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El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , el artículo 360 bis establece plazos. Uno de cinco días para que la comisión pueda establecer acuerdos, y después otro de diez días para que, si no hay acuerdo, el empleador solicite el pronunciamiento de la Inspección del Trabajo. Y luego, da un plazo de diez días para que esta resuelva el requerimiento y envíe la notificación por correo electrónico.
O sea, son quince días.
¿Estamos hablando de la huelga efectiva o del proceso previo a la huelga?
Porque, si se trata de la huelga efectiva, habrá quince días -según entiendo- en que los servicios mínimos serán cubiertos por los equipos de emergencia. Y podría pensarse que durante ese tiempo, que es extremadamente largo, ¡son dos semanas!, los equipos de emergencia no funcionarán.
Entonces, cabe preguntarse si estos plazos, y particularmente la definición de la comisión que concordará el número de personas que integrarán los equipos de emergencia y quiénes serán, se determinarán al inicio, y si sus titulares se mantendrán en funciones.
Yo imagino que la huelga durará de dos a cinco días. Pero se presupone una que lo haga por quince o más días. O sea, ¿la comisión empezará a hablar de equipos de emergencia cuando la huelga haya terminado?
Señor Presidente , ¿podría explicar este punto el Ejecutivo o algún miembro de la Comisión de Trabajo?
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Senador señor Navarro , ¿le concede una interrupción a la Honorable señora Goic?
El señor NAVARRO.-
Sí.
La señora GOIC .-
Voy a intervenir en mi tiempo, señor Presidente .
El señor WALKER, don Patricio ( Presidente ).-
Conforme.
El señor NAVARRO.-
Quiero agregar que en el artículo 360 ter se habla de: "servicios en corporaciones o empresas, cualquiera sea su naturaleza" -entiendo que en esto se incluye a las públicas y las privadas- "cuya paralización cause grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional".
Es una definición vasta, ¡enorme! Y, en verdad, conlleva un alto grado de subjetividad.
Por tanto, esos servicios en corporaciones o empresas, cualquiera que sea su naturaleza, van a quedar sin poder declarar la huelga.
Ante eso, uno se cuestiona si no hubo posibilidades de fijar más detalladamente aquello. Porque, como siempre ocurre, hay un área de transición, en el sentido de que después de determinado tiempo algunas empresas pueden quedar en condiciones de generar riesgos.
Y podría ser un plazo más amplio: quince a treinta días.
Por ejemplo, ¿cuánto dura el abastecimiento de gas de la población, o de combustible, durante el invierno?
Entonces, efectivamente se establece una generalidad en torno a la calificación de la empresa, pues se dispone que "será efectuada cada dos años, dentro del mes de julio, por resolución conjunta del Ministro del Trabajo y Previsión Social , Defensa Nacional y Economía, Fomento y Turismo, previa solicitud fundada de parte".
Pienso que, si estamos hablando de una definición tan grande de empresas que no pueden paralizar por causar ello "grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional", esos conceptos no cambian en dos años.
Y quiero entender que vamos a discutir empresa por empresa, área por área, porque el concepto es vasto y la seguridad nacional no va a cambiar en dos años. Las empresas claves en el ámbito del riesgo y la salud no lo hacen en ese tiempo.
El Estado se encuentra en deuda en cuanto a definir dentro de sí cuáles son sus elementos, teniendo presente que hoy sus trabajadores no pueden negociar colectivamente.
Aún más: tenemos una mochila enorme: los trabajadores a honorarios.
Dicho eso, señor Presidente , si la Senadora Goic nos aclarara el punto -estamos por apoyar el artículo-, ello nos serviría mucho, no para lo que señaló el Senador Allamand en cuanto a volver a la carga sobre el tema, sino para consignar que las condiciones de lo que estamos aprobando van en la línea correcta.
La ley no puede contenerlo todo. Pero el mínimo planteado es demasiado vasto como para provocar debates posteriores realmente complejos.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
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