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- rdf:value = " El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS.-
Señor Presidente, “Prevenir la corrupción es defender nuestra democracia”, fue la frase fuerza con que inició su intervención la Presidenta de la República cuando entregó al conocimiento público las medidas de la comisión que ella misma designó para trabajar sobre esa materia, las cuales fueron recogidas casi en su totalidad e, incluso, muchas de ellas se han convertido en proyectos de ley.
Ahora que estamos discutiendo la concreción legislativa de esas medidas, considero bueno remitirse a lo que propuso al respecto esa comisión, cuya integración y resultados fueron aplaudidos por todo el mundo.
“VI. Otras propuestas que favorecen la probidad y la transparencia.
(a) Denuncias de buena fe y prohibiciones a ex funcionarios.
32. Un sistema efectivo de protección al denunciante de buena fe. Elevar la probabilidad de ser denunciado reduce la disposición a incurrir en un delito o ilícito administrativo. Ello requiere proteger adecuadamente a quienes los denuncien de buena fe y por lo canales regulares.
Quienes están en mejor posición de conocer de actos de corrupción que involucren a funcionarios son los particulares afectados, los copartícipes en el ilícito o en los planes para cometerlo y los funcionarios que conozcan de ellos en razón de sus funciones. Todos ellos, sin embargo, pueden inhibirse de denunciar por temor a represalias. Por otro lado, las normas de tratados anticorrupción de que Chile es parte estipulan la obligación de proveer protección a los denunciantes. Si bien las normas penales y procesales vigentes reconocen como atenuante la denuncia útil para sancionar un delito efectuado por quien tuviera participación punible en su comisión y permiten una adecuada protección a testigos, este beneficio no alcanza a quienes no tienen responsabilidad penal y, por ende, sólo resuelve parcialmente el problema.” Ahí hace mención a las atenuantes del artículo 11, números 8 y 9 del Código Penal.
“En consecuencia, resulta necesario establecer medidas de protección para las personas particulares o funcionarios públicos que, de buena fe y del modo que la ley señale, denuncien que se cometió, o existe alta probabilidad de que vayan a cometerse actos que constituyan un delito u otro incumplimiento de un deber legal relativo a la probidad pública,...” -hoy en rango constitucional; lo agrego yo- “... o bien, denuncien que se ocultó o pretende ocultarse información relacionada con tales actos.”
Se propone que esto se regule por ley.
Del análisis del proyecto, informado por el colega De Urresti y respecto del cual han intervenido diputados como Sergio Ojeda, que discutieron en particular sobre el mismo, se desprende que recoge positivamente uno de los puntos centrales de la propuesta de la Presidenta de la República.
Estamos en presencia del primer proyecto de la agenda pro probidad a menos de un mes y medio de haberse anunciado su necesidad, porque, como dice la Presidenta, con toda razón, prevenir la corrupción es defender nuestra democracia, y estamos en condiciones de despacharlo al Senado.
Creo que es un buen proyecto. Es cierto lo que han dicho algunas personas en el sentido de que está limitado al Estatuto Administrativo o a algunos elementos jurídicos análogos, como ocurre con los municipios.
Creo que incluso es mejor diferenciar y establecer este sistema de protección a la denuncia de buena fe para evitar las represalias en el ámbito del funcionario público en un proyecto en el que, a mi juicio, queda pendiente el tema de la protección de los particulares o de otro tipo de funcionarios. Es una cuestión sobre la cual se puede legislar perfectamente. Por lo demás, la Comisión lo propone. Ésta no sólo se refiere a la protección del denunciante que es funcionario público, sino también del particular y, por ende, también de aquellos que no puedan ser calificables como funcionarios públicos en determinadas empresas del Estado o en algunas instituciones en que ese carácter es más discutible.
Creo que el proyecto se basta a sí mismo desde el punto de vista del ámbito público, del Estatuto Administrativo o de estatutos análogos. A mi juicio, desde el ángulo de un avance concreto en esta agenda pro transparencia de la probidad, es demostrativo del ánimo transversal de aprobar la iniciativa y darle un trámite rápido en el Senado, sin perjuicio de que, a través de una moción o de un mensaje, pueda ampliarse para los particulares la capacidad de que su denuncia sea protegida y no tenga como efecto futuras represalias. En ese sentido, a lo menos respecto del ámbito público, trata bien la materia, constituye un avance concreto y recoge una propuesta unánimemente aplaudida a la hora de las consideraciones de la comisión que en su oportunidad presidió el ministro Ferreiro y que fueron recogidas en la ocasión posterior por la Presidenta de la República.
He dicho.
"
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