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El señor NAVARRO.-
Señora Presidenta , la argumentación del Senador Allamand respecto de la entrega de la información omite -creo que está más adelante, en el artículo 318, y lo acaba de mencionar la señora Ministra - que, en definitiva, la información debe ser proporcionada siempre y cuando haya cinco trabajadores en cada cargo o función.
La información deberá ser entregada a las pequeñas y las medianas empresas cuando haya...
El señor ALLAMAND .-
Son casos distintos.
El señor NAVARRO.-
Es que se están votando juntos. Ese es el problema, señor Presidente , de discutir y votar artículos de manera conjunta.
El señor ALLAMAND.-
No estamos votando de esa manera.
El señor LARRAÍN .-
Solamente uno.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , ¿estamos votando solo el artículo 317?
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Señor Secretario , precise al Senador señor Navarro qué estamos votando, por favor.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Se está votando la letra a) del artículo 317, que figura en la página 102 del comparado.
Y, después, la última oración del inciso final.
El señor WALKER, don Patricio (Presidente).-
En el inciso final, la frase que empieza con la expresión "La entrega" y termina con la palabra "Código".
Puede continuar, señor Senador.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , solo quiero señalar que el artículo 318, en lo que respecta a que haya cinco trabajadores de la misma función, da cuenta también de las remuneraciones.
Exactamente.
Estoy leyendo: "remuneraciones asignadas a trabajadores de los diversos cargos o funciones", lo que se ratifica en el último inciso.
Mientras más transparencia haya en materia de sueldos, más vamos a combatir algo que hemos condenado reiteradamente: la discriminación de sueldos entre hombres y mujeres que realizan la misma función, con la misma responsabilidad y la misma carga laboral.
Y uno se pregunta: ¿Por qué ocurre esto? Porque la información no es conocida.
Siento que la mayor transparencia en materia de sueldos ayuda a conocer cómo está la empresa. Ello, pues si se han elevado las remuneraciones de determinados trabajadores, significa que funciona bien.
Por tanto, es esencial para tener un muy buen proceso de negociación saber si la empresa ha subido sueldos en algunos niveles, y por qué en otros no lo ha hecho.
De ahí que la información respecto de la confidencialidad o de la privacidad debe insertarse en el marco de la negociación colectiva; o sea, ¿van a publicar las listas de remuneraciones? Siento que forma parte de la discusión de la mesa de negociaciones. Y uno puede pensar "como es parte de la discusión de la mesa, podrá ser sin copia". Se buscará el mecanismo, pero no puede suceder que los dirigentes se sienten a negociar sin saber cuánto ganan los propios trabajadores, ya sean afiliados o no afiliados.
Yo habría preferido que se supiera en ambos casos.
La Ministra ha señalado -y está también en el artículo 318- que para los no afiliados no existe obligación. Lo anterior introduce oscuridad, opacidad en torno a la buena fe de la empresa a la hora de sentarse a negociar remuneraciones, por ocultar o no entregar información acerca de los no afiliados. O sea, no habrá afiliación.
¿Eso implica que la información de las remuneraciones no se entrega porque hay sueldos distintos? Se trata de la práctica antisindical de mejorar las condiciones de unos trabajadores, que además ahora quedan con la posibilidad de la extensión de beneficios pero manteniendo en secreto cuánto ganan. O sea, el sindicato va a ganar derechos remuneracionales sin saber cuánto ganan, sin saber si están en igualdad de condiciones con el resto de sus representados.
Me parece esencial que haya un mecanismo mediante el cual se dé a conocer exactamente cuáles son las remuneraciones, a fin de saber si la extensión de los beneficios, por ejemplo, o la condición de crecimiento de la empresa es la adecuada para negociar.
Debe existir un instrumento para una mínima transparencia y resguardo de los datos personales, pero en caso alguno puede ocurrir que no se entregue información respecto a remuneraciones de determinados trabajadores que forman parte de la empresa y que pueden incidir también, por cierto, en el proceso de negociación colectiva.
Por tanto, vamos a aprobar el inciso final del artículo 318, señor Presidente , porque la entrega de la planilla se plantea de manera positiva. Y también voy a votar a favor de la letra a), coherentemente con lo que hemos venido diciendo: la información solo sirve para generar mejores negociaciones, mayor transparencia y mayor confianza.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
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