REP�BLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACI�N OFICIAL LEGISLATURA 353� Sesi�n 41�, en mi�rcoles 12 de octubre de 2005 Ordinaria (De 16:20 a 17:32) PRESIDENCIA DE LOS SE�ORES SERGIO ROMERO PIZARRO, PRESIDENTE, Y JAIME GAZMURI MUJICA, VICEPRESIDENTE SECRETARIOS, LOS SE�ORES CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR, Y JOS� LUIS ALLIENDE LEIVA, SUBROGANTE ____________________ � N D I C E Versi�n Taquigr�fica P�g. I. ASISTENCIA......................................................................................................... II. APERTURA DE LA SESI�N............................................................................... III. TRAMITACI�N DE ACTAS..........................................................................�. IV. CUENTA............................................................................................................... Acuerdos de Comit�s��������������������� V. ORDEN DEL D�A: Proyecto de ley, en tr�mite de Comisi�n Mixta, que establece como obligatoria la declaraci�n jurada patrimonial de bienes de autoridades que ejercen una funci�n p�blica (2394-07) (se aprueba su informe)���� Proyecto de ley, en tr�mite de Comisi�n Mixta, que establece sistema de responsabilidad penal de adolescentes por infracciones a ley penal (3021-07) (se aprueba su informe)����������������.. Proyecto de ley, en tr�mite de Comisi�n Mixta, que modifica los C�digos Procesal Penal y Penal en diversas materias relativas a funcionamiento de Reforma Procesal Penal (3465-07) (se aprueba su informe)������ Proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, sobre competencia desleal (3356-03) (se aprueba en general)�����������.. VI. INCIDENTES: Peticiones de oficios (se anuncia su env�o)................................................... Falta de respuesta a sectores afectados por terremoto en Primera Regi�n. Oficios (observaciones del se�or Orpis)�����������. Mejoramiento de situaci�n econ�mica de personal paradocente. Oficio (observaciones del se�or Cantero) ���������������� VERSI�N TAQUIGR�FICA I. ASISTENCIA Asistieron los se�ores: --Aburto Ochoa, Marcos --Arancibia Reyes, Jorge --�vila Contreras, Nelson --Boeninger Kausel, Edgardo --Canessa Robert, Julio --Cantero Ojeda, Carlos --Cariola Barroilhet, Marco --Chadwick Pi�era, Andr�s --Coloma Correa, Juan Antonio --Espina Otero, Alberto --Fern�ndez Fern�ndez, Sergio --Flores Labra, Fernando --Foxley Rioseco, Alejandro --Frei Ruiz-Tagle, Carmen --Frei Ruiz-Tagle, Eduardo --Garc�a Ruminot, Jos� --Gazmuri Mujica, Jaime --Horvath Kiss, Antonio --Larra�n Fern�ndez, Hern�n --Mart�nez Busch, Jorge --Moreno Rojas, Rafael --Mu�oz Barra, Roberto --Naranjo Ortiz, Jaime --Novoa V�squez, Jovino --N��ez Mu�oz, Ricardo --Ominami Pascual, Carlos --Orpis Bouch�n, Jaime --P�ez Verdugo, Sergio --Parra Mu�oz, Augusto --Pizarro Soto, Jorge --Prokurica Prokurica, Baldo --Romero Pizarro, Sergio --Ruiz De Giorgio, Jos� --Ruiz-Esquide Jara, Mariano --Sabag Castillo, Hosa�n --Silva Cimma, Enrique --Stange Oelckers, Rodolfo --V�squez �beda, Guillermo --Vega Hidalgo, Ram�n --Zald�var Larra�n, Adolfo --Zald�var Larra�n, Andr�s --Zurita Camps, Enrique Concurrieron, adem�s, los se�ores Secretario General de la Presidencia y de Justicia subrogante y el se�or Subsecretario de Justicia subrogante. Actu� de Secretario el se�or Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el se�or Jos� Luis Alliende Leiva. II. APERTURA DE LA SESI�N --Se abri� la sesi�n a las 16:20, en presencia de 16 se�ores Senadores. El se�or ROMERO (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesi�n. III. TRAMITACI�N DE ACTAS El se�or ROMERO (Presidente).- Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 37�, especial, y 38�, ordinaria, ambas en 4 de octubre, y 39�, ordinaria, en 5 de octubre, todas del a�o en curso, que no han sido observadas. IV. CUENTA El se�or ROMERO (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretar�a. El se�or ALLIENDE (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Mensajes Cinco de Su Excelencia el Presidente de la Rep�blica: Con los dos primeros retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en el car�cter de "discusi�n inmediata", respecto de los siguientes proyectos, en tr�mite de Comisi�n Mixta: 1) El que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal (bolet�n N� 3.021-07). 2) El que modifica los C�digos Procesal Penal y Penal en diversas materias relativas al funcionamiento de la Reforma Procesal Penal (bolet�n N� 3.465-07). --Quedan retiradas las urgencias, se tienen presentes las nuevas calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes. Con el tercero retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en el car�cter de "suma", respecto del proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, que sustituye el procedimiento laboral contemplado en el Libro V del C�digo del Trabajo (bolet�n N� 3.367-13). --Queda retirada la urgencia, se tiene presente la nueva calificaci�n y se manda agregar el documento a sus antecedentes. Con el cuarto retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en el car�cter de "simple", respecto del proyecto de reforma constitucional, en primer tr�mite, que autoriza al Estado de Chile para aprobar el Estatuto de Roma, que crea la Corte Penal Internacional (bolet�n N� 2.912-07). --Queda retirada la urgencia, se tiene presente la nueva calificaci�n y se manda agregar el documento a sus antecedentes. Con el quinto hace presente la urgencia, en el car�cter de "simple", respecto del proyecto, en segundo tr�mite constitucional, que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, en materia de acuicultura (bolet�n N� 3.892-21). --Se tiene presente la urgencia y se manda agregar el documento a sus antecedentes. Oficios Cinco de la Honorable C�mara de Diputados: Con el primero informa que ha prestado su aprobaci�n al proyecto que complementa la ley N� 19.927, sobre pornograf�a infantil (bolet�n N� 3.855-18). --Pasa a la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. Con el segundo comunica que ha dado su aprobaci�n al proyecto de ley que modifica normas sobre patria potestad (bolet�n N� 3.592-18). --Pasa a la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento y, de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 77 de la Carta Fundamental, se manda poner en conocimiento de la Excelent�sima Corte Suprema. Con el tercero informa que ha prestado su aprobaci�n al proyecto de ley que establece medidas contra la discriminaci�n (bolet�n N� 3.815-07). --Pasa a la Comisi�n de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadan�a y, de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 77 de la Carta Fundamental, se manda poner en conocimiento de la Excelent�sima Corte Suprema. Con el cuarto comunica que ha dado su aprobaci�n al proyecto de ley que autoriza erigir un monumento, en la localidad de Cha�aral Alto, comuna de Monte Patria, en memoria de don Alejandro Chel�n Rojas (bolet�n N� 3.911-04). --Pasa a la Comisi�n de Educaci�n, Cultura, Ciencia y Tecnolog�a. Con el quinto refiere que ha dado su aprobaci�n al informe de la Comisi�n Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitaci�n del proyecto que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal (con urgencia calificada de "discusi�n inmediata") (bolet�n N� 3.021-07). --Queda para tabla. Del se�or Ministro de Hacienda, mediante el cual responde un oficio remitido en nombre de la Corporaci�n, sobre la posibilidad de presentar a tr�mite legislativo una iniciativa que recoja las ideas contenidas en una moci�n, formulada por el Senador se�or Chadwick, que propone beneficios tributarios a la inversi�n de utilidades de empresas establecidas o que se instalen en Regiones distintas de la Metropolitana, que fuera declarada inadmisible por corresponder a materias propias de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la Rep�blica. Del se�or Ministro Secretario General de la Presidencia, por medio del cual da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador se�or Stange, relativo a la declaraci�n del parque Pumal�n como Santuario de la Naturaleza. Del se�or Ministro de Educaci�n, mediante el cual contesta un oficio dirigido en nombre de la Senadora se�ora Frei, sobre la disminuci�n de las raciones de alimentos en los establecimientos educacionales municipales de la Segunda Regi�n. Del se�or Director Nacional de la Corporaci�n Nacional de Desarrollo Ind�gena, por medio del cual responde un oficio enviado en nombre del Senador se�or Espina, acerca de los efectos negativos que sufrir�n las comunidades ind�genas aleda�as al lugar donde se construir� el Centro de Manejo de Residuos S�lidos de La Araucan�a. Del se�or Director del Servicio de Vivienda y Urbanizaci�n de la Regi�n de La Araucan�a, mediante el cual contesta un oficio remitido en nombre del Senador se�or Espina, sobre reparaci�n de las viviendas de la Poblaci�n Ram�n Francois, en la comuna de Collipulli. Del se�or Director del Instituto de Desarrollo Agropecuario de la Regi�n de La Araucan�a, por medio del cual da respuesta a un oficio dirigido en nombre del Senador se�or Espina, relativo a proyectos del Instituto que ser�an afectados por la instalaci�n del Centro de Manejo de Residuos S�lidos de La Araucan�a. Del se�or Gerente General de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, mediante el cual contesta un oficio remitido en nombre del Senador se�or Horvath, respecto de importaci�n de durmientes de madera provenientes de la amazon�a brasile�a. --Quedan a disposici�n de los se�ores Senadores. Informes De la Comisi�n Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas entre ambas C�maras durante la tramitaci�n del proyecto de ley que modifica los C�digos Procesal Penal y Penal en diversas materias relativas al funcionamiento de la Reforma Procesal Penal (con urgencia calificada de "discusi�n inmediata") (bolet�n N� 3.465-07). De la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento reca�do en el proyecto de ley, en primer tr�mite constitucional, que modifica el sistema de nombramiento y calificaciones de los ministros, jueces, auxiliares de la administraci�n de justicia y empleados del Poder Judicial (bolet�n N� 3.788-07). --Quedan para tabla. Declaraci�n de inadmisibilidad Moci�n del Senador se�or P�ez, con la que presenta un proyecto de ley que faculta al Presidente de la Rep�blica para comprometer la garant�a del Estado en uno o m�s cr�ditos requeridos para la construcci�n de la obra p�blica, por concesi�n, de puente sobre el Canal de Chacao. --Se declara inadmisible, por referirse a una materia de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la Rep�blica, conforme a lo dispuesto en el n�mero 3� del inciso cuarto del art�culo 65 de la Constituci�n Pol�tica de la Rep�blica. El se�or ROMERO (Presidente).- Terminada la Cuenta. El se�or P�EZ.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ROMERO (Presidente).- Para referirse a la Cuenta, tiene la palabra el Senador se�or P�ez. El se�or P�EZ.- Solicito que se oficie a los se�ores Ministros de Hacienda, de Obras P�blicas y Secretario General de la Presidencia, encareci�ndoles el respaldo del Gobierno a esta �ltima iniciativa. El se�or ROMERO (Presidente).- �En nombre de la Sala o s�lo de Su Se�or�a? El se�or P�EZ.- A mi juicio, deber�a enviarse en nombre del Senado, por la importancia que tiene. El se�or ROMERO (Presidente).- Si no hubiere opiniones en contrario, as� se proceder�a. Acordado. ACUERDOS DE COMIT�S El se�or ROMERO (Presidente).- El se�or Secretario dar� cuenta de los acuerdos adoptados por los Comit�s. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Los Comit�s, en sesi�n celebrada hoy, acordaron un�nimemente lo siguiente: 1) Tratar en cuarto lugar de la tabla el proyecto que figura en la de F�cil Despacho, es decir, el referido a la competencia desleal. 2) Colocar en segundo lugar de la tabla el proyecto que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal y, en tercero, el que introduce ajustes a la Reforma Procesal Penal, ambos con urgencia calificada de "discusi�n inmediata". 3) Retirar de la tabla, hasta que pueda concurrir el se�or Ministro de Relaciones Exteriores, el proyecto de acuerdo relativo a la Corte Penal Internacional, y 4) Reiterar el oficio �lo que ya se ha hecho- mediante el cual se solicit� al Ejecutivo "suma urgencia" para el proyecto que modifica la Ley Org�nica Constitucional del Congreso Nacional. )-----------------( El se�or SABAG.- Pido la palabra. El se�or ROMERO (Presidente).- Puede hacer uso de ella Su Se�or�a. El se�or SABAG.- Solicito autorizaci�n para que la Primera Subcomisi�n Especial Mixta de Presupuestos pueda sesionar simult�neamente con la Sala. Somos s�lo dos los Senadores que pertenecemos a ella. El se�or ROMERO (Presidente).- Les rogar�amos, s�, que cuando enfrentemos una votaci�n de qu�rum especial acudan a la Sala. El se�or SABAG.- Con todo gusto. El se�or ROMERO (Presidente).- Si no hubiere objeciones, se acceder�a a la solicitud. Acordado. V. ORDEN DEL D�A OBLIGACI�N PARA AUTORIDADES P�BLICAS DE DECLARACI�N JURADA PATRIMONIAL. INFORME DE COMISI�N MIXTA El se�or ROMERO (Presidente).- Informe de Comisi�n Mixta reca�do en el proyecto de ley que establece como obligatoria la declaraci�n jurada patrimonial de bienes de las autoridades que ejercen una funci�n p�blica, con urgencia calificada de "discusi�n inmediata". --Los antecedentes sobre el proyecto (2394-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 11�, en 9 de noviembre de 2004. En tr�mite de Comisi�n Mixta, sesi�n 22�, en 9 de agosto de 2005. Informes de Comisi�n: Constituci�n (verbal), sesi�n 8�, en 21 de junio de 2005. Constituci�n (segundo), sesi�n 20� ,en 2 de agosto de 2005. Mixta, sesi�n 41�, en 12 de octubre de 2005. Discusi�n: Sesiones 6�, en 15 de junio de 2005 (se posterga su discusi�n); 8�, en 21 de junio de 2005 (se aprueba en general); 20�, en 2 de agosto de 2005 (se aprueba en particular). El se�or HOFFMANN (Secretario).- La controversia entre ambas ramas legislativas se origin� en el rechazo por parte de la C�mara de Diputados, en el tercer tr�mite constitucional, de cuatro de las modificaciones efectuadas por el Senado en el segundo tr�mite. El informe de la Comisi�n Mixta formula la proposici�n destinada a resolver las divergencias entre ambas Corporaciones, que fue acordada de la siguiente forma: El art�culo 60 C que se incorpora a la Ley Org�nica Constitucional de Bases Generales de la Administraci�n del Estado y que establece los bienes que deber�n individualizarse en la declaraci�n de patrimonio fue aprobado, en los mismos t�rminos acordados por el Senado, por 4 votos a favor (Senadores se�ores Espina, Viera-Gallo y Zald�var, don Andr�s, y Diputado se�or Uriarte) y 3 en contra (Diputados se�ora Soto y se�ores Burgos y Bustos). El art�culo 241 bis, que se agrega al C�digo Penal y que sanciona al empleado p�blico que durante el ejercicio de su cargo obtenga un incremento patrimonial relevante e injustificado, fue aprobado por 6 votos a favor y 2 abstenciones, de los Honorables Diputados se�ora Soto y se�or Bustos. El art�culo 13 permanente del proyecto de ley, que proh�be a los �rganos de la Administraci�n del Estado y a las empresas y corporaciones del Estado celebrar contratos administrativos de suministro y de prestaci�n de servicios con funcionarios directivos de los mismos y con determinados parientes de ellos, fue ratificado con el mismo texto aprobado por esta Sala, por 6 votos a favor y 2 en contra, de los Honorables Diputados se�ora Soto y se�or Bustos. El art�culo 1� transitorio de la iniciativa, referido al reglamento sobre los requisitos para las declaraciones de patrimonio, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisi�n Mixta. Cabe tener presente que el art�culo 60 C, comprendido en el art�culo 1� del proyecto, y el 1� transitorio tienen el car�cter de normas org�nicas constitucionales, por lo que requieren para su aprobaci�n el voto conforme de 27 se�ores Senadores. Sus Se�or�as tienen a la vista un bolet�n comparado que transcribe las disposiciones legales pertinentes, los textos del proyecto aprobado por la C�mara de Diputados y por el Senado, las enmiendas rechazadas por la otra rama del Parlamento, la proposici�n de la Comisi�n Mixta y el texto final que resultar�a de aprobarse esta �ltima. Finalmente, cabe tener presente que la Honorable C�mara de Diputados aprob� la propuesta de la Comisi�n Mixta en sesi�n celebrada ayer. El se�or ROMERO (Presidente).- En discusi�n el informe. Tiene la palabra el Honorable se�or Espina, Presidente de la Comisi�n de Constituci�n. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, la verdad es que la Comisi�n Mixta aprob� pr�cticamente en su integridad el proyecto despachado por el Senado tanto respecto de lo que debe contener la declaraci�n patrimonial, cuanto de la norma que establece la prohibici�n de celebrar contratos de prestaci�n de servicios a los directivos de los �rganos p�blicos con el ente al cual pertenecen, como asimismo que sus propios parientes puedan celebrar tales contratos con el �rgano en el cual trabajan. Adem�s, esta norma se hace extensiva a los restantes Poderes del Estado, pero siempre dejando abierta la posibilidad para que, trat�ndose de situaciones de excepci�n, cuando no existe alguien que pueda efectuar esa prestaci�n de servicios o los suministros de bienes, pueda realizarlo previa resoluci�n del directivo pertinente, la cual deber� ser comunicada a la Contralor�a General de la Rep�blica y a la C�mara de Diputados. El cambio se produce en cuanto a la descripci�n de lo que vendr�a a ser el delito que se incorpora junto con la declaraci�n patrimonial, que es el de enriquecimiento il�cito, una figura bastante controvertida que la Comisi�n Mixta intent� incorporar en nuestra legislaci�n en los t�rminos que se se�ala en el informe. �En qu� consiste el cambio? La modificaci�n tiene por objeto incorporar la expresi�n "relevante e injustificado" para los efectos de constituir una figura de esta naturaleza. El art�culo 241 bis quedar�a como sigue: "El empleado p�blico que durante el ejercicio de su cargo obtenga un incremento patrimonial relevante e injustificado, ser� sancionado con una multa equivalente al monto del incremento patrimonial indebido y con la pena de inhabilitaci�n absoluta temporal para el ejercicio de cargos y oficios p�blicos en sus grados m�nimo a medio.". Tambi�n se deja expresamente establecido en el inciso tercero del art�culo 241 bis propuesto en el informe que "la prueba del enriquecimiento injustificado a que se refiere este art�culo ser� siempre de cargo del Ministerio P�blico", respet�ndose el principio de inocencia y reafirm�ndose que dicho organismo debe probar los hechos. Por lo dem�s, �sta es una figura penal de car�cter residual, porque opera cuando ninguno de los dem�s delitos ha podido probarse. Me refiero al cohecho, la coima, el tr�fico de influencia, etc�tera. Si ninguna de esas figuras logra ser tipificada, es posible que el fiscal instruya una investigaci�n por enriquecimiento il�cito. Finalmente, se contempla una medida de protecci�n para los funcionarios p�blicos. En tal sentido, se establece expresamente que en los casos de denuncia o de querellas infundadas que puedan causar grave perjuicio a dichos servidores y que sean desechadas, ya sea porque fueron absueltos, o simplemente porque los antecedentes ni siquiera dieron m�rito para continuar adelante con la investigaci�n, tendr�n derecho a obtener del querellante o denunciante la indemnizaci�n de perjuicios por los da�os materiales y morales sufridos, sin perjuicio de la responsabilidad criminal que corresponda sobre esta materia. Dir�a que este nuevo tipo penal se resolvi� un�nimemente. Por supuesto, habr� que ver c�mo funciona en la pr�ctica. Y se acogi� la tesis en el sentido de que si existe la necesidad de efectuar declaraci�n patrimonial, tambi�n debe establecerse la figura del enriquecimiento il�cito, con la tipificaci�n que garantice el principio de inocencia y que en forma simult�nea permita la investigaci�n de los hechos cuando as� lo ameriten las circunstancias. Por los motivos expuestos, solicitamos a la Sala aprobar el informe de la Comisi�n Mixta, que fue ratificado un�nimemente por �sta. --Se aprueba el informe de la Comisi�n Mixta, dej�ndose constancia, para los efectos del qu�rum constitucional exigido, de que emitieron pronunciamiento favorable 31 se�ores Senadores. El se�or ROMERO (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or DOCKENDORFF (Ministro Secretario General de la Presidencia).- Se�or Presidente, quiero tan s�lo hacer una observaci�n sobre este proyecto, que el Ejecutivo ha seguido con gran inter�s, en el convencimiento de que el pa�s requiere una legislaci�n en materia de probidad y transparencia que le permita enfrentar los desaf�os a las futuras Administraciones. Se trata de una materia que afecta recurrentemente a la marcha general del Gobierno, pero tambi�n al prestigio de la clase pol�tica. Dentro de ese mismo esp�ritu general, queremos saludar el t�rmino de formas de opacidad que a veces priman en muchos actos administrativos. Este proyecto es complementario de otros presentados por el Ejecutivo que se encuentran en tr�mite en el Congreso, como el referente a la regulaci�n del lobby, as� como el iniciado en moci�n de los Senadores se�ores Gazmuri y Larra�n, relativo al acceso a la informaci�n p�blica, y el de diversos se�ores Diputados, concerniente a la ampliaci�n de las facultades de la Unidad de An�lisis Financiero. El hecho de que la voluntad del Gobierno sea la de apoyar esta iniciativa, que tambi�n tuvo origen parlamentario, no obsta a que formule tres observaciones que deseo despejar de una vez aqu�. En primer lugar, no �ramos partidarios de la figura del enriquecimiento il�cito, por no corresponder al prop�sito ni al sentido original del proyecto. Sin embargo, en consideraci�n a que existe una voluntad mayoritaria de los Parlamentarios, hemos allanado la disposici�n del Ejecutivo sobre esta materia para facilitar esta situaci�n, si bien no quisi�ramos que la figura del enriquecimiento il�cito pudiera eventualmente minimizar o disminuir la pena que le corresponde al funcionario p�blico cuando comete otras faltas como el cohecho, la malversaci�n de fondos u otras figuras delictivas respecto de las cuales s� se hace acreedor a una sanci�n mucho m�s grave. De manera que no es nuestro �nimo que en relaci�n con el enriquecimiento il�cito el funcionario o el representante del pueblo eludan el castigo que realmente les corresponde. Asimismo, nos hubiera gustado que los ingresos percibidos por las personas se hubiesen considerado como parte del patrimonio. Estimamos un formalismo pretender separar el patrimonio de los ingresos. En las econom�as del mundo de hoy el ingreso m�s bien es identificado como parte del patrimonio. No obstante, creemos que �sta es una transici�n que nos permite avanzar sobre la materia, lo cual es saludable. Por �ltimo, hay una norma relativa a las inhibiciones sobre los contratos de familiares con los servicios p�blicos y el aparato del Estado, que, en nuestra opini�n, est� mejor conformada, porque adem�s se atiene a las recomendaciones del �rgano de Soluci�n de Diferencias (OSD), as� como tambi�n a otro proyecto que se encuentra en tramitaci�n en el Senado, relativo a la transparencia fiscal. Sin embargo, mientras no se apruebe, tampoco vemos inconveniente en que se ratifique dicha materia en esta iniciativa en particular. De manera que aprovecho la ocasi�n para agradecer a los se�ores Senadores que han permitido alcanzar la aprobaci�n de esta importante iniciativa. He dicho. ESTABLECIMIENTO DE SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL ESPECIAL PARA ADOLESCENTES. INFORME DE COMISI�N MIXTA El se�or ROMERO (Presidente).- Informe de la Comisi�n Mixta encargada de proponer la forma y modo de resolver las divergencias suscitadas entre ambas C�maras durante la tramitaci�n del proyecto de ley que establece un sistema de responsabilidad penal de los adolescentes por infracciones a la ley penal, con urgencia calificada de "discusi�n inmediata". --Los antecedentes sobre el proyecto (3021-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 13�, en 20 de julio de 2004. En tr�mite de Comisi�n Mixta, sesi�n 40�, en 11 de octubre de 2005. Informes de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 26�, en 7 de septiembre de 2004. Constituci�n (segundo), sesi�n 32�, en 6 de septiembre de 2005. Hacienda, sesi�n 32�, en 6 de septiembre de 2005. Mixta, sesi�n 41�, en 12 de octubre de 2005. Discusi�n: Sesiones 5�, en 13 de octubre de 2005 (se aprueba en general); 35�, en 13 de septiembre de 2005 (se aprueba en particular). El se�or ROMERO (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or HOFFMANN (Secretario).- La controversia entre ambas ramas legislativas se origin� en el rechazo por parte de la C�mara de Diputados, en el tercer tr�mite constitucional, de seis de las enmiendas que introdujo el Senado en el segundo tr�mite. El informe, que fue aprobado por unanimidad con excepci�n de uno de los acuerdos, deja constancia de que la Comisi�n Mixta concord� en las siguientes materias: 1.- Se establece, en el art�culo 2� del proyecto de ley, que en la aplicaci�n de esta legislaci�n las autoridades tendr�n en consideraci�n todos los derechos y garant�as reconocidos a los adolescentes en la Constituci�n, en las leyes, en la Convenci�n sobre los Derechos del Ni�o y en los dem�s instrumentos internacionales ratificados por el pa�s. 2.- Las penas de internaci�n en r�gimen cerrado y semicerrado, ambos con programas de inserci�n social, que se impongan a aquellos a quienes se aplique esta ley, no podr�n exceder de 5 a�os si el infractor es menor de 16 a�os, o de 10, si fuera mayor de esa edad. A este respecto, se abstuvo el Honorable se�or Ruiz-Esquide. 3.- Cuando la sanci�n se extienda entre 541 d�as y 3 a�os, el tribunal podr� imponer las penas de internaci�n en r�gimen semicerrado con programa de reinserci�n social, libertad asistida y prestaci�n de servicios en beneficio de la comunidad, y 4.- En caso de flagrancia, Carabineros de Chile y la Polic�a de Investigaciones deber�n poner a los menores de 18 a�os y mayores de 14 a disposici�n del juez de garant�a, de preferencia de manera inmediata, no pudiendo en caso alguno exceder el m�ximo de 12 horas. La C�mara Baja, en sesi�n celebrada el d�a de ayer, aprob� la proposici�n de la Comisi�n Mixta. Sus Se�or�as tienen a la vista un bolet�n comparado que transcribe el texto que aprob� la C�mara de Diputados en primer tr�mite constitucional; el proyecto que acogi� el Senado en segundo tr�mite; las resoluciones que adopt� la C�mara Baja en tercer tr�mite, y la proposici�n de la Comisi�n Mixta. El se�or ROMERO (Presidente).- En discusi�n el informe. Tiene la palabra el Honorable se�or Espina. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, creo que la informaci�n proporcionada por el se�or Secretario es bastante clara respecto de las modificaciones introducidas al articulado, las que finalmente la Comisi�n Mixta respald� por unanimidad. Pero dos tienen relevancia. Respecto de los delitos m�s graves -son cuatro: robo con homicidio, homicidio con secuestro, homicidio con violaci�n y robo con violaci�n-, se impone una penalidad m�xima de internaci�n en recinto cerrado para adolescentes mayores de 16 y menores de 18. Esta sanci�n puede llegar a 10 a�os, pero el juez siempre tiene abierta la posibilidad de resolver una internaci�n en r�gimen semicerrado. Si se trata de menores de 16 a�os pero mayores de 14, la pena m�xima, s�lo respecto de esos cuatro delitos, es de 5 a�os, y tambi�n el juez puede optar por una sanci�n de internaci�n en r�gimen semicerrado. Si la pena se extiende de 541 d�as a 3 a�os, podr�n imponerse la de internaci�n en r�gimen semicerrado con programa de reinserci�n social, libertad asistida -me parece la norma m�s novedosa del proyecto- y la prestaci�n de servicios en beneficio de la comunidad. Esta nueva legislaci�n, lejos de pretender encarcelar a los j�venes, como se ha se�alado en numerosos programas de los medios de comunicaci�n, procura incorporar a los mayores de 14 a�os y menores de 18 en toda la red de protecci�n del Estado, que comprende desde la internaci�n en r�gimen cerrado en un lugar especial, siempre con reinserci�n social y, la inmensa mayor�a de las veces, con libertad asistida. Esto implica, en primer lugar, el desempe�o de monitores especialmente encargados de hacer seguimientos que permitan a los j�venes salir de la l�nea delictual y transformarse en personas honestas y �tiles para la sociedad y para s� mismos. Estas actividades incluyen, por primera vez, programas con financiamiento p�blico de prevenci�n y rehabilitaci�n en cuanto a consumo de drogas y de alcohol, a los que estar�n sometidos hasta liberarse de la adicci�n. Adem�s, el monitor tendr� la obligaci�n de que el joven se reinserte en su vida escolar, para lo cual realizar� seguimientos a trav�s de la red del Estado, lo que permitir� terminar con su exclusi�n o deserci�n del sistema educacional. Asimismo, el monitor deber� capacitarlo para el trabajo. Pienso que se trata de un cambio muy positivo y de fondo en la legislaci�n actual. Son medidas que abordan adecuadamente el problema de la responsabilidad penal de los menores. Se incorporaron gran parte de las propuestas de numerosas ONG con experiencia bastante larga en estos temas. La iniciativa se aprob� en forma un�nime. Como el financiamiento ha sido garantizado por el Gobierno, creemos que esta normativa constituir� un vuelco respecto de la situaci�n que enfrentan los j�venes que se ven involucrados en distintos delitos. Por consiguiente, en nombre de la Comisi�n Mixta, pido a la Sala que apruebe el informe. El se�or ROMERO (Presidente).- Solicito la autorizaci�n del Senado para que ingrese a la Sala el se�or Francisco Maldonado, Subsecretario de Justicia subrogante. --Se accede. El se�or ROMERO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se aprobar� el informe en debate. --Por unanimidad, se aprueba el informe de la Comisi�n Mixta. El se�or ROMERO (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro de Justicia subrogante. El se�or ARELLANO (Ministro de Justicia subrogante).- Se�or Presidente, deseo agradecer al Senado y a la C�mara de Diputados su gran diligencia en el despacho de una legislaci�n que a todo el pa�s interesa. Creo que ayer, adem�s, se logr� un acuerdo muy importante en la Comisi�n Mixta, donde se aprobaron por unanimidad todos los puntos que ahora se trajeron a conocimiento de esta Sala. Por otra parte, secundando al Senador se�or Espina, pienso que la presentaci�n de esta iniciativa en agosto de 2002 y que ahora concluye su tramitaci�n obedeci� al prop�sito del Gobierno de crear un sistema destinado a hacer responsables a los j�venes por los actos que cometen, que les adjudique las consecuencias de sus actos, que permita diferenciarlos del tratamiento dado a los adultos y les brinde la posibilidad de la reinserci�n social, en los casos que corresponda. Eso significa, por un lado, tener mano firme para sancionar, pero por otro, utilizar con inteligencia las pol�ticas p�blicas destinadas a interrumpir tempranamente las carreras delictuales. Por consiguiente, en nombre del Ejecutivo, agradecemos este apoyo, sobre todo por la velocidad en la �ltima parte de la tramitaci�n del proyecto. Adem�s, por intermedio del se�or Presidente, agradezco a los Comit�s y por supuesto al Senado por haber dado prioridad al despacho del informe de la Comisi�n Mixta. El se�or ROMERO (Presidente).- Muchas gracias a usted, se�or Ministro. MODIFICACIONES PARA MEJOR FUNCIONAMIENTO DE REFORMA PROCESAL PENAL. INFORME DE COMISI�N MIXTA El se�or ROMERO (Presidente).- Informe de Comisi�n Mixta reca�do en el proyecto de ley sobre modificaci�n de los C�digos Procesal Penal y Penal en diversas materias relativas al funcionamiento de la Reforma Procesal Penal, con urgencia calificada de "discusi�n inmediata". --Los antecedentes sobre el proyecto (3465-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En primer tr�mite, sesi�n 35�, en 2 de marzo de 2004. En tercer tr�mite, sesi�n 49�, en 4 de mayo de 2005. En tr�mite de Comisi�n Mixta, sesi�n 16�, en 13 de julio de 2005. Informes de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 44�, en 6 de abril de 2004. Constituci�n (segundo), sesi�n 26�, en 7 de septiembre de 2004. Constituci�n (complementario de segundo), sesi�n 30�, en 15 de septiembre de 2004. Constituci�n (tercer tr�mite), sesi�n 9�, en 22 de junio de 2005. Mixta, sesi�n 41�, en 12 de octubre de 2005. Discusi�n: Sesiones 50�, en 14 de abril de 2004 (se aprueba en general); 1�, en 5 de octubre de 2004 (se aprueba en particular); 11�, en 5 de julio de 2005 (se aprueba parcialmente y pasa a Comisi�n Mixta). El se�or ROMERO (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or HOFFMANN (Secretario).- La controversia entre ambas ramas del Congreso tuvo su origen en el rechazo por parte del Senado, en el tercer tr�mite constitucional, de varias modificaciones efectuadas por la Honorable C�mara de Diputados. La Comisi�n Mixta formula en su informe la proposici�n destinada a resolver las divergencias suscitadas entre ambas Corporaciones, lo que fue acordado por unanimidad, con algunas excepciones. En forma muy resumida, las principales resoluciones que adopt� son las siguientes: 1) Rechazar todas las enmiendas referidas a la inclusi�n del tercero civilmente responsable como interviniente en el proceso penal. 2) En los casos de detenci�n, el funcionario policial que la practique deber� entregar una constancia de la orden judicial relativa a la medida, con indicaci�n del tribunal que la expidi�, del delito que le sirve de fundamento y de la hora en que se emiti�. 3) Si la detenci�n se practica fuera del territorio jurisdiccional del juez que dict� la orden, ser� competente para conocer de la audiencia judicial del detenido el juez de garant�a del lugar donde se efect�e la primera, trat�ndose de una medida emanada de un juez con competencia en un asiento de Corte de Apelaciones diverso. Esta disposici�n, en lo atinente a la pertenencia de los jueces de garant�a a distintas Cortes de Apelaciones, fue aprobada por 5 votos contra 3. 4) Los �rganos y servicios p�blicos s�lo podr�n interponer querella cuando sus respectivas leyes org�nicas les otorguen expresamente las potestades correspondientes. 5) Se entender� que se encuentra en situaci�n de flagrancia aquel que testigos presenciales se�alen como autor o c�mplice de un delito que se ha cometido en un tiempo inmediato. 6) Cuando el fiscal ordene poner al detenido a disposici�n del juez, deber� dar conocimiento de la situaci�n, en el mismo acto, al abogado de confianza de esa persona o a la Defensor�a Penal P�blica. 7) A la primera audiencia judicial del detenido podr� concurrir, en lugar del fiscal, su abogado asistente. Esta disposici�n fue acordada por 5 votos contra 4. Si no he se�alado el resultado en las otras proposiciones es porque fueron un�nimes. 8) La prisi�n preventiva proceder� cuando las dem�s medidas cautelares personales sean estimadas por el juez como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o la de la sociedad. Norma aprobada por 5 votos contra 2. 9) El juez entender� especialmente que la prisi�n preventiva es indispensable para el �xito de la investigaci�n cuando concurran los requisitos contemplados en el inciso segundo del art�culo 140 del C�digo Procesal Penal, enmienda acordada por 5 votos contra 3. Asimismo, se elimina el calificativo de "graves" para aquellos atentados que el imputado en libertad pueda realizar en contra de la seguridad del ofendido. 10) Se reemplaza el art�culo 141 del C�digo Procesal Penal, referido a la improcedencia de la prisi�n preventiva, conforme al texto aprobado por el Senado, que, en esencia, suprime la causal gen�rica contemplada en la disposici�n vigente, esto es, que la medida no podr� ordenarse cuando aparezca como desproporcionada en relaci�n con la gravedad del delito, las circunstancias de su comisi�n y la sanci�n probable. La modificaci�n fue acordada con 5 votos contra 4. Cabe tener presente que la sustituci�n del inciso primero del art�culo 132 del C�digo Procesal Penal, contenida en el n�mero 13 del art�culo 1� del proyecto, reviste el car�cter de norma org�nica constitucional, por lo que su aprobaci�n requiere el voto conforme de 27 se�ores Senadores. Sus Se�or�as tienen a la vista un bolet�n comparado que transcribe los cuerpos legales que se modifican; el proyecto aprobado por esta Corporaci�n; las enmiendas efectuadas por la C�mara de Diputados, explicit�ndose las rechazadas por el Senado, y la proposici�n de la Comisi�n Mixta, para concluir en el texto que resultar�a si se acogiera esta �ltima. El se�or ROMERO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Espina. El se�or ESPINA.- Ser� muy breve, se�or Presidente. Creo que el se�or Secretario ha explicado en forma bastante detallada los cambios. Es importante dar a conocer que la Comisi�n de Constituci�n ha elaborado un documento -espero que pueda ser repartido posteriormente entre los se�ores Senadores- para consignar en forma directa y concreta en qu� han consistido. Dir�a que, en esencia, se apunta a otorgar facultades a las polic�as en la persecuci�n del delincuente que incurra en un delito flagrante, para poder detenerlo. Hoy media una serie de obst�culos en la aplicaci�n de la reforma procesal penal que realmente a veces han impedido actuar a la polic�a, siempre dentro, obviamente, de la plena vigencia de un Estado de Derecho y de los derechos y garant�as de las personas. Se procura que los fiscales obtengan las �rdenes en forma m�s r�pida y expedita cuando se trate de delincuentes que deben ser detenidos en poco tiempo, quienes, si no, se fugan de la justicia. Respecto de los controles aduaneros, se otorgan m�s facultades a la polic�a para poder detectar el ingreso de droga al pa�s, lo que hoy enfrenta varias limitaciones, particularmente cuando ello dice relaci�n a personas que la traen en el interior del cuerpo. Siempre se contempla la debida autorizaci�n judicial, pero la gesti�n ser� mucho m�s expedita que hasta ahora. Se modifican las normas de la prisi�n preventiva, en t�rminos de no permitir que sea reemplazada por el pago de una multa cuando el juez estime que la conducta del sujeto constituye un peligro para la sociedad; pero se mantienen las facultades a los tribunales en orden a poder decretarla cuando la estimen procedente, sin m�s l�mites que lo establecido por la propia Constituci�n, y se elimina una serie de exigencias dispuestas en el C�digo y que iban mucho m�s all� de lo que la propia Carta determina. Y har�a presentes dos figuras finales. En primer lugar, se crea el delito de obstrucci�n a la investigaci�n, con el objeto de sancionar a las personas que mienten en sus declaraciones ante el fiscal y que pueden llevar a toda una indagaci�n absolutamente infundada, lo que no es objeto de ning�n tipo de sanci�n en la legislaci�n vigente. Por lo tanto, se podr� iniciar un proceso por ese hecho. En seguida, una cuesti�n no menor es que a quienes cometen delitos con una pena que no supere 540 d�as y se les sigue proceso a trav�s del procedimiento simplificado les ha bastado reconocer su responsabilidad para que s�lo se les pueda aplicar una sanci�n de multa. La realidad es que �se nunca fue el esp�ritu del legislador ni el del propio Senado cuando se inici� la tramitaci�n de la reforma procesal penal. Cabe se�alar, tambi�n, que se le otorgan facultades al Ministerio del Interior para poder deducir querellas criminales, como se se�al�, en casos espec�ficos. A nuestro juicio, la iniciativa que nos ocupa constituye un avance important�simo en el perfeccionamiento de las normas del nuevo proceso penal. Y pido recabar la autorizaci�n de la Sala, se�or Presidente, para que la Secretar�a pueda realizar ciertas correcciones al texto, que estuvimos revisando. No se trata de alterar para nada las normas. Ante la rapidez con que ha debido avanzar el proyecto en su �ltimo tr�mite, formulo la petici�n para que se lleve a cabo esa labor, respecto de la cual existe pleno acuerdo entre el Ministerio de Justicia y los Parlamentarios, a fin de que el articulado que se despache no contenga ninguna omisi�n ni errores de redacci�n. En consecuencia, solicitamos la aprobaci�n del informe de la Comisi�n Mixta. El se�or ROMERO (Presidente).- Si no hay objeciones, �ste se acoger�, juntamente con concederse la autorizaci�n para que la Secretar�a pueda efectuar correcciones menores, sem�nticas, en el articulado. --Se aprueba por unanimidad el informe de la Comisi�n Mixta, dej�ndose constancia, para los efectos del qu�rum constitucional exigido, de que emiten pronunciamiento favorable 29 se�ores Senadores, y se concede la autorizaci�n solicitada. COMPETENCIA DESLEAL El se�or ROMERO (Presidente).- A continuaci�n corresponde ocuparse, por acuerdo de Comit�s, en el proyecto de ley de la Honorable C�mara de Diputados sobre competencia desleal, con informe de la Comisi�n de Econom�a. --Los antecedentes sobre el proyecto (3356-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 14�, en 12 de julio de 2005. Informe de Comisi�n: Econom�a, sesi�n 39�, en 5 de octubre de 2005. El se�or HOFFMANN (Secretario).- El objetivo principal de la iniciativa es crear un nuevo texto legal con la finalidad de regular la competencia desleal relativa a bienes y servicios que se transen en el mercado, disposiciones que se aplicar�n a todos aquellos casos que est�n fuera del �mbito de actuaci�n del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia o de la aplicaci�n de la ley N� 19.496, que establece normas sobre protecci�n de los derechos de los consumidores. La Comisi�n discuti� y aprob� solamente en general el proyecto por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores se�ores Cariola, Garc�a, Orpis y V�squez, en los mismos t�rminos en que lo hizo en su oportunidad la C�mara de Diputados. El texto se puede consultar en el primer informe. Se debe tener presente que el art�culo 13 de la iniciativa reviste el car�cter de norma org�nica constitucional, por lo que requiere, para ser acogido, el voto conforme de 27 se�ores Senadores. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- En discusi�n general el proyecto. Como indic� el se�or Secretario, su aprobaci�n necesita un alto qu�rum. El se�or MORENO.- �Por qu� no abre la votaci�n, se�or Presidente? El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Si le pareciera a la Sala, se abrir�a de inmediato la votaci�n. --As� se acuerda. El se�or PARRA.- Pido la palabra. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Puede hacer uso de ella, Su Se�or�a. El se�or PARRA.- Se�or Presidente, celebro que este proyecto, que inicialmente figuraba en la tabla de F�cil Despacho, haya pasado a la del Orden del D�a. No se trata de una iniciativa simple, ni -mucho menos- intrascendente. Se origin� en una moci�n de varios se�ores Diputados y tiene por objeto completar la legislaci�n destinada a proteger el buen funcionamiento de los mercados, el inter�s de los consumidores y, en definitiva, el desarrollo de nuestra econom�a. En efecto, en el pa�s existen ya diversas normas jur�dicas que defienden la libre competencia; que impiden las pr�cticas restrictivas y desleales en materia de comercio internacional, y que resguardan los intereses de los consumidores y la propiedad industrial e intelectual. Todas esas disposiciones, sin duda, influyen en el logro de los objetivos que he mencionado. Pero, a diferencia de lo que ocurre en muchos otros pa�ses, en la actualidad Chile no cuenta con una ley espec�fica sobre la llamada "competencia desleal". La jurisprudencia de nuestros tribunales -y, en particular, la de la Comisi�n Resolutiva en su minuto; hoy Tribunal de Defensa de la Libre Competencia- se ha hecho cargo de esa ausencia normativa. Es as� como ha dado al decreto ley N� 211, de 1973, una interpretaci�n bastante amplia para cubrir pr�cticas desleales en la transacci�n comercial de bienes y servicios. Sin embargo, ese criterio jurisprudencial tropieza con las caracter�sticas de la propia Ley de Defensa de la Libre Competencia, que, como Sus Se�or�as recordar�n, configura, en un art�culo -por la v�a de ejemplos-, el concepto de lo que se entiende por `libre competencia�. La competencia desleal y la libre competencia son cosas conceptualmente distintas. As� lo reconoce la doctrina y lo establece la legislaci�n de distintos pa�ses. De modo que la iniciativa en debate viene a completar la legislaci�n chilena y a subsanar una clara omisi�n en ella. La jurisprudencia a que me he referido, en lo que dice relaci�n, por ejemplo, a la llamada "publicidad comparativa", demuestra en forma cabal lo que significa esa ausencia normativa. Tal publicidad, que se usa de modo intensivo en la vida comercial, debe cumplir ciertos requisitos. Pero no entraba necesariamente la libre competencia: siendo il�cita, faltando muchas veces a la �tica, la mayor�a de las veces constituye una simple forma de competencia desleal. En el diario El Mercurio de los �ltimos d�as, se public� un extenso reportaje acerca de las pr�cticas comerciales en materia de oferta de medicamentos en Chile. Quienes hayan le�do dicho art�culo habr�n podido constatar que, en ese �mbito, la competencia desleal se presenta con recurrencia preocupante. Cuando alguien va a un supermercado y se interesa en ciertos productos, como los l�cteos, frecuentemente el vendedor encargado de la secci�n ofrece, con especial insistencia, uno de los que se encuentran en los anaqueles o en las vitrinas, porque por ello recibe un incentivo o premio. Y se genera, entonces, en la pr�ctica, una competencia desleal. Estos ejemplos evidencian -reitero- que el texto propuesto es absolutamente necesario y que, a trav�s de su aprobaci�n, lograremos dar a la legislaci�n chilena todo el desarrollo posible en este campo. Hago presente que el informe de la Comisi�n de Econom�a me parece muy interesante, y destaco, de modo especial, la exposici�n que en ella hizo el abogado se�or Enrique Barros, por la profundidad, claridad y sistematizaci�n de las materias a que se refiri�. Sin lugar a dudas, tanto la intervenci�n aludida como las dem�s que constan en el informe contribuir�n a iluminar el trabajo de Sus Se�or�as a la hora de formular indicaciones a esta preceptiva. Hay dos grandes problemas que quedaron planteados en el debate de ese �rgano t�cnico. El primero dice relaci�n a la identificaci�n del bien jur�dico que se intenta proteger. �ste, desde mi perspectiva, es el buen funcionamiento del mercado, su transparencia y la no intervenci�n de factores extra�os a la naturaleza de �l para determinar los actos de consumo y privilegiar a unos oferentes sobre otros. El segundo problema tiene que ver con el tribunal al que corresponder�a conocer de las acciones de competencia desleal. En opini�n de algunos, deber�a ser el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia; en la de otros -que comparto y es la l�nea que sigue el proyecto-, la justicia civil. Me inclino por esta �ltima opci�n, se�or Presidente, por m�ltiples razones. Los actos de competencia desleal son, sin duda, m�s numerosos que los de transgresi�n a la libre competencia. Adem�s, tienen lugar en todos los niveles de la actividad econ�mica y, por lo mismo, con frecuencia afectan a peque�os comerciantes y, desde luego, a consumidores muchas veces residentes en zonas apartadas del pa�s. En la actualidad, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia es uno solo y se halla radicado en Santiago. En consecuencia, si se le concede atribuci�n para conocer de este tipo de transgresiones en cualquier parte del territorio nacional, se limitar�a severamente -comprometiendo, de paso, la eficacia de la ley- el acceso a la justicia de quienes se vean afectados por esas pr�cticas desleales. Los tribunales civiles, en cambio, han sido dotados de creciente jurisdicci�n para abocarse a temas de car�cter econ�mico. La misma Ley de Defensa del Consumidor es una clara expresi�n de ello. La mayor parte de los asuntos que antes reca�an en los juzgados de polic�a local, con la �ltima reforma pasaron a la competencia de la justicia civil ordinaria. En s�ntesis, se�or Presidente, el proyecto tiene mucha importancia y hacemos bien en prestarle la m�xima atenci�n. Finalmente, atendida su complejidad, a pesar de que el articulado no es muy extenso, sugiero desde ya, una vez aprobada la idea de legislar, un plazo para presentar indicaciones no anterior al reinicio de las actividades legislativas en diciembre. He dicho. )--------------( El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Antes de seguir dando la palabra a los inscritos, el se�or Secretario dar� lectura a un documento que en este momento ha llegado a la Mesa. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Muchas gracias, se�or Presidente. Se ha recibido un oficio de Su Excelencia el Vicepresidente de la Rep�blica con el que somete a la consideraci�n del Senado, solicitando su acuerdo, la proposici�n para designar a los se�ores Ernesto Fontaine Ferreira-Nobriga y Ernesto Livacic Rojas como representantes del Presidente de la Rep�blica en el Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego. (bolet�n N� S 828-05) (V�ase en los Anexos documento 9). Esta iniciativa est� calificada con la urgencia que se establece en el inciso segundo del n�mero 5) del art�culo 53 de la Constituci�n Pol�tica. --Pasa a la Comisi�n de Gobierno, Descentralizaci�n y Regionalizaci�n. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Pasa a dicho �rgano t�cnico, porque fue �ste el que despach� la normativa actual sobre la materia. Si la Comisi�n realizara pronto la audiencia con los dos candidatos, la iniciativa podr�a quedar para la tabla de la pr�xima semana. El se�or MORENO.- �Qu� urgencia tiene este proyecto? El se�or HOFFMANN (Secretario).- Seg�n lo se�alado en el oficio, tenemos un plazo de treinta d�as, se�or Senador. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Pero la idea es despacharlo el pr�ximo mi�rcoles. Dimos cuenta hoy justamente para que el �rgano t�cnico pueda citar a ambos candidatos el martes que viene. Si le parece a la Sala, procederemos de esa manera. El se�or N��EZ.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Tiene la palabra, Su Se�or�a. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, respecto a ese planteamiento, deseo manifestar que la Comisi�n de Gobierno no sesiona los martes, sino los mi�rcoles. Por tanto, solicito modificar el acuerdo para que la audiencia se realice este �ltimo d�a. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Se�or Senador, el acuerdo es votar la proposici�n del Ejecutivo en la sesi�n del pr�ximo mi�rcoles. Previo a ello, los postulantes deben ser recibidos por la Comisi�n. Si �sta los cita o no para ese mismo d�a en la ma�ana, es algo que ella debe resolver. El se�or N��EZ.- Muy bien. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- As� se proceder�. )-------------( El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Ruego a los se�ores Senadores que est�n abandonando el Hemiciclo que, por favor, voten antes de irse. Lo digo, porque algunos se han retirado sin hacerlo. El se�or PROKURICA.- Hay Comisiones funcionando, se�or Presidente. El se�or COLOMA.- �Ya est� abierta la votaci�n? El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- S�, Su Se�or�a. Lo que sucede es que algunos se�ores Senadores no se han pronunciado todav�a y la normativa requiere, para su aprobaci�n, un qu�rum de 27 votos afirmativos. Tiene la palabra el Honorable se�or Orpis. El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, tal como se�al� el Senador se�or Parra, tengo la convicci�n de que estamos frente a un proyecto de enorme trascendencia. A mi juicio, existen cuatro piedras angulares para el buen funcionamiento de los mercados: la normativa referida a la libre competencia; la que tiene que ver con el derecho de protecci�n a los consumidores; la relativa a la propiedad intelectual, y, evidentemente, la concerniente a la competencia desleal. Tres de esas cuatro materias hoy se hallan consagradas y reguladas en nuestra legislaci�n. Esto no sucede con la atinente a la competencia desleal. Por lo tanto, la idea de legislar y los fundamentos del proyecto se encuentran plenamente justificados. La iniciativa busca normar un �rea no regulada en el mercado, cual es la competencia desleal, lo que a la larga terminar� protegiendo al propio consumidor. El objetivo es regular los diversos aspectos de una competencia l�cita. �se es el tema de fondo. Una de las tesis planteadas en el debate habido en la C�mara de Diputados es que estamos en presencia de un tema que deber�a ser abordado mediante la autorregulaci�n entre los competidores, porque -reitero- se trata de una competencia l�cita. Sin embargo, tal aproximaci�n, al menos en t�rminos personales, resulta insuficiente por la complejidad de las materias y por la diversidad de los agentes econ�micos. Incluso m�s, dejar a los competidores solos para que se autorregulen es desconocer la naturaleza del bien jur�dico protegido, que en este �mbito no se refiere exclusivamente a �stos, sino, adem�s, a los consumidores y a la comunidad en general, que es la que tiene mayor inter�s en que los mercados funcionen bien. Se�or Presidente, una de las complejidades que presenta el proyecto es que muchas veces se confunde competencia desleal con libre competencia. En el Derecho Comparado, esta �ltima ha evolucionado desde la prohibici�n de competir deslealmente hasta la prohibici�n de actuar enga�osamente en el mercado. Dicho de otra manera, se ha buscado materializar una obligaci�n m�nima de transparencia en el tr�fico econ�mico. Como se�al�, muchas veces tiende a confundirse la competencia desleal con la libre competencia. Sin embargo, se trata de materias claramente diferenciadas: la libre competencia impone la obligaci�n de competir, en tanto que una competencia leal obliga a los competidores a disputar el mercado mediante un juego limpio. La primera busca no inhibir la competencia; la segunda pretende evitar la competencia con medios inductivos a error. Las normas sobre competencia desleal presuponen la existencia de una libre competencia. Sin embargo, es necesario se�alar que el objeto de ambas es similar: el mantenimiento competitivo de la econom�a de mercado. Ello significa que los empresarios y comerciantes no s�lo tienen el derecho a competir, sino tambi�n la obligaci�n de hacerlo limpiamente para que el mercado funcione en forma correcta. Los atentados en contra de la libre competencia implican la utilizaci�n de medios il�citos para ganar poder en el mercado, constituyendo abusos de poder. En tanto, en la competencia desleal se reprimen conductas como el enga�o, en sus diversas expresiones, para desviar la clientela ajena hacia la propia empresa. Ambas tienen fines id�nticos, pero se desenvuelven en campos distintos. Cuando un mercado no funciona de manera leal y transparente, termina perjudicando a los propios consumidores. Por esas razones, vamos a aprobar la idea de legislar. Por �ltimo, quiero se�alar que en el seno de la Comisi�n se produjo un debate de enorme peso y profundidad. Se cit� a los acad�micos m�s destacados en el �mbito comercial y, en forma un�nime, se�alaron que la competencia desleal es una materia que no se halla regulada en Chile y que necesita reglamentarse para el buen funcionamiento de los mercados en beneficio de los propios consumidores. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or V�squez. El se�or V�SQUEZ.- Se�or Presidente, concuerdo absolutamente con las expresiones de los Senadores se�ores Parra y Orpis. Al parecer, habr�a confusi�n respecto del tema central en el sentido de que la libre competencia quedar�a amparada por distintas leyes. No es as�. La historia del Derecho Comercial demuestra que s�lo la buena fe permite el comercio libre. De hecho, por mucho que se diga lo contrario, a nivel comercial casi no se suscriben o no existen las escrituras p�blicas, porque todo se basa en la buena fe. En el fondo, lo que la legislaci�n en proyecto persigue es que las "buenas costumbres mercantiles" -como las denominan los tratadistas- est�n por completo garantizadas y certificadas. La iniciativa ataca y regula, en lo fundamental, las pr�cticas de competencia desleal entre pares, esto es, entre quienes act�an en an�logo rubro y tienden a capturar la misma clientela. Sin embargo, a mi criterio -presentar� las indicaciones correspondientes-, tambi�n existen mecanismos de competencia desleal indirecta, sobre todo en lo que dice relaci�n al incumplimiento de obligaciones comerciales �retraso en los pagos de facturas, improcedencia de acciones de cobro, etc�tera- que ciertos monopsonios, por ejemplo, han contra�do con comerciantes proveedores o productores. En la actualidad, tal situaci�n -sea en las grandes tiendas, sea en las grandes cadenas de farmacias, sea en las grandes l�neas de supermercados-, tiene ahogados econ�micamente a los proveedores. Se trata de mecanismos de competencia desleal indirecta, pues representan una forma de financiamiento gratuito de las grandes empresas para competir entre ellas. Y tal tipo de competencia la paga el peque�o o mediano proveedor, ya que su pr�ctica no atenta contra los principios de la libre competencia. Podr�a no entregar mercader�a si quisiera, pero, en ese caso, quedar�a marginado del mercado. La importancia del proyecto consiste en que transparenta situaciones relativas al cumplimiento de obligaciones dentro del mercado. La autorregulaci�n en tal sentido no es posible. Cabe tener presente que la Confederaci�n de la Producci�n y del Comercio hace mucho tiempo que viene buscando un c�digo de �tica, una norma de regulaci�n interna o un mecanismo que rija las actuaciones de sus confederados; pero el esfuerzo ha sido in�til incluso entre los propios sistemas corporativistas de los mayores empresarios del pa�s. La trascendencia de la iniciativa radica en la b�squeda de transparencia, libertad y normalidad del mercado, lo que, en definitiva, revelar� lo que ocurre con los proveedores y comerciantes, as� como con el p�blico consumidor. He dicho. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Como no hay m�s inscritos, se proceder� a tomar votaci�n nominal a los se�ores Senadores que todav�a no se han pronunciado. El se�or HOFFMANN (Secretario).- �Alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Terminada la votaci�n. --Se aprueba en general el proyecto (28 votos a favor) y se deja constancia de que se cumpli� con el qu�rum constitucional requerido. Votaron los se�ores Arancibia, Canessa, Cantero, Cariola, Coloma, Flores, Foxley, Frei (do�a Carmen), Frei (don Eduardo), Gazmuri, Horvath, Larra�n, Mart�nez, Moreno, Mu�oz Barra, Novoa, N��ez, Orpis, P�ez, Parra, Pizarro, Prokurica, Ruiz (don Jos�), Sabag, Silva, V�squez, Vega y Zald�var (don Andr�s). El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se fijar� como plazo para presentar indicaciones el mi�rcoles 2 de noviembre, a las 12. Acordado. Terminado el Orden del D�a. VI. INCIDENTES PETICIONES DE OFICIOS El se�or HOFFMANN (Secretario).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Se les dar� curso en la forma reglamentaria. _______________ --Los oficios cuyo env�o se anuncia son los siguientes: Del se�or CANTERO: Al se�or Ministro del Interior, requiri�ndole informaci�n sobre RECHAZO DE SOLICITUD DE DO�A IRMA OLIVARES CORT�S A BENEFICIOS PARA EXONERADOS POL�TICOS y acerca de REINTEGRO A TRES DOCENTES DE ANTOFAGASTA DE IMPOSICIONES CORRESPONDIENTES A HORAS COMPATIBLES PARALELAS A SUS CARGOS; al se�or Ministro de Justicia, pidi�ndole antecedentes relativos a DEMANDA JUDICIAL POR DA�OS Y PERJUICIOS INTERPUESTA POR DON LUIS VILLAGRA S�EZ; al se�or Ministro del Trabajo y Previsi�n Social, demandando su preocupaci�n en cuanto a SOLICITUD DE PENSI�N ADMINISTRATIVA POR GRACIA EN FAVOR DE DON RAM�N Y��EZ D�AZ; a los se�ores Director Nacional del INP y Alcalde de Antofagasta, solicit�ndoles que adopten medidas para REGULACI�N DE SITUACI�N PREVISIONAL EN INP DE SE�ORA MAR�A REINOSO CORT�S (todos de la Segunda Regi�n); a la Corte de Apelaciones de Valpara�so, pidi�ndole DESIGNACI�N DE MINISTRO EN VISITA PARA INVESTIGACI�N DE DENUNCIAS CONTRA HOLDING METALPAR (Quinta Regi�n). Del se�or COLOMA: Al se�or Ministro de Obras P�blicas, requiri�ndole informaci�n relativa a ASFALTADO DE RUTA J-59, QUE UNE TRES ESQUINAS CON PEUMAL, COMUNA DE ROMERAL (S�ptima Regi�n). Del se�or HORVATH: A los se�ores Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Secretario Regional Ministerial de Transportes de Ais�n e Intendente de la Und�cima Regi�n, solicit�ndoles SOLUCI�N A PROBLEMAS DE EMPRESAS DE TRANSPORTE MAR�TIMO CON SUBSIDIO ESTATAL DE AIS�N ANTE ALZA DE COMBUSTIBLES (Und�cima Regi�n). Del se�or PROKURICA: Al se�or Ministro de Salud, recab�ndole que ordene una INVESTIGACI�N ACERCA DE INOCULACI�N ERR�NEA DE VACUNA A ALUMNOS DE ESCUELA "LAURA ROBLES" DE COPIAP� Y SUS EVENTUALES REACCIONES ADVERSAS (Tercera Regi�n). _______________ El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- En Incidentes, en el tiempo del Comit� Uni�n Dem�crata Independiente, tiene la palabra el Honorable se�or Orpis. FALTA DE RESPUESTA A SECTORES AFECTADOS POR TERREMOTO EN PRIMERA REGI�N. OFICIOS El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, a pesar de haber transcurrido varios meses desde el 13 de junio pasado, fecha del terremoto ocurrido en la Primera Regi�n, y particularmente en la provincia de Iquique, hay diversos sectores afectados que no han tenido una respuesta adecuada a sus requerimientos y que no han logrado dar a conocer a la autoridad. Por tales razones, solicito que se oficie al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, para que d� respuesta a las personas que conforman la lista que se adjuntar� a esta presentaci�n, cuyas viviendas fueron seriamente da�adas en el sector Huantajaya I, y se les informe acerca de los beneficios a los que pueden acceder. En distintas reuniones que sostuve en Iquique, se me dio a conocer que en el sector Alto Los Puquios 4, calle Algarrobo y Tamarugal, entre las calles 4 y 5, existe incertidumbre respecto a una eventual expropiaci�n y a cu�l va a ser el destino de quienes all� viven. Por lo anterior, pido oficiar al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a objeto de que informe si est� prevista o no una expropiaci�n en tal sector y, de ser efectiva, que indique qu� propuestas se consultan en materia de reparaci�n econ�mica para las personas que habitan en el lugar o de eventuales traslados, a fin de que puedan seguir viviendo en condiciones m�nimas o equivalentes a las actuales. Y en tercer t�rmino, se�or Presidente, tambi�n vinculado con el terremoto, pido adjuntar al oficio correspondiente la n�mina de casas del pasaje El Carmelo con da�os estructurales, pues quienes las ocupan tampoco han tenido informaci�n adecuada acerca de eventuales beneficios para quienes sufrieron ese embate de la naturaleza. --Se anuncia el env�o de los oficios solicitados, en nombre del se�or Senador, en conformidad al Reglamento. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- En el tiempo del Comit� Renovaci�n Nacional, tiene la palabra el Senador se�or Cantero. MEJORAMIENTO DE SITUACI�N ECON�MICA DE PERSONAL PARADOCENTE. OFICIO El se�or CANTERO.- Se�or Presidente, desde hace larga data, se viene esperando que el Ejecutivo se pronuncie respecto de la situaci�n que afecta al personal paradocente de los diversos establecimientos de educaci�n p�blica. Esos profesionales quedaron marginados de los mejoramientos econ�micos que progresivamente ha adquirido el sector de la docencia �en particular los profesores-, sin lograr la dictaci�n de un reglamento que implemente medidas para que obtengan mejores sueldos, ascensos y un entorno laboral que les permita cumplir una labor de apoyo a la educaci�n tan importante como la que ellos realizan. Son innumerables las acciones, oficios y gestiones en torno de tal aspiraci�n. Por ello, al celebrarse en los pr�ximos d�as un nuevo aniversario del D�a del Paradocente, quiero expresar mi inquietud por la situaci�n que aqueja a estos profesionales y pedir que se oficie al se�or Ministro Secretario General de la Presidencia, para que informe cu�ndo el Gobierno tomar� medidas efectivas al respecto, a fin de dar respuesta a las justas demandas de los dirigentes nacionales del personal paradocente, postergadas por largo tiempo. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Se enviar� el oficio solicitado por el se�or Senador. El se�or PROKURICA.- Con mi adhesi�n, se�or Presidente. El se�or HORVATH.- Y con la m�a. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Muy bien. --Se anuncia el env�o del oficio solicitado en nombre del Senador se�or Cantero, de conformidad con el Reglamento, con la adhesi�n de los Honorables se�ores Prokurica y Horvath. El se�or GAZMURI (Vicepresidente).- Como el resto de los Comit�s no har�n uso de sus respectivos tiempos, se levanta la sesi�n. --Se levant� a las 17:32. Patricio Fern�ndez Ruiz-Tagle, Jefe de la Redacci�n subrogante