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El señor ULLOA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra a quien sostenga el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
-En conformidad con el artículo 85 del Reglamento, se incluye la siguiente intervención no pronunciada en la Sala y que cumple con lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo reglamentario:
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente, tal como se señala en la fundamentación de este proyecto de acuerdo, en el año 1965, cuando existía la Empresa Portuaria de Chile, se promulgó la ley Nº 16.250, en virtud de la cual se estableció un fondo especial que el Tesorero General de la República debía poner a disposición del Director de la citada empresa, el cual estaba conformado por el 38,4% del total de las remuneraciones de las Plantas Administrativa y de la de Auxiliares de la misma empresa.
De este fondo, un 7,81% del mismo se destinaría a financiar un plan habitacional para los obreros portuarios, tanto para adquirir viviendas, o bien para servir créditos ya obtenidos por los beneficiarios con dicha finalidad.
Se reglamentó posteriormente la administración de este fondo, de manera que los obreros tuvieran participación en el mismo, pero posteriormente, en el año 1979, en virtud de la dictación del decreto ley Nº 2878, además de dejar a los beneficiarios sólo con una participación de asesoría en la administración de este fondo, se declararon íntegramente cumplidas todas las obligaciones que la Empresa Portuaria tenía con respecto a los planes habitacionales para los obreros.
Asimismo, y mediante un reglamento dictado en el año 1980, se dispuso que al Director de la Empresa Portuaria le correspondería administrar este patrimonio, debiendo dar cuenta escrita anual de su gestión, para que fuera examinado por auditores independientes y puesto en conocimiento del Ministerio de Transportes, sin perjuicio de que los beneficiarios podrían exigir cuentas parciales.
Desde esa época no se ha tenido noticia alguna sobre el destino de este fondo, ni se hizo mención del mismo en la ley Nº 19.542 que modernizó el sector portuario estatal.
Entonces, señor Presidente, es muy probable que estemos frente a una más de las múltiples irregularidades que se han ido descubriendo, a raíz de la modernización del sector portuario estatal, muchas de las cuales han sido incluso objeto de procesos penales, que aún se encuentran en tramitación.
Por esta razón, y dados los numerosos requerimientos que en tal sentido han formulado los beneficiarios de este plan habitacional, se hace necesario que se conozca fehacientemente el destino de este fondo, para establecer que no haya tenido otra aplicación, por lo cual se precisa que el ministro de Transportes nos informe en tal sentido, razón que me lleva a solicitar a los colegas la aprobación de este proyecto de acuerdo.
He dicho.
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