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El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , lamento mucho que el Senador señor Martínez no haya estado presente en la sesión de esta mañana, cuando cada bancada hizo presente su posición respecto de los hechos que dieron origen a la Comisión Valech.
Está de más decir que, por nuestra parte, hacemos plena fe de lo que el Informe menciona. Incluso, las propias Fuerzas Armadas no han controvertido la verdad global que el documento señala, independientemente de su carácter no judicial.
Sobre el proyecto de ley propiamente tal, nosotros lo compartimos, aunque tenemos cuatro observaciones, que dimos a conocer en las Comisiones unidas. No obstante, ante la premura del despacho de la iniciativa y por la necesidad de evitar un tercer trámite constitucional, sólo queremos dejar constancia de ellas.
En primer término, no estamos de acuerdo con la incompatibilidad entre la indemnización por tortura y la indemnización por exoneración, toda vez que se trata de hechos distintos que originan causas de pedir jurídicamente diferentes. Puede haber exonerados que no fueron torturados, y torturados que no fueron exonerados. Por lo tanto, para una persona que sufrió ambos agravios no tiene por qué una pensión ser imputable a la otra.
--(Aplausos en tribunas).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ruego guardar silencio.
El señor VIERA-GALLO .-
La segunda observación se refiere a la reparación para los mayores de 75 años. Nos parece que, en ese caso, debió haber asumido la forma de una indemnización única, por cuanto, si se considera el daño que las personas sufrieron, tal vez lo que reciban no sea comparable con lo que va a percibir alguien de menor edad.
En tercer lugar, opinamos que el secreto de que trata el artículo 15 -comprensible por la naturaleza de los temas que aquí se abordan- no debiera extenderse a 50 años. Actualmente no existe país en el mundo que imponga un lapso tan prolongado, ni aun para secretos de Estado. Inclusive, el Gobierno de los Estados Unidos tiene plazos menores para asuntos que revisten mayor envergadura nacional e internacional.
En cuarto término, pensamos que los beneficios educacionales debieran ser transferibles a los hijos, por cuanto es muy probable que los beneficiarios no puedan gozar de ellos.
Por último, señor Presidente , tanto el Senador señor Ominami como el que habla, hicimos presentes estas observaciones en las Comisiones unidas. A su vez, los dos Ministros asistentes nos manifestaron la posición del Ejecutivo.
Por ello, teniendo en cuenta la globalidad del proyecto y su propósito fundamental, votamos a favor, dejando constancia de las observaciones anotadas.
--(Manifestaciones en tribunas).
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