rdf:value = " Artículo sexto.-Modifícase la ley N° 20.640, Sobre Elecciones Primarias, en el siguiente sentido:
-Agrégase el siguiente artículo 6° bis, nuevo:
“Artículo 6° bis.- Tratándose de las elecciones primarias reguladas en esta ley, solo podrá efectuarse propaganda electoral durante los treinta días anteriores a los de la respectiva elección.”.
"