REP�BLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACI�N OFICIAL LEGISLATURA 352�, EXTRAORDINARIA Sesi�n 25�, en jueves 6 de enero de 2005 Extraordinaria (De 10:42 a 13:59) PRESIDENCIA DEL SE�OR HERN�N LARRA�N FERN�NDEZ, PRESIDENTE SECRETARIO, EL SE�OR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR ____________________ � N D I C E Versi�n Taquigr�fica P�g. I.ASISTENCIA......................................................................................................... II.APERTURA DE LA SESI�N............................................................................... III.CUENTA............................................................................................ Irregularidades en informe de Comisi�n de Intereses Mar�timos, Pesca y Acuicultura IV. ORDEN DEL D�A: Proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, sobre acoso sexual (1419-07) (se aprueba en particular)........................................................................................... Proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, que modifica la ley N� 19.175, Org�nica Constitucional sobre Gobierno y Administraci�n Regional, en lo relativo a estructura y funciones de gobiernos regionales (3203-06) (queda pendiente su discusi�n particular)....... VERSI�N TAQUIGR�FICA I. ASISTENCIA Asistieron los se�ores: --Arancibia Reyes, Jorge --�vila Contreras, Nelson --Boeninger Kausel, Edgardo --Bombal Otaegui, Carlos --Canessa Robert, Julio --Cantero Ojeda, Carlos --Cariola Barroilhet, Marco --Chadwick Pi�era, Andr�s --Coloma Correa, Juan Antonio --Cordero Rusque, Fernando --Espina Otero, Alberto --Fern�ndez Fern�ndez, Sergio --Flores Labra, Fernando --Frei Ruiz-Tagle, Carmen --Garc�a Ruminot, Jos� --Gazmuri Mujica, Jaime --Horvath Kiss, Antonio --Larra�n Fern�ndez, Hern�n --Matthei Fornet, Evelyn --Moreno Rojas, Rafael --Mu�oz Barra, Roberto --Novoa V�squez, Jovino --N��ez Mu�oz, Ricardo --Ominami Pascual, Carlos --Orpis Bouch�n, Jaime --Parra Mu�oz, Augusto --Pizarro Soto, Jorge --Prokurica Prokurica, Baldo --Romero Pizarro, Sergio --Ruiz De Giorgio, Jos� --Ruiz-Esquide Jara, Mariano --Sabag Castillo, Hosa�n --Silva Cimma, Enrique --Vega Hidalgo, Ram�n --Viera-Gallo Quesney, Jos� Antonio --Zald�var Larra�n, Andr�s --Zurita Camps, Enrique Concurrieron, adem�s, los se�ores Ministros del Trabajo y Previsi�n Social y Directora del Servicio Nacional de la Mujer, la se�ora Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, y se�oras y se�ores Asesores de los Ministerios del Interior y del Trabajo y Previsi�n Social y de la Subsecretar�a de Desarrollo Regional y Administrativo. Actu� de Secretario el se�or Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el se�or Jos� Luis Alliende Leiva. II. APERTURA DE LA SESI�N --Se abri� la sesi�n a las 10:42, en presencia de 21 se�ores Senadores. El se�or LARRA�N (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesi�n. III. CUENTA El se�or LARRA�N (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretar�a. El se�or ALLIENDE (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Oficios Tres de la Honorable C�mara de Diputados, mediante los cuales informa que ha tomado conocimiento de que el Senado rechaz� las enmiendas propuestas por esa C�mara a los proyectos que se indican a continuaci�n, a la vez que comunica la n�mina de los se�ores Diputados que integrar�n las Comisiones Mixtas que deber�n formarse: 1) El que modifica la ley N� 17.288, sobre Monumentos Nacionales, con el objeto de crear una nueva figura penal y sustituir la unidad en que se expresan sus multas (Bolet�n N� 2.726-07). 2) El que enmienda el C�digo Civil en lo relativo a la exigencia de presentaci�n de antecedentes para dar curso a la demanda de reclamaci�n de maternidad o de paternidad, y a la valoraci�n de los medios de prueba sobre el particular (Bolet�n N� 3.043-07). 3) El que modifica el C�digo Org�nico de Tribunales en cuanto a la designaci�n de notario alterno o adjunto (Bolet�n N� 3.259-07). --Se toma conocimiento y se manda agregar los documentos a sus antecedentes. Del se�or Ministro de Obras P�blicas, por medio del cual responde un oficio enviado en nombre del Honorable se�or Horvath, sobre sistema de alcantarillado para la comuna de Tortel. --Queda a disposici�n de los se�ores Senadores. Comunicaci�n De la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento, mediante la cual, de conformidad con lo prescrito en el inciso tercero del art�culo 36 bis del Reglamento de la Corporaci�n, solicita a la Sala proponer a la Honorable C�mara de Diputados el archivo del proyecto de reforma constitucional que reduce la duraci�n del mandato presidencial y hace coincidir las elecciones de Presidente de la Rep�blica con las de Senadores y de Diputados (Bolet�n N� 1.766-07). --Se accede. El se�or ALLIENDE (Prosecretario).- En este momento, ha llegado a la Mesa el segundo informe complementario de la Comisi�n de Trabajo y Previsi�n Social reca�do en el proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, sobre acoso sexual (Bolet�n N� 1.419-07). --Queda para tabla. El se�or LARRA�N (Presidente).- Terminada a la Cuenta. El se�or RUIZ (don Jos�).- Se�or Presidente, pido la palabra. El se�or LARRA�N (Presidente).- Puede hacer uso de ella, Su Se�or�a. IRREGULARIDADES EN INFORME DE COMISI�N DE INTERESES MAR�TIMOS, PESCA Y ACUICULTURA El se�or RUIZ (don Jos�).- Se�or Presidente, deseo denunciar una grave irregularidad en el funcionamiento de la Comisi�n de Intereses Mar�timos, Pesca y Acuicultura de la Corporaci�n, y solicitar a la Mesa que ordene una investigaci�n para establecer los hechos que voy a denunciar a continuaci�n y que posteriormente se enmiende la situaci�n producida. En la sesi�n de ayer del Senado se dio cuenta del informe complementario del segundo informe de la Comisi�n de Pesca reca�do en el proyecto que modifica la Ley General de Pesca. Dicho informe no se�ala el objetivo que fij� la Sala, cuando envi� el proyecto de vuelta a aqu�lla, en cuanto a la situaci�n de las principales pesquer�as del pa�s, cuyo cr�tico estado denunci� en el Hemiciclo. Asimismo, nada dice el informe complementario de la primera sesi�n de la Comisi�n -que presid� por �ltima vez y en la que hice entrega de los antecedentes que motivaron mi solicitud-, respecto a mi malestar frente a la p�sima reacci�n del Gobierno ante la denuncia, al responder colocando "suma urgencia" al proyecto y evitar, de esta forma, un debate a fondo sobre el problema que afecta a los principales recursos pesqueros. Nada dice, adem�s, el informe acerca de la exposici�n del Gobierno en la primera sesi�n de la Comisi�n, en que estuvo presente el se�or Ministro de Econom�a. Y no se menciona que al t�rmino de la exposici�n no qued� en la Comisi�n ninguno de los antecedentes escritos que all� se se�alaron. Tampoco el informe se refiere a la negativa del Senador se�or Adolfo Zald�var para reabrir el debate sobre el proyecto y revisar aquellos aspectos que, a mi juicio, tienen importancia directa con la administraci�n pesquera y que, a la luz de los antecedentes expuestos, ameritan una revisi�n. El informe no hace menci�n alguna de los antecedentes entregados por la se�ora Barbieri, Presidenta de la Asociaci�n de Profesionales del Sector Pesquero y encargada de los estudios hidroac�sticos del IFOP, que demostraban la validez de dichos estudios -que yo solicit� hacer- y el rango de certeza que ellos tienen. Igualmente, nada dice el informe de la exposici�n efectuada en la Comisi�n por el bi�logo marino y Presidente del Sindicato de Trabajadores del IFOP sobre el descarte, donde se demostr� claramente la profunda magnitud de �ste. Se�or Presidente, el informe presentado en la Sala en la sesi�n de ayer no es una relaci�n objetiva de lo sucedido en las tres reuniones de la Comisi�n de Pesca y, por lo tanto, no tiene validez alguna. En raz�n de ello, y de acuerdo con el Reglamento, solicito a la Mesa que ordene rehacer dicho informe, a la luz de los antecedentes escritos que deben estar en la Comisi�n y de los aspectos fundamentales del debate, que tienen que hallarse registrados en las grabaciones de las sesiones de aqu�lla. Pido tambi�n que se me hagan llegar copias de las grabaciones de las tres sesiones a que hice menci�n. Se�or Presidente, he tratado en estos a�os de ser consecuente con mis principios, con el objetivo de servir a los m�s necesitados. He trabajado con responsabilidad y dedicaci�n en las Comisiones en las que me ha correspondido participar. Acepto que tengamos puntos de vista y opiniones distintas. Debemos aceptar el libre juego del debate reglamentario y de la democracia, el cual permite que las iniciativas se aprueben por mayor�a, pero con respeto a las minor�as y con transparencia. Lo sucedido aqu� est� re�ido con la tradici�n del Senado, y pido que se repare esta situaci�n. Adem�s, quiero manifestar que particip� en las tres sesiones de la Comisi�n, estuve todo el d�a de ayer en el Senado, y no se me solicit� que firmara el informe, en circunstancias de que incluso presid� la primera de ellas. Si una persona me lo hubiera tra�do, podr�a haberle hecho notar que su texto no concordaba con lo que se discuti� y, a lo mejor, se podr�a haber rehecho. Hubo algo que impidi� que yo participara en su firma. Por lo tanto, se�or Presidente, solicito que se haga la investigaci�n pertinente, se establezcan las responsabilidades correspondientes y se repare el da�o causado. Gracias. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�or Senador, agradezco sus antecedentes. La verdad es que me ha sorprendido su opini�n, porque tengo a la vista el informe firmado por tres se�ores Senadores, que, por lo tanto, con ello adquiere plena validez. Realizaremos las averiguaciones pertinentes antes de analizar el proyecto respectivo, que se encuentra en el tercer lugar de la tabla. Ya tendremos tiempo para tomar una resoluci�n sobre el particular. El se�or RUIZ-ESQUIDE.-�Me permite, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Antes hab�a pedido intervenir el Honorable se�or Boeninger. El se�or RUIZ-ESQUIDE.- Muy bien. El se�or LARRAIN (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, quer�a referirme a un asunto distinto... El se�or LARRA�N (Presidente).- Exc�seme, se�or Senador. �El Honorable se�or Ruiz-Esquide deseaba hacer alusi�n a la misma materia? El se�or BOENINGER.- Perd�n, se�or Presidente. Yo tambi�n quer�a hablar brevemente sobre el mismo asunto. El se�or LARRA�N (Presidente).- Entend� que Su Se�or�a se iba a referir a otro tema. El se�or BOENINGER.- S�, se�or Presidente. Mi intenci�n es hacerlo acerca de dos materias. Sin embargo, puedo empezar por el asunto planteado por el Senador se�or Ruiz. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, s�lo quiero comentar que, desgraciadamente, se encuentran ausentes los tres se�ores Senadores que votaron a favor de volver el proyecto a la Sala con informe de la Comisi�n. Yo tambi�n asist� a las sesiones de dicho organismo t�cnico. Creo que existe una leg�tima discrepancia de opiniones y que, por eso, habr�a que estudiar el contenido del informe con m�s cuidado y consultar el criterio de los se�ores Senadores que lo firmaron. Por lo tanto, el problema se debe tomar con calma y esperar que los miembros de la Comisi�n se encuentren presentes -hoy d�a no lo est�n- y analicen el informe. Hago presente que existieron opiniones discrepantes en dicho organismo y que hubo una mayor�a que decidi� devolver la iniciativa a la Sala. Se�or Presidente, ya que estoy haciendo uso de la palabra, deseo referirme a otro asunto. Quiero pedirle una cosa muy simple� El se�or LARRA�N (Presidente).- Exc�seme, se�or Senador. �Consulto al Honorable se�or Ruiz-Esquide si desea intervenir sobre el mismo tema? El se�or RUIZ-ESQUIDE.- S�. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or RUIZ-ESQUIDE.- Se�or Presidente, como Comit� Dem�crata Cristiano, le ruego tomar nota de lo solicitado por el Senador se�or Ruiz a fin de que lo veamos en su oportunidad. Adem�s, en igual calidad, me gustar�a tener una conversaci�n con la Mesa en el momento apropiado. Gracias. --------------- El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, quiero pedir, por su intermedio, la autorizaci�n de la Sala para que el proyecto que otorga bonificaci�n por egreso a personal de Gendarmer�a de Chile, ingresado a la Corporaci�n y remitido a la Comisi�n de Hacienda, sea discutido en general y particular a la vez por dicho organismo. El se�or LARRA�N (Presidente).- Si le parece a la Sala, se acceder� a lo solicitado. --As� se acuerda. --------------- El se�or FERN�NDEZ.- Pido la palabra. El se�or LARRA�N (Presidente).- �Sobre la Cuenta? El se�or FERN�NDEZ.- No, sobre lo se�alado por el Honorable se�or Ruiz. El se�or LARRA�N (Presidente).- Puede hacer uso de ella, Su Se�or�a. El se�or FERN�NDEZ.- Se�or Presidente, los planteamientos del se�or Senador son muy serios y tienen base para ser investigados. A nosotros, como Comit� UDI, nos parece �til hacerlo, porque se trata de una situaci�n grave. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�or Senador, como se trata de un proyecto que figura m�s adelante en la tabla, mientras tanto vamos a recoger m�s antecedentes con la Secretaria de la Comisi�n e intentar conversar -si es posible- con alguno de los se�ores Senadores firmantes para definir un criterio antes de analizar el tema en la Sala. Sin embargo, entretanto se toma una decisi�n al respecto, podemos avanzar en la discusi�n de los otros dos proyectos que aparecen antes en el Orden del D�a. Tiene la palabra la Honorable se�ora Frei. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Se�or Presidente, comparto lo se�alado por el Comit� UDI en el sentido de que se trata de una materia muy delicada. Por eso, solicitar�a que, de ser cierto lo planteado, dej�ramos el problema para otra sesi�n, porque no podremos aclararlo en la Sala. El se�or LARRA�N (Presidente).- Pido a Sus Se�or�as no anticipar criterios. Es posible que a esa determinaci�n lleguemos. Pero me parece correcto o�r tambi�n a los tres se�ores Senadores que firmaron el referido informe, adem�s de la opini�n de la Secretaria de la Comisi�n, antes de tener una decisi�n sobre una denuncia que, por cierto, me parece suficiente para tomar todas las medidas precautorias, m�s todav�a cuando ya hay varios Comit�s que as� lo han solicitado. Por lo tanto, acerca de la materia en cuesti�n, por ahora, se suspende el debate. No tomaremos ninguna determinaci�n hasta escuchar -es lo que corresponde- a todas las partes que intervinieron en dicho proceso. -------------- El se�or LARRA�N (Presidente).- Si no hubiese m�s inquietudes respecto de la Cuenta, pasar�amos a analizar la primera iniciativa de la tabla. El se�or Secretario me recuerda hacer presente, antes de entrar al Orden del D�a, el problema suscitado a ra�z del proyecto sobre financiamiento de estudios de educaci�n superior. Respecto de dicha normativa -si Sus Se�or�as hacen memoria- se solicit� nuevo plazo para presentar indicaciones, el cual fue concedido. Y, en reuni�n de Comit�s, uno de sus miembros pidi� que las Comisiones de Hacienda y de Educaci�n sesionaran unidas para su estudio. As� ocurri�, pero s�lo en cuanto a las indicaciones que, en opini�n de los integrantes de la Comisi�n de Educaci�n, ten�an atingencia a su �mbito; pero �stos no participaron en la discusi�n de las de competencia de la Comisi�n de Hacienda. Por lo tanto, solicito autorizaci�n de la Sala -entendiendo que as� deb�a operarse- para que se emitan dos informes en cuanto al referido proyecto: uno que contenga lo resuelto por las Comisiones unidas de Hacienda y de Educaci�n respecto de las materias competentes a ambos organismos, que necesariamente requieren la firma de los miembros de esta �ltima; y otro que incluya lo relativo espec�ficamente a la Comisi�n de Hacienda, puesto que los integrantes de la de Educaci�n, seg�n entiendo, se retiraron de la discusi�n. La idea es contar con dos informes separados. De lo contrario se produce un problema, porque al haberse marginado del debate los miembros de la Comisi�n de Educaci�n habr�a una parte de �l donde no tuvieron participaci�n y se ver�an obligados a firmar un informe respecto de una materia en la cual no intervinieron. Tiene la palabra el Honorable se�or Moreno. El se�or MORENO.- Se�or Presidente, sobre el particular, puedo informar que ayer comenzaron a sesionar las Comisiones unidas de Hacienda y de Educaci�n, con la asistencia de todos los miembros de esta �ltima. El problema se gener� cuando pedimos -cosa que al principio se acord�- discutir tanto las indicaciones ya formuladas como la nueva presentada por el Ejecutivo, con el objeto de que los integrantes de la Comisi�n de Educaci�n pudi�ramos conocer lo que en su momento no se debati� en el seno de nuestro organismo. Al comienzo de la discusi�n alcanzamos a votar una materia, pero un miembro de la Comisi�n de Hacienda manifest� su deseo de no seguir adelante con el estudio y votaci�n de las indicaciones, porque se deb�a analizar -estaba en su derecho- el proyecto en su integridad, lo cual nos obligaba a los Senadores de la Comisi�n de Educaci�n a permanecer durante el debate completo de la iniciativa que ya hab�amos votado. �sa fue la raz�n por la que se acord� que la Comisi�n de Hacienda avanzara en las materias de su competencia. Pero los integrantes de la de Educaci�n �y creo representar a sus miembros- deseamos discutir la totalidad de las indicaciones. Y no me parece correcto el criterio utilizado para decir que la Comisi�n de Hacienda entregar� un informe sobre aspectos que ella conoci� -no la de Educaci�n-, bajo el argumento de que estar�an dentro de sus prerrogativas. Eso no lo encuentro adecuado. Por lo tanto, pido que la Comisi�n de Educaci�n tenga la posibilidad -porque est� en su derecho- de conocer la integridad de las indicaciones a fin de pronunciarse sobre ellas. El se�or LARRA�N (Presidente).- Agradezco a Su Se�or�a la informaci�n entregada, porque la Mesa no ten�a todos los antecedentes. En consecuencia, no habr�a cambio respecto del criterio fijado por los Comit�s y la Sala en el sentido de que las Comisiones unidas de Educaci�n y de Hacienda deben entregar un informe respecto de las indicaciones presentadas en el nuevo plazo fijado para ello. Mientras no haya otra voluntad, as� queda acordado. El se�or MORENO.- Gracias, se�or Presidente. -------------- El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable se�ora Frei. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Se�or Presidente, quiero saber si tocante al punto 6 de la tabla hay alguna comunicaci�n o antecedente nuevo. El se�or LARRA�N (Presidente).- No, Su Se�or�a. No ha llegado ning�n oficio nuevo sobre la materia. Se nos dijo que el Ejecutivo retirar�a el proyecto de la actual Legislatura Extraordinaria de sesiones, pero hasta la fecha ning�n documento sobre el particular se ha puesto en conocimiento de la Secretar�a del Senado. -------------- El se�or LARRA�N (Presidente).- Solicito autorizaci�n para que ingresen a la Sala los asesores del Ministro del Trabajo y Previsi�n Social se�ora Pilar Oyarz�n y se�or Francisco Del R�o, as� como la Subdirectora subrogante del SERNAM, se�ora Patricia Silva. --Se accede. IV. ORDEN DEL D�A ESTABLECIMIENTO Y SANCI�N DE FIGURA DEL ACOSO SEXUAL El se�or LARRA�N (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, sobre acoso sexual, con informe complementario del segundo informe de la Comisi�n de Trabajo y Previsi�n Social. --Los antecedentes sobre el proyecto (1419-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 5�, en 11 de junio de 2002. Informes de Comisi�n: Trabajo, sesi�n 45�, en 7 de abril de 2004. Trabajo (segundo), sesi�n 18�, en 1 de diciembre de 2004. Trabajo (complementario del segundo), sesi�n 25�, en 6 de enero de 2005. Discusi�n: Sesiones 54�, en 5 de mayo de 2004 (discusi�n general pendiente); 55�, en 11 mayo de 2004 (se aprueba en general); 20�, en 14 de diciembre de 2004 (indicaci�n para reabrir el debate); 22�, en 15 de diciembre de 2004 (se rechaza reabrir el debate y queda pendiente su discusi�n particular); 23�, en 4 de enero de 2005 (vuelve a Comisi�n para nuevo informe complementario del segundo). El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or HOFFMANN (Secretario).- De conformidad con el acuerdo adoptado por la Sala en la sesi�n del martes 4 de enero -es decir, anteayer-, la Comisi�n de Trabajo y Previsi�n Social emiti� un segundo informe complementario que propone modificaciones al texto despachado en el segundo informe, destac�ndose la incorporaci�n de un T�tulo IV, nuevo, en el Libro II del C�digo del Trabajo, el cual se denominar�a "De la investigaci�n y sanci�n del acoso sexual". Todas las enmiendas fueron acordadas por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisi�n, Honorables se�ores Bombal, Canessa, Parra y Ruiz de Giorgio. Sus Se�or�as tienen a la vista un bolet�n comparado que transcribe las normas pertinentes del C�digo del Trabajo; el texto despachado en el segundo informe de la Comisi�n de Trabajo y Previsi�n Social; las modificaciones efectuadas en el segundo informe complementario, y el articulado que resultar�a si se aprobaran dichas enmiendas. Finalmente, la Comisi�n informante, por unanimidad, resolvi� considerar algunos cambios en la definici�n de las conductas de acoso sexual -contenida en una norma ya aprobada por el Senado, correspondiente a la letra a) del n�mero 1 del art�culo 1�- y pedir a la Sala pronunciarse sobre esta materia de acuerdo con un texto -est� siendo repartido en este momento a todos los se�ores Senadores- que dice: "Las relaciones laborales deber�n siempre fundarse en un trato compatible con la dignidad de la persona. Es contrario a ella, entre otras conductas, el acoso sexual, entendi�ndose por tal el que una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de car�cter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situaci�n laboral o sus oportunidades en el empleo.". El se�or LARRA�N (Presidente).- En consecuencia, la Sala debe reanudar la discusi�n particular del proyecto, el cual fue reenviado a la Comisi�n para los efectos de que revisara dos art�culos pendientes. Seg�n ha relatado el se�or Secretario, el informe de la Comisi�n de Trabajo se pronuncia sobre esas dos disposiciones y, adicionalmente, propone una modificaci�n al concepto de acoso sexual, para cuyo an�lisis se requiere la unanimidad de la Sala. Ha pedido intervenir el Presidente de dicho organismo, Honorable se�or Bombal. Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or BOMBAL.- Se�or Presidente, la discusi�n que motiv� la solicitud de informe complementario estaba centrada en el procedimiento que deber�a establecerse en el reglamento de cada empresa con el fin de adoptar las medidas correspondientes despu�s de una denuncia sobre acoso sexual. Como se recordar�, tal procedimiento fue objeto de reparos en la Sala. Junto a lo anterior, la Comisi�n analiz� una propuesta del Senador se�or Viera-Gallo, quien, con la finalidad de ampliar la normativa y no dejar restringida la denuncia de los hechos a las empresas que cuenten con reglamento -existen peque�as y medianas empresas que no lo tienen, as� como contratos individuales donde nada se prev� al respecto-, sugiri� la idea de incorporar el procedimiento para la investigaci�n y sanci�n del acoso sexual en el T�tulo IV del Libro II del C�digo del Trabajo. Esto -lo explicar� con mayor detalle Su Se�or�a en algunos momentos m�s- permitir�a que el empleador llevara adelante la investigaci�n o, tambi�n, que el denunciante recurriera a la Inspecci�n del Trabajo, donde existen garant�as para que tanto la v�ctima como el denunciado tengan un debido proceso, con la discreci�n que corresponda, atendida la naturaleza de la materia que nos ocupa, que es de cierta complejidad. Ahora bien, no obstante que la Comisi�n, por mandato de la Sala, deb�a circunscribirse a dirimir lo relativo al procedimiento, surgi� la necesidad de ajustar un poco la definici�n de acoso sexual, con el prop�sito de hacer todav�a m�s objetiva la figura. El Honorable se�or Parra hizo cuesti�n reglamentaria en el sentido de que aquello no era materia propia del encargo de elaborar en la Comisi�n un informe complementario. Pero, tras conocer los antecedentes, Su Se�or�a se allan� a analizar el punto, con la condici�n de que posteriormente, por la unanimidad de la Sala -al respecto, pido al se�or Presidente que en su momento recabe el asentimiento pertinente-, se analizara el ajuste ya explicitado por el se�or Secretario. �Por qu� el ajuste a la definici�n de "acoso sexual"? Dada la naturaleza del tema que nos ocupa, se estim� del caso precisar el concepto de "conducta indebida", en atenci�n a que no todo acto que pueda suponer acoso es constitutivo de conducta sexual indebida. Como dije -y se va a referir a ello despu�s el autor del referido ajuste, Honorable se�or Viera-Gallo-, el prop�sito es estructurar una norma lo m�s objetiva posible, en t�rminos de que el perjuicio causado a la v�ctima del acoso tenga que ver con su funci�n o con su desempe�o en el empleo, ya que lo que se persigue es evitar que se produzca un da�o en ese �mbito. En consecuencia, el ajuste de la definici�n alcanz� una connotaci�n importante para los efectos de que el procedimiento, contenido ahora en el T�tulo IV del Libro II del C�digo del Trabajo, garantice a los involucrados mayor rapidez y objetividad, sea cuando se acuda al empleador para que inicie la investigaci�n correspondiente, sea cuando se decida recurrir a la Inspecci�n del Trabajo. Lo otro digno de menci�n con respecto al texto conocido antes es el acortamiento de los plazos, pues los establecidos primitivamente -tras la sucesi�n de indicaciones presentadas- se estimaron demasiado largos y no eficaces para personas con contratos de corta duraci�n (30 d�as, por ejemplo), como sucede con las temporeras, pues, en caso de adoptarse alguna resoluci�n, ella se har�a efectiva cuando el contrato ya no estuviera vigente. En s�ntesis, la idea es, primero, llevar la normativa pertinente, no al reglamento como se propon�a originalmente -porque hay empresas que no lo tienen-, sino a un t�tulo del C�digo del Trabajo donde se garantice que toda persona, cualquiera que sea su r�gimen contractual, acceda a un procedimiento expedito y f�cil; y segundo, ajustar la definici�n de "acoso sexual" a t�rminos m�s objetivos, para lo cual se necesita el asentimiento un�nime de la Sala, por tratarse de una materia que recae en una disposici�n ya votada. La nueva definici�n, como expres� el se�or Secretario, dice: "Las relaciones laborales deber�n siempre fundarse en un trato compatible con la dignidad de la persona. Es contrario a ella, entre otras conductas, el acoso sexual, entendi�ndose por tal el que una persona realice en forma indebida," -�ste es el aspecto que subray� denantes- "por cualquier medio, requerimientos de car�cter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situaci�n laboral o sus oportunidades en el empleo.". La Comisi�n estim� que esa definici�n es m�s precisa y conduce a un procedimiento m�s expedito, seg�n se ha se�alado. Se�or Presidente, se podr�a pedir el asentimiento un�nime de la Sala para revisar ese concepto en la discusi�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Viera-Gallo. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, s�lo quiero reafirmar lo dicho por el Senador se�or Bombal en el sentido de que la Comisi�n de Trabajo acogi� una serie de sugerencias que han permitido superar dificultades que entrababan el despacho del proyecto. En lo referente a la definici�n de "acoso sexual", hay dos cambios importantes, como lo se�al� Su Se�or�a. Uno, que debe tratarse de una acci�n indebida. En nuestra cultura, sabemos perfectamente cu�les son acciones debidas y cu�les indebidas. Las acciones indebidas, por naturaleza, son la amenaza, la presi�n, el uso de la fuerza; pero tambi�n hay otras. Y las debidas son todas las acciones propias de una relaci�n que est� partiendo y que tiene un potencial de desarrollo amoroso. Por lo tanto, lo indebido es algo muy importante. El otro cambio relevante est� constituido por la prevenci�n de que el acoso sexual produzca un perjuicio en la situaci�n laboral de la persona o en sus oportunidades en el empleo, y no necesariamente en su salud. Porque el problema de la salud dif�cilmente es verificable por el inspector del trabajo; en cambio, el perjuicio en la situaci�n laboral o en las oportunidades en el empleo es algo objetivo perfectamente constatable por un inspector y que puede dar origen al procedimiento. Por otra parte, se trat� de reparar la situaci�n expuesta por varios se�ores Senadores en cuanto a que el procedimiento dise�ado no era aplicable a la peque�a y mediana empresas, a las temporeras y a las asesoras del hogar. De manera que se abre la posibilidad de que la denuncia se haga al empresario o al responsable del establecimiento, servicio o empresa, o bien, a la Inspecci�n del Trabajo. Trat�ndose de una peque�a empresa o de una asesora del hogar, la denuncia podr� hacerse -seguramente as� ser�- en forma directa a dicho organismo. Luego, en el caso del empleador que recibe una denuncia, se dispone la obligaci�n de adoptar todas las medidas necesarias para que desde el primer momento se ponga t�rmino a la situaci�n, siempre que -y esto es muy importante- existan las posibilidades de hacerlo, seg�n las condiciones de trabajo de la empresa. Si �sta es grande, obviamente, aqu�l podr� separar los espacios f�sicos o redistribuir el tiempo de la jornada. Pero si se trata de una empresa peque�a o de una casa, eso no va a ocurrir. Cuando la denuncia se plantea ante la Inspecci�n del Trabajo, �sta puede sugerir que se adopten con la mayor brevedad las medidas inmediatas para impedir que contin�e la situaci�n de acoso. Si recibe la denuncia el empleador, podr� disponer la realizaci�n de una investigaci�n interna, o bien, derivar aqu�lla inmediatamente a la Inspecci�n del Trabajo, seg�n estime conveniente. Y as� contin�a el procedimiento. Lo relevante -como se�al� el Honorable se�or Bombal- es que se acortan los plazos. Adem�s, se trata de un procedimiento escrito, confidencial, donde se consignan todas las normas del debido proceso, para evitar que se d� curso a denuncias injustificadas. De otro lado -esto resulta muy significativo-, si el empleador toma medidas o no, ello tiene consecuencias para el momento del despido, a los efectos de determinar si �ste es justificado o injustificado y si procede o no el pago de indemnizaci�n. Y en el caso de que el acosador sea el empleador, el afectado tiene la posibilidad de ejercer el derecho de poner t�rmino al contrato de trabajo. Se�or Presidente, pienso que, despu�s de la larga y no f�cil discusi�n habida en el Senado, que ha provocado bastantes inquietudes, llegamos a un proyecto que dar� origen a una ley, si no perfecta, al menos racional y justa para el pa�s. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Espina. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, primero deseo hacer una consulta al se�or Presidente de la Comisi�n de Trabajo. Entiendo que el procedimiento se cambia desde el art�culo 154, n�mero 12, a un t�tulo nuevo, donde se contienen los art�culos 211-A, etc�tera. �Es as�? El se�or BOMBAL.- S�, se�or Senador. El se�or ESPINA.- Muchas gracias. Se�or Presidente, en primer lugar, debo expresar que los cambios introducidos por la Comisi�n de Trabajo mejoran sustancialmente la iniciativa, tanto en el procedimiento como en la definici�n. Y lo hago presente porque tengo grabados los gritos y protestas que escuchamos hace algunos d�as a unas "barras bravas". Eso demuestra -como dijo el Presidente de la Comisi�n de Trabajo- que cuando las cosas se hacen en forma seria, sin apresuramiento ni histeria, en el Senado -�gracias a Dios!- se despachan buenos proyectos de ley. La definici�n de "acoso sexual" era p�sima. Desde luego, perjudicaba gravemente a las mujeres. Entre otras cosas, porque las inhib�a de ejercer el d�a de ma�ana acciones penales en el evento de que el acoso sexual se transformara en abuso deshonesto. Nada de eso es posible debatir en un ambiente donde en �ltimo t�rmino, por querer reflexionar, mejorar y perfeccionar un texto, se es objeto de presiones indebidas sustentadas en la creencia de que quienes tienen aquel prop�sito procuran que no haya ley sobre la materia. La verdad es que la definici�n que se nos propone hoy es sustancialmente mejor; protege m�s, en especial a las mujeres, y elimina un conjunto de obst�culos inaceptables para la v�ctima de acoso sexual. Ahora, s�lo deseo plantear lo siguiente, para que quede en la historia fidedigna de la ley. En la definici�n anterior se exig�a que la v�ctima de acoso sexual estuviera sufriendo simult�neamente una amenaza o un perjuicio concreto a su salud, o bien, a sus oportunidades de empleo o a su situaci�n laboral, tema que dejar� aparte. Que alguien me explique por qu� esa persona ten�a que estar sufriendo adem�s una amenaza o un perjuicio a su salud para ser estimada v�ctima de acoso sexual. Y si as� no ocurr�a, �no era v�ctima de tal conducta? En otras palabras, seg�n la definici�n primitiva, una mujer pod�a ser hostigada permanentemente con la petici�n de un favor sexual bajo la amenaza de, en caso de no aceptar, perder su trabajo o ver perjudicadas sus posibilidades de ascenso, y, por tener car�cter fuerte y no sufrir ning�n da�o f�sico, verse privada del derecho a demandar por acoso. Entonces, �perjudicaba esa definici�n a las mujeres o las favorec�a? Las perjudicaba ostensiblemente, porque es inconcebible que, para ser considerada v�ctima de acoso sexual, la persona deba sufrir en forma simult�nea un problema de salud f�sica. Tal vez no lo experimente, pero su dignidad no tiene por qu� ser atropellada en un acto de esa �ndole. En segundo lugar, se establec�a lo relativo al contacto f�sico. Ello motivaba serias dudas en cuanto a si por esa v�a no se estaba inhibiendo el ejercicio de acciones penales contempladas en las enmiendas que introdujeron el Senado y la C�mara de Diputados respecto de los delitos de abuso sexual. La cuesti�n es muy sencilla. El art�culo 366 ter del C�digo Penal establece que se entiende "por acci�n sexual cualquier acto de significaci�n sexual y de relevancia realizado mediante contacto corporal con la v�ctima, o que haya afectado", etc�tera. Como la definici�n de "acoso sexual" se refer�a de manera expresa al contacto f�sico y como el ejercicio de acciones civiles distintas de las acciones penales inhiben �stas posteriormente, imagino que las autoridades de Gobierno -y no dudo de que lo saben de memoria, porque son muy estudiosas- se habr�n dado cuenta de que la mujer que hubiera denunciado por la v�a laboral que era objeto de acoso sexual y de tocaciones que daban lugar al delito de abuso sexual habr�a perdido la acci�n penal. Se�alo eso, se�or Presidente, simplemente para dejar constancia de que, cuando se intenta mejorar un proyecto y ello se hace en forma seria -as� lo hicieron la Comisi�n de Trabajo, que no integro, y el Senador se�or Viera-Gallo, con quien tuve la oportunidad de conversar-, se puede estructurar un buen texto. La actual definici�n me parece excelente: apunta en la direcci�n correcta y define en forma objetiva este tipo de conductas. Respecto del procedimiento, no tengo la menor duda de que es mucho m�s claro, m�s expedito, m�s din�mico; resuelve los problemas de las peque�as empresas; permite perfectamente la separaci�n inmediata de la v�ctima de acoso sexual y no la deja sometida, por carencia de espacio, a una suerte de interregno mientras se investiga. En suma, creo que la iniciativa fue mejorada en forma sustancial. Y felicito a los miembros de la Comisi�n de Trabajo, y tambi�n al Senador se�or Viera-Gallo, que intervino en esto y con quien tuve la oportunidad de conversar, pues me sent� muy representado por lo que hizo. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiempo, se�or Senador. El se�or ESPINA.- Termino, se�or Presidente, anunciando que votaremos a favor de estas normas. Y, por supuesto, pedimos unanimidad para los efectos de modificar la definici�n del delito en comento. El se�or LARRA�N (Presidente).- Insisto en que ahora la Sala se pronuncie sobre la unanimidad planteada. Luego nos abocaremos a las dos modificaciones referidas a los procedimientos, cuyas votaciones a�n se hallan pendientes. Tiene la palabra el Senador se�or Mu�oz Barra. El se�or MU�OZ BARRA.- Se�or Presidente, quisiera pedir a los autores de la enmienda a que dio lectura el se�or Secretario que me aclararan algunas aprensiones acerca del texto que se propone, que dice: "Las relaciones laborales deber�n siempre fundarse en un trato compatible con la dignidad de la persona. Es contrario a ella, entre otras conductas, el acoso sexual, entendi�ndose por tal el que una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de car�cter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situaci�n laboral o sus oportunidades en el empleo.". Entonces, si se levanta la tesis de que la persona consinti� el acoso sexual -lo cual configura, dir�a yo, una atm�sfera bastante gen�rica y compleja-, pr�cticamente volveremos a fojas cero. El se�or BOMBAL.- �No, se�or Senador! El se�or VIERA-GALLO.- �No! El se�or ESPINA.- �No, se�or Senador! El se�or MU�OZ BARRA.- Y el centro de lo que se pretende al legislar en esta materia se derrumba, porque la presi�n del acosador, o de la acosadora, es muy fuerte. La persona puede consentir f�sicamente por miedo, por necesidad o, tambi�n, por la estructura de su personalidad. Por tanto, no me deja satisfecho la frase "no consentidos por quien los recibe", m�xime si en el informe se se�ala que en Chile el 70 por ciento de las mujeres se han sentido acosadas en una u otra oportunidad. Entonces, no es s�lo un problema espor�dico para un porcentaje m�nimo y determinado de la poblaci�n. Si tuviera que pronunciarme sobre esta redacci�n, me agradar�a suprimir la frase "no consentidos por quien los recibe", con lo cual el texto dir�a: "por cualquier medio, requerimientos de car�cter sexual y que amenacen o perjudiquen su situaci�n laboral o sus oportunidades en el empleo o su dignidad como personas". Porque en esta materia no solamente tenemos que actuar frente a derechos laborales, sino, tambi�n, a derechos constitucionales. El se�or ESPINA.- �Me permite una interrupci�n, se�or Senador? El se�or MU�OZ BARRA.- Por supuesto, con la venia de la Mesa. El se�or LARRA�N (Presidente).- Antes hab�a solicitado una interrupci�n el Honorable se�or Viera-Gallo, quien, con la venia de la Mesa, tiene la palabra. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, lo esencial para que el acoso se configure radica en que el requerimiento de car�cter sexual, realizado en forma indebida, no sea consentido, porque la base de las relaciones sexuales es la libertad de las personas. Uno de los factores indispensables -lo dijimos cuando vimos los delitos de car�cter sexual- es reconocer la libertad sexual y la madurez sicol�gica para que esa libertad se exprese, que en el caso que se�al� se estableci� a los 14 a�os. Pues bien, en el acoso lo fundamental es que no haya consentimiento. Se podr� considerar incluso muy aberrante una relaci�n entre dos personas; pero si es consentida, no hay acoso. Se podr� tener un juicio de otra naturaleza. El Honorable se�or Mu�oz Barra aludi� a la posibilidad de que la personalidad de una mujer la lleve a ser acosada. Pero �se es problema de ella. O sea, mientras el consentimiento no tenga un vicio, no hay acoso. Si hay vicio, no existe consentimiento. O sea, si hay fuerza, si se act�a por miedo, por intimidaci�n, por error o por dolo de la otra persona, no existe consentimiento. Es decir, el consentimiento libre excluye el acoso. El consentimiento estar�a viciado en el caso a que se refiri� el Senador se�or Mu�oz Barra. Por lo tanto, la frase que Su Se�or�a cuestiona -ha sido positivo hacer esta aclaraci�n- al final no influye. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Espina. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, en primer lugar, me parece bien la preocupaci�n expresada por el Senador se�or Mu�oz Barra, porque alguien podr�a guiarse por su l�gica. Es decir, se trata de una persona a la que fuerzan y, forzada, da su consentimiento. En definitiva, la palabra "consentimiento" estar�a siendo un obst�culo en la comisi�n de esta infracci�n a las relaciones laborales o a la dignidad de una persona. Pero me quedo con lo que se�al�, con toda raz�n, el Senador se�or Viera-Gallo. Lo que ocurre es que nunca va a existir consentimiento cuando se trate de una decisi�n forzada. Con dolo o fuerza, no hay consentimiento ni en el Derecho Civil ni en el Derecho Laboral. Y la fuerza puede ser moral. Por ejemplo, una mujer que por temor dice: "Bueno, acepto el acoso". En ese caso, �existe consentimiento? No. �Qu� hay? Fuerza. �Qu� tipo de fuerza? Una fuerza moral irresistible. Por tanto, el consentimiento no existi�. Y estamos en presencia de dolo cuando hay enga�o; y de error, cuando la persona se equivoca. Se�alo esto para que quede constancia de que no habr�a consentimiento. Con esto quedar�a resuelta la leg�tima inquietud del Senador se�or Mu�oz Barra. El se�or MU�OZ BARRA.- Se�or Presidente, recupero la palabra. El se�or LARRA�N (Presidente).- No la recupera, se�or Senador, porque ya fue ocupado todo su tiempo. El se�or MU�OZ BARRA.- Entonces, perm�tame hacer una consulta. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra, Su Se�or�a. El se�or MU�OZ BARRA.- Se�or Presidente, la proposici�n expresa: "requerimientos de car�cter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situaci�n laboral o sus oportunidades en el empleo.". O sea, se hace referencia a un mundo que no es el escenario de una cita amorosa. Porque si una mujer con un var�n est�n en un lugar que no es el entorno que plantea la disposici�n, que es el de trabajo, evidentemente ah� puede haber o no consentimiento. Pero ocurre que esto apunta a que la persona no se vea amenazada en su situaci�n laboral o en sus oportunidades en el empleo. Entonces, el escenario es absolutamente diferente en materia de consentimiento respecto a lo que puede ocurrir entre un hombre y una mujer en una cita privada, porque en el entorno laboral rigen leyes que determinan los derechos de los trabajadores, sean hombres o mujeres. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or �vila. El se�or �VILA.- Se�or Presidente, sin ninguna duda, el acoso sexual atenta contra la dignidad de la mujer. Pero, en la salvaguarda de esta �ltima, es preciso tener mucho cuidado en no dar pie a conductas que pueden ser tan lesivas para las relaciones laborales como el acoso mismo. Por ello, no era f�cil conceptualizar en forma rigurosa y precisa esta normativa. La definici�n que conocimos en la sesi�n pasada ten�a como rasgos m�s sobresalientes un tono muy gen�rico y un amplio campo a la subjetividad. Entonces, era l�gico que tuviera que revisarse. De ah� que la molestia que despert� en algunos sectores y autoridades de Gobierno el hecho de que se hubiera retardado a�n m�s el despacho de esta iniciativa no se justifica, por cuanto el Senado hizo la apuesta que responsablemente ten�a que hacer; esto es, en una materia tan compleja, tan delicada, esforzarse por aplicar el mayor rigor posible desde el punto de vista de los vocablos empleados. La definici�n que se ha alcanzado, si bien dif�cilmente satisfar� un criterio de m�xima exigencia, al menos se ubica dentro de una norma que efectivamente alcance el prop�sito que persigue. Por esa raz�n, y porque creo que ya es hora de dar v�a libre a la normativa en debate, que lleva tanto tiempo en el Congreso Nacional, votar� favorablemente. Por �ltimo, refiri�ndome a la curiosa controversia que surgi� hace algunos minutos, debo decir que el acoso con consentimiento equivale a un disco "Pare" con luz verde. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- Quiero retomar el tema planteado, para que sirva de esclarecimiento a lo expuesto por el Senador se�or Mu�oz Barra. Si recogemos el esp�ritu de la Comisi�n -que parece ser similar al de quienes han intervenido, con la salvedad del Honorable se�or Mu�oz Barra, a lo cual me referir�-, es necesaria la unanimidad para acoger la nueva noci�n. La inquietud del Senador se�or Mu�oz Barra respecto del concepto que ahora se introduce no es obst�culo, porque lo relativo al "consentimiento" tambi�n aparece en el anterior. De manera que, si se rechaza esta proposici�n, el requisito de que el acoso sexual no sea consentido por la afectada se mantiene. O sea, ambas definiciones contemplan el mismo concepto: siempre se requiere que no haya consentimiento. La diferencia entre una y otra radica en otros aspectos. La original de la Comisi�n alude a que la conducta sea "unilateral, f�sica o verbal". Ahora se refiere a que la conducta "se realice en forma indebida, por cualquier medio". En seguida, se sustituyen los t�rminos "que le produzca o amenace con producirle un perjuicio a su salud" -ya que en realidad el acoso altera las relaciones laborales- por la frase "que amenacen o perjudiquen su situaci�n laboral o sus oportunidades en el empleo". Y si median da�os a la salud, estamos en presencia del delito -as� lo entiendo- de abusos deshonestos. En consecuencia, los cambios no apuntan en la direcci�n que plantea el Senador se�or Mu�oz Barra. En ese sentido, solicito el acuerdo de la Sala para incorporar el concepto que modifica letra a) del n�mero 1 del art�culo 1�, a fin de resolver esta discusi�n. El se�or MU�OZ BARRA.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra, Su Se�or�a. El se�or MU�OZ BARRA.- S�lo quiero decir que de ninguna manera me opondr� a la unanimidad. Simplemente, hice presente una inquietud. El proyecto ahora pasa a la C�mara de Diputados, en su tercer tr�mite constitucional -no s� si habr� Comisi�n Mixta-, y a lo mejor en ese intervalo es posible perfeccionarlo mucho m�s, evitando complejidades que a veces obligan a intervenir. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Novoa. El se�or NOVOA.- Se�or Presidente, deseo agregar un comentario. En esta definici�n el consentimiento es lo menos importante, porque no estamos hablando de actos sexuales, sino de actos unilaterales; es decir, de requerimientos sexuales. Un acto sexual no consentido puede ser delito, abuso, violaci�n, tentativa de delito. En el caso que nos ocupa, se trata de un requerimiento que por definici�n es unilateral. El consentimiento importa bien poco. Lo que se est� normando es un requerimiento de car�cter sexual en el que media la amenaza de perjudicar la situaci�n laboral. No creo que confunda mucho disponer "no consentido", porque esa precisi�n tiene por objeto evitar los casos en que el requerimiento pueda haber sido de alguna forma inducido o provocado. Pero no nos detengamos en la palabra "consentimiento", porque la conducta de acoso sexual se refiere a actos unilaterales. Gracias, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- �Habr�a unanimidad para acoger esta proposici�n? Si no la hubiera, entiendo que se presentar� una solicitud de reapertura del debate, cuya resoluci�n quedar�a para el Tiempo de Votaciones de la pr�xima sesi�n. Sin embargo, podemos obviar este procedimiento si la Sala acepta el nuevo concepto de acoso sexual propuesto por la Comisi�n de Trabajo. �Habr�a acuerdo para proceder en esos t�rminos? Acordado. Como todav�a existe inter�s para intervenir en el debate, tiene la palabra la Senadora se�ora Frei. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Se�or Presidente, pienso que fue bueno tomarnos m�s tiempo para analizar esta materia, porque hemos llegado a un acuerdo y la modificaci�n saldr� por unanimidad. Adem�s, incorporamos en la iniciativa a las trabajadoras temporeras y a las empleadas de casa particular, tema bastante delicado. No tengo claro en qu� parte del proyecto se incluir� la enmienda. El se�or LARRA�N (Presidente).- Debiera incluirse en el art�culo 1�, n�mero 1, letra a), inciso segundo, despu�s de se�alar: "Las relaciones laborales deber�n siempre fundarse en un trato compatible con la dignidad de la persona. Es contrario a ella, entre otras conductas, el acoso sexual". �Est� claro? La se�ora FREI (do�a Carmen).- S�, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. �Alg�n se�or Senador desea fundar el voto? En votaci�n electr�nica la nueva redacci�n propuesta por la Comisi�n para el art�culo 1�, n�mero 1, letra a), inciso segundo. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Se�or Presidente, el Comit� Dem�crata Cristiano ha levantado los pareos. El se�or LARRA�N (Presidente).- As� es. El se�or HOFFMANN (Secretario).- �Alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or LARRA�N (Presidente).- Terminada la votaci�n. --Se aprueba (33 votos a favor). Votaron los se�ores Arancibia, �vila, Boeninger, Bombal, Canessa, Cariola, Chadwick, Coloma, Cordero, Espina, Frei (do�a Carmen), Garc�a, Gazmuri, Horvath, Larra�n, Matthei, Moreno, Mu�oz Barra, Novoa, N��ez, Orpis, Parra, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz (don Jos�), Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Vega, Viera-Gallo, Zald�var (don Andr�s) y Zurita. El se�or LARRA�N (Presidente).- Corresponde pronunciarse sobre otras materias pendientes. Se consignan en el segundo informe complementario que se acaba de entregar y se refieren fundamentalmente a procedimientos. Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or PARRA.- Se�or Presidente, el informe es un�nime. El se�or HOFFMANN (Secretario).- �Perd�n, se�or Senador? El se�or PARRA.- El informe es un�nime. Todos los acuerdos fueron adoptados por unanimidad. El se�or LARRA�N (Presidente).- S�, pero de todas maneras hay que votarlos, se�or Senador. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Como se�al� en la relaci�n, todos las modificaciones fueron acordadas un�nimemente por la Comisi�n. El segundo informe complementario de la Comisi�n de Trabajo y Previsi�n Social propone agregar, en la letra c) del n�mero 3 del art�culo 1�, un nuevo numeral 12. Posteriormente corresponder� pronunciarse sobre todo un T�tulo referente a esta materia. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Aprob�moslo con la misma votaci�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Si le parece a la Sala y como todas estas disposiciones de procedimiento fueron acordadas por unanimidad en la Comisi�n, se podr�an aprobar de la misma forma. Es decir, la modificaci�n a la letra c), que propone un nuevo n�mero 12� El se�or HOFFMANN (Secretario).- Varias de ellas son de referencia, se�or Presidente. Lo relevante dice relaci�n a la parte en que se propone un T�tulo IV, llamado "DE LA INVESTIGACI�N Y SANCI�N DEL ACOSO SEXUAL". El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, �me permite una moci�n de orden? El se�or LARRA�N (Presidente).- S�, se�or Senador. El se�or VIERA-GALLO.- En caso de que Su Se�or�a solicitara la unanimidad de la Sala para acoger todas las modificaciones, pienso que la obtendr�a. El se�or LARRA�N (Presidente).- Efectivamente. Ese esp�ritu ya fue recogido. S�lo deseo que quede constancia de las aprobaciones. Son las referentes al art�culo 154; al art�culo 168; al art�culo 171; a la incorporaci�n, a continuaci�n del art�culo 211, de un nuevo T�tulo; y al art�culo 425. Eso ser�a todo. �Habr�a acuerdo para dar por aprobadas estas modificaciones? --Se aprueban un�nimemente, y queda despachado el proyecto. --(Aplausos en la Sala y en tribunas). El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra la se�ora Ministra. La se�ora P�REZ (Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer).- Se�or Presidente, simplemente quiero manifestar la tremenda satisfacci�n del Gobierno, en especial del Servicio Nacional de la Mujer, por el despacho del proyecto y por la potent�sima se�al que ha dado el Senado al aprobar una iniciativa tan esperada, tan querida, tan demandada por el mundo de las relaciones laborales, y particularmente, por las mujeres. �ste es un muy buen d�a para las trabajadoras. Efectivamente, este proyecto es mucho mejor que el que ingres� a tramitaci�n, y esperamos que se ratifique prontamente en la C�mara de Diputados. Ojal� en marzo o mayo, meses emblem�ticos para las mujeres y los trabajadores, podamos celebrar una nueva ley. Se�or Presidente, hemos dado un paso muy importante en materia de igualdad, de no discriminaci�n, al resolver un aspecto pendiente relativo a la violencia contra la mujer. Sin embargo, quiero se�alar muy brevemente que tambi�n estamos preocupados por las otras tareas a�n no resueltas. Al respecto, en unos d�as m�s, seguramente, vamos a discutir el proyecto que reforma la Ley de Violencia Intrafamiliar, el cual se hace urgente,� --(Aplausos en tribunas). La se�ora P�REZ (Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer).- � para que nunca m�s termine un a�o, como el 2004, con seis mujeres muertas por quienes eran sus parejas o se inaugure otro con dos casos similares (el 1� de enero y esta ma�ana). Dicha iniciativa apunta en esa direcci�n y permitir� reconocernos como sociedad, como Estado, con m�s dignidad, con m�s orgullo, por haber resuelto temas pendientes en materia de igualdad, de no discriminaci�n y de no violencia. El proyecto de acoso sexual tambi�n sigue esa orientaci�n. Muchas gracias. --(Aplausos en tribunas). El se�or LARRA�N (Presidente).- Gracias, se�ora Ministra, por sus palabras. Creo representar al Senado al se�alar la enorme satisfacci�n de haber despachado una iniciativa largamente anhelada, sobre todo por haber logrado conceptos y procedimientos compartidos por todos, a pesar de las tensiones surgidas y de algunas percepciones distintas sobre el tema. Esa actitud le da mucha m�s fuerza y legitimidad a una definici�n acordada com�nmente. El proyecto sobre acoso sexual era necesario para el pa�s, como tambi�n lo son las materias pendientes, entre ellas la iniciativa sobre violencia intrafamiliar. Espero que, en su tratamiento, la Corporaci�n logre el mismo consenso que hoy. Tiene la palabra la Honorable se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, me alegro de que la iniciativa se haya despachado. Respecto del proyecto que modifica la Ley sobre Violencia Intrafamiliar, que tambi�n urge resolver, tengo entendido que est� parado desde hace un a�o y medio porque el Ejecutivo no le ha dado la urgencia correspondiente. De manera que, si esto no se ha tratado, es por culpa del Gobierno y no del Parlamento. Gracias. --(Manifestaciones en tribunas). El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se�or Presidente, deseo hacer una aclaraci�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra, se�or Senador. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Frente a la afirmaci�n hecha por la Honorable se�ora Matthei, quiero precisar un punto, sin pretender entrar en una controversia. La Comisi�n de Constituci�n conoci� hace poco el proyecto que modifica la Ley de Violencia Intrafamiliar que ven�a de la C�mara de Diputados. Y hace m�s o menos quince d�as lo aprob� en general. En consecuencia, ya estamos en condiciones de debatirlo en la Sala. Y ser� decisi�n de los Comit�s ponerlo en tabla para su discusi�n. O sea, tenemos la capacidad reglamentaria para despachar esta iniciativa. En la Comisi�n existe voluntad para tratar esta materia de forma preferente, seg�n se ha se�alado en las conversaciones que hemos sostenido este �ltimo tiempo con el se�or Presidente respecto de los proyectos pendientes. El se�or LARRA�N (Presidente).- Efectivamente. De hecho, dicha iniciativa est� incluida en la Tabla. Aparece signada hoy con el n�mero 14 del Orden del D�a. Confiemos en que, con la voluntad de la Corporaci�n, se despachar� lo antes posible. MODIFICACI�N DE ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE GOBIERNOS REGIONALES El se�or LARRA�N (Presidente).- Corresponde proseguir la discusi�n particular del proyecto, en segundo tr�mite constitucional, que introduce modificaciones a la ley N� 19.175, Org�nica Constitucional sobre Gobierno y Administraci�n Regional, en lo relativo a la estructura y funciones de los gobiernos regionales, con segundos informes de las Comisiones de Gobierno, Descentralizaci�n y Regionalizaci�n, y de Hacienda, y con urgencia calificada de "simple". --Los antecedentes sobre el proyecto (3203-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 53�, en 4 de mayo de 2004. Informes de Comisi�n: Gobierno, sesi�n 7�, en 23 de junio de 2004. Gobierno (segundo), sesi�n 23�, en 4 de enero de 2005. Hacienda, sesi�n 23�, en 4 de enero de 2005. Discusi�n: Sesiones 8�, en 6 de julio de 2004 (se aprueba en general); 24�, en 5 de enero de 2005 (queda pendiente su discusi�n particular). El se�or LARRA�N (Presidente).- Al final de la sesi�n de ayer votamos una norma muy determinante, que afecta a una serie de otras disposiciones. El se�or Secretario indicar� su alcance y, al mismo tiempo, cu�les son las votaciones pendientes. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Est� pendiente la letra b) del n�mero 5 del art�culo 1�. El n�mero 6 es consecuencia directa del rechazo registrado ayer. Los n�meros 7 y 8 est�n aprobados. El n�mero 9 hay que someterlo a votaci�n. El n�mero 10 fue acogido ayer. La se�ora MATTHEI.- Hasta el n�mero 16. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Antes, se�ora Senadora, el n�mero 11 fue objeto de un pronunciamiento de mayor�a, por lo que habr�a que votarlo. El n�mero 15 tambi�n est� aprobado. El n�mero 16 habr�a que votarlo, pues se produjo una diferencia entre la Comisi�n de Hacienda y la de Gobierno. El texto propuesto por esta �ltima fue objeto de varias votaciones divididas. En el n�mero 19 no hubo unanimidad en la Comisi�n. Y, finalmente, cabe mencionar el n�mero 22. El n�mero 23 es consecuencia exacta de lo que se� La se�ora MATTHEI.- Del 23 al 29 no hay enmiendas. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Se�or Presidente, el n�mero 6, que pasa a ser 8, contiene una proposici�n que no tiene que ver con lo que votamos ayer y, por lo tanto, debiera rechazarse. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Esa disposici�n fue aprobada, se�ora Senadora. �Es la que dice: "Incorp�rase en la letra b) del art�culo 32, a continuaci�n de la expresi�n "los gobernadores", las palabras "los alcaldes."? La se�ora FREI (do�a Carmen).- S�. Se debe rechazar. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Reitero que se halla aprobada, Su Se�or�a. La se�ora FREI (do�a Carmen).- No puede ser. Si est� El se�or HOFFMANN (Secretario).- Fue acogida. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Si se encuentra aprobada, ello est� mal. Se debe rechazar. La se�ora MATTHEI.- El que se vot� es el n�mero 5. La se�ora FREI (do�a Carmen).- �Y el n�mero 6? Entonces, el n�mero 8 debe ser acogido. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Eso es. La se�ora FREI (do�a Carmen).- �Est� aprobado? El se�or HOFFMANN (Secretario).- As� es, se�ora Senadora. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Est� bien. Porque es una materia distinta de lo que se vio en la votaci�n anterior. El se�or LARRA�N (Presidente).- S�. Y se analiz� separadamente. No se pidi� votaci�n separada al respecto y se dio por aprobada en la sesi�n pasada. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Conforme. La se�ora MATTHEI.- Pero se pidi� votaci�n separada de los n�meros 5 y 6. El se�or LARRA�N (Presidente).- En efecto. Y se ha hecho referencia al n�mero 8. El n�mero 6 est� directamente relacionado con el 5, de manera que la votaci�n lo alcanza. Como se trata del mismo criterio, si se rechaza el n�mero 5, debe hacerse lo propio con el n�mero 6. Tiene la palabra el Honorable se�or Garc�a. El se�or GARC�A.- Se�or Presidente, s�lo deseo confirmar que no se pidi� votaci�n separada respecto del n�mero 8, porque est� correcta la disposici�n. Los alcaldes no pueden ser consejeros regionales, que era la segunda materia que preocupaba a la Senadora se�ora Frei. El se�or LARRA�N (Presidente).- Efectivamente, Su Se�or�a. Y la norma pertinente fue aprobada con el qu�rum que se registr� en su momento. Antes de continuar, solicito autorizaci�n para que ingresen a la Sala la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, se�ora Adriana Delpiano, y sus asesores, se�ores Eduardo P�rez y Nemesio Arancibia. --Se accede. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or HOFFMANN (Secretario).- A modo de resumen, cabe se�alar que los n�meros 24, letras a) y b); 25; 26, letras a) y b); 27; 28, y 29 del art�culo 1� son consecuencia de lo rechazado, as� que no deben ser votados. Por su parte, el n�mero 30 y los art�culos 2�, 3�, 4�, 5�, as� como los transitorios, fueron aprobados. Por consiguiente, s�lo hay que pronunciarse sobre las disposiciones que mencion�. El se�or N��EZ.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, solicito analizar el numeral 9, por cuanto establece una incompatibilidad que puede ser bastante nociva. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Esa norma a�n no ha sido votada, se�or Senador. El se�or N��EZ.- Perfecto. El se�or LARRA�N (Presidente).- Entonces, se seguir� el orden indicado por el se�or Secretario, para ir despachando las proposiciones. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Corresponde pronunciarse respecto de la letra b) del n�mero 5 del art�culo 1�. Si bien la norma se refiere al alcalde, el se�or Presidente estima -mi opini�n es la misma- que ello no tiene nada que ver con lo que ha sido rechazado. La disposici�n modificada, que es el inciso segundo del art�culo 29 de la ley N� 19.175, hace referencia a la determinaci�n del n�mero de consejeros que corresponda elegir, que el Director Regional del Servicio Electoral efectuar� a lo menos con seis meses de anticipaci�n a los comicios. Agrega que "Cualquier consejero regional o concejal de la regi�n podr� reclamar de dicha resoluci�n ante el Tribunal Electoral Regional correspondiente,". En definitiva, se pretende incluir, despu�s de la palabra "regional", la expresi�n "alcalde". El se�or LARRA�N (Presidente).- Efectivamente, esta situaci�n es distinta, porque no se trata de que el jefe comunal sea miembro de un �rgano electoral, sino de otorgarle un derecho similar al de cualquier consejero regional o cualquier concejal para que pueda reclamar frente a una resoluci�n determinada. Por lo tanto, como es una materia distinta, debe ser votada separadamente. No la afecta la decisi�n adoptada por la Sala en la sesi�n de ayer. En discusi�n. El se�or VIERA-GALLO.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or VIERA-GALLO.- Si ayer fue rechazada la proposici�n en orden a que los alcaldes pudieran participar en la elecci�n de los consejeros regionales,� El se�or MORENO.- �Eso es grave! El se�or VIERA-GALLO.- � con lo cual no estoy de acuerdo, me parece que, para ser l�gicos, no deber�an tener la posibilidad de reclamar,� La se�ora MATTHEI.- �Obvio! El se�or VIERA-GALLO.- � porque la impugnaci�n est� referida a una resoluci�n que se vincula directamente con la formaci�n del consejo regional. La norma dice que "Cualquier consejero regional o concejal de la regi�n podr� reclamar de dicha resoluci�n", por lo que parece evidente... El se�or LARRA�N (Presidente).- Si es as�, se�or Senador, �por qu� los consejeros regionales tendr�n derecho a reclamar? El se�or VIERA-GALLO.- Porque entiendo que est�n involucrados. El se�or LARRA�N (Presidente).- En todo caso, es una materia distinta. El se�or VIERA-GALLO.- S�lo estoy dando mi opini�n, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Lo que deseo consignar es que esta proposici�n se puede votar en forma separada. �se es el tema. El se�or VIERA-GALLO.- �Evidentemente! Mi argumentaci�n es que, si en la sesi�n de ayer se tom� una decisi�n -que no comparto-, es preciso conservar la coherencia. Porque ser�a muy raro que un alcalde, quien no contribuye en nada a la elecci�n del consejo regional, pudiera impugnar una resoluci�n que no lo ata�e de manera alguna. El se�or MORENO.- �Tiene toda la raz�n! El se�or LARRA�N (Presidente).- Correcto. Tiene la palabra el Honorable se�or Parra. El se�or PARRA.- Se�or Presidente, se trata de situaciones del todo distintas. Y en esta oportunidad voy a respaldar la modificaci�n propuesta por la Comisi�n. Es l�gico que el alcalde, quien debe representar a su comunidad, lo cual nadie puede discutir ni desconocer, formule este tipo de impugnaciones, porque es algo vinculado a la representaci�n que en definitiva tendr� el conjunto de comunas que conforman la provincia. Sobre esa base se constituye el colegio electoral correspondiente y se determina el n�mero de consejeros regionales por elegir. Es una cuesti�n de inter�s general. Como al alcalde le asiste la representaci�n de los intereses colectivos de su comuna, es l�gico, en consecuencia, que cuente con esa facultad de impugnaci�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Coloma. El se�or COLOMA.- Se�or Presidente, pienso que la argumentaci�n del Senador se�or Viera-Gallo apunta en el sentido correcto. Efectivamente, despu�s de las enmiendas introducidas, los interesados en modificar alguna f�rmula relacionada con el establecimiento de consejeros regionales ser�n las personas involucradas en forma directa, o sea, los elegidos y los electores. El inter�s del alcalde puede ser parecido al de un parlamentario, al de un intendente o al de alguien a quien no le es menor lo que ah� suceda. Pero la filosof�a de la capacidad de impugnaci�n -y le encuentro raz�n al Honorable se�or Viera-Gallo- se halla ligada directamente a los electores y los elegidos. Por eso, guardando concordancia con las modificaciones anteriores, me parece que a los jefes comunales no deber�a otorg�rseles el derecho que se plantea. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Moreno. El se�or MORENO.- Se�or Presidente, en forma muy breve, debo decir que comparto plenamente la argumentaci�n de los Senadores se�ores Viera-Gallo y Coloma, por lo que rechazar� la norma. El se�or LARRA�N (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Quienes son partidarios de que el alcalde tenga derecho a reclamar deben votar favorablemente. En votaci�n electr�nica la proposici�n de la Comisi�n. El se�or HOFFMANN (Secretario).- �Alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or LARRA�N (Presidente).- Terminada la votaci�n. --Se rechaza la letra b) del n�mero 5 del art�culo 1� por 23 votos contra 5. Votaron por la negativa los se�ores Arancibia, Boeninger, Canessa, Cariola, Chadwick, Coloma, Cordero, Frei (do�a Carmen), Garc�a, Gazmuri, Horvath, Larra�n, Matthei, Moreno, Novoa, N��ez, Orpis, Pizarro, Prokurica, Ruiz (don Jos�), Sabag, Viera-Gallo y Zurita. Votaron por la afirmativa los se�ores Cantero, Parra, Romero, Silva y Zald�var (don Andr�s). El se�or HOFFMANN (Secretario).- Siguiendo con el orden, cabe se�alar que el n�mero 6 del art�culo 1� es consecuencia de lo ya rechazado y que los n�meros 7 y 8 fueron aprobados. Por lo tanto, corresponde ocuparse del n�mero 9, que est� pendiente y al cual aludieron dos se�ores Senadores. Su objetivo es reemplazar el art�culo 33 por el que se indica. El se�or LARRA�N (Presidente).- En discusi�n. Ofrezco la palabra. Tiene la palabra el Honorable se�or Garc�a. El se�or GARC�A.- Se�or Presidente, concuerdo con la norma propuesta y con la aclaraci�n efectuada ayer en el sentido de que va a regir respecto de quienes ocupen el cargo de consejero regional en la pr�xima elecci�n, es decir, en cuatro a�os m�s. De esa manera no tendr�amos el inconveniente de que algunos de los elegidos el 21 de diciembre reci�n pasado pudieran estar afectados por estas inhabilidades, porque ellas no exist�an a esa fecha ni fueron tenidas en cuenta en el momento de realizarse los comicios. No s� si pudi�ramos permitir a la Secretar�a que separara un poco las cosas. Porque, como bien se�al� ayer el Senador se�or Viera-Gallo, aqu� se disponen incompatibilidades con los cargos de concejal, de alcalde y de miembro de los consejos econ�micos y sociales, etc�tera, pero tambi�n se establece una incompatibilidad con c�nyuges entre s� y con personas que tengan relaci�n de parentesco por consanguinidad hasta el segundo grado con el alcalde o los concejales de las comunas que integran la Regi�n. Esto �ltimo me parece sano, pero creo que debiera quedar a lo menos en punto aparte, en un inciso distinto, a fin de no mezclar cosas que son diferentes. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Andr�s Zald�var. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se�or Presidente, coincido en parte con lo se�alado por el Senador se�or Garc�a. Me parece m�s factible que el art�culo 33 del primer informe sea aplicado a los consejeros regionales en lo que dice relaci�n a inhabilidades e incompatibilidades. A mi juicio, la modificaci�n del segundo informe -sobre todo en la parte relacionada con el parentesco y otras limitaciones semejantes- hace que los eventuales consejeros regionales sean muy pocos, pues quedan bastante limitados. Porque debe tenerse presente que un consejero regional recibe como dieta una cantidad que ni siquiera es suficiente para su subsistencia. Entonces, si limitamos mucho, tendremos consejeros regionales de muy bajo nivel. Necesitamos ampliar un poco la norma. Yo estoy de acuerdo en que haya incompatibilidades. Pero, en mi opini�n, el art�culo 33 del primer informe era suficiente. Desde luego, estimo que habr�a que eliminar todo lo relativo al parentesco, porque estamos yendo demasiado lejos en las inhabilidades e incompatibilidades. En el primer informe se dec�a que hab�a inhabilidades respecto de los parlamentarios, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales y los que tengan "otro empleo, funci�n o comisi�n en el mismo gobierno regional o con cargos en las plantas directivas de las municipalidades.". De acuerdo. Todas esas inhabilidades est�n bien. Pero si aprobamos una disposici�n excesivamente amplia, vamos a limitar la factibilidad de que gente valiosa, que puede prestar un buen servicio como consejero regional, lo haga. Algunos consejeros regionales han declarado estar dispuestos -ahora no se les va a aplicar esa inhabilidad, seg�n hemos dicho- a no aceptar el cargo o no ejercerlo por esta raz�n. Por eso, yo ser�a partidario de rechazar el art�culo 33 como viene en el segundo informe y mantener el del primero. El se�or SABAG.- O sea, como estaba primitivamente. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Exacto. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Coloma. El se�or COLOMA.- Se�or Presidente, voy a argumentar en la misma l�nea de lo planteado por el Senador se�or Andr�s Zald�var. Aqu� hay dos temas diferentes. Existe una mezcla entre incompatibilidad e inhabilidades, tal como se hizo presente el d�a de ayer, y, obviamente, tiene que haber una decisi�n jur�dica distinta. No pueden figurar ambos elementos en un mismo art�culo. Respecto del tema de fondo, coincido tambi�n en que la idea no es tratar de colocar restricciones adicionales a las actuales. Ojal� existan los mejores consejeros regionales. Creo que �se es el esp�ritu com�n, m�s all� de la manera en que se designen. Pero incluir el parentesco entre las inhabilidades probablemente implique inhibir a personas con mucha capacidad. Pensemos en las provincias peque�as, no s�lo en las grandes: bastar�a ser del partido pol�tico equis o miembro de un concejo para que un pariente -cualesquiera sean sus ideas pol�ticas, su vocaci�n, sus ganas de actuar en la vida p�blica- quedara inhibido de acceder al cargo de consejero regional. Yo creo que eso no se condice con lo que uno busca y espera en cuanto a la naturaleza de este cargo, cuesti�n que, por lo dem�s, no existe para otra clase de funciones y que, obviamente, se da para este efecto. Es decir, no hay inhabilidad respecto de los parlamentarios, de los alcaldes, de los concejales. Existir�a una situaci�n en la cual no se permitir�a a los consejeros regionales tener un grado de parentesco con quienes a veces ni siquiera son electores. Por ejemplo, ser pariente de un alcalde, pues ya qued� claro que este �ltimo no tiene ese car�cter. Entonces, tener alg�n grado de afinidad con alguien que, en este caso, no es elector, dada esa l�gica, tambi�n entrar�a en incompatibilidad. Para resolver el problema, se�or Presidente, una f�rmula ser�a volver al art�culo 33 original; y la otra, votar separadamente lo referente a la inhabilidad. Me parece que el art�culo 33, hasta antes de la parte que dice: "...y con el c�nyuge o quienes tenga relaci�n de parentesco...", apunta a una relaci�n adecuada. Por eso ped� separar la votaci�n, pues, en mi opini�n, la inhabilidad, en vez de ayudar, puede dar origen a arbitrariedades, ya que lo que har�a, en el fondo -particularmente en provincias peque�as-, ser�a no posibilitar la existencia de un horizonte y una capacidad superior para tener buenas autoridades. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Pizarro. El se�or PIZARRO.- Se�or Presidente, he querido intervenir para argumentar en la misma l�nea. Me parecen exageradas las inhabilidades establecidas para todo lo referente a la consanguinidad. Incluso, uno se puede preguntar cu�l ser�a el problema de que alguien fuera pariente de un alcalde. �ste no forma parte del cuerpo electoral. Por lo tanto, dentro del esp�ritu con que se plantea esa instancia, al quedar en t�rminos reducidos, podr�a terminar vot�ndose por parientes directos. Puede ser. �Pero qu� tiene que ver eso con los alcaldes, quienes -repito- no forman parte del cuerpo electoral! Estimo que, cuando se trata de cargos de representaci�n popular, no se puede establecer una inhabilidad por parentesco. De lo contrario, en el Senado tendr�amos varios problemas con miembros emparentados con familias distinguidas. �Ni hablar del Gobierno central, o de los municipios, o de los concejales! No lo digo en el mal sentido. Por el contrario. Creo que es un principio v�lido para un ente representativo de nivel nacional, en el que no debe haber limitaciones de ning�n tipo. Por tratarse de cargos populares, los que eligen son quienes deciden qu� representaci�n quieren. Eso no puede ser distinto para �rganos de otra naturaleza, pero que obedecen al mismo principio. Entonces, todo lo referente al parentesco sangu�neo debe eliminarse. Pero voy m�s all�, se�or Presidente: En mi concepto, hay suficiente incompatibilidad entre los miembros de los consejos econ�micos y sociales, provinciales y comunales. Todos sabemos que dichos �rganos existen en teor�a, pero muy poco en la pr�ctica. Y con lo propuesto puede suceder que muchos se sentir�n impedidos de participar en cualquiera de ellos. Ciertamente, m�s de alg�n integrante que desee postularse podr� renunciar y, al hacerlo, no quedar afecto a la inhabilidad. Sin embargo, no es �se el esp�ritu. Se�or Presidente, podr�an mantenerse las inhabilidades del art�culo 33 original, hasta donde dice -despu�s de las letras a), b), c) y d)- "...con los de secretarios regionales ministeriales y los de directores de servicios regionales...". Incluso, yo ser�a partidario de eliminar "y con todo otro empleo, funci�n o comisi�n en el mismo gobierno regional o con cargos de planta...". Son muchas las funciones que se cumplen y ellas no tienen por qu� inhabilitar a alguien para participar en un consejo regional, pues �ste tiene otras caracter�sticas. Hay asesores a honorarios, por ejemplo, que pueden entregar un aporte enorme y espec�fico en cualquier nivel -en el de un gobierno regional o de una municipalidad-, y que podr�an ser consejeros regionales pese a que cumplen una funci�n absolutamente distinta. En igual situaci�n podr�a estar alguien vinculado al turismo. Entonces, no por el solo hecho de que una persona forme parte de un gobierno comunal, de entregar una asesor�a o de pertenecer a una direcci�n o funci�n espec�fica en un gobierno regional, quedar� impedida de participar en un consejo donde t�cnica y profesionalmente podr�a ser un aporte. M�s de alguno dir�: "No, es mejor prevenir y evitar as� todo tipo de presiones o de situaciones en las cuales despu�s los consejeros puedan quedar supeditados a los jefes de servicio o a los SEREMI, que son los que presentan los proyectos, o al intendente". Puede ser una raz�n. Pero me interesa recalcar el hecho de que, en mi modesta opini�n, mientras menos inhabilidades e incompatibilidades existan para los efectos de la representaci�n de los consejeros regionales, tanto mejor. �Por qu�? Porque la representatividad de ellos m�s bien la decide el cuerpo electoral, el que, a su vez, tiene su g�nesis en los concejales. Sin embargo, como adem�s estamos tratando de avanzar hacia una reforma que permita elegir a los consejeros regionales en forma directa, entonces no podemos poner tantas inhabilidades. En verdad, todo esto debiera estar supeditado a que en las provincias pudi�ramos elegir directamente a los consejeros regionales. Si fuese as�, �cu�l ser�a el problema de las inhabilidades? Eso tendr� que decidirlo la gente. En ese caso, el origen va a ser exactamente igual al de la C�mara de Diputados o al del Senado. �sa es la raz�n fundamental por la que pienso que mientras menos inhabilidades existan, tanto mejor. El Honorable se�or Cantero me solicita una interrupci�n, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Desgraciadamente, no le queda tiempo, se�or Senador. Tiene la palabra el Honorable se�or Sabag. El se�or SABAG.- Se�or Presidente, coincido con lo manifestado por varios se�ores Senadores en el sentido de que somos demasiado estrictos en esta materia. En la pr�ctica, los fondos que los gobiernos regionales puedan aprobar para una municipalidad en donde haya un concejal pariente van a ir todos a la misma, sin que puedan manejarlos los consejeros ni los concejales. Sin embargo, no mantenemos similar criterio con los asuntos municipales. Observamos que en muchas comunas la se�ora del alcalde o el hijo de �l es concejal. �Ah� s� que hay una relaci�n muy directa en el manejo de los recursos! En cambio, aqu� se trata s�lo de la aprobaci�n de proyectos en beneficio local. Concuerdo en general con el art�culo 33, nuevo, pero no respecto a la inclusi�n del c�nyuge y de los dem�s parientes. Por lo tanto, la disposici�n debiera llegar hasta "administraci�n del Estado". Y que el resto se elimine. Con la venia de la Mesa, concedo una interrupci�n al Honorable se�or Cantero. El se�or LARRA�N (Presidente).- Puede hacer uso de ella, Su Se�or�a. El se�or CANTERO.- Muchas gracias por la interrupci�n, se�or Senador. Se�or Presidente, en verdad, me preocupa lo planteado. Me parece extremadamente delicada esta situaci�n. �Extremadamente delicada! Creo que no atender una reflexi�n de este tipo podr�a poner en cierto riesgo el deseo de probidad en la gesti�n p�blica. El art�culo 102 de la Constituci�n se�ala que los consejos regionales tienen car�cter normativo, resolutivo y fiscalizador. �C�mo el asesor del intendente, o el SEREMI que trabaja bajo su dependencia directa, o el t�cnico que, de manera remunerada, le da orientaci�n, podr�a fiscalizar lo que el mismo hace y la labor propia de la autoridad regional! En mi opini�n, la situaci�n descrita francamente pone en riesgo la probidad en la gesti�n p�blica regional, por lo que anuncio mi voto entusiasta a favor del texto de la Comisi�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Prokurica. El se�or PROKURICA.- Se�or Presidente, aunque el debate es muy interesante, creo que en este caso podr�a aplicarse muy bien lo de "ni tanto ni tan poco", porque ocurre que las inhabilidades quedan subsanadas por la forma de elegir. Pero tengo la impresi�n de que la principal raz�n de las dispuestas en este art�culo est� referida a las funciones de los consejeros regionales. La experiencia nos ense�a que es dif�cil cumplir el rol fiscalizador normativo cuando hay dependencia de la persona que debe ser supervigilada. Como lo se�al� el Honorable se�or Cantero al hacer referencia al art�culo 102 de la Carta Fundamental, resulta absolutamente imposible llevar a cabo esa tarea cuando quien debe realizarla es dependiente del fiscalizado. Lo cierto es que todas las inhabilidades y, quiz�s, la relaci�n de parentesco podr�an ser revisadas seg�n la l�nea de lo planteado por el Honorable se�or Coloma. Pero el resto lo considero absolutamente indispensable. Seg�n lo que hemos visto, en algunos consejos regionales no hay fiscalizaci�n. La corrupci�n y el mal manejo de los recursos fiscales son elementos marcados en rojo en Chile, a pesar de que cuando se los compara con los de otros pa�ses salimos favorecidos. En todo caso, es algo que debemos cuidar. �sa es la principal raz�n de las inhabilidades que se consagran, las cuales son absolutamente correctas. No obstante, yo estar�a en la l�nea de lo propuesto por el Senador se�or Coloma, en el sentido de separar el inciso final del art�culo 33, de manera de establecer una diferencia. Pero las restantes son del todo necesarias. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- �Me permite una interrupci�n, se�or Senador? El se�or LARRA�N (Presidente).- Con la venia de la Mesa, tiene la palabra el Honorable se�or Andr�s Zald�var. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se�or Presidente, creo que los Senadores se�ores Cantero y Prokurica tienen raz�n. Es bueno separar de la funci�n de fiscalizar lo que pudiera crear dependencia de tipo laboral o jer�rquico. Pienso que ello se lograr�a si elimin�ramos la parte final del art�culo, referente al parentesco. Tambi�n suprimir�a lo relacionado con los miembros de los consejos econ�micos y sociales provinciales y comunales, porque, por ser meramente asesores, pueden cumplir perfectamente ambas funciones, sin el problema mencionado por los se�ores Senadores que defienden lo relativo a las inhabilidades e incompatibilidades, con las cuales estoy totalmente de acuerdo. Si elimin�ramos del art�culo 33 la frase que viene a continuaci�n de los t�rminos "alcalde y concejal", que dice "y con el de miembro de los consejos econ�micos y sociales provinciales y comunales", as� como lo relacionado con el parentesco, que est� en el p�rrafo final, creo que la norma quedar�a m�s o menos en la l�nea que, como todos pensamos, permitir�a operar bien para los efectos de las incompatibilidades e inhabilidades de los consejeros regionales. El se�or LARRA�N (Presidente).- Puede continuar el Honorable se�or Prokurica. El se�or PROKURICA.- Se�or Presidente, concedo una interrupci�n al Honorable se�or Cantero por su intermedio. El se�or LARRA�N (Presidente).- Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or CANTERO.- Se�or Presidente, en general estoy de acuerdo en que la parte final del art�culo 33 se puede eliminar. Pero no concuerdo en suprimir los consejeros econ�micos sociales. Porque una cosa es el rol resolutivo de un consejero regional en el �mbito de sus facultades, y otra, el consejo econ�mico y social, que busca efectivamente canalizar la participaci�n necesaria que reclama la sociedad civil respecto a priorizar problem�ticas que posteriormente debe resolver el consejero regional en el marco de sus atribuciones. Por tanto, no me parece adecuado mezclar la participaci�n social con la priorizaci�n de materias que deben ser atendidas en el marco del gobierno regional. Considero mucho m�s sano separar ambas tareas, de modo que la sociedad civil, sin contrapeso que la limite, pueda encauzar sus prioridades, inquietudes y necesidades a trav�s de su estructura propia. El se�or LARRA�N (Presidente).- Ha terminado el tiempo del Senador se�or Prokurica. Tiene la palabra el Honorable se�or Orpis. El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, soy partidario de que respecto de los c�nyuges y los hijos se establezcan inhabilidades. Siento que, independientemente del sector pol�tico a que pertenezcan, en determinados lugares se han ido formando verdaderas dinast�as entre c�nyuges e hijos y entre alcaldes y consejeros regionales. Por una raz�n de transparencia, prefiero imponer una barrera y consagrar las inhabilidades en los casos de las municipalidades y de los consejos regionales. De tal manera que estoy de acuerdo con eso. Porque aqu� se ha optado por una raz�n de modernizaci�n, de transparencia de la funci�n p�blica. Y en verdad, se�or Presidente, encuentro indispensable establecerla. Basta recorrer el pa�s para darse cuenta de que en varios lugares existe esa relaci�n entre alcaldes e hijos y c�nyuges, quienes constituyen verdaderas dinast�as en ciertas provincias y regiones. Por lo tanto, es m�s sano poner t�rmino a esa situaci�n y fijar la inhabilidad. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or N��ez. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, si observamos con atenci�n el debate que hemos realizado -y entiendo que existe mayor�a suficiente para concordar en que la �ltima parte del art�culo que se propone no est� exactamente en la l�nea de reflexi�n que hemos seguido-, lo cierto es que bastar�a con rechazar la propuesta de la Comisi�n y agregar a la norma vigente la modificaci�n introducida en la C�mara de Diputados, ya que se establece all� una incompatibilidad clara, no s�lo con el concejal, sino tambi�n con el alcalde. De esa manera se resolver�a el problema de inhabilidad generado con los c�nyuges, pues todos entendemos que se debe buscar alg�n otro mecanismo, en vista de que ello claramente no est� bien expresado en el precepto sugerido. En segundo lugar, considero que se ha ido m�s all� de la l�nea de lo equilibrado en la norma propuesta por la Comisi�n de Gobierno -aunque formo parte de ella, no tuve la oportunidad de votarla-, ya que establecer, adem�s, incompatibilidades con los cargos a contrata asimilados a grado o a honorarios significar�a sencillamente dejar fuera a personas de ciertas Regiones -me refiero sobre todo a las peque�as, y no a algunas tan bien dotadas como la Octava o la Segunda-, en donde no existe mucha gente a la cual recurrir, no s�lo de Gobierno, sino tambi�n de Oposici�n, para que efectivamente se cumplan las tareas fijadas por la ley org�nica pertinente a los consejeros regionales. En ese sentido �reitero-, se marginar�a a muchas personas. En cambio, si mantenemos el art�culo 33 de la ley vigente, permanecer� un conjunto de incompatibilidades absolutamente l�gicas; y es bueno que eso ocurra. Y si agreg�ramos la frase "con los de alcalde y concejal", apuntar�amos concretamente a la manera como se debe entender el sistema de incompatibilidades e inhabilidades. En cuanto a lo de los c�nyuges, hay all� un grave error, pues, que yo sepa, ser c�nyuge no es un cargo p�blico, por lo menos hasta el momento. Por lo tanto, si se quer�a establecer esto, deber�a haberse hecho, o en otro art�culo, o por lo menos en un inciso muy distinto del que se est� discutiendo. En tal virtud, propongo rechazar la proposici�n de la Comisi�n y dejar el art�culo vigente con la modificaci�n incorporada por la C�mara Baja. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Moreno. El se�or MORENO.- Se�or Presidente, el debate habido muestra claramente que existe bastante consenso en el Senado para establecer el m�ximo de idoneidad y transparencia en la funci�n que ejercen los consejeros regionales. Me parece que lo propuesto por la Comisi�n es b�sicamente acertado, porque entra a precisar, m�s all� de la situaci�n partidista o de gesti�n que pueda existir, la separaci�n de una funci�n que, a mi juicio, resulta indispensable. Si un intendente hoy cuenta con m�s funciones y atribuciones que antes y un consejo regional actualmente recibe m�s recursos que antes, no me parece adecuado, sea cual fuere el gobierno en ejercicio, que dicha autoridad pueda contratar bajo su dependencia -en forma directa, a honorarios o de otra manera- a personas que van a votar lo que ella misma va a proponer respecto de inversiones o de determinados planes de desarrollo. Como norma, eso es muy delicado. Porque, aunque tal vez esa situaci�n no ocurra hoy, perfectamente podr�a darse el caso de que una autoridad como el presidente del consejo regional, de acuerdo con la flexibilidad existente, contrate a honorarios a cierto grupo de consejeros regionales -ni siquiera necesita contratarlos para la planta- y, de ese modo, se asegure una mayor�a determinada. La legislaci�n hoy es ambigua. Alguien podr�a decir que te�ricamente no se puede. Sin embargo, se hace. Y conocemos situaciones en las cuales esto ocurre. Por lo tanto, soy partidario de aprobar el art�culo 33 que propone la Comisi�n y recoger algunas observaciones que aqu� se han hecho. De partida, si somos coherentes con lo acordado en la tarde de ayer, e incluso en la ma�ana de hoy, se deber�a excluir a los alcaldes de la incompatibilidad por consanguinidad. Porque si �stos no van a ser miembros del consejo regional, se estar�an estableciendo impedimentos a parientes de un alcalde, en circunstancias de que este �ltimo no ha tenido gesti�n alguna en el consejo regional y ni siquiera puede reclamar respecto de las candidaturas. Obviamente, esa parte del art�culo se cay�. Por consiguiente, soy partidario de acoger lo planteado en el sentido de aprobar el art�culo 33 con las dos modificaciones propuestas. La primera consiste en eliminar el texto que viene despu�s de "administraci�n del Estado", atinente a la incompatibilidad por consanguinidad. Insisto en que en el caso de los alcaldes resulta redundante, pues ser�a una especie de sanci�n adicional a lo ya establecido en cuanto a excluir su participaci�n. La segunda se refiere a los consejos econ�micos y sociales. Creo que la proposici�n del Honorable se�or Andr�s Zald�var es v�lida. Por lo menos en la Regi�n que represento en el Senado, muy pocos de estos consejos funcionan. Por lo tanto, me parece excesivo establecer inhabilidades cuando en determinadas comunas o provincias esos organismos ni siquiera est�n operando. En tal virtud, acoger�a la sugerencia del Senador se�or Zald�var de suprimir en la primera parte del art�culo la menci�n relativa a los miembros de los consejos econ�micos y sociales provinciales y comunales. No obstante, s� soy partidario de incorporar en el art�culo 33 lo que no est� en la legislaci�n vigente, en orden a que quede expl�cito el impedimento para que una persona que ejerce el poder contrate a otras para que aprueben lo que ella misma va a presentar. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, en primer t�rmino, desde luego coincido con la eliminaci�n de la referencia final a la incompatibilidad por parentesco. En segundo lugar, comparto lo se�alado por el Senador se�or Andr�s Zald�var en cuanto a que no es apropiado establecer la incompatibilidad con los miembros de los consejos econ�micos y sociales provinciales y comunales. Mi reflexi�n es la siguiente. Por una parte, se estima conveniente potenciar estas instancias de participaci�n, y por otra, resulta que en la gran mayor�a de las comunas del pa�s, que corresponde a las peque�as, es poca la cantidad de gente disponible que cuente con informaci�n de los problemas que se tratan y que se encuentre en condiciones de ayudar a dinamizar y dar m�s peso a esos organismos de participaci�n y concertaci�n social. Por consiguiente, dado que no veo un conflicto de intereses en este aspecto, no considero adecuado que la inhabilidad afecte a los miembros de los consejos econ�micos y sociales. En consecuencia, propondr�a que en el art�culo 33 se efectuara votaci�n separada de esa frase. En tercer t�rmino, siendo perfectamente correcta la incompatibilidad en relaci�n con empleo, funci�n o comisi�n en el mismo gobierno regional, no creo -y ello no aparece en la legislaci�n vigente- que aqu�lla deba ampliarse a los cargos a contrata asimilados a grado o a honorarios en la misma Administraci�n del Estado, pues corresponden a otro nivel dentro de �sta. Por lo tanto, pienso que se podr�a realizar votaci�n separada respecto de esas tres frases o partes del art�culo, a fin de conservar el resto de su texto. La otra alternativa, desde mi perspectiva, ser�a suprimir del art�culo 33 vigente la referencia a los consejos econ�micos y sociales provinciales y comunales. No s� si, rechazada la indicaci�n, procede reglamentariamente votar partes de un art�culo. En todo caso, acojo lo que la Mesa estime conveniente desde el punto de vista reglamentario. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�ores Senadores, del debate se desprende que existen diversos criterios a trav�s de los cuales se pueden revisar algunas de las adiciones efectuadas por las Comisiones que han intervenido, en el primer informe o en el segundo, respecto de esta materia. Quiz�s la f�rmula m�s simple sea realizar votaciones sucesivas de los distintos agregados, es decir, dividir la votaci�n. Por una parte, se ha solicitado excluir la �ltima frase, relacionada con los c�nyuges o dem�s personas que tengan alg�n parentesco. Una segunda situaci�n similar es la de los miembros de los consejos econ�micos y sociales provinciales y comunales. Y una tercera es la sugerida por el Senador se�or Boeninger, que se infiere de los planteamientos del Honorable se�or N��ez, de volver al texto original. La diferencia con este �ltimo, si elimin�ramos estos dos agregados, es que se excluye de la incompatibilidad a otras personas a contrata asimiladas a grado o a honorarios en organismos de la Administraci�n del Estado. Si le pareciera a la Sala, podr�amos votar separadamente estas tres incorporaciones. El se�or ESPINA.- �Son de qu�rum especial? El se�or LARRA�N (Presidente).- Este art�culo es de qu�rum org�nico constitucional. Lo primero que debemos hacer es votarlo, y despu�s, pronunciarnos separadamente sobre si excluimos o no de �l las frases se�aladas. El se�or N��EZ.- �Se vota en general? El se�or LARRA�N (Presidente).- Por mantener el art�culo, porque, obviamente, tenemos que dejarlo. Repito: primero votaremos el art�culo en general y despu�s, nos pronunciaremos acerca de si se incorporan o no algunas de las frases que han sido objetadas. �Est� claro? Se proceder� a tocar los timbres, porque en este momento no hay n�mero suficiente para alcanzar el qu�rum requerido. El se�or ORPIS.- �C�mo se va a votar? El se�or LARRA�N (Presidente).- Primero nos pronunciaremos sobre el art�culo, porque, de no existir, mal podr�amos alterar su contenido. De aprobarse el precepto, se realizar�n tres votaciones para los efectos de si se incorporan o no otras tantas frases espec�ficas. Cada una de ellas requiere qu�rum especial; de lo contrario, no habr�a c�mo asegurar su contenido. Tiene la palabra el Honorable se�or Parra. El se�or PARRA.- Se�or Presidente, voy a votar en contra el art�culo. Y lo har� por las siguientes razones. En primer lugar, cuando se establecen incompatibilidades o inhabilidades se debe actuar con el m�ximo de rigor. Y las normas tienen que ser de claridad absoluta, porque se trata de limitar derechos o garant�as que la Constituci�n establece por igual para todos los ciudadanos de la Rep�blica. El art�culo 1�, inciso final, de la Carta Fundamental establece claramente que es deber del Estado "asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.". Y el art�culo 19, N� 2�, consagra el principio de igualdad ante la ley. En consecuencia, por la v�a de las incompatibilidades o de las inhabilidades se rompe con este principio general. Y para ello hay una raz�n muy valedera, que es el bien com�n y el cuidado que debe haber para evitar la confusi�n de intereses en quienes desempe�an determinadas funciones p�blicas y para, por esa v�a, asegurar que act�en con probidad. Creo que el art�culo 33 despachado por la C�mara de Diputados es, en ese sentido, absolutamente claro y suficiente. No debe olvidarse que los consejeros regionales est�n afectos tambi�n a las normas de la Ley de Probidad. En consecuencia, hay all� un resguardo suficiente para las situaciones que se trata de precaver en los agregados que hizo la Comisi�n en la norma que ahora nos propone. Y, como cada uno de ellos es discutible en su m�rito y en la redacci�n que se nos sugiere, yo opto por votar en contra la propuesta de la Comisi�n, para de esa manera contribuir a dejar en pie lo que despach� la C�mara Baja. El se�or LARRA�N (Presidente).- En el evento de que no se reuniera el n�mero de votos suficientes para aprobar esta norma, habr�a que pronunciarse sobre el texto aprobado en general, que exige el mismo qu�rum y corresponde al despachado por la C�mara de Diputados; es decir, al art�culo 33 original, con la modificaci�n que incorpora el de alcalde entre los cargos incompatibles. Estamos claros de las consecuencias del rechazo del precepto de que se trata. Lo digo a prop�sito de que se ha anunciado un voto en contra; puede haber otros, y, por lo tanto, es conveniente saber los efectos que de ello se derivan. Tiene la palabra la Senadora se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, por tratarse de normas que requieren qu�rum org�nico constitucional, y siendo evidente que no lo vamos a alcanzar, �no ser� m�s prudente dejar esta votaci�n para el d�a martes? Porque, en verdad, �ste es el anuncio de un fracaso anticipado. Aqu� no se va a reunir el n�mero suficiente. Considero m�s adecuado realizar la votaci�n el martes pr�ximo, pues ahora no hay posibilidad alguna de que aqu�llas sean aprobadas. El se�or LARRA�N (Presidente).- En realidad, hay n�mero suficiente. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, necesitar�amos pr�cticamente la unanimidad de los Senadores para alcanzar el qu�rum requerido. Y eso probablemente no va a ocurrir. El se�or LARRA�N (Presidente).- Hay 31 se�ores Senadores en la Sala, n�mero muy cercano al que se requiere para sancionar la norma en cuesti�n. Por cierto, cualquier Comit� puede pedir segunda discusi�n. La se�ora MATTHEI.- Yo la estoy solicitando, en mi calidad de Comit�. El se�or LARRA�N (Presidente).- �Est� pidiendo segunda discusi�n respecto de esta norma, Su Se�or�a? La se�ora MATTHEI.- As� es, se�or Presidente. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Nosotros solicitamos aplazamiento de esta votaci�n. Porque, si se pide segunda discusi�n, tendremos que dejar pendiente todo el proyecto. �Por qu� no acordamos el aplazamiento? La se�ora MATTHEI.- Me parece bien. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se puede pedir aplazamiento de la votaci�n de un art�culo, si es lo que se desea, para evitar el rechazo de la norma por falta de qu�rum, y continuar con la votaci�n de los dem�s preceptos. Tiene la palabra el Honorable se�or Orpis. El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, independiente de la decisi�n que se tome, a m� me gustar�a, para los efectos de la votaci�n, dejar claramente establecido lo siguiente. Si se va a aprobar esta norma, porque hay qu�rum suficiente, y luego se proceder� a votar cada una de las frases en cuesti�n, desear�a saber si se requerir� dicho qu�rum para mantenerlas o para sacarlas. �Cu�l es la interpretaci�n? El se�or LARRA�N (Presidente).- La interpretaci�n que he dado es que, si se opta por mantener el art�culo 33, cada una de las frases que se ha pedido votar por separado debe reunir el qu�rum. De no ser as�, no se aprobar�an. Tiene la palabra el Senador se�or N��ez. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, me preocupa la determinaci�n que la Mesa pueda adoptar respecto de este proyecto. Porque, si se pide aplazamiento de la votaci�n, solicito que votemos tal indicaci�n. Y entiendo que si se pide segunda discusi�n� El se�or LARRA�N (Presidente).- El aplazamiento de la votaci�n lo puede pedir un Comit�. El se�or N��EZ.- Exc�seme, se�or Presidente. Estoy haciendo uso de la palabra. Yo no interrumpo nunca a Su Se�or�a. El se�or LARRA�N (Presidente).- Quiero aclararle que no hay votaci�n sobre eso. El se�or N��EZ.- Entiendo que, cuando se pide aplazar la votaci�n, la Mesa tiene la atribuci�n de decidir o someterla a la consideraci�n de la Sala. Pero creo que optar por este camino es extraordinariamente peligroso, sobre todo este mes, pues Su Se�or�a sabe perfectamente que un n�mero importante de Senadores est� fuera y, en consecuencia, nos vamos a encontrar en una situaci�n tal que no podremos votar. Por eso le estoy manifestando mi preocupaci�n por el hecho de que se pueda generar un mecanismo muy extra�o, en el sentido de pedir segunda discusi�n o aplazamiento de votaciones cuando nos convenga o no nos convenga. En este caso, creo que la votaci�n es muy cruzada. Hay opiniones sobre este art�culo que, en general, no tienen nada que ver con las de las bancadas presentes. De modo tal que no veo ninguna raz�n para que no podamos votar en esta oportunidad; pero, obviamente, Su Se�or�a tiene la atribuci�n para decidir. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�or Senador, no la tengo �y esto es lo que le quer�a aclarar-, pues el Reglamento consigna que, si la solicita un Comit�, queda aplazada la votaci�n. Yo no tengo la atribuci�n para impedirlo. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- No. Eso es en cuanto a la segunda discusi�n; pero el aplazamiento requiere votaci�n, de acuerdo con el art�culo 131 del Reglamento. Es una indicaci�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Vamos a verificar la situaci�n reglamentaria. El se�or Secretario me informa que corresponde darle lugar de inmediato, como derecho de los Senadores. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, si esto requiere votaci�n, entonces pido segunda discusi�n, y se aplaza la discusi�n de todo el proyecto. El se�or LARRA�N (Presidente).- Le ruego que nos d� un minuto, se�ora Senadora. El se�or LARRA�N (Presidente).- El art�culo 135, inciso segundo, del Reglamento se�ala: "Asimismo, quedar� para el primer lugar del Orden del D�a de la sesi�n ordinaria o extraordinaria siguiente la votaci�n de los asuntos discutidos en el Orden del D�a, cuando lo pida un Comit�.". Un Comit� solicit� aplazar la votaci�n de todas las normas que requieren qu�rum especial. Y si �sa es su voluntad, no est� en manos ni de la Mesa ni de la Sala impedirlo. En consecuencia, la votaci�n de todos los preceptos que precisan qu�rum especial quedar� para el primer lugar del Orden del D�a de la sesi�n ordinaria o extraordinaria siguiente. Entiendo que hay claridad a ese respecto. Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or HOFFMANN (Secretario).- En seguida, la Comisi�n de Gobierno acord� suprimir el N� 11, con los votos conformes de los Senadores se�ores Bombal y Cantero, y la abstenci�n del Honorable se�or Stange. El se�or LARRA�N (Presidente).- En dicho n�mero, la C�mara de Diputados propuso agregar una letra f) al art�culo 40 de la ley N� 19.175. La Comisi�n, por mayor�a, acord� suprimirla. En discusi�n. Tiene la palabra el Honorable se�or Viera-Gallo. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, es demasiado amplia la inhabilidad que se desea incorporar mediante la letra f). Y la Comisi�n hizo bien en rechazarla. �Qu� significa "Actuar como agente en gestiones particulares de car�cter administrativo, en la provisi�n de empleos p�blicos"� Por ejemplo, que un consejero regional llame a alguien y le diga: "�Por qu� no contrata como secretaria a fulana?". Me parece que, aunque se establezca aquello, 90 por ciento de los consejeros incurrir� en conductas como �sa. Est� en la pr�ctica del pa�s; no se trata de algo indebido; es -por decirlo de alg�n modo- archisabido. Entonces, �para qu� colocar normas que son violadas en forma permanente y que caen en desprestigio? Le sucedi� hace poco al Ministro del Interior brit�nico que hizo una gesti�n a favor de la ni�era de su amante para que obtuviera una visa en Inglaterra. Ello era completamente l�gico, porque se trataba de una inmigrante. En Chile, una situaci�n como �sa habr�a pasado como algo m�s que natural. Si no, en nuestro pa�s no habr�a autoridades en sus cargos. �Desde luego, en el Parlamento no estar�a ninguno de los aqu� presentes...! Por consiguiente, pienso que esta norma es absurda. El se�or ESPINA.- �Lo natural es lo de la amante o lo de la visa...? El se�or LARRA�N (Presidente).- Lo que objeta el Honorable se�or Viera-Gallo... El se�or VIERA-GALLO.- Estoy de acuerdo con la Comisi�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Lo s�, Su Se�or�a. El Senador se�or Viera-Gallo objeta que los consejeros regionales tengan una situaci�n distinta de la de los parlamentarios. El art�culo 57 de la Constituci�n sanciona precisamente al Diputado o Senador que act�e "como procurador o agente en gestiones particulares de car�cter administrativo, en la provisi�n de empleos p�blicos,", etc�tera. Es decir, se reprodujo un texto de la Carta Fundamental. El se�or VIERA-GALLO.- As� es. Pero lo que yo objeto es una norma absurda de la Constituci�n, que no se aplica en la realidad. El se�or LARRA�N (Presidente).- Est� bien. Simplemente, quiero precisar que esa disposici�n, que viene de la Constituci�n del 25, es lo que objeta Su Se�or�a. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. �Alg�n se�or Senador desea fundar el voto? En votaci�n electr�nica la propuesta de la Comisi�n. Pronunciarse a favor significa aprobar la supresi�n del ya referido N� 11. Advierto a la Sala que en este caso no se requiere qu�rum especial. El se�or HOFFMANN (Secretario).- �Alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or LARRA�N (Presidente).- Terminada la votaci�n. --Se rechaza la supresi�n del N� 11 (16 votos en contra, 11 a favor y una abstenci�n) Votaron por la negativa los se�ores Arancibia, Canessa, Cantero, Cariola, Chadwick, Coloma, Cordero, Garc�a, Matthei, Novoa, Orpis, Prokurica, Romero, Silva, Vega y Zald�var (don Andr�s). Votaron por la afirmativa los se�ores �vila, Boeninger, Frei (do�a Carmen), Gazmuri, Larra�n, Moreno, N��ez, Parra, Pizarro, Viera-Gallo y Zurita. Se abstuvo el se�or Ruiz (don Jos�). El se�or LARRA�N (Presidente).- Por lo tanto, contradiciendo la votaci�n mayoritaria de la Comisi�n, quedar�a aprobada la incorporaci�n de la causal propuesta como conducta en que los consejeros regionales no pueden incurrir. Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Se�or Presidente, estoy verificando si la aprobaci�n de la norma subsistente requiere qu�rum especial. El se�or PIZARRO.- Perd�n, se�or Presidente. Deseo hacer una consulta. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or PIZARRO.- Sucede que estamos analizando informalmente el resultado de la votaci�n, y parece que algunos colegas, pretendiendo suprimir la norma sugerida, votaron en contra. No s� si alguien puede aclarar la situaci�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Yo aclar�... El se�or PIZARRO.- Ya s� que usted aclar�, pero sucede que nosotros no siempre estamos tan l�cidos como Su Se�or�a. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora se�ora Frei. La se�ora FREI (do�a Carmen).- �Votar que s� significaba aprobar la proposici�n de la Comisi�n, consistente en eliminar el N� 11? El se�or LARRA�N (Presidente).- As� es. Y se precis� en forma anticipada que votar favorablemente implicaba aprobar lo que propon�a la Comisi�n: suprimir la ya referida causal de cesaci�n en el cargo de consejero regional. Tiene la palabra la Honorable se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, en la medida en que el error haya sido pronunciarse a favor cuando en realidad se deseaba votar en contra, no importa, porque esta �ltima opci�n gan�. Entonces, ello no hace ninguna diferencia en el resultado. El se�or LARRA�N (Presidente).- La objeci�n es exactamente la contraria. La se�ora MATTHEI.- �Ah! Es al rev�s. El se�or LARRA�N (Presidente).- La inquietud planteada por el Honorable se�or Pizarro es otra. �El se�or Senador est� pidiendo repetir la votaci�n? El se�or PIZARRO.- No, se�or Presidente. Lo que ocurre es que algunos colegas comentaron que hab�an votado al rev�s. El se�or LARRA�N (Presidente).- �Alguien solicita que se repita la votaci�n? Nadie. En consecuencia, queda zanjada. Ahora bien, para suprimir una norma no se precisa qu�rum especial, pero para aprobarla, s�. En consecuencia, habi�ndose rechazado la proposici�n de la Comisi�n consistente en suprimir la letra f), nueva, corresponde pronunciarse sobre �sta, para lo cual se requiere qu�rum especial. La se�ora MATTHEI.- Entonces, la votaci�n debe quedar aplazada. El se�or LARRA�N (Presidente).- Conforme al acuerdo que se adopt� en el sentido de no votar hoy las normas de qu�rum especial, la de la letra f), nueva, tambi�n queda aplazada hasta la pr�xima sesi�n ordinaria. Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or HOFFMANN (Secretario).- En seguida, en el n�mero 14, que pasa a ser 16, la Comisi�n de Gobierno introdujo varias modificaciones al art�culo 70 bis, nuevo. La primera fue aprobada por mayor�a, con los votos favorables de los Senadores se�ora Frei y se�ores Cantero, N��ez y Stange, y el voto en contra del Honorable se�or R�os. Sin embargo, la Comisi�n de Hacienda acord� por unanimidad sustituir completamente el referido art�culo. Respecto de esta norma se pidi� votaci�n separada. El se�or LARRA�N (Presidente).- En discusi�n el art�culo 70 bis, nuevo, propuesto por la Comisi�n de Hacienda. Tiene la palabra el Honorable se�or Viera-Gallo. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, creo que este precepto toca un tema de fondo para el pa�s y que debiera ser discutido a prop�sito del proyecto de reforma constitucional general sobre gobiernos regionales, porque de alguna manera interfiere en el r�gimen pol�tico chileno. Ya que los consejos regionales puedan distribuir recursos es algo que atenta contra la idea del presidencialismo. Porque este Parlamento, simplemente, aprueba el Presupuesto, pero no asigna recursos. Los consejos regionales, organismos donde est�n representados el Gobierno y la Oposici�n, s� los asignan. Entonces, no hay coherencia entre el sistema pol�tico nacional y el sistema pol�tico regional. Sin embargo, eso ya est� en la Constituci�n. Ahora, por la v�a de la ley, se introduce un cambio con el cual, en principio, estoy de acuerdo, siempre que demos el paso con plena conciencia de lo que estamos haciendo y se realicen tambi�n los ajustes correspondientes a nivel nacional. En la norma sugerida se plantea que los secretarios regionales ministeriales, con la participaci�n del consejo regional, elaboren un anteproyecto regional de inversiones, "el que deber� ser considerado en la formulaci�n de los proyectos de presupuestos del gobierno regional y de los respectivos ministerios.". O sea, se obliga al Presidente de la Rep�blica a tomar en consideraci�n un anteproyecto que ha sido votado por un organismo que no es gubernamental -en el sentido de que no depende de �l-, sino de participaci�n popular, aunque indirecta. Eso no est� en la filosof�a de la Constituci�n del 80, ni, obviamente, en la del 25. No se halla en la tradici�n del presidencialismo chileno. Yo soy partidario de avanzar hacia un sistema menos presidencialista, pero no por la v�a de un art�culo que no est� contenido en la normativa sustancial sobre gobiernos regionales. Me gustar�a que este tema fuera discutido en la reforma constitucional respectiva, presentada por el Ejecutivo y que hoy se encuentra en la C�mara de Diputados. Lo peor que podemos hacer es ahondar la asimetr�a -para no hablar de contradicci�n- existente entre la naturaleza de los gobiernos regionales y la del gobierno central. Porque sucede que por este camino los consejeros regionales van a tener un poder muy por encima de este Parlamento, tanto m�s cuanto que elaborar�n un anteproyecto que ser� obligatorio para el gobierno central. El se�or N��EZ.- No ser� obligatorio. El se�or VIERA-GALLO.- La norma establece que el anteproyecto "deber� ser considerado en la formulaci�n de los proyectos de presupuestos del gobierno regional y de los respectivos ministerios". El "deber� ser considerado" puede entenderse de dos formas. Una, que sea le�do y luego tirado al tacho de la basura; pero en tal caso el precepto no servir�a de nada, ser�a un enga�o. Y otra manera de entenderlo es que el anteproyecto tenga que ser aceptado como base para la elaboraci�n de los presupuestos. Entonces, se�or Presidente, me gustar�a que esta discusi�n, que es trascendente, se hiciera m�s a fondo y no a ra�z del art�culo que se nos propone ahora. Me pidi� una interrupci�n el Senador se�or Andr�s Zald�var, que concedo, con la venia de la Mesa. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se�or Presidente, la observaci�n del Senador se�or Viera-Gallo es bastante de fondo. Y creo que podr�amos tratar el punto a prop�sito de la reforma constitucional sobre gobiernos regionales. Sin embargo, estimo que Su Se�or�a se equivoca cuando dice que el anteproyecto obligar� al aparato central, rigidizando el Presupuesto de la naci�n. La norma tiene su filosof�a. La idea es que, cuando el anteproyecto regional llegue al Ministerio respectivo, �ste lo pueda adicionar -ayer se emple� la palabra "apalancar"-, en el sentido de dar sinergia a un proyecto de mayor magnitud, con la participaci�n del gobierno regional. Seg�n la explicaci�n que me dieron, �se es el �nico objeto de estos anteproyectos regionales: que sean considerados por los Ministerios y por los secretarios regionales ministeriales. No tienen otro fin. Estoy de acuerdo con el Honorable se�or Viera-Gallo en que esta materia podr�a ser tratada en otra oportunidad y no a prop�sito de la iniciativa legal en debate, a fin de estudiarla con mayor profundidad. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se encuentran inscritos para intervenir los Senadores se�ores N��ez, Boeninger, Matthei, Garc�a, Orpis y Cantero. Sin embargo, antes solicit� hacer uso de la palabra la se�ora Subsecretaria de Desarrollo Regional, quien podr� intervenir si as� le parece a la Sala. Acordado. Tiene la palabra la se�ora Subsecretaria. La se�ora DELPIANO (Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo).- Gracias, se�or Presidente. M�s all� de este interesante debate, que sin duda va a continuar cuando venga la reforma constitucional regional, creo que nuestro pa�s ha hecho el enorme esfuerzo de dar pasos seguros en materia de descentralizaci�n. Chile tiene una tradici�n centralista, de un presidencialismo fuerte, pero son muchas las leyes -no s�lo reformas constitucionales- que han buscado fortalecer el proceso de descentralizaci�n iniciado hace m�s de 10 a�os con la constituci�n de los gobiernos regionales. En este caso se est� consagrando en una norma legal una pr�ctica que tiene lugar desde hace m�s de dos a�os, por decisi�n pol�tica pero sin respaldo jur�dico, y que busca, no s�lo lograr mayor coherencia y dar m�s poder a las Regiones, sino tambi�n hacer cundir de mejor manera los recursos en el pa�s. Hoy, de acuerdo con la normativa vigente, los Ministerios no tienen ni siquiera la obligaci�n de mirar lo que sucede en la Regi�n para determinar, desde el nivel central, cu�ntas viviendas se van a construir en tal lugar, qu� puente se va a levantar; lo hacen sin considerar necesariamente el pensamiento y la decisi�n regionales. Lo que se persigue en esta oportunidad es una mejor articulaci�n entre el nivel central y el nivel regional, con el objeto de que en la distribuci�n de los recursos -�stos casi llegan al 50 por ciento y ya son ley de la Rep�blica, en t�rminos de la posibilidad de la Regi�n de usar el Fondo de Desarrollo Regional, m�s todas sus provisiones- se consideren las necesidades y d�nde va a estar la inversi�n nacional en la Regi�n, a fin de colocar los fondos en aquellos elementos que, o articulan de mejor manera, o "apalancan" -como se dijo ayer- los dineros. Es decir, se trata de un instrumento clave para la buena gesti�n del pa�s en materia de uso de los recursos. No se est� buscando un elemento sustantivamente nuevo, se�or Presidente. Y, al respecto, difiero de lo expresado por el Senador se�or Viera-Gallo. Cuando se analiz� si esta materia deb�a formar parte de la ley sobre gobiernos regionales -llamada "ley corta", que es la que estamos discutiendo ahora- o si m�s bien correspond�a a la reforma constitucional regional, despu�s de un intenso debate, resolvimos con los propios Parlamentarios que deb�a ir en una ley r�pida, para entregar instrumentos y sancionar una pr�ctica que hoy se efect�a por pol�tica y que el Ministerio de Hacienda exige. De otro lado, no debemos olvidar que, cualquiera sea el mecanismo previo, el que define u ordena el presupuesto en primera instancia es el Ministerio de Hacienda, el cual est� considerado aqu�, y que el que lo aprueba o no es finalmente el Parlamento. Por lo tanto, no se est� introduciendo un elemento an�malo, distinto, pero s� consolidando un esfuerzo de buena gesti�n entre el nivel nacional y el regional, para continuar trabajando despu�s en la articulaci�n de ambos. Porque la verdad es que, sin estas articulaciones, todo el Estado se halla dise�ado para caer en el territorio de manera distinta, sin informaci�n, sin ninguna visibilidad ni transparencia frente a las cifras. Gracias, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or N��ez El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, lamento mucho diferir en forma radical de mi estimado compa�ero de bancada,... El se�or PROKURICA.- �Ayayay! El se�or N��EZ.-...porque lo cierto es que por primera vez... El se�or CHADWICK.- �Es habitual! El se�or N��EZ.- No es muy habitual, se�or Senador. El se�or LARRA�N (Presidente).- �Su Se�or�a dijo "en forma radical", no "en forma socialista"...! El se�or N��EZ.- Tambi�n radical. �Pero ojal� que no nos pongamos radicales otra vez...! Lo cierto es que este proyecto viene a materializar algo que motiv� hace muchos a�os una discusi�n muy profunda en el Senado, la que, al parecer, no se llev� a cabo de la misma manera en la C�mara de Diputados, a la que entonces pertenec�an varios actuales Senadores, entre ellos el Honorable se�or Viera-Gallo. En la pr�ctica, fueron profundamente debatidos los art�culos 100, 101, 102, 103 y 104 de la Constituci�n Pol�tica, al punto que en el 102 se dispuso: "El consejo regional ser� un �rgano de car�cter normativo, resolutivo y fiscalizador," -no s�lo fiscalizador como aqu� se coment� err�neamente- "dentro del �mbito propio de la competencia del gobierno regional, encargado de hacer efectiva la participaci�n de la ciudadan�a regional y ejercer las atribuciones que la ley org�nica constitucional respectiva le encomiende, la que regular� adem�s su integraci�n y organizaci�n.". Y agrega: "Corresponder� desde luego al consejo regional aprobar los planes de desarrollo de la regi�n y el proyecto de presupuesto del gobierno regional". Estas normas se hallan en la Carta Fundamental y fueron objeto, como digo, de mucha discusi�n en el Senado, porque por primera vez se consagr� la voluntad constitucional de descentralizaci�n y desconcentraci�n. Y ahora la enmienda propuesta impulsa la descentralizaci�n efectiva en el �mbito m�s sensible: el presupuestario. Incluso, se entregan atribuciones a los gobiernos regionales para que, sobre la base de la utilizaci�n del concepto de desconcentraci�n, tengan posibilidades ciertas de hacer un poquito m�s que actuar como meros buzones de las demandas regionales. Con la precisi�n introducida por la Comisi�n de Hacienda -que comparto- estamos dando un paso muy importante. Y no es un paso en el aire, porque por primera vez se concreta algo ya estatuido en la Constituci�n. En efecto, su art�culo 103 dispone: "La ley deber� determinar las formas en que se descentralizar� la administraci�n del Estado," -y �sta es una ley- "as� como la transferencia de competencias a los gobiernos regionales.". Y el inciso segundo a�ade: "Sin perjuicio de lo anterior, tambi�n establecer�, con las excepciones que procedan, la desconcentraci�n regional de los ministerios y de los servicios p�blicos. Asimismo, regular� los procedimientos que aseguren la debida coordinaci�n entre los �rganos de la administraci�n del Estado", etc�tera. Todo ello, con los resguardos destacados por la se�ora Subsecretaria en el sentido de que sus resoluciones no pueden ir m�s all� del marco presupuestario acordado en el Parlamento. En consecuencia, la que analizamos es una muy buena norma. Ojal� -y en este punto tambi�n difiero del criterio del Honorable se�or Viera-Gallo- cambiara el r�gimen pol�tico del pa�s. Con este art�culo no termina el presidencialismo, porque vamos a seguir sometidos a su l�gica, que ahoga con fuerza las iniciativas regionales. Tengo absoluta claridad en cuanto a que debemos acoger el art�culo 70 bis, porque constituye un gran avance. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, tambi�n discrepo de lo afirmado por el Honorable se�or Viera-Gallo, con quien frecuentemente suelo tener un alto nivel de coincidencia, �aunque no s� si ello sea favorable a su carrera�! El precepto planteado enriquece y ordena el proceso de confecci�n del presupuesto regional, porque permite la participaci�n inicial del intendente, del consejo regional, etc�tera, tomando en consideraci�n los objetivos estrat�gicos, pues se supone que esas instancias tienen cierta visi�n de hacia d�nde se quiere ir, y eso se plasma en el anteproyecto regional, el que "deber� ser considerado en la formulaci�n de los proyectos de presupuestos". Ahora bien, a la luz de lo que se se�ala a continuaci�n, nadie puede dudar de que el t�rmino "considerado" tiene el sentido de "ser tomado en cuenta" y no obliga a nadie. Si �sa no hubiera sido la intenci�n, se habr�a usado otra terminolog�a. De todas maneras, si la redacci�n se estima ambigua, puede perfeccionarse cambiando el vocablo "considerado". Pero yo, por lo menos, no tengo dudas. En seguida, el anteproyecto se env�a a los Ministerios correspondientes (estamos hablando todav�a del a�o anterior), los que podr�n mejorarlo incorporando las visiones estrat�gicas y las prioridades regionales. Y si hay diferencias �obviamente, las habr�-, deber�n resolverse en la etapa de la elaboraci�n del presupuesto propiamente tal a que se refiere el art�culo 72, donde vuelve a insertarse en la parte resolutiva, es decir, en el proceso de discusi�n y aprobaci�n de los presupuestos. Simplemente, se trata de dar importancia, de dar presencia, de incluir las visiones del gobierno regional en el momento oportuno de la discusi�n presupuestaria, y no hacerlo demasiado tarde, en forma inconexa e inorg�nica, como probablemente en general sucede hoy d�a. En consecuencia, coincido en que el propuesto es un muy buen y necesario art�culo. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, lo que ahora ocurre es que aparentemente ha ido aumentando el porcentaje de inversi�n p�blica decidida en Regiones v�a incremento del FNDR, con resoluci�n absoluta del intendente y el CORE, y tambi�n mediante convenios de programaci�n, que b�sicamente son acuerdos entre un Ministerio y una Regi�n para hacer obras cofinanciadas: una parte la pone aqu�l, y la otra, el Fondo Nacional de Desarrollo Regional. El drama es que en muchas Regiones se percibe que los referidos convenios vienen amarrados a ciertas obras. O sea, entre Ministerio y Regi�n no hay di�logo. En vez de decir "�Qu� podemos hacer juntos? o "�Cu�l es la mayor necesidad de la Regi�n?", el Ministerio se�ala: "Mire, hagamos un convenio de programaci�n, pero para este hospital, no para otro, ni para tal ampliaci�n". Entonces, muchas veces el CORE se ve en la disyuntiva de aceptar o perder los recursos que el Ministerio iba a invertir en la Regi�n. Y si bien los convenios de programaci�n representan montos que son bienvenidos, en ellos la voluntad regional no se halla debidamente expresada. En el fondo, la Comisi�n de Hacienda introdujo un art�culo que obliga al di�logo. No es m�s que eso. Pero el anteproyecto no compromete a nadie. Seg�n el Diccionario de la Lengua Espa�ola, "considerar" significa "Pensar, meditar, reflexionar algo con atenci�n y cuidado."; en definitiva, reflexionar algo con atenci�n y cuidado. O sea, b�sicamente, es escuchar, lo cual creo positivo. Las regiones y las comunas, con grandes esfuerzos, se esmeran en conocer sus mejores expectativas futuras de desarrollo, pero �ste requiere inversiones. En diversas oportunidades he recordado que don Ren�n Fuentealba, ex Intendente de la Cuarta Regi�n, d�ndose cuenta de que su progreso depend�a b�sicamente del agua, se preocup� de construir embalses, revestimiento de canales, obras para riego tecnificado, etc�tera. Gracias a Dios, don Ren�n ten�a conexiones personales muy fuertes con los Presidentes de la Rep�blica y logr� todo lo que quer�a. La verdad es que hizo grandes cosas para la Regi�n. Pero no siempre se presenta ese trato de tuteo entre los intendentes y la primera autoridad del pa�s. Generalmente no es as�. Por lo tanto, necesitamos un camino institucional que permita que la voluntad regional sea al menos conocida -�al menos conocida!- por el Ministro que decidir� respecto de los convenios de programaci�n. Por eso, la norma propuesta constituye fundamentalmente una instancia de di�logo, de intercambio de informaci�n, en que por lo menos los Ministerios consideren la voluntad de la Regi�n. No obliga absolutamente a nada. Siguen manteniendo la potestad el Ministro de Hacienda, el Director de Presupuestos, los otros Ministros y, tambi�n, el Congreso. Creo que esta instancia de di�logo enriquecer� y mejorar� la calidad de las inversiones en las Regiones. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Garc�a. El se�or GARC�A.- Se�or Presidente, el inciso segundo del art�culo 102 de la Constituci�n Pol�tica, relativo al Consejo Regional, dice: "Corresponder� desde luego al consejo regional aprobar los planes de desarrollo de la regi�n". �C�mo puede haber plan de desarrollo de la Regi�n si los distintos Ministerios no conocen los proyectos que en ella piensan financiar? La referida norma agrega que corresponde al consejo regional aprobar el proyecto de presupuesto del gobierno regional, ajustado a la pol�tica nacional de desarrollo y al presupuesto de la naci�n. Entonces, no hay ninguna posibilidad de que aqu�l -por as� decir- se arranque con sus propias ideas, porque tiene que ajustarse a la pol�tica nacional de desarrollo y, obviamente, al presupuesto de la naci�n. Por eso, se�or Presidente, los temores del Senador se�or Viera-Gallo en mi opini�n carecen de base. Y el art�culo 70 bis que se propone persigue como finalidad obligar a una indispensable coordinaci�n entre el gobierno central, los ministerios que ejecutan obras y financian proyectos y el gobierno regional. As�, �ste no destinar� recursos a proyectos que a lo mejor est�n siendo financiados v�a ministerios, pero s� pueda aportarlos a programas complementarios, de tal forma que la soluci�n que se le ofrezca a la ciudadan�a sea mucho m�s integral. Asimismo, las intervenciones de la Senadora se�ora Matthei y de los Honorables se�ores N��ez y Boeninger ahorran palabras. En suma, estimo que �ste es un art�culo que debemos aprobar. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Orpis. Como no se encuentra presente, le corresponde usar de ella al Honorable se�or Cantero. El se�or CANTERO.- Se�or Presidente, los argumentos en general ya se han dado, de manera que mi intervenci�n ser� muy econ�mica. El art�culo 105 de la Carta Fundamental es muy claro, pero a su respecto algunos Honorables colegas incurren en confusi�n. En el Cap�tulo sobre el Gobierno y Administraci�n Regional se se�ala que la administraci�n superior le corresponde al gobierno regional. En realidad, me refiero a los art�culos 100, 101 y 102. "La administraci�n superior de cada regi�n radicar� en un gobierno regional que tendr� por objeto el desarrollo social, cultural y econ�mico de la regi�n." (inciso segundo del art�culo 100 de la Carta). Este primer concepto deja de manifiesto que la norma propuesta es perfectamente pertinente. Tambi�n se plante� que el sistema de planificaci�n nacional, por desgracia, cada d�a se deteriora en mayor medida. Hoy se cuenta con un banco integrado de proyectos y con normas de evaluaci�n, pero no con un sistema nacional de planificaci�n. No hay coordinaci�n: el gobierno regional no sospecha lo que un ministerio pueda estar pretendiendo hacer en la regi�n. Nada hay que permita integraci�n y coordinaci�n. Tampoco �y es importante destacarlo- se encuentra en funcionamiento un sistema nacional de inversiones. No hay una memoria t�cnica a la cual puedan recurrir el Presidente de la Rep�blica, autoridades o ciudadanos para saber en qu� se va a invertir en una regi�n. Son compartimentos estancos, visiones cartesianas, sectoriales, unidimensionales, pero no sist�micas. Y esto me preocupa. Porque, desde la d�cada de los 90 hasta ahora, para nadie es un misterio lo que ha pasado con el Ministerio de Planificaci�n. �Llegamos al extremo de que un Presidente de la Rep�blica anunciara que lo eliminaba de la estructura del pa�s! Entonces, el tema no es menor. El art�culo en discusi�n avanza en la l�nea correcta, en la sana doctrina consagrada en la institucionalidad tanto constitucional como legal. Adelanto que votar� favorablemente la proposici�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- El Honorable se�or Viera-Gallo le ha pedido una interrupci�n, se�or Senador. El se�or CANTERO.- Con la venia de la Mesa, se la concedo con el mayor agrado. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, por la importancia que reviste, me alegro de este debate. Y quiero precisar lo siguiente. El art�culo 102 de la Constituci�n -bien citado por el Senador se�or N��ez- establece que al consejo regional le corresponder� aprobar el presupuesto del gobierno regional. Eso no ocurre. Ninguna regi�n tiene hoy un presupuesto. El gobierno regional solamente se dedica a asignar recursos; apenas fiscaliza; no ejerce -que yo sepa- funciones normativas, ni menos elabora un presupuesto. El se�or VEGA- Presupuesto propio, se�or Senador. El se�or VIERA-GALLO.- Me refiero a que no existe un presupuesto de la regi�n. Y hablo de la que represento -la Octava-, en la que no conozco algo que se llame "Presupuesto de la Regi�n". El art�culo en debate alude a algo que requiere mayor precisi�n. Y, conforme a lo que se�ala, es inconstitucional, porque corresponde al gobierno regional aprobar el presupuesto de la regi�n y no, mediante una forma extra�a, al intendente, con participaci�n de los representantes del consejo regional. �No! El presupuesto de la regi�n debe aprobarlo el gobierno regional. La se�ora MATTHEI.- �Me permite, se�or Senador? El se�or VIERA-GALLO.- Estoy haciendo uso de una interrupci�n, se�ora Senadora. En cambio, otros han sostenido que se est� regulando la actual pr�ctica respecto del presupuesto central, caso en el cual el art�culo en debate adquiere una importancia mucho menor. Simplemente, lo que se est� diciendo es que el intendente y algunos funcionarios comunican al Ministerio de Hacienda lo que quieren y �ste ve si lo acoge o no. O sea, la proposici�n pierde mucha trascendencia. Si es as�, no sirve de gran cosa. Y si es lo primero, lo estimo inconstitucional. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Gazmuri. El se�or GAZMURI.- Se�or Presidente, la verdad es que el Honorable se�or Viera-Gallo ha puesto �nfasis en un tema que considero muy importante. Discrepo de su extrema interpretaci�n acerca de una norma que no establece lo que Su Se�or�a teme: que sea una especie de inicio de la dinamitaci�n del presidencialismo. Est� muy lejos de ello lo que ac� se propone. Si cupiera alguna cr�tica, ella consistir�a en decir que el art�culo propuesto es relativamente impreciso y en extremo presidencialista, porque de su lectura se desprende claramente que corresponde al intendente, con el auxilio de representantes del consejo regional, hacer las observaciones al gobierno central. Estoy de acuerdo en que esto ocurra. Me parece que eso obliga a generar, por as� decir, cierto di�logo entre los gobiernos regionales o servicios regionales y la autoridad central. Tengo la impresi�n de que tampoco hay debida precisi�n, por lo menos en lo que se ha expresado en este debate, acerca de lo que estamos hablando. Entiendo que hay un peque�o presupuesto regional, que corresponde a lo que gasta el gobierno regional. Y el gobierno regional es el CORE m�s el aparato m�nimo para resolver su atribuci�n, lo que finalmente recae sobre el Fondo Nacional de Desarrollo Regional. Lo que ocurre es que se han inventado figuras raras, como la de la Regi�n del Maule, donde se habla del "gabinete regional", que son los SEREMI m�s el intendente. Eso no es un gabinete regional. No hay servicios regionales que se dirijan ah�. A INDAP lo dirige Santiago, y tambi�n a Obras P�blicas, Vialidad, etc�tera. Entonces, ah� se produce cierta confusi�n, porque el �nico servicio regional es el gobierno regional, el cual carece, a su vez, de otros. Y tambi�n existen algunos, como el de salud, que no dependen del gobierno regional. Entonces, todav�a estamos ante muchas imprecisiones. Lo que entiendo es que no corresponde que el intendente proponga una formulaci�n del presupuesto del gobierno regional, porque �sa es una atribuci�n de este �ltimo. Ahora bien, que el intendente, con el auxilio del CORE, m�s los SEREMI, haga proposiciones al Gobierno central, una vez al a�o, sobre c�mo establecer los presupuestos de los llamados "fondos sectoriales" -o sea, en vivienda, en infraestructura, etc�tera- me parece razonable. Pero no digamos que nos encontramos ante algo revolucionario o ante un paso significativ�simo en el proceso de descentralizaci�n real. No. Es un art�culo que establece un momento de di�logo, que no obliga al Gobierno y que puede permitir que desde las regiones se presenten anualmente sugerencias o ideas para la asignaci�n de los recursos sectoriales, los cuales son aprobados por el Parlamento a proposici�n del Ejecutivo. Por lo tanto, no realicemos en torno a art�culos de alcances muy modestos una discusi�n que estimo carece de la magnitud que se le atribuye. Finalmente, quiero hacer una observaci�n puramente sem�ntica. Ayer plante� que la palabra "apalancar", la cual ha salido mucho a relucir, no exist�a. Debo rectificarme: s� figura en el Diccionario de la Lengua Espa�ola. Y, solamente para la historia de la ley y el conocimiento de mis Honorables colegas, quisiera consignar que estamos usando ese vocablo s�lo en una de sus cuatro acepciones, a mi juicio. Porque la cuarta de ellas es "Acomodarse en un sitio sin querer moverse de �l". Creo que no la hemos empleado con ese significado. La tercera es "Conseguir algo, con astucia o por medios il�citos". Pienso que nadie pretende que apalanquemos recursos en este sentido. La segunda es "Guardar o esconder". Me parece que nadie aqu� quiere tampoco apalancar recursos en el sentido de esconderlos. Por mi parte, interpreto el t�rmino -seg�n lo que han manifestado tanto los representantes del Gobierno como los de Oposici�n y otros colegas- como una met�fora y en su primera acepci�n, que es la m�s pertinente -o casi-: "Levantar, mover algo con ayuda de una palanca.". Habr� que determinar cu�l es la palanca que vamos a movilizar en el caso que nos ocupa. En consecuencia, propongo que queden excluidas del acta las tres �ltimas acepciones que se�ala el Diccionario. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- No se pueden excluir los sentidos literales de las palabras. Cada una ser� usada, en su correcto significado, en su momento. Cabe considerar, entonces, el primero de ellos. Supongo que eso es lo que sugiere Su Se�or�a. Tiene la palabra el Honorable se�or Pizarro. El se�or PIZARRO.- Se�or Presidente, despu�s de la lectura de las cuatro acepciones se�aladas por el Senador se�or Gazmuri, creo que lo mejor ser�a no usar esa expresi�n, para evitar suspicacias. Insisto en un aspecto que juzgo conveniente para la buena marcha de los gobiernos regionales y los prop�sitos para los cuales fueron creados. Y eso tiene que ver con la necesidad de que tales organismos, en el momento de decidir c�mo van a invertir sus recursos, primero tengan claros sus fines estrat�gicos. Es decir, conviene que siempre exista una suerte de matriz sobre qu� persigue cada regi�n como objetivo del proyecto de desarrollo regional en lo econ�mico, en lo social, en lo cultural, en lo pol�tico o en el �mbito que corresponda. Recalco esto porque se olvida con mucha facilidad. A veces los gobiernos regionales cambian las prioridades de un a�o para otro, producto, o de las decisiones propias, o de los lineamientos que fijan los ministerios del nivel central. A partir de esa matriz, es evidente que la idea de que el intendente pueda elaborar un anteproyecto regional de inversiones resulta muy positiva. Pero cabe hacer un distingo respecto de lo que sostuvo el Senador se�or Viera-Gallo. En realidad, estamos hablando de un anteproyecto de inversiones, no del presupuesto de la regi�n. Son temas distintos. Nos referimos a los recursos que se invierten para desarrollar determinado tipo de obras, como infraestructura destinada a servicios, al �rea productiva o de corte social, o para responder a las exigencias o requerimientos de cada una de las regiones. Creo que en esto es importante tener claridad y es bueno poner ejemplos. En la Regi�n que represento, la entrega de la concesi�n a las empresas sanitarias gener� una importante cantidad de fondos para el Gobierno central. Existi� disposici�n y acuerdo con la medida, siempre y cuando su producto se reinvirtiera, dentro de la Regi�n, en lo que socialmente -como sostuvo una se�ora Senadora que me precedi� en el uso de la palabra- tiene que ver con el buen uso de un recurso que para nosotros es escaso pero fundamental: el agua. Y, b�sicamente, la idea apuntaba a la ruralidad, a trav�s de potenciar los sistemas de agua potable en ese �mbito y entregar soluciones de alcantarillado, tratamiento de aguas servidas y otros. Habi�ndose logrado una negociaci�n con el Gobierno central del orden de 20 mil a 22 mil millones de pesos en un lapso de tres a�os, la decisi�n o visi�n de desarrollo sostenida por el gobierno regional se encontr� -para decirlo claramente en el ejemplo- con la oposici�n o la alternativa planteada por todos los municipios de la Regi�n. �stos quer�an utilizar esos recursos, en cambio, para financiar, por ejemplo, la implementaci�n del convenio astron�mico que declara la regi�n como zona de cielos limpios y aptos para la observaci�n, de modo de cumplir con los instrumentos que hemos suscrito. Ello significaba, en definitiva, usar esas platas para cambiar las luminarias de varias ciudades. O sea, se trataba de dos objetivos, ambos loables, por cierto, pero completamente distintos, los cuales no ten�an nada que ver el uno con el otro ni obedec�an a la misma matriz o idea central de un proyecto de desarrollo. Por eso, me parece tremendamente positiva la posibilidad de una determinaci�n al principio de cada a�o, con la participaci�n y colaboraci�n de todos los involucrados en la administraci�n del gobierno regional, desde el punto de vista de un gobierno central, y los representantes respectivos, en este caso los CORE. La idea de complementar recursos, con una decisi�n en conjunto y la fijaci�n de prioridades, ayuda a la implementaci�n de proyectos o programas de desarrollo en cada una de las regiones. Comparto lo que se ha dicho aqu�, pero no, en realidad, con el alcance de que se podr�a alterar el r�gimen presidencial o normas de nivel constitucional. Por lo dem�s, el objetivo que se persigue est� claramente delimitado. El se�or PROKURICA.- Ojal�. El se�or PIZARRO.- Ojal� fuera as�. Dec�a que el objetivo est� claramente delimitado y ayuda a una buena gesti�n en los gobiernos regionales. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Novoa. El se�or NOVOA.- Se�or Presidente, har� un comentario de car�cter general. Estamos incurriendo en un error que cometemos con mucha frecuencia al tratar de arreglar por la v�a legal cosas que son de administraci�n, de pol�tica, de cumplimiento de la ley. El art�culo 70 bis que se propone no es muy diferente al art�culo 72, en vigencia, de la Ley Org�nica Constitucional sobre Gobierno y Administraci�n Regional. El se�or VIERA-GALLO.- As� es. El se�or NOVOA.- Si esa �ltima norma, relativa a que se debe elaborar un presupuesto regional, con un programa de gastos y otro de inversi�n, y a que ser� enviado al Ministerio de Hacienda, fij�ndose un instante para discutir las diferencias, no ha funcionado, �por qu� el art�culo 70 bis, que ahora estamos agregando, va a hacerlo? El art�culo 70 bis es una norma reglamentaria: dice a qui�n se pregunta, a qui�n no se pregunta. Por mi parte, no me opongo a que sea acogido. Lo �nico que digo es que estamos aprobando ley sobre ley y sobre ley. �Y ninguna se cumple! En todo caso, como se deber� leer en conjunto el art�culo 70 bis con el actual art�culo 72, cabe tener presente que el primero se refiere a que el anteproyecto regional de inversiones es elaborado por el intendente con representantes del consejo regional. El Senador se�or Gazmuri llamaba la atenci�n sobre qu� es eso de los "representantes del consejo". Yo le digo a Su Se�or�a que no se preocupe mucho, porque el art�culo 72 establece que el proyecto de presupuesto del gobierno regional debe ser aprobado por el consejo regional. El se�or VIERA-GALLO.- �Me permite una interrupci�n? El se�or NOVOA.- C�mo no, se�or Senador. El se�or LARRA�N (Presidente).- Con la venia de la Mesa, tiene la palabra el Honorable Viera-Gallo. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, el art�culo 72 distingue dos cosas: el presupuesto del gobierno regional y, despu�s -no lo dice con mucha claridad, pero se infiere del �ltimo inciso-, el presupuesto nacional. El presupuesto regional es aprobado por el consejo regional. Respecto del presupuesto nacional, en cambio, se sigue la f�rmula expresada por el Honorable se�or Novoa, haciendo referencia dicho inciso al "calendario de formulaci�n del Presupuesto del Sector P�blico" mencionado en determinado decreto ley. Pero son dos cosas distintas. Lo que hace el art�culo 70 bis es pormenorizar o reglamentar el presupuesto sectorial nacional de cada Regi�n. La discusi�n sirve, al menos, para aclarar de qu� estamos hablando. El se�or LARRA�N (Presidente).- Recupera el uso de la palabra el Senador se�or Novoa. El se�or NOVOA.- En todo caso, hac�a presente que, de todas maneras, habr� que aplicar el art�culo 70 bis en conjunto con el 72. La novedad que se incluye en el inciso final del art�culo 70 bis es que, en la formulaci�n de los respectivos proyectos de presupuesto, las diferencias suscitadas entre el gobierno regional y alg�n Ministerio deber�n ser resueltas �ello reviste el car�cter de obligaci�n- en la etapa mencionada en el art�culo 72. Entiendo que esta �ltima es la que corresponde al Ministerio de Hacienda. O sea, al final resolver� la referida Cartera, que es lo que siempre ha pasado. Nada m�s. El se�or LARRA�N (Presidente).- Por �ltimo, tiene la palabra el Honorable se�or Orpis. El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, le atribuyo un alcance radicalmente distinto al art�culo 70 bis, porque el art�culo 72 solamente se refiere al presupuesto del gobierno regional. El se�or VIERA-GALLO.- Perd�n, se�or Senador. Pero no dice eso el �ltimo inciso. L�alo y se dar� cuenta. El se�or ORPIS.- Lo que deseo consignar, se�or Presidente, es qu� valor tiene para m� este art�culo. Efectivamente, se reglamenta mucho m�s y se establece el presupuesto y el anteproyecto de los distintos servicios. Y me parece indispensable ir aclarando m�s, en la Ley Org�nica Constitucional sobre Gobierno y Administraci�n Regional, cu�les son las distintas prioridades de cada Regi�n. Eso tambi�n es relevante al momento de decidir, como Parlamentarios, el Presupuesto de la Naci�n. El hecho de establecer en dicho cuerpo legal un mecanismo respecto de las prioridades de los ministerios y la Regi�n por lo menos articula, institucionalmente, un di�logo necesario en el nivel regional y que no siempre se encuentra presente. Por eso, se�or Presidente, considero importante incorporar el art�culo 70 bis en las instancias del gobierno regional, para los efectos de elaborar el respectivo presupuesto. He dicho. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Pido la palabra. El se�or LARRA�N (Presidente).- La tiene, Su Se�or�a. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Creo que el debate ya est� agotado, se�or Presidente, as� que s�lo har� algunas aclaraciones. Primero, existe el proyecto de presupuesto regional. Puede ser peque�o, grande, mediano; pero existe. Y est� establecido en el art�culo 72 de la ley. Segundo, en cuanto al art�culo 70 bis, tiene raz�n un se�or Senador cuando dice que es discutible la conveniencia de tratar esta materia ahora, pudiendo esperar la reforma constitucional pertinente. Pero, ya que tenemos a mano esta discusi�n, pienso que podemos avanzar. Comparto el planteamiento del Honorable se�or Novoa en el sentido de que existe cierta redundancia entre los art�culos 70 bis y 72. Tambi�n hay que tener presente que aqu� se trata s�lo de un anteproyecto de inversi�n regional y no de un presupuesto. �Y para qu� se propone? Como muy bien explic� la se�ora Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo -en mi opini�n, hizo una intervenci�n muy precisa y clara sobre el tema-, esto tiene un solo objeto. Se trata de convertir en norma legal algo que ya se practica: producir -y omitir� la palabra "apalancar" para evitar discusiones sobre su contenido o alcance- lo que en la econom�a se denomina "sinergia" entre los recursos regionales y los centrales. De esta forma. como bien se dijo, al elaborar su proyecto de inversi�n, un gobierno regional podr�a plantear lo siguiente: "Mire, yo quisiera mejorar la infraestructura caminera de tal sector y, para ello, propondr� destinar parte de mis recursos. Pero, como no son suficientes, efectuaremos una inversi�n conjunta con el Gobierno central" �ten�a raz�n la Senadora se�ora Matthei en lo relativo a los convenios de inversi�n- "y se producir� una sinergia entre los recursos centrales y los regionales.". �se es el objetivo del art�culo 70 bis, el cual me parece bien, porque constituye un mecanismo que le permite a la Regi�n conducir por lo menos de alguna forma la inversi�n de recursos en �reas que le interesan. En consecuencia, debemos aprobar esa disposici�n, sin perjuicio de incluir, en el proyecto de reforma constitucional -cuando llegue-, las precisiones que estimemos necesarias. El se�or LARRA�N (Presidente).- Ofrezco la palabra. La tiene el Honorable se�or Viera-Gallo. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, no s� si es posible pedir el aplazamiento de la votaci�n del art�culo 70 bis, porque no hay qu�rum en la Sala para aprobarlo. El se�or LARRA�N (Presidente).- Pero no se requiere una mayor�a especial. El se�or VIERA-GALLO.- Nos hab�an informado que s�. Retiro la petici�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- En votaci�n electr�nica el n�mero 16, que agrega el art�culo 70 bis. El se�or HOFFMANN (Secretario).- �Alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or LARRA�N (Presidente).- Terminada la votaci�n. --Se aprueba el n�mero 16 propuesto por la Comisi�n de Hacienda (25 votos a favor). Votaron por la afirmativa los se�ores Arancibia, Boeninger, Canessa, Cantero, Cordero, Espina, Frei (do�a Carmen), Garc�a, Gazmuri, Horvath, Larra�n, Matthei, Novoa, N��ez, Orpis, Parra, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide, Silva, Vega, Viera-Gallo, Zald�var (don Andr�s) y Zurita. El se�or LARRA�N (Presidente).- Despu�s de un largo debate, en que particip� pr�cticamente todo el Senado y tom� gran parte de la ma�ana, se ha alcanzado una clara unanimidad respecto de esa norma. Se agradece el tiempo dispensado, que ha sido muy productivo. Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or HOFFMANN (Secretario).- La letra c) del n�mero 19, cuyo encabezamiento dice: "Reempl�zase la oraci�n final del inciso final, por la siguiente", fue aprobada con los votos favorables de los Honorables se�ora Frei y se�ores Bombal, Cantero y N��ez, con la abstenci�n del Senador se�or Stange. El se�or LARRA�N (Presidente).- �Habr�a acuerdo para aprobar esta norma con la misma votaci�n anterior? --Se aprueba la letra c) del n�mero 19, con la misma votaci�n anterior (25 votos a favor). El se�or HOFFMANN (Secretario).- La siguiente proposici�n se refiere al n�mero 22, que dice: "Incorp�rase, a continuaci�n del art�culo 80, el siguiente art�culo nuevo:" Esta norma, igual que en el caso anterior, fue aprobada con los votos favorables de los Senadores se�ores Bombal, Cantero y N��ez, y la abstenci�n del Honorable se�or Stange. El se�or LARRA�N (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobar� por unanimidad con la misma votaci�n anterior. --Se aprueba, con la misma votaci�n anterior (25 votos a favor). El se�or HOFFMANN (Secretario).- El n�mero 23 est� rechazado por ser consecuencia de lo anterior. Lo mismo pasa con los n�meros 24, letras a) y b), 25, 26, 27, 28 y 29. El n�mero 30 es una norma de car�cter org�nico constitucional y fue aprobado en la sesi�n de ayer. Los art�culos 2�, 3�, 4�, 5� y transitorios est�n aprobados. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�ores Senadores, con estas �ltimas votaciones y con la revisi�n final de las normas pendientes, queda casi terminada la discusi�n particular del proyecto de Ley Org�nica Constitucional sobre Gobierno y Administraci�n Regional, al cual se le introdujeron enmiendas en lo que dice relaci�n a la estructura y funciones de los gobiernos regionales. Hay dos votaciones aplazadas. De manera que quedan pendientes a solicitud de algunos Comit�s. --Queda pendiente la discusi�n particular del proyecto. IRREGULARIDADES EN INFORME DE COMISI�N DE INTERESES MAR�TIMOS, PESCA Y ACUICULTURA El se�or LARRA�N (Presidente).- Con respecto al informe del proyecto que figura a continuaci�n, que introduce modificaciones a la Ley General de Pesca, se ha solicitado un sumario respecto a su contenido y a la manera en que se elabor�. Sobre la materia, parece prudente -mientras no tengamos esclarecido el asunto- dejar pendiente la discusi�n y votaci�n. El se�or HORVATH.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or HORVATH.- En verdad, quienes hemos ejercido la Presidencia de Comisiones, cuando revisamos un informe y lo suscribimos, obviamente damos fe de lo que se ha realizado y de lo que se despacha a la Sala. Por lo tanto, creo que debemos ser particularmente cuidadosos de no cargar en los Secretarios de Comisiones el peso de lo que se plantea. Porque, cuando uno firma algo, exige al funcionario que le presente todos los antecedentes que le interesan. Pero ello no tiene que tomarse como un problema administrativo. M�s bien, es un conflicto interno, de car�cter pol�tico, en la Comisi�n de Pesca. Digo lo anterior para que la investigaci�n no vaya por otro lado. El se�or LARRA�N (Presidente).- No quiero incurrir en prejuicios, juicios apresurados o juzgamientos anticipados. El informe requiere mayores antecedentes. De eso no cabe la menor duda, porque el texto que se entreg� no permite recoger el debate habido. En ese sentido, habr� que completarlo. Si existen otros datos, ser�n investigados. No digo que los haya, independiente de las diferencias -ciertamente, las hubo- que est�n reflejadas en la votaci�n. Sobre esa base, se va a esclarecer el asunto, a petici�n de quienes lo plantearon esta ma�ana. Tiene la palabra el Honorable se�or �vila. El se�or �VILA.- Se�or Presidente, yo no le dar�a el car�cter que le atribuye el Senador se�or Horvath al contenido del informe en cuesti�n. La verdad es que a todos quienes nos encontramos en la Sala nos consta que muchos documentos se firman, b�sicamente, para cumplir con la formalidad de rigor. Pero estimo que, en ocasiones especiales �y, particularmente, en materias muy delicadas, como �sta-, debe abundarse en la mayor cantidad de antecedentes, a fin de que el Senado tome cabal conocimiento de lo debatido en una Comisi�n. Y ese requisito, obviamente, a simple vista, no est� presente en el informe que se nos entreg� Por lo tanto, celebro la decisi�n de la Mesa al respecto. El se�or LARRA�N (Presidente).- El informe se va a rehacer, para disponer de todos los antecedentes, y se investigar�n otras consideraciones. Tiene la palabra el Honorable se�or Ruiz-Esquide. El se�or RUIZ-ESQUIDE.- Se�or Presidente, solicito que dejemos el asunto en el estado en que se mantuvo en la conversaci�n de hace una hora. No me parece adecuado que en la Sala empecemos a efectuar presunciones acerca de lo que se quiere o no se quiere hacer. Una aseveraci�n como la expresada ac� -con todo respeto-, en la cual se previene a la Mesa o al Senado que no se vaya en determinado sentido para no responsabilizar eventualmente a los funcionarios, me parece innecesaria, ya que ning�n Senador lo plante� as� cuando se solicit� el acuerdo. Nadie pide eso. Quiero dejarlo claro, porque no me parece procedente que se hayan expuesto as� las cosas. En segundo lugar, se encarg� a la Mesa que estudie el punto. Ella tomar� las medidas. Los Comit�s deberemos ver despu�s qu� se hace. Considero que abundar en este momento en un debate acerca de si es o no es pol�tico el problema no resulta adecuado. Entreguemos el asunto a la Presidencia, para que despu�s se informe a los Comit�s. Estimo que es lo pertinente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or N��ez. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, lo cierto es que el informe carece de algo muy central: las informaciones entregadas a la Comisi�n no aparecen consignadas en �l. Y entiendo que se trata de antecedentes muy precisos y extraordinariamente delicados y complejos respecto de los recursos hidrobiol�gicos del pa�s. Si vamos a aprobar una Ley General de Pesca, como lo hicimos antes con la llamada "ley corta", parece bueno contar con informaci�n. Eso es obvio. En consecuencia, independiente de si hubo o no hubo fallas o dificultades, es positivo que la Mesa investigue. De todas maneras, quiero pedir formalmente que el pr�ximo informe contenga todos esos antecedentes. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�or Senador, como he dicho, se va a solicitar la reformulaci�n del texto, con el objeto de tener toda la informaci�n a la vista, sin perjuicio de cualquier otra investigaci�n sobre el particular. Tiene la palabra la Honorable se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, solamente deseo que se considere otro elemento: muchas veces nosotros pedimos a los Secretarios de Comisiones que elaboren informes con extrema rapidez. Yo asist� a la sesi�n que celebr� la Comisi�n de Pesca. Era un tema que me interesaba. Pero me llam� la atenci�n el hecho de que, justo antes de votarse, se manifestara que hab�a llegado informaci�n nueva sobre biomasa, etc�tera, lo que resultaba muy perturbador. Esa reuni�n se realiz� el martes, aproximadamente a las tres de la tarde. Ayer ya estaba confeccionado el informe. Por lo tanto, hubo s�lo un par de horas para redactarlo. No s� si se hab�a solicitado con celeridad su elaboraci�n. Pero es un tema que debe ser analizado con todos sus antecedentes. Muchas veces los propios Senadores pedimos a la Secretar�a �repito- elaborar esos documentos en forma r�pida, lo cual significa dejar importante informaci�n fuera. No s� si sea buena pr�ctica acelerar las cosas, porque al final no queda todo en la historia de la ley. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Cantero. El se�or CANTERO.- Se�or Presidente, hago presente mi discrepancia respecto de lo afirmado en cuanto a que la firma del Presidente de una Comisi�n es un mero formalismo y no importa ning�n compromiso. Eso es absolutamente equ�voco, porque, cualquiera que sea el documento que uno suscribe, al hacerlo asume una obligaci�n. De lo contrario, �qu� objeto tendr�a firmarlo? No es una cuesti�n ornamental. El sentido correcto, en mi opini�n, es que uno adquiere un compromiso. En consecuencia, debe preocuparse de que los contenidos est�n exactamente representados. Entiendo que el Secretario-abogado ejerce dos funciones: una de car�cter t�cnico y la otra de ministro de fe. Simplemente, quiero dejar consignado c�mo deben entenderse esos dos elementos en la sana doctrina. Por cierto, la investigaci�n determinar� qu� ocurri� y qui�nes son los responsables. Me parece que �se es el camino correcto. Respecto de lo que escuch� en la Sala en el sentido de que es un mero formalismo la firma de un Parlamentario sobre un documento p�blico, yo por lo menos no concuerdo. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, al igual que la Honorable se�ora Matthei, asist� a todas esas sesiones. Y, como ha dicho la mencionada se�ora Senadora, probablemente no es recomendable -sobre todo trat�ndose de una materia compleja y que genera de muchas diferencias de opini�n- elaborar un informe con demasiada rapidez. No s� cu�l fue el origen de la velocidad impuesta en este caso. En seguida, es evidente que, dada la conflictividad de algunos temas, con mayor raz�n debieran adjuntarse las informaciones que se suministraron. Lo �nico que quisiera agregar, a prop�sito de lo que acaba de decir el Senador se�or N��ez �o, al menos, de lo que le entend�-, es que en esas sesiones se entregaron distintos tipos de datos, bastante contradictorios entre s� en cuanto a las cifras y conclusiones. En consecuencia, me permito solicitar a la Mesa que, cuando se rehaga el informe, �ste contenga todos los antecedentes y no s�lo los proporcionados por algunos invitados. Lo se�alo porque, al haber documentos oficiales involucrados �yo mismo le� uno-, creo bueno reconstituir la historia en su totalidad. Por otro lado, es necesario distinguir entre el problema del informe y el hecho de que una Comisi�n, por medio de una votaci�n, tome determinado acuerdo, que en este caso fue el de devolver el proyecto a la Sala. Puede haber un vicio en el proceso, y es lo que el se�or Presidente tendr� que investigar; pero la decisi�n en s� misma fue tomada soberanamente por cinco Senadores. El se�or LARRA�N (Presidente).- As� lo entiendo, Su Se�or�a. No est� en discusi�n la mayor�a habida respecto del acuerdo. Lo que se debate es que el informe no recoge los antecedentes necesarios para que la Sala pueda formarse su propia opini�n, ilustrada, por cierto, por los Senadores que la integran. Ahora, si hubo o no hubo alguna anomal�a para haber llegado a esta situaci�n, eso ser� debidamente investigado. En todo caso, el informe que va a llegar contendr� todas las informaciones, para la mejor decisi�n de la Sala. El se�or VIERA-GALLO.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra, Su Se�or�a. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, me alegro de lo se�alado. Creo importante que se consideren los informes del Instituto de Fomento Pesquero, entre otros, sobre temas muy complejos, muy controvertidos incluso desde el punto de vista de la investigaci�n cient�fica. Sin perjuicio de lo anterior, quiero saber si este proyecto quedar� para ser tratado en el primer lugar de la tabla de la pr�xima sesi�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- No, se�or Senador. Sin el informe, no podemos incorporarlo a la Tabla. Tan pronto llegue �ste, la iniciativa entrar� en el orden que corresponda, en la idea, naturalmente, de tratarla lo antes posible. Tiene la palabra el Honorable se�or Novoa. El se�or NOVOA.- Se�or Presidente, en relaci�n con lo que plante� el Senador se�or Cantero, existe el h�bito, en mi concepto, de firmar los informes pr�cticamente sin leerlos, en el supuesto de que el hacerlo es parte del trabajo del Secretario de la Comisi�n y una responsabilidad suya. En mi opini�n, no constituye una pr�ctica adecuada. Por lo mismo -y a ra�z de lo que ahora se se�ala-, deber�amos dar una recomendaci�n o adoptar ciertas pol�ticas al respecto, porque no hay peor cosa que no proceder correctamente. En este caso figuran las firmas; pero el 99 por ciento de los Senadores miembros de las Comisiones no leemos el informe que suscribimos. La se�ora MATTHEI.- As� es. El se�or NOVOA.- Por lo tanto, o se suprime la r�brica, o se leen los informes, para realizar correcciones y hacerlas presentes al Secretario de la Comisi�n pertinente. Ahora, si hay discusi�n, tendr�n que revisarse las cintas magnetof�nicas, porque el rol de ministro de fe que tiene dicho funcionario, obviamente, queda en entredicho si alg�n Senador dice que el informe no refleja lo que recuerda. Hay un problema que debe ser dilucidado. El se�or LARRA�N (Presidente).- As� es, Su Se�or�a. Esta situaci�n refleja un problema de fondo que, tal vez, no tiene mucha soluci�n; pero, ahora que ha salido a la luz, es bueno que se vea la manera de abordarlo. Y quiz�s sea oportuno revisarlo a prop�sito de las modificaciones al Reglamento. Obviamente, el sistema descansa en �ltimo t�rmino en el Secretario de Comisi�n, en cuanto ministro de fe. Y por eso debemos tener mucho cuidado en c�mo resolveremos el asunto. Por haberse cumplido su objetivo, se levanta la sesi�n. --Se levant� a las 13:59. Manuel Oca�a Vergara, Jefe de la Redacci�n