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El señor ASCENCIO (Presidente).-
Corresponde pronunciarse, en primer lugar, sobre las observaciones formuladas por su excelencia el Presidente de la República al proyecto de reforma constitucional.
Antecedentes:
-Oficio del Senado, boletín Nº 2526-07. Documentos de la Cuenta Nº 1, de esta sesión.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , pedimos votación separada del veto 4), que modifica la letra i) del número 7 del artículo 19 de la Constitución, por cuanto, a nuestro juicio, se comete un error que, aparentemente, el Senado no advirtió.
El error es que se intenta adecuar la norma a la reforma procesal penal cambiando la voz “sometido a proceso” por “acusado”. De aprobarse el veto, se produciría un efecto gravísimo, porque el error judicial manifiesto puede ser motivo de indemnización, y es bueno que así sea cuando hay un condenado, pero ocurre que “acusado” no es equivalente a “procesado”.
Hoy, el acusado es aquel al cual un órgano administrativo, el Ministerio Público, acusa; no lo hace un tribunal. En rigor, el Ejecutivo o el Senado debieron haber dicho que hay apertura del juicio oral, pero ya no se hizo y no hay posibilidad de indicaciones.
Por lo tanto, es mucho más lógico rechazar el veto, de modo que la norma quede tal como está, es decir, con la expresión “sometido a proceso”. Por lo menos, el juez podrá interpretar el término “procesado”. De hecho, pienso que así lo ha venido haciendo, porque la reforma procesal penal ya está rigiendo desde hace cuatro años en algunas regiones.
Este veto complica las cosas, porque hace equivalentes las voces “procesado” y “acusado”, que no lo son, con la agravante de que quien acusa es un órgano administrativo. Si un fiscal se equivoca al momento de acusar, procedería una indemnización, y así lo contempla la ley orgánica del Ministerio Público.
En consecuencia, rechacemos el veto y dejemos pendiente la posibilidad de presentar un proyecto genérico sobre el error judicial, en el que ya estamos trabajando un grupo de parlamentarios.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Zarko Luksic.
El señor LUKSIC.-
Señor Presidente , quiero referirme a una materia que está incluida en el veto presidencial y para la cual se pidió, en su oportunidad, votación separada en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Es el caso de la disposición que restituye a los colegios profesionales la facultad de ejercer el control ético de sus asociados, a la vez que establece un procedimiento de reclamación de sus resoluciones ante la corte de apelaciones respectiva. Para aquellos profesionales que, en virtud del número 15 del artículo 19 de la Constitución, no estén asociados, se crea la instancia de los tribunales especiales establecidos en la ley.
De esta forma, los colegios profesionales constituidos en conformidad a la ley, ven satisfecho su anhelos. Así como hemos vuelto a la tradición democrática previa a la Constitución de 1980, así también se les restituye el derecho a ejercer el control ético de sus asociados.
Por lo tanto, hago un llamado para votar favorablemente.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán .
La señora GUZMÁN (doña Pía) .-
Señor Presidente , el veto presidencial relativo a los colegios profesionales, en opinión de algunos diputados de Renovación Nacional, no corresponde; pero otros consideramos que sí. Por lo tanto, nuestra votación será dividida.
Al respecto, tengo una sola salvedad, que dice relación con la instancia ante la cual se podrá reclamar de la conducta ética de los profesionales no colegiados, ya que “...serán juzgados por tribunales especiales establecidos en la ley.” Eso es dejarlo en la nada misma, sin perjuicio de la disposición transitoria que establece que dicha instancia será reemplazada por los tribunales ordinarios de justicia, como hoy se hace.
Por lo tanto, pido que el Ejecutivo envíe un proyecto de ley que cree esos tribunales especiales, porque la justicia ordinaria está para ver los problemas de la ilegalidad, podríamos decir, y no de ética.
Otra materia importante es el veto al fuero, que por primera vez se trata. En el proyecto de reforma constitucional no fue considerado, por cuanto, durante la discusión en torno a si se mantenía o se eliminaba, se acordó dejarlo de lado y así no condicionarlo al nuevo sistema judicial.
El Ejecutivo hizo un esfuerzo y nos ha presentado una modificación al inciso segundo del artículo 58 que genera bastante consenso. Es más, los senadores y diputados sólo podrán ser privados de libertad una vez que el tribunal de alzada haya aprobado su desafuero por la condición estricta de haber sido acusados, es decir, que se hayan presentado al tribunal de garantía las pruebas suficientes sobre los hechos delictivos de que se trata.
Asimismo, son importantes los vetos a los artículos 81, 82 y 83, relativos al Tribunal Constitucional. Se trata de modificaciones formales, pero también hay algunas de fondo. Cabe destacar que la inconstitucionalidad de que trata el numeral 7) del artículo 82, sólo podrá ser declarada una vez que haya acción ejercida por una persona que tenga un interés en el tema; no es una acción popular, sin perjuicio de la facultad del tribunal para declararla de oficio. Pero, como es obvio, va a primar el caso de que sean las personas con intereses en dichos temas las que reclamen de inconstitucionalidad, siempre que sobre ese precepto legal haya habido una declaración de inaplicabilidad previa por una situación concreta y precisa.
Lo que no me queda claro es lo siguiente. Una vez que se declara impugnado un decreto supremo, bastará con el mérito de la sentencia para que el tribunal acoja el reclamo, pero nada se dice de la retroactividad o irretroactividad del decreto; sí hay referencia expresa de lo que pasa con los autoacordados, los decretos con fuerza de ley y las leyes. La sentencia que acoja el reclamo de inconstitucionalidad de un autoacordado, de un decreto con fuerza de ley o de una ley deberá constar en el Diario Oficial. De modo que hay un problema, ya que sólo respecto de estos tres preceptos legales hay efecto irretroactivo, pero no de los decretos supremos.
En suma, creo que todos los vetos deben ser aprobados.
Para terminar, deseo dejar claro que Renovación Nacional considera que un aspecto muy importante de esta reforma tiene que ver con la regionalización. Las cartas fundamentales no son sólo leyes constitucionales formales, sino que deben responder a los ideales de un país, entre los cuales está el de la regionalización. En este sentido, el hecho de que los senadores no tengan residencia en la región a la cual pretenden representar constituye un asunto de importancia. Por lo tanto, rechazaremos el veto Nº 6), relacionado con el inciso primero del artículo 47 de la Constitución Política, como una manera simbólica de protestar por ello. En consecuencia, pedimos votación separada.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado señor Meza .
El señor MEZA .-
Señor Presidente , anuncio el voto favorable de la bancada del Partido Radical Social Demócrata a las observaciones de su excelencia el Presidente de la República .
Sin embargo, quiero hacer hincapié en tres aspectos que nos merecen especial atención.
En primer lugar, quiero manifestar nuestro especial agrado y satisfacción por el veto Nº 5), que trata de la tuición ética que ejercerán los colegios profesionales respecto de la conducta de sus asociados. De esta manera, se protegerá a la ciudadanía de malas praxis en el ejercicio de algunas profesiones. En el caso de la medicina, es especialmente sensible la necesidad de que el Colegio Médico sea la instancia que ejerza el control de la actuación ética de sus asociados. De esta forma se evitarán conductas que perjudican a la ciudadanía.
En segundo lugar, habría sido interesante que la garantía constitucional de libertad de expresión hubiese sido recogida de manera más amplia en esta reforma. Pienso que una legislación posterior deberá dar más facilidades para que haya mayor transparencia en la información y en la vida de la ciudadanía. Como es natural, estamos a favor de la libertad de expresión y de su ejercicio sin restricciones.
Por último, deseo poner énfasis en un viejo anhelo del Partido Radical Social Demócrata: la descentralización. Desde hace más de dos siglos, nuestra colectividad -en un principio éramos casi los únicos- viene luchando para conseguir que el desarrollo llegue a todo el país, a todas sus regiones, provincias y comunas, porque cada chilena y cada chileno son hijos de esta tierra. Sin embargo, hasta hoy persiste un verdadero abandono del poder central, el que se expresa casi siempre desde Santiago o de las capitales regionales o provinciales.
En consecuencia, estamos especialmente contentos, porque la reforma constitucional entregará las facilidades necesarias para que la descentralización sea una realidad.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Juan Bustos.
El señor BUSTOS .-
Señor Presidente , anuncio el voto favorable del Comité del Partido Socialista a los vetos del Presidente de la República , sin perjuicio de hacer algunos comentarios.
El veto que faculta a los colegios profesionales para ejercer tuición sobre la conducta ética de sus asociados es tremendamente importante. Esta norma fue suprimida sin justificación alguna durante su discusión en el Senado y en la Cámara de Diputados. Es una sentida aspiración de todos los colegios profesionales tener la tuición ética y la capacidad efectiva sobre sus miembros.
Ya era habitual que cuando alguien hacía una denuncia respecto de la actividad de uno de lo colegiados, éste renunciaba al colegio profesional y, esa manera, escapaba a la decisión que pudiese dictarse en su contra.
Ya que nuestra Constitución ha recuperado los aspectos democráticos que tenía hasta antes del golpe militar de 1973, la tuición ética de los colegios profesionales sobre sus miembros es un hecho muy importante.
También es significativo lo que señala respecto del Tribunal Constitucional, en cuanto a dejar en claro que puede sesionar en pleno o dividido en dos salas y la acción que se le reconoce para resolver la inconstitucionalidad de un precepto declarado anteriormente inaplicable.
Sin embargo, como señaló el diputado Burgos , existe un aspecto que es digno de consideración y de observación.
En verdad, no correspondía emplear el término “acusado” en la reforma constitucional, porque lo lógico era que, con el nuevo procedimiento, la voz que se debió usar era la de “condenado”, porque, precisamente, la Constitución establece la presunción de inocencia hasta el momento en que se condena.
Durante el juicio oral la persona es considerada inocente mientas no se dicte sentencia. Por lo tanto, resulta ilógico que se plantee que existe la posibilidad de rechazar esa presunción o garantía básica de inocencia sólo con la decisión del fiscal en la acusación.
Por eso estimo que, tal como expresó el diputado Burgos , debe mantenerse la voz “procesado”, porque dice relación con el antiguo sistema, que todavía está vigente en cuanto a los hechos anteriores. Y con una nueva modificación constitucional debe establecerse que, conforme al nuevo sistema procesal penal y a lo que establece la Constitución respecto a la presunción de inocencia, solamente en el momento en que sea condenado se revierte la presunción de inocencia en una de culpabilidad, con todos los efectos correspondientes.
Por lo tanto, reitero, si somos coherentes y consecuentes, es evidente que corresponde mantener el vocablo “procesado” para el antiguo sistema; pero, dentro del nuevo, lo adecuado es establecer en la Constitución la voz “condenado”, para lo que sería necesaria una reforma constitucional, porque, evidentemente, es imposible que los jueces puedan interpretar “procesado” como “condenado”.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Darío Paya.
El señor PAYA.-
Señor Presidente, la UDI concurrirá con sus votos para aprobar el veto presidencial.
Como es de público conocimiento, éste se originó en un acuerdo orientado a corregir errores u omisiones que se detectaron en la última etapa de la tramitación de la reforma constitucional.
Me quiero referir a dos cosas que no están resueltas a nuestra entera satisfacción.
En primer lugar, hemos concurrido a un acuerdo en materia de colegios profesionales; pero, a nuestro juicio, tiene un defecto, que fue la razón de que esto se entrabase en algún minuto.
Lo que no queremos es que por dar a los colegios profesionales las facultades que es razonable que se les den, se limiten las opciones de una persona que se sienta afectada por la conducta de un miembro de un colegio profesional. Hoy, esa persona puede optar por recurrir al colegio profesional respectivo o a los tribunales ordinarios de justicia, lo que nos parecía razonable que se mantuviese como primera instancia.
Sin embargo, el veto reserva para la persona la opción de ir a los tribunales de justicia sólo en segunda instancia para apelar la resolución e primera instancia del tribunal ético de un colegio profesional.
Reitero, nos parecía razonable mantener esas opciones para que una persona resuelva dónde va a llevar su queja. No fue posible concordar ambas cosas en un texto; por lo que, en el entendido de que esto es un acuerdo, vamos a votar positivamente, pero señalamos nuestra preocupación sobre la materia.
En segundo lugar, la solución final que se da al incorporar la institución de la comisión mixta en el trámite de la reforma constitucional, a mi juicio lo hace con una omisión, puesto que, para aprobar un texto y mandarlo a las respectivas Cámaras, no se exigen a dicha comisión los mismos quórum que se requieren para aprobarlo en las respectivas Salas. Se han copiado tal cual las normas de las comisiones mixtas y se hacen aplicables de igual manera a las reformas constitucionales las relativas a la tramitación de las leyes. Como lo acabamos de advertir en la reciente reforma constitucional, se requiere de un quórum altísimo, dos tercios, en muchos casos, para aprobar una norma, por lo que nos parece que es una solución imperfecta el que una comisión mixta, por simple mayoría, pueda aprobar o sugerir un texto, en circunstancias de que puede que no se reúna en la Sala el quórum de dos tercios de los parlamentarios para aprobar ese texto. Nos parece que, por engorroso que fuera tener que buscar consensos, incluso en los pasillos, respondía a que teníamos que estar de acuerdo dos tercios de cada Cámara en la redacción del texto correspondiente.
Por lo tanto, copiar las normas de tramitación de las leyes en las comisiones mixtas para aplicarlas a las reformas constitucionales, puede ser algo que, en el futuro, entrabe aún más el proceso de éstas últimas. Pero, en fin, quizá no sea tan malo el texto aprobado.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni.
El señor CERONI .-
Señor Presidente , no hay duda de que este importante veto del Presidente de la República acoge los diversos acuerdos políticos que hemos alcanzado en la Cámara de Diputados y en el Senado.
Debemos destacar que los colegios profesionales tengan las facultades para conocer de las distintas reclamaciones que se puedan ejercer sobre el comportamiento ético de sus miembros. Por supuesto, eso no implica que puedan existir tribunales especiales para juzgar las actuaciones de quienes no son integrantes de los colegios y, además, para apelar ante la corte de apelaciones respectiva sobre las resoluciones que adopten los colegios profesionales. Es un avance importante que debemos destacar.
Cabe aclarar que cuando se elaboró el proyecto de reforma constitucional en la Cámara de Diputados, desde ningún punto de vista se pensó en restringir la libertad de expresión. El objetivo del veto del Presidente de la República al eliminar la frase “y pública” en el número 4º del artículo 19 de la Constitución Política es consagrar el respeto irrestricto y la protección a la vida privada y a la honra de las personas y su familia, y establecer que la vida pública de ellas quede sujeta al examen de la opinión pública. En ese sentido, los medios de comunicación pueden hacer las presentaciones e indagaciones que correspondan sobre el particular.
Reitero, en ningún caso se pretendía, originalmente, coartar la libertad de expresión y la libertad de los medios de comunicación, que es tan fundamental e importante.
También quiero destacar el papel que van a desempeñar las comisiones investigadoras.
Estamos de acuerdo con el veto del Presidente de la República , que establece que los ministros de Estado no podrán ser citados más de tres veces a una misma comisión investigadora, sin previo acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros. El objetivo es dar la máxima seriedad al funcionamiento de esas comisiones.
Estamos plenamente de acuerdo con las observaciones del Presidente de la República, por lo que vamos a aprobarlas, sin perjuicio de pedir votación separada para ciertas materias, como la residencia de los senadores y diputados.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Cerrado el debate.
Las observaciones del Presidente de la República al proyecto de reforma constitucional serán votadas al término del Orden del Día.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Corresponde votar las observaciones del Presidente de la República al proyecto de reforma constitucional que modifica la composición y atribuciones del Congreso Nacional, la aprobación de los tratados internacionales, la integración y funciones del Tribunal Constitucional y otras materias que indica.
Se efectuarán dos votaciones, porque se nos ha pedido que el veto signado con el Nº 4) se vote en forma separada.
Por lo tanto, en primer lugar, vamos a votar las veintiséis observaciones, con excepción de la Nº 4.
Hago presente a los señores diputados que las observaciones señaladas con los números 2, 3, 4, 5, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 24 y 26 requieren, para su aprobación, el voto afirmativo de setenta y siete señores diputados en ejercicio.
Las otras observaciones necesitan el voto afirmativo de sesenta y nueve señores diputados en ejercicio para su aprobación.
En votación las observaciones del Presidente de la República , con excepción de la señalada con el Nº 4.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 96 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Aprobadas.
-Aplausos.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Allende Bussi Isabel; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Caraball Martínez Eliana; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo Vidaurrázaga Patricio; Correa de la Cerda Sergio; Cubillos Sigall Marcela; Delmastro Naso Roberto; Díaz del Río Eduardo; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Encina Moriamez Francisco; Escalona Medina Camilo; Espinoza Sandoval Fidel; Forni Lobos Marcelo; Galilea Carrillo Pablo; Galilea Vidaurre José Antonio; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Lavín Guido; González Román Rosa; González Torres Rodrigo; Guzmán Mena María Pía; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Ibáñez Santa María Gonzalo; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jeame Barrueto Víctor; Kast Rist José Antonio; Kuschel Silva Carlos Ignacio; Leay Morán Cristián; Letelier Morel Juan Pablo; Longton Guerrero Arturo; Longueira Montes Pablo; Lorenzini Basso Pablo; Luksic Sandoval Zarko; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Mella Gajardo María Eugenia; Meza Moncada Fernando; Molina Sanhueza Darío; Mora Longa Waldo; Muñoz Aburto Pedro; Muñoz D’Albora Adriana; Navarro Brain Alejandro; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pérez Arriagada José; Pérez Lobos Aníbal; Jofré Núñez Néstor; Pérez San Martín Lily; Pérez Varela Víctor; Prieto Lorca Pablo; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Riveros Marín Edgardo; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Salas de la Fuente Edmundo; Sánchez Grunert Leopoldo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Tapia Martínez Boris; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valenzuela Van Treek Esteban; Vargas Lyng Alfonso; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Villouta Concha Edmundo; Von Muhlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En votación la observación del Presidente de la República signada con el número 4.
Recuerdo que, para su aprobación, se requiere el voto afirmativo de setenta y siete señores diputados en ejercicio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 49 votos; por la negativa, 48 votos. No hubo abstenciones.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Rechazada.
Despachadas las observaciones del Presidente de la República.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo Sergio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Allende Bussi Isabel; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Delmastro Naso Roberto; Encina Moriamez Francisco; Escalona Medina Camilo; Espinoza Sandoval Fidel; Galilea Carrillo Pablo; Galilea Vidaurre José Antonio; Girardi Lavín Guido; González Torres Rodrigo; Guzmán Mena María Pía; Hales Dib Patricio; Jaramillo Becker Enrique; Jeame Barrueto Víctor; Kuschel Silva Carlos Ignacio; Leal Labrín Antonio; Letelier Morel Juan Pablo; Longton Guerrero Arturo; Luksic Sandoval Zarko; Martínez Labbé Rosauro; Mella Gajardo María Eugenia; Monckeberg Díaz Nicolás; Muñoz Aburto Pedro; Muñoz D’Albora Adriana; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pérez Arriagada José; Pérez Lobos Aníbal; Jofré Núñez Néstor; Pérez San Martín Lily; Quintana Leal Jaime; Riveros Marín Edgardo; Saa Díaz María Antonieta; Salas de la Fuente Edmundo; Sánchez Grunert Leopoldo; Soto González Laura; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Valenzuela Van Treek Esteban; Vargas Lyng Alfonso; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Villouta Concha Edmundo.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Burgos Varela Jorge; Caraball Martínez Eliana; Cornejo Vidaurrázaga Patricio; Correa de la Cerda Sergio; Cubillos Sigall Marcela; Díaz del Río Eduardo; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Forni Lobos^Marcelo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; González Román Rosa; Hernández Hernández Javier; Ibáñez Santa María Gonzalo; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Leay Morán Cristián; Longueira Montes Pablo; Lorenzini Basso Pablo; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Sanhueza Darío; Mora Longa Waldo; Navarro Brain Alejandro; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Varela Víctor; Prieto Lorca Pablo; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tapia Martínez Boris; Tuma Zedan Eugenio; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Von Muhlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio.
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