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- rdf:value = " El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero hacerme cargo de algunas de las afirmaciones del diputado que me antecedió en el uso de la palabra.
No existe contradicción en el artículo 8º del proyecto al crearse una Comisión Interministerial de Operaciones de Paz con las funciones del jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional, pues éste sigue encargado de la operación de paz y coordinando las fuerzas conjuntas. Pero, políticamente, no decide la conveniencia de una operación de paz, pues ella es determinada por los ministros de Defensa Nacional y de Relaciones Exteriores y, por supuesto, por la Presidenta de la República.
Si hoy creamos una Comisión Interministerial de Operaciones de Paz encargada de asesorar a los ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional, bienvenida sea.
No hay contradicción entre lo que establece el artículo 8º con lo que aprobamos al respecto en la iniciativa relacionada con la ley orgánica del Ministerio de Defensa Nacional.
En segundo lugar, el artículo 15 se justifica plenamente. Hay situaciones de emergencia, excepcionales en las que el Presidente de la República debe disponer la rápida o inmediata salida del territorio de la República de tropas nacionales.
Por ejemplo, en la Operación de Paz de Haití, se respondió al llamado del Consejo de Seguridad y se integró la primera conformación de fuerzas militares que ayudó a ese país de Centroamérica. Eso lo dispuso el Presidente de la República. El día de mañana podrá realizar lo mismo, con la consulta pertinente al Senado, según el artículo 53, Nº 10, de la Constitución Política.
Por lo tanto, tampoco es posible desagregar el artículo 15 de esta iniciativa.
Quiero expresar que estamos en presencia de un proyecto de extrema importancia para el país, que regula y reglamenta el envío de tropas de las Fuerzas Armadas a operaciones de paz decretadas por las Naciones Unidas.
En este momento, deseo recordar dos cosas. Una, acerca de la importancia de las operaciones de paz. Chile es una economía abierta, tiene su estrategia de desarrollo fundada en la apertura de sus mercados al exterior. Hoy, dependemos del comercio externo. Hemos visto que éste se expande por todo el mundo. En consecuencia, necesitamos estar insertos en el plano multilateral, en los organismos internacionales. También debemos velar por la seguridad de nuestro país y del orbe.
Por lo tanto, es menester que Chile se active mucho más en lo relacionado con el ejercicio del multilateralismo. Esto requiere una conducta más activa en los foros internaciones donde se adoptan las decisiones que pueden fortalecer o debilitar las condiciones de seguridad en que se realiza nuestro comercio.
Esa presencia más activa también nos exige asumir una parte de las responsabilidades que en el esfuerzo por lograr que las condiciones internacionales que requerimos para nuestro desarrollo se fortalezcan, en circunstancias de que arriesgan su debilitamiento.
Por consiguiente, no podemos transferir de manera permanente esa responsabilidad a otros. Debemos asumirla. Ésa es una de las razones más importantes por las cuales Chile participa en operaciones de paz.
También deseo recordar que estas operaciones de paz tienen efectos inmediatos y directos sobre nuestras Fuerzas Armadas. Efectivamente, les permiten obtener experiencia profesional en escenarios reales, adquirir prestigio y poner a prueba su pericia en el uso de armamentos, en la planificación, el mando y los sistemas logísticos.
Es una oportunidad de las Fuerzas Armadas para la interacción con civiles no sólo por el desafío de insertarse y desenvolverse en sociedades foráneas, sino por la naturaleza de las misiones que tiene en la fuerza militar su componente esencial. Es extremadamente importante que Chile siga participando en el ámbito internacional en operaciones de paz en todos los lugares donde se estime conveniente hacerlo y, obviamente, donde nuestras Fuerzas Armadas, sin duda lo hemos podido comprobar en numerosas ocasiones, desempeñan un papel que nos prestigia en el concierto internacional.
El proyecto establece, por primera vez en nuestra historia legislativa, la doctrina del Estado de Chile sobre las operaciones de paz.
La norma rectora general y fundamental de la iniciativa de ley es que el ingreso de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida de tropas nacionales fuera del mismo deberá ser autorizada por decreto supremo, expedido por intermedio del Ministerio de Defensa Nacional y con la firma del ministro de Relaciones Exteriores, previa solicitud presidencial sometida al acuerdo del Senado.
La Comisión de Defensa, de la cual soy miembro, introdujo varias modificaciones al texto aprobado por la Comisión de Relaciones de Exteriores. Fundamentalmente, para fortalecer el rol de la Cámara de Diputados en la decisión de enviar tropas de operaciones de paz al extranjero. Si bien como Corporación no tenemos un rol decisivo o equivalente al del Senado, por lo menos vamos a contar con los informes semestrales que tendrá que emitir la autoridad correspondiente; en este caso, el ministro de Defensa respecto de cómo se están desarrollando y ejecutando las operaciones de paz.
Ciertamente, me habría gustado que la Cámara de Diputados hubiese tenido un rol mucho más decisivo, al igual que el Senado, en la determinación de la conveniencia o inconveniencia de realizar una operación de paz en el futuro.
En segundo lugar, el proyecto regula todo lo que dice relación con las fuerzas combinadas. Chile puede participar de hecho, lo está haciendo con fuerzas de otros países en operaciones de paz. Hemos suscrito un acuerdo con Argentina para tener una fuerza binacional en materia de operaciones de paz; se ha creado el Centro de Capacitación en Operaciones de Paz y se está desarrollando una doctrina conjunta con Argentina sobre la materia. Por consiguiente, el proyecto es muy actualizado en el sentido de que se pone en la situación en que Chile está operando en el extranjero con fuerzas de otros países.
También es necesario resaltar que el acuerdo del Senado a la solicitud del Presidente de la República para participar en operaciones de paz deberá indicar si la autorización se otorga para todo el período que dure la misión, por un tiempo determinado no superior a cuatro años plazo máximo que se establece en la iniciativa o mediante prórrogas. Eso hace flexible el proyecto y que el país esté en condiciones de responder a las solicitudes que se hagan sobre esta materia.
Ojalá la Corporación apruebe el proyecto de ley y, nuevamente, lo despache al Senado, con las modificaciones introducidas, con el objeto de concretar lo más rápido posible la norma legal.
Además, quiero destacar el trabajo que han desarrollado las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Defensa sobre la materia. Asimismo, la presencia permanente del ministro de Defensa, don José Goñi ; del subsecretario de Guerra, don Gonzalo García , y del jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional, general Iván Fabry en la discusión, estudio y aprobación de la iniciativa.
La bancada del Partido Demócrata Cristiano apoyará entusiastamente el proyecto de ley.
He dicho.
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