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El presente proyecto de ley, tiene por objeto el establecimiento del Día Nacional de las Manipuladoras y los Manipuladores de Alimentos. La instauración de un día que conmemore a estas trabajadoras y trabajadores, se orienta hacia el reconocimiento de la relevancia de sus funciones en la alimentación de las niñas, niños y jóvenes de Chile. Su labor, ha permitido atender las necesidades alimenticias de nuestros estudiantes, mejorando sus condiciones de vida y promoviendo la escolarización, especialmente en los sectores más vulnerables de nuestra sociedad.
Destacamos por ejemplo, que su rol principal en iniciativas tales como el Programa de Alimentación Escolar, permite entregar más de cuatro millones novecientas mil raciones alimenticias, beneficiando a diario a más de un millón ochocientos mil niñas, niños y jóvenes.
Las manipuladoras y los manipuladores de alimentos no sólo son un ejemplo de esfuerzo y dedicación en el cumplimiento de sus labores, sino que también se han convertido en un ejemplo de organización y decisión para todos los trabajadores y trabajadoras de Chile. La fuerza, unidad y convicción de sus organizaciones sindicales y de sus federaciones se destacan en la defensa de cada una de sus reivindicaciones para alcanzar condiciones de trabajo justas.
A través de años de incansable lucha, las organizaciones de manipuladoras y manipuladores de alimentos han logrado relevantísimos avances legislativos para el mejoramiento de sus condiciones laborales, como por ejemplo la promulgación de la Ley Nº 20.787 que solucionó en gran medida el problema de la cesantía estacionaria a la que se veían expuestos en los meses de enero y febrero.
Reconocemos de manera especial a las manipuladoras de alimentos, jefas de hogar, mujeres y madres cuyo esfuerzo, constituye muchas veces el único sustento económico de sus familias.
Recientemente, mediante resolución exenta de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas se ha logrado instaurar administrativamente el “Día Nacional del Trabajador/a Manipulador/a de Alimentos que se Desempeñan en la Ejecución del Programa de Alimentación Escolar y de Párvulos de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas”. Valoramos y celebramos esta iniciativa, con la cual coincidimos en fundamentos y motivaciones, pero advertimos que el alcance de esta medida tiene sendas limitaciones en relación con el programa y el organismo al que pertenecería trabajadora o trabajador.
La iniciativa legal que impulsamos, supera las limitaciones señaladas y extiende este imprescindible reconocimiento a la totalidad de las manipuladoras y los manipuladores de alimentos, cualquiera sea el lugar en que desempeñen sus funciones; elevándolo además a rango legal e incorporando además un deber para el empleador de permitir la realización de las actividades conmemorativas que resulten procedentes.
Por todo lo anterior, los suscriptores venimos en proponer a esta Honorable Cámara, la aprobación del siguiente;
PROYECTO DE LEY
Artículo Único. Institúyase el día 30 de octubre de cada año como el Día Nacional de las Manipuladoras y los Manipuladores de Alimentos. El empleador, o quien haga sus veces, deberá otorgar todas las facilidades que sean necesarias para la realización de las actividades conmemorativas que procedan”.
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