximo el número de egresados a quienes se tome examen para permitirles ejercer esa profesión u oficio;
3. Que lo anterior resulta discriminatorio y abiertamente inconstitucional, al atentar contra la igualdad ante la ley, vengo en proponer el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Ninguna autoridad podrá establecer cupos o límites para dar examen que autorice el ejercicio de una determinada profesión, oficio o actividad, en la medida que quienes hayan realizado esos estudios cumplan con los requisitos que la propia institución que los imparta haya establecido, tratándose de instituciones reconocidas por el Estado o autónomas”.
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