REPÚBLICA DE CHILECÁMARA DE DIPUTADOSLEGISLATURA 355ªSesión 73ª, en miércoles 5 de septiembre de 2007(Ordinaria, de 10.37 a 14.50 horas) Presidencia de los señores Walker Prieto, don Patricio; Díaz Díaz, don Marcelo, y Meza Moncada, don Fernando. Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.REDACCIÓN DE SESIONESPUBLICACIÓN OFICIAL ÍNDICE I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESIÓN III.- ACTAS IV.- CUENTA V.- HOMENAJE VI.- ORDEN DEL DÍA VII.- PROYECTOS DE ACUERDO VIII.- INCIDENTES IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTAÍNDICE GENERALPág. I. Asistencia 7 II. Apertura de la sesión 11 III. Actas 11 IV. Cuenta 11 - Réplica a alusión personal. (Artículo 34 del Reglamento) 11 - Autorización a comisiones para sesionar simultáneamente con la Sala 12 - Constitución de Comisión Especial Investigadora de incumplimientos en garantías de oportunidad y acceso al Plan Auge 12 - Permiso constitucional 14 V. Homenaje. - Homenaje al ex diputado don Ismael Pereira Lyon 15 VI. Orden del Día. - Facilidades para pago de impuestos adeudados. Primer trámite constitucional 20 VII. Proyectos de acuerdo. - Renacionalización del cobre 43 - Estudio de la situación de funcionarios en retiro de Gendarmería de Chile 47 VIII. Incidentes. - Intervención del Estado en investigación de homicidio de periodista chileno en Paraguay. Oficios 49 - Activación de Convenio de Basilea en relación con contaminación por metales peligrosos. Oficio. (Aplicación del artículo 52, número 1), letra a), de la Constitución) 49 - Homenaje en memoria de don Julio Fregonara Morelli, ex bombero de Talcahuano. Oficios 51 - Revisión de medida de cierre de centro ecuestre del Ejército en Rancagua. Oficio 52 - Aguinaldo de Fiestas Patrias para trabajadores de planes de empleo de emergencia de Concepción. Oficio 52 - Información sobre obras viales en la Primera Región. Oficio 53 - Envío de proyecto de ley a favor de trabajadores de Enacar. Oficios 54 - Homenaje a la Union Church, primera iglesia protestante de Chile, en su 160° aniversario. Oficio 55 - Información sobre atrasos de los vuelos de Lan Chile. Oficios 56 - Ayuda a agricultores de Atacama afectados por heladas. Oficios 57Pág. - Reparación de puente en Puerto Aisén. Oficios 58 - Resultado de investigación sumaria por atraso en entrega de biopsias en hospital de Coyhaique. Oficio 59 - Estado de avance de proyectos de construcción y de reparación de consultorios en localidades de Hualpén y Hualpencillo en Octava Región 60 - Estado de avance de proyecto de tercer acceso a cerros de Talcahuano. Oficios 60 - Rechazo a actuación de fiscal de Puerto Varas. Oficios 60 - Medidas para evitar propagación de hanta virus en comuna de Fresia. Oficios 61 - Rechazo a declaraciones de prensa del director de Sernatur de Puerto Montt. Oficios 62 IX. Documentos de la Cuenta. 1. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual comunica que retira de su tramitación en el Congreso Nacional el proyecto sobre “materia de gasto electoral y de donaciones con beneficios tributarios”. (boletín N° 3979-06) 64 2. Primer informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto, con urgencia “suma”, que amplía el plazo para otorgar facilidades para el pago de impuestos adeudados que indica y modifica el artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. (boletín N° 5245-05) 64 3. Moción del diputado señor Lorenzini, que modifica el párrafo tercero del N° 20, del artículo 19, de la Constitución Política de la República, disponiendo que parte de los ingresos provenientes de explotación de recursos naturales no renovables, beneficien a dichas regiones. (boletín N° 5305-07) 72 4. Moción del diputado señor Lorenzini, que tiene por objeto sustituir el párrafo final del N° 20, del artículo 19 de la Carta Fundamental, estableciendo que los tributos que gravan bienes regionales sean aplicados para el desarrollo regional o local. (boletín N° 5306-07) 73 5. Moción de los diputados señores Jaramillo, Alinco, Escobar, Farías, González, Insunza, Lorenzini, Martínez, Ortiz y Quintana, que modifica la ley N° 18.290, de tránsito, estableciendo la obligatoriedad de circular con luce encendidas en casos de poca visibilidad o en lugares cubiertos (boletín N° 5307-15) 73 6. Moción de las diputadas señoras Saa, doña María Antonieta; Sepúlveda, doña Alejandra; Soto, doña Laura, y de los diputados señores Burgos, Ceroni, Escobar y Sunico, que modifica normas sobre parricidio (boletín N° 5308-18) 75 7. Moción de los diputados señores Tuma, Montes, Enríquez-Ominami, Leal, Robles y Vallespín, que modifica la ley N° 19.628, estableciendo un sistema de información de datos de carácter personal basado en el comportamiento de las personas y no sólo en la noción de incumplimiento (boletín N° 5309-03) 89Pág. 8. Moción de las diputadas señoras Pascal, doña Denise; Goic, doña Carolina; Pacheco, doña Clemira; Sepúlveda, doña Alejandra; Vidal, doña Ximena, y de los diputados señores Aguiló, Jiménez y Sule, que modifica el artículo 150 del Código del Trabajo, en lo relativo al descanso semanal de los trabajadores de casa particular (boletín N° 5310-13) 90 9. Moción del diputado señor Errázuriz y de la diputada señora Isasi, doña Marta, que autoriza el cierre de pasajes en condiciones que se indican. (boletín N° 5311-06) 92 10. Oficio de la Excma. Corte Suprema por el cual remite su opinión acerca del proyecto que “elimina la competencia del Tribunal de Garantía en materia de inscripción electoral y la otorga al Tribunal Electoral” (boletín N° 5246-06). (Oficio N° 290) 93 X. Otros documentos de la Cuenta. - Petición de 48 señores Diputados quienes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 N° 1 letra c) de la Constitución Política de la República, solicitan que “la Comisión de Salud se constituya en Comisión Especial Investigadora, con el objeto de establecer las causas que han motivado los incumplimientos en las garantías de oportunidad y acceso al Plan Auge en todos los establecimientos de salud pública y de atención primaria del país estableciendo, asimismo, los casos de incumplimiento tanto a nivel nacional y regional, determinando las responsabilidades políticas que se generen por esta situación, labor que deberá realizar en un plazo de 30 días”. - Licencia médica acompañada por la diputada señora Pacheco, doña Clemira, por la cual acredita que deberá permanecer en reposo por un plazo de 8 días a contar del 3 de septiembre en curso. - Certificado médico acompañado por el diputado señor Bustos por el cual acredita que se encuentra hospitalizado a contar del 3 de septiembre en curso. 1. Comunicación: - Del diputado señor Errázuriz quien, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 6 de septiembre en curso para dirigirse a Nueva Caledonia. 2. Oficios: - De la Comisión Especial de la Cultura y las Artes por el cual solicita el acuerdo de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala el día martes 11 de septiembre, de 11,15 a 12,15 horas, con el objeto de continuar el estudio del proyecto “sobre derechos morales y patrimoniales de los intérpretes de las ejecuciones artísticas fijadas en formato audiovisual” (boletín N° 5143-24. - De la Comisión Investigadora de Asesorías efectuadas en diferentes reparticiones gubernamentales, por el cual comunica que procedió a constituirse y eligió como Presidente al diputado señor Díaz, don Marcelo. - De la Comisión Investigadora de Asesorías efectuadas en diferentes reparticiones gubernamentales, por el cual solicita el acuerdo de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala los días miércoles de 11 a 13 horas, para el cumplimiento de su cometido. - Del señor Presidente de la Corporación por el cual comunica que los Comités Parlamentarios acordaron integrar la delegación oficial que participará en la Audiencia Parlamentaria Anual 2007 de las Naciones Unidas denominada “Fortalecimiento del imperio de la Ley en las Relaciones Internacionales: El papel clave de los Parlamentos”, la que se realizará en la sede de la ONU, Nueva York, los días 20 y 21 de noviembre con los diputados señores Accorsi, Bertolino, León y Von Mühlenbrock. Contraloría General de la República - Diputado Hernández, fiscalización en el Instituto Nacional de Deportes, Región de Los Lagos. - Diputado Recondo, fiscalización en el Instituto Nacional de Deportes, Región de Los Lagos. - Diputado Von Muhlenbrock, fiscalización en el Instituto Nacional de Deportes, Región de Los Lagos. Ministerio de Defensa Nacional: - Diputado García, retén móvil en la ciudad de Villarrica. - Diputado Espinoza don Fidel, aumento de dotación policial. - Diputado Urrutia, plan cuadrante en ciudades de Parral y Cauquenes. I. ASISTENCIA -Asistieron los siguientes señores diputados: (106)NOMBRE (Partido* Región Distrito)Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24Aedo Ormeño, René RN III 5Aguiló Melo, Sergio PS VII 37Alinco Bustos, René PPD XI 59Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60Araya Guerrero, Pedro PDC II 4Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58Barros Montero, Ramón UDI VI 35Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33Becker Alvear, Germán RN IX 50Bertolino Rendic, Mario RN IV 7Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45Burgos Varela, Jorge PDC RM 21Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14De Urresti Longton, Alfonso PS X 53Delmastro Naso, Roberto IND X 53Díaz Del Río, Eduardo PDC IX 51Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15Encina Moriamez, Francisco PS IV 8Enríquez-Ominami Gumucio, Marco PS V 10Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29Escobar Rufatt, Álvaro PPD RM 20Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49Farías Ponce, Ramón PPD RM 30Forni Lobos, Marcelo UDI V 11Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59García García, René Manuel RN IX 52García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13 González Torres, Rodrigo PPD V 14Hales Dib, Patricio PPD RM 19Hernández Hernández, Javier UDI X 55Herrera Silva, Amelia RN V 12Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28Isasi Barbieri, Marta PAR I 2 Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27Kast Rist, José Antonio UDI RM 30Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35Leal Labrín, Antonio PPD III 5León Ramírez, Roberto PDC VII 36Lobos Krause, Juan UDI VIII 47Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23 Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46Montes Cisternas, Carlos PS RM 26Moreira Barros, Iván UDI RM 27Mulet Martínez, Jaime PDC III 6Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44Palma Flores, Osvaldo RN VII 39Pascal Allende, Denise PS RM 31Quintana Leal, Jaime PPD IX 49Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56Rojas Molina, Manuel UDI II 4Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2Rubilar Barahona, Karla RN RM 17Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34Silber Romo, Gabriel PDC RM 16 Soto González, Laura PPD V 13Sule Fernando, Alejandro PRSD VI 33Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39Tohá Morales, Carolina PPD RM 22Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51Turres Figueroa, Marisol UDI X 57Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40Valcarce Becerra, Ximena RN I 1Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32Vallespín López, Patricio PDC X 57Vargas Lyng, Alfonso RN V 10Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15Verdugo Soto, Germán RN VII 37Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54Walker Prieto, Patricio PDC IV 8 Ward Edwards, Felipe UDI II 3 -Asistieron, además, los ministros presidente de la Comisión Nacional de Energía, don Marcelo Tokman, y de Economía, Fomento y Reconstrucción (S), doña Ana María Correa. -Concurrieron, también, los senadores señores Juan Antonio Coloma y Guido Girardi. -En misión oficial estuvieron ausentes los diputados señora Isabel Allende y señores Renán Fuentealba, Marco Antonio Núñez, Jorge Sabag y Gonzalo Uriarte.- II. APERTURA DE LA SESIÓN -Se abrió la sesión a las 10.37 horas. El señor WALKER (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. III. ACTAS El señor WALKER (Presidente).- El acta de la sesión 68ª se declara aprobada. El acta de la sesión 69ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados. IV. CUENTA El señor WALKER (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta. -El señor ÁLVAREZ (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.RÉPLICA A ALUSIÓN PERSONAL. (Artículo 34 del Reglamento). El señor WALKER (Presidente).- De conformidad con el artículo 34 del Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Juan Carlos Latorre. El señor LATORRE.- Señor Presidente, haciendo uso del Reglamento de la Corporación, he decidido responder a los ataques que en forma obsesiva el diputado Fulvio Rossi ha reiterado en mi contra y también hacia otras personas, en distintos medios de prensa, escritos y radiales, fundamentalmente de la Primera Región. Cada vez que alguien tiene una opinión distinta de la del diputado Rossi, corre el riesgo de que éste lo descalifique. Así lo sabemos todos en este hemiciclo. Lamentablemente, su comportamiento ha sido reiterativo. En lo personal, he reunido y puesto a disposición de los abogados todas las publicaciones para que estudien eventuales acciones legales. En efecto, con motivo de mi presencia en la Primera Región, en visita que hicimos algunos miembros de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano para cumplir con la tarea de fiscalizar los programas de reconstrucción, pudimos apreciar, como consta en todo el material reunido y que puse a disposición de las autoridades del Ministerio del Interior, una campaña sostenida del diputado Rossi de desprestigio y de ataques a la intendenta de dicha región, ex diputada y ex colega nuestra, Antonella Sciaraffia. Públicamente señalé, y lo reafirmo en esta oportunidad, que se trataba de una campaña maligna motivada por lo que certeramente, en mi opinión, el jefe de bancada del Partido Demócrata Cristiano, diputado Roberto León, ha calificado como “pánico electoral”, en alusión a una supuesta enfermedad que se caracterizaría por un nerviosismo frente a posibles futuras disputas de liderazgo con riesgo de ser derrotado. También dije públicamente que los ataques ofendían a la Presidenta de la República y que el comportamiento del diputado Rossi le hacía y le hace un daño grave y permanente a la Concertación. Hace un par de días, el diputado Rossi, reiterando esta campaña, ha hecho llegar una carta a la Presidenta de la República, cuya copia está también en mi poder, porque fue entregada a varios ministros y a todos los presidentes de partidos. En ella pide, haciendo especial hincapié de su carácter de jefe de bancada del Partido Socialista, que se cambie a la intendenta, acusándola de ilegalidad en algunas de sus actuaciones o decisiones. Tengo en mi poder informes en derecho del propio Ministerio del Interior, del Ministerio de Medio Ambiente y del Ministerio de Minería, en los que se señala que no hay ninguna irregularidad en el caso que con mayor publicidad ha denunciado el diputado Rossi por una decisión de la Corema regional, así como respecto de otras acusaciones. Si el diputado Rossi ha pensado -de hecho, intervino en la Cámara haciendo uso del mismo artículo del Reglamento que me permite a mí intervenir hoy- que él puede abusar de su cargo de jefe de bancada del Partido Socialista y desprestigiar impunemente a autoridades de Gobierno o parlamentarios, se equivoca. Por eso, le hemos salido al paso con el objeto de velar por el debido respeto que se debe tener a funcionarios de Gobierno, a autoridades y a parlamentarios, de manera de no abusar de las influencias en un Gobierno en cuya coalición participa. Debo hacer presente que éste no es un tema corporativo que nos preocupe por el hecho de que la intendenta sea militante de la Democracia Cristiana, pues, como pueden testimoniar todos los parlamentarios de la Primera Región, de gobierno y de oposición, el diputado Rossi ha llevado al extremo su comportamiento. Para terminar esta intervención, voy a hacer presente las palabras de don Iván Paredes, también socialista y diputado por la Primera Región, aparecidas en el Diario 21, de Iquique: “Su total y absoluto respaldo a la intendenta Antonella Sciaraffia manifestó el diputado por Arica, el socialista Iván Paredes, luego de los cuestionamientos vertidos por su colega del mismo partido Fulvio Rossi a la jefa regional. El parlamentario explicó que los dichos del representante de Iquique responden al temor que tiene a la actual intendenta, porque el señor Rossi ve fantasmas en todas partes.” “Si bien cada uno puede decir y tiene el derecho a expresarse de la forma como lo desee, debo decir que a mi colega Rossi los zapatos de King Kong le quedan chicos, porque cuando él puso a la ex intendenta Patricia Pérez y ordenaba a destajo, no decía nada. Pero, como la Presidenta la cambió y puso a una persona seria y trabajadora, ahora no le gusta porque le desordena su fundo.” He dicho. AUTORIZACIÓN A COMISIONES PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA. El señor WALKER (Presidente).- Debo hacer presente que la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento acordó autorizar a la Comisión Especial de la Cultura y las Artes para sesionar simultáneamente con la Sala el martes 11 de septiembre, de 11.15 a 12.15 horas, con el objeto de continuar con el estudio del proyecto sobre derechos morales y patrimoniales de los intérpretes de las ejecuciones artísticas fijadas en formato audiovisual. Asimismo, la Comisión investigadora de asesorías efectuadas a diferentes reparticiones gubernamentales solicita el acuerdo de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala los miércoles, de 11 a 13 horas. ¿Habría acuerdo? Acordado.CONSTITUCIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA DE INCUMPLIMIENTOS EN GARANTÍAS DE OPORTUNIDAD Y ACCESO AL PLAN AUGE. El señor WALKER (Presidente).- De conformidad con lo dispuesto en la letra c) del número 1 del artículo 52 de la Constitución Política de la República, 48 señores diputados y diputadas han solicitado que la Comisión de Salud se constituya en Comisión Especial Investigadora, con el objeto de establecer las causas que han motivado los incumplimientos en las garantías de oportunidad y acceso al Plan Auge en todos los establecimientos de salud pública y de atención primaria del país; estableciendo, asimismo, los casos de incumplimiento a nivel nacional y regional, y determinando las responsabilidades políticas que se generen por dicha situación. Sobre un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado don Fulvio Rossi.El señor ROSSI.- Señor Presidente, ayer tuvimos una conversación con algunos diputados de la Alianza, en el sentido de que se constituya una Comisión especial investigadora ad hoc para analizar esta materia, debido a que la Comisión de Salud tiene una sobrecarga de trabajo. El señor WALKER (Presidente).- Sobre un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado don Gonzalo Duarte. El señor DUARTE.- Señor Presidente, como bien manifestó el diputado Rossi, ayer fue posible lograr el acuerdo político. Por tanto, quisiera saber si éste no se ha cumplido. El señor WALKER (Presidente).- Entiendo que existe voluntad para aprobar la constitución de una Comisión especial investigadora, independiente de la Comisión de Salud. Para un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado don José Antonio Kast.El señor KAST.- Señor Presidente, lo que se pide es la constitución de una Comisión especial investigadora de las causas que han originado los incumplimientos respecto del Plan Auge, independiente de la Comisión de Salud.El señor WALKER (Presidente).- Señor diputado, ¿estarían dispuestos a que se constituya dicha comisión investigadora independiente de la Comisión de Salud?El señor KAST.- Efectivamente. Eso es lo que hemos pedido. El señor WALKER (Presidente).- Solicito la unanimidad de la Sala para constituir una Comisión especial investigadora sobre el Plan Auge, independiente de la Comisión de Salud. ¿Habría acuerdo? Varios señores DIPUTADOS.- ¡No! El señor WALKER (Presidente).- No hay acuerdo. Diputado señor Kast, ¿estarían dispuestos a presentar la solicitud en la sesión de hoy en la tarde, con la corrección a la cual usted ha hecho mención? El señor KAST.- Señor Presidente, podemos corregir sobre la marcha la presentación, ya que las firmas están presentadas. Lo que se requiere es la constitución de una Comisión especial investigadora de las causas que han originado los incumplimientos respecto del Plan Auge, para lo cual, vamos a cambiar de inmediato la redacción del párrafo correspondiente. El señor WALKER (Presidente).- Con el objeto de corregir la redacción del párrafo correspondiente, se suspende la sesión. -Transcurrido el tiempo de suspensión: El señor WALKER (Presidente).- Continúa la sesión. Corresponde votar la constitución de una Comisión Especial Investigadora con el objeto de establecer las causas que han motivado los incumplimientos en las garantías de oportunidad y acceso al Plan Auge. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 20 votos. Hubo 5 abstenciones. El señor WALKER (Presidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Alinco Bustos René; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Arenas Hödar Gonzalo; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Estay Peñaloza Enrique; Forni Lobos Marcelo; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Hernández Hernández Javier; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Bruner Cristián; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Palma Flores Osvaldo; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Jaramillo Becker Enrique; Latorre Carmona Juan Carlos; León Ramírez Roberto; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Saffirio Suárez Eduardo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Vallespín López Patricio; Vidal Lázaro Ximena. -Se abstuvieron los diputados señores: Araya Guerrero Pedro; Ceroni Fuentes Guillermo; Díaz Díaz Marcelo; Meza Moncada Fernando; Valenzuela Van Treek Esteban.PERMISO CONSTITUCIONAL. El señor WALKER (Presidente).- Si le parece a la Sala, se accederá al permiso constitucional solicitado por el diputado don Maximiano Errázuriz para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del 6 de septiembre próximo, para dirigirse a Nueva Caledonia. ¿Habría acuerdo? No hay acuerdo. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 45 votos; por la negativa, 12 votos. Hubo 4 abstenciones. El señor WALKER (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Encina Moriamez Francisco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Jaramillo Becker Enrique; Latorre Carmona Juan Carlos; León Ramírez Roberto; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Rubilar Barahona Karla; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Soto González Laura; Valcarce Becerra Ximena; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Patricio. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Hernández Hernández Javier; Kast Rist José Antonio; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Salaberry Soto Felipe; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe. -Se abstuvieron los diputados señores: Alvarado Andrade Claudio; Becker Alvear Germán; Díaz Díaz Marcelo; Godoy Ibáñez Joaquín. V. HOMENAJEHOMENAJE AL EX DIPUTADO DON ISMAEL PEREIRA LYON. El señor WALKER (Presidente).- Corresponde rendir homenaje al ex diputado don Ismael Pereira Lyon con motivo de su reciente fallecimiento. Agradecemos la presencia en la tribuna de honor de la señora Ana María, de don José Miguel y de don Antonio Pereira Irarrázaval, hijos de nuestro homenajeado. Junto a ellos, se encuentran algunos parientes y amigos de quien fuera un destacado servidor público. En primer término, tiene la palabra el honorable diputado Alejandro García-Huidobro. El señor GARCÍA-HUIDOBRO (de pie).- Señor Presidente, honorables colegas, estimados hijos de don Ismael Pereira Lyon: José Miguel y Virginia, Antonio, Anita y Carmen, familiares y amigos de don Ismael Pereira: En nombre de la bancada de la Unión Demócrata Independiente, en particular, de los diputados de mi región, Juan Masferrer, Eugenio Bauer y José Ramón Barros, rindo homenaje a quien fuera un gran diputado, agricultor y escritor, es decir, un hombre notable: don Ismael Pereira Lyon. Nació en Santiago un 9 de abril de 1911, y fue orgullo para sus padres: don Ismael Pereira Iñiguez, también ex diputado de esta Corporación, y la señora Luz Lyon Lynch. Inició sus estudios en el Liceo Alemán de Santiago, para concluirlos en el colegio jesuita Stella Matutina, en Feldrich, Austria. En 1927, ingresa a la Universidad Católica para cursar Agronomía e Ingeniería, estudios que no logra concluir, debido a la crisis mundial de la época, por lo que se decide a trabajar para salvar el campo familiar que lleva por nombre Santa Amelia de Almahue, el que trabajó y desarrolló con gran empuje y esfuerzo, formando la base de una situación familiar próspera. También el campo San José de Marchigüe, herencia paterna, tuvo gran trascendencia para él, ya que albergaba sus primeros recuerdos de la infancia, transformándose luego en su coadministrador con su gran amigo y primo, don Luis Valdés Pereira. En 1939 contrae matrimonio con la señora Ana Yrarrázabal. Según cuenta en sus memorias -legado que dejó a sus nietos-, ese día fue el más feliz de su vida, ya que daba inicio a la formación de su familia, que conformaron con sus cinco hijos: Ismael (Q.E.P.D.), con quien ya se ha reencontrado don Ismael; José Miguel, Antonio, Anita y Carmen, quienes aportaron a su vida 16 nietos. La vida de don Ismael como empresario agrícola estuvo marcada por una gran gestión económica e innovadora. Entre otros, podemos mencionar el trabajo que realizó en la viña Santa Carolina, empresa fundada por su abuelo, de la cual fue director. Por otra parte, el éxito en la explotación de los campos Santa Ana del Huique y Maitenes, Salinas de Pullally y El Carmelo de Buin obedeció a su gran calidad humana e innovadora y a su preocupación fundamental por el progreso. Uno de los temas que más le motivó fue, precisamente, el de las viviendas de sus trabajadores. Realizó también una férrea defensa de su patrimonio frente a la reforma agraria que le expropió sus campos. Pero eso no lo amilanó; por el contrario, poco a poco, con su esfuerzo y la colaboración de sus trabajadores continuó trabajando la tierra, su gran pasión. Ese hombre emprendedor, culto y conocedor de la historia y cultura de otros países incursiona en la política en 1935. Fue elegido regidor y, luego, alcalde de nuestra comuna de Pichidegua, manteniéndose en este cargo por un lapso de cinco años. Después, en 1945 y 1953, es elegido diputado por Colchagua por dos períodos, durante los cuales impulsó leyes como la ley de desayuno escolar y la famosa “Ley Pereira”, conocida por todos nosotros. Esta última, que lleva su nombre, se promulgó en 1948, y fue pensada como un mecanismo de incentivo a la acción del sector privado para la construcción de nuevas viviendas, buscando adecuar la gran demanda que existía en materia habitacional. El contenido de esa ley consideraba estimular al sector privado para la construcción de viviendas, mediante la exención del impuesto a la renta de primera categoría, del impuesto que afectaba a las herencias y donaciones y del 50 por ciento de las contribuciones de bienes raíces, beneficio que se consideraba, precisamente, desde la fecha de recepción definitiva de las obras por parte de los municipios, por un plazo de diez años. Asimismo, las viviendas construidas bajo parámetros establecidos por dicha ley que fueran habitadas por sus dueños quedarían exentas del impuesto global complementario. En resumen, desde sus comienzos, don Ismael buscó satisfacer las necesidades y los anhelos de la gente, como el sueño de la casa propia. En 1957 y 1965 completa dos nuevos períodos en la Cámara de Diputados, en esa oportunidad, por el tercer distrito de Santiago y en representación del Partido Conservador. No obstante su cargo público, dirige la campaña complementaria de don Enrique Edwards, por el tercer distrito, en esa época considerada como un plebiscito, puesto que fue anterior al triunfo presidencial de ese año de don Jorge Alessandri Rodríguez, quien lo reconoció como uno de los artífices de su triunfo. Don Ismael era un hombre locuaz e imaginativo. Para su familia siempre quedará grabado el eslogan de su campaña. Como las elecciones se realizaron un día cinco y su número en la lista también era el cinco, usó el siguiente: “El 5 usa tus cinco sentidos; vota por el 5”. Como parlamentario, destaca su gran capacidad de servicio público, participando con gran disciplina en las comisiones de Agricultura y aportando sus grandes conocimientos en esta área, como también en las Comisiones de Educación -materia que constituía su gran preocupación-, que le lleva a ser director de la Fundación Educacional Arturo Irarrázaval y Centro Cristiano, entre otros. En la Cámara de Diputados integró las Comisiones de Defensa, Asistencia Médico-Social -actual Comisión de Salud- y Gobierno Interior. Por todo este bagaje de vida, la figura de don Ismael no sólo es un ejemplo para quienes estamos vinculados al mundo político, sino también modelo para todas aquellas personas emprendedoras como don Ismael, quien logró materializar sus proyectos, tanto personales como en beneficio de las personas que depositaron su confianza en él, en su gran capacidad, su generosidad y su sabiduría. Como figura pública, su trabajo fue silencioso pero eficaz. Quiero nombrar también aquí a una persona que lo acompañó como su secretario político y gran amigo, quien, desgraciadamente, no nos puede acompañar hoy por razones de salud. Desde aquí, también, vaya un homenaje a don Héctor Testa. La familia de don Ismael, especialmente sus hijos y nietos, tendrán la misión de difundir su legado generación tras generación. Nosotros, como servidores públicos, debemos permanentemente imitar el ejemplo de vida de don Ismael Pereira, en especial su preocupación por los más necesitados. Quiero terminar este sentido homenaje con la oración que siempre elevó junto a sus hijos: Gracias, Señor, por lo que me diste; gracias, Señor, por lo que me quitaste; gracias, Señor, por lo que me dejaste. He dicho. -Aplausos. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Maximiano Errázuriz. El señor ERRÁZURIZ (de pie).- Señor Presidente, familiares de don Ismael Pereira. Antes de iniciar este homenaje, quiero agradecer públicamente a mi colega y amigo, diputado Alberto Cardemil, por cuanto en el momento en que se supo del fallecimiento de don Ismael, me acerqué al subjefe de bancada de mi partido para pedirle que le rindiéramos homenaje. Segundos antes se me había anticipado el diputado Alberto Cardemil, y naturalmente a él le correspondía rendir este homenaje. Fue entonces cuando, al término de la sesión del 7 de agosto, en Incidentes, le rendí un improvisado homenaje, pensando que no iba a tener otra oportunidad de hacerlo. Sin embargo ayer, el diputado Cardemil me cedió su oportunidad, que agradezco públicamente. Me siento muy honrado de representar a mi partido, Renovación Nacional, al cual perteneció el homenajeado de esta mañana, don Ismael Pereira Lyon, al rendirle un merecido homenaje con motivo de su sensible fallecimiento a sus más de 90 años. Don Ismael Pereira nació en 1911. Estudió en el Liceo Alemán de Santiago y luego en Austria. Ingresó a la carrera de agronomía de la Universidad Católica, lo que le permitió trabajar sus predios Santa Amelia, en Pichidegua, y San José de Marchigüe, en Colchagua. Fue alcalde de Pichidegua entre 1934 y 1940. Fue diputado en cuatro oportunidades: entre 1945 y 1953, por San Fernando y Santa Cruz, que hoy constituyen la provincia de Colchagua completa, distritos 34 y 35 y a la que representé en 1973. Luego, por otros dos períodos, entre 1957 y 1965, fue diputado por el tercer distrito de Santiago. Representó al Partido Conservador Unido en ese gigantesco distrito que abarcaba desde la comuna de Lo Barnechea hasta San Miguel. La historia de nuestro país probablemente lo recordará por la conocida Ley Pereira, que dio inicio a la construcción de viviendas sociales en 1948 con exenciones tributarias. Más tarde, distintos gobiernos -hasta el día de hoy- se han preocupado de perfeccionar una legislación destinada a facilitar a las personas de escasos recursos la adquisición de una vivienda. Quizás para algunos parlamentarios una ley de esta especie habría sido motivo de búsqueda de figuración en los medios de comunicación social, pero don Ismael jamás buscó la figuración. Él era un hombre preocupado por los demás, por su mujer, por sus hijos, por sus trabajadores, por sus amigos y, fundamentalmente, por los más desvalidos. Era modesto, sencillo, bueno, inteligente, servicial. Siempre destacaba las virtudes de los demás, pero jamás las suyas, y eso que tenía muchas. Recuerdo que hacia 1972 yo estaba en Santa Cruz. Su predio de San José de Marchigüe había sido ocupado violentamente por trabajadores provenientes de otros lugares. Me pidió que lo ayudara a desocuparlo. Conseguí apoyo de la fuerza pública. Llegué con un bus de carabineros, con el objeto de desalojar a los ocupantes del predio. Quien hacía de líder de los campesinos, que no era del lugar, me preguntó a quién pertenecía ese campo. Cuando le respondí que era de don Ismael Pereira, me preguntó, ¿no será el señor que fue diputado? Le respondí que sí, que se trataba de él. Entonces el líder de la toma se dirigió a los campesinos y les dijo: “Vamos a otro lugar. El señor Pereira no merece lo que le estamos haciendo”. Y ante la sorpresa de los carabineros y la mía, esos hombres abandonaron el fundo, quedando en el lugar sólo las banderas chilenas como recuerdo de las tomas de aquella época. Hace aproximadamente tres años, cuando el Arzobispado de Santiago adquirió el inmueble que por años había servido de sede, primero, al Partido Conservador y, luego, al Partido Nacional, en Compañía Nº 1263, don Ismael se preocupó personalmente de que la transferencia se hiciera en forma ordenada, entregándose al arzobispado sólo lo que correspondía. Cuando terminó ese trámite, me dijo: “Ahora me puedo morir tranquilo”. Todo esto acompañado de su infaltable secretario por más de cincuenta años, nuestro amigo Héctor Testa. Cuando don Ismael rondaba los 90 años, el Partido Renovación Nacional, de San Fernando, le rindió homenaje en reconocimiento a su preocupación por el servicio público y la política. ¡Nunca, jamás don Ismael consideró que no estaba en edad de seguir ayudando! Su vocación de servicio público estaba profundamente arraigada en su alma. Don Ismael, junto a su mujer, transmitió a sus cinco hijos las virtudes de la bondad, de la generosidad, del amor a Dios y al prójimo. No era un hombre que palmoteara espaldas, bailara cueca, jugara fútbol o rayuela para conseguir votos. Se le percibía como una persona confiable, seria, trabajadora; pero, sobre todo, como una persona buena. Siempre he sostenido que es más importante la bondad que la inteligencia, porque éste es un don que da Dios y en la cual nosotros no tenemos mérito alguno. En cambio, la bondad implica un esfuerzo de generosidad, de desprendimiento y de entrega. Pero don Ismael, además de ser muy inteligente, era extraordinariamente bueno. Con seguridad, esa bondad provenía de su enorme riqueza interior, como consecuencia de una profunda fe religiosa. Termino mis palabras, pidiendo a Dios Todopoderoso que lo tenga junto a Él y que desde el Reino del Señor ilumine a quienes estamos en este hemiciclo para ser cada día mejores. Pero no sólo mejores diputadas o diputados, sino también mejores hombres, mujeres, padres, madres, hijos, amigos; para ser cada día mejores seres humanos, siguiendo el maravilloso ejemplo que nos legara nuestro amigo y ex colega, don Ismael Pereira Lyon. He dicho. -Aplausos. El señor WALKER (Presidente).- Por último, el diputado Juan Carlos Latorre rinde homenaje en nombre de la Democracia Cristiana y de la Concertación. El señor LATORRE (de pie).- Señor Presidente, honorables colegas, estimados familiares y amigos de don Ismael Pereira Lyon. A nombre del Partido Demócrata Cristiano y de la Concertación, quiero manifestar nuestra adhesión a este homenaje y sumarnos a las palabras expresadas por los diputados Alejandro García-Huidobro y Maximiano Errázuriz, quienes destacaron la trayectoria de un hombre que fue ejemplo de lo que significó su trabajo y dedicación al servicio público. Su vida parlamentaria como representante de la Sexta Región fue ejemplar. Quienes hoy tenemos ese privilegio, en particular como congresal por la provincia de Colchagua y Cardenal Caro, no podemos dejar de destacar ese hecho. Los diputados que me antecedieron en este homenaje, señalaron su trayectoria y la forma ejemplar en que se ocupó de temas que siguen teniendo una enorme trascendencia en la vida nacional. En mi calidad de Presidente de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Diputados, deseo resaltar su enorme aporte brindado a través de la “ley Pereira”, promulgada en 1948, durante su primer período de diputado, entre los años 1945 y 1949, en representación de San Fernando y Santa Cruz. En este aspecto, su aporte fue relevante no sólo por lo que trabajó en pro de que el sector privado se preocupara del sistema de la vivienda como tema social de importancia nacional, sino porque esa ley fue un anticipo de lo que hoy son los programas de vivienda social, tema que ha pasado a constituir casi un derecho, que todos los ciudadanos aspiran a concretar a lo largo de su vida. La posibilidad de obtener un espacio donde vivir, una casa propia, se fundamenta precisamente en las convicciones que tuvo presente don Ismael Pereira Lyon junto a otros parlamentarios de la época para promover esa ley ejemplar, cuya vigencia se mantiene hasta el día de hoy. De lo que se ha mencionado acerca de su vida, quiero rescatar lo relativo al Liceo Alemán, donde también tuve la oportunidad de estudiar. Un grupo muy destacado de jóvenes se formó en ese colegio, el cual entregó a distintos ámbitos de la vida nacional varias generaciones con una formación muy sólida, con valores y principios y con excelente proyección de servicio público. Sin ser reiterativo, y sumándome a lo expresado por los señores diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, en nombre de la Concertación quiero manifestar a la familia nuestro agradecimiento por su trayectoria ejemplar, felicitar a quienes compartieron momentos de su vida en los que con seguridad mostró sus ideales y adherir plenamente a este homenaje. He dicho. -Aplausos. El señor WALKER (Presidente).- De esta manera, la Cámara de Diputados ha rendido este justo y merecido homenaje al ex diputado señor Ismael Pereira Lyon. Agradezco a todas las personas presentes en las tribunas, a su familia y amigos que nos acompañan. VI. ORDEN DEL DÍAFACILIDADES PARA PAGO DE IMPUESTOS ADEUDADOS. Primer trámite constitucional. El señor WALKER (Presidente).- En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto de ley, de origen en un mensaje, que amplía el plazo para el pago de impuestos adeudados que indica y modifica el artículo 17 de la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal, que se encuentra en primer trámite constitucional con urgencia calificada de “suma”. Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Enrique Jaramillo. Antecedentes: -Mensaje, boletín Nº 5245-05, sesión 59ª, en 2 de agosto de 2007. Documentos de la Cuenta Nº 1. -Informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nº 2, de esta sesión. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, el proyecto de ley amplía el plazo para otorgar facilidades para el pago de impuestos adeudados que indica y modifica el artículo 17 de la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente: 1º. Que las ideas matrices o fundamentales del proyecto en informe consisten, por una parte, en ampliar los plazos para facilitar el pago de deudas tributarias morosas y, por la otra, en fortalecer las facultades y medidas que el Servicio de Tesorerías tiene como una forma de lograr el pago de los impuestos. 2º. Que el articulado de esta iniciativa no contiene disposiciones calificadas de orgánico constitucionales o de quórum calificado para su aprobación. 3º. Que el proyecto fue aprobado en general por la unanimidad de los diputados presentes, señores Dittborn, Insunza, Jaramillo, Montes, Ortiz, Robles y Súnico. 4º. Que los dos artículos del proyecto, con sus indicaciones, fueron aprobados por la unanimidad de los diputados presentes. Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto, los señores Alejandro Ferreiro, ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción; la señora María Olivia Recart, subsecretaria de Hacienda; el señor Luis Sánchez, jefe del Departamento Jurídico de la Cartera de Economía, Fomento y Reconstrucción; Gianni Lambertini, Tesorero General de la República; Ricardo Escobar, director Nacional del Servicio de Impuestos Internos; Pablo González, subdirector del Departamento Jurídico del Servicio de Impuestos Interno; Carlos Rubio, asesor legislativo del Ministerio de Economía, y las señoras Pamela Cuzmar, jefa del Departamento de Operaciones y Cobranza de la Tesorería General de la República; Rosella Cominetti, jefa de la División de Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía, y Tamara Agnic, abogada del Ministerio de Hacienda. Concurrieron, además, los señores Andrés Ovalle, presidente del Consejo Nacional de la Pequeña y Mediana Empresa, Conapyme; Oscar Bruna, vicepresidente; Heriberto Neira, director nacional, y Oscar Hormazábal, prosecretario, todos de la Conapyme. Contenido del proyecto. Antecedentes Dentro de los compromisos asumidos por la Presidenta Bachelet en el Plan Chile Emprende Contigo, se incluye la facilitación de la reprogramación de las deudas tributarias, triplicando en forma extraordinaria y transitoria tanto el plazo para reprogramar, como el monto de las deudas que puedan acceder a una condonación mayor de intereses y multas. Para ello, se comprometió el envío de un proyecto de ley que permita, por una única vez, que las deudas tributarias puedan reprogramarse hasta en 36 cuotas periódicas de diferente valor. Conjuntamente con lo anterior, se elevará a 15 millones de pesos el monto susceptible de acceder a una condonación de 80 por ciento, en caso de suscribir convenio, y del 90 por ciento, en el caso de pago contado. Por último, para incentivar el pago oportuno de los impuestos por parte de los contribuyentes, el proyecto contemplará el fortalecimiento de las medidas administrativas de cobro para la Tesorería. Proyecto de ley. El proyecto propone una norma que aborda el problema de endeudamiento ya existente por la vía de ofrecer mayores facilidades, a la vez que propone otra norma que busca evitar que el problema se repita, haciendo más efectivo el cobro de las nuevas deudas que se generen a contar de su entrada en vigencia. Ambas normas integran una iniciativa legal que se plantea como indivisible, no susceptible de desvincularse en su tratamiento y aprobación legislativa. 1º. Ampliación de facilidades de pago hasta 36 meses. Se propone una norma excepcional que permite ampliar el plazo de suscripción de los convenios de pago, de los actuales doce meses, a un máximo de treinta y seis meses, manteniendo como característica el pago en cuotas periódicas y sucesivas. Debe considerarse que la celebración de un convenio para el pago de los impuestos atrasados, implica la inmediata suspensión de los procedimientos de apremio respecto del contribuyente y que dicha suspensión operará mientras el deudor se encuentre cumpliendo y mantenga vigente su convenio de pago. 2º. Transparencia de información sobre deudas tributarias de los contribuyentes. En segundo lugar, mediante este proyecto de ley, se propone modificar la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal, permitiendo al Servicio de Tesorerías el envío de la información de deuda morosa a dichos registros o bancos de datos. No obstante lo anterior, el ejercicio de esta facultad se encuentra limitada, ya que se incluye entre las normas de esta ley un nuevo artículo 17 bis, que considera la regulación, a través de un decreto del Ministro de Hacienda, de los criterios técnicos y modalidades que debe reunir la deuda tributaria y de créditos del sector público morosa que se informe a los registros o bancos de datos. El mencionado artículo establece que sólo se publicará la deuda tributaria y créditos fiscales adeudados que consten en un título ejecutivo de cobro, no sujeto a reclamación administrativa o judicial pendiente y, además, que se hayan agotado las instancias de cobro administrativo por parte del Servicio de Tesorerías. La Tesorería envía información al Dicom actualmente -elementos que se incluirán en el decreto ministerial- sobre la base de los siguientes criterios: 1. Deudas que se informan al Dicom: a) Cheques protestados (casos históricos; en la actualidad no se genera este tipo de deuda). b) Derechos de utilización del espectro radioeléctrico. c) Giro de comprobante de pago del impuesto a la renta, IVA. d) Impuesto anual a la renta. e) Multas (artículo 58 de la ley Nº 18.840, Banco Central). f) Declaración y pago simultáneo mensual del IVA. g) Patente única de pesca 2. Filtros. Las deudas que se publican pasan por los siguientes filtros: a) Deudas que se encuentran con las instancias de cobro administrativo agotadas. b) Deudas de personas jurídicas cuya antigüedad es menor a cinco años. c) Deudas de personas naturales cuya antigüedad es menor a cinco años. d) Deudas cuyo monto sea superior al 10 por ciento de la UTM del mes en curso. e) Si la suma de las deudas por contribuyente es menor a 180 mil pesos, no se publica ninguna. 3. Periodicidad de los envíos: La base es actualizada una vez al mes. Sin perjuicio de ello, diariamente se efectúan actualizaciones, sin costo para el contribuyente, por variación del monto informado, por ejemplo, por recepción de pagos, regularizaciones, aclaraciones, etcétera. Discusión general. El señor Alejandro Ferreiro manifestó que, con fecha 31 de julio recién pasado, se publicó en el Diario Oficial un decreto supremo del Ministerio de Hacienda mediante el cual se habilita al Servicio de Tesorerías para ampliar las condonaciones por deudas hasta por un monto de 15 millones de pesos. Explicó que, junto con la medida anterior, el proyecto en estudio amplía, a contar de la fecha de vigencia del artículo 2º, hasta un máximo de treinta y seis meses, el plazo que el inciso primero del artículo 192 del Código Tributario concede al Servicio de Tesorerías para otorgar facilidades para el pago de impuestos adeudados, sólo respecto de aquellos impuestos girados hasta el 30 de abril de 2007 y que se encuentren sujetos a cobranza administrativa o judicial. La facultad que se concede al Servicio de Tesorerías en este artículo se podrá ejercer por el lapso de seis meses, contados desde la fecha señalada en el artículo 2º del proyecto. Hizo notar que este espacio adicional que se propone se suma al vigente, que es de un año, por lo que, en definitiva, se contaría con un plazo para reprogramar que llegaría a los 48 meses. Además, no habrá obligación de pagar un “pié” para acceder al beneficio y se ha estimado que cada año se pague un total aproximado de un tercio de la deuda. Señaló que en el artículo 2º se modifica la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada, a contar del día primero del mes siguiente al de publicación de la ley en el Diario Oficial, con el objeto de facultar al Servicio de Tesorerías para proporcionar a los registros o bancos de datos personales legalmente constituidos información de la deuda morosa, cumpliendo, en todo caso, con requisitos mínimos de resguardo en favor de los contribuyentes. Esto permitirá entregar certeza jurídica y transparencia a la labor de Tesorería, eliminando todo tipo de discrecionalidad respecto de la información de deuda morosa que se podría enviar para su publicación. Comentó que la jurisprudencia de los tribunales de justicia no ha sido uniforme en cuanto a la facultad de la Tesorería para comunicar la deuda morosa, por lo que se ha optado por aclarar esta materia mediante una disposición legal. El señor Andrés Ovalle expresó su acuerdo con el artículo 1º del proyecto, sin perjuicio de proponer que el beneficio se conceda respecto de los impuestos girados hasta el 30 de junio de 2007, en sustitución del 30 de abril, dado el retardo del Ejecutivo en presentar este proyecto, y que la reprogramación se haga pagando una cuota al contado baja y flexible, de acuerdo a los flujos de caja de los pequeños empresarios. En relación con el artículo 2º del proyecto, comparte el criterio de establecer requisitos para la publicación de la deuda tributaria, ya que con ello se da certeza jurídica a los contribuyentes. El señor Gianni Lambertini expresó que el proyecto es la concreción de una gran aspiración, tanto de las asociaciones de pequeños y medianos empresarios como de la Tesorería General de la República. Consideró de toda justicia que como contrapartida a la modificación de la norma del Código Tributario, que amplía de un año hasta un máximo de 36 meses el plazo para pagar las deudas a través de un convenio, se entregue a la Tesorería una herramienta eficiente para agilizar el cobro de tributos de los deudores más reacios, a través de la publicación de estas deudas en las bases de datos legalmente constituidas, a condición de que se cumplan los requisitos que el artículo 2º del proyecto establece. El señor Ricardo Escobar señaló que al Servicio de Impuestos Internos le corresponde el trabajo en la etapa previa al cobro, sin perjuicio de que trabajan conjuntamente con Tesorería. Concuerda con los dos cambios que este proyecto propone, a saber: Otorgar mayores plazos para pagar las deudas tributarias a través de convenios. Este cambio permitirá regularizar la situación tributaria de muchos pequeños contribuyentes que con el plazo actual de un año se veían imposibilitados de cumplir sus obligaciones. Informar a los registros de datos personales legalmente constituidos las deudas tributarias que cumplan con los requisitos que esta disposición establece. Esta herramienta, a su juicio, combina la adecuada protección de los contribuyentes por cuanto las condiciones que se establecen son muy exigentes. Además, se resguarda el interés fiscal, al permitir utilizar una herramienta comercial que permita que los deudores renuentes cumplan con sus obligaciones tributarias. Añadió que en este punto no debe olvidarse que el fisco es un acreedor involuntario respecto de los deudores morosos, sin capacidad para evaluar el riesgo ni los bienes del contribuyente, a diferencia del acreedor común, que ha podido elegir al deudor al cual le ha dado crédito. La señora Rosella Cominetti sostuvo que este proyecto representa los términos en los cuales se estableció el compromiso del programa Chile Emprende, que ha recogido el planteamiento de los representantes de la micro, pequeña y mediana empresa. Discusión particular. El artículo 1º amplía, a contar de la fecha de vigencia del artículo 2º del proyecto, hasta un máximo de treinta y seis meses, el plazo que el inciso primero del artículo 192 del Código Tributario concede al Servicio de Tesorerías para otorgar facilidades para el pago de impuestos adeudados, sólo respecto de aquellos impuestos girados hasta el 30 de abril de 2007 y que se encuentren sujetos a cobranza administrativa o judicial. La facultad que se concede al Servicio de Tesorerías en este artículo se podrá ejercer por el lapso de seis meses, contados desde la fecha señalada en el artículo 2º del proyecto. En la Comisión se sugirieron diversas modificaciones a este artículo, las que fueron consideradas favorablemente por el Ejecutivo. En consecuencia, se formuló una indicación para modificar el artículo 1º, de la siguiente manera: a) Intercálase entre las frases “hasta un máximo de treinta y seis meses,” y “el plazo que el inciso primero”, la siguiente frase nueva: “en cuotas, fijas o variables”. b) Reemplázase la palabra “abril” por “junio”. c) Agrégase a continuación del punto final (.), que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente frase: “La primera de las cuotas deberá ser enterada al momento de suscribir el convenio, no pudiendo exceder su monto una treintaiseisava parte del monto total adeudado, salvo que el deudor, en forma expresa, solicite pagar un monto mayor.”. Puesto en votación el artículo 1º con la indicación precedente, fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes. En el artículo 2º, se modifica la ley Nº 19.628, a contar del día primero del mes siguiente al de publicación de esta ley en el Diario Oficial, de la siguiente forma: Por el numeral 1), se intercala, en el inciso primero del artículo 17, entre la frase “cooperativas de ahorro y créditos,” y la oración “organismos públicos y empresas del Estado sometidas a la legislación común”, lo siguiente: “deuda tributaria y créditos fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 bis de esta ley,”. Por el numeral 2), se agrega el siguiente artículo, a continuación del artículo 17: “Artículo 17 bis.- El Tesorero General de la República podrá informar a los registros o bancos de datos personales, legalmente constituidos, de la deuda tributaria y de los créditos fiscales adeudados que cumplan los siguientes requisitos: a. Que los giros y los créditos fiscales adeudados no estén sujetos a reclamación administrativa o judicial pendiente; b. Que la deuda tributaria y los créditos fiscales consten en un título ejecutivo de cobro, y c. Que las deudas informadas hayan agotado previamente las instancias de cobro administrativo por parte del Servicio de Tesorerías, en los términos del Título V del Libro III del Código Tributario. El ministro de Hacienda impartirá las instrucciones de publicación mediante decreto, el que determinará los criterios técnicos y modalidades que debe reunir la deuda tributaria y los créditos del Sector Público morosos que se informen.”. Algunos señores diputados manifestaron la conveniencia de separar ambos artículos del proyecto, ya que la facultad que se entrega a Tesorería perjudicará aún más a los pequeños empresarios. La subsecretaria de Hacienda, señora María Olivia Recart, señaló que el acuerdo logrado entre el Ejecutivo y la Conapyme se ha recogido en su totalidad en este proyecto de ley, ya que a los pequeños y medianos empresarios les interesa que no se castigue a los empresarios que pagan sus obligaciones tributarias, por lo que no están en contra de la facultad que se entrega a Tesorería de informar las deudas tributarias a los registros o bancos de datos personales. El Tesorero General de la República, señor Gianni Lambertini, afirmó que la indicación recoge un planteamiento que los señores diputados expresaron en la Comisión, en el sentido de establecer un plazo prudente antes de que la deuda pudiese ser informada a los registros de datos. Ese período de carencia es de 18 meses, contados desde el vencimiento de la obligación; esto es, después de vencida tanto la instancia de cobranza administrativa como la judicial. Esa modificación establece como fecha cierta el momento en que se establece el cargo, según precisó. Mencionó que del total de 350 mil contribuyentes morosos, hay 150 mil que no registran actividad comercial, por lo que se estima que, aproximadamente, 200 mil deudores podrían acogerse a la repactación. El monto total de la deuda asciende a mil millones de dólares, la que corresponde a los últimos ocho años, en un universo de recaudación anual de 25 mil millones de dólares. Respecto de los contribuyentes de bienes raíces, explicó que éstos pueden acogerse al beneficio de la repactación establecido en el artículo 1º del proyecto, pero la morosidad de ese impuesto no puede informarse a las bases de datos, por cuanto no existe hoy día una identificación en cuanto al rol de la propiedad y el Rut del propietario. El sujeto del impuesto, en el caso de las contribuciones, es la propiedad y no su tenedor, según puntualizó. El Ejecutivo formuló una indicación para introducir al numeral 2) del artículo 2º, las siguientes enmiendas: En el artículo 17 bis, que se agrega: a) Reemplázase, en el inciso final, la conjunción “y”, que sigue a la palabra “técnicos”, por una coma (,), e intercalar, a continuación de la palabra “modalidades”, la siguiente frase: “y antigüedad de la morosidad”. b) Agrégase una nueva oración al inciso final, a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser un punto seguido (.): “No obstante lo señalado precedentemente, no se podrá publicar la deuda o créditos morosos en los mencionados registros, sino después de transcurridos dieciocho meses desde el vencimiento de la obligación.”. Puesto en votación el artículo 2º con la indicación del Ejecutivo, fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes. Se han introducido al proyecto modificaciones formales que se recogen en el texto propuesto. El proyecto fue tratado y acordado en sesiones de fechas 8 y 13 de agosto, y 4 de septiembre de 2007, con la asistencia de los diputados señores Ortiz, don José Miguel (Presidente); Aedo, don René; Alvarado, don Claudio; Álvarez, don Rodrigo; Delmastro, don Roberto (Bertolino, don Mario); Dittborn, don Julio; Insunza, don Jorge (Tuma, don Eugenio); Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Robles, don Alberto; Súnico, don Raúl, Von Mühlenbrock, don Gastón, y del diputado que habla. Es cuanto puedo informar. He dicho. -Manifestaciones en las tribunas. El señor WALKER (Presidente).- Ordeno sacar a la persona que se encuentra hablando en las tribunas. -Suenan los timbres silenciadores. El señor WALKER (Presidente).- En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz. El señor ORTIZ.- Señor Presidente, en el marco del Programa Chile Emprende, la Presidenta de la República encargó al Ministerio de Economía y, en forma especial, a la subsecretaria de dicha cartera, que encabezara una mesa de negociación de las deudas de las pymes y de la conapyme, que al final se organizaron en un todo. Dicha instancia ha estado funcionando desde hace mucho tiempo. En ese sentido, su excelencia la Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet, ha presentado diferentes iniciativas de ley, a fin de favorecer a dicho sector. Así, el 1º de agosto pasado, ingresó a tramitación en el Congreso Nacional el proyecto de ley en estudio, fruto de una negociación con representantes de quienes mantienen deudas tributarias morosas -no sólo las pymes y los empresarios de la Conapyme, sino también personas naturales-, a fin de buscar alguna solución a su difícil y complicada situación. El diputado informante, señor Enrique Jaramillo, expresó que del total de 350 mil contribuyentes morosos, existen 150 mil que, mínimo desde hace cinco años, no registran actividad comercial alguna. Por lo tanto, se estima que aproximadamente 200 mil deudores podrían acogerse a la repactación, una vez que la iniciativa se convierta en ley de la República. Asimismo, cabe tener presente que, por dicho concepto, en los últimos diez años se han acumulado deudas por mil millones de dólares. Conocer las cifras, asusta; pero, recalco que esto es anual. En el informe está explícito que, año a año, habrá una recaudación tributaria de 25 mil millones de dólares. El Servicio de Tesorerías tiene a su cargo la cobranza judicial y administrativa de los impuestos, patentes, multas y créditos del sector público, y se rige por el Código Tributario que contiene los procedimientos administrativos y judiciales para proceder al cobro de los impuestos adeudados al Estado. Dicho Código Tributario, en su título V, libro III, le otorga facultades para someter a los deudores a distintas medidas de apremio, tales como embargos, remates o subastas de sus bienes. Y esto también está claramente explicitado en el artículo 192 del Código Tributario, que establece que el Servicio de Tesorerías podrá otorgar facilidades sólo hasta por un año, en cuotas periódicas, para el pago de los impuestos adeudados. Destaco esto, porque este proyecto de ley, por primera vez, en muchos años, entrega más facultad que el Código Tributario, en el sentido de que el plazo de doce meses, para que las doscientas mil pymes, los empresarios de la Conapyme y personas naturales puedan reprogramar su deuda, se amplía a treinta y seis meses. Además, hay una circular del Ministerio de Hacienda -porque, según la Constitución, lo puede hacer- en el sentido de que para efectuar la reprogramación en doce meses, hay que, a lo menos, pagar un pie de 10 por ciento de la deuda. Anteriormente, era de 30 por ciento y esta última circular salió hace unos treinta días. Es importante que la ciudadanía sepa lo que hemos hecho nosotros al respecto. Un grupo de parlamentarios me visitó en mi calidad de presidente de la Comisión de Hacienda y me pidió que conversara sobre este tema con los ministros de Hacienda y de Economía. En una indicación, firmada por todos los diputados titulares de Hacienda -la tengo en mi mano-, logramos aprobar en referéndum, el 8 de agosto, cambios sustanciales en el artículo 1º del proyecto de ley que requiere el patrocinio del Ejecutivo. ¿Cuáles fueron los cambios? En primer lugar, no aceptamos, por ningún motivo, el pie de 10 por ciento. Y pusimos una indicación al referéndum, que fue ratificada ayer por el Ejecutivo, en términos de que sea una cuota de los treinta y seis meses, que corresponde exactamente a un 2,7 por ciento de lo adeudado. Es bueno que las doscientas mil pymes y personas sepan acerca de la labor que estamos cumpliendo como sus representantes. En segundo lugar, que exista criterio y la facultad por ley para que las cuotas no sean fijas. Es decir; que la Tesorería General de la República, a través de los tesoreros regionales, tenga la facultad para fijar cuotas variables. Por ejemplo, si una pyme tiene una deuda de 3 millones de pesos, que los primeros años pague cuotas de 50 mil pesos o, a lo mejor, de 20 mil pesos, para que tenga la posibilidad de recuperarse y continuar con su actividad. El resto de la deuda podrá pagarlo en los últimos doce meses de los tres años. Eso es algo fundamental. Actualmente, el Código Tributario permite condonaciones, que se dan a conocer a través de circulares, de hasta el cincuenta por ciento de las multas e intereses. Con este proyecto, cuando sea ley de la República, la condonación va a ser automática y del 80 por ciento de las multas e intereses. Todas esas deudas que, anteriormente, según la última circular, alcanzaban hasta los cinco millones de pesos, en adelante subirán hasta quince millones. Queremos que el beneficio lo reciban las Pymes; no los grandes contribuyentes. Durante las tres sesiones de discusión que tuvimos en la Comisión de Hacienda, analizamos con los ministros de Hacienda y de Economía, con el tesorero general de la República y con director nacional del Servicio de Impuestos Internos y sus asesores, la situación de la gente que tiene deudas formales de 15 millones de pesos. Con este proyecto, también va a gozar de una condonación de 50 por ciento de intereses y multas, y puede reprogramar su deuda a treinta y seis meses. Ése también es un avance. Quería hacer notar esto, porque son las cosas positivas que hemos hecho, pensando en los doscientos mil deudores. ¿Cuál es el tema de fondo? En el artículo 2º se dispone que la nómina de deudores será publicada en el Boletín Comercial. Ese tema fue ampliamente discutido, con mucha seriedad y responsabilidad, y se consultó al representante de la Conapyme, señor Ovalle. Además, se trata de tres causales, que explicó claramente el diputado informante, Enrique Jaramillo, y se agregan seis meses más para que los deudores puedan hacer uso de la reprogramación. La Presidenta, una vez más, está cumpliendo con los que más necesitan. Por eso, yo, al menos, con mucha fuerza, votaré a favor en general y en particular este proyecto que es un avance, que es positivo y que está esperando mucha gente. He dicho. El señor LORENZINI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado Eugenio Tuma. El señor TUMA.- Señor Presidente, como lo explicó el diputado informante, dos son las ideas matrices del proyecto del Ejecutivo. La primera, de la mayor trascendencia para las pymes, cual es que no tengan fondos para el pago del impuesto adeudado y permite reprogramar la deuda tributaria. Qué duda cabe. Ésta es una ansiada demanda de los sectores endeudados de las pymes que, por distintas razones, le deben al fisco y que están esperando una reprogramación a más largo plazo para pagar su deuda. Sin embargo, el proyecto contiene una segunda idea, que es otorgar facultades a la Tesorería para informar en el Boletín Comercial sobre supuestas morosidades de contribuyentes. En otras palabras, para enviarlos a Dicom. Señor Presidente, el proyecto del Ejecutivo ha sido elaborado de tal modo que su primera idea, que permite reprogramar la deuda tributaria, sólo podría aprobarse si se aprueba también la segunda, que consiste en otorgar dicha facultad al tesorero para enviar a personas a Dicom. Aquí se dice que hubo acuerdo de las pymes. Sí, están desesperadas porque la norma sobre reprogramación se apruebe. Estuvieron dispuestos a aceptar cualquier cosa, como esta imposición ilegítima, una extorsión. Por lo demás, esta norma no sólo las afecta a ellas, sino también a todos los contribuyentes. Insisto en que no me parece adecuado que el Ejecutivo haya presentado dos artículos amarrados, en cuanto -repito- a que si no se aprueba la reprogramación, tampoco se aprueban las facultades ilegítimas para que el tesorero general de la República envíe al Dicom a todas las personas que eventualmente pudiera tener alguna deuda con el fisco. Por lo anterior, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 146 del Reglamento de la Corporación, solicito votación separada para el artículo 2º, para pronunciarnos sobre sus ideas matrices, independientemente. Debemos rechazar este artículo, que pretende enviar al Boletín Comercial los giros que el Servicio de Impuestos Internos realiza a todas las personas naturales, sean profesionales, empleados, trabajadores, dueñas de casa o empresarios que trabajan a su nombre, porque tal facultad escapa a los cometidos de los Servicios de Impuestos Internos y de Tesorerías. Por lo demás, estas reparticiones públicas cuentan, desde hace muchos años, con excepcionales herramientas y facultades legales para perseguir la satisfacción de las deudas. La modificación propuesta desnaturaliza absolutamente el artículo 17 de la ley sobre protección de la vida privada, que establece excepcionales condiciones para la publicación de las deudas, las que deben constar fehacientemente en ciertos títulos, sean letras de cambio y pagarés u otros documentos protestados. Pero lo más importante, y así lo señala el citado artículo 17, es que en los instrumentos de pago debe constar el consentimiento expreso del deudor, y ninguno de los giros de Impuestos Internos constituye prueba de consentimiento del deudor. Por lo demás, estos giros pueden ser dejados sin efecto por los tribunales de justicia, cosa que podrán hacer los tribunales tributarios, una vez que se creen. Por lo tanto, no podemos aprobar una disposición que autorice comunicar al Dicom supuestas deudas que reclama la Tesorería, pues ellas no son indubitadas. De lo contrario, estaríamos denostando la capacidad crediticia de un contribuyente que no ha consentido el compromiso, tal como lo establece taxativamente el artículo 17 de la ley sobre protección de la privacidad de las personas, y que, sin embargo, ha sido conminado por la autoridad judicial a pagar. A lo más, podríamos aceptar que se informara una deuda que conste en una sentencia judicial ejecutoriada, pues sólo ahí tendríamos la certeza de la obligación. En síntesis, la facultad que pretende el Ejecutivo para la Tesorería vulnera la letra y el espíritu de la ley sobre protección de la vida privada. Aparecer en Dicom tiene efectos tremendamente negativos, por cuanto se cierran todas las puertas. Por este sólo hecho, quien pretenda un crédito bancario para pagar la deuda tributaria sabe que le será rechazado. Es más, sus proveedores le van a cortar el crédito; en ninguna parte le van a recibir sus cheques ni sus letras de cambio para iniciar alguna operación comercial. Tampoco podrá postular a vender servicios o productos al Estado a través de ChileCompra; pero lo más grave es que a esa persona se la margina para acceder a toda fuente laboral. La paradoja es que muchas de las deudas tributarias se originan por la morosidad de las reparticiones del Estado en el pago de sus compromisos. Con la modificación, los acreedores del Estado van a ser informados al Dicom, inhabilitándolos completamente, aún cuando el causante de los incumplimientos sea un hospital público, una municipalidad o un ministerio. Por lo tanto, el proyecto de reprogramación, que aparenta ser una ayuda para los pequeños empresarios, será un verdadero caballo de Troya para todos los contribuyentes, en el que leerán, en lugar de “Chile Emprende con las pymes”, “Chile las emprende contra las pymes y los contribuyentes”. Cuando el legislador estableció en la ley de privacidad de las personas, que regula los informes de morosidad, la prohibición de informar deudas contraídas con empresas que prestan servicios básicos monopólicos de electricidad, agua, teléfono y gas, lo hizo en el entendido de que para el cobro del pago de estos servicios no era necesario una medida de apremio como la publicación en el Dicom, porque el mayor apremio lo constituye la interrupción del suministro. Del mismo modo, el Fisco tiene cautivos a los contribuyentes, por lo que no requiere aplicar tal medida de apremio, porque también tiene el monopolio de la relación con sus regulados, pudiendo cortar el suministro para autorizar cualquier actividad licita, sobre todo cuando el actual Gobierno pretende impulsar medidas de emprendimiento con su programa Chile Emprende. Por otra parte, el artículo 2º del proyecto, que se nos está forzando a votar, amén de facultar a la Tesorería para informar, constituye una violación de la privacidad de las personas y de sus derechos, puesto que, por los giros, no existe una aceptación, compromiso o promesa de pago, como lo establece expresamente la ley, como paso previo para informar la morosidad. En consecuencia, anuncio mi voto favorable al artículo 1º, que amplia a 36 meses el plazo para reprogramar los convenios de pago y que establece condonaciones de hasta 90 por ciento para las pymes, pero anuncio mi categórico rechazo al artículo 2º, para el cual pido votación separada. He dicho. El señor LORENZINI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Arenas. El señor ARENAS.- Señor Presidente, son pocas las oportunidades en que he compartido y apoyado plenamente el discurso del diputado señor Tuma. Esta es una de esas ocasiones, porque ha dado argumentos contundentes y ha apuntado a la esencia del proyecto en debate. Por lo tanto, es muy poco lo que puedo agregar. Sin embargo, es preciso aclarar los supuestos en que se basa el proyecto. El ministro de Economía señaló en la Comisión que la jurisprudencia no ha sido uniforme en cuanto a la facultad de la Tesorería de comunicar la deuda morosa de los contribuyentes. Existen tres fallos categóricos de la Corte Suprema que determinaron la ilegalidad de la publicación de las deudas tributarias morosas. El tema está zanjado; por ende, la práctica de la Tesorería atenta contra la ley. Por eso, la necesidad de este proyecto, que trata de corregir una actuación dolosa, ilegal y arbitraria de esta repartición pública. El argumento de que la no publicación pone en riesgo la cobranza y la información preventiva al público es francamente ajena a la realidad. Todos sabemos que el fisco tiene más atribuciones para exigir el cumplimiento de las obligaciones de sus deudores que un privado. La orientación que se dio a la llamada ley Dicom, la Nº 19.628, fue sacar a las personas de los registros de deudores, con el objeto de evitar que se produjeran abusos en contra de los ciudadanos. No obstante, el proyecto de ley en estudio tiene un sentido absolutamente contrario a ese, ya que le otorga un plus al procedimiento ejecutivo que puede ejercer la Tesorería General de la República para hacer exigible los cobros por impuestos morosos. Por eso, señor Presidente, nos parece que el proyecto es innecesario y que va en contra de la tendencia que existe para regular la información de la vida privada, materia en la que tanto esfuerzo han colocado muchos parlamentarios. Debo plantear que no es lo mismo tener deudas con privados que con el fisco, ya que las primeras se adquieren voluntariamente, mientras que los impuestos se imponen. Además, los deudores privados tienen menos herramientas para hacerlas exigibles que el fisco. Por otra parte, si se revisa el artículo 17 de la ley Nº 19.628, no se entiende lo que dispone el artículo 2º del proyecto, ya que el primero establece expresas excepciones en cuanto a la publicación de deudas morosas. El inciso primero del artículo 17 exceptúa expresamente a los registros o bancos de datos personales que entreguen información sobre los deudores de créditos de Indap. En consecuencia, ¿cuál es la lógica para exceptuar la publicación de los morosos de créditos de Indap y no aplicar la misma norma a los deudores morosos tributarios? Como bien señaló el diputado Tuma, el inciso segundo del artículo señalado prohíbe la entrega de información respecto de las deudas contraídas con las empresas públicas o privadas que proporcionen servicios de electricidad, agua, teléfono y gas. ¿Por qué? Porque se entiende que la publicación de esas morosidades afecta principalmente a la gente más pobre y a los pequeños emprendedores, ya que después tienen problemas para acceder a créditos, en circunstancias de que son los más expuestos a quebrar una y otra vez en su vida económica y, por lo tanto, es necesario ayudarlos para que puedan resurgir y emprender nuevamente. Sin embargo, el proyecto va en sentido contrario, porque coloca más trabas a las pymes que quieren dar trabajo y potenciar ciertos esfuerzos emprendedores. En consecuencia, consideramos que no cumple su función, es excesiva y va totalmente en contra de la orientación que se ha tenido en cuenta para regular la publicación de las deudas morosas de los contribuyentes y de los deudores en general. Por eso, señor Presidente, haciéndonos parte de la solicitud del diputado Tuma, pedimos que se vote separadamente el artículo 1º, el cual vamos a apoyar plenamente, ya que consideramos que toda reprogramación de deudas tributarias para las pequeñas empresas es un avance, sobre todo en las condiciones en que nos encontramos hoy. Anuncio mi voto totalmente contrario al artículo 2º, toda vez que si el Estado, que hace bien muy pocas cosas, quiere dar una señal potente a los contribuyentes morosos de las pequeñas y medianas empresas, tiene que ayudarlos para que puedan iniciar nuevos emprendimientos. Los pequeños emprendedores de países desarrollados quiebran tres o cuatro veces antes de tener un negocio exitoso; sin embargo, aquí estamos colocando nuevamente un yugo gigantesco para que esos deudores puedan seguir el camino del emprendimiento en una economía de mercado. He dicho. El señor LORENZINI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet. El señor MULET.- Señor Presidente, el proyecto no se condice con lo que anunció el Gobierno, hace algún tiempo, a los pequeños y medianos empresarios. La iniciativa aborda la reprogramación de las deudas tributaria morosas, otorga hasta treinta y seis meses de plazo para su pago y condona intereses hasta el 80 ó 90 por ciento, soluciones que constituyen un paso positivo para los cientos de miles de deudores tributarios del país, respecto de lo cual todos estamos más o menos de acuerdo. Tanto es así, que usted, señor Presidente, junto a otros diputados solicitaron al Gobierno la condonación de la deuda de un grupo importante de pequeños contribuyentes, que arrastran sus penurias desde, precisamente, la crisis del 98, cuando el Banco Central fijó la tasa de interés en 14 por ciento, lo que implicó que los pequeños empresarios tuvieran tasas de crédito de los bancos al 3 ó 4 por ciento mensual, o sea, del 50 o más por ciento anual. Ninguna empresa aguanta esa tasa de interés, sobre todo las pequeñas, que normalmente poseen poco capital de trabajo y tienen problemas de liquidez. Esto produjo una serie de quiebras no sólo de personas jurídicas, sino que de personas naturales que entraron en cesación de pagos tributarios, previsionales, con instituciones financieras e, incluso, con prestamistas informales. Desde aquella fecha, un grupo de parlamentarios de diversos sectores hemos tratado de buscar una manera de habilitar o rehabilitar a esos chilenos que quedaron fuera del comercio, que murieron civilmente, como podríamos decir en forma exagerada, que abandonaron el comercio por causa de las deudas. No obstante, es importante recordar que esas deudas que no pagaron eran consecuencia de una crisis, de la cual no eran responsables, ya que se debía a la situación económica internacional, que el Estado le buscó una solución a través del Banco Central, el cual subió la tasa de interés, lo que perjudicó especialmente a ese grupo de chilenos. ¿Por qué se les perjudicó? Ya es historia. Fue un gran error. Así lo señalan los economistas de diversos colores políticos y tendencias. Lo concreto es que se tomó una decisión de Estado que sacó a miles de pequeños y medianos empresarios del sistema. Desgraciadamente, el Estado no ha sido lo suficientemente abierto para ayudar, a través de sus órganos, a esos empresarios. Al respecto, es necesario señalar que el Estado ayudó a otros empresarios a volver al sistema. Cómo no recordar la situación de los bancos y de la llamada deuda subordinada o cartera vencida, la que todavía se arrastra, ya que se les dio cuarenta años para pagarla. Leí una información que apareció en un medio de comunicación a raíz de la fusión de los bancos Chile y Citibank, en la cual se señalaba que todavía se deben miles de millones de dólares, debido a que se dio el plazo que mencioné para pagar la deuda subordinada. De esa forma se sacó de la crisis a esas instituciones, pero los pequeños empresarios que entraron en falencia por la decisión del Banco Central, que agudizó la crisis, no han tenido esas facilidades. El Estado ha sido muy generoso en este país con los grandes y lo sigue siendo. Ha sido muy generoso con diversos sectores de la economía, por ejemplo, con la gran minería, al no cobrarle royalty; o sea, ese sector no pagó por su materia prima durante decenios. Ha sido generoso con las empresas de telecomunicaciones, porque las pasó al sector privado a un precio barato. No hay sector exitoso que no haya tenido ayuda del Estado. Las forestales la tienen también. Si uno analiza el sector de la siderurgia, que está tan bien, veremos que hubo privatización a vil precio. Lan Chile lo mismo. No me voy a detener en esos casos. ¿Qué hacemos hoy con los pequeños empresarios? No les estamos condonando nada. Van a pagar todos sus impuestos. Lo único que les estamos dando son 36 meses y la condonación de los intereses hasta en un 80 ó 90 por ciento, pero van a pagar sus deudas. No les vamos a dar 40 años como a los bancos, ni siquiera 40 meses. Reitero, 36 meses para que puedan pagar. Claro, uno dice, en vez de nada, apoyemos eso. Ahora, ¿qué pasa con la otra parte de la norma que muy bien destacaron los diputados Tuma y Arenas? El Ejecutivo -revela de alguna forma lo que piensa de la pequeña y mediana empresa nos obliga a aprobar una norma para que la Tesorería pase a los deudores tributarios a Dicom. El diputado Enríquez-Ominami, aquí presente, hizo un gran esfuerzo por eliminar a Dicom, y el Gobierno hace más de un año que está estudiando el proyecto. En este caso no se estudia nada, sino, por el contrario, el propósito del Ejecutivo es engordar a Dicom, ahora, con la deuda tributaria. Entonces, no me vengan con cuentos. No estoy dispuesto a esto, y por eso anuncio mi voto en contra del artículo 2º -al igual que otros diputados- que permite ampliar las facultades de Dicom, que ha sido tan dañina, un verdadero monstruo para los hombres y mujeres sencillos, la gente modesta y la clase media del país. El Ejecutivo está propinando -espero que inconscientemente- un tremendo golpe a este grupo de chilenos que tiene mayor debilidad para emprender, que no recibe subsidios ni ayudas, que paga todas las cuentas al igual que los grandes empresarios, pero que constituye la clase media del país que ha sido golpeada por uno u otro lado. Por su intermedio, señor Presidente, quiero decirle a la ministra, con mucho respeto -que me hubiese gustado que estuviera presente el ministro de Hacienda-, que no entiendo que el Gobierno haya hecho esta proposición, porque es contradictoria con la propuesta que tibiamente hace a favor de la pymes, que se llama Chile Emprende Contigo y que, como dijo el diputado Tuma, más bien Chile las emprende contigo. Sin duda, es un poco risible, pero así está saliendo el proyecto. Por otra parte, se dice que los pequeños y microempresarios de la Conapyme lo habrían aceptado. Acabo de hablar por teléfono con el señor Rafael Cumsille Zapata, actual presidente de los comerciantes y de la Conapyme y me dijo -me autorizó a decirlo aquí a los colegas- que la norma es una atrocidad, una monstruosidad, una locura; que en ningún caso los pequeños y medianos empresarios de la Conapyme han aceptado esto como lo ha informado el Gobierno en distintas instancias; que, al contrario, su antecesor, el señor Ovalle, fue presionado para aceptar esta norma, porque de otra forma no se iba a dar la condonación que el Gobierno había prometido. El señor Cumsille está preparando un informe que hará llegar al Congreso, mañana o pasado, señalando la postura de los pequeños empresarios. Por eso, voto en contra del artículo 2º del proyecto y a favor, aunque es una tibia reprogramación, de su artículo 1º. He dicho. El señor LORENZINI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Antonio Leal. El señor LEAL.- Señor Presidente, quiero agradecerle que haya acogido la solicitud del diputado Eugenio Tuma de dividir la votación, cuestión que me parece pertinente y reglamentaria. El argumento que el Gobierno sostenía para evitar dicha división es el hecho de que en el artículo 2º se establecen los plazos. Aun no aprobando esa disposición, nos remitimos directamente al Código Civil que establece que una ley entra en vigencia cuando se publica en el Diario Oficial, de manera que no existe dificultad para votar por separado. Respaldo lo que han dicho los diputados señores Jaime Mulet, Gonzalo Arenas, Eugenio Tuma y otros parlamentarios en orden a votar -así lo voy a hacer- a favor del artículo 1º y en contra del artículo 2º. A favor del artículo 1º, porque establece algo que todos los parlamentarios hemos pedido durante años, en el sentido de que haya una especie de amnistía total para las deudas de las pymes y de las personas con la Tesorería. Muchas veces, realizamos gestiones y reconozco que la Tesorería, en muchos casos, rebajó las altísimas tasas de interés, a fin de que estas personas pudieran regularizar sus deudas. Por tanto, el proyecto hace extensivo aquello que la Tesorería ha aplicado a casos particulares al conjunto de la pymes, lo que me parece muy importante. Por ello, voy a votar con entusiasmo un proyecto que favorece a las pequeñas y medianas empresas, que, como aquí se ha dicho, se endeudaron en períodos de crisis económica, como la asiática, y en períodos posteriores por sus consecuencias, y que no lograron recuperarse de estas deudas, que hoy son impagables por las tasas de interés que se eliminarán con esta iniciativa. El espíritu del artículo 1º está en contradicción con el artículo 2º, que modifica el artículo 17 de la ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada, para regular la información sobre deuda morosa que el Servicio de Tesorerías puede comunicar a los registros o bancos de datos personales, concretamente a Dicom. Además, me parece muy negativo que el Ejecutivo condicione el beneficio que le entrega a las pymes en el artículo 1º a la información de la deuda a Dicom del artículo 2º. No hay comparación entre las posibilidades que tiene un privado de cobrar una deuda cuando envía a una persona al Boletín Comercial, a fin de que dicha deuda quede registrada, y las posibilidades absolutas que tiene el fisco a través de los procedimientos judiciales especiales para realizar estos cobros a las pymes y sus propiedades. La Tesorería de la República puede rematar una propiedad, cosa que no puede hacer un privado. Hay facultades especiales en materia de procedimientos judiciales para que el fisco opere y cautele los intereses del Estado. La resolución de la Corte Suprema hay que mirarla no sólo en el sentido de que el fisco no tiene atribuciones para enviar a una persona a Dicom o para informar la deuda -eso lo establece el fallo, que si bien es para un caso especial, representa de alguna manera una interpretación más general-, sino también como una voluntad del Poder Judicial de que no se haga efectiva esa información, precisamente por las enormes prerrogativas que tiene el fisco para cobrar las deudas. Y eso está contenido en el fallo, el cual dice: “El Estado tiene enormes prerrogativas para cobrar las deudas.” No se ve necesario que el Estado informe de la deuda a los organismos especializados.”. Por tanto, la sentencia no se refiere sólo y específicamente a la trasgresión a la ley cometida por la Tesorería cuando informó las deudas de las personas -las cuales recurrieron a los tribunales- a Dicom, sino que está tomando partido, estableciendo un criterio más general. Y ese criterio más general es importante -aunque, naturalmente, no es vinculante- tenerlo presente en este debate. No hay problema en separar la votación de los artículos 1º y 2º, y agradezco al Presidente que lo haya entendido así. Porque si bien es cierto el artículo 2º establece los plazos, si éste no se aprueba, de todas maneras el proyecto quedará referido a las normas del Código Civil y, por tanto, en el momento en que la ley se publique se hará efectiva y entrará en vigencia. Aquí hay ilustres abogados que lo saben mucho mejor que yo; está mi amigo Ceroni, quien puede afirmarlo. Yo soy un simple sociólogo. En consecuencia, no tenemos dificultades en separar la votación y pronunciarnos favorablemente respecto de un artículo y eliminar el otro que -como digo- es contradictorio y condicionante con el beneficio que se va a entregar. Agrego sólo una frase, porque creo que lo que han dicho los diputados Gonzalo Arenas, Eugenio Tuma, Jaime Mulet y los demás colegas ahorra comentarios: Enviar a un pequeño o mediano empresario a Dicom, al Boletín Comercial, cuando tiene una deuda significa liquidarlo, es imposibilitar a esa persona de ser sujeto de crédito. Muchas veces lo que hacen los pequeños y medianos empresarios para poder pagar sus deudas es solicitar un crédito al banco. Ahora, si los mandan a Dicom, esas personas no serán más sujeto de crédito y, por ende, no podrán pagar sus deudas. Por consiguiente, señalo a la señora ministra subrogante que la norma propuesta, además, es completamente contradictoria. Porque al informar las deudas al Boletín Comercial se niega a la gente la posibilidad de reunir los recursos para pagar su compromiso. Por tanto, ese criterio es completamente contradictorio y negativo para los intereses del fisco y, naturalmente, extremadamente negativo para la persona, la cual se verá liquidada desde el punto de vista comercial. Si el proyecto se aprueba con los dos artículos, más que favorecer liquidará a la pequeña y mediana empresa que se encuentra endeudada. Eso se lo planteé, delante de la Presidenta Michelle Bachelet, a los ministros Andrés Velasco y Alejandro Ferreiro. La Mandataria coincidió en que ésa era una dificultad. Lamento que el Ejecutivo no haya introducido una indicación al proyecto en la Comisión respectiva para que no llegáramos a una situación como ésta de tener que votar separadamente los artículos. He dicho. El señor LORENZINI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas. El señor VENEGAS (don Mario).- Señor Presidente, no creo que en las intervenciones anteriores se hayan señalado con mucha claridad los beneficios y las falencias que tiene el proyecto de ley. Es difícil defender a Dicom, de manera que más bien plantearé que esta iniciativa se inserta dentro de un esfuerzo mayor que el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet está haciendo en apoyo a las pymes con los programas Chile Invierte y Chile Emprende Contigo que, entre otras cosas, ha significado poner a disposición de la Corfo la no despreciable cifra de 300 millones de dólares para licitarlos entre la banca nacional, a fin de que lleguen a dicho sector a través de créditos de largo plazo. Con el proyecto se pretende generar un mecanismo para que los empresarios que tengan deudas tributarias puedan normalizar su situación por la vía de contar con un plazo más amplio de renegociación -36 meses- e inmediatamente quedar habilitados para poder acceder a los citados programas y líneas de financiamiento, con lo cual queda claro que habrá un beneficio bastante importante para las pymes. Ahora, el artículo 2º dice relación con el envío de las deudas a Dicom, estableciendo para ello a lo menos tres condiciones. Posteriormente, señala que no se podrán publicar dichas deudas en los registros, sino después de transcurridos dieciocho meses desde el vencimiento de la obligación. Probablemente, la señora ministra subrogante hoy debe asumir un costo proveniente de decisiones tomadas normalmente desde el Ministerio de Hacienda -como lo reconoció el diputado Antonio Leal, quien lo planteó al ministro -, porque aquí hay dineros de por medio. En consecuencia, es importante que entendamos que si no aprobamos este proyecto de ley - y ciertamente su artículo 1º- impediremos que miles de pequeñas y medianas empresas puedan acceder a esos recursos. Y ocurrirá algo que no me gustaría que sucediera -imagino que a la mayoría tampoco-, que es que las platas terminen llegando a los más ricos, cuando la intención es que ellas lleguen precisamente a quienes las necesitan. Es más, muchos hemos planteado la posibilidad de que se condonen las deudas tributarias, de ser mucho más generosos en ese sentido, puesto que además son consecuencia de la toma de decisiones macroeconómicas de autoridades, como el Banco Central y otras, respecto de las cuales los pequeños empresarios simplemente han sido víctimas. Asimismo, comparto lo planteado por el diputado Jaime Mulet con otros ejemplos, como la deuda subordinada, respecto de la cual se ha sido muy generoso en cuanto a los plazos, los tiempos y las facilidades. Se pidió votación separada. Me parece razonable. De esa manera, debemos aprobar el artículo 1º. Por otra parte, el diputado Lorenzini y el Secretario, don Carlos Loyola, me manifestaron que existe un mecanismo para resolver lo de la ampliación del plazo para otorgar facilidades para el pago de impuestos adeudados dispuesto en la iniciativa -pues parece claro que el artículo 2º se va a rechazar-, a fin de que no se pierda el objetivo general del proyecto que, sin duda, será beneficioso para la pequeña y mediana empresa, y que ha sido preocupación de este humilde servidor, así como de los demás colegas que integramos la Comisión Especial Pymes. He dicho. El señor LORENZINI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado don Fulvio Rossi. El señor ROSSI.- Señor Presidente, ésta es una iniciativa que va en la línea correcta respecto de los compromisos contraídos por el Gobierno con la pequeña y la mediana empresa, los que, en parte, se plasman en el proyecto. Tenemos que seguir trabajando en ámbitos como la asociatividad, la innovación tecnológica, la capacitación y la potenciación del desarrollo de muchas pymes que a lo largo del país generan empleo, riqueza, desarrollo y bienestar, pero que han tenido problemas a raíz de la crisis económica y, también, porque no hemos sido capaces de llevar a cabo un plan -el cual hoy se está haciendo, espero con éxito- de desarrollo acorde con la actual situación del país. En mi opinión, el artículo 1º contiene parte de los compromisos asumidos por la Presidenta de la República, en orden a conceder al Servicio de Tesorerías nuevas herramientas para reprogramar las deudas de una gran cantidad de pymes a lo largo del país, que hacían imposible que se levantaran y miraran el futuro con una expectativa de viabilidad, sobre todo, cuando un número importante de ellas hoy se encuentra en un estado de gran precariedad e inviabilidad. Respecto del artículo 2º, me sumo a lo señalado por los diputados señores Mulet, Leal y otros, en cuanto a que, realmente, se contradice con el espíritu del proyecto -así lo manifestó también el presidente de la Conapyme en una conversación que acaba de relatar el diputado Mulet- y con el título de la ley Nº19.628, sobre protección de la vida privada y protección de datos de carácter personal. Hay un punto sobre el cual esta Cámara se debe preocupar, en cuanto a que no podemos seguir potenciando una institución como Dicom, sobre todo, porque ha sido tan dramáticamente dañina para la economía chilena, para hombres de clase media que con esfuerzo han tratado de generar empleo y de salir adelante. Incluso, hemos visto cómo, en forma permanente, se han realizado esfuerzos para tratar de vulnerar el espíritu de la Ley Dicom, que un grupo de parlamentarios con mucho éxito llevaron adelante y a cuya aprobación concurrimos con nuestros votos. Todos los días, en nuestros distritos recibimos una cantidad enorme de reclamos de cómo los bancos vulneran el espíritu de la norma legal. Hoy, estar en Dicom es estar crucificado. En la práctica, es sinónimo de ser una empresa inviable; incluso, cuando una persona busca trabajo, se genera un círculo vicioso, perverso y dañino. Eso no es lo que queremos construir en Chile, sino dar oportunidades a la gente para que busque empleo y saque adelante a su familia, y para que los empresarios puedan sacar adelante su empresa. Por lo anterior, vamos a dar nuestro apoyo al artículo 1º; pero, sin duda, el artículo 2º lo vamos a votar en contra, porque desvirtúa el espíritu de la ley Dicom y del proyecto. He dicho. El señor LORENZINI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado don Rodrigo González. El señor GONZÁLEZ.- Señor Presidente, éste es un proyecto de gran importancia para las micro, pequeña y mediana empresa, además, una aspiración de muchos años que se concretó con la aceptación, por parte del Gobierno, en orden a dar un mayor plazo para la reprogramación de las deudas tributaria y previsional. La Conapyme había pedido un plazo de cinco años. Se establece uno de tres años, el que debemos mantener porque es el que aceptó el Ejecutivo, aun cuando reconozco que habría sido más conveniente un plazo mayor, porque la mochila que cargan las pymes es muy grande, y ello habría significado una mayor recaudación y asegurado la posibilidad de una reprogramación. Por ello, es importante que el proyecto se apruebe con la mayor celeridad, aun cuando estoy consciente de que, con la medida que se plantea en el artículo 2º, se va a demorar su tramitación, puesto que no existe consenso respecto del punto. Las medidas para facilitar el pago de la deuda previsional, que la Presidenta de la República anunció hace tres meses, debieron haberse aplicado con la mayor celeridad, puesto que los otros instrumentos del paquete de medidas para la micro y la pequeña empresa -lo digo con la autoridad de la opinión generalizada de todos los diputados que forman parte de la Comisión de la mediana y la Pequeña Empresa de la cual soy Presidente-, como la reprogramación de la deuda tributaria y la ayuda para el pago de la deuda previsional exigían una aplicación más rápida que los instrumentos de crédito. Los 200 millones de dólares, que fueron ampliados a 300 millones; el crédito de largo plazo del Banco del Estado; y la ampliación del Fogape, son todos instrumentos que sólo se van a utilizar si aquellos que postulan a dichos créditos están con sus deudas previsionales y tributarias en regla. Muchos microempresarios nos han planteado que quieren postular al Fogape, pero no pueden hacerlo porque aún mantienen una deuda previsional o tributaria. Por lo tanto, una mayor demora en la tramitación del proyecto va a causar un perjuicio enorme a la micro y la pequeña empresa. Por eso, es necesario separar ambos artículos, no sólo respecto de su votación -que fue petición del diputado Tuma y de otros colegas, a lo cual me sumo-, sino de hacer una propuesta al Ejecutivo, a fin de que tome en cuenta el clamor expresado aquí, y envíe al Congreso Nacional un nuevo proyecto de ley que favorezca, en general, a la micro y pequeña empresa y a todos los deudores de Chile, porque Dicom tiene una gran cantidad de insuficiencias y vacíos que sería necesario enmendar. Así, se podrían discutir con más tiempo las medidas a adoptar para que las deudas tributarias puedan ser pagadas en las mejores condiciones, premiando, por cierto, a las personas que pagan y no a quienes no cumplen. Pero eso debería ser materia de otro proyecto de ley. Por eso, quiero hacerle presente a la ministra la importancia que reviste el hecho de llevar a cabo una modificación de la ley Dicom, para que sea más general y, por lo tanto, materia de otra iniciativa legal. Si el Ejecutivo acepta esta propuesta, la decisión sería muy bien acogida por todos los deudores de impuestos, porque con ello se evitará una mayor dilación en el despacho de este proyecto tan importante, que deberíamos aprobar en esta sesión para que los micro y pequeños empresarios tengan la posibilidad de renegociar y reprogramar sus deudas tributarias. Quiero aprovechar esta oportunidad para expresar que la aplicación de las medidas implementadas por la Presidenta se ha visto dificultada por el hecho de que, hasta ahora, la mayoría de los micro y pequeños empresarios no han podido recurrir a los fondos que están disponibles en el Banco del Estado para obtener créditos destinados al pago de sus deudas previsionales. El Banco del Estado no ha establecido con claridad los mecanismos para el otorgamiento de tales créditos, lo que resulta urgente, porque la deuda previsional es otro de los aspectos que obstruyen la aplicación de las medidas propuestas por el Ejecutivo y que han sido tan bien recibidas por las pymes. Celebro que se haya hecho un esfuerzo, en virtud del artículo 2º, para dar un mayor plazo, de 18 meses, a los deudores morosos antes de ser enviados a Dicom. En general, considero inconveniente informar las cuentas pendientes, porque ello atenta contra el espíritu del artículo 17 de la ley Nº 19.628, que dispone claramente que estos instrumentos podrán ser enviados a Dicom cuando conste el consentimiento expreso del deudor obligado al pago y su fecha de vencimiento. En el caso de las deudas tributarias, este consentimiento expreso no existe y, por lo tanto, es muy importante respetar las normas que permiten el uso de este tipo de instrumentos de apremio a los deudores y que dicen relación especialmente con las deudas privadas. Por todas estas razones, me voy a sumar a la propuesta de los diputados que han intervenido, en cuanto a votar en forma separada el artículo 2º y proponer al Ejecutivo que envíe otro proyecto de ley que nos permita discutir y corregir las deficiencias que tiene la ley Dicom. Por eso, me permito solicitar el Ejecutivo que se lleve a cabo con la mayor rapidez posible el otorgamiento de créditos destinados al pago de las deudas previsionales de los micro y pequeños empresarios que no pueden recurrir, por ejemplo, a los fondos del Fogape, debido a que no han pagado sus deudas previsionales. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el honorable diputado Pablo Lorenzini. El señor LORENZINI.- Señor Presidente, en el mensaje se argumenta que es de suma importancia contar con un ordenamiento jurídico y administrativo que permita el pago oportuno de los distintos impuestos y de las obligaciones tributarias. En estos casos, el que paga siempre es el pequeño. Más adelante, el mensaje dice que sería necesario dotar al Servicio de Tesorerías de instrumentos modernos y eficaces que le permitan cumplir su labor de recaudación. ¿A quién le van a recaudar? Al pequeño empresario. Por último, se elimina todo tipo de discrecionalidad respecto de la información de los deudores morosos. ¿De quiénes? De los que no pueden hacer lobby y, por lo tanto, no pueden ejercer presión. Al final, un proyecto que tiene el loable objetivo de postergar o aplazar el pago de las deudas que se tienen con el Servicio de Tesorerías se complica, porque los hábiles -que los hay- y los inteligentes -que los hay más- incorporaron un artículo 2º -como lo dijo el diputado Tuma- que nos lleva a lo siguiente: a cambio de, te voy a enviar a Dicom; a cambio de, te voy a dejar fuera de cualquier otra transacción comercial; a cambio de, le voy a decir al país -aunque sean unas pocas lucas- que no pagas a tiempo. Y como todo esto me parece un poco populista, yo también voy a ser populista. Estamos hablando de un período en que tenemos 30 mil millones de dólares empozados en la banca internacional. La mayoría de los parlamentarios en esta Sala, de los dos lados, lo sabe porque aprobaron que la banca maneje los fondos previsionales de los chilenos. Entonces estamos hablando de un período en que lo único que hay son recursos. ¿Cuánto adeudan -como decía el diputado González- estos pequeños microempresarios? Si estamos preocupados de ellos, no deberíamos llevar cuatro años discutiendo los tribunales tributarios. ¿Qué dice el proyecto de ley sobre tribunales tributarios? Que los pequeños empresarios podrán negociar, que podrán sentarse a la mesa con el Servicio de Impuestos Internos, sin abogados, sin especialistas, y decir cuándo y cómo pagarán. No sé por qué ese proyecto sigue empantanado en el Senado. Aquí, damos un plazo; pero, me consta la historia. ¿Por qué mejor no les pedimos a todos los funcionarios públicos, parlamentarios, artistas y empresarios que publiquen sus declaraciones de impuestos? Creo que sólo el diputado Burgos lo ha hecho. Transparencia es la palabra, pero con los chicos. Ahora, si queremos ser populistas, ¿por qué no establecemos que se condonen todas las deudas tributarias que tengan más de diez años? Estoy hablando de 1997. ¿Acaso alguien va a pagar después de diez años? ¡Por favor! Eso es sólo para impedir que estas personas puedan hacer algo en su vida. ¡Más de diez años! No estoy hablando de quienes cometieron delitos -los pillines, a la cárcel-, sino de los pequeños empresarios; de la boletita, del que se atrasó porque no entendió. ¡Más de diez años! Se condona, se acabó, y a trabajar, que es lo que necesita el país. ¿Eso es mucho pedir? ¿Acaso es mucho pedir que por el solo imperio de la ley -si vamos a aceptar el Dicom-, pasados tres, cuatro o cinco años, el informe comercial quede vencido? ¿Cuántos años lleva el diputado Tuma pidiendo que se elimine? Si hasta en la iglesia el sacerdote, cuando le pregunta al feligrés en el confesionario si está arrepentido de lo que hizo y éste le dice que sí, lo perdona y le dice: “Salga, hijo mío, y camine por la vida. Dios nos da esperanzas”. Sin embargo, el Gobierno no nos da esperanzas. Un poco en broma, un poco en serio, creo que hay que terminar definitivamente con el drama de los microempresarios. El diputado Mulet habló con Rafael Cumsille, gran dirigente del gremio, quien lleva décadas luchando por esto. Por eso, vamos a votar en contra del artículo 2º. Pero quiero decirle al diputado Tuma, que pidió votación separada, que no es tan fácil hacerlo. Lo vamos a hacer, pero así tal como está no se puede. Por ahí aparecen los que se dicen inteligentes amarrando los dos artículos, el 1º y el 2º. Por lo tanto, voy a presentar una indicación -creo que el diputado Tuma me apoyará en ella- para facultar a la Mesa de modo que haga los cambios al artículo 1º, en el sentido de sustituir la expresión “de la fecha de vigencia del artículo 2º”, con lo cual si se cae este artículo no hay artículo 1º, por la frase “del día primero del mes siguiente al de su publicación”, y automáticamente reemplazar, la segunda vez que aparecen los mismos términos en el artículo 2º, por el vocablo “precedentemente”, es decir, separar los dos artículos -como señaló el diputado Mario Venegas-, de esta manera podremos votar el artículo 1º y los pequeños deudores van a tener 36 meses para pagar, tal como señaló el diputado José Miguel Ortiz, en su oportunidad, en la Comisión de Hacienda, donde fue secundado por otros señores diputados, para que paguen como puedan, en cuotas que les acomoden, porque hay actividades que en algunos meses tienen más dinero que en otros, como la agricultura o el turismo. Lo que queremos es que paguen, como puedan, en un plazo de 36 meses. Buena la idea. Ahora, respecto de la información de la deuda, pregunto al diputado señor Latorre si ha estado en Dicom alguna vez, porque la mitad o más de los chilenos ha figurado en él. El Gobierno debiera buscar a los pillines, y sabemos que no son los microempresarios, sabemos dónde están. Basta con observar el trabajo de las Comisiones Investigadoras: ahí están los “pillines”. Y si alguien pretende desaforarme por lo que digo, que lo intente, ya he ganado desaforamientos. Estamos equivocando el objetivo. Es obvio que a los microempresarios no los vamos a mandar al Dicom. A los “pillines”, sí. No a la señora del kiosco de la esquina donde los domingos vamos a comprar el diario o las empanadas. Por un lado, el proyecto es espectacular, pero amarraditos los dos artículos. Si se acepta la indicación que voy a presentar, podremos votar separadamente los dos artículos y decirle al Gobierno que está bien dar facilidades, pero no nos parece lo del Dicom, como dijo el diputado González. Discutámoslo, estamos abiertos a ello. Pero lo del Dicom es algo que muchos hemos reclamado, sobre todo los diputados más antiguos. No estamos en contra de dar la información. Estamos a favor de la transparencia y para eso está el Dicom, pero partamos por transparentar a los que tienen, a los que no pagan impuestos, a los que evaden sus responsabilidades, y ésos no son los pequeños empresarios, no son los más chicos. Cumsille tiene llegada, puede hablar por teléfono con Mulet o con otros diputados, pero esto no se arregla con llamados telefónicos, sino con raciocinio. El diputado Arenas, de la Alianza, ya lo dijo, el artículo va a ser rechazado por unanimidad, lo que revela que no se trata de política, de Alianza o de Gobierno, sino de conocimiento de la ciudadanía. Es un tema transversal. Entonces, con mucho respeto le pedimos a Hacienda que no se sienta mal. Está presente la ministra de Economía subrogante y aun cuando este tema lo hemos visto más con Hacienda, hoy le toca a su ministerio. Por tratarse de las pymes, es más de Economía que de Hacienda. Me parece que hay que declarar una voluntad frente a las platas empozadas por el mundo, rindiendo un 4,5 por ciento. ¿Por qué, en vez de ocuparnos de los pequeños empresarios, no vemos si el Banco Central está cumpliendo con su función? En el Senado están en eso. Termino diciendo que voy a presentar la indicación mencionada y espero que tenga el respaldo de la Sala. Sé que no estoy haciendo nada contra el Reglamento. Estoy claro de que esta indicación puede presentarse y con ello facilito la decisión de su señoría de que votemos separadamente los artículos 1º y 2º. Con ello, favorecemos a los pequeños empresarios y a los “pillines” los mandamos para su casa. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra la ministra de Economía subrogante, señora Ana María Correa. La señora CORREA (ministra de Economía subrogante).- Señor Presidente, el proyecto de reprogramación tributaria y fortalecimiento de las facultades de Tesorería se enmarca dentro del compromiso Chile Emprende Contigo, anunciado por la Presidenta a fines de mayo pasado. Este compromiso abarca cinco grandes líneas de acción: la primera se refiere a la posibilidad de establecer un entorno más amigable para las pymes. En esta línea, se ha pedido una tramitación más rápida que de los tribunales tributarios, tema al que se refirió el diputado Lorenzini hace un momento, y de la presentación del estatuto para las empresas de menor tamaño, que iniciará su tramitación en el Congreso Nacional en noviembre próximo. La idea es igualar la cancha para las empresas de menor tamaño y establecer igualdad de posibilidades para emprender. Es un tema recurrente en nuestro Gobierno. La Presidenta Bachelet ha manifestado en innumerables ocasiones su compromiso con este sector y la necesidad de contar con estas empresas de menor tamaño aportando al desarrollo del país. Ése es el desarrollo inclusivo al que nos ha llamado a construir. Requerimos empresarios y empresarias innovadores y cumplidores, comprometidos con el país. Chile figura en los ranking internacionales con un buen nivel en ese aspecto, y los empresarios de menor tamaño tienen las mismas condiciones. Ha habido circunstancias dentro del desarrollo del país que en el último tiempo han llevado a algunas empresas a contraer deudas. El proyecto persigue que esas empresas con deuda tributaria mejoren su situación y paguen sus deudas, pero en condiciones que les permitan hacerse cargo de ellas. Ésa es la razón de que se establezca un período de tiempo para pagarlas. Además, se condonan intereses y multas. Ochenta por ciento en caso de convenio de pago, y 90 por ciento en caso de pago al contado. La iniciativa es importante para los pequeños empresarios y empresarias. La hemos elaborado con distintas organizaciones de empresarios y es lo que hoy presentamos en la Cámara de Diputados. Quiero hacer hincapié en la importancia de que este proyecto sea tramitado con prontitud. Junto con las medidas anunciadas sobre reprogramación de deudas y mejoras del entorno para las empresas de menor tamaño, (EMT), hay tres líneas más en el compromiso Chile Emprende Contigo. La primera se refiere al apoyo al emprendimiento, a la innovación y a la capacitación, donde también estamos avanzando. La segunda línea se refiere a la mejora de la situación del mercado, entre lo que podemos destacar el proyecto de ley de fortalecimiento de la Fiscalía Nacional Económica y del Tribunal de libre competencia. La última línea, sobre la que me extenderé más en detalle, tiene que ver con las posibilidades de financiamiento a las empresas de menor tamaño. La Corfo acaba de licitar el crédito Corfo-inversión, que es muy importante que pueda ser discutido. Un señor diputado mencionó hace un momento esta nueva modalidad de financiamiento. Los fondos fueron licitados. Siete bancos están en condiciones de otorgar créditos a empresas de menor tamaño en muy buenas condiciones de tasas y de plazos. El plazo mínimo es de tres años. Por lo tanto, ahora tenemos líneas de crédito de largo plazo, otorgadas por el Banco del Estado, con los 300 millones de dólares que ya están a disposición, de los cuales se han utilizado 70 millones por empresarios de menor tamaño. Posiblemente, con el crédito de inversión nuevos bancos del sector privado -hay seis interesados- podrán entregar créditos a las empresas de menor tamaño en muy buenas condiciones de plazos y tasas que fluctúan entre 7,8 y 13 por ciento. Ello significa un gran avance en la disposición de financiamiento de largo plazo para este tipo de empresas. En ese marco, nos interesa tener empresarios y empresarias con su situación tributaria saneada. Ahí radica la importancia de este proyecto. He escuchado con atención los planteamientos de los señores diputados. Creo que hay un compromiso de esta Sala con los empresarios de menor tamaño, lo que nos alegra mucho. Es importante aprobar un buen proyecto para provocar las posibilidades de renegociación que requieren. Por otro lado, quiero destacar que la mayor parte de los empresarios de menor tamaño quieren superar su situación de endeudamiento. No es su costumbre estar endeudados. Buscan solucionar una situación puntual provocada en el proceso de desarrollo, que no ha sido lo más bondadoso con ellos. Estamos enfrentando la posibilidad de desarrollar distintos apoyos y, como decía anteriormente, a través del Estatuto para las Pequeñas Empresas establecer un entorno amistoso para ellas. Por lo tanto, soy optimista acerca de las futuras posibilidades de estos empresarios y empresarias. No deberían tener problema de endeudamiento tributario mayor porque estamos incentivando mejores condiciones para el desarrollo de estas empresas. En ese sentido, lo más relevante del proyecto es permitir el saneamiento de su situación y que empiecen a producir pronto y en mejores condiciones. Eso, a la vez, les permitirá cumplir con sus obligaciones tributarias. Lo importante ahora es sacar pronto un buen proyecto, de acuerdo con las necesidades planteadas por los diversos empresarios y empresarias con quienes hemos tenido posibilidad de conversar. Eso es cuanto puedo aportar al debate de este proyecto. Muchas gracias. El señor WALKER (Presidente).- Cerrado el debate. Corresponde votar en general el proyecto, de origen en mensaje, que amplía el plazo para otorgar facilidades para el pago de impuestos adeudados que indica, y modifica el artículo 17 de la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 90 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor WALKER (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Herrera Silva Amelia; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. El señor WALKER (Presidente).- Se ha pedido votar en particular separadamente los dos artículos de que consta el proyecto. Sin embargo, diputados de todas las bancadas han presentado una indicación al artículo 1º, y para votarla de inmediato se requiere la unanimidad de la Sala. ¿Habría acuerdo en tal sentido? Acordado. El señor Secretario va a dar lectura a la indicación.El señor LOYOLA (Secretario).- De los diputados señores Lorenzini, Tuma, Arenas, Ascencio, Roberto Sepúlveda, Rossi, Aedo, Dittborn y Delmastro, para sustituir en el artículo 1º la expresión “de la fecha de vigencia del artículo 2º” por “del día 1º del mes siguiente al de publicación”, y para reemplazar la segunda vez que aparecen, los términos “en el artículo 2º de esta ley” por el vocablo “precedentemente”. El señor WALKER (Presidente).- En votación el artículo 1º con la indicación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 98 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor WALKER (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Herrera Silva Amelia; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. El señor WALKER (Presidente).- En votación el artículo 2º. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 1 voto; por la negativa, 96 votos. Hubo 1 abstención. El señor WALKER (Presidente).- Rechazado. -Votó por la afirmativa el señor Burgos Varela Jorge. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Herrera Silva Amelia; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monsalve Benavides Manuel; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.-Se abstuvo el diputado señor Valenzuela Van Treek Esteban. El señor WALKER (Presidente).- Despachado el proyecto. Terminado el Orden del Día. VII. PROYECTOS DE ACUERDORENACIONALIZACIÓN DEL COBRE. El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al primer proyecto de acuerdo. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 414, de los señores Marcos Espinosa, Sule, Robles, Mulet, Encina, Rossi y José Pérez, que en su parte resolutiva dice: “La Cámara de Diputados acuerda: 1. Solicitar a su excelencia la Presidenta de la República, Michelle Bachelet Jeria, avanzar progresivamente a la renacionalización del cobre, reconociendo que el cobre es de todos los chilenos y chilenas y no de las empresas transnacionales. 2. Solicitar a su excelencia la Presidenta de la República que el gobierno central, el año 2008, aumente los presupuestos que destina a todas las regiones del país, particularmente a aquellas más necesitadas y a aquellas que generan los recursos fruto de la explotación minera entregando al gobierno central aportes muy por encima de los que éste retribuye a través del presupuesto general de la nación”. El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Sergio Aguiló. El señor AGUILÓ.- Señor Presidente, como se sabe, cada vez es más evidente que los países desarrollan políticas de resguardo de las riquezas básicas, y el proyecto de acuerdo, precisamente, tiene que ver con colocar a Chile, dentro de América Latina, en una corriente muy importante y fecunda, cual es la de compatibilizar la economía de mercado con una en la cual la empresa privada juega un rol de primer orden; pero el Estado, al mismo tiempo, en resguardo del bien común, se hace cargo de la administración, propiedad y gestión de las grandes riquezas estratégicas. En Chile, el cobre ha sido, es y seguirá siendo una reserva de una riqueza estratégica. Pero se sabe que Codelco es dueño, apenas, del 35 por ciento de los yacimientos en explotación. El 65 por ciento restante está en manos de empresas privadas que se han llevado millones de millones de dólares al extranjero, sin pagar royalty ni derechos por la explotación de este mineral básico. De manera que como ha ocurrido en otros países de América Latina, queremos solicitar a su excelencia la Presidenta de la República que se estudie la posibilidad de renacionalizar, en un acuerdo complementario con los inversionistas extranjeros, la mayoría de las acciones de las empresas propietarias de los yacimientos de cobre, para que en aquellos que hoy son de propiedad privada el Estado sea el responsable o el tenedor del 50 por ciento más uno de sus acciones. Los chilenos podemos constatar que sin el actual precio del cobre jamás habrían podido implementarse las políticas sociales que el Estado y los gobiernos han realizado en el último tiempo. Por eso, es de interés nacional que las riquezas del cobre sean mayoritariamente propiedad del Estado. He dicho. El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Gabriel Ascencio. El señor ASCENCIO.- Señor Presidente, entiendo que este proyecto de acuerdo va a generar debate. Incluso, desde el punto de vista comunicacional, lo estimulará. Es más, hará sonreír a algunos. Pero, si se logra su aprobación, permitirá una gran discusión del cobre y de los beneficios que reciben los chilenos a raíz de los recursos que genera este metal. Para los democratacristianos, este tema siempre ha sido central. En su tiempo, durante el gobierno de Allende, para nacionalizar el cobre se debió tener en cuenta lo que se conoce como la “chilenización” del cobre, la que se debió al trabajo de los democratacristianos, encabezados por Eduardo Frei Montalva, a partir de 1964, y que tuvo una razón: hacer que Chile aproveche efectivamente sus riquezas minerales. Radomiro Tomic fue consecuente en esta materia. Siempre mantuvo la idea de que a través de los recursos del cobre podíamos lograr que este país creciera y se desarrollara más. En su oportunidad, el Congreso Nacional aprobó el royalty, con el objeto de producir mayor equidad en la utilización de los recursos mineros. Pero tenemos un grave problema: el royalty no es lo que hubiésemos esperado. Por eso, debemos estimular una discusión de este tipo, a fin de terminar con una situación que constituye una vergüenza en el país: la acumulación y concentración de la riqueza en pocas manos. Lo contrario significará seguir permitiendo que unos pocos se aprovechen de la riqueza de Chile. Anuncio mi voto favorable a este proyecto de acuerdo, en el ánimo de que tengamos una discusión buena, sana y necesaria respecto de qué hacemos con el cobre, que hoy produce una extraordinaria riqueza, pero que no está siendo bien distribuida en favor de los chilenos que tanto la necesitan. He dicho. El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).- Para impugnar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Alejandro García-Huidobro. El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señor Presidente, en primer lugar, el título y los considerandos de este proyecto de acuerdo no tienen relación alguna con lo que sus autores piden a la Presidenta de la República. Me hubiera gustado que algunos de los diputados que lo suscribieron hubieran explicado de qué se trata. En segundo lugar, parece que Codelco les quedó chico. Por una parte, la Concertación ha privatizado Codelco con la externalización de los servicios, pero, por otra, pretende renacionalizar el cobre. Hoy vemos que Codelco es un gran negocio para los ejecutivos y es un “Pojh” que tiene la Concertación para ingresar a quienes no tienen trabajo en otras partes. Parece que de esa manera quieren disminuir el alza que han experimentado los costos de Codelco. Creo que ésta es la peor señal que puede dar la Cámara de Diputados respecto de la inversión extranjera en el país. Hoy tenemos a la Presidenta de la República pidiendo inversión extranjera. Sin embargo, lo único que sus autores hacen con este proyecto de acuerdo es destruir la imagen de Chile y la seriedad que se requiere ante el mundo para atraer inversión. Este proyecto se orienta a lo que ocurrió en el pasado; esto es, a la falta de respeto a la propiedad privada, a la innovación y a las personas que se han preocupado de hacer surgir este país. Por lo demás, el proyecto demuestra cómo actúa la Concertación: la Presidenta dice una cosa, los ministros dicen otra y, por su parte, ciertos diputados están proponiendo renacionalizar lo que es de Chile. Ocurre que los recursos mineros son del país. Lo que se licita es su explotación, a lo cual puede acceder el resto de las personas, sean nacionales o extranjeras. Pero la propiedad de los recursos mineros -reitero- es del Estado. Si hay un proyecto de acuerdo que lo único que hace es destruir lo que ha avanzado el país, es éste. Por lo tanto, anuncio que lo votaremos en contra. He dicho. El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado René Aedo. El señor AEDO.- Señor Presidente, quiero expresar mi profundo rechazo a este proyecto de acuerdo y llamar a los diputados a votarlo en contra. En primer lugar, es un proyecto extemporáneo, porque fue en la década del sesenta cuando el Presidente Frei Montalva llevó a cabo la chilenización del cobre, con la cual se inició un proceso que culminó con su nacionalización y con la promulgación de la ley Nº 17.450, que estableció que el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, covaderas, arenas metalíferas, salares, depósitos de carbón e hidrocarburo, sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales. Esto fue ratificado en la Constitución Política de 1980. Posteriormente, se dictó la ley Nº 18.097, que establece que las concesiones mineras, de exploración y de explotación, son derechos reales e inmuebles, distintos e independientes del dominio del predio superficial, susceptibles de transferirse o de hipotecarse, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Código Civil. Tenemos una inversión importante -más de 40 mil millones de dólares- en los próximos cinco años, para lo cual la minería es fundamental. Este proyecto de acuerdo constituye un acto expropiatorio sobre las concesiones mineras. Codelco abarca la mayor parte de las reservas mineras del país -más 318 millones de toneladas-, lo que le permitiría explotar yacimientos durante más de 200 años. A pesar de eso, en los últimos diez años, las empresas privadas que han obtenido concesiones han explotado yacimientos 2,5 veces más rápido que Codelco. Este proyecto de acuerdo es una aberración porque va contra la inversión privada en el país y altera las reglas del juego. Por lo tanto, sería muy grave su aprobación. He dicho. El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).- En votación el proyecto de acuerdo Nº 414. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 54 votos. Hubo 1 abstención. El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).- Rechazado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Díaz Del Río Eduardo; Encina Moriamez Francisco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; González Torres Rodrigo; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; León Ramírez Roberto; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Mulet Martínez Jaime; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Rossi Ciocca Fulvio; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Súnico Galdames Raúl; Valenzuela Van Treek Esteban; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Aedo Ormeño René; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Arenas Hödar Gonzalo; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Estay Peñaloza Enrique; Forni Lobos Marcelo; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Hernández Hernández Javier; Herrera Silva Amelia; Isasi Barbieri Marta; Kast Rist José Antonio; Leal Labrín Antonio; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Moreira Barros Iván; Norambuena Farías Iván; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Tohá Morales Carolina; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Vargas Lyng Alfonso; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe.-Se abstuvo el diputado señor Vallespín López Patricio.ESTUDIO DE LA SITUACIÓN DE FUNCIONARIOS EN RETIRO DE GENDARMERÍA. El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al proyecto de acuerdo Nº 415. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 415, de los señores Martínez, Farías, Ojeda, Duarte, Cardemil, Lobos, Monckeberg, don Cristián; Sepúlveda, don Roberto; Bertolino y señora Herrera, doña Amelia, que en su parte resolutiva dice: La Cámara de Diputados acuerda: Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que, en uso de sus facultades, por la vía de los ministerios correspondientes, realice un estudio completo de la situación de los funcionarios de Gendarmería de Chile y el posterior envío al Congreso Nacional de un proyecto de ley que haga beneficiarios de la “Bonificación por Egreso”, de la ley Nº 19.998, a los funcionarios de Gendarmería de Chile que fueron Ilamados a retiro -durante el año 2004- por aplicación del decreto con fuerza de ley N.º 2, de 1968, del Ministerio de Interior, denominado Estatuto del Personal de Carabineros”. El señor DÍAZ, don Marcelo (Vicepresidente).- Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Rosauro Martínez. El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, la esencia de este proyecto de acuerdo es enmendar una situación muy injusta que se produce con la aplicación de las disposiciones contenidas en la ley Nº 19.998, que otorga una bonificación por egreso al personal de Gendarmería de Chile. Esta norma jurídica se originó por la inaplicabilidad de la ley Nº 19.882 a dicho personal, pues ésta exige, para acceder a tal beneficio, haber cumplido 65 años de edad en el caso de los hombres y 60 años de edad en el de las mujeres. Como los funcionarios de Gendarmería tienen un sistema de retiro similar al de Carabineros y de la Policía de Investigaciones, la norma que entrega tal bonificación de retiro era inaplicable para estos funcionarios. Ante esa realidad, el Ejecutivo envió a tramitación un proyecto de ley cuya idea central era otorgar una bonificación por egreso al personal de las plantas I y II del Escalafón de Oficiales Administrativos Penitenciarios, reemplazando la bonificación por retiro establecida en la ley Nº 19.882, lo que significaba sustituir el requisito de edad por el de treinta o más años de servicios efectivos. Ese proyecto se aprobó en enero de 2005 y se publicó en el Diario Oficial como ley Nº 19.998 el 4 de febrero de ese año. En síntesis, ésa es la evolución de esa norma jurídica, cuya aplicación, como expresé, ha sido profundamente injusta. Meses antes de la aprobación de dicha ley, el alto mando institucional de Gendarmería de Chile comenzó a llamar a retiro a los funcionarios que tenían treinta o más años de servicios o que estaban a meses de su cumplimiento. A todas esas personas se aplicó el artículo 115, letra c), del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1968, que, dentro de las causales del retiro absoluto del personal, señala la siguiente: “Por cumplir treinta años de servicios efectivos en Carabineros”. Al respecto, es importante agregar que la aplicación del citado decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1968, sólo se hizo durante 2004, pues en los años anteriores el criterio fue diferente, como lo prueba el hecho de que en situaciones similares, por beneficios legales entregados, los funcionarios se acogieron en forma voluntaria a él, quedando en servicio activo personas con más de treinta y dos años de servicios. No acostumbro juzgar intenciones, pero me llama la atención esa situación. A mi juicio, con ese actuar se ha discriminado y vulnerado el espíritu de esa ley, que no era otro que entregar un merecido reconocimiento a un conjunto de servidores públicos que entregaron gran parte de su vida en beneficio del país, en un sector tremendamente difícil y riesgoso. De otro modo, no se explica la génesis de la ley Nº 19.998 y la disponibilidad presupuestaria, del orden de 1.796 millones de pesos para el primer año y de 1.300 millones de pesos para el segundo año. Por esa razón, sólo un número muy menor de funcionarios accedió a la bonificación. La mejor manera de ilustrar lo que estoy diciendo es con ejemplos concretos. En honor al tiempo, sólo voy a citar un caso de la aplicación del DFL Nº 2, de 1968. Se trata de don Sady Mario Mena Esparza, de la II Planta de Vigilantes Penitenciarios, de la dotación del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur. Ese funcionario fue llamado a retiro absoluto mediante la resolución Nº 27, de 21 de enero de 2005, que fue tramitada por la Dirección Nacional con fecha 15 de febrero de 2005. Es decir, fue llamado a retiro cuatro días antes de la fecha de promulgación de la ley Nº 19.998, y eso se tramitó once días después de publicada dicha ley. En mi opinión, ese ejemplo muestra por sí solo una actuación que vulnera el objetivo de dicha norma jurídica, con el consiguiente perjuicio para un significativo número de funcionarios que no merecían ese trato. Por lo tanto, estimados colegas, como hemos hecho tantas veces en esta Cámara, pido que hoy, cuando aspectos como la equidad y la ética social nos conmueven, busquemos alguna solución al drama de cientos de funcionarios de Gendarmería que fueron llamados a retiro en 2004, diría, sin más razón que para evitar un pago, en circunstancias de que, como han reconocido autoridades de dicha institución, a la fecha existe una carencia importante de funcionarios en más de cincuenta ciudades. El proyecto pide estudiar con detención esta materia para buscar alguna fórmula jurídica adecuada, de manera de resolver la situación que afecta al señor Mena Esparza y a tantos otros funcionarios que no merecían ese trato. Por lo indicado, pido la aprobación unánime del proyecto. He dicho. El señor DÍAZ (Vicepresidente). Para impugnar el proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 53 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor DÍAZ (Vicepresidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aedo Ormeño René; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Correa De La Cerda Sergio; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Alvaro; Estay Peñaloza Enrique; Forni Lobos Marcelo; Galilea Carrillo Pablo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Hernández Hernández Javier; Herrera Silva Amelia; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Moreira Barros Iván; Mulet Martínez Jaime; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Rojas Molina Manuel; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vargas Lyng Alfonso; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe. -Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: www.camara.cl/pacuerdo/ VIII. INCIDENTESINTERVENCIÓN DEL ESTADO EN INVESTIGACIÓN DE HOMICIDIO DE PERIODISTA CHILENO EN PARAGUAY. Oficios. El señor DÍAZ (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Independiente, tiene la palabra el diputado señor Esteban Valenzuela. El señor VALENZUELA.- Señor Presidente, un chileno fue asesinado en Paraguay. Se trata del periodista Tito Palma, oriundo de Aisén, quien trabajaba en radios comunitarias de la localidad de Mayor Otaño, al sur de Asunción. Por las informaciones de prensa, todo indica que ese compatriota fue asesinado por mafias locales, debido a sus denuncias de corrupción vinculadas al narcotráfico y el contrabando. Por lo expresado, en nombre del Comité Independiente, pido oficiar al ministro de Relaciones Exteriores para que el Gobierno se haga parte de la investigación que se lleva a cabo, de manera que el crimen del compatriota Tito Palma no quede impune. Asimismo, pido que, en homenaje a la búsqueda de la verdad que, en su calidad de periodista, hizo Tito Palma, se remita mi intervención a su familia y al Colegio de Periodistas. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo indican.ACTIVACIÓN DE CONVENIO DE BASILEA EN RELACIÓN CON CONTAMINACIÓN POR METALES PELIGROSOS. Oficio. (Aplicación del artículo 52, número 1), letra a), de la Constitución). El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra la diputada señora Ximena Valcarce. La señora VALCARCE (doña Ximena).- Señor Presidente, durante 1984 y 1985, la compañía sueca Boliden Metal envió a Promel Limitada 20 mil toneladas métricas de residuos metálicos para ser almacenados en Arica, manifestando al Servicio de Aduanas que estaban destinados a recuperar su contenido de cobre, plata y oro. Esos residuos se acopiaron en un sitio perteneciente a Bienes Nacionales, con el visto bueno del Servicio de Salud. Sobre ese acopio se construyeron varias poblaciones, cuyos habitantes, en especial niños, evidenciaron diferentes problemas de salud, lo que llevó a las autoridades a realizar estudios sanitarios del terreno. Esto permitió comprobar que estaba contaminado con residuos de plomo, arsénico, cadmio y otros minerales altamente peligrosos para la salud humana, debido a los cual hoy miles de ariqueños se encuentran contaminados. Las diferentes acciones llevadas a cabo para reparar ese daño han resultado estériles, incluidas las recomendaciones que hizo la Comisión Investigadora de esta honorable Cámara. Debido a lo indicado, las mil 400 familias damnificadas crearon la Asociación de Familias Contaminadas con Metales Tóxicos de Arica, Afccomta, con el fin de alcanzar una solución integral de sus justas demandas de atención, reparación e indemnización, y sus acciones hoy han dado fruto en los tribunales de justicia. Pero es justo que en esta materia se involucre no sólo el Estado de Chile, sino también al de Suecia, pues ambos países suscribieron el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, cuyos términos contravinieron la empresa chilena Promel Limitada y la sueca Boliden Metal, específicamente sus artículos 4º y 9º, en lo que se refiere a la internación, exportación y tráfico ilícito de desechos peligrosos. En virtud de lo expresado, pido oficiar a la Presidenta de la República, a fin de que el gobierno de Chile gestione ante el gobierno de Suecia la activación del Convenio de Basilea, con el objeto de resolver la situación producida por el tráfico ilícito de metales peligrosos remitidos desde Suecia por la empresa Boliden Metal a la ciudad de Arica, que ha causado grave daño a la salud de los pobladores. Todo lo anterior, de acuerdo con el artículo 52, número 1), letra a), de la Constitución Política. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En votación la solicitud de la diputada señora Ximena Valcarce. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 46 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aedo Ormeño René; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Correa De La Cerda Sergio; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Estay Peñaloza Enrique; Forni Lobos Marcelo; Galilea Carrillo Pablo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; Hernández Hernández Javier; Herrera Silva Amelia; Isasi Barbieri Marta; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Moreira Barros Iván; Norambuena Farías Iván; Palma Flores Osvaldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Vargas Lyng Alfonso; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe.-Se abstuvo el diputado señor Walker Prieto PatricioHOMENAJE EN MEMORIA DE DON JULIO FREGONARA MORELLI, EX BOMBERO DE TALCAHUANO. Oficios. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En el turno siguiente, tiene la palabra el honorable diputado señor Jorge Ulloa. El señor ULLOA.- Señor Presidente, el lunes recién pasado, en una noche lluviosa, en mi distrito, Talcahuano, la ciudad y, en particular, su cuerpo de bomberos, acompañó hasta su última morada a un gran ciudadano que no sólo tuvo el reconocimiento de su comunidad, del país, sino también del extranjero. Se trata de un ciudadano al que mi colega, el diputado Raúl Súnico, ayer, también le rindió un justo reconocimiento por su labor. Estamos hablando, nada más y nada menos, que de una distinguidísima persona con la cual su señoría también compartió: el ex capitán honorario de la Cuarta Compañía de Bomberos de Talcahuano, ex comandante honorario, que ocupó todos los cargos, incluido el de superintendente de Bomberos de Talcahuano, don Julio César Fregonara Morelli, quien, a la edad de ochenta años, dejó de existir víctima de una enfermedad, dejando un gran legado para la ciudad y Chile. Don Julio Fregonara Morelli, hijo de italianos que, agradecidos, fundaron la Cuarta Compañía Italiana de Bomberos Voluntarios, ingresó a ella cuando aún no cumplía diecisiete años de edad. Había nacido en 1926 y en 1443 ya estaba ingresando a bomberos. Tuvo sesenta y cuatro años de servicios efectivos, porque don Julio Fregonara estuvo siempre en los grandes acontecimientos de la ciudad y, en particular, de bomberos. Como se señalara durante sus exequias, él, junto a hombres tan distinguidos como el doctor don Luis de la Cerda Schuyler y don Fernando Etcheverry Urra -fallecido hace algo más de un año-, fueron los hombres que dieron eficiencia, grandeza y un enorme prestigio a los bomberos en Talcahuano y más allá de sus fronteras. Don Julio, hombre bondadoso, comerciante de profesión, se casó joven con doña Iris Molina Cárcamo, con quien compartió penas y alegrías. Tuvieron dos hijos, Julia y Luis, que es actual superintendente de Bomberos de Talcahuano. Enviudó hace más de veinte años. Don Julio fue conocido asimismo por los bomberos de todo Chile por su eficientísimo trabajo. Pero, lo más importante es que, el 2002, recibió el reconocimiento del gobierno italiano, quien tuvo la gentileza de nombrarlo “Caballero de la República italiana”, como una manera de reconocer en él la italianidad que transmitía a la ciudad y a todo lo que hacía. Don Julio fue, de verdad, un gran caballero, no sólo por nombramiento gubernamental, sino también por su excepcional personalidad. Fue un gran deportista. En 1986, fue nombrado el deportista más destacado de la ciudad, porque dio gloria a Chile en un deporte muy italiano, como es la bocha. Participó en numerosas instituciones; pero, tal vez, lo que más destaca el rasgo y la personalidad de don Julio, fue su alegría de vivir y de servir. Si hay un hombre en quien se hizo carne y patente el lema de bomberos de que sólo existo para servir, fue don Julio Fregonara Morelli. Por circunstancias de la vida, don Julio conoció a mi familia, mucho antes de que yo naciera. Gracias a él, bajo su apadrinamiento, logré incorporarme a esta compañía de bomberos, hace ya más de treinta y tres años. Sólo puedo decir que me siento profundamente orgulloso de haberlo conocido, como también de haber servido bajo su mando y de haberle querido y apreciado. Señor Presidente, es necesario que estas palabras sean transmitidas al Cuerpo de Bomberos de Talcahuano y a su familia, porque siento que hombres como Julio Fregonara Morelli nos hacen sentir cada día más orgullosos de ser chilenos. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio, en forma especial, al Cuerpo de Bomberos de Talcahuano, a su Cuarta Compañía y a la familia del homenajeado, y se adjuntará el texto íntegro de su intervención, con la adhesión de los honorables señores diputados que así lo están indicando.REVISIÓN DE MEDIDA DE CIERRE DE CENTRO ECUESTRE DEL EJÉRCITO EN RANCAGUA. Oficio. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Eugenio Bauer. El señor BAUER.- Señor Presidente, hace bastante años, en la ciudad de Rancagua, bajo el alero de la Brigada Aérea del Ejército de Chile, se creo un centro con la finalidad de fomentar la equitación en la región. Ese centro ecuestre funcionó en varios partes. Al final, se cobijó a un costado de la pista de aterrizaje de la Sexta Región, donde ocupa un pequeño espacio. Poco a poco fue creciendo y a medida que llegaban nuevos generales o nuevas autoridades del Ejército, se hacían inversiones de adelanto, de forma tal que hoy cuenta con un picadero techado, pesebrera para 40 caballos y una cancha de equitación al aire libre. En este centro se desarrolló hasta el año pasado un programa de hipoterapia para rehabilitar a niños con ciertos retrasos o deficiencias. En Rancagua tenemos cerca de 100 niños con problemas neurológicos que podrían participar de este programa. Lamentablemente, el Ejército decidió cerrar el centro ecuestre, lo que es penoso, porque se perderá una tremenda inversión y, amén de dejar fuera de la actividad ecuestre a más de 30 jóvenes jinetes, se acabarán los cursos de hipoterapia. Por eso, pido que se oficie al ministro de Defensa Nacional para que revise la medida y medie para que el Ejército arriende las instalaciones del centro ecuestre a privados, para seguir participando y disfrutando de la equitación, uno de los deportes que más satisfacciones ha dado al país a nivel mundial. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que así lo están manifestando a la Mesa.AGUINALDO DE FIESTAS PATRIAS PARA TRABAJADORES DE PLANES DE EMPLEO DE EMERGENCIA DE CONCEPCIÓN. Oficio. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Bobadilla. El señor BOBADILLA.- Señor Presidente, la provincia de Concepción presenta los más altos índices de cesantía, según los indicadores del Instituto Nacional de Estadísticas. Para suplir esta dificultad, el Gobierno ha creado los planes de empleo de emergencia, y en mi zona son miles las personas y familias cesantes que se han incorporado a ellos. Con mucha ilusión, la gran mayoría de los trabajadores de los planes de empleo de emergencia de la zona que represento recibieron, hace un par de meses, al subsecretario del Trabajo. En su visita, les mencionó que las condiciones remuneracionales y los contratos de trabajo iban a cambiar. Les manifestó que se iban a implementar contratos por seis meses, lo que ya está en práctica, y que las medias y tres cuarto de jornada se iban a ampliar a jornada completa, cosa que no ha ocurrido en la comuna de Santa Juana, donde todavía tenemos personas con media jornada. El subsecretario del Trabajo también les dijo que tendrían aguinaldo de Fiestas Patrias y de fin de año. Aquí llamo la atención, porque se está discriminando de estos trabajadores, puesto que para los empleados del sector público se anunció un aguinaldo sobre los 30 mil pesos y para quienes están en los planes de empleo uno de 17 mil. Quienes hoy tienen una situación laboral complicada no merecen este trato discriminatorio e injusto ni se les puede tratar distinto al resto de los funcionarios públicos. Ayer, fuimos testigos de las manifestaciones que se desarrollaron en Concepción, en las que participaron trabajadores eventuales de Lota, Talcahuano, Penco, Coronel, Tomé y Santa Juana. Hoy se encuentran en Santiago pidiéndole al ministro del Trabajo un trato igualitario y que se les otorgue el mismo aguinaldo que recibirá el sector público. Por lo tanto, pido que se oficie al ministro del Trabajo para que corrija esa discriminación, de manera que los trabajadores de los planes de empleo reciban el mismo trato que se da a los funcionarios públicos; es decir, que el mismo monto del aguinaldo anunciado para el sector público lo reciban también quienes se desempeñan en los planes de empleo. Es de justicia que todos estos trabajadores tengan el mismo trato. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que así lo están manifestando a la Mesa.INFORMACIÓN SOBRE OBRAS VIALES EN LA PRIMERA REGIÓN. Oficio. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra la diputada señora Marta Isasi. La señora ISASI (doña Marta).- Señor Presidente, una vez más utilizo esta tribuna para manifestar mi preocupación y molestia por la tardanza en la ejecución de las obras de reparación de la ruta Huara-Colchane 15 CH, reconocida por la Presidenta de la República como ruta internacional. Con el tiempo, la ejecución de las obras se ha transformado en el cuento del lobo. Mi preocupación y molestia se sustenta en que se nos informó que durante junio se llamaría a licitación; sin embargo, a la fecha no hay certeza de que así haya ocurrido. Como he dicho en reiteradas ocasiones, para nuestra región, para nuestra gente, para mi gente, es de suma importancia que los plazos se respeten y se cumplan, para contar pronto con una ruta tal cual se nos prometió. El seremi de Obras Públicas de la Primera Región, don Miguel Silva, anunció que esta semana se llamaría a licitación; sin embargo, no se llamó dentro de los plazos comprometidos y es necesario saber por qué. También quiero manifestar mi preocupación por la demora en la ejecución de los trabajos en la ruta A-1, que va desde Iquique al aeropuerto Diego Aracena. A raíz de los problemas que presentaba esta ruta, particularmente frente a la caleta Los Verdes, las autoridades anunciaron que iniciarían las obras de reparación en una franja aproximada de 300 metros, faenas que, de acuerdo con informaciones extraoficiales, concluirían a fines de septiembre. Sabemos que Vialidad está solicitando recursos adicionales del orden de 100 millones de pesos, circunstancia que no justifica la demora de las obras de reparación; incluso ya ocurrió un accidente ocasionado por señaléticas confusas y poco visibles. Se nos vienen encima las Fiestas Patrias y recibiremos muchos turistas. No olviden que Iquique es una de las ciudades turísticas más lindas de Chile; sin embargo, por la poca voluntad política, esta vez no tendrá en buenas condiciones el tramo que va desde la ciudad al aeropuerto, ruta que, por lo demás, ya está colapsada, dado que aún esperamos la anunciada doble vía. En realidad, señor Presidente, ya estamos acostumbrados a esperar, pero como hemos esperado tanto, ya estamos cansados, porque parece una vigilia la forma en que seguimos esperando estas obras. Por lo tanto, señor Presidente, solicito oficiar al ministro de Obras Públicas, con el objeto de que informe cuándo se llamará a licitación por la ruta Huara a Colchane, específicamente cuáles serán los primeros tramos que se licitarán. Asimismo, que dé a conocer la fecha exacta en que se concluirán los trabajos en la ruta A-1, Iquique-aeropuerto, y cuántos son los recursos comprometidos. Además, que explique por qué se han demorado tanto tiempo en estas obras que sólo afectan a no más de 300 metros de camino. Finalmente, que informe sobre todos los proyectos que están en carpeta en dicho ministerio para las provincias de Iquique y Tamarugal, ya que existen informaciones que indican que la región tuvo que devolver 15 mil millones de pesos, los que se redestinaron a otras regiones. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los señores diputados que así lo están indicando.ENVÍO DE PROYECTO DE LEY A FAVOR DE TRABAJADORES DE ENACAR. Oficios. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Francisco Chahuán. El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, la comuna de Lota, en la Octava Región, es conocida en todo Chile por la situación económica dramática que vive desde hace más de una década, cuando el gobierno de la época resolvió cerrar el yacimiento carbonífero de esa ciudad. Como Lota lo sabe muy bien, esa decisión comenzó un año antes, en 1996, con el despido de 426 trabajadores para, supuestamente, ajustar los costos operacionales de la Enacar y permitir que la cesantía no dañara a más familias. Esos trabajadores, que fueron divididos en cinco grupos o tramos, el último de los cuales incluía a 77 personas con aproximadamente 25 años de labor en la empresa, fueron finiquitados bajo una fuerte presión y con un acuerdo claramente ilegal, según consta en el fallo del juzgado del trabajo de Lota, de fecha 17 de julio de 2007, dictado por la jueza Antonia Flores Rubilar. La situación ilegal que Enacar cometió en los finiquitos fue dividir los montos legales a cancelar a cada trabajador en sesenta cuotas no reajustables, lo que está expresamente prohibido por la legislación vigente. No obstante, el atraso en la presentación de la demanda impidió su reparación por la vía legal, quedando como opción a los trabajadores sólo la presentación de un proyecto de ley patrocinado por la Presidencia de la República. Desde hace 10 años, Lota es la comuna con mayor cesantía en el país. Miles de millones de pesos destinados a enfrentar la crisis de Enacar no han tenido el efecto que se prometió. Parlamentarios de todos los partidos políticos reconocen que el proyecto de reconversión laboral para esa zona ha sido un fracaso. Señor Presidente, todos nosotros, diputados de la República, hemos escuchado o conocido en más de una oportunidad la historia hermosa de esa ciudad y todos hemos sentido más de alguna vez admiración por el pueblo de Lota. Por lo tanto, señor Presidente, la bancada de diputados de Renovación Nacional solicitamos oficiar a la señora Presidenta de la República, para pedir el envío a este Congreso de un proyecto de ley que permita reparar una injusticia del Estado de Chile cometida en contra de los trabajadores del carbón, reconocida por nuestros tribunales, de modo que cada uno de estos ex mineros pueda sentir que con ellos existe una deuda menos. Finalmente, pido que se envíe copia de mi intervención a don Armando Medina Fernández. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia del texto de su intervención y con la adhesión de los diputados que así lo están indicando.HOMENAJE A LA UNION CHURCH, PRIMERA IGLESIA PROTESTANTE DE CHILE, EN SU 160º ANIVERSARIO. Oficio. El señor CHAHUÁN.- En los albores del siglo XIX, Chile nacía como país libre y soberano. Su principal puerto, Valparaíso, se destacaba por su pujanza, progreso comercial y cultural y era el más importante de la costa oeste del Pacífico, como consecuencia de lo cual creció en espacio, edificaciones y también en población. Entre su población extranjera se destacaron la comunidad británica y los angloamericanos o estadounidenses por su número e importancia comercial, quienes llegaron a nuestro país trayendo consigo su cultura, espiritualidad y religiosidad. Al igual que los habitantes de nuestro país, eran cristianos, pero profesaban su fe y el concepto de iglesia en forma diferente: eran protestantes. Esos pioneros tuvieron una difícil misión, que no fue fácil para ellos ni para sus familias, pese a lo cual, en forma clandestina, con permiso encubierto o subrepticio, lograron realizar sus cultos e introducir la Biblia protestante y abundante literatura religiosa. En esta labor se destacaron William Wheelwright y John Brigham, quienes, en representación de un grupo de disidentes, escribieron a “The Foreign Christian Society”, en la que solicitaron la venida del reverendo David Trumbull, quien, luego de su arribo a nuestro país, aportó lo necesario para fundar en Chile el primer templo protestante, denominado “Union Church”. Grande fue su labor evangélica y distribución de la Biblia en Chile y en los países limítrofes, así como en obras de tipo civil, social y educativo. Además de los señores Wheelwright y Brigham, destaca la participación de otros pioneros de la Union Church de Valparaíso: Alexander Balfour, Stephen Williamson, Peter Mackay, W.R. Henderson, Henry Birrey, D.W. Allardice, Hamilton Beith y J.W. Hardy. La fe de esos hombres, pioneros del evangelio en Chile, permitió que la Union Church prosperara. El primer servicio de la Union Church se realizó el 5 de septiembre de 1847 en los talleres de la imprenta del diario “El Mercurio”. Su primera capilla, situada en la plaza del Orden, hoy plaza Sotomayor, en la subida José Tomás Ramos, donde actualmente se sitúa el edificio de los tribunales de justicia, fue construida por el arquitecto Alexander Livingstone en 1856. Fue la primera iglesia protestante erigida en la costa oeste del Pacífico, desde California al cabo de Hornos. En ese lugar se mantuvo hasta 1868. En 1869, de acuerdo con el proyecto del arquitecto John Livingstone, la Union Church se trasladó a una nueva construcción, esta vez en la calle San Juan de Dios, hoy avenida Condell. El templo, de mucho valor histórico, se destacó por sus características arquitectónicas, pues no poseía torre ni campanario y no se podía acceder a ella sino por un costado. La Union Church de Valparaíso obtuvo su reconocimiento legal como institución de derecho privado en 1877. En 1945, los integrantes de la iglesia, que oficiaba bajo la influencia y aporte pastoral directo de la Iglesia Presbiteriana de Escocia, tomaron la decisión de trasladarse a un nuevo templo, esta vez en la ciudad de Viña del Mar, donde habitaba gran parte de su feligresía. Vendió el templo de Valparaíso a la Iglesia Presbiteriana de Chile, pero por motivos financieros derivados principalmente de la segunda guerra mundial, la construcción del nuevo templo sólo pudo ser consagrada el 19 de junio de 1949, en una ceremonia presidida por el reverendo Douglas Bruce, convocado especialmente para la ocasión desde Buenos Aires, Argentina. En la actualidad, la Union Church no sólo está integrada por la colonia británica, sino que está abierta a toda la comunidad; sus oficios religiosos se realizan en inglés y en español, su profesión de fe está basada directamente en la Biblia y su historia expresa una continuidad constante con las enseñanzas de Cristo. Dicha continuidad se demuestra en los principios de la Reforma Protestante que sembraron los pioneros de la congregación. A través de su historia, la Union Church siempre ha sido una congregación independiente. Desde la década de los 30 hasta los 80, estuvo al amparo de la Iglesia de Escocia. Desde la década de los 80, ha estado sucesivamente bajo el alero de la Iglesia Alianza y Misionera, Asambleas de Dios y Apostólica de Inglaterra. El 30 de noviembre de 2003, Union Church se asoció a la Iglesia La Viña en Chile, comunidad que inició actividades en nuestro país en 1991. En este día en que celebra su 160º aniversario, envío un fraternal saludo a sus pastores, diáconos y miembros por su denodado esfuerzo por cumplir el mandato de Nuestro Señor Jesucristo de “predicar el evangelio a toda criatura”. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Señor diputado, si lo estima conveniente, le ruego que después se acerque a la Mesa para dar a conocer a quién quiere enviar el oficio.INFORMACIÓN SOBRE ATRASOS DE LOS VUELOS DE LAN CHILE. Oficios. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda. El señor OJEDA.- Señor Presidente, quiero denunciar ante la Cámara de Diputados una situación que se está repitiendo con gran frecuencia. Me refiero a los reiterados y numerosos atrasos en el itinerario normal de los vuelos de LAN Chile, los que se deben a fallas técnicas, según lo hemos constatado personalmente y por denuncias que nos han hecho los mismos pasajeros, lo que, sin duda, causa preocupación y una gran inquietud entre quienes utilizamos este medio de transporte. Desde luego, esto implica alterar y no cumplir los compromisos adquiridos con los pasajeros que prefieren la vía aérea, que es mucho más rápida, porque siembra la disconformidad y el temor. La empresa pierde seriedad y en los pasajeros se genera inseguridad de llegar a su destino a una hora determinada, lo que les provoca descoordinación en sus horarios y falta de seguridad y de protección. Por lo expuesto, solicito oficiar al director General de Aeronáutica Civil y al ministro de Transportes, para que pidan informes a LAN Chile sobre el número de atrasos en los vuelos en los últimos seis meses y las causas de los mismos. Además, si los aviones Boeing 737-200 serán reemplazados por los Airbus. Y si la respuesta es afirmativa, cuándo se hará dicho reemplazo. Asimismo, que pidan a LAN Chile que adopte los resguardos pertinentes para evitar los desperfectos técnicos de los aviones, por el riesgo y los atrasos causados por estos motivos. Se ha dado el caso que se realizan las reparaciones de los aviones a la vista de los pasajeros, con las tapas de las turbinas abiertas, lo que les provoca nerviosismo. Por último, que se informe respecto de la vida útil de los Boeing que están circulando actualmente y si los Airbus 319 pueden operar perfectamente en el aeropuerto de Cañal Bajo, en Osorno. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención, con la adhesión de los diputados que así lo estamos indicando.AYUDA A AGRICULTORES DE ATACAMA AFECTADOS POR HELADAS. Oficios. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet. El señor MULET.- Señor Presidente, he querido hacer uso de la palabra en Incidentes por dos razones. La primera está relacionada con la nula ayuda que han recibido los agricultores de la región de Atacama no beneficiarios de Indap, para enfrentar el grave problema derivado de las heladas que han afectado a todo el país y particularmente a la Tercera Región. Es impresionante ver que las autoridades encargadas de esta área han dejado de lado, a su suerte, a decenas de agricultores que tienen más allá de 9 hectáreas, que están fuera del límite autoimpuesto por Indap. Me refiero a pequeños empresarios, a gente que no tiene gran capital, que vive de la agricultura, y que con las heladas perdieron todas las cosechas de la temporada; algunos perdieron sus árboles, paltos, chirimoyos e, incluso, olivos, cosa que nunca había ocurrido. Lo curioso es que el Gobierno anunció algunas medidas, que no se han hecho efectivas. Por ejemplo, cuando decretó zona de catástrofe y de emergencia agrícola, se debió otorgar los instrumentos necesarios, como liberar del pago de algunos impuestos, como las contribuciones o impuesto territorial. Sin embargo, hasta ahora cero apoyo a estos agricultores, que han tenido que seguir pagando sus contribuciones cada tres meses. En otra oportunidad se había actuado con rapidez y se les había liberado de esta obligación. ¡Para qué decir los programas de empleo especiales que se habían anunciado, con el propósito de terminar de cortar los árboles que se quemaron! A través de la Conaf, se anunció un programa especial donde el Gobierno iba a contratar gente para realizar esas tareas, a desempleados -Atacama y el valle del Huasco tienen muchos más que el promedio nacional-, pero cero ayuda. ¡Para qué hablar de la excepción que iba a estudiar Indap, de acuerdo con su ley orgánica y la ley que decretó la zona de catástrofe, para ayudar a aquellos agricultores que no son beneficiarios ordinarios de esta institución, a fin de que puedan replantar! Cero ayuda. ¡Para qué hablar de alguna línea especial para reprogramar las deudas por parte del Banco del Estado o de la Corporación de Fomento de la Producción! Cero ayuda para los agricultores que han sufrido con las heladas la quema de sus productos y árboles. Debo señalar que a los beneficiarios del Indap sí les ha llegado ayuda. Estoy hablando de aquellos que no lo son. No estoy hablando de latifundistas, sino de gente que tiene 10 ó 20 hectáreas, que trabaja en la agricultura con su familia, que andan al tres y al cuatro desde hace mucho tiempo, por los problemas que tienen los agricultores en general y que no han recibido la ayuda que se les había insinuado o que se iba a estudiar entregarles. En esta Cámara quiero denunciar la ineficiencia de las autoridades encargadas del área para ir en ayuda de estos agricultores. Incluso, me han dicho que se rechazaron, por parte de autoridades regionales, programas de empleo en ayuda de estos agricultores. El problema es grave y la autoridad no entiende su dimensión, porque a estos agricultores hay que ayudarlos a producir nuevamente, pues son los que plantan tomates, lechugas, porotos, chacarería en general y cualquier persona sabe el precio que hoy tienen estos productos. Son ellos los que pueden reactivar esta área de la economía para que esos productos se puedan vender a un precio más razonable. Todos sabemos lo que vale un kilo de papas, de cebollas y de cualquier otro producto agrícola. El Gobierno tiene que ir rápidamente en su ayuda para que se siembre de nuevo y se pueda cosechar en dos o tres meses más. El daño que se está haciendo no sólo lo sufren los agricultores -por eso, no puedo entender la lentitud de las autoridades del Gobierno-, sino también todos los chilenos que ven el alza del precio de estos productos, de la inflación, del IPC y de la UF. Por lo tanto, se perjudica a todos los chilenos. La inflación anunciada ayer es de 1,1 por ciento y ya estamos en el 5 por ciento, fundamentalmente por el alza de los precios de los productos agrícolas. Por lo expuesto, pido que se oficie, con urgencia, al ministro de Hacienda, para que vea la forma en que se puede ir en ayuda de estos agricultores, a fin de que repongan sus siembras y vuelva a funcionar como corresponde este sector del país que abastece a todo Chile de hortalizas y verduras. De este modo, indirectamente obtendremos otros beneficios, como mantener una inflación más baja y no perjudicar a los deudores habitacionales. Se trata de un problema nacional, no sólo de los agricultores, por lo que hay que entender una solución a nivel país. Por eso solicito el envío de ese oficio. Asimismo, que se adjunte copia de mi intervención. Además, pido que se oficie a todos los alcaldes de la Región de Atacama en su calidad de presidentes de los concejos respectivos. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, ajuntando copia de su intervención, con la adhesión de quienes así lo indican a la Mesa.REPARACIÓN DE PUENTE EN PUERTO AISÉN. Oficios. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En el tiempo del Comité Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor René Alinco. El señor ALINCO.- Señor Presidente, uno de los grandes e históricos problemas que tiene la Región de Aisén se relaciona con la conectividad: falta de caminos, de puentes, etcétera. Tenemos dificultades en el transporte. Todos saben que la región se comunica con el resto del país fundamentalmente por vía marítima, en cuanto a carga se refiere. Por lo tanto, tenemos serios problemas en la comunicación Chacabuco-Quellón-Puerto Montt. ¡Para qué hablar de nuestro litoral! Pasan meses en los que las islas habitadas no tienen ninguna comunicación con el continente. También tenemos complicaciones en los lagos de nuestra región, como el General Carrera, donde una barcaza que presta servicios desde hace más de 40 años hoy se encuentra en reparaciones, en fin. En consecuencia, la conectividad es un problema histórico y necesita de una pronta solución. Luego del terremoto de Aisén, se informó de los graves problemas que se produjeron en el litoral. Pero en el continente, concretamente en Puerto Aisén, también sucedió algo que tal vez el Gobierno, específicamente la Dirección Nacional de Vialidad y el Ministerio de Obras Públicas, no ha considerado en su magnitud. Me refiero al puente de Puerto Aisén, uno de los más largos de Chile, que ha sufrido graves problemas estructurales. Nadie se ha hecho eco de las demandas y denuncias que se han formulado. En la última reunión del Core, que se realizó en Puerto Aisén, el alcalde de la UDI, señor Oscar Catalán -respecto de quien hay muchas situaciones y acciones que yo no comparto-, realizó una denuncia al respecto ante el gabinete regional: la señora intendenta, los seremis, etcétera, con la presentación de videos y fotos que demuestran que los cimientos y la estructura de dicho puente están dañados. A pesar de las diferencias políticas que tengo con el alcalde Catalán, debo reconocer que su denuncia fue hecha con fundamentos y pruebas. Tiempo atrás, expertos de Vialidad evacuaron un informe en el cual señalaron que el puente colgante no tenía problemas. La gente de Puerto Aisén ve a diario las fisuras que presenta. Por lo tanto, las autoridades deben tomar las medidas pertinentes para que se solucione el problema que afecta al único puente, a la única comunicación directa que existe entre Puerto Chacabuco y el resto de la región; no hay otra. Por lo expuesto, solicito oficiar al ministro de Obras Públicas, señor Bitrán; al director Nacional de Vialidad, al intendente regional, a los integrantes del Core, al alcalde y a la gobernadora de Puerto Aisén. No esperemos que ese puente se siga destruyendo, porque después será demasiado tarde y Puerto Chacabuco quedará totalmente aislado.RESULTADO DE INVESTIGACIÓN SUMARIA POR ATRASO EN ENTREGA DE BIOPSIAS EN HOSPITAL DE COYHAIQUE. Oficio. El señor ALINCO.- En otro orden de cosas, me alegro de que se haya creado una Comisión Investigadora encargada de detectar y fiscalizar los errores cometidos en el Plan Auge. En mi región, hace más de un año pedí que se realizara una investigación sumaria a raíz de un problema referido al retraso en la entrega de los resultados de 700 biopsias en el Hospital de Coyhaique, respecto del cual aún no hay respuesta. A través de comentarios, información extraoficial, me he enterado de que la investigación ya terminó, pero no pasa nada. No se toman medidas. Los responsables -no culpables- de esa situación siguen ocupando cargos importantes. Por lo tanto, solicito oficiar a la ministra de Salud, a fin de que me informe qué pasa con ese famoso sumario respecto del cual todavía no hay respuesta. No estoy pidiendo que me respondan a mí, pero sí a la comunidad de Aisén sobre los resultados de dicha investigación sumaria, y se señale qué medidas se van a tomar para mejorar el sistema de salud de la región, el cual está prácticamente en crisis. Por su intermedio, el tiempo que le resta a mi bancada se los concederé gentilmente al diputado y amigo Fidel Espinoza. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, adjuntando el texto de su intervención, con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa. Diputado Alinco, en cuanto al tiempo cedido por usted al diputado Espinoza, no tengo ninguna nota oficial del jefe de su bancada y yo debo cumplir con el Reglamento. Sin embargo, se procederá de acuerdo con lo solicitado por su señoría.ESTADO DE AVANCE DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE REPARACIÓN DE CONSULTORIOS EN LOCALIDADES DE HUALPÉN Y HUALPENCILLO EN OCTAVA REGIÓN. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra el diputado señor Raúl Súnico. El señor SÚNICO.- Señor Presidente, la comuna de Hualpén tiene más de 90 mil habitantes; no obstante ello, sólo cuenta con dos consultorios. La media nacional esperada y razonablemente eficiente requiere contar con un consultorio cada 30 mil habitantes. Durante la discusión presupuestaria para 2007 logramos que el Ministerio de Salud asignara 1.460 millones de pesos para la construcción de un tercer consultorio en la comuna de Hualpén. Por lo tanto, solicito oficiar a la ministra de dicha Cartera a fin de que me informe respecto del estado de avance de los diseños de ingeniería del tercer consultorio y el calendario de licitación de obras para su pronta construcción, ya que los actuales consultorios se encuentran colapsados, debido a la gran cantidad de personas que deben atender Asimismo, al gobernador de la provincia de Concepción, a fin de que me informe sobre los plazos de ejecución del proyecto de reparación del consultorio Hualpencillo, con el objeto de contar en la comuna de Hualpén con una red de atención primaria que atienda las necesidades de los vecinos en óptimas condiciones de infraestructura y calidad. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, adjuntando el texto de su intervención, con la adhesión del diputado señor Fidel Espinoza y quien preside.ESTADO DE AVANCE DE PROYECTO DE TERCER ACCESO A CERROS DE TALCAHUANO. Oficios. El señor SÚNICO.- En segundo lugar, solicito oficiar al ministro de Vivienda a objeto de que me informe sobre el estado de avance de diseño de ingeniería del tercer acceso a los cerros de Talcahuano, un enorme proyecto que viene a dar respuesta a una demanda de más de 50 mil personas que hoy habitan en los cerros y que tienen serias dificultades de acceso. Por lo tanto, quiero que el ministro de Vivienda me informe el estado de avance del referido diseño de ingeniería y los tiempos estimados para la pronta licitación de la obra. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, adjuntando el texto de su intervención, con la adhesión del diputado señor Fidel Espinoza y quien preside.RECHAZO A ACTUACIÓN DE FISCAL DE PUERTO VARAS. Oficios. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado don Fidel Espinoza, a quien la bancada del Partido por la Democracia le cedió parte de su tiempo. El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente, el sábado 1º de septiembre recién pasado, en la población Pantanosa, en Frutillar, donde viven miles de familias de escasos recursos, ocurrió un hecho inédito en la comuna. Una pandilla atacó a una vivienda particular con bombas molotov, provocando un incendio en ella. Además, los delincuentes que participaron en estos hechos portaban armas hechizas. Se trata de un hecho gravísimo, que desde todo punto de vista reviste una preocupación de toda la comunidad, no sólo de Frutillar, sino también de la provincia de Llanquihue, que me honro en representar en esta Cámara. Los hechos delictuales han ido presentándose con fuerza en comunas donde antes nunca se vio delincuencia, como ocurría en Frutillar, en Fresia, en Los Muermos, en Puerto Varas, y en Llanquihue. Muchas veces, en este tipo de delitos están presentes la droga y el alcoholismo. Sin embargo, a pesar de la gravedad de lo ocurrido, en la mañana del domingo, la fiscal jefa de Puerto Varas no se apersonó en el lugar de los hechos, como se lo habían pedido todas las autoridades de la comuna. Sólo lo hizo cuando se enteró por la radio Bíobío, de Puerto Montt, de que habían ocurrido esos hechos delictuales. O sea, recién reaccionó el domingo en la tarde, cuando la noticia era de conocimiento de la opinión pública. Una situación así no puede volver a ocurrir, ya que los fiscales deben dar la misma importancia a todas las comunas. Aunque el juzgado tenga asiento en Puerto Varas, sus funcionarios tienen la obligación de dar atención a las comunas vecinas más pequeñas cuando su población sufre problemas delictuales. Por tanto, pido que se oficie al Fiscal Nacional, don Guillermo Piedrabuena, a fin de que tome conocimiento de la situación ocurrida respecto de la fiscal de Puerto Varas, que considero lamentable. Asimismo, pido que se oficie al General Director de Carabineros de Chile, con el objeto de que durante las Fiestas Patrias que se aproximan, se dé una mayor protección policial a las comunas que he mencionado, las que muchas veces tienen que proveer a Puerto Varas de atención policial, dejando a su población en la indefensión. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, adjuntando copia de su intervención.MEDIDAS PARA EVITAR PROPAGACIÓN DE HANTA VIRUS EN COMUNA DE FRESIA. Oficios. El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente, hace unos días, en la comuna de Fresia falleció la señora Zuñilda Hernández Barría, como consecuencia de la enfermedad conocida como hanta virus, y su hija se encuentra hospitalizada en dependencias del hospital base de Puerto Montt. No es primera vez que ocurre una situación similar en la zona. Cuando hay un brote de hanta virus, muchas veces la autoridad sanitaria va al lugar de los hechos y da un vistazo muy general a la situación ocurrida y no vuelve más. Eso es lo que hoy me ha reclamado la gente de Fresia. Los dirigentes vecinales han hecho saber esto a través de las emisoras locales, quienes han señalado que hay un brote de hanta virus que no ha sido inspeccionado desde el punto de vista sanitario, de forma que la población se sienta segura frente a situaciones como las que tuvo que vivir la señora Zuñilda, y que tengan la certeza de que ello no se va a repetir. Por tanto, pido que se oficie al intendente de la Décima Región, a la seremi de Salud de la Décima Región y a la ministra de Salud, con el objeto de que se puedan efectuar gestiones urgentes que permitan evaluar la situación que está ocurriendo en la comuna de Fresia, puntualmente, en las poblaciones Bustamante y Los Prados, donde eventualmente existe el foco de hanta virus que provocó la muerte de una vecina muy querida y la enfermedad de su hija, quien se encuentra hospitalizada. Con la medida, se pretende asegurar a la población que ese tipo de situaciones no va a volver a ocurrir. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, adjuntando copia de su intervención.RECHAZO A DECLARACIONES DE PRENSA DEL DIRECTOR DE SERNATUR DE PUERTO MONTT. Oficios. El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente, en días recientes, el director de Sernatur, don Oscar Santelices, realizó declaraciones al diario El Llanquihue, de Puerto Montt, que considero lamentables. Desde su posición como director del Sernatur, él dio a conocer su rechazo absoluto a una alternativa de conectividad en Peulla, en el lago de Todos los Santos, donde hoy sólo existe una empresa que provee el servicio de transporte marítimo para conectar en esa zona a Chile con Argentina. Las declaraciones del director de Sernatur nos parecen una falta de respeto hacia los parlamentarios de su propio conglomerado de Gobierno, a quienes la gente nos ha pedido luchar para que en dicho lugar haya una alternativa de conectividad, sobre todo, cuando se trata de una medida que, incluso, el propio ministro Bitrán ha considerado como legítima y posible de apoyar desde el Ministerio. Allí sólo funciona la empresa Andina del Sud, que es la que tiene todo el monopolio, ya que utiliza los muelles construidos con recursos de todos los chilenos y, muchas veces, lleva a cabo un sistemático maltrato hacia los dirigentes del sindicato de pescadores, que es gente humilde, e incluso, hacia los colonos que viven en la zona. El director de Sernatur, amparado en no sé qué criterio, llega a la zona y se reúne con empresarios en hoteles de cinco estrellas, donde seguramente sólo comen langosta, y lo único que hacen es sacar declaraciones que atentan contra una aspiración y un anhelo que tiene toda la comunidad, en orden a que haya una alternativa de conectividad. En esto, coincido con lo que ha hecho y ha planteado siempre el consejero regional, Manuel Ribera, quien pertenece a mi Partido. Además, el propio alcalde, don Ramón Bahamonde, que es de la UDI y con quien hemos tenido discusiones en otras materias, ha hecho una declaración en el diario, criticando y declarando persona non grata al director de Sernatur por sus declaraciones; por ser, a su juicio, atentatorias contra un principio básico, como es generar un turismo para la clase media que hoy no lo ofrece la empresa de conectividad que tiene el monopolio en el Lago de Todos los Santos. Por tanto, pido que se oficie a la Presidenta de la República para que tome conocimiento del caso, porque no es un tema menor; y al ministro Bitrán, quien vio con muy buenos ojos el proyecto, en aras a seguir impulsándolo. El director de Sernatur ha dicho que la plata se puede invertir en pavimentar la cuenca del lago. No se preocupe, señor Santelices, porque esos temas ya los estamos trabajando con el ministro Bitrán. No le estamos pidiendo soluciones respecto de materias que ya se están trabajando. Sólo quiero saber a quién se está protegiendo. El director de Sernatur debe proteger los intereses de la gente y respetar a sus parlamentarios, quienes hemos sido elegidos por la ciudadanía, y no puede ir a la zona a emitir declaraciones que son atentatorias contra proyectos emblemáticos, sobre los cuales hemos venido luchando durante largo tiempo. El alcalde Bahamonde se pregunta: “¿Qué hay detrás de todo esto?” Me pregunto lo mismo. ¿Qué hay detrás? ¿A quién estamos protegiendo? ¿A la empresa monopólica, que hoy es la única que puede proveer servicios en esa zona? Espero que no sea así. Espero que el director de Sernatur visite la zona; converse con los colonos o con los dirigentes del sindicato de pescadores, y se va a dar cuenta de que está profundamente equivocado en las declaraciones vertidas en su último y lamentable viaje a la zona. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención. Por haber cumplido con su objetivo, se levanta la sesión. -Se levantó la sesión a las 14.51 minutos.JORGE VERDUGO NARANJO,Jefe de la Redacción de Sesiones. IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA1. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.“Honorable Cámara de Diputados: En uso de mis facultades constitucionales, tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar del Congreso Nacional el proyecto de ley en materia de gasto electoral y de donaciones con beneficios tributarios (boletín N° 3979-06), contenido en el Mensaje Presidencial Nº 237-353, de 05.09.2005. Dios guarde a V.E., (Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República; JOSÉ ANTONIO VIERA-GALLO QUESNEY, Ministro Secretario General de la Presidencia”.2. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que amplía el plazo para otorgar facilidades para pago de impuestos adeudados que indica y modifica el artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. (boletín Nº 5245-05)“Honorable Cámara: La Comisión de Hacienda informa, en primer trámite constitucional y en primero reglamentario, con urgencia calificada de “suma”, el proyecto mencionado en el epígrafe, iniciado en Mensaje de S.E. la Presidenta de la República.I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS. Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente:1° Que las ideas matrices o fundamentales del proyecto en informe consisten, por una parte, en ampliar los plazos para facilitar el pago de deudas tributarias morosas y, por la otra, en fortalecer las facultades y medidas que el Servicio de Tesorerías tiene como una forma de lograr el pago de los impuestos.2° Que el articulado de esta iniciativa no contiene disposiciones calificadas de orgánico constitucionales o de quórum calificado para su aprobación.3° Que el proyecto fue aprobado en general, por la unanimidad de los Diputados presentes señores Dittborn, Insunza, Jaramillo, Montes, Ortiz, Robles y Sunico.4° Que los dos artículos del proyecto con sus indicaciones fueron aprobados por la unanimidad de los Diputados presentes.5° Que diputado informante se designó al señor Jaramillo, don Enrique.-o- Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Alejandro Ferreiro, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción; la señora María Olivia Recart, Subsecretaria de Hacienda; el señor Luis Sánchez, Jefe del Departamento Jurídico de la Cartera de Economía, Fomento y Reconstrucción; Gianni Lambertini, Tesorero General de la República; Ricardo Escobar, Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos; Pablo González, Subdirector del Departamento Jurídico del SII; Carlos Rubio, Asesor Legislativo del Ministerio de Economía, y las señoras Pamela Cuzmar, Jefa del Departamento de Operaciones y de Cobranza de la Tesorería General de la República; Rosella Cominetti, Jefa de la División de Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía y Tamara Agnic, Abogada del Ministerio de Hacienda. Concurrieron, además, los señores Andrés Ovalle, Presidente del Consejo Nacional de la Pequeña y Mediana Empresa (Conapyme); Oscar Bruna, Vicepresidente; Heriberto Neira, Director Nacional y Oscar Hormazábal, Prosecretario, todos de la Conapyme.II. ANTECEDENTES GENERALES.A. Antecedentes de hecho y de mérito que justifican la iniciativa Se argumenta en el Mensaje que es de suma importancia contar con un ordenamiento jurídico y administrativo que permita el pago oportuno de los distintos impuestos y de las obligaciones tributarias. Por ello, es necesario incentivar dicho pago oportuno y como correlato, generar las condiciones para reducir la morosidad en el pago de los impuestos y obligaciones tributarias. El Código Tributario contiene los procedimientos administrativos y judiciales para proceder al cobro de los impuestos adeudados al Estado, función que corresponde al Servicio de Tesorerías. Sin embargo, se expresa por el Supremo Gobierno que sería necesario dotar al Servicio de Tesorerías de instrumentos modernos y eficaces que le permitan cumplir su labor de recaudación respecto de aquella deuda morosa que ya lleva largo tiempo sin poder ser cobrada y enterada en arcas fiscales. Por otra parte, el artículo 192 del Código Tributario establece que el Servicio de Tesore-rías podrá otorgar facilidades hasta de un año, en cuotas periódicas, para el pago de los impuestos adeudados. Dichas facilidades se ofrecen a aquellos contribuyentes que acrediten su imposibilidad de cancelar los impuestos al contado y que reúnan, además, otros requisitos señalados en la disposición legal. Esto permite que la generalidad de los deudores morosos tenga reales alternativas de pago, que contribuyan a solucionar el endeudamiento que los aqueja. El gobierno y la administración tributaria, deben hacerse cargo de las circunstancias especiales y excepcionales que hacen más difícil, bajo los marcos generales de la ley, el cumplimiento de las obligaciones con el Estado. Tal es el caso de la morosidad tributaria de una importante cantidad de micro, pequeñas y medianas empresas.B. Disposiciones legales que se modifican por el proyecto -El artículo 192 del Código Tributario que establece facilidades para el pago de impuestos adeudados. -El artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de datos de carácter personal. C. Contenido del proyecto En primer lugar, se propone una norma excepcional que permite ampliar el plazo de suscripción de los convenios de pago, de los actuales doce meses, a un máximo de treinta y seis meses, manteniendo como característica el pago en cuotas periódicas y sucesivas. En segundo lugar, mediante este proyecto de ley, se propone modificar la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal, permitiendo al Servicio de Tesorerías el envío de la información de deuda morosa a dichos registros o bancos de datos. Sin embargo, el ejercicio de esta facultad se encuentra limitado, ya que se incluye en las normas de esta ley un nuevo artículo 17 bis, que considera la regulación de los requisitos básicos que debe reunir la deuda morosa que será informada a dichos registros, y que además será complementada a través de un decreto del Ministro de Hacienda, que incorporará los criterios técnicos y modalidades que debe reunir la deuda tributaria y de créditos del Sector Público morosa que se informe a los registros o bancos de datos. D. Antecedentes presupuestarios y financieros Con fecha 17 de julio de 2007, la Dirección de Presupuestos elaboró un informe financiero que en lo fundamental señala:1. Que, el impacto financiero de esta iniciativa no es factible de estimar por cuanto proviene de la comparación entre los montos a recaudar en la situación vigente y los montos a recuperar con el nuevo plazo ampliado, la que estará determinada por la acogida que tenga la medida entre los deudores tributarios afectados, respecto de lo cual no existen precedentes, por cuanto es primera vez que se legisla en este sentido.2. En cuanto al costo financiero, la ampliación del plazo para los convenios de pago de deudas morosas no exime de la obligación del pago de los intereses asociados a los saldos de deuda.3. Cabe hacer presente que esta medida legislativa complementa otra medida administrativa consistente en elevar a 15 millones de pesos el monto susceptible de acceder a una condonación de 80 % de los recargos por deudas tributarias en los convenios de pago y de 90 % de los recargos por deudas tributarias con pago al contado. Paralelamente, por la misma vía administrativa se elevarían las condonaciones de recargos a 50 %, en el caso de deudas tributarias que superan los 15 millones de pesos.4. En consecuencia, se considera que la presente iniciativa no implica costo fiscal.III. DISCUSIÓN DEL PROYECTO.A. Discusión general El señor Alejandro Ferreiro hizo presente que el proyecto se enmarca en el contexto de las medidas que anunciara la Presidenta de la República para el proyecto Chile Emprende. Destacó que sobre la base de un trabajo mancomunado entre los actores públicos y privados, Chile Emprende busca facilitar y potenciar el desarrollo de oportunidades de negocios para micro y pequeñas empresas. Manifestó que, con fecha 31 de julio recién pasado, se publicó en el Diario Oficial un decreto supremo del Ministerio de Hacienda mediante el cual se habilita al Servicio de Tesorerías para ampliar las condonaciones por deudas hasta por un monto de 15 millones de pesos. Explicó que, junto con la medida anterior, el proyecto de ley en estudio amplía, a contar de la fecha de vigencia del artículo 2º, hasta un máximo de treinta y seis meses, el plazo que el inciso primero del artículo 192 del Código Tributario concede al Servicio de Tesorerías para otorgar facilidades para el pago de impuestos adeudados, sólo respecto de aquellos impuestos girados hasta el día 30 de abril de 2007 y que se encuentren sujetos a cobranza administrativa o judicial. La facultad que se concede al Servicio de Tesorerías en este artículo, se podrá ejercer por el lapso de seis meses, contados desde la fecha señalada en el artículo 2° del proyecto. Hizo notar que este espacio adicional que se propone se suma al vigente, que es de un año, por lo que, en definitiva, se contaría con un plazo para reprogramar que llegaría a los 48 meses. Además, no habrá obligación de pagar un “pié” para acceder al beneficio y se ha estimado que cada año se pague un total aproximado de un tercio de la deuda. Señaló que, por otra parte, en el artículo 2° se modifica la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, a contar del día primero del mes siguiente al de publicación de la ley en el Diario Oficial, con el objeto de facultar al Servicio de Tesorerías para proporcionar a los registros o bancos de datos personales legalmente constituidos información de la deuda morosa, cumpliendo, en todo caso, con requisitos mínimos de resguardo en favor de los contribuyentes. Esto permitirá entregar certeza jurídica y transparencia a la labor de Tesorería, eliminando todo tipo de discrecionalidad respecto de la información de deuda morosa que se podría enviar para su publicación. Comentó que la jurisprudencia de los Tribunales de Justicia no ha sido uniforme en cuanto a la facultad de la Tesorería para comunicar la deuda morosa, por ello se ha optado por aclarar esta materia mediante una disposición legal. Varios señores Diputados plantearon que se estudie un rango bajo para el cual se condone la totalidad de las deudas, pues esto ayudaría en especial a las Pyme. Se consultó, asimismo, si podría excluirse del artículo 2° las deudas inferiores a $5 millones. También, se preguntó acerca del número estimado de contribuyentes que se informaría a Dicom como morosos, en conformidad al artículo 2° del proyecto de ley. El señor Andrés Ovalle expresó su acuerdo con el artículo 1° del proyecto, sin perjuicio de plantear lo siguiente: -que el beneficio se conceda respecto de los impuestos girados hasta el día 30 de junio de 2007 en sustitución del 30 de abril, dado el retardo del Ejecutivo en presentar este proyecto, y -que la reprogramación se haga pagando una cuota al contado baja y flexible, de acuerdo a los flujos de caja de los pequeños empresarios. En relación con el artículo 2° del proyecto comparte el criterio de establecer requisitos para la publicación de la deuda tributaria, ya que con ello se da certeza jurídica a los contribuyentes. El señor Gianni Lambertini expresó que el proyecto es la concreción de una gran aspiración, tanto de las asociaciones de pequeños y medianos empresarios como de la Tesorería General de la República. Consideró de toda justicia que como contrapartida a la modificación de la norma del Código Tributario que amplía de un año hasta un máximo de 36 meses el plazo para pagar las deudas a través de un convenio, se entregue a la Tesorería una herramienta eficiente para agilizar el cobro de tributos de los deudores más reacios, a través de la publicación de estas deudas en las bases de datos legalmente constituidas, a condición de que se cumplan los requisitos que el artículo 2° del proyecto establece. Señaló que la Tesorería ha informado las deudas tributarias morosas a los registros de datos personales desde el año 1992, luego que la Contraloría General de la República los autorizó, a través de dos dictámenes; sin embargo, desde el año pasado, a propósito de algunos recursos de protección que presentaron algunos contribuyentes, los Tribunales Superiores de Justicia comenzaron a fallar a favor de los deudores. Agregó que este proyecto pretende dar certeza jurídica a una herramienta que utilizan la mayoría de los servicios cobradores del Estado en el mundo. El señor Ricardo Escobar señaló que al Servicio de Impuestos Internos le corresponde el trabajo en la etapa previa al cobro, sin perjuicio que trabajan conjuntamente con Tesorería. Concuerda con los dos cambios que este proyecto propone, a saber: -Otorgar mayores plazos para pagar las deudas tributarias a través de convenios. Este cambio va a permitir regularizar la situación tributaria de muchos pequeños contribuyentes que con el plazo actual de un año se veían imposibilitados de cumplir sus obligaciones. -Informar a los registros de datos personales legalmente constituidos las deudas tributarias que cumplan con los requisitos que esta disposición establece. Esta herramienta, a su juicio, combina la adecuada protección de los contribuyentes por cuanto las condiciones que se establecen son muy exigentes y, por otro lado, se resguarda el interés fiscal, al permitir utilizar una herramienta comercial que permita que los deudores renuentes cumplan con sus obligaciones tributarias. Añadió que en este punto no debe olvidarse que el Fisco es un acreedor involuntario respecto de los deudores morosos, sin capacidad para evaluar el riesgo ni los bienes del contribuyente, a diferencia del acreedor común que ha podido elegir al deudor al cual le ha dado crédito. La señora Rosella Cominetti sostuvo que este proyecto representa los términos en los cuales se estableció el compromiso del Programa Chile Emprende, que ha recogido el planteamiento de los representantes de la micro, pequeña y mediana empresa. El Diputado señor Tuma manifestó su conformidad con el tratamiento que se ha dado a esta iniciativa, largamente anhelada por las medianas, pequeñas y micro empresas. Sin embargo, precisó que en las conversaciones que el Ejecutivo sostuvo con los parlamentarios y los representantes de los gremios de la pequeña y mediana empresa en el marco del programa Chile Emprende, siempre se habló de un plazo de 3 a 5 años, por lo que se deberían haber acogido en este proyecto los 5 años o, a lo menos, un plazo intermedio, puesto que se ha probado que con plazos menores no se beneficia realmente al Fisco en la recuperación de sus créditos. Por ello, solicitó a los representantes del Ejecutivo que evalúen la posibilidad de extender el plazo a 5 años o, en su defecto, hasta los 4 años, para que se incorpore una mayor cantidad de beneficiarios. En cuanto a la posibilidad de que la Tesorería remita a las bases de datos personales las deudas tributarias y los créditos fiscales adeudados, señaló que el deudor del Fisco es diferente al deudor moroso que asume un compromiso y una promesa de pago a futuro, a sabiendas de que, en caso de incumplimiento, su deuda será publicada en los boletines comerciales. Además, sostuvo que no es la mejor medida para incentivar el cumplimiento y pago de las obligaciones tributarias por cuanto si ese deudor quisiera pagar su deuda requiere necesariamente de nuevos recursos y estará imposibilitado de tener acceso al crédito en los bancos o instituciones financieras por cuanto aparece como moroso del Fisco en el Dicom. Finalmente, consideró necesario evaluar que, en el evento de aplicarse esta herramienta, sólo opere para las personas naturales y no las jurídicas. El señor Lambertini señaló que los estudios realizados por la Tesorería sobre la eficacia de la publicación en el boletín comercial de las deudas tributarias morosas demuestran que esta herramienta cumple con el objetivo de aumentar la recaudación por este concepto. Desde el 2002, año en que se comenzó a utilizar este mecanismo, la recaudación por la cobranza de tributos morosos ha subido de $ 120 mil millones anuales hasta, aproximadamente, $ 250 mil millones. En cuanto al número de casos que podrían ser informados al boletín comercial, afirmó que de un total de 400 mil deudores, que constituyen la base de datos de la Tesorería, alrededor de 13 mil contribuyentes estarían en condiciones de ser publicados. Agregó que no debe olvidarse que el procedimiento para incorporar a un contribuyente a los registros o bancos de datos personales está regulado en la propia ley. La exigencia que establece la letra b) del artículo 2° del proyecto en cuanto a que la deuda tributaria y los créditos fiscales consten en un título ejecutivo significa que se requiere una demanda presentada ante los tribunales ordinarios de justicia. Además, la Tesorería retira inmediatamente y de manera gratuita los antecedentes del boletín comercial cuando el contribuyente moroso se acerca a Tesorería con un plan de pago. El Diputado señor Dittborn sostuvo que no puede tratarse de igual forma al deudor moroso de una entidad privada y los deudores del Fisco, porque el Fisco cuenta con mecanismos de carácter privado para presionar al deudor y obtener el pago de sus obligaciones tributarias, que no tienen las grandes tiendas ni las instituciones bancarias o financieras. El Diputado señor Montes argumentó que el Dicom, que tiene por objeto calificar el riesgo de las personas para acceder al crédito, es un sistema muy primitivo, por cuanto basta que una persona no pague una letra hipotecaria para pasar al Dicom y quedar inhabilitada de acceder al mercado financiero e incluso de postular a un trabajo. Planteó que el mercado de capitales ha evolucionado y que el sistema de calificación de riesgo no se ha adecuado a los nuevos tiempos, ya que debería considerar el comportamiento histórico de las personas, el conjunto de ingresos de éstas, etcétera.B. Discusión particular En el artículo 1° del proyecto, se amplía, a contar de la fecha de vigencia del artículo 2º del proyecto de ley, hasta un máximo de treinta y seis meses, el plazo que el inciso primero del artículo 192 del Código Tributario concede al Servicio de Tesorerías para otorgar facilidades para el pago de impuestos adeudados, sólo respecto de aquellos impuestos girados hasta el día 30 de abril de 2007 y que se encuentren sujetos a cobranza administrativa o judicial. La facultad que se concede al Servicio de Tesorerías en este artículo, se podrá ejercer por el lapso de seis meses, contados desde la fecha señalada en el artículo 2° del proyecto. En el debate de la Comisión se sugirieron diversas modificaciones a este artículo por sus integrantes, las que fueron consideradas favorablemente por el Ejecutivo, formulándose una indicación para modificar el artículo 1°, del siguiente tenor:a) Intercálase entre las frases “hasta un máximo de treinta y seis meses,” y “el plazo que el inciso primero”, la siguiente frase nueva “en cuotas, fijas o variables”.b) Reemplázase la palabra “abril” por “junio”.c) Agrégase a continuación del punto final (.) que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente frase: “La primera de las cuotas deberá ser enterada al momento de suscribir el convenio, no pudiendo exceder su monto una treintaiseisava parte del monto total adeudado, salvo que el deudor, en forma expresa, solicite pagar un monto mayor.”. Puesto en votación el artículo 1° con la indicación precedente fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes. En el artículo 2°, se modifica la ley N° 19.628, a contar del día primero del mes siguiente al de publicación de esta ley en el Diario Oficial, de la siguiente forma: Por el numeral 1), se intercala, en el inciso primero del artículo 17, entre la frase “cooperativas de ahorro y créditos,” y la oración “organismos públicos y empresas del Estado sometidas a la legislación común” lo siguiente: “deuda tributaria y créditos fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 bis de esta ley,”. Por el numeral 2), se agrega el siguiente artículo, a continuación del artículo 17: “Artículo 17 bis.- El Tesorero General de la República podrá informar a los registros o bancos de datos personales, legalmente constituidos, de la deuda tributaria y de los créditos fiscales adeudados que cumplan los siguientes requisitos:a. Que los giros y los créditos fiscales adeudados no estén sujetos a reclamación administrativa o judicial pendiente;b. Que la deuda tributaria y los créditos fiscales consten en un título ejecutivo de cobro; y,c. Que las deudas informadas hayan agotado previamente las instancias de cobro administrativo por parte del Servicio de Tesorerías, en los términos del Título V del Libro III del Código Tributario. El Ministro de Hacienda impartirá las instrucciones de publicación mediante decreto, el que determinará los criterios técnicos y modalidades que debe reunir la deuda tributaria y los créditos del Sector Público morosos que se informen.”. Algunos señores Diputados manifestaron la conveniencia de separar ambos artículos del proyecto, ya que la facultad que se entrega a Tesorerías va a perjudicar aún más a los pequeños empresarios. La señora María Olivia Recart señaló que el acuerdo logrado entre el Ejecutivo y la Conapyme se ha recogido en su totalidad en este proyecto de ley, ya que a los pequeños y medianos empresarios les interesa que no se castigue a los empresarios que pagan sus obligaciones tributarias, por lo que no están en contra de la facultad que se entrega a Tesorería de informar las deudas tributarias a los registros o bancos de datos personales. El señor Gianni Lambertini afirmó que la indicación recoge un planteamiento que los señores Diputados expresaron en la Comisión en el sentido de establecer un plazo prudente antes de que la deuda pudiese ser informada a los registros de datos. Este periodo de carencia es de 18 meses contados desde el vencimiento de la obligación, esto es, después de vencida tanto la instancia de cobranza administrativa como la judicial. Esta modificación establece como fecha cierta el momento en que se establece el cargo, precisó. Mencionó que del total de los 350.000 contribuyentes morosos hay 150 mil que no registran actividad comercial, por lo que se estima que, aproximadamente, 200 mil deudores podrían acogerse a la repactación. El monto total de la deuda asciende a US$ 1.000 millones, la que corresponde a los últimos 8 años, en un universo de recaudación anual de US $ 25 mil millones. Respecto de los contribuyentes de bienes raíces explicó que estos pueden acogerse al beneficio de la repactación establecido en el artículo 1° del proyecto, pero la morosidad de este impuesto no puede informarse a las bases de datos, por cuanto no existe hoy día una identificación en cuanto al rol de la propiedad y el Rut del propietario. El sujeto del impuesto en el caso de las contribuciones es la propiedad y no su tenedor, puntualizó. El Ejecutivo formuló una indicación para introducir al numeral 2) del artículo 2° las siguientes enmiendas: En el artículo 17 bis, que se agrega:a) Reemplázase, en el inciso final, la conjunción “y” que sigue a la palabra “técnicos” por una coma (,) e intercalar a continuación de la palabra “modalidades” la siguiente frase “y antigüedad de la morosidad”.b) Agrégase una nueva oración al inciso final, a continuación del punto aparte (.) que pasa a ser un punto seguido (.): “No obstante lo señalado precedentemente, no se podrá publicar la deuda o créditos morosos en los mencionados registros, sino después de transcurridos dieciocho meses desde el vencimiento de la obligación.”. Puesto en votación el artículo 2° con la indicación del Ejecutivo fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes. Se han introducido al proyecto modificaciones formales que se recogen en el texto propuesto a continuación.IV. TEXTO APROBADO POR LA COMISIÓN. En virtud de lo antes expuesto y de los antecedentes que dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del siguiente:PROYECTO DE LEY Artículo 1°.- Amplíese, a contar de la fecha de vigencia del artículo 2º de esta ley, hasta un máximo de treinta y seis meses, en cuotas fijas o variables, el plazo que el inciso primero del artículo 192 del Código Tributario concede al Servicio de Tesorerías para otorgar facilidades para el pago de impuestos adeudados, sólo respecto de aquellos impuestos girados hasta el día 30 de junio de 2007 y que se encuentren sujetos a cobranza administrativa o judicial. La facultad que se concede al Servicio de Tesorerías en este artículo, se podrá ejercer por el lapso de seis meses, contados desde la fecha señalada en el artículo 2° de esta ley. La primera de las cuotas deberá ser enterada al momento de suscribir el convenio, no pudiendo exceder su monto una treintaiseisava parte del monto total adeudado, salvo que el deudor, en forma expresa, solicite pagar un monto mayor. Artículo 2°.- Modifícase la ley N° 19.628, a contar del día primero del mes siguiente al de publicación de esta ley en el Diario Oficial, de la siguiente forma:1) Intercálase, en el inciso primero del artículo 17, entre la frase “cooperativas de ahorro y créditos,” y la oración “organismos públicos y empresas del Estado sometidas a la legislación común” lo siguiente: “deuda tributaria y créditos fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 bis de esta ley,”.2) Agréguese el siguiente artículo, a continuación del artículo 17: “Artículo 17 bis.- El Tesorero General de la República podrá informar a los registros o bancos de datos personales, legalmente constituidos, de la deuda tributaria y de los créditos fiscales adeudados que cumplan los siguientes requisitos:a. Que los giros y los créditos fiscales adeudados no estén sujetos a reclamación administrativa o judicial pendiente;b. Que la deuda tributaria y los créditos fiscales consten en un título ejecutivo de cobro, y,c. Que las deudas informadas hayan agotado previamente las instancias de cobro administrativo por parte del Servicio de Tesorerías, en los términos del Título V del Libro III del Código Tributario. El ministro de Hacienda impartirá las instrucciones de publicación mediante decreto, el que determinará los criterios técnicos, modalidades y antigüedad de la morosidad que debe reunir la deuda tributaria y los créditos del Sector Público morosos que se informen. No obstante lo señalado precedentemente, no se podrá publicar la deuda o créditos morosos en los mencionados registros, sino después de transcurridos dieciocho meses desde el vencimiento de la obligación.”.”. Tratado y acordado en sesiones de fechas 8, 13 de agosto y 4 de septiembre de 2007, con la asistencia de los Diputados señores Ortiz, don José Miguel (Presidente); Aedo, don René; Alvarado, don Claudio; Álvarez, don Rodrigo; Delmastro, don Roberto (Bertolino, don Mario); Dittborn, don Julio; Insunza, don Jorge (Tuma, don Eugenio); Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Robles, don Alberto; Sunico, don Raúl y Von Mühlenbrock, don Gastón, según consta en las actas respectivas. Sala de la Comisión, a 4 de septiembre de 2007. (Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO, Abogado Secretario de la Comisión”.3. Moción del diputado señor Lorenzini. Modifica el párrafo tercero del N° 20, del artículo 19, de la Constitución Política de la República, disponiendo que parte de los ingresos provenientes de explotación de recursos naturales no renovables, beneficien a dichas regiones. (boletín N° 5305-07)Fundamentos Artículo 19. La Constitución asegura a todas las personas: 20. La igual repartición de los tributos en proporción a las rentas o en la progresión o forma que fije la ley, y la igual repartición de las demás cargas públicas. En ningún caso la ley podrá establecer tributos manifiestamente desproporcionados o injustos. Los tributos que se recauden, cualquiera que sea su naturaleza, ingresarán al patrimonio de la Nación y no podrán estar afectos a un destino determinado. Sin embargo, la ley podrá autorizar que determinados tributos puedan estar afectados a fines propios de la defensa nacional. Asimismo, podrá autorizar que los que gravan actividades o bienes que tengan una clara identificación regional o local puedan ser aplicados, dentro de los marcos que la misma ley señale, por las autoridades regionales o comunales para el financiamiento de obras de desarrollo.PROYECTO DE LEY Modifíquese para agregar al final del párrafo tercero del N° 20 del art. 19, precedidas de una coma (,), la siguiente expresión: “A excepción del porcentaje que se fije por ley en beneficio de las regiones en donde tenga lugar la explotación de recursos naturales no renovables, sobre los tributos provenientes de aquella.”4. Moción del diputado señor Lorenzini. Reforma constitucional, que tiene por objeto sustituir el párrafo final del N° 20, del artículo 19, de la Constitución Política, estableciendo que los tributos que gravan bienes regionales sean aplicados para el desarrollo regional o local. (boletín N° 5306-07)Fundamentos Artículo 19. La Constitución asegura a todas las personas: 20°. La igual repartición de los tributos en proporción a las rentas o en la progresión o forma que fije la ley, y la igual repartición de las demás cargas públicas. En ningún caso la Ley podrá establecer tributos manifiestamente desproporcionados o injustos. Los tributos que se recauden, cualquiera que sea su naturaleza, ingresarán al patrimonio de la Nación y no podrán estar afectos a un destino determinado. Sin embargo, la ley podrá autorizar que determinados tributos puedan estar afectados a fines propios de la defensa nacional. Asimismo, podrá autorizar que los que gravan actividades o bienes que tengan una clara identificación regional o local puedan ser aplicados, dentro de los marcos que la misma ley señale, por las autoridades regionales o comunales para el financiamiento de obras de desarrollo.PROYECTO DE LEY Modifíquese para sustituir el párrafo final del N° 20 del art. 19 por el siguiente: “Asimismo, la ley podrá autorizar que los tributos que gravan actividades o bienes que tengan una clara identificación regional o local puedan ser aplicados, dentro de los marcos que la misma ley señale, para el financiamiento de las obras de desarrollo regional o comunal que las respectivas autoridades regionales o comunales determinen.”5. Moción de los diputados señores Jaramillo, Alinco, Escobar, Farías, González, Insunza, Lorenzini, Martínez, Ortiz y Quintana. Modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, estableciendo la obligatoriedad de circular con luces encendidas en casos de poca visibilidad o en lugares cubiertos (boletín N° 5307-15) “Vistos; Los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional; la ley N° 18.290, del Tránsito; el Reglamento de la Cámara de Diputados. Considerando:1° Que la ley N° 18.290, general del Tránsito, establece en su artículo 72 que los vehículos deben llevar encendidas sus luces obligatoriamente desde media hora antes de la puesta del sol y hasta media hora después de su salida y agrega además, que deben hacerlo cada vez que las condiciones del tiempo lo requieran;2° Que la disposición citada anteriormente, si bien establece esta situación de obligatoriedad desde el crepúsculo hasta el amanecer, no es clara al establecerla para otras situaciones, ya que al señalar que también deben mantenerse las luces encendidas cada vez que las condiciones del tiempo lo requieran, se refiere más bien a factores climatológicos y no a situaciones de baja visibilidad que pueden ser independientes de los fenómenos atmosféricos;3° Que durante los últimos años se ha venido incrementando el número de estacionamientos cerrados y cubiertos, ya sea por medio de los mecanismos de concesiones de los municipios o por medio de la construcción de grandes centros comerciales que destinan espacios de estacionamientos para sus clientes, los cuales si bien en la mayoría de los casos se encuentran iluminados, lo son con una iluminación tenue que no siempre permite una adecuada visibilidad para los conductores o los peatones que circulan en su interior, la mayor parte de las veces por la misma calzada en donde circulan los vehículos por no contar por regla general con vías peatonales;4° Que una buena parte de los túneles carreteros en la actualidad se construyen o se reacondicionan con luces interiores y señalética luminosa, lo cual incita a que muchos conductores no enciendan las luces de sus vehículos al ingresar en ellos, ya sea por descuido o por considerar que la iluminación interior es suficiente para asegurar una buena visibilidad;5° Que lo señalado anteriormente se repite en el caso de los cobertizos instalados en las carreteras, especialmente en los caminos de montaña, los cuales al tener un lado descubierto poseen luminosidad, pero esta no siempre es suficiente como para percibir la circulación de otros vehículos al interior del cobertizo o en algunas circunstancias de peatones o ciclistas;6° Que lo señalado en los considerando previos hace necesario establecer la obligatoriedad de tener las luces encendidas no sólo durante la noche o cuando las condiciones del tiempo lo requieran, sino también en aquellas situaciones en que la visibilidad es escasa. Por lo anteriormente señalado, los firmantes venimos a presentar el siguiente proyecto de ley:PROYECTO DE LEY ARTÍCULO ÚNICO: Modifíquese el artículo 72 de la ley N° 18.290, del Tránsito, en los siguientes términos:1. Agréguese en el inciso primero luego de la frase “cada vez que las condiciones”, la frase “de visibilidad o”;2. Intercálese el siguiente inciso segundo nuevo: “Los vehículos deberán llevar sus luces encendidas cada vez que circulen al interior de sitios cubiertos como estacionamientos, túneles o cobertizos”.6. Moción de las diputadas señoras Saa, doña María Antonieta; Sepúlveda, doña Alejandra; Soto, doña Laura, y de los diputados señores Burgos, Ceroni, Escobar y Súnico. Modifica normas sobre parricidio (boletín N° 5308-18)MODIFICA NORMAS SOBRE PARRICIDIO “En la Antigüedad, en Germania al igual que en Roma, primitivamente el sistema penal en general, se basaba en la venganza privada y, luego, en la venganza pública; con posterioridad, en esta última, se impuso la ley del talión. En el contexto de un rígido sistema patriarcal, en Roma se consideró como parricida al hijo que mataba a su padre o madre, pero hacia el siglo I a.C., derecho que se aplicaba en toda Italia, se amplió a todo ascendiente afín en línea recta, hermano, primo, cónyuge y contra el hijo cuando lo cometía la madre o ascendiente mujer; la pena que se le imponía era la de muerte, en que al culpable se le metía en un saco junto con un perro, un gallo, una víbora, un mono y era arrojado al mar, río o abismo. No existía el delito de parricidio cuando lo cometía el pater familias que era el ascendiente varón de mayor edad, que podía ser el padre, abuelo o bisabuelo, debido a que el ejercicio de la patria potestad incluía el derecho de corregir, castigar, vender o matar al hijo. A contar del Siglo lI d.C., al padre que mataba al hijo se le expatriaba, y a contar del siglo IV d.C. se consideró como parricida; esta misma norma jurídica se aplicaba también en Hispania y Acaya (Grecia. Similares disposiciones, con las más amplias facultades para el padre, regían en Persia y China). En la Alta Edad Media, en los Estados germanos al parricida se le confiscaban los bienes y debía hacer penitencia, pero también podía recibir la pena de muerte. En Italia, quedaba el culpable a disposición del rey y generalmente se le imponía la muerte; la misma pena se aplicaba en España al que mataba al padre, madre, hijo, hija, hermano, hermana, padrastro, madrastra, hijastro, hijastra u otro pariente, salvo para el marido o padre que mataba a su mujer o hija y al que yacía con ella al sorprenderlos en acto flagrante de adulterio, a quien se le eximía de pena si mataba a ambos. En la Baja Edad Media, al homicidio de los parientes mencionados se le imponía la muerte de diversos modos; en el caso de España, a veces bajo la forma de la antigua Roma. La pena de muerte para el parricidio subsistió también en los Tiempos Modernos y comienzos de la Época Contemporánea. Frente a esta realidad, a mediados del siglo XVIII, el filósofo penalista de inspiración humanista Cesare Beccaria, de nacionalidad italiana, protestó por los excesos que se cometían en contra de la madre que, en una situación angustiosa, para evitar la deshonra mataba al hijo, dado que las legislaciones de la época la tipificaban como parricida u homicida calificada según se tratare, cuya penalidad era extremadamente alta, sin considerar las especiales circunstancias por las que se caracterizaba el homicidio del infante recién nacido. En el siglo XIX, en las diversas legislaciones latinoamericanas y latinoeuropeas, como en las legislaciones germanoeuropeas, si bien se mantuvo el delito de parricidio, paralelamente, se estableció el infanticidio como un tipo penal especial con una pena inferior tanto del parricidio como del homicidio. El delito de parricidio en España consistía en matar al padre, madre, otro ascendiente o al cónyuge y se penalizaba con una pena de reclusión perpetua a muerte; la misma pena existía en Italia cuando se mataba al ascendiente o descendiente, al igual que en los demás países latinoamericanos. En Chile, el parricidio significa matar al cónyuge, padre, madre, hijo legítimo o ilegitimo, ascendiente o descendiente legítimo, siempre que el hechor conozca las relaciones que los ligan; se le impone al hechor la pena de muerte; en esa época (y hasta 1953) se eximía de pena al marido que sorprendía a la mujer en acto flagrante de adulterio, a la inversa, podía constituir una atenuante; esta circunstancia también regía en el derecho comparado en favor del marido en su defecto significaba una atenuante. En esa época, en España se tipificó el infanticidio como la muerte del hijo dentro de las setenta y dos horas después del parto para ocultar la deshonra de la madre y lo comete la madre o los abuelos maternos, tiene una pena de hasta 6 años; en Italia, el infanticidio ocurre cuando la madre por honor mata al hijo inmediatamente después del parto, hasta los 12 años; normas similares rigen en los países latinoamericanos. Lo propio ocurrió en los Estados alemanes, donde se rebajó la pena cuando por razones de honor la madre mataba al hijo recién nacido. En Chile el infanticidio ocurre cuando el padre, madre y demás ascendientes legítimos o ilegítimos, dentro de las cuarenta y ocho horas después del parto matan al hijo o descendiente y se le impone la pena de presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 años y 1 día a 15 años), la misma que la señalada para el homicidio simple, es decir, en nuestro país sólo es una figura privilegiada del parricidio. Sin embargo, en el derecho comparado, el infanticidio es también una figura privilegiada del homicidio, además del parricidio. Es en este contexto en el que se ha creado en las distintas legislaciones el delito específico de infanticidio. El tratadista de derecho penal Francisco Carrara, de nacionalidad italiana, señala: “La muerte de un niño naciente o recién nacido, por medios positivos o negativos, por la madre ilegítimamente fecundada, para evitar el deshonor o inminentes sevicias es justificable”. En la primera mitad del siglo XX, tanto las legislaciones latinoeuropeas como latinoamericanas establecieron que el parricidio o era una calificante del homicidio o era un delito especial con una penalidad equivalente a la del homicidio calificado o asesinato, pero no mayor a éste. A su vez, en éstas y en las germanoeuropeas, se consolida el infanticidio como tipo especial, generalmente cuando se obra para ocultar la deshonra de la madre, con una pena inferior tanto respecto del parricidio como del homicidio calificado u homicidio simple. En España, el delito de parricidio consistía en matar al padre, madre, hijo u otro ascendiente, descendiente, legítimo o ilegítimo o al cónyuge; se le imponía la pena de reclusión mayor (desde 20 años) a muerte; la misma pena que para el asesinato, en tanto que el homicidio era de reclusión menor (12 a 20 años); si se incurría en infanticidio, o sea la madre que para ocultar su deshonra matare al hijo recién nacido o los abuelos maternos por el mismo motivo se imponía prisión menor (6 meses a 6 años). En Italia, por el asesinato de un ascendiente, descendiente afín en línea recta, cónyuge, hermano, hermana, la pena era de reclusión perpetua a muerte, al igual que para el homicidio agravado; en cambio en aquella época (década del 30) y tomando en cuenta la jurisprudencia tradicional en ese momento se estableció en forma expresa un delito especial denominado homicidio por honor familiar con una pena de 3 a 7 años para el marido, padre o hermano que matara a la mujer, hija o hermana si era sorprendida en una relación carnal ilegítima; por su parte, se mantuvo el infanticidio como figura específica cuando la madre mataba al feto después del parto por causa de honor, la pena era de 4 a 12 años. En Alemania, la pena para el asesinato era hasta privación de libertad perpetua, la pena para el homicidio era no menor de 5 años y el infanticidio cometido por la madre era de hasta 3 años. En Chile, la norma es la misma que la señalada precedentemente para el parricidio e infanticidio; no obstante, en 1953, se derogó la disposición de ser eximente para el marido que mataba a su mujer cuando la sorprendía en acto de adulterio, pudiendo sí constituir una importante atenuante, pero en este caso también lo era cuando era la mujer la que mataba al marido al sorprenderlo a él en acto flagrante de adulterio; la pena por homicidio calificado era de presidio perpetuo, en tanto que para el homicidio simple era de presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 años y 1 día a 15 años). En la segunda mitad del siglo XX, el parricidio no es un tipo penal especial en las legislaciones germanoeuropeas; en tanto que en las legislaciones latinoeuropeas y latinoamericanas constituye una calificante del homicidio. Tanto si es o no un delito especial tiene una pena inferior al asesinato o al menos equivalente; además la circunstancia de haber sufrido sevicias, que significa malos tratos graves y repetidos de obra o de palabra, son tomados en consideración por la jurisprudencia como una importante atenuante y en algunos casos como eximente de responsabilidad; también en la mayoría de las legislaciones, se establece el infanticidio cuando se obra por parte de la madre durante o inmediatamente después del parto o bajo la influencia del estado puerperal, como figura privilegiada del homicidio simple. En Rusia, el homicidio agravado se sanciona con privación de libertad de 8 a 15 años o con pena de muerte; para el homicidio doloso no agravado, la pena es de 3 a 10 años; el homicidio doloso cometido en estado de intensa perturbación psíquica provocado por actos de violencia u ofensa grave por parte de la víctima se sanciona con trabajo correccional hasta 1 año o privación de libertad hasta 5 años; el homicidio por exceso de legítima defensa se sanciona con trabajo correccional hasta 1 año o privación de libertad hasta 2 años; no hay delito específico de parricidio o infanticidio, los cuales se incluyen en las diversas formas de homicidio. A los delitos antes señalados, puede aplicarse la atenuante cuando se comete el delito bajo la influencia de fuerte conmoción psíquica, provocada por hechos injustos de la víctima, como también al defenderse de un atentado socialmente peligroso, aunque haya habido exceso en la legítima defensa. En Alemania, el delito del que mata por placer, impulso sexual, codicia, móviles inferiores, alevosía, con crueldad o con medios comúnmente peligrosos o para posibilitar o encubrir otro delito se constituye en asesinato y se impone la pena de privación de libertad de por vida; el que mate sin ser asesino, la pena es no inferior a 5 años; en el caso de la madre que mata a su hijo al nacer o inmediatamente después, la pena es la privación de libertad hasta 3 años. A los delitos antes señalados puede aplicarse la eximente cuando el autor se extralimite en la legítima defensa por causa de trastorno mental, temor o miedo. En Francia, el homicidio en contra de un menor de quince años, en contra de un ascendiente legítimo o biológico, padre o madre adoptivo, en contra de una persona particularmente vulnerable debido a su edad, enfermedad, invalidez, deficiencia física o psíquica o en estado de gestación, tiene una pena de reclusión perpetua; la misma pena para el asesinato, cuando va acompañado de violación, tortura, premeditación; el matar dolosamente a otro o mediante envenenamiento tiene una pena de hasta 30 años de reclusión. A los delitos antes señalados puede aplicarse la eximente o atenuante al que actúe por violencia o por intimidación a la que no han podido resistirse. En Italia, el matar al ascendiente o descendiente tiene la pena de reclusión perpetua: en tanto que matar a un afín en línea recta, al cónyuge, padre, madre o hijo adoptivo tiene la pena de reclusión de 24 a 30 años; el homicidio agravado tiene como pena la reclusión perpetua y entre las circunstancias de éste que además de obrar con crueldad en contra de la persona, se incluye el haber empleado sevicias; el homicidio simple tiene pena no inferior a 21 años; la penalidad del homicidio de un pariente es inferior al homicidio agravado y superior al homicidio simple, o sea, es intermedia entre ambos; se derogó el homicidio por honor familiar cuando había relación carnal ilegítima de la mujer, hija o hermana; el homicidio preterintencional, o sea, el que comete lesiones y sin intención ocasiona la muerte, tiene una pena de 10 a 18 años; a la vez, el infanticidio lo comete la madre que ocasiona la muerte del feto durante el parto o del recién nacido, inmediatamente después del parto, en condiciones de abandono material o moral, y será penado con reclusión de 4 a 12 años. A los delitos antes señalados puede aplicarse la atenuante de obrar en estado de ira por un hecho injusto de otro, o si obrare con motivo de un particular valor moral o social; como también la eximente de responsabilidad al obrar constreñido por un peligro actual de un daño grave o amenaza de éste; a su vez, opera como agravante, además de obrar con crueldad en contra de la persona, el haber empleado sevicias. En España, el matar al ascendiente, descendiente o cónyuge tiene una pena de reclusión mayor (20 a 30 años), en tanto que la pena para el asesinato es reclusión mayor en su grado máximo (26 a 30 años) y para el homicidio, la reclusión menor (12 a 20 años), vale decir, la penalidad del parricidio es intermedia entre ambos tipos de homicidio; al infanticidio, o sea el cometido por la madre para ocultar su deshonra y a los abuelos maternos por el mismo motivo, se impone la pena de prisión menor (6 meses a 6 años). Una reforma posterior rebajó las penas para el asesinato a 15 a 25 años y el homicidio de 10 a 15 años, derogándose el delito de parricidio, el cual se desplaza a uno u otro tipo de homicidio, sin perjuicio de la agravación por parentesco, lo que globalmente considerado significa una rebaja de la pena en relación a la norma vigente con anterioridad; y también se derogó el infanticidio que pasa a ser considerado como homicidio, pero al cual se le aplica en este caso, atenuantes, lo que en la práctica significa una pena inferior. A los delitos antes señalados puede aplicarse la atenuante de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de carácter semejante, a la vez otra referida a cualquier circunstancia de análoga significación (en ésta se incluye el haber sufrido actos de sevicias, violencia o malos tratos por parte del occiso), como también la eximente de responsabilidad, el obrar impulsado por miedo insuperable. En Argentina, el que mata a su ascendiente, descendiente o cónyuge, sabiendo que lo son, tiene una pena de reclusión perpetua, pero si mediare una circunstancia extraordinaria de atenuación, podrá ser de 8 a 25 años. El homicidio calificado tiene pena de reclusión perpetua, en tanto que el homicidio simple, de 10 a 25 años; si bien el parricidio se tipifica como calificante del homicidio, el parricidio atenuado tiene una pena inferior al homicidio simple; el homicidio que se comete en estado de emoción violenta, que las circunstancias hicieren excusable la pena, es de 3 a 6 años, la misma señalada para el homicidio preteritencional. El infanticidio referido a la madre que para ocultar su deshonra mate al hijo durante el nacimiento o mientras se encontrare bajo la influencia del estado puerperal, y al padre, hermano, marido o hijo cuando lo comete en defensa de la honra de la hija, hermana, mujer o madre, siempre que se encontrare en un estado de emoción violenta excusable, se le impondrá la pena de reclusión de 6 meses a 3 años. A los delitos señalados, puede aplicarse la eximente de responsabilidad, el obrar bajo amenazas de sufrir un mal grave e inminente. En Perú, al que a sabiendas mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a su cónyuge o concubino, se le impone una pena no menor de 15 años; el parricidio es un delito especial con la misma pena establecida para el homicidio calificado; si se tratare de un homicidio simple va de 6 a 20 años, y si es en un estado de emoción violenta que las circunstancias hicieren excusable, de 3 a 5 años; el homicidio preteritencional, de 3 a 6 años; si por piedad mata a un enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus intolerables dolores, la pena es no mayor de 3 años; el infanticidio lo comete la madre que mata a su hijo durante el parto o bajo la influencia del estado puerperal y se le impone una pena de 1 a 4 años o prestación de servicio comunitario de 52 a 104 jornadas. A los delitos señalados, puede aplicarse la eximente de responsabilidad, el obrar bajo amenaza para la vida, integridad corporal o libertad. En Colombia, el matar al ascendiente, descendiente, cónyuge, hermano, pariente afín hasta el segundo grado, adoptante o adoptivo califica el homicidio con pena de 16 a 30 años, pero una reforma posterior del homicidio calificado, se aumentó al rango de 40 a 60 años, es decir, el parricidio es una calificante del homicidio; es también una calificante del homicidio el obrar con sevicias. El homicidio simple tenia una pena de 10 a 15 años, pero una reforma posterior la aumentó al rango de 25 a 40 años; al homicidio preterintencional se le impone una pena disminuida de un tercio a la mitad; el homicidio piadoso, matar a otro para poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, la pena es de 6 meses a 3 años; comete infanticidio la madre que durante el nacimiento o dentro de los 8 días siguientes matare a su hijo, fruto de acceso carnal violento o abusivo o de inseminación artificial no consentida, incurrirá en arresto de 1 a 3 años. Si el hecho se comete en estado de ira o intenso dolor causado por comportamiento grave e injusto, la pena será no mayor de la mitad del máximo, ni de la tercera parte del mínimo del respectivo delito. A los delitos señalados, puede aplicarse la atenuante de obrar por motivos nobles o altruistas, también la de obrar en estado de emoción o pasión excusables, o de temor intenso y cualquier otra circunstancia análoga a ellas (en esta última se incluye el haber sufrido actos de sevicias, violencia o malos tratos por parte del occiso o víctima). En Chile, el que conociendo las relaciones que los ligan, mate a su padre, madre o hijo, sean legítimos o ilegítimos, a cualquier otro de sus ascendientes o descendientes legítimos o a su cónyuge, se le impondrá la pena de presidio mayor en su grado máximo (desde 15 años y 1 día) a muerte, configurando el parricidio como delito específico. El homicidio calificado, vale decir, si concurren las circunstancias de obrar con alevosía, o sea, obrar a traición o sobreseguro, por premio o promesa remuneratoria, por medio de veneno, con ensañamiento, aumentado deliberada e inhumanamente el dolor al ofendido o con premeditación conocida, tiene una pena de presidio mayor en su grado medio (desde 10 años 1 día) a presidio perpetuo; para el homicidio simple, el matar a otro sin la concurrencia de las circunstancias anteriores, la pena es de presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 años y l día a 15 años); la misma pena aplica al padre, madre o demás ascendientes legítimos o ilegítimos, que dentro de las cuarenta y ocho horas después del parto, matan al hijo o descendiente, configurando en este caso la pena de infanticidio como equivalente a la del homicidio, pero es superior por el mayor tiempo que se exige para optar a la libertad condicional que es de dos tercios. A los delitos señalados puede aplicarse la eximente de responsabilidad, el que obra violentado por fuerza irresistible o impulsado por un miedo insuperable. Históricamente no existe nexo alguno entre la exención de la pena para el padre de la Época Antigua, especialmente en Roma, con la rebaja de pena para la madre y algunos parientes a contar de la Época Contemporánea; dado que en el primer caso es el producto de una exagerada y brutal potestad del pater familias o el padre, según el caso, dentro de un contexto patriarcal; en tanto, en el segundo, opera como consecuencia de las especiales circunstancias de una situación angustiante en que se encuentra la madre, generalmente producto del abandono físico o moral, o de la presión social y familiar, cuya estructura se da también en el contexto del que forma parte una subcultura patriarcal. Las legislaciones precedentes tienen dos lineamientos jurídicos: la familia jurídica germana, que incluye la rusa, alemana, entre otras, que no tipifican expresamente el parricidio, subsumiéndolo en una de las formas de homicidio; y la familia jurídica romana, que incluye la francesa, italiana, argentina, colombiana, peruana, las que si bien contemplan el parricidio, la circunstancia del parentesco configura una calificante del homicidio, o si es un delito aparte, la pena es equivalente, pero no superior e incluso puede ser inferior; en el caso de la española, constituye una agravante genérica por parentesco. También estas legislaciones incluyen el infanticidio como tipo específico con pena inferior al homicidio simple, salvo la rusa, francesa y española, pero en éstas las atenuantes disminuyen notoriamente la pena. La legislación chilena se adscribe a esta última familia jurídica, pero con una variante, que la pena para el parricidio está por sobre el homicidio calificado, lo que conceptualmente la hace diferente a todas las demás; eso significa que si concurriere una calificante opera independientemente como agravante pero desde un límite mínimo de pena muy superior; si concurre una atenuante, también desde un limite mínimo muy superior. A la vez, el infanticidio es equivalente al homicidio simple, pero se le exige el cumplimiento de los dos tercios de la pena para optar a la libertad condicional, por lo que en la práctica es superior a éste, lo que no se condice con los tipos penales y sus penas señaladas en el derecho comparado. Si se establece un resumen jerárquico del derecho comparado, desde el punto de vista de su punibilidad, se tiene: primeramente el homicidio calificado, que puede o no tener la circunstancia del parentesco, denominado en este caso parricidio. Algunas legislaciones contemplan la circunstancia de las sevicias cometidas con anterioridad por el hechor, que se agrega a la del ensañamiento; en segundo lugar, está el homicidio simple cuando no hay ninguna de las circunstancias calificantes; continúan en esta jerarquía, el parricidio atenuado por haber ejercido el occiso sevicias o violencia en contra del hechor; el homicidio preterintencional, cuando producto de las lesiones resultare la muerte. En algunas legislaciones, el homicidio emocional; le sigue el infanticidio cometido por la madre en contra de un recién nacido; y el homicidio piadoso, cuando se da muerte a un enfermo incurable a solicitud de éste. En algunos de estos casos, operan como agravante genérica, las sevicias ejercidas por el hecho, y mayoritariamente como atenuante o eximente, el obrar bajo amenaza de un mal grave e inminente. Si se analiza el derecho comparado, puede establecerse que en las legislaciones extranjeras, los delitos de homicidio y asesinato tienen en promedio penalidades más altas que en la legislación chilena, pero respecto de los delitos de parricidio e infanticidio, es la legislación chilena la que tiene una penalidad mucho más alta que el promedio de las legislaciones extranjeras. Esto significa que al comparar ambas situaciones en relación al contexto jurídico de los diversos países, en la legislación chilena la mayor pena señalada para el parricidio e infanticidio implica una punibilidad comparativamente mucho más gravosa, tanto por el número de años que importa dicha pena, como respecto de la relación global del contexto en que se da. A principios del siglo XIX, el sociólogo Emile Durkheim, estableció una relación inversa para los indicadores de suicidio y homicidio en los diferentes países europeos. En ese momento, Suecia era el país con un mayor grado de desarrollo socioeconómico y con las tasas de homicidio más bajas, en tanto que las de suicidio más altas; a la inversa, España tenía el grado de desarrollo menor, las tasas de homicidio eran más altas y las de suicidio más bajas En 1996, el Anuario Estadístico de Salud Mundial, estableció una relación similar al comparar países europeos, angloamericanos y latinoamericanos. Así, las tasas de homicidio por cada 100.000 habitantes, en los diversos países, son las siguientes: Colombia 78.5, Brasil 19.2, México 17.1, Venezuela 15.7, Estados Unidos 9.4, Cuba 7.8, Chile 5.9 (Proyección de Fundación Paz Ciudadana), Costa Rica 5.5, Argentina 4.4, Canadá 1.7, Italia 1.7, Francia 1.1, Alemania 1.1, Gran Bretaña 1.0, y España 0.9. Un estudio realizado por la socióloga Doris Cooper Mayr, en 1982, para la Comisión Nacional Científica y Tecnológica estableció una relación cuantitativa del total de condenados por los distintos delitos en Chile. De la población penal rural masculina, el 28% de los hombres cometió homicidio y 2% cometió parricidio; en tanto que de la población penal rural femenina el 6.5% de las mujeres cometió homicidio, 6.5% cometió infanticidio y 50% cometió parricidio. De la población penal urbana masculina, el 11 .3% de los hombres cometió homicidio y 1% cometió parricidio; en tanto que de la población penal urbana femenina, 10.2% cometió homicidio y 26% cometió parricidio. En ese mismo estudio, tomando en cuenta únicamente el total de parricidios, considerando la población rural masculina y femenina, el 8% lo cometieron hombres (la totalidad de éstos golpeaba brutalmente a su mujer e hijos); en tanto que el 92% lo cometieron mujeres que se desglosa en: 52% a maridos, 39% a hijos y 9% a padres (en los casos de parricidio en contra de los maridos y los hijos, ellas han sido víctimas de violencia atroz por parte del marido o conviviente; cuando la víctima es el padre, es por la misma razón). En el caso de la población urbana masculina y femenina, el 23% lo cometieron hombres (la totalidad de éstos golpeaba brutalmente a su mujer e hijos); en tanto que el 77% lo cometieron mujeres que se desglosa en: 30% a maridos, 50% a hijos y 20% a padres por las mismas razones expresadas anteriormente. La misma autora en una investigación denominada Delincuencia Común en Chile, publicada en 1994, estableció que la delincuencia femenina rural alcanza a un 79% de delitos contra las personas, la familia y la moral; de éstos, un 43% corresponde a parricidio, homicidio del conviviente o infanticidio; en tanto que en la delincuencia femenina urbana predominan los delitos contra la propiedad, que se incrementan de un 50% en 1983 a un 79% en 1988, constituyendo el parricidio, homicidio del conviviente e infanticidio un 14% del total. A su vez, otro estudio de la misma autora en 1996, entre las condenadas pertenecientes a zonas urbanas de las regiones de Valparaíso, Santiago, Biobío y Araucanía, del total de delitos cometidos por mujeres, los homicidios fueron, 12% en Valparaíso, 5% en Santiago, 7% en Biobío y 7% en Araucanía; de los parricidios cometidos, 3% en Valparaíso, 3% en Santiago, 9% en Biobío y 17% en Araucanía; cometieron infanticidio, 0% en Valparaíso y Santiago, 9% en Biobío y 5% en Araucanía. Doris Cooper señala que, de acuerdo a los resultados de sus investigaciones, los delitos cometidos tanto por hombres como por mujeres, en las zonas rurales predominan aquellos contra las personas, la familia o la moral; en tanto que en las zonas urbanas, predominan los delitos contra la propiedad, bajando considerablemente el porcentaje de los primeros. En base a lo señalado por la autora, existe una tipología recurrente para los delitos de parricidio, homicidio de familiar o pariente e infanticidio. Parricidio del padre; parricidio o uxorricidio o feticidio del marido o del conviviente, homicidio del padrastro o conviviente de la madre. Los casos de parricidio del padre, parricidio o conyugicidio del marido u homicidio del conviviente; homicidio del padrastro o conviviente de la madre se circunscriben dentro de un contexto de extrema violencia que el padre o quien haga sus veces ha ejercido prácticamente desde el nacimiento del hijo o hija. El occiso ha sido, en primer lugar, golpeador de su mujer, después hace lo propio con los hijos, tratándose de la hija, desde temprana edad, comete abuso sexual en contra de ella, que al poco tiempo se convierte en violación incestuosa. Contra los demás miembros de la familia, el padre ejerce un maltrato físico y comete lesiones cada vez más graves, las que llegan a provocar aborto a la madre si está embarazada, acuchillamiento, cortes, heridas, fracturas, quemaduras u otras formas de tortura; la violencia psicológica del padre es sistemática, la que se caracteriza por insultos, amenazas y una descalificación permanente a su mujer e hijos, agravado muchas veces por la ingesta de bebidas alcohólicas. También la mujer, debido a la situación que vive, maltrata psicológicamente a sus hijos, generando un estado de tensión permanente en el hogar. Por la misma razón, en este tipo de hogares, la mujer, hijos, hijas y demás familiares se encuentran bajo una completa indefensión, motivo por el cual los hechos no son denunciados, por temor a represalias del padre, dado que es un hecho que la agresión será aún peor. Por los motivos más insignificantes, el cielo de violencia se hace más y más recurrente, a la vez mucho más brutal, e incluso llega a ser constitutivo de intento de suicidio. La desesperación es tal que en ocasiones lleva a alguno de los hijos a intentar suicidarse e incluso a la madre idear la muerte del marido, hecho que la mayoría de las veces no llega a concretarse. Un hecho puntual de abuso grave de tipo sexual, maltrato físico o intento de homicidio por parte del padre, padrastro, marido o conviviente de la madre, gatilla en los miembros de la familia por regla general, en forma colectiva, la necesidad de darle muerte. De esta manera, frente a la amenaza de la sobrevivencia se llega a situaciones límites de tolerancia y de transgresión a todo código de normas básicas de convivencia humana; se produce, en estos casos, una reacción instintiva que sobrepasa ilimitadamente el control social internalizado por la víctima de malos tratos.Parricidio o filicidio del hijo por la madre La violencia ejercida sistemáticamente por el marido o conviviente en contra de la mujer, involucra un maltrato físico y psicológico el que se repite cada vez con más frecuencia, en especial después del nacimiento del primer hijo o hija, y cuando está embarazada de un nuevo hijo, muchas veces la agresión ocasiona un aborto. Las lesiones de diverso tipo, muchas de ellas graves, que junto con las amenazas y descalificaciones permanentes tienen como causa los celos en contra del hijo, pero si se trata de un hijo de ella, la situación de violencia es aún peor. La víctima es ella o su hijo, tratándose de una hija se produce, además, abuso sexual o, violación incestuosa. En esta situación desesperada, la madre, cuando no recibe ayuda externa, siente que la situación que ella y sus hijos viven no tiene solución, encontrándose en una situación limite, imposible de tolerar. Su deseo es morir, pero siente que en tal caso sus hijos e hijas quedarían inermes frente al abuso de su padre; en este estado de desesperación y, desde su perspectiva como una forma de protección, decide darles muerte para que no sigan sufriendo. A veces, también decide morir ella. De menor frecuencia cuantitativa son los filicidios ocasionados por los malos tratos inferidos por la madre al hijo, generalmente esta situación se produce tratándose de una madre soltera, siendo mas excepcional que estando ella casada sea la agresora y no su marido.Parricidio o filicidio del hijo por el padre En este caso, la violencia del marido o conviviente en contra de la mujer se acrecienta con el nacimiento del primer hijo, por los celos en contra de éste, especialmente si es hombre. Se produce, desde ese momento, una violencia en contra de ambos; si es hija, la violencia se inicia más tardíamente, pero revestida de alguna forma de atentado sexual. Como consecuencia de lo anterior, el padre mata a su hijo o hija. A modo de conclusión, considerando la descripción sociológica anterior, la causa que conlleva a la comisión de delitos de parricidio, ciertos tipos de homicidio e infanticidio es fundamentalmente la violencia intrafamiliar. Los estudios realizados por la psicóloga Soledad Larraín señalan que los niños son víctimas de la violencia física en una proporción de un 60%, en tanto que la mujer en un 26% y el hombre en un 6%; vale decir, la socialización en la violencia dentro del seno familiar, genera un círculo vicioso cada vez mayor, ahondando la crisis al interior del hogar, en que, muchas veces, sus miembros no ven otra salida que la comisión de un hecho delictivo, como el dar muerte a quien ejerce la violencia o a la inversa, cuando quien ejerce la violencia asesina a la persona que ha sido víctima de esa violencia. Angloamérica y Europa, son dos continentes que, globalmente considerados, tienen estructura familiar transicional en vías hacia la igualdad entre los sexos, persistiendo elementos de subcultura machista. Ambos continentes tienen cifras de homicidios, y, por ende, homicidios de parientes inferiores a los existentes en América Latina, continente cuya estructura familiar está marcada todavía por una fuerte subcultura machista, la que es más evidente en zonas rurales, que tienen una mayor cantidad de homicidios, homicidios de parientes y parricidios que las zonas urbanas, donde la subcultura machista es menor. Si bien la cultura globalmente considerada aspira y tiene como ideal la igualdad entre los sexos, en los países latinoamericanos, la subcultura machista tiene aún una gran presencia y le impone a la mujer un patrón de conducta que importa un doble estándar en materia sexual (por ej.: la mujer tiene que ser virgen, pura y casta: división entre mujeres buenas y malas). Como consecuencia de ello, ante la ocurrencia de un delito, se tiende a culpabilizar a la mujer, aunque ella sea la víctima o haya sido víctima prolongadamente de violencia conyugal. La mujer victima de parte de su cónyuge o conviviente está por lo general aislada e impedida de poder recibir algún tipo de ayuda, dado que existen muy pocas instituciones que la otorguen o las que hay son insuficientes para abordar adecuada y en forma multidisciplinaria el problema, el que se agrava porque la aplicación de la ley es aún muy insuficiente: carabineros que no toman la denuncia, jueces que obligan a conciliación, etc. Tratándose de delitos como parricidio u homicidio de parientes, así como de otros delitos en contra de las personas, frente a un caso concreto, los tribunales de justicia tienden a interpretar la ley y a juzgar, más en base a las normas tradicionales, que son las propias de una subcultura machista, que de acuerdo a lo señalado por la doctrina, que hace una interpretación más progresista y acorde a una cultura transicional más cercana al igualitarismo. En este contexto específico subcultural, la evolución ha sido extremadamente lenta de dos siglos a la fecha, teniendo hoy plena vigencia lo señalado por Cesare Beccaria y Francisco Carrara sobre la dramática situación en que se encuentra una mujer que comete infanticidio, a la vez que también se hace extensivo respecto de aquella que comete parricidio o ciertas formas de homicidio. La problemática expuesta, tanto desde una perspectiva jurídica, tomando como base el derecho comparado, como la perspectiva empírica, y la realidad en que se ve inmersa, hace necesario una modificación de los delitos de parricidio, homicidio de parientes e infanticidio, como de algunas circunstancias que agravan o eximen de responsabilidad penal. Desde un punto de vista empírico, el parricidio es un delito que lo comete la mujer en una proporción mayor que el hombre, en que si bien ambos se ven enfrentados a una situación de creciente violencia intrafamiliar, es el marido quien somete a su mujer a una agresión física y psicológica prolongada en el tiempo, que reviste muchas veces casos de tortura, un trato cruel e inhumano, haciéndolo también extensivo a hijos e hijas. El padre comete, principalmente, contra las hijas diversas formas de atentado sexual como violación y abuso sexual reiterados, a veces tolerado por la madre. En ocasiones, el abusador es el abuelo en contra de una nieta o nieto. Esta situación impide la más elemental forma de convivencia humana, posibilitando la reproducción más brutal del círculo vicioso de una gravísima violencia intrafamiliar; esta situación es más dramática en los sectores rurales, debido al aislamiento en que se encuentran las víctimas y, por ende, la sensación de estar más desprotegidas ante evidentes represalias si llegaran a denunciar el hecho. De esta manera, la víctima percibe el riesgo no sólo de su integridad física y psíquica, sino de su propia vida y la de los familiares más cercanos. En definitiva, la realidad antes descrita, produce la consecuencia de dar muerte al agresor y golpeador por parte de la mujer que lo hace en defensa tanto de ella como de sus hijos, o el hijo o hija que da muerte a su padre en defensa de su madre, hermana o hermano. Con menos frecuencia cuantitativa, se produce también como corroboración de las servidas o malos tratos inferidos por el marido a la mujer, a quien mata, o los inferidos por el padre contra el hijo o hija a quien también mata. Es muy excepcional que en homóloga circunstancia de malos tratos inferidos por la madre al hijo o hija lo mate, pero sí ocurre que como consecuencia de la violencia sistemática y brutal del marido o conviviente, o de su propio padre o madre, que en un estado de desesperación mate al hijo o hija. Desde un punto de vista jurídico, el derecho chileno considera que la circunstancia de ser cónyuge, ascendiente o descendiente cuando en contra de éstos se comete un delito de homicidio, lo considera una conducta que, por esa sola circunstancia, aumenta el disvalor, y por tal motivo lo denomina como parricida con una penalidad mayor; en doctrina, matar al padre, madre u otro ascendiente se denomina parricidio; matar al hijo, nieto u otro descendiente, filicidio, y matar al cónyuge, conyugicidio. En todos estos casos el hechor debe conocer las relaciones que lo ligan a la víctima. Sin embargo, la calificante que se propone reemplaza al tipo penal específico y se justifica en la conducta violenta y reiterada del hechor, dado que reafirma un comportamiento abusivo. Por otra parte, es diferente la situación del hechor cuando el homicidio se ha producido como reacción a una conducta de abuso prolongada en el tiempo, porque y como lo señala una premisa jurídica, no se puede exigir lo que humanamente no se puede resistir. Siendo ésta una de las características esenciales del delito, no se justifica que constituya un tipo penal especial con la penalidad más alta que el homicidio calificado, toda vez que no hay legislación occidental que lo establezca de esa manera. Es factible derogar el parricidio y considerar como homicidio simple o calificado con la agravante genérica por parentesco, que es la línea seguida en la legislación española, o como lo plantea la legislación argentina en que se establece la circunstancia de calificar por parentesco el homicidio, con la excepción de que si quien ha cometido el hecho por haber sido, él o un familiar, víctima de sevicias por parte del occiso, no opere la calificante por tratarse de una circunstancia extraordinaria de atenuación. Es precisamente esta última legislación, la que se ha tomado en cuenta como propuesta en esta reforma al delito de parricidio en la legislación chilena. Desde un punto de vista empírico, la frecuencia cuantitativa con que ocurren los homicidios del hermano, cuñado, suegro o suegra, o conviviente, son cuantitativamente inferiores al compararse con los del parricidio; dentro de éstos, los más frecuentes son los cometidos por él o a la conviviente. Si se comparan estos homicidios con el parricidio presentan características muy similares a este último delito, en lo que se refiere a que la situación en que se comete se origina como consecuencia de una creciente violencia al interior de la familia; en el caso de la violencia ejercida por el conviviente, no es diferente a la conducta descrita del marido, con el agregado de que la mayoría de las veces esta violencia es ejercida contra los hijos de ella. En definitiva, la realidad antes descrita produce la consecuencia de dar muerte al agresor y golpeador por parte de la mujer que lo hace en defensa tanto de ella como de sus hijos, o el hijo o hija que da muerte al conviviente de la madre en defensa de ella, su hermano o hermana. Con menos frecuencia cuantitativa, se produce también como corroboración de las sevicias o malos tratos inferidos por el conviviente a la mujer a quien mata, o contra los hijos de ella con un resultado similar. En forma mas excepcional ha ocurrido que la mujer que ha sometido a violencia física o psicológica a su conviviente, las estadísticas señalan para esta situación una menor frecuencia cuantitativa; lo que es excepcionalísimo es que como consecuencia de los malos tratos de la mujer al hombre lo mate. También como consecuencia de los malos tratos del marido en contra de la mujer, en proporción muchísimo menor, el suegro o suegra dan muerte al yerno en defensa de su hija, e incluso el cuñado hace lo propio en defensa de su hermana, al percibir ellos que esa es la única forma de poner fin a los sufrimientos de que un familiar ha sido y es víctima. Situación inversa se produce cuando el yerno mata a la suegra al defender ella a su hija o al cuñado al defender éste a su hermana o el infrecuente caso del suegro que mata a la nuera, en un malentendido sentido de solidaridad de aquel con el hijo golpeador. Si bien también constituye una realidad la violencia intrafamiliar ejercida por hermano contra hermana o hermana contra hermano o entre hermanos/as del mismo sexo, cuando se genera entre ellos un ambiente de violencia, importa muchas veces un comportamiento abusivo en materia sexual, el cual es particularmente grave cuando aquel o ésta asume el rol de padre o madre por ausencia de uno u otro. Es de menor ocurrencia cuando el o la hermana agredida da muerte a la o el hermano agresor, o también cuando la o el hermano agresor mata al o a la hermana agredida. Desde un punto de vista jurídico, el homicidio de hermano, cuñado, ascendiente o descendiente por afinidad es un disvalor, no obstante inferior a cuando se tratare de ascendiente, descendiente o cónyuge. A este grupo de parentesco debería incorporarse el conviviente debido a que se produce la misma relación de violencia intrafamiliar que el derecho establece como una circunstancia de agravación. Siguiendo la línea de la legislación española, puede considerarse como agravante genérica por parentesco, cuando e1 homicidio lo cometa el conviviente, hermano, cuñado, ascendiente o descendiente por afinidad. No obstante, si el hechor, o un pariente o un tercero ha sido víctima de sevicias por parte del occiso, si no califica el homicidio por la circunstancia del parentesco, tampoco debe agravarse por parentesco cuando concurriere una circunstancia extraordinaria de atenuación. Desde un punto de vista empírico, el homicidio calificado por sevicias es propio del contexto de una brutal violencia intrafamiliar, que involucra a todos los parientes antes mencionados. También se da una situación brutal de violencia por parte del padrastro que somete a sevicias y también a diversas formas de atentado sexual a su hijastro o hijastra. Exactamente la misma situación es la que se produce con el conviviente de la madre en contra del hijo o hija de ésta. Situación parecida ocurre cuando es la madrastra la que ejerce la violencia, pero tiene una menor ocurrencia cuantitativa, debido a que la regla general es que en caso de separación de los padres, los hijos se vayan con la madre. Además de los casos mencionados precedentemente, puede haber otros parientes o personas que sin tener parentesco alguno ejerzan autoridad en la familia, que también incurra en sevicias. En definitiva, la realidad antes descrita genera como consecuencia que la persona agredida o la madre u otro pariente da muerte al agresor. También ocurre que como corroboración de las sevicias se mata a la persona agredida. Desde un punto de vista jurídico, el homicidio calificado por sevicias, debe entenderse en comparación con un homicidio simple o calificado sin la concurrencia de esa circunstancia. Al respecto, cabe señalar que el homicidio calificado consiste en matar mediante alevosía, o sea, obrar sobreseguro, con premeditación conocida, por medio de veneno o con ensañamiento, aumentando inhumana y deliberadamente el dolor al ofendido; todas estas circunstancias operan en el acto mismo de la comisión del delito; sin embargo, si se comparara el ensañamiento con las sevicias, el aumentar inhumana o deliberadamente el dolor del ofendido en el acto mismo es de una mayor reprobación a que si no concurre, pero con mayor razón lo será si durante gran parte de la vida de la víctima se ha ensañado con ella, es de toda lógica que esta última situación, que objetivamente es constitutiva de un mayor disvalor, sea así considerada en el derecho en relación a todas las demás; más aún cuando las circunstancias de veneno, premeditación o alevosía es por regla general cometida por la víctima de las sevicias; entonces, comparativamente no es justo que la víctima de las sevicias tenga calificantes y no el hechor. Al menos un mínimo sentido de equidad exige una disposición jurídica empíricamente paritaria para uno y otro caso. Además, tomando en cuenta que tratándose del padrastro y conviviente de la madre, parientes a los cuales el derecho no les otorga una especial calificación o agravación, según el caso, cobra una significativa importancia incluir una calificación o agravación que en el hecho los incluya. Es por esta razón que considerando lo dispuesto en las legislaciones italiana y colombiana, se propone establecer como calificante del homicidio la circunstancia de haber ejercido sevicias en contra de la víctima con anterioridad a la ejecución del hecho. Desde un punto de vista jurídico, la agravante por sevicias viene a establecer una adecuada equivalencia con la señala para el homicidio, dado que todas las circunstancias que califican el homicidio, son también agravantes. Esto se establece, debido a que si concurren dos o más circunstancias que califican el homicidio, una es calificante y la otra es agravante, con el objeto de establecer la punibilidad. Es por este motivo que tomando en consideración lo dispuesto en la legislación italiana, se propone agregar como agravante la circunstancia de haber ejercido sevicias en contra de la víctima con anterioridad a la ejecución del hecho. Desde un punto de vista jurídico, existe en la mayoría de las disposiciones del derecho comparado, la eximente cuando se obra violentado por una fuerza moral irresistible o bajo la amenaza de un mal grave e inminente. Al respecto, cabe señalar que en la legislación chilena sólo constituye un eximente cuando se obra violentado por una fuerza irresistible, entendiéndose siempre ésta como una fuerza de tipo física. Sin embargo, primeramente la doctrina y después en forma parcial la jurisprudencia han desarrollado el concepto de fuerza moral irresistible; ésta se refiere a que a una persona no se le puede exigir más allá de lo que el común de la gente es capaz de soportar. Cuando se ha traspasado esta barrera, es decir, cuando el hechor o una tercera persona han sido víctima de sevicias por parte del occiso, en especial si estas sevicias revisten el carácter de tortura permanente, debe entonces operar la eximente. No obstante lo anterior, esta eximente no es de frecuente aplicación por parte de los tribunales de justicia, (en parte por ser una creación doctrinaría), o de considerarse, se hace como atenuante, pero sin que afecte estructuralmente el rango de punibilidad, la excepción ha sido lo contrario. La mayoría de las legislaciones extranjeras como la italiana, peruana y argentina, a esta situación la denominan “obrar bajo amenaza de un mal grave e inminente”, considerando precisamente que es la violencia brutal de la que es víctima la persona, la que la lleva a cometer el delito. Es por ello que tomando especialmente en consideración lo señalado en la legislación argentina, se propone incorporar la eximente de “obrar bajo amenaza de un mal grave e inminente”, dado que grafica de manera inequívoca la situación en que se encuentra una persona que ha cometido un delito determinado. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia en Contra de la Mujer, aprobada por la Organización de Estados Americanos en Belém do Para (Brasil) en 1994, condena cualquier acción o conducta basada en su género que cause daño o sufrimiento físico, psicológico o sexual a la mujer, tanto en el ámbito público como privado. Teniendo en cuenta las normas de esta Convención y a la vez, considerando lo dispuesto en la Constitución Política que garantiza a todas las personas la integridad física y psíquica, se concluye que el Estado está obligado a tomar todas las medidas necesarias para prevenir la violencia intrafamiliar. Con mayor razón deben implementarse, cuando la violencia involucra su máxima expresión, la que genera como consecuencia el parricidio, homicidio de familiar o pariente, o infanticidio. Si el Estado no es capaz de evitar este flagelo, no le es lícito desentenderse de su responsabilidad, y traspasarla a la víctima. En la práctica, cuando se establecen altas penas por los tribunales de justicia, que aplican un excesivo rigor legalista, sin considerar las circunstancias que eximan o a lo menos atenúen efectivamente la pena, importa una violación a la Constitución y a la Convención antes señalada. No obstante, es factible modificar las normas del Código Penal en orden a que en nuestra legislación se adecuen los tipos penales y se consideren las circunstancias causales que llevan a la comisión de un lecho delictivo como los ya descritos. En consecuencia, por la violencia intrafamiliar que antecede a la comisión de un homicidio de parentesco en doctrina denominado parricidio y específicamente uxoricidio o femicidio, según fuere el caso, constituye un imperativo de equidad establecer una adecuación de agravantes en concordancia con la calificante del homicidio, respecto de quien ejerce la violencia intrafamiliar o sevicias; de igual manera una atenuante que por sus especiales características, requiere se le de el carácter de una circunstancia extraordinaria de atenuación para quien da muerte, siendo víctima de violencia intrafamiliar o sevicias; sin perjuicio de las eximentes o atenuantes generales que correspondan conforme a derecho, respecto de las cuales, se hacen las respectivas precisiones jurídicas. En base a lo anteriormente expuesto, se propone a la H Cámara de Diputados, introducir modificaciones al delito de parricidio, en virtud del cual se contemple que la existencia de violencia intrafamiliar o sevicias, entendida ésta como malos tratos de obra o de palabra graves y reiterados inferidos a otra persona, por tratarse de una circunstancia con características muy especiales, dado que se tiene un carácter permanente, se desplace la tipificación de parricidio a homicidio que puede ser calificado o simple, (normativa que contempla la legislación argentina) y a su vez tratándose de un homicidio simple o calificado no se aplique la agravación genérica por parentesco. Lo anterior no obsta a la aplicación de las eximentes o atenuantes de responsabilidad generales conforme a derecho. De igual manera, respecto de los delitos de homicidio calificado, se introduzca como calificarte la existencia de las sevicias (normativa que contempla la legislación italiana), que por la circunstancia del carácter permanente le otorga un mayor disvalor ante el derecho, estableciéndose a su vez la concordancia con las circunstancias agravantes de responsabilidad penal. Lo anterior, no obsta a la aplicación de las demás circunstancias agravantes que procedan conforme a derecho. Por tanto, en consideración a la especial circunstancia que según fuere el caso deba opera como agravante o calificarte respecto de quien comete el abuso; y como atenuante respecto de quien es víctima de se abuso, en cuanto se refiera a la tipificación del delito, sin perjuicio de la aplicación de las eximentes o atenuantes genéricas cuando procedan. Se deja constancia de que el presente proyecto fue elaborado por el asesor parlamentario Leonardo Estradé Brancoli. Por tanto, en conformidad a todo lo señalado con anterioridad, se propone al honorable Congreso Nacional el siguiente:PROYECTO DE LEY Artículo primero. Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Penal:1. El número 9 del artículo 10, sustitúyese la frase “o impulsado por un miedo insuperable” por la frase “bajo la amenaza de sufrir un mal grave e inminente”.2. El número 10 del artículo 10 pasa a ser el nuevo número 11, y sustitúyese el número 10 por el siguiente: “10. El que obra impulsado por un miedo insuperable.”.3. En la circunstancia 4º del artículo 12, el punto (.) pasa a ser coma (,) y agrégase la siguiente frase: “o haber ejercido sevicias con anterioridad a la ejecución del hecho.”.4. Agrégase el siguiente nuevo inciso segundo al artículo 390: “No tendrá aplicación lo dispuesto en el inciso precedente, cuando el hechor ha sido víctima o actúa en defensa de otra persona que ha sido víctima de sevicias con anterioridad a la ejecución del hecho por parte del occiso”.5. Agrégase en la circunstancia cuarta del artículo 391, la siguiente frase después del punto aparte que pasa a ser coma: “o haber ejercido sevicias con anterioridad a la ejecución del hecho”.6. Agrégase el siguiente nuevo artículo 391 bis: “Art. 391 bis. En el artículo 391, no se considerará la agravación contemplada en el artículo 13, cuando mediare la circunstancia extraordinaria de atenuación establecida en el inciso final del artículo 390.”.7. Moción de los diputados señores Tuma, Montes, Enríquez-Ominami, Leal, Robles y Vallespín. Modifica la ley N° 19.628, estableciendo un sistema de información de datos de carácter personal basado en el comportamiento de las personas y no sólo en la noción de incumplimiento (boletín N° 5309-03) “Vistos: Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la ley N° 18.918 orgánica constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados. Considerando:1° Que el sistema sobre información comercial que existe en Chile, está basado en la noción del incumplimiento de ciertas obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la ley N° 19.628, que establece limitaciones en relación con la publicación de datos de carácter personal, referidos a la materia (qué datos se pueden informar) y al tiempo (durante qué periodos se puede informar).2° Que un sistema de información basado en la noción del incumplimiento, resulta perjudicial para el sistema crediticio en su conjunto, ya que no da a cuenta del real comportamiento de las personas frente a sus obligaciones comerciales, al mostrar solo la faz negativa de aquél. Una persona que incurre en un incumplimiento comercial, aunque sea por primera vez en su vida, es objeto del más severo reproche por parte del sistema financiero formal, del que queda automáticamente al margen.3° Que en relación con esta materia, se ha venido planteando la necesidad de establecer un sistema, no ya de información de incumplimientos, sino de comportamientos comerciales, lo que otorga una serie de ventajas para el sistema financiero, que desde la perspectiva de las personas que otorgan créditos, sólo persigue contar con la información necesaria para disminuir el riesgo frente al incumplimiento. En efecto, a los Bancos y Financieras, fundamentalmente, les interesa conocer el comportamiento de las personas con el objetivo de saber si éstas les pagarán o no, o con qué grado de diligencia, los créditos que les otorgan.4° Que el comportamiento comercial es un concepto, y mas que eso, una herramienta que utilizan actualmente muchas de las personas que otorgan créditos y que han desarrollado al mismo tiempo el sistema de la fidelización de clientes, ya que al conocer el comportamiento de un cliente pueden hacer proyecciones que les permiten, por ejemplo, otorgarle créditos a más largo plazo con mayores tasas, o bien créditos a corto plazo con menores tasas, planificando, en uno u otro caso, sus riesgos y ganancias. De otro punto de vista, al conocer el comportamiento de un cliente, se puede evaluar, con mayores grados de certeza, si un incumplimiento se debe a factores accidentales externos, o bien se trata de una persona intrínsecamente irresponsable a quien sólo le otorgarán créditos bajo ciertas y determinadas circunstancias.5° Que sin perjuicio de la existencia de sistemas destinados a evaluar el comportamiento de sus clientes, a nivel de las empresas (Bancos, Financieras, Multitiendas, etc.) en Chile no existe un mecanismo que permita evaluar el comportamiento de las personas de manera integral o sistémica, salvo la existencia de la bases de datos basadas en la información de los incumplimientos.6° Que por lo anterior, creemos se hace necesario introducir reformas en la ley Nº 19.628, sobre información de datos de carácter personal, de manera que exista un registro abierto y público sobre el comportamiento comercial de las personas, lo cual significa que en dichas bases de datos se deberán consignar, además de los incumplimientos, todas las circunstancias que permitan evaluar el comportamiento de una persona frente a sus obligaciones de carácter bancario, económico, financiero y comercial, tales como la cantidad de veces que ha recurrido al endeudamiento, si ha pagado oportunamente tanto el capital como las cuotas en que se pactó, si ha sido demandado por sus acreedores, qué tipo de obligaciones ha contraído, a quienes les ha pagado y a quienes no, etc. En otras palabras, consignar en el registro público, tanto los cumplimientos como los incumplimientos, construyendo de este modo un ranking o score de cada persona. Por lo tanto, El diputado que suscribe viene en someter a la consideración de este Honorable Congreso Nacional el siguiente,PROYECTO DE LEY Artículo único: Se agrega el siguiente inciso final al artículo 17 de la ley N° 19.628: “Si los responsables de los registros o bancos de datos personales optaren por comunicar los datos a que se refiere este título, no podrán comunicar los datos sobre obligaciones morosas sin comunicar además los datos sobre obligaciones cumplidas, pagadas durante los últimos cinco años, o en actual estado de cumplimiento. Para estos efectos, los bancos e instituciones financieras y demás personas e instituciones que otorguen créditos, o que en función de su cometido tengan la obligación de registrar morosidades, deberán informar al Boletín Comercial la cantidad de créditos otorgados y el cumplimiento respecto de ellos. El Boletín Comercial deberá elaborar con la información de morosidad y de cumplimiento un sistema de puntajes, aplicable a todos los usuario de crédito.”8. Moción de las diputadas señoras Pascal, doña Denise; Goic, doña Carolina; Pacheco, doña Clemira; Sepúlveda, doña Alejandra; Vidal, doña Ximena, y de los diputados señores Aguiló, Jiménez y Sule. Modifica el artículo 150 del Código del Trabajo, en lo relativo al descanso semanal de los trabajadores de casa particular (boletín N° 5310-13)FUNDAMENTOS1. Los trabajadores de casa particular, están definidas en nuestra legislación como “las personas naturales que se dedican en forma continua, en jornada completa o parcial, al servicio de una o más personas naturales o de una familia, en trabajos de aseo y asistencia propios o inherentes al hogar” (Artículo 146 del Código del Trabajo).2. Atendidas las especiales características de su labor, la legislación laboral establece un capítulo aparte para regular su actividad. En efecto, las normas que las rigen forman el Capítulo V del Título II del Libro I del Código del Trabajo, que reza: “Del contrato de trabajadores de casa particular” (Artículo 146 y siguientes), considerado entonces, por nuestro sistema normativo, como un contrato especial, y estableciendo por tanto, condiciones laborales distintas a las del resto de los trabajadores.3. Si bien se comprende que la actividad de los trabajadores de casa particular esté regida por normas especiales, habida consideración, como se ha dicho, de las especiales características de su labor, pareciera no tener justificación la distinción que hace la ley, respecto de algunas materias, entre los trabajadores de casa particular que no viven en la casa del empleador, y aquellos que viven en la casa del empleador. Una de ellas es la referida al descanso semanal.4. Al respecto, el artículo 150 del Código del Trabajo, prescribe en su inciso 1° que “el descanso semanal de los trabajadores de casa particular gire no vivan en la casa del empleador, se regirá por las normas generales del párrafo 4°, Capítulo IV Título 1, de este libro”. Es decir, las normas generales aplicables a todos los trabajadores. Por su parte, el inciso 2° del mencionado artículo establece que “los trabajadores que vivan en la casa del empleador tendrán derecho a un día completo de descanso a la semana, el cual podrá ser fraccionado en dos medios, a petición del trabajador”. De esta manera, se establece para los trabajadores que viven en la casa del empleador un régimen mas restringido de descanso semanal.5. Si consideramos la dificultad a que se ven enfrentados normalmente los trabajadores que viven en la casa del empleador para delimitar sus horarios de trabajo no obstante las normas que establece el código respecto a la jornada diaria de trabajo para este caso, atendido el hecho que viven en el mismo lugar en que desempeñan sus labores, podemos concluir que, muchas veces, esta modalidad de servicio (conocida como “puertas adentro”) es bajo la cual más se trabaja. No se advierte, por tanto, los motivos que se tuvieron en consideración para plasmar en la normativa laboral un régimen de descanso semanal más estricto para el sector que se desempeña bajo tal modalidad.6. En efecto, al ser aplicables a los trabajadores de casa particular que no vivan en la casa del empleador las normas generales en materia de descanso semanal, implica que estos tienen garantizado por ley el descanso durante los días domingo y todos aquellos que la ley declare festivos, tal como el resto de los trabajadores (salvo aquellos que se desempeñan en actividades respecto de las cuales la ley establece excepciones). Esto se deduce por la remisión expresa que el artículo 150 del Código del Trabajo hace a las normas generales del párrafo 4°, Capítulo IV, Titulo 1, del libro I del mismo cuerpo legal. En cambio, al establecer una norma diferente en el inciso 2° del artículo 150 del código para los trabajadores que vivan en la casa del empleador, se les ha perjudicado considerablemente, ya que solo cuentan con un día completo de descanso a la semana, sin poder gozar de los días de descanso que tienen garantizado el resto de los trabajadores, incluso de su mismo sector o rubro, pero que se desempeñan bajo una modalidad de servicio distinta.7. Lo señalado anteriormente, sumado a la necesidad de respetar cabalmente los derechos de los trabajadores, y a la tendencia mundial por conciliar el desempeño en una actividad laboral con la vida familiar, se constituyen en un imperativo que nos obliga a avanzar hacia una legislación que sea reflejo de los principios básicos que nos inspiran en materia laboral.8. Cada cierto tiempo nuestra sociedad conmemora importantes festividades, tanto religiosas como culturales, oportunidades en las cuales el tiempo para compartir en familia alcanza una trascendencia mayor a la habitual, razón por la cual estimamos necesario y de toda justicia, hacerles extensivo a los trabajadores de casa particular que viven en la casa del empleador, el goce de este beneficio.IDEA MATRIZ La presente propuesta legislativa busca establecer un régimen justo de descanso, tanto para los trabajadores de casa particular que vivan en la casa del empleador, como para los que no viven en ella. Para lograr el propósito descrito, el proyecto explícita que los trabajadores de casa particular que viven en la casa del empleador tienen derecho a gozar de los días festivos que la ley declare como tales, derecho que hoy se encuentra reconocido expresamente tratándose de los trabajadores de casa particular que no viven en la casa del empleador. Con todo, teniendo presente que la modalidad “puertas adentro” de los trabajadores de casa particular se justifica, en la mayor parte de los casos, por vivir éstos lejos de sus familias de origen, se otorga la posibilidad que trabajador y empleador puedan acordar la acumulación o una distribución distinta de dichos días festivos, estableciéndose eso sí un plazo máximo dentro del cual se puede hacer efectivo dicho acuerdo. Es sobre la base de estos fundamentos y antecedentes que venimos en proponer el siguiente:PROYECTO DE LEY Artículo Único: Modifíquese el inciso segundo del artículo 150 del Código del Trabajo en el siguiente sentido: agréguese, a continuación del punto final, que pasa a ser punto seguido, la siguiente fase: “Esto, sin perjuicio de aquellos días festivos que se señalan en el artículo 35 de este Código. Con todo, trabajador y empleador podrán acordar, según sus necesidades, la acumulación o una distribución distinta de dichos días festivos, dentro de los siguientes 90 días”.9. Moción del diputado señor Errázuriz y de la diputada señora Isasi, doña Marta. Autoriza el cierre de pasajes en condiciones que se indican. (bole-tín N° 5311-06) “Considerando:1. Que la inseguridad en que viven muchas personas, ha obligado a cerrar los pasajes que acceden a sus viviendas, lo que no siempre es aceptado por los municipios;2. Que se hace necesario permitir dicho cierre, contemplándose la posibilidad de facilitar el acceso de ambulancias, bomberos y, en general, vehículos de emergencia;3. Que hoy no existe regulación alguna sobre la materia, venimos en proponer el siguientePROYECTO DE LEY ARTÍCULO ÚNICO: Con el acuerdo escrito y firmado por al menos el 75 por ciento de los vecinos de un pasaje, podrá procederse al cierre del mismo, con cargo a los propios vecinos, los que deberán considerar medidas para el paso de vehículos de emergencia. En caso alguno se permitirá el cierre de calles, si aún con la opinión favorable de la totalidad de los vecinos”.10. Oficio de la Corte Suprema. “Oficio N° 290 Informe proyecto ley 54-2007 Antecedente: Boletín Nº 5246-06 Santiago, 29 de agosto de 2007 Por Oficio Nº 6932, de 7 de agosto de 2007, el Presidente de la H. Cámara, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la ley Nº 18.918 y lo preceptuado en el artículo 77 de la Constitución Política de la República, ha recabado la opinión de esta Corte respecto del proyecto de ley recaído en el Boletín Nº 5246-06, que elimina la competencia del Tribunal de Garantía en materia de inscripción electoral y la otorga al Tribunal Electoral. Impuesto el Tribunal Pleno sobre el proyecto señalado, en sesión del día 24 de agosto del presente, presidida por el titular don Enrique Tapia Witting y con la asistencia de los Ministros señores Marcos Libedinsky Tschorne, Ricardo Gálvez Blanco, Alberto Chaigneau del Campo, Urbano Marín Vallejo, Milton Juica Arancibia, Nibaldo Segura Peña, Adalis Oyarzún Miranda, Jaime Rodríguez Espoz, Rubén Ballesteros Cárcamo; Sergio Muñoz Gajardo, Hugo Dolmestch Urra, Patricio Valdés Aldunate, y Pedro Pierry Arrau, acordó informar favorablemente el proyecto, en los siguientes términos: El proyecto, iniciado en moción, elimina la competencia actual de los tribunales de garantía para conocer de las reclamaciones que se entablen con ocasión de haberse negado la inscripción electoral a una persona o de solicitarse la exclusión de quien haya sido inscrito en contravención a la ley, competencia esta que se entrega al tribunal electoral regional correspondiente al territorio en que funciona la Junta Inscriptora en que se hubieren cometido los hechos que sirven de fundamento al reclamo. En efecto, se propone modificar los artículos 50, 51 y 52 de la Ley N° 18.556, sobre Inscripciones Electorales, en la que se contienen ambos tipos de reclamación y su trámite de alzada, y que están entregadas, respectivamente, al juez de garantía y a la competente Corte de Apelaciones. El mencionado artículo 50 dispone que “La persona a quien se le hubiere negado la inscripción, podrá reclamar dentro de quinto día ante el juez de garantía, por escrito o verbalmente, …”; por su parte, el artículo 51 establece, asimismo, que “Cualquier persona podrá pedir al juez de garantía la exclusión de quien haya sido inscrito en contravención a la ley…” Seguidamente, ambas normas señalan reglas de procedimiento para el respectivo reclamo, que no se alteran en el proyecto. Por su parte, en el artículo 52, se entrega a las Cortes de Apelaciones correspondientes el conocimiento de la apelación o la consulta que de los anteriores reclamos se deriven. El proyecto modificatorio, en cambio, considerando que en nuestro país la Constitución Política reconoce a la justicia electoral su existencia y autonomía, en tanto que el legislador ha ido entregándole competencia de su especialidad, propone que estas dos reclamaciones sean conocidas y resueltas por los tribunales electorales regionales correspondientes al territorio en que funcione la Junta Inscriptora en que se hubieren cometido los hechos que sirven de fundamento al reclamo, radicando la competencia de segunda instancia en el Tribunal Calificador de Elecciones. Cabe advertir que esta Corte Suprema, pronunciándose sobre el proyecto que modifica la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, que pretende otorgar derecho a sufragio a los chilenos residentes en el extranjero, en cuanto contempla reclamaciones como las de la especie, el que proponía que sean entregadas al conocimiento de los tribunales de garantía, fue de opinión que éstas deberían ser conocidas por el Tribunal Electoral Regional de Santiago de turno y no los tribunales de garantía. Lo anterior consta del oficio N° 184 de 03 de noviembre de 2006. En consecuencia, y siguiendo aquella misma lógica, este Tribunal se permite informar favorablemente la moción, haciendo presente que la expresión “o de la consulta, en su caso” que contiene el artículo 52 del proyecto modificatorio, es improcedente, desde que tal trámite no se contempla para este tipo de reclamación. Asimismo, y en cuanto al procedimiento a seguir, le parece que sería conveniente señalar que éste habrá de regirse por el Auto Acordado que al efecto dictarán los Tribunales Electorales. Lo anterior es todo cuanto puedo informar a V. S. (Fdo.): ENRIQUE TAPIA WITTING, Presidente; CAROLA HERRERA BRÜMMER, Secretaria SubroganteAL SEÑORPRESIDENTEH. CÁMARA DE DIPUTADOSPATRICIO WALKER PRIETOVALPARAÍSO”.