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El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señora Presidenta , reitero lo que dijo el Senador Chahuán en el sentido de que esta materia fue analizada en la Comisión de Gobierno.
El propósito es, primero, adecuar la edad para solicitar la nacionalidad a la modificación constitucional que hicimos hace algún tiempo, pues la ley que fija los 21 años es de octubre de 1960 (a la sazón, la mayoría de edad se alcanzaba a los 21 años).
Esa es la primera enmienda, que resulta absolutamente lógica.
La segunda modificación se dirige a permitirles a los hijos de extranjeros nacionalizados optar a la nacionalidad chilena cuando tengan 14 años y cumplan cinco años de residencia. En efecto, resulta de bastante lógica que puedan acceder a la nacionalidad chilena sin necesidad de esperar hasta los 18 años.
Y lo tercero es algo totalmente razonable, como decía el Senador Chahuán . Se trata del caso en que padres reconocidos como refugiados consiguen la nacionalidad, pero los hijos, no. El último precepto que se sugiere dispone que en tales casos los hijos puedan acceder a la nacionalidad que logró al menos uno de sus progenitores.
Considero que esta es una normativa mínima de lo que debe ser nuestra relación con la gente que llega acá como inmigrante, en cuanto a su acceso a la nacionalidad chilena.
Por eso la Comisión aprobó en general esta iniciativa por unanimidad.
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