. . . . " \nEl se\u00F1or LARRA\u00CDN.- \nSe\u00F1or Presidente , no iba a intervenir, pero lo har\u00E9 en forma muy breve.\n \nMe asombra la ret\u00F3rica que oigo en algunos se\u00F1ores Senadores de las bancas de enfrente. \nNo quiero entrar a discutir. Simplemente, deseo dejar constancia de un hecho. \nA partir de la promulgaci\u00F3n de la ley en proyecto, en Chile habr\u00E1 dos clases de profesores: los de la educaci\u00F3n municipal o p\u00FAblica y los de la educaci\u00F3n particular subvencionada.\n \nUnos recibir\u00E1n un beneficio econ\u00F3mico determinado, y los otros tendr\u00E1n uno distinto. Van a ser discriminados. No tendr\u00E1n acceso a los mismos derechos que los otros profesores. Esa es la realidad. \nHay una discriminaci\u00F3n. \n\u00BFCu\u00E1l es la raz\u00F3n? Porque est\u00E1n en instituciones distintas. \nEn Chile, no ha sido esa la tradici\u00F3n ni educativa ni jur\u00EDdica.\n \nNo se distingue ya por el tema del lucro; no se distingue por el n\u00FAmero (son m\u00E1s los profesores de la educaci\u00F3n particular subvencionada); no se distingue por la vulnerabilidad (son m\u00E1s los que atienden la educaci\u00F3n particular subvencionada). \nNo importa. \nAqu\u00ED el hecho concreto, de lo cual se tienen que hacer cargo las bancadas de la Nueva Mayor\u00EDa y el Gobierno, es que a partir de la promulgaci\u00F3n de la ley en proyecto los profesores de la educaci\u00F3n particular subvencionada pasan a formar el elenco de los profesores de segunda categor\u00EDa.\n \nHay una primera categor\u00EDa: los profesores de la educaci\u00F3n p\u00FAblica. Los otros son se\u00F1ores a los que se les puede discriminar, respecto de los cuales no importa no pagarles los mismos derechos ni que tengan las mismas exigencias que los otros profesores. \nEsto me parece, simplemente, lamentable. \nY, por cierto, se tendr\u00E1n que hacer cargo de las responsabilidades pol\u00EDticas que eso significa. \n " . . . . .