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Reforma la Constitución Política de la República estableciendo el deber del Presidente de la República de dar cuenta, el 21 de mayo, ante el Congreso Nacional y también ante la ciudadanía. (boletín N° 5059-07)
1. Se ha convertido en una tradición de nuestro país que cada 21 de mayo el (o la) Presidente (a) de la República exponga su cuenta pública al país sobre el estado administrativo y político de la nación. Es más, este acto “ceremonial” se ha convertido en un proceso de tal importancia que podríamos decir marca los timings de la política chilena. Todas las regiones, todos los representantes del pueblo y el mismo pueblo esperan conocer los anuncios que el Gobernante dará a conocer sobre el devenir del país.
Pero no sólo es un acto tradicional y ceremonial la cuenta pública del estado administrativo y político de la Nación, es también un deber constitucional. En el artículo N° 24, inciso tercero, se establece que: “El 21 de mayo de cada año, el Presidente de la República dará cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno”.
2. Respecto a la importancia de la Cuenta Anual, creemos que, como señala el filosofo político Norberto Bobbio, “Con redundancia se puede definir el gobierno de la democracia como el gobierno del poder `público' en `público', la cuenta pública es una herramienta que se crea y sirve para democratizar la información sobre el estado administrativo y político del país y para transparentar la gestión pública. O sea, se instituye para cumplir con el principio democrático de accountability”.
Hoy en día, el concepto de la rendición de cuentas (accountability), que forma parte del lenguaje político cotidiano en la comunidad internacional, expresa de manera nítida esta preocupación continua por controles y contrapesos, por la supervisión y la restricción del poder. En todo el mundo democrático, los actores y observadores de la política, los líderes de partido, las asociaciones cívicas, los organismos financieros internacionales, los activistas de base, los ciudadanos, los periodistas y los académicos han concordado en que la rendición de cuentas se ha vuelto una exigencia ubicua en el mundo de la política democrática. Todos estamos de acuerdo con que democracia implica rendición de cuentas.
3. Por ello, respecto a la ley chilena, los autores del Proyecto de Ley creemos que el cumplimiento literal de esta norma tiene algunos defectos que es necesario mejorar. Creemos que la norma es otro ejemplo más del despotismo ilustrado que rige sobre algunas leyes y actitudes de la política chilena, todo por y para el pueblo, pero sin el pueblo. O sea, la democracia del pueblo, sin el pueblo.
El hecho de la cuenta se de sólo ante el Congreso Pleno y no necesariamente ante la ciudadanía plena, o que no se establezca expresamente que la cuenta deberá ser pública, cierra la posibilidad de tener un debate inclusivo y participativo sobre el estado administrativo y político de la Nación. La cuenta a la nación, según la norma, es un acto de elites entendidas como minorías y no para el pueblo chileno. Si bien es cierto que los distintos presidentes que ha tenido la Nación desde 1990 a la fecha le han dado la publicidad necesaria al acto, estos son actos circunstanciales y no permanentes. La publicidad depende del gobierno de turno y no de un Estado democrático. Por eso creemos necesario modificar esta norma para que la ciudadanía toda pueda involucrarse en el debate sobre la nación y para avanzar en el proceso de democratización de las normas que rigen nuestra constitución y leyes.
4. Además, los distintos tipos de presidencialismo tienen sus propias formas de comunicar y rendir cuentas. En Estados Unidos, por ejemplo, existe el discurso del Estado de la Unión, que cada mes de febrero el primer mandatario desarrolla presentándose en el Congreso. Algo similar ocurre en Argentina, pero en ese caso el 1 ° de marzo, Pero, además, la historia argentina también incluye la costumbre de algunos presidentes de organizar actos públicos, en determinados momentos clave, y dirigirse a la población desde el balcón de la Casa Rosada. Y, por supuesto, en esto de los actos de masas protagonizados por presidentes está muy presente en los últimos tiempos el estilo del presidente venezolano Hugo Chávez , que a su vez hace acordar al del líder cubano, Fidel Castro.
Por eso, se quiere dejar claro que existen distintos modos de presentar Cuentas al país, no uno sólo.
5. Por lo tanto, existe la necesidad de producir un cambio en la metodología de la rendición de cuentas anuales del gobierno y que, además, la cuenta ante el Congreso Pleno se produzca también un acto popular respecto a la cuenta pública del Presidente.
6. Por todas las consideraciones expuestas, los Diputados aquí firmantes venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL:
ARTÍCULO ÚNICO: Reemplácese el inciso 3 del artículo N° 24 de La Constitución Política de la República de Chile, “El 21 de mayo de cada año, el Presidente de la República dará cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno”, en el siguiente sentido:
“El 21 de mayo de cada año, el Presidente de la República dará cuenta pública al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno, en el Congreso de la Nación, y ante la ciudadanía toda, en un acto público”.
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