INDICACIONES FORMULADAS DURANTE LA DISCUSIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE REGULARIZA LA CONSTRUCCIÓN DE BIENES RAÍCES URBANOS SIN RECEPCIÓN DEFINITIVA DESTINADOS A EQUIPAMIENTO DE DEPORTE Y SALUD BOLETÍN Nº 4.304-14 10-noviembre-2008 INDICACIONES ARTÍCULO 1º 1.-Del Honorable Senador señor Sabag, para sustituirlo por el siguiente: “Artículo 1º.- Los organismos del Estado y las organizaciones comunitarias y deportivas, a que se refieren las leyes números 19.418 y 19.712, respectivamente, que sean propietarios de bienes raíces individualizados en el artículo 2º, que hayan construido con o sin permiso de edificación y que no cuenten con recepción definitiva podrán, dentro del plazo de cinco años, regularizar su situación, de acuerdo a las normas de edificación y al procedimiento simplificado que se señala más adelante.”. 2.-Del Honorable Senador señor Horvath, para suprimir las frases “; o que hayan materializado de hecho el cambio de destino de las edificaciones existentes en forma no concordante con los usos del suelo permitidos por los planes reguladores”. ARTÍCULO 2º 3.-Del Honorable Senador señor Horvath, para modificar el encabezado de la siguiente manera: a) Reemplazar la frase “anteriores a la fecha de su publicación” por “que tengan más de diez años de antigüedad contados desde la fecha de su publicación”. b) Intercalar, a continuación de la frase “declaratoria de utilidad pública”, la siguiente: “o produzcan emisión de contaminantes al área aledaña a su emplazamiento,”. ARTÍCULO 3º 4.-De S. E. la Presidenta de la República, para reemplazar el encabezamiento por el siguiente: “Artículo 3°.- Para su regularización, las construcciones deberán cumplir con las normas sanitarias que al efecto dicte el Ministerio de Salud, de conformidad con las disposiciones del Código Sanitario y del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1989, del Ministerio de Salud, con las normas de seguridad contra incendio, de evacuación y de estabilidad estructural establecidas en la presente ley en la forma que a continuación se indica:". numeral 1 letra a) 5.-Del Honorable Senador señor Horvath, para sustituir la frase “un plano simple” por “un informe de estabilidad estructural”. letra b) 6.-Del Honorable Senador señor Horvath, para reemplazarla por la siguiente: “b) Equipamiento que contemple una carga de ocupación superior a 250 personas y de hasta 1.000: deberán adjuntar un informe de estabilidad estructural suscrito por un profesional competente y un estudio de seguridad contra incendio y terremotos que incluya, además, las medidas de evacuación, control de accesos, vías de escape alternativas y señalizaciones de seguridad suscrito por un profesional especialista.". numeral 2 letra a) 7.-Del Honorable Senador señor Horvath, para sustituir la frase “un plano simple” por “un informe de estabilidad estructural”. letra b) 8.-Del Honorable Senador señor Horvath, para reemplazarla por la siguiente: “b) Equipamientos que no contemplan hospitalización: deberán adjuntar un informe de estabilidad estructural suscrito por un profesional competente y un estudio de seguridad contra incendio y terremotos que incluya, además, las medidas de evacuación, control de accesos, vías de escape alternativas y señalizaciones de seguridad suscrito por un profesional especialista.". letra c) 9.-De S. E. la Presidenta de la República, para sustituirla por la siguiente: “c) Equipamientos que contemplan hospitalización, excluyendo unidades de cuidado intensivo: deberán cumplir con las exigencias señaladas en la letra b) precedente y, además, el estudio de seguridad contra incendio deberá incluir un sistema automático de alumbrado de emergencia, independiente de la red pública para los efectos de iluminar las vías de escape, las cuales deberán cumplir con las normas técnicas sobre elementos de protección y combate contra incendio dispuestas en el artículo 4.3.2. y con las disposiciones de los artículos 4.2.16. y 4.3.7., todos de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.”. 10.-Del Honorable Senador señor Sabag, para reemplazar las frases “deberán cumplir con las exigencias señaladas en la letra b) precedente y, además, el estudio de” por “Deberán adjuntar un estudio de”. 11.-Del Honorable Senador señor Horvath, para intercalar, a continuación de la expresión “contra incendio”, la primera vez que aparece, las palabras “y terremoto”. ARTÍCULO 6º 12.-Del Honorable Senador señor Horvath, para suprimir el inciso segundo. ARTÍCULO 7º 13.-Del Honorable Senador señor Sabag, para sustituir el vocablo “regulación” por “regularización”. ARTÍCULO 11 14.-Del Honorable Senador señor Horvath, para reemplazarlo por el siguiente: "Artículo 11.- Los profesionales competentes para efectos de esta ley son aquellos señalados como tales en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.". - - - - - - -