-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649835/seccion/akn649835-po1-ds5
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649835/seccion/akn649835-po1-ds5-ds8
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649835/seccion/akn649835-po1-ds5-ds10
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649835/seccion/akn649835-po1-ds5-ds7
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649835/seccion/akn649835-po1-ds5-ds9
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649835/seccion/akn649835-po1-ds5-ds6
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:SegundoTramiteConstitucional
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- dc:title = "AUTORIZACIÓN PARA CREACIÓN DE DE COMISIÓN CALIFICADORA DE COMPETENCIAS DE RECURSOS Y RESERVAS MINERAS"^^xsd:string
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/963
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1978
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/637
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2873
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1720
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3069
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4307
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2146
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1778
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3591
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2698
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4462
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/828
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4071
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/852
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/212
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2012
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3080
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1274
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/903
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2804
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1030
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/53
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2566
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/337
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2645
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/972
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4408
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/507
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/443
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1900
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2017
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionGeneral
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/mineria
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/comision-calificadora-de-competencias-de-recursos-y-reservas-mineras
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seApruebaEnGeneral
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/recursos-de-la-mineria
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/ley-n-20235
- rdf:value = " AUTORIZACIÓN PARA CREACIÓN DE DE COMISIÓN CALIFICADORA DE COMPETENCIAS DE RECURSOS Y RESERVAS MINERAS
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula la figura de las personas competentes y crea la Comisión Calificadora de Competencias de Recursos y Reservas Mineras, con informe de la Comisión de Minería y Energía, y urgencia calificada de "simple" (boletín Nº 4065-08).
--Los antecedentes sobre el proyecto (4065-08) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 61ª, en 17 de octubre de 2006.
Informe de Comisión:
Minería y Energía, sesión 81ª, en 3 de enero de 2007.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El objetivo principal de la iniciativa es autorizar a algunas instituciones públicas y privadas para crear una Comisión Calificadora de Competencias en Recursos y Reservas Mineras, como persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, con el objeto de administrar un registro público, en el cual inscribirán personas competentes para emitir informes relativos a la oferta pública de valores relacionados con inversiones mineras.
La Comisión de Minería y Energía discutió este proyecto sólo en general y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes (Honorables señores Orpis, Núñez y Prokurica) en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
El texto pertinente se transcribe en el respectivo informe.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En la discusión general de la iniciativa, tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, antes de entrar al detalle del articulado, es necesario tener presentes los siguientes antecedentes para su análisis.
Actualmente, la contribución de la minería al producto interno bruto (PIB) es superior a 8 por ciento. Sin embargo, las empresas mineras sólo representan el 2 por ciento de la capitalización del mercado accionario, y sólo el 3 por ciento en materia de bonos.
En general, el sector financiero no tiene un conocimiento cabal del negocio minero y sus riesgos que le permita aumentar su presencia. Y no existe una institucionalidad que posibilite acceder a información estandarizada y confiable para evaluar los riesgos de los negocios mineros.
En tal actividad es muy difícil determinar con exactitud la existencia de mineral y la ley de la reserva. Estas dificultades generan problemas de información acerca del potencial valor de esta última, que permita con posterioridad la producción comercial, para lo cual se requiere financiamiento.
Por esta razón, resulta fundamental una plataforma común de conceptos y prácticas en materia de información pública. Tal plataforma se expresa -en general, en la legislación comparada- en un "código" o estándar para informar sobre la estimación, categorización y evaluación de los prospectos de exploración, recursos y reservas mineras.
¿Qué hace el proyecto en debate, señor Presidente ? Primero, propone un régimen legal al que estarán sujetas las personas que elaboren dichos informes, de manera que éstos sean más confiables.
Segundo, establece una fijación de estándares especiales de valoración de los yacimientos y pretende dotar de uniformidad y certeza a la información que los empresarios mineros quieren entregar a los inversionistas, para recabar de ellos capital a fin de financiar los proyectos.
Tercero, se persigue proteger los intereses de los inversionistas, garantizando que la información que llegue al mercado sea de calidad, desde un punto de vista técnico.
En su articulado, el proyecto crea un Registro Público de Personas Competentes en Recursos y Reservas Mineras, en el que deberá inscribirse cualquier profesional que desee emitir informes o reportes públicos de certificación de yacimientos, que vayan a servir de base a la eventual apertura a la bolsa de determinado proyecto minero. La idoneidad viene asegurada por los requisitos exigidos para acceder a dicha inscripción, los cuales son la posesión de un título profesional en alguna de las carreras relacionadas con la industria minera y una experiencia de cinco años en la materia.
En seguida, se crea la Comisión Calificadora de Competencias en Recursos y Reservas Mineras.
Se trata de una corporación de Derecho Privado, sin fines de lucro, creada por ley, que va a estar integrada por el Instituto de Ingenieros de Minas; el Colegio de Geólogos; el Colegio de Ingenieros; la Sociedad Nacional de Minería y el Consejo Minero.
La mencionada Comisión tiene las siguientes funciones principales: administrar el registro público de personas competentes, dictar y actualizar las normas técnicas para la preparación de los informes técnicos, y supervisar las actuaciones de las personas competentes inscritas en el respectivo Registro.
En cuanto a las personas competentes, se preceptúa un régimen de responsabilidad civil basado en la culpa levísima, responsabilidad que es solidaria con la empresa que hubiere encargado o divulgado el correspondiente informe técnico o el reporte público.
Finalmente, se dispone un tipo penal especial, que va a sancionar la emisión o suscripción de informes técnicos o reportes públicos falsos o dolosos por parte de la persona competente y la emisión de reportes públicos por los administradores sociales sin el debido respaldo.
En síntesis, el proyecto busca dotar de una información confiable al mercado, que permita a las medianas y pequeñas empresas acceder a él a fin de desarrollar sus proyectos. Y para tal efecto, crea el Registro Público de Personas Competentes en Recursos y Reservas Mineras y, paralelamente, la Comisión Calificadora de Competencias en Recursos y Reservas Mineras, con el objeto de estandarizar la información que debe entregarse a los agentes públicos.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , como lo informó el señor Presidente de la Comisión de Minería y Energía, efectivamente sólo hemos estudiado en general esta iniciativa.
Y quiero dejar claramente expresada mi opinión con respecto a lo siguiente: he votado a favor la idea de legislar, mas no estoy convencido de la factibilidad y bondad de un proyecto de esta naturaleza, fundamentalmente por el hecho de que el Estado cuenta desde 1960 con una institución -hasta el momento, nadie ha planteado la necesidad de terminar con ella- vital y fundamental para la pequeña y mediana minería del país, como la Empresa Nacional de Minería.
ENAMI cumple diversas funciones, muchas de las cuales se hallan consignadas en esta misma iniciativa. No encuentro razón por la cual no forme parte de la entidad que se está creando la propia Empresa Nacional de Minería, que es la que en la materia posee más experiencia en el país. Como muchos de los señores Senadores saben, realiza prácticamente todas las tareas propias de la actividad minera. No hay faena relacionada con esta tan importante y vital actividad económica que no cuente con asistencia permanente y decidida de la Empresa Nacional de Minería.
Por cierto, ENAMI está especializada en el reconocimiento de reservas -cuestión planteada asimismo en el proyecto que nos ocupa-, efectuando permanentemente tal tarea.
En la Región que represento en el Senado, normalmente la pequeña y la mediana minerías están basadas en la capacidad de ENAMI para el reconocimiento de las reservas de todas las exploraciones que se están llevando a cabo, particularmente en el área del cobre.
La Empresa Nacional de Minería, a partir de la normativa legal que la creó -vale decir, desde 1960- viene realizando tareas de asistencia técnica. No hay pequeño ni mediano minero que no haya contado en alguna oportunidad con la asistencia técnica de una empresa tan vital para Chile.
Desde luego, en los últimos años la Empresa Nacional de Minería ha realizado la preparación y desarrollo de minas, materia también contenida en el texto en análisis, y que constituye la base sobre la cual se otorgan los créditos. No hay posibilidad alguna de que un pequeño minero o mediano pueda acceder a un crédito sin un respaldo adecuado en cuanto a la factibilidad de que un proyecto concreto sea una explotación minera comercialmente viable.
Igualmente ENAMI ha realizado algo que en la presente iniciativa de ley se insinúa: la transferencia tecnológica.
En efecto, la pequeña minería y, en particular, la mediana -todos sabemos que en el caso de esta última no son más de 17 los grandes productores- han realizado un importante programa de transferencia tecnológica. Ciertamente, desde hace muchos años se ha superado al clásico pirquinero, con muy escasa preparación técnica, que explotaba minerales con muy pocas posibilidades de éxito comercial y mucho menos técnico.
Y lo más importante en esta iniciativa es que ENAMI sigue siendo una entidad que va a otorgar créditos a los pequeños y medianos productores, tanto de la minería metálica como de la industrial, en especial a todos los que no tienen acceso al mercado financiero formal y cuentan con un proyecto minero más o menos viable.
Si algo hemos hecho en los últimos años cuando discutimos el Presupuesto de la Nación ha sido exactamente otorgar el máximo respaldo a esta empresa, para los efectos de que esté en condiciones de otorgar los créditos que la pequeña y mediana minerías normalmente solicitan.
Esto se ha logrado y se ha hecho bien. De modo tal que en la Comisión -vuelvo a insistir- he votado favorablemente la idea de legislar sobre esta materia, pero tengo muchas dudas respecto de la viabilidad del proyecto. Lo sabe bien el representante del Ejecutivo , que, por lo demás, ha solicitado ingresar a la Sala. Espero que en esta oportunidad podamos contar con él para el tratamiento de esta iniciativa. En mi opinión, ello resulta muy importante, por cuanto han sido el Gobierno y el Colegio de Geólogos los principales inspiradores de ella. Como lo informó el señor Presidente de la Comisión , se trata de constituir una suerte de Comisión Calificadora de Competencias y, además, de otorgar el título de personas competentes en recursos y reservas mineras a profesionales del área, para los efectos de que sean avales técnicos en la solicitud de los créditos al sistema financiero formal.
En consecuencia, deseo manifestar que, si se está encubriendo por esta vía la privatización de la ENAMI, no van a contar con mi apoyo ni -espero- con el de mi bancada. Es decir, si mediante este proyecto, que aparece extraordinariamente inocente, se busca dejar sin funciones a una entidad que se encuentra cumpliendo muy bien su tarea -esto es, encubrir la privatización de la Empresa Nacional de Minería-, desde ya, anuncio que no votaré a favor de ello.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Solicito autorización para que ingrese a la Sala el Subsecretario de Minería, señor Diego Vio Gorget.
--Se accede.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
¡Después de cuatro meses y medio, ha llegado el informe de CODELCO; pero todavía falta otro!
Señor Presidente , a diferencia del señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, no tengo la duda en cuanto a que el objetivo de este proyecto sea privatizar a la Empresa Nacional de Minería, respecto de lo cual tampoco soy partidario, y no porque esté funcionando bien, como lo señaló él. Presenta muchos problemas, pero no para privatizarla, pues cumple una labor importante.
No creo que sea ése el propósito de la iniciativa.
Lo que me preocupa es que, siendo el actual un proyecto que persigue una buena finalidad, no sé si ésta pueda lograrse con las medidas que aquél plantea. Ésa es mi duda. En todo caso, me parece que da los primeros pasos para generar ciertas condiciones que faltan a la minería chilena.
La idea matriz de la iniciativa consiste en autorizar a algunas instituciones privadas y públicas para crear una Comisión Calificadora de Competencias de Recursos y Reservas Mineras, como persona jurídica de Derecho Privado sin fines de lucro, con el propósito de administrar un registro público en el cual se inscriban personas competentes para emitir informes relativos a oferta pública de valores relacionados con inversiones mineras.
Los objetivos que ella persigue son básicamente dos: primero, por medio de la fijación de estándares especiales de valoración de yacimientos, dotar de uniformidad y certeza a la información que los empresarios mineros quieran entregar a los inversionistas, a fin de recabar de éstos el capital necesario para el financiamiento de sus proyectos; y segundo, proteger los intereses de los inversionistas garantizando que la información que llegue al mercado sea de calidad técnica y confiable.
La causa de la presentación de este proyecto -como lo planteó el Presidente de la Comisión de Minería , Senador señor Orpis - obedece a que, no obstante el dinamismo demostrado por el sector minero chileno durante las últimas décadas, éste posee características que, a diferencia de otros países, limitan su plena integración a la economía nacional, siendo la más importante de ellas la escasa vinculación de la actividad minera con los mercados financieros internacionales y con capitales criollos.
Lo anterior no ocurre con las grandes empresas mineras, que funcionan muy bien con los bancos y con todo lo relativo a la capitalización. Sin embargo, respecto de la pequeña y medianas minerías, una entidad bancaria no acepta como garantía a un mediano o un pequeño minero la entrega de su yacimiento, porque el negocio minero es riesgoso y porque no existe una entidad similar a la que se está planteando hoy día.
Las empresas mineras representan aproximadamente 2 por ciento de la capitalización del mercado accionario local y sólo 3 por ciento del mercado de bonos. Esta realidad contrasta con la contribución de la minería al producto interno bruto, que es del orden de 12 por ciento. Esto indica que inversionistas chilenos no participan en el proceso de creación de valor en la minería y que los empresarios mineros nacionales ven limitada su posibilidad de acceder a capital y deuda para desarrollar sus proyectos.
Una de las causas es la marcada segmentación del sector productivo minero, donde grandes empresas internacionales -como dije recién- se financian casi exclusivamente en los mercados externos. Sin embargo, el sector de la pequeña y mediana minerías, teniendo necesidad de acceder a esos créditos, se ve limitado tanto por sus características como por la percepción de riesgo que los agentes financieros sienten respecto de él.
La minería, señor Presidente , basa su negocio en la explotación de un recurso natural que yace en el subsuelo. Por lo tanto, las empresas del rubro deben enfrentar la complejidad que supone la imposibilidad de proceder a la comprobación de reservas mineras a través de una observación directa e inmediata. En la mayoría de las industrias, los ítems que componen la parte de activos de la hoja de balance son verificables mediante procedimientos estándares de auditoría.
Se propone, entonces, una normativa que, siguiendo estándares internacionales, reduce la incertidumbre del negocio minero y permite a las empresas ingresar al mercado de valores.
Además, se pretende crear una institución encargada de dictar disposiciones que regulen la evaluación que se haga de determinado yacimiento minero, con el fin de que los criterios de valoración utilizados por los expertos sean uniformes y acordes con la práctica tanto a nivel nacional como internacional, de manera que el mercado funcione.
Asimismo, se propone un régimen legal al que estarán sujetas las personas que efectúen labores de valoración de yacimientos, a fin de que la información que ellas emitan sea lo más fiable y transparente posible, para dar seguridad y certeza al sistema.
Por último, señor Presidente , creo que éste es un paso importante. Pero, como dije al inicio de mi intervención, tengo mis dudas en orden a si con estas medidas se logrará el objetivo final. En todo caso, considero que ellas van encaminadas en la línea correcta para que el sector de la pequeña y mediana minerías, y también el de la gran minería, mejoren su acceso al crédito y puedan integrarse totalmente a la posibilidad de bancar sus deudas.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESPINA.-
Yo, señor Presidente.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Se encuentra registrado un pareo permanente entre Su Señoría y el Honorable señor Vásquez.
El señor ESPINA.-
Si es así, obviamente lo respeto.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (26 votos a favor, una abstención y 2 pareos) y se fija como plazo para presentar indicaciones el 22 de enero, a las 12.
Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Ávila, Bianchi, Cantero, Chadwick, Coloma, Escalona, Flores, Frei, García, Gómez, Kuschel, Letelier, Longueira, Matthei, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Naranjo, Navarro, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Romero y Sabag.
Se abstuvo el señor Ruiz-Esquide.
No votaron, por estar pareados, los señores Espina y Zaldívar
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649835
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/649835/seccion/akn649835-po1
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/4065-08