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El señor GARCÍA.-
Lo que hace la letra c) es establecer límites a los aportes personales.
La Comisión Especial de Probidad y Transparencia había acordado que ellos no podían ser superiores al veinte por ciento del gasto electoral. La de Hacienda lo eleva a veinticinco por ciento, pero manteniendo el tope del veinte por ciento para la candidatura presidencial.
Además, respecto de los candidatos a concejales, la Comisión Especial sugiere que dicho tope sea lo que resulte más alto: "cuarenta unidades de fomento o el veinte por ciento del límite de gasto autorizado". Por su parte, la de Hacienda fija "cincuenta unidades de fomento o el veinticinco por ciento del límite de gasto autorizado".
Por la experiencia que tenemos en nuestras respectivas circunscripciones, sabemos que muchos candidatos a concejales no piden aportes. Normalmente financian sus campañas -como están circunscritas a territorios pequeños- con recursos propios.
Por eso nos pareció razonable permitir que una persona contribuya a su campaña para concejal con un millón 250 mil pesos. Estamos hablando de cifras que no van a alterar la voluntad ciudadana.
Ese es el fundamento de la letra c), señora Presidenta.
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