-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/641711/seccion/akn641711-po1-ds10-ds17
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1580
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/1
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1580
- rdf:value = "
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente , en este mundo tecnológico y comunicacional, es deber preocuparse de informar adecuadamente sobre las formas de prevenir, controlar y sancionar el excesivo consumo de alcohol.
La responsabilidad del área publicitaria e informativa, es decir, de los medios de comunicación, es gravitante. Por lo tanto, rresulta absolutamente coherente discutir las mociones que dan cuenta de más regulaciones para disminuir el consumo de alcohol en la población.
Al momento de crear normas que ayuden a disminuir el excesivo consumo de alcohol, debe estar siempre presente el equilibrio entre controlar y prohibir, entre legislar y aplicar la ley. El bien último es proteger a nuestros jóvenes, sobre todo del consumo excesivo de alcohol.
Hay conductas humanas que no se modifican por ley. Por eso, debemos ser capaces de implementar más programas de prevención y educación y de responsabilidad social y familiar. Nuestra labor es no facilitar la venta indiscriminada de alcohol; necesitamos limitar en el buen sentido, realizando acciones positivas.
Las prohibiciones que contiene el proyecto de ley pretenden liberar a los menores de edad de una publicidad excesiva de bebidas alcohólicas. Esta discusión no les gusta a los jóvenes bebedores excesivos, a los padres irresponsables ni a los comerciantes inescrupulosos, pero sí al resto de la sociedad.
Espero que los diputados que integran la Comisión de Salud consideren ese equilibrio que he puesto en el debate.
El proyecto busca establecer que los envases o etiquetas “de cualquier bebida alcohólica cuya graduación fuese igual o mayor a un grado, deberán llevar una clara y preci-
sa advertencia de los daños, enfermedades o efectos que, para la salud de las personas, implica su consumo excesivo y/o de los modos de beber sin riesgo”. Esta medida es absolutamente necesaria en el mundo comunicacional e informativo en que vivimos.
En seguida, señala que la advertencia ocupará un 25 por ciento de la superficie total de la etiqueta, y deberá ser diseñada y establecida mediante decreto supremo del Ministerio de Salud. Esta disposición se parece mucho a una establecida en la ley del tabaco.
El proyecto agrega que, en el caso de productos importados, la etiqueta deberá ser adherida de manera que no pueda ser despegada fácilmente.
La advertencia se incluirá, además, en toda acción publicitaria, cualquiera sea el medio o forma en la cual se realice, sea que se inserten en diarios, revistas, spots televisivos, difusión radial y, en general, en toda propaganda o estimulación al consumo del alcohol que se exponga por cualquier medio de comunicación social, así como también en el material publicitario, de cualquier especie, como letreros, gigantografías, afiches, entre otros. Por lo tanto, se es coherente con lo que vivimos en el mundo de hoy.
El proyecto prohíbe cualquier forma de publicidad de bebidas alcohólicas en medios de transporte colectivos públicos o privados. En la discusión particular que tiene darse en la Comisión habrá que revisar si se generaliza la prohibición o se restringe a los lugares donde se desarrollen actividades de jóvenes menores de 18 años.
Además, la iniciativa contiene otras medidas de protección. Los menores de edad que sean sorprendidos consumiendo alcohol en la vía pública podrán ser trasladados a un cuartel policial. Carabineros adoptará las medidas necesarias para informar a su familia o a las personas que el menor indique acerca del lugar en el que se encuentra, o bien le otorgará las facilidades para que se comunique telefónicamente con alguna de ellas. El padre, madre o tutor y el menor quedarán citados para que comparezcan ante el juez de policía local competente. Aquí estamos involucrando la responsabilidad del grupo familiar.
Estas mociones, que modifican la legislación sobre expendio, comercialización y producción de bebidas alcohólicas; su publicad, etiquetado y venta a menores, son coherentes y necesarias para avanzar hacia una legislación -otros países ya cuentan con ella- que influya en la disminución de los niveles de consumo de alcohol en los jóvenes.
He dicho.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/641711
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/641711/seccion/akn641711-po1-ds10