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- rdf:value = " El señor ALLAMAND.-
Señor Presidente , en el ánimo de avanzar en el resto de las disposiciones, nosotros nos vamos a abstener en todo lo relacionado con servicios mínimos y equipos de emergencia, que es, básicamente, el tema que tocan los tres artículos.
Simplemente, queremos hacer presente que durante la tramitación de la iniciativa nosotros presentamos un proyecto alternativo completo en cuanto a cómo debería regularse, en general, esta materia.
No es del caso insistir ahora en ello. Además, no sería esta la oportunidad procesal para hacerlo. Pero queremos dejar constancia de que el sistema de servicios mínimos que se está estableciendo y, en general, todas estas normas presentan una cantidad extraordinaria de deficiencias y errores.
Por ejemplo, en este minuto uno puede distinguir cuatro tipos de empresas. Están, ciertamente, las que, en definitiva, no pueden negociar; están aquellas que pueden negociar, pero que no admiten huelga, llamadas "estratégicas"; están las empresas que admiten huelga y que tienen servicios mínimos, y por último, están las que no deberían tener siquiera servicios mínimos.
En los textos, la confusión de los grupos 2 y 3 es completa.
Sin ir más lejos, ¿alguien podría pensar en una empresa más estratégica y cuya paralización pudiera generar mayor descalabro que el Metro de Santiago? Sin embargo, quedaría dentro de la categoría de empresas que van a tener que definir servicios mínimos.
¿Cómo se definen los servicios mínimos en una empresa necesaria para que no se produzca un descalabro en el sistema de transporte de la Capital? ¿Van a reducir los choferes? ¿Van a reducir los trenes?
Fíjense en lo siguiente. Hay miles de empresas en Chile. Y en la forma en que están redactadas las disposiciones que se están aprobando, todas ellas -escúchenme bien: ¡todas!- van a tener que pasar por la definición de sus servicios mínimos.
Alguien podría preguntarse por qué una imprenta, por ejemplo, requiere servicios mínimos, si no es ni estratégica ni afecta la salud de la población ni ningún otro ámbito esencial.
La razón es muy simple.
Como se estableció que todas las tareas de seguridad y de protección de las instalaciones, que naturalmente debieran ser objeto de adecuación interna, no van a poder ser tales, en los próximos años todas las empresas de Chile se verán en la necesidad de efectuar una negociación y de fijar una serie de procedimientos para definir servicios mínimos que bajo ninguna circunstancia debieran tener.
Simplemente, queremos dejar constancia de esto.
Intentaremos hacer un esfuerzo final con el Ejecutivo durante el período de vacancia de la ley, porque, objetivamente, la forma en que quedaron formulados estos servicios es errónea.
Yo he señalado solo dos o tres pequeños problemas. En la industria salmonera, por ejemplo, los servicios mínimos abarcan al 90 por ciento del personal. Por eso, algunos dirigentes propusieron que, en aquellas empresas en que los servicios mínimos cubrieran a más del 70 por ciento del personal, hubiera, en vez de servicios mínimos, negociación colectiva, por supuesto, pero también arbitraje.
De lo contrario, vamos a tener empresas con 100 trabajadores donde los servicios mínimos van a necesitar 90 personas.
¿Cómo van a ser los servicios mínimos de las lecherías? ¿Cómo se van a organizar?
Esto está -y llego hasta acá- extraordinariamente mal pensado, por lo que nosotros nos vamos a abstener, en la idea de tratar de hacer un último esfuerzo con el Ejecutivo para corregirlo en el período de tiempo que viene.
"
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