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El señor WALKER (don Ignacio) .-
Señora Presidenta , no tenía intención de intervenir en la parte general.
Sin embargo, creo que hicieron bien los Senadores Pérez Varela y Montes en plantear el contrapunto en este tema, que tal vez será el más importante a debatir.
Si ustedes se fijan, en la página 52 del comparado estamos definiendo lo que se entiende por gasto electoral. Por lo que veo, esta definición fue respetada por la Comisión de Hacienda.
Después, en la página 57, en el artículo 3° se señala: "Para la determinación de los gastos electorales", ¡de los gastos electorales! Recordemos que los plazos establecidos son los siguientes: propaganda en la vía pública, 30 días; publicidad en la prensa y en la radio, 60 días; inscripción de la candidatura, 90 días. Eso está bien. Pero se agrega que, para los efectos de gastos electorales -solo para ese efecto-, "se entenderá por período de campaña electoral aquél comprendido" -así lo determinamos por unanimidad en la Comisión Especial- "entre los 200 días corridos anteriores a la elección definitiva y el día de esta.". Porque, de lo contrario, uno no podría solicitar aportes y recurrir a gasto electoral, no de campaña, porque esto tiene más bien la característica de precampaña.
La señora PÉREZ (doña Lily).-
Para imputar los gastos.
El señor WALKER (don Ignacio) .-
Efectivamente, para imputar los gastos.
Entonces, la verdad es que el sentido de los 200 días de campaña es para los efectos de los gastos electorales.
En virtud de ello -si se fijan en la página 59-, establecimos en la Comisión Especial que en dicho período los candidatos "podrán percibir los aportes permitidos en los artículos 9° y 17". Porque en el sistema nuevo de financiamiento de las campañas no habrá aporte de las empresas -¡por suerte!-, ni aportes reservados -¡por suerte!-, sino que los aportes serán públicos. No obstante, se requiere financiar las campañas. Entonces 90 días, obviamente, nos pareció un plazo corto.
Ahora, lo lógico es hacer extensivo eso a todos los candidatos, no solo a los postulantes a Presidente de la República.
Esa fue la razón, pensando en esta precandidatura, para el solo efecto de impetrar gastos electorales.
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