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El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señora Presidenta , cuando el Senador Montes planteó esta propuesta en la Comisión de Hacienda, se generó una primera discusión sobre el alcance que él le daba, que iba mucho más allá de la declaración programática en una elección presidencial.
Hago presente que todas las dudas que aquí se han expresado también se analizaron en el órgano técnico, de forma transversal.
El sentido profundo de la indicación del colega Montes -creo que todos lo compartimos- es que la política se base más en el debate de las ideas, en la adhesión ciudadana por la calidad de los planteamientos, que en las campañas publicitarias o en el recurso económico que se disponga para realizarlas.
En la Comisión redujimos el alcance de la indicación solo a los candidatos presidenciales, en atención a esas mismas dudas, que aún persisten. Y aquí no están resueltas. De hecho, los Senadores que han intervenido no han dado solución a este asunto.
Unos dicen: "Hay que hacer una declaración programática".
Al respecto, señalé en el órgano técnico -y lo repito acá, pero no para disminuir la bondad de la presente discusión- que todo candidato presidencial, al comenzar su campaña, expresa un discurso programático. Pues bien, este podría ser acompañado de un texto, respecto del cual podrá indicar: "Este es mi programa".
No estoy de acuerdo con lo planteado por un señor Senador en cuanto a que el programa se va construyendo durante el desarrollo de la campaña presidencial.
Basado en mi experiencia, los candidatos parten con una afirmación programática sobre lo que pretenden como visión de país. Ello implicará ciertos plazos, incluir o no contenido, etcétera. Como dijo el Senador Allamand, puede ser una frase o diez.
El eslogan de la candidatura del Presidente Pedro Aguirre Cerda fue "Gobernar es educar".
En el mundo laborista, según recuerdo, hubo un candidato que expresó en una frase su dedicación a la seguridad ciudadana.
Es posible que ese compromiso sea el programa. Por tanto, es meramente declarativo.
Por otra parte, entiendo el concepto de "programa" no como una ley que el candidato está obligado a cumplir, sino como un conjunto de aspiraciones que este propone al país.
Y estas podrán o no lograrse de acuerdo con la realidad. Muy bien se dijo aquí: si el país sufre una debacle económica, no será factible cumplir con algunas cosas que se han ofrecido. En tal caso, el país tiene que entender.
Ahora bien, se argumentó que la declaración programática no tenía sentido si no se fijaba una sanción.
A mi juicio, la sanción la impone la ciudadanía en los procesos electorales. En todas las democracias es importante que los ciudadanos sancionen o no con su voto luego de juzgar cómo se está conduciendo un Gobierno.
Ello es positivo. En el caso americano, se efectúa una elección general y luego, en medio del período, hay otra elección, con la que se verifica cuál es el apoyo ciudadano a la gestión del gobierno de turno.
Apoyé la indicación que dio origen a esta disposición, pero reduciéndola nada más que a la candidatura a Presidente de la República . Yo no soy partidario de la parte final del artículo porque no tiene ningún sentido que los candidatos a otros cargos hagan una declaración voluntaria.
Otorgué mi respaldo porque lo que nos señaló el Senador Montes fue ratificado también por el Presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral y por los miembros de dicha entidad que participaron en la Comisión. Allí se dijo que en otras partes del mundo se estaba avanzando en esa dirección.
Por lo tanto, no tuve problemas respecto de lo planteado en la primera parte del artículo -relativo a la candidatura presidencial-, entendiendo que, por supuesto, no es otra cosa que una expresión de aspiraciones y que todo candidato presidencial lo hará en la forma que quiera. Y será la ciudadanía quien calificará si la oferta o el propósito que se plantee como gestión de gobierno es razonable o entendible.
Por esos motivos, señor Presidente , me gustaría -no sé si es posible- que dividiéramos la votación del artículo 6° ter, pronunciándonos hasta donde dice "en el inciso segundo del artículo anterior" y suprimiendo lo relativo a la presentación de programa para las otras candidaturas, porque además es voluntaria (puede hacerse o no).
Desde esa perspectiva, apoyaré la primera parte del mencionado artículo porque creo que tiene un sentido, mientras que en los otros casos no es obligatoria la presentación de un programa.
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