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Honorable Senado:
Presentación
En estas últimas semanas, hemos asistido a un interesante y motivante debate en torno a lo que diversos actores de la sociedad consideran un salario justo o ético que debe ser pagado a los trabajadores del país. Hemos sido testigos, además, de las palabras de Monseñor Goic y ahora durante el último Te Deum, del llamado del Cardenal, a que en Chile se establezca un diálogo social permanente en torno al tema de la equidad social.
A esto se ha sumado la creación por encargo de la Presidenta de la República del Consejo Asesor Presidencial encargado de formular propuestas sobre políticas laborales, de salario, de competitividad y de equidad social.
Finalmente, en estos últimos días se ha comenzado a discutir una agenda pre - legislativa en materia laboral en que se están incorporando temas como la judicatura, el defensor laboral, el perfeccionamiento del seguro de desempleo y por cierto el tema del sueldo mínimo.
Como vemos, estamos enfrentados a una discusión pública que como sociedad nos hace bien y nos estimula, pues lo que está en el centro de todas estas preocupaciones y propuestas es la verdadera dignidad de la persona humana.
Vemos como el país ha crecido, se ha desarrollado, se ha modernizado, pero no ha estado a la altura en materia de distribución de la riqueza. Es cierto, se han realizado muchos esfuerzos. En mi gobierno los hicimos y contribuimos al país, a través de muchísimas políticas públicas destinadas a promover la mejor calidad de vida de los chilenos y chilenas. Sin embargo, todo esto no ha sido suficiente. Creo que debemos avanzar aún más en la búsqueda de instrumentos que permitan enfrentar de manera decida los desafíos que la equidad social nos demanda.
Hoy, desde la bonanza del Estado y de muchas empresas, debemos ser capaces como sociedad de ponernos de acuerdo y realizar una gran alianza para terminar con la pobreza, la marginalidad y la desigualdad.
Estas opiniones en torno a la necesaria profundización de la equidad social que hemos escuchado en estos días y, que han motivado una serie de propuestas y discusiones públicas, no es otra cosa que una invitación para que como sociedad nos pongamos de acuerdo en torno a temas sociales e institucionales que requieren de discusión, de análisis y de construcción de consensos.
Este es el contexto y el sentido que tiene la propuesta para crear un Consejo Económico y para el Diálogo Social como una institución permanente en nuestro país, como una forma de fortalecer nuestra democracia a través de la construcción de instrumentos que permitan, que con altura de miras, se puedan establecer diálogos amplios y fructíferos entre los actores políticos, sociales y la ciudadanía, que redunden en un mejoramiento sustancial en la calidad de vida de todas las chilenas y chilenos.
El año pasado, junto a un grupo de senadores, encabecé la presentación de un proyecto de acuerdo, que fue aprobado por la unanimidad del Senado, destinado a pedirle al Gobierno que pudiera patrocinar una iniciativa legislativa cuyo objetivo fuera crear esta nueva institucionalidad. Hoy vemos que los caminos de la discusión pública están orientados a que logremos este objetivo, el cual espero tenga eco en el gobierno.
Nuestra obligación como representantes de la ciudadanía, es saber interpretar el sentir de la ciudadanía y encauzarlo a través de propuestas y objetivos concretos que apunten al desarrollo y que tengan un contenido solidario.
¿Por qué un Consejo Económico y Social?
En primer lugar, porque los países más exitosos han sido aquellos que han sido capaces de crear y construir confianzas y alianzas estratégicas de largo plazo basadas en objetivos comunes de la sociedad. Vemos como los temas de agenda social nos convocan a todos como sociedad y nos invitan a un debate que, a mi juicio, también debe tener un canal institucional, tal como esos países los han realizado en el pasado.
En segundo lugar, porque esta institucionalidad permite que de manera permanente e institucional, muchos actores relevantes y representativos de sectores de la sociedad se sienten obligadamente en una mesa y discutan y opinen sobre las diversas iniciativas públicas que afectan a los ciudadanos en materia económico y social, debiendo llegar a conclusiones, que más allá de interpretar a todos los sectores, permiten contar con orientaciones claras para quienes tienen la responsabilidad soberana de formular y aprobar las políticas públicas y la normativa legal.
En tercer lugar, porque un Consejo Económico y Social permite que el Parlamento, como institución soberana, pueda contar con más elementos para discutir las diversas iniciativas legislativas de manera de poder elaborar leyes que sean de mejor calidad y de mayor pertinencia, pues el proceso de participación ciudadana ha sido amplio y fructífero.
En cuarto lugar, porque nuestra Constitución Política establece en una serie de normas, diversos elementos tendientes a promover la participación ciudadana, la asociación y la posibilidad de representar a la autoridad opiniones y puntos de vista a través del derecho a petición, cuestión que con una institucionalidad como la que se propone, tiene un canal claro y preciso, que permite ordenada y técnicamente transformarse en un instrumento de real aporte a la sociedad. El Foro de Desarrollo Productivo.
En quinto lugar, porque durante mi gobierno, dimos forma a una institución denominada Foro de Desarrollo Productivo, creada a través del D.S. Nº 372, del Ministerio de Economía, publicado el 6 de octubre de 1994, cuyo principal objetivo fue transformarse en una instancia de convergencia de los distintos estamentos del sector productivo del país. La función principal del Foro fue la de proponer acciones que impulsaran el desarrollo productivo y que permitieran concertar a los agentes públicos y privados en la consecución de ese objetivo. Tuvieron que informar del estado del desarrollo productivo del país al Presidente de la República a través de una visión concertada del desarrollo productivo de mediano y largo plazo y proponiendo las prioridades anuales que debían orientar la acción pública y privada en esta materia, acordando indicadores de éxito o resultado para evaluar la gestión final. Esta experiencia resultó tremendamente interesante y beneficiosa para el país, pues hubo una gran participación de representantes de organizaciones de trabajadores y de empresarios, reuniones a nivel nacional y regional, propuestas de diversa naturaleza, altamente relevantes para la formulación de políticas públicas y en síntesis, un ejercicio democrático muy auspicioso para el país.
El Consejo Económico y Social a nivel constitucional
El establecimiento de una instancia consultiva de diálogo y convergencia social, como la que propone este proyecto, no constituye en absoluto una iniciativa ajena a nuestro Estatuto Constitucional, sino que responde con toda claridad a sus principios y valores, insertándose en el marco constitucional de participación social.
En efecto, tanto en nuestro ordenamiento jurídico interno como en la Constitución Política de la República se convoca tanto de manera específica como genérica a los órganos del Estado a promover y facilitar la participación social de los ciudadanos, directamente o a través de organizaciones y asociaciones en la vida económica y social, más allá del ejercicio del derecho de participación democrática, expresada en las elecciones de sus autoridades locales o nacionales.
La Carta Fundamental, en su artículo 1º, inciso tercero, reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos. Asimismo, obliga al Estado a garantizar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional. El artículo 19, Nº 15, garantiza el derecho de asociación, sin permiso previo.
Complementando lo anterior, la Constitución Política en el artículo 19, Nº 14, reconoce expresamente el derecho de petición, al garantizar el derecho para presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de interés público o privado, sin otra limitación que la de proceder en términos respetuosos y convenientes.
Objetivos del Consejo Económico y Social
En primer lugar servir de cauce y plataforma institucional permanente de diálogo y deliberación, respondiendo a la legítima aspiración de los agentes económicos y sociales de que sus planteamientos se oigan a la hora que el Gobierno adopte decisiones que puedan afectar los intereses que le son propios.
En segundo lugar, desarrollar una función consultiva que sea ejercida fundamentalmente con relación a la actividad pre-legislativa del Ejecutivo en materia económica y social.
En tercer lugar, dar espacio de participación agentes provenientes de organizaciones representativas de los trabajadores y empresarios.
En cuarto lugar, expresar sus opiniones a través de la emisión de informes y dictámenes, requeridos facultativamente por el Presidente de la República o de propia iniciativa.
En quinto lugar, servir de cauce formal de comunicación permanente entre los agentes económicos y sociales y los órganos del Estado, haciendo más fluida la relación y la colaboración.
El Consejo de Diálogo Social en el Derecho Comparado
Tal como lo señaláramos en el referido proyecto de acuerdo del Senado del año pasado, existen, especialmente en Europa, importantes experiencias de instituciones que reúnen a trabajadores y empresarios y cuyo rol es fundamentalmente constituirse en unos órganos de carácter consultivo tanto para los gobiernos como asimismo para los Parlamentos.
Estas instituciones, desde el punto de vista de su regulación en el ordenamiento jurídico, en la gran mayoría de los casos se encuentran establecidas en la Constitución Política respectiva, pero también existen casos en que su establecimiento queda entregado a la ley.
A título de ejemplo es posible citar algunos Consejos como el que se propone, que se encuentran consagrados a nivel constitucional:
a) Francia:
El Consejo Económico y Social de Francia “Conseil économique et social”: es un organismo establecido en la Constitución de carácter consultivo en materias económicas, sociales y culturales. Puede emitir su opinión a pedido de los poderes públicos o por su propia iniciativa. Puede intervenir también durante los procesos legislativos, en los proyectos de ley presentados ante la Asamblea Nacional.
Esta compuesto por 231 miembros designados por un período de 5 años. Su composición es:
• 163 miembros designados directamente por las organizaciones que pertenecen: sindicatos representativos del sector privado y público (69 miembros), organizaciones profesionales y empresariales (65 miembros), cooperativas y mutuales (19 miembros) y asociaciones familiares (10 miembros)
• 68 designados por el gobierno.
• 40 designadas por decreto del Consejo de Ministros que deben ser personalidades calificadas del ámbito económico, social, científico o cultural.
b) España:
El Consejo Económico y Social de España es un órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral. Se encuentra establecido en el artículo 131 de la Constitución y creado por la Ley 21/1991
El Consejo estará integrado por 61 miembros, incluido su presidente.
• De ellos, 20 compondrán el Grupo Primero en representación de las organizaciones sindicales
• el Grupo Segundo de 20 consejeros, en representación de las organizaciones empresariales: y
• el Grupo Tercero de 20 consejeros. Correspondiendo de ellos 3 al sector agrario, 3 al sector marítimo-pesquero, 4 a consumidores y usuarios, 4 al sector de la economía social, siendo los 6 restantes expertos en las materias competencia del consejo.
También existen Consejos Económicos y Sociales autonómicos, creados independientemente del CES estatal de España.
c) Italia:
El Consejo Nacional de la Economia y el Trabajo: Consiglio Nazionale dell'Economia e del Lavoro - CNEL- previsto en la Constitución de la República Italiana en el art. 99 que lo define como: "Órgano de consulta de la Cámara y del Gobierno para las materias y las funciones que le atribuye la ley. Tiene la iniciativa legislativa y de contribuir a la elaboración de la legislación económica y social dentro de los límites que establece la ley".
Los mandatos del Consejo tienen una duración de 5 años. El Presidente es nombrado por elección de los componentes, con Decreto del Presidente de la República.
El CNEL está compuesto de 121 consejeros: 12 expertos elegidos entre cualificados exponentes de la cultura económica, social y jurídica 44 representantes de observatorios del sector público y privado, 18 representantes del trabajo autónomo, 37 representantes de los empresarios y de 10 representantes de las asociaciones de promoción social y de las organizaciones del voluntariado.
Hay otros casos en que la creación la creación de estas instituciones ha sido instaurada a nivel de legislación ordinaria. Eso ocurre en Austria, Bélgica, Dinamarca, Gracia, Holanda, Luxemburgo e Irlanda.
Finalmente, la Unión Europea posee su propio Comité Económico y Social. El diálogo con los interlocutores sociales constituye uno de los pilares del modelo social europeo. Este modelo, genuinamente anclado en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, engloba los debates, las consultas, las negociaciones y las actuaciones comunes de las organizaciones representativas de los interlocutores sociales. El diálogo social europeo, que puede ser bipartito o tripartito, completa las prácticas nacionales de diálogo social que existen en la mayoría de los Estados miembros. Sobre la base de los principios de solidaridad, responsabilidad y participación, este diálogo constituye el principal órgano a través del cual los interlocutores sociales contribuyen a definir las normas sociales europeas y desempeñan un papel esencial en la gobernabilidad de la Unión.
En síntesis, el proyecto de reforma a la Constitución Política de la República que se somete a consideración tiene como propósito establecer al máximo nivel normativo, el mandato de creación de una institucionalidad de carácter permanente que contribuya, a que a través del diálogo, el debate, el acuerdo y el consenso, a Chile pueda modernizar su institucionalidad orientada mejorar los estándares democráticos, de participación, de cohesión social y de calidad de vida para todos sus habitantes.
En consecuencia, someto a consideración del H. Senado de la República, el siguiente proyecto de reforma a la Constitución Política:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Introdúcese en el N° 18 del artículo 19 de la Constitución Política de la República el siguiente nuevo inciso cuarto, pasando el actual cuarto a ser el inciso final:
“Habrá un Consejo Económico y Social, autónomo, de carácter consultivo del gobierno y del Congreso Nacional en materia económico y social. Una ley de quórum calificado señalará la organización y demás funciones y atribuciones del referido Consejo.”.
(Fdo.):Eduardo Frei Ruiz-Tagle, Senador.- Soledad Alvear Valenzuela, Senador.- Camilo Escalona Medina, Senador.- Alberto Espina Otero, Senador.- Hernán Larraín Fernández, Senador.
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