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El señor LETELIER, don Felipe (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, se están introduciendo 59 modificaciones a la Constitución Política. Sin embargo, me referiré sólo a una en especial, porque ya hablé sobre otra durante la discusión en general.
Quiero apoyar la modificación de la letra b) al artículo 1º de la Constitución, que sustituye el inciso sexto, que ha pasado a ser séptimo, que señala que la ley garantizará “la identidad, idiomas, instituciones y tradiciones espirituales, sociales y culturales de los pueblos indígenas que forman parte de la Nación chilena.” De alguna manera, se adopta el concepto de pueblos indígenas, que tanto hemos intentado introducir en la Constitución Política del Estado. Con ello se da cumplimiento en gran parte, aunque no del todo, al compromiso de Nueva Imperial, de 1989, acordado por el entonces Presidente de la República, don Patricio Aylwin. Por primera vez queda establecido en nuestra Carta Fundamental el término “pueblos indígenas”. Durante muchos años se trabajó para su reconocimiento constitucional, porque es deber del Estado reconocerlos. Los intentos fracasaron en dos oportunidades por falta de quórum: una en la Cámara de Diputados y otra, en el Senado.
Sin embargo, esta modificación no tendría sentido si no se aprobara también el proyecto aprobatorio del Convenio 169 de la OIT, sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, cuya tramitación está inconclusa, pues no ha sido despachado por el Congreso Nacional. No obstante, contamos con la ley Nº 19.253, sobre fomento, protección y desarrollo de las comunidades indígenas, que creó la Conadi.
Por lo tanto, estamos en deuda con dichas comunidades; hay una institucionalidad insuficiente, egoísta e incompleta. Queremos llegar a lo óptimo, lo justo y lo necesario, con equidad y justicia. En consecuencia, con esta modificación damos un gran paso.
El reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas es una aspiración y una necesidad, como también un atributo y un merecimiento. ¿Cuál es el temor a incorporar este concepto en la Carta Fundamental? ¿Queda salvaguardada la integridad del Estado? Es una aprensión errada de quienes pretenden ver en este concepto una concepción de independencia y autonomía del Estado chileno, ya que si bien la modificación constitucional utiliza el concepto “pueblos”, a la vez enfatiza que “forman parte de la Nación chilena”, para evitar cualquiera duda y suspicacia de separación o de independencia. Pueblo es un concepto sociológico, y no implica, por ningún motivo, la idea de grupos que tiendan a la independencia del Estado en que habitan. De hecho, eso no ha ocurrido en los países en que en sus constituciones incluyen en forma expresa a los pueblos indígenas, como Canadá, Colombia, México , Nicaragua , Paraguay y Venezuela. La autonomía es un argumento repetido y sin consistencia, pues no ocurre en ninguno de los países que utilizan ese concepto.
La Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato ha hecho un esfuerzo valioso por analizar, concluir y proponer materias que impliquen renovar o rectificar el trato y la situación de las comunidades indígenas. Propone como elemento vital el reconocimiento constitucional de esos pueblos. Nuevo trato significa nuevo enfoque. La Comisión recomienda las bases sobre las que debe sustentarse una política de Estado hacia los pueblos indígenas. Allí se formó la convicción de la necesidad de un nuevo trato hacia los pueblos indígenas, pero no puede haber nuevo trato sin reconocimiento constitucional, y no puede haber reconocimiento sin valorar a esas etnias, que implican una cultura, una historia, una tradición y un gran aporte al país.
Esos pueblos son la gente que habita su tierra, son sufridos y emprendedores; viven en el norte y en el sur del país, en Temuco y en San Juan de la Costa, y requieren un trato acorde a su dignidad e historia, para darles la consideración que se merecen como culturas y como etnias.
No busquemos pretextos ni argumentos que frenen este avance y progreso que le estamos dando a esta concepción. La fuerza de la razón unida al sentimiento es más fuerte.
Anuncio mi voto favorable la reforma, en especial al inciso que señalé.
He dicho.
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