REP�BLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACI�N OFICIAL LEGISLATURA 352�, EXTRAORDINARIA Sesi�n 12�, en mi�rcoles 10 de noviembre de 2004 Extraordinaria (De 12:23 a 14:52) PRESIDENCIA DEL SE�OR HERN�N LARRA�N FERN�NDEZ, PRESIDENTE SECRETARIO, EL SE�OR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR ____________________ � N D I C E Versi�n Taquigr�fica P�g. I.ASISTENCIA......................................................................................................... II.APERTURA DE LA SESI�N............................................................................... III.TRAMITACI�N DE ACTAS..........................................................................�. IV.CUENTA............................................................................................................... V. ORDEN DEL D�A: Proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, que autoriza a Empresa Nacional de Miner�a para transferir a Corporaci�n Nacional del Cobre de Chile la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas (3298-08) (se aprueba en particular)............... VERSI�N TAQUIGR�FICA I. ASISTENCIA Asistieron los se�ores: --Arancibia Reyes, Jorge --�vila Contreras, Nelson --Boeninger Kausel, Edgardo --Bombal Otaegui, Carlos --Canessa Robert, Julio --Cantero Ojeda, Carlos --Cariola Barroilhet, Marco --Chadwick Pi�era, Andr�s --Coloma Correa, Juan Antonio --Cordero Rusque, Fernando --Espina Otero, Alberto --Fern�ndez Fern�ndez, Sergio --Flores Labra, Fernando --Foxley Rioseco, Alejandro --Frei Ruiz-Tagle, Carmen --Garc�a Ruminot, Jos� --Gazmuri Mujica, Jaime --Horvath Kiss, Antonio --Larra�n Fern�ndez, Hern�n --Lavandero Illanes, Jorge --Matthei Fornet, Evelyn --Moreno Rojas, Rafael --Mu�oz Barra, Roberto --Naranjo Ortiz, Jaime --Novoa V�squez, Jovino --N��ez Mu�oz, Ricardo --Ominami Pascual, Carlos --Orpis Bouch�n, Jaime --Parra Mu�oz, Augusto --Pizarro Soto, Jorge --Prokurica Prokurica, Baldo --R�os Santander, Mario --Romero Pizarro, Sergio --Ruiz De Giorgio, Jos� --Ruiz-Esquide Jara, Mariano --Sabag Castillo, Hosa�n --Silva Cimma, Enrique --Stange Oelckers, Rodolfo --Vald�s Subercaseaux, Gabriel --Vega Hidalgo, Ram�n --Viera-Gallo Quesney, Jos� Antonio --Zald�var Larra�n, Adolfo --Zald�var Larra�n, Andr�s --Zurita Camps, Enrique Concurrieron, adem�s, los se�ores Ministros Secretario General de la Presidencia y de Miner�a, y el se�or Subsecretario de Miner�a. Actu� de Secretario el se�or Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el se�or Jos� Luis Alliende Leiva. II. APERTURA DE LA SESI�N --Se abri� la sesi�n a las 12:23, en presencia de 27 se�ores Senadores. El se�or LARRA�N (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesi�n. III. TRAMITACI�N DE ACTAS El se�or LARRA�N (Presidente).- Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 9� y 10�, ordinarias, en 2 y 3 de noviembre del a�o en curso, respectivamente, que no han sido observadas. IV. CUENTA El se�or LARRA�N (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretar�a. El se�or ALLIENDE (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Oficios Tres de la Honorable C�mara de Diputados: Con el primero informa que ha otorgado su aprobaci�n, con las enmiendas que indica, al proyecto de ley que modifica el C�digo Org�nico de Tribunales en lo relativo a la designaci�n de notario alterno o adjunto (Bolet�n N� 3.259-07). --Pasa a la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. Con el siguiente comunica que ha aprobado el informe de la Comisi�n Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitaci�n del proyecto que modifica la ley N� 19.039, sobre privilegios industriales y protecci�n de los derechos de propiedad industrial, con urgencia calificada de "simple", (Bolet�n N� 2.416-03). --Queda para tabla. Con el �ltimo hace presente que ha dado su aprobaci�n al proyecto que modifica la ley N� 18.290, de Tr�nsito, con el objeto de incluir el n�mero de identificaci�n del veh�culo en las inscripciones practicadas en el Registro Nacional de Veh�culos Motorizados (Bolet�n N� 3.285-15). --Pasa a la Comisi�n de Transportes y Telecomunicaciones. Dos del se�or Ministro del Interior, con los que responde sendos oficios enviados en nombre del Senador se�or Horvath, relativos a la posibilidad de declarar zonas de cat�strofe a las provincias de Ais�n y de Capit�n Prat, por los motivos que expresa. De la se�ora Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, mediante el cual responde un oficio dirigido en nombre del Senador se�or Horvath, referido a la cuenta p�blica anual de la Municipalidad de O'Higgins. --Quedan a disposici�n de los se�ores Senadores. Informes Dos de la Comisi�n de Relaciones Exteriores, reca�dos en los siguientes proyectos de acuerdo, en segundo tr�mite constitucional: 1) El que aprueba el "Protocolo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos", adoptado el 27 de marzo de 1998, y suscrito por Chile el 14 de abril de 1999 (Bolet�n N� 3.515-10). 2) El que aprueba el "Convenio de Transporte A�reo entre el Gobierno de la Rep�blica de Chile y el Gobierno de la Rep�blica de Guatemala" y su Anexo, suscritos en Ciudad de Guatemala, el 28 de abril de 2003 (Bolet�n N� 3.568-10). --Quedan para tabla. Proyecto de acuerdo De diversos se�ores Senadores, mediante el cual solicitan a Su Excelencia el Presidente de la Rep�blica suspender la ejecuci�n del proyecto "Portal Bicentenario", mientras no exista una alternativa que cumpla las funciones del aeropuerto "Los Cerrillos". (Bolet�n N� S 766-12). --Queda para el Tiempo de Votaciones de la pr�xima sesi�n ordinaria. El se�or LARRA�N (Presidente).- Terminada la Cuenta. V. ORDEN DEL D�A Autorizaci�n a ENAMI para transferencia a CODELCO de fundici�n y refiner�a Las Ventanas El se�or LARRA�N (Presidente).- Corresponde continuar la discusi�n particular del proyecto de ley que autoriza a la Empresa Nacional de Miner�a para transferir a la Corporaci�n Nacional del Cobre de Chile la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas, con segundos informes de las Comisiones de Miner�a y Energ�a y de Hacienda. --Los antecedentes sobre el proyecto (3298-08) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 55�, en 11 de mayo de 2004. Informes de Comisi�n: Miner�a y Energ�a, sesi�n 16�, en 3 de agosto de 2004. Miner�a y Energ�a (segundo), sesi�n 9�, en 2 de noviembre de 2004. Hacienda, sesi�n 9�, en 2 de noviembre de 2004. Discusi�n: Sesiones 18�, en 4 de agosto de 2004 (se aprueba en general); 10�, en 3 de noviembre de 2004 (queda pendiente su discusi�n particular). El se�or LARRA�N (Presidente).- Solicito la anuencia del Senado para que ingrese a la Sala el se�or Mario Cabezas, Subsecretario de Miner�a. --Se accede. El se�or ORPIS.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Antes de dar la palabra al se�or Secretario, el Honorable se�or Orpis desea referirse a un tema en particular. El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, quiero plantear un asunto reglamentario, que no es menor, porque no s�lo dice relaci�n a este proyecto, sino a todos los que se hallan en tramitaci�n. Primero, una iniciativa legal se discute en general y se vota sobre la base del articulado. Si es aprobada, se fija un plazo para presentarle indicaciones, en atenci�n al texto acogido en general y que es conocido por todos los se�ores Senadores. Sin embargo, se puede producir el siguiente fen�meno: que tanto el Ejecutivo como los Parlamentarios formulen indicaciones cuya redacci�n muchas veces no tiene nada que ver con el articulado aprobado en general. Y, si la Comisi�n acoge por unanimidad la norma as� incorporada, la Sala la da por aprobada, en circunstancias de que su texto jam�s fue conocido por el resto de los se�ores Senadores, quienes nunca tuvieron oportunidad de presentar indicaciones. En definitiva, esa propuesta no se puede votar. En consecuencia, pido que la Mesa aclare este tema desde el punto de vista reglamentario, por su relevancia no s�lo para este proyecto, sino para todos. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�or Senador, no quisiera abrir una discusi�n reglamentaria, pues debemos despachar una iniciativa concreta, cuya tramitaci�n se encuentra pendiente, y otros asuntos con urgencia calificada. Efectivamente, podr�a darse el escenario que se�ala el se�or Senador, pero las indicaciones que se presenten, si bien pueden modificar mucho un proyecto, no es factible que cambien su idea matriz. Ah� aparece un reparo constitucional. El Reglamento provee la posibilidad, en el caso planteado, de volver a discutir la materia en la Sala, como lo explicamos en una sesi�n anterior, siempre que la petici�n respectiva se acoja por unanimidad. Ahora bien, si lo anterior no parece satisfactorio porque el qu�rum de aprobaci�n es muy elevado, debo recordar que se halla en marcha un proceso de reforma al Reglamento iniciado por la Mesa y que la Comisi�n de Constituci�n conocer� pr�ximamente. Hemos introducido una serie importante de cambios, pr�cticamente a todo el articulado. Se trata de una instancia en la que podr�a discutirse el planteamiento de Su Se�or�a, a fin de contar con un criterio general. Pero ahora no abrir� debate. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se�or Presidente, a mi juicio, a la Comisi�n de Constituci�n corresponde revisar el Reglamento. El se�or LARRA�N (Presidente).- Ruego no entrar en discusi�n. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- No voy a entrar en pol�mica. S�lo quiero precisar al se�or Senador que, para evitar lo que plantea, puede recurrirse a un procedimiento consistente en presentar una indicaci�n que diga: "Supr�mase el art�culo tanto.". Basta eso. El se�or LARRA�N (Presidente).- De acuerdo. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Y, en eso, el Parlamento tiene iniciativa. El se�or LARRA�N (Presidente).- Agradezco el comentario de Su Se�or�a. Entiendo el esp�ritu de los se�ores Senadores, pero les pido concretarse a los hechos. Sobre esta materia reglamentaria ahora no habr� discusi�n. Pero sigue abierta. Siempre la podemos revisar, Y ahora hay una instancia que lo har�. Reitero: respecto de este asunto reglamentario no ofrecer� la palabra. El se�or ORPIS.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- �Sobre otro tema? El se�or ORPIS.- S�. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, por su intermedio solicito la unanimidad de la Sala -a prop�sito del argumento dado con anterioridad- para reabrir debate acerca del art�culo 6�. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�or Senador, para acoger su petici�n se requiere la unanimidad de la Sala. Lamentablemente, no la hay. En consecuencia, ofrezco la palabra al se�or Secretario para que nos informe sobre las enmiendas pendientes y cuya aprobaci�n no fue un�nime. El se�or HOFFMANN (Secretario).- La Comisi�n de Miner�a y Energ�a propone reemplazar el art�culo 7� por el siguiente: "Art�culo 7�.- No obstante lo dispuesto en el art�culo 29 del Decreto Ley N� 1.263 de 1975, mientras se mantenga vigente el cr�dito contra el Fisco, generado por la aplicaci�n de dicho art�culo, que posee la Empresa Nacional de Miner�a a la fecha de publicaci�n de esta ley, el Fisco no retirar� anticipos de utilidades a que hace referencia el art�culo se�alado, respecto de dicha Empresa. Sin embargo, podr� efectuar retiros de utilidades s�lo a partir del a�o tributario siguiente al que existan utilidades netas determinadas sobre la base de las normas impartidas por el Servicio de Impuestos Internos para el pago de los tributos correspondientes. "Los futuros pagos de impuestos a la renta que deba efectuar la Empresa Nacional de Miner�a ser�n imputados al cr�dito contra el Fisco, originado por la aplicaci�n de lo establecido en el inciso segundo del art�culo 29 del Decreto Ley N� 1.263 de 1975, que posee esa Empresa a la fecha de publicaci�n de la presente ley.". Votaron a favor de sustituir dicha norma los Senadores se�ora Frei y se�ores Lavandero y N��ez, y se abstuvieron los Honorables se�ores Orpis y Prokurica. El se�or LARRA�N (Presidente).- En discusi�n. Ofrezco la palabra. Tiene la palabra el Honorable se�or Lavandero. El se�or LAVANDERO.- Se�or Presidente, despu�s de una larga discusi�n en la Comisi�n de Miner�a y Energ�a, se logr� cambiar las condiciones, en el sentido de no permitir, una vez vendida la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas a CODELCO, el retiro anticipado de utilidades de la ENAMI, procedimiento que provoc� el desastre de dicha empresa. O sea, esa situaci�n no se gener� por mal manejo de la ENAMI, sino por el retiro de utilidades de parte del Gobierno, sin que las hubiera y neg�ndose a devolverlas. Adem�s, se oblig� a la empresa a efectuar algunos mejoramientos medioambientales sin que el due�o (el Estado) proporcionara su financiamiento, forz�ndola a endeudarse. Entre los recursos provenientes de las utilidades retiradas y no producidas y este gasto adicional, se gener� una deuda superior a 400 millones de d�lares hasta el momento actual, en que el due�o decidi� no pagar lo adeudado y vender la Refiner�a Las Ventanas. Frente a lo anterior y para mejorar las condiciones del traspaso, exigimos el no retiro anticipado de utilidades, que �stas no se retiraran hasta el pago total del cr�dito fiscal que el Estado le ha generado a esta empresa y que se concediera dos a�os de gracia. �sta es la raz�n fundamental que me impuls� a modificar el criterio, en el sentido de no permitir el traspaso a CODELCO de la Refiner�a Las Ventanas. Quiero dejar constancia en la Versi�n Taquigr�fica de que, seg�n lo sostenido por los se�ores Ministros de Miner�a y de Hacienda, los 400 millones de d�lares se destinar�n a desarrollar planes que permitan a la ENAMI continuar trabajando con los peque�os y medianos mineros. Conforme a esta modificaci�n, los recursos s�lo podr�n retirarse con dos a�os de gracia, una vez que se haya pagado absolutamente el cr�dito que la ENAMI tiene contra el due�o de la empresa: el Estado. Por esa raz�n, votar� favorablemente esta proposici�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro de Miner�a. El se�or DULANTO (Ministro de Miner�a).- Se�or Presidente, deseo confirmar y apoyar lo expresado por el Senador se�or Lavandero. En este art�culo radica verdaderamente la motivaci�n fundamental de apoyar un proyecto de esta naturaleza. Las tres ideas que establece la norma -no retiro anticipado de utilidades; no retiro de utilidades hasta cierto per�odo de tiempo y, finalmente, el pago completo de la deuda que el Fisco mantiene con la empresa, lo que se har� por la v�a de no cobrar impuestos- hacen atractiva la iniciativa y permiten que la ENAMI acumule una caja -como lo ha indicado el Senador se�or Lavandero- a la que el Fisco no puede acceder. Eso da a la empresa, por primera vez en su historia, la potencialidad de desarrollar, sobre la base de esos recursos, una considerable cantidad de proyectos en beneficio de la peque�a y mediana miner�a, que lamentablemente en los �ltimos a�os, precisamente por falta de fondos, no hab�a podido apoyar. Este art�culo es clave y permite mirar con optimismo una futura ENAMI tremendamente fortalecida. Gracias, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Prokurica. El se�or R�OS.- �Me permite una interrupci�n, se�or Senador? El se�or PROKURICA.- Con todo gusto, con la venia de la Mesa. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or R�OS.- Gracias, se�or Senador. Quiero hacerle un comentario al se�or Ministro. De la lectura de la enmienda en debate, se concluye que la totalidad de las empresas del Estado requieren normas legales muy definidas para administrar adecuadamente sus recursos. Disponer por ley que el Estado no retirar� recursos, me parece que corresponde a un buen o a un mal criterio en la administraci�n de la empresa. No creo que deba existir una norma legal para que la empresa pueda actuar. Si hay utilidades que son claras, definidas y responden a un buen manejo empresarial, entonces ellas son el resultado propio de su gesti�n. El se�or Ministro se�ala las virtudes que deben tenerse presentes en los a�os venideros. Pero si ello se sujeta a esta norma legal, me parece que no concuerdan ambas cosas. Nada m�s, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Recupera la palabra el Honorable se�or Prokurica. El se�or PROKURICA.- Se�or Presidente, la intervenci�n del Senador se�or R�os es muy aclaratoria. La verdad es que el proyecto original no tra�a este precepto. Me alegro de que el se�or Ministro reconozca que es fruto de la discusi�n de la Comisi�n de Miner�a del Senado y, especialmente, de los Parlamentarios que votamos en contra, con la abstenci�n del Senador se�or Lavandero. Quiero dejar constancia, se�or Presidente, de que el contenido de este art�culo es b�sico y que, por �l, el proyecto estuvo parado por mucho tiempo. �Por qu�? Porque el Ejecutivo se comprometi� a algo que no est� incorporado en la indicaci�n, lo que gener� un quiebre en la Comisi�n. El art�culo 7� propuesto establece claramente que no se retirar�n anticipos de utilidades mientras est� vigente el cr�dito contra el Fisco. Sin embargo, aqu� hay dos cr�ditos: uno es el cr�dito tributario de la ENAMI, porque tuvo p�rdidas, y otro, el que adquiri� contra el Fisco en virtud de la aplicaci�n del decreto ley N� 1.263. Ello, debido a que a esta Empresa, durante una d�cada, se le sacaron recursos �ilegalmente! �Y fue endeudada ilegalmente! Junto con los Senadores se�ores Orpis y Lavandero, en su minuto, votamos a favor de la idea de legislar, ya que el Ministro de Hacienda se comprometi� a introducir una indicaci�n en el sentido de que no se retirar�an utilidades hasta el pago del cr�dito fiscal, no del cr�dito tributario. Ahora bien, lo que plantea el texto respectivo es que no habr� retiros anticipados. �Aleluya! �No habr� nuevos retiros anticipados! Pero si fue por esa v�a y con informes en derecho -que fueron ilegales- que se endeud� a la Empresa, �hasta la saciedad!, por 486 millones de d�lares. Entonces, �d�nde est� el compromiso "tan maravilloso" del que estamos hablando! Lo que corresponde, en verdad �y esto explica nuestra abstenci�n-, es que el Estado se comprometa a devolver los 164 millones de d�lares equivalentes al cr�dito de la ENAMI con el Fisco, no al cr�dito tributario. El art�culo no refleja el compromiso original que contrajo el Ejecutivo. Es cierto que es m�s de lo que conten�a la iniciativa original. Pero no es a lo que se comprometi� el Ministro de Hacienda con los Parlamentarios en una reuni�n solemne. Tengo en mi mano las actas de la Comisi�n, si es necesario leerlas. Por lo tanto, hemos dicho que nos abstendremos, porque, aunque esto es un beneficio para la Empresa, no se hace justicia devolviendo los 164 millones de d�lares que el Fisco le sac� a la ENAMI, artificial e ilegalmente, cuando eran Ministros los ahora Senadores se�ores Ominami y Foxley. En la administraci�n que les correspondi� ejercer se extrajeron �ilegalmente! 164 millones de d�lares, lo que hizo quebrar a la Empresa. Entonces, lo que corresponde hoy es que se devuelvan esos recursos, con los cuales no ser�a necesario vender la Refiner�a Las Ventanas. Por �ltimo, se�or Presidente, en virtud del art�culo 82, n�mero 2�, de la Constituci�n, quiero formalizar la presentaci�n de un requerimiento al Tribunal Constitucional, puesto que varias normas, a mi juicio, han sido aprobadas con un qu�rum distinto del requerido por la Carta Fundamental. Me refiero al art�culo 1�, que fue imposible votar; al art�culo 2�, incisos quinto, sexto y s�ptimo; al art�culo 6�, que se ha dado por aprobado, y al art�culo 7�, que discutimos ahora. Gracias. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Garc�a. El se�or N��EZ.- Por mi parte, tambi�n deseo intervenir, se�or Presidente. El se�or GARC�A.- Se�or Presidente, pido que, una vez concluida la discusi�n del art�culo 7�, se recabe nuevamente el asentimiento de la Sala para someter a debate el art�culo 6�. A mi juicio, la interpretaci�n que se est� aplicando atenta contra la Constituci�n. Ning�n Reglamento de esta Corporaci�n puede impedir que los Senadores nos pronunciemos en la Sala sobre una determinada materia. Eso vulnera las disposiciones constitucionales acerca de nuestros derechos en este Hemiciclo. Por lo tanto, solicito encarecidamente a quienes se han opuesto a dar la unanimidad que discutamos el art�culo 6�, a fin de que podamos, a lo menos, exponer nuestra reserva de constitucionalidad. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Orpis. El se�or ORPIS.- Ser� muy breve, se�or Presidente. Al igual que en la sesi�n anterior, y como no he podido referirme al art�culo 6�, porque no se otorga la unanimidad necesaria para tratarlo, lo abordar� de todas maneras, a pesar de haberse aprobado por unanimidad en la Comisi�n. S�lo deseo hacer presente lo siguiente. Aqu� estamos discutiendo c�mo hacer el traspaso de la Refiner�a Las Ventanas a CODELCO, debido a la grave y cr�tica situaci�n que vive la Empresa Nacional de Miner�a. O sea, la forma de resolver el problema es transferir el principal bien de la ENAMI. Para ello, en el art�culo 6� se establece un aval. Sin embargo, si se analiza bien el texto, esa garant�a no s�lo se aplica al caso descrito en este proyecto -es decir, el traspaso de Las Ventanas a CODELCO-, sino tambi�n a todas las empresas p�blicas, pues se renueva en forma autom�tica. Esto no est� dentro de las ideas matrices del proyecto, sino que escapa a sus t�rminos. Por lo tanto, hacemos reserva de constitucionalidad. Tal disposici�n, eventualmente, podr�a operar respecto del Metro de Santiago o de otras empresas, no estrictamente de la se�alada en la iniciativa que nos ocupa. En consecuencia, se�or Presidente, consigno la reserva de constitucionalidad respecto del art�culo 6�, por no guardar relaci�n con las ideas matrices del proyecto. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Andr�s Zald�var. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se�or Presidente, no voy a entrar al tema reglamentario, porque ya decidimos mandar el asunto a la Comisi�n de Constituci�n para que se pronuncie sobre el particular. Entonces se podr�n plantear las objeciones que se estimen necesarias. Antes de referirme al art�culo 7�, quiero hablar sobre la cuesti�n de la ilegalidad. En mi opini�n �y esto no lo digo por defender el retiro de fondos efectuado en su oportunidad-, no hay ilegalidad cuando una empresa del Estado tiene utilidades y el Fisco se hace de ellas, ya que es realmente a quien le corresponden. Y es lo que sucede con todas las empresas p�blicas. Los Ministros de Hacienda siempre han recogido los excedentes por utilidades de esas empresas. Podr�n haberlo hecho bien o mal, pero el retiro de tales fondos desde una empresa del Estado hacia el Fisco es perfectamente leg�timo y ninguna disposici�n legal� El se�or LARRA�N (Presidente).- El Honorable se�or Prokurica le pide una interrupci�n, Su Se�or�a. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- No tengo inconveniente en concederla, siempre que sea con cargo al tiempo que le corresponde. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Prokurica. El se�or PROKURICA.- Agradezco la gentileza del Honorable se�or Zald�var. La verdad es que Su Se�or�a tiene raz�n, si la empresa del Estado ha tenido utilidades. El decreto ley N� 1.263 se dict� para ese efecto: adelantar recursos por concepto de excedentes futuros. El problema es que la ENAMI, durante diez a�os, no tuvo utilidades, no obstante lo cual se le sacaron recursos por ese concepto y se le gener� un cr�dito. En todo caso, no soy yo quien dice que eso es ilegal. Lo dice don Eduardo Soto Kloss, uno de los administrativistas m�s conocidos. El se�or LARRA�N (Presidente).- Recupera el uso de la palabra el Senador se�or Zald�var. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se trata de un especialista muy serio, efectivamente. No tengo nada en contra de su actuaci�n como tal. Pero existen otros tan buenos como �l, entre los cuales menciono al Fiscal de la Empresa Nacional de Miner�a, quien debe velar por la legalidad de los actos de �sta. Y ning�n informe de esa Fiscal�a ha objetado una ilegalidad en el sentido expuesto. Si hubo utilidades o no las hubo es algo que deb�a reflejarse en los balances. El Fisco no pod�a retirar recursos por ese concepto si ellos no las registraban. Y, si hubo alguna maquinaci�n para representar utilidades inexistentes, �se es otro tema. Pero no es el principal. Quiero dejar claramente establecido que aqu� no se produjo una ilegalidad de parte de quienes procedieron a hacer esos retiros. Pudo haber, en cambio, una imprudencia, una mala gesti�n. Muchas veces me impuse, por ejemplo, de reclamos de CODELCO porque el Ministro de Hacienda le ped�a la totalidad de los excedentes. �Qu� solicitaba la Corporaci�n? Que no se retirara todo, para destinar fondos a programas de inversi�n. Entonces, se generaba un problema de decisi�n de Gobierno en cuanto a d�nde cortar. Y, por supuesto, la que resuelve es la autoridad del �rea econ�mica, que no es otro que el Ministro de Hacienda, quien se hace responsable de sus actos para esos efectos. En cuanto al art�culo 7�, creo que es una norma vital para que la ENAMI pueda tener caja y disponer de recursos a fin de llevar a cabo su funci�n: fomentar la peque�a miner�a. Por ello, entendiendo que la abstenci�n no sea un rechazo, cabe consignar que si no aprobamos este art�culo efectivamente el Fisco podr�a seguir retirando utilidades desde la ENAMI en el pr�ximo tiempo. La norma dispone que mientras se mantenga el cr�dito contra el Fisco, que el se�or Ministro me ha expresado que corresponde a los dineros que se retiraron �tambi�n se hace referencia a la situaci�n tributaria-, no se recurrir� a anticipos de utilidades. Me dicen que ello no es necesario, porque basta con que el Ministro de Hacienda lo resuelva, lo cual es cierto. Pero prefiero que haya una ley precisamente por la observaci�n formulada por quienes plantean la abstenci�n. En virtud de la disposici�n en an�lisis, ni el Fisco ni el Ministro de Hacienda van a poder retirar utilidades mientras no se pague totalmente el cr�dito a la ENAMI. Adem�s, ello significar� que por lo menos durante unos diez o quince a�os la Empresa se hallar� blindada ante la posibilidad de que se le extraigan recursos de caja, necesarios para cumplir su funci�n de fomento. De ah� la relevancia de la cuesti�n. Y tambi�n se contempla un precepto bien importante en el sentido de que los futuros pagos de impuestos a la renta debidos a las utilidades que pueda empezar a generar la ENAMI despu�s de saneados sus finanzas y su presupuesto se imputar�n, igualmente, al cr�dito contra el Fisco. O sea, la ENAMI tampoco podr� ser objeto de pagos de impuestos mientras se mantengan los dos cr�ditos en comento, lo cual le confiere una disponibilidad de recursos suficiente o conveniente para cumplir la finalidad que queremos en relaci�n con la peque�a miner�a. Por ese motivo, incluso pido a los se�ores Senadores que han manifestado su intenci�n de abstenerse -son de la zona, de manera que conocen la materia con mucha m�s profundidad que quien habla- que modifiquen ahora su determinaci�n y, ojal�, voten a favor del art�culo 7�. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or N��ez. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, creo bueno precisar algunos hechos relacionados con este art�culo. Ciertamente no aparecen en la letra del mismo, pero, de alguna manera, se hallan subsumidos en ella. Si estamos legislando para que el Fisco no retire utilidades anticipadas en una empresa del Estado es porque cuando ello se hizo se la endeud� de manera absolutamente innecesaria y peligrosa, hasta el punto de ponerla en riesgo de subsistencia. Y dig�moslo francamente �ya lo he se�alado en otras oportunidades-: ese retiro de utilidades no se debi� s�lo a problemas de caja por parte del Fisco, sino tambi�n al hecho de que durante alg�n tiempo hubo en la ENAMI la disposici�n de hacer desaparecer paulatinamente la Empresa. Y hay que reconocer que eso ocurri� en nuestro Gobierno y durante el desempe�o de algunos vicepresidentes ejecutivos. Tuve la posibilidad de conocer un documento que recorri� no solamente la ENAMI, sino tambi�n los pasillos del Ministerio de Miner�a, que, en el fondo, conclu�a que la entidad no ten�a destino alguno, dado que la peque�a y mediana miner�a tampoco lo ten�an. Felizmente, ello no se materializ�. Pero el retiro de utilidades anticipadas -que no se hizo ilegalmente, porque se actu� a la luz del decreto ley N� 1.263, de 1975- apuntaba a una idea que, en mi opini�n, contribuy� a la generaci�n de situaciones que hicieron casi imposible, durante largo tiempo, que la ENAMI pudiera cumplir con el rol que le asigna su propia ley org�nica. El art�culo en debate lo analizamos con detenci�n, y me parece acertado. Ante todo, porque por primera vez un Gobierno, el del Presidente Lagos, asume la existencia de la deuda. Quienes hemos seguido atentamente el asunto hemos podido observar que anteriormente ni siquiera se asum�a la obligaci�n por 164 millones de d�lares, aproximadamente. Ahora, con este art�culo, por primera vez queda clara la existencia del cr�dito fiscal. Por otro lado, algo que es obvio: no habr� retiro anticipado de utilidades hasta que se extinga definitivamente la deuda. Vale decir -como se�ala el inciso segundo-, los futuros pagos de impuestos a la renta que deba efectuar la Empresa Nacional de Miner�a ser�n imputados al cr�dito contra el Fisco, originado por la aplicaci�n de lo establecido en el decreto ley N� 1.263. En el fondo, esto implica algo por lo que muchos luchamos en la Comisi�n -dir�a que la unanimidad-: que la Empresa quede con deuda cero. Y el mecanismo de pago de impuestos le significar� no deber recursos por mucho tiempo y, es m�s, que en determinado n�mero de a�os -como se analiz� en el �rgano t�cnico- sea capaz de acumular un activo de, a lo menos, 500 millones de d�lares. Ello, por cierto, no en un per�odo inmediato, pero s� en uno suficiente como para poder pensar en cuestiones sustantivas respecto del desarrollo de la Empresa, que hasta el momento requiere inversiones urgentes, como las que se est�n realizando en las plantas de beneficio. En ese sentido, existe una importante inversi�n en la planta El Salado, y se espera que lo mismo ocurra en otras cuatro. Sin duda alguna, lo anterior va a activar la peque�a y mediana miner�a. Ojal� podamos obtener esos recursos, que ya fueron comprometidos en el proyecto de Ley de Presupuestos, para que el mejor precio que hoy se observa en el mercado internacional sea traspasado efectivamente a dicho sector. Sin embargo, lo m�s importante es que tambi�n se posibilitar�a la ampliaci�n de la Fundici�n Paipote, porque existen suficientes minerales a su alrededor. Ello no ocurrir�a si rechazamos el art�culo, porque no s�lo no se contar�a con los recursos necesarios para tal efecto, sino ni siquiera para pensar en el futuro en una refiner�a. �Por qu� no instalar una refiner�a en la zona norte, particularmente en la Tercera Regi�n, donde existen las condiciones necesarias para ello? En consecuencia, creo que �sta es una buena disposici�n y, junto con el art�culo 1�, el n�cleo en torno al cual vamos generando condiciones, desde el punto de vista financiero, para ayudar a una empresa que hasta el momento estaba absolutamente ahogada. Y lo reafirmo: no se ha tratado de un error cualquiera, sino de un yerro estrat�gico de algunos que nunca dieron la cara para se�alar que no quer�an una ENAMI que se desarrollara. Ahora, felizmente, gracias a la gesti�n de la nueva direcci�n de la Empresa y al apoyo que se requiere, el art�culo abre posibilidades ciertas para que una entidad moderna, nueva, se enfrente a los desaf�os de la peque�a y mediana miner�a. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, estimo que con lo manifestado por los Senadores se�ores Andr�s Zald�var y N��ez pr�cticamente se ha completado la argumentaci�n. Por mi parte, coincido con el Ministro se�or Dulanto respecto a que este art�culo es absolutamente vital y deja sin deudas a la Empresa. S�lo deseo enfatizar que en el inciso segundo, no por la v�a del pago al contado, pero s� mediante el procedimiento de imputar los futuros pagos de impuestos a la renta al cr�dito contra el Fisco, se responde a la inquietud del Senador se�or Prokurica, porque no habr� futuros pagos mientras los 164 millones de d�lares no se cancelen en su totalidad. En consecuencia, como en cualquier operaci�n de pago de una deuda, se fija un plazo, y mientras �ste no se cumpla, la ENAMI no va a pagar nada. Adem�s, hay que entender que el retiro anticipado de utilidades no fue ilegal, puesto que est� amparado por un decreto ley que, curiosamente, es de 1975. Por lo tanto, pienso que la discusi�n est� de m�s, as� que el art�culo deber�a ser aprobado. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Ominami. El se�or OMINAMI.- Se�or Presidente, no me gusta eludir mis responsabilidades y permanentemente trato de asumirlas. Asimismo, si he cometido errores, no tengo ning�n problema en reconocerlos. Sobre esa base, quiero manifestar que en el caso del retiro anticipado de utilidades no me correspondi� ning�n tipo de papel y, desde ese punto de vista, no puedo asumir la responsabilidad que me endosa el Senador se�or Prokurica. M�s a�n, he reconocido y denunciado en numerosas ocasiones que el Estado ha sido un mal due�o de esta Empresa, porque no se comport� correctamente. Un privado no habr�a realizado nunca lo que el Estado hizo. Ello lo consign� en la discusi�n desde el principio y, por lo dem�s, ha estado en el centro de las consideraciones que llevaron a varios Senadores a involucrarnos muy activamente en la b�squeda de una soluci�n al problema, cuyo resultado fue un protocolo suscrito con el Gobierno por representantes de todas las bancadas, en el marco de las Comisiones de Miner�a y de Hacienda de la C�mara y del Senado. Ese documento fue la base a partir de la cual se redact� posteriormente el presente proyecto, el que -reconozc�moslo tambi�n- se ha ido perfeccionando en el curso de su tramitaci�n. Entonces, debo precisar que no he eludido mi responsabilidad. Creo que el Estado fue, efectivamente, un muy mal due�o; que aqu�, como muy bien lo indic� el Senador se�or N��ez, finalmente se busc�, de manera sibilina, crear las condiciones que precipitaran la privatizaci�n de la Empresa Nacional de Miner�a. Eso es lo que estuvo detr�s del asunto. Valoro la defensa del patrimonio p�blico que hoy d�a hacen los Senadores de las bancadas de Oposici�n. Aprecio el esfuerzo del Honorable se�or Prokurica. Tenemos, quiz�, puntos de vista distintos respecto de los alcances de la iniciativa. Ojal� la defensa ardorosa del patrimonio p�blico se hubiese mostrado en los momentos en que estas empresas, durante a�os, se vendieron a vil precio. Creo que habr�amos podido evitar al erario el serio da�o que se le infligi� durante ese per�odo. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Romero. El se�or ROMERO.- Se�or Presidente, me referir� muy sucintamente a lo que puede graficarse como un doble discurso. Por una parte, nosotros hemos asistido hist�ricamente, durante muchos a�os, a un proceso de desmedro de las plantas y de la actividad desarrollada por la ENAMI. �se es un hecho que todo el mundo conoce, en particular la Regi�n de Valpara�so. Tenemos hoy actividad minera no s�lo en la Tercera Regi�n, sino tambi�n en la Cuarta y en la Quinta, en especial en la zona norte de esta �ltima. En ese entendido, lo que hoy d�a tratamos de hacer es justamente dar ox�geno a una empresa que necesariamente tiene que prestar ayuda al fomento de la peque�a y mediana miner�a. �ste es el asunto de fondo: de qu� manera la Quinta Regi�n prestar� colaboraci�n y ayuda a la peque�a y mediana miner�a, cuando a lo primero que se recurre es a disponer de la parte m�s importante de lo que hist�rica y tradicionalmente ha sido la ayuda al sector productivo: el tratamiento, a trav�s de Ventanas, de los derivados del cobre. �se es el aspecto de fondo. A mi juicio, se ha ido presenciando un socavamiento permanente de los recursos destinados por la Ley de Presupuesto Nacional al fomento de la peque�a y mediana miner�a. Se trata de un problema que nosotros apreciamos de manera permanente. En seguida, un tratamiento discriminatorio... El se�or OMINAMI.- �Me permite una interrupci�n, se�or Senador? El se�or ROMERO.- Despu�s. Yo escuch� al se�or Senador; atend� su alegato. La verdad es que Su Se�or�a, como Ministro, fue solidariamente... El se�or LARRA�N (Presidente).- Por favor, se�ores Senadores, evitemos los di�logos. El se�or OMINAMI.- Gracias, se�or Senador. El se�or ROMERO.- ...responsable del hecho producido. No se puede aceptar ese doble discurso que hoy d�a estamos presenciando en el Senado. Por una parte, se convierten en verdaderos ap�stoles de la ENAMI aquellos que precisamente la hicieron objeto de una exacci�n y que pertenec�an al mismo Gobierno de que form� parte el Ministro de Econom�a de la �poca don Carlos Ominami. En esta materia quisiera que fu�ramos serios y transparentes. �Serios y transparentes! Lo que ocurre es que, cuando hacemos declaraciones y no dejamos escuchar ni escuchamos, los argumentos no tienen sentido. Se�or Presidente, reitero que aqu� se produjo una reducci�n permanente de los recursos destinados por la Ley de Presupuestos al fomento de la peque�a y mediana miner�a. En seguida, hubo un tratamiento espec�ficamente destinado a socavar la existencia de la ENAMI, en particular en lo que dice relaci�n a su desarrollo, para poder hacer un aporte a aquellas actividades. Por otra parte, el endeudamiento artificial de tal empresa se hizo a trav�s de la aplicaci�n abusiva del decreto ley N� 1.263, como lo ha se�alado en repetidas oportunidades el Senador se�or Prokurica. Luego -y nadie lo ha mencionado- hay que se�alar las millonarias indemnizaciones pagadas a ejecutivos de ella, que la llevaron por muchos a�os a un estado pr�cticamente insalvable. Debo destacar que de parte de la Oposici�n ha habido una actitud seria, que no es ni oportunista ni populista. Por eso la gente que escucha objetivamente las argumentaciones dadas por parte de los Senadores miembros de la Comisi�n de Miner�a -entre ellos, los Honorables se�ores Orpis, Prokurica y Lavandero- est� conteste en que aqu� se ha configurado una situaci�n extremadamente injusta. Nadie hoy d�a podr� avalar que la estructura de la ENAMI, una vez que se desprenda de la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas, permitir� seguir prestando la ayuda que debe necesariamente hacerse a la peque�a y mediana miner�a de la Quinta Regi�n. La Tercera est� muy lejos para atender las plantas de la zona de Copiap�. Por eso, se�or Presidente, me parece que tenemos que poner mucha atenci�n a lo dicho en el debate. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or DULANTO (Ministro de Miner�a).- Sencillamente me har� cargo de las observaciones del Honorable se�or Romero. El art�culo 2� se refiere espec�ficamente a la obligaci�n de CODELCO de "mantener en la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas" -leo textualmente- "la capacidad de fusi�n y refinaci�n necesaria para garantizar, sin restricci�n ni limitaci�n alguna, el tratamiento de los productos de la peque�a y mediana miner�a que env�e la Empresa Nacional de Miner�a.". En consecuencia, lo relativo a los temores de Su Se�or�a acerca de que se estar�a socavando a la ENAMI y, en definitiva, el acceso de los productos de la peque�a y la mediana miner�a, fue expl�citamente tratado en el art�culo 2� del proyecto. La situaci�n se va a mantener tal como ocurre hoy d�a; vale decir, la ENAMI tendr� un poder de compra en Ventanas. Lo que va a hacer ser� recibir estos productos; enviarlos en maquila a CODELCO; retornar los c�todos para posteriormente venderlos en el mercado internacional. O sea, la ley resuelve espec�ficamente su preocupaci�n; y esto de ninguna manera afecta los intereses de la peque�a y mediana miner�a en la Quinta Regi�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Ha terminado el debate. El se�or ROMERO.- �Una consulta solamente, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or ROMERO.- �De qu� manera CODELCO va a garantizar que, cuando exista colisi�n de intereses en la producci�n y elaboraci�n de estos c�todos, preferir� a terceros en vez de recurrir a su propia producci�n? �Qui�n va a calificar cuando CODELCO tenga que intervenir a favor de la peque�a y mediana miner�a de la regi�n? Estas preguntas no se hallan resueltas en la iniciativa. El se�or N��EZ.- Est�n en la propia ley en proyecto. El se�or DULANTO (Ministro de Miner�a). Se�or Presidente, esas inquietudes se encuentran absolutamente solucionadas, porque CODELCO est� obligada a recibir todos los productos de la peque�a y mediana miner�a que la ENAMI le env�e en maquila. O sea no hay nada que resolver. A mayor abundamiento, existen los contratos comerciales ya absolutamente acordados entre las partes. Esto no constituye novedad, porque esta situaci�n se ha producido en el pasado, toda vez que la Corporaci�n del Cobre hist�ricamente ha maquilado los productos equivalentes en la planta de Las Ventanas, cuando era de propiedad de la ENAMI. Es decir, el asunto est� del todo despejado. Fue un aspecto que ni siquiera se discuti� mayormente en la Comisi�n, porque fue una condici�n de inicio de las conversaciones el hecho de que CODELCO se obligara a recibir todos los productos de la peque�a y mediana miner�a. O sea, se puede garantizar que las dudas del se�or Senador est�n perfectamente consideradas dentro del proyecto. El se�or LARRA�N (Presidente).- Estamos entrando en un di�logo. Cada uno de los se�ores Senadores ha hecho uso de la palabra, y no corresponde que sigamos el debate en forma indefinida. Hay que resolver las materias. El se�or �VILA.- As� es, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Creo que cada postura ha sido expuesta. Y, salvo que la Honorable se�ora Frei quisiera hacer uso de la palabra, se cerrar� el debate para proceder a la votaci�n. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Se�or Presidente, pido que se vote, porque de otro modo estaremos renovando una discusi�n ya desarrollada. Si los se�ores Senadores hubieran le�do bien el proyecto, se habr�an percatado que muchas de sus preguntas est�n resueltas. �sta es una iniciativa en la que hemos trabajado muy seriamente. Por eso, se�or Presidente, le ruego cerrar el debate y proceder a la votaci�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Es lo que acabo de anunciar, se�ora Senadora. Cerrado el debate. En votaci�n el art�culo 7�. El se�or HOFFMANN (Secretario).-�Alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or LARRA�N (Presidente).- Terminada la votaci�n. --Se aprueba el art�culo 7� propuesto por la Comisi�n (21 votos contra uno y 14 abstenciones). Votaron por la afirmativa los se�ores �vila, Boeninger, Canessa, Flores, Frei (do�a Carmen), Gazmuri, Lavandero, Moreno, Mu�oz Barra, Naranjo, N��ez, Ominami, Parra, Pizarro, Ruiz (don Jos�), Sabag, Silva, Vald�s, Vega, Zald�var (don Andr�s) y Zurita. Vot� por la negativa el se�or R�os. Se abstuvieron los se�ores Cantero, Cariola, Cordero, Espina, Fern�ndez, Garc�a, Horvath, Larra�n, Matthei, Novoa, Orpis, Prokurica, Romero y Stange. El se�or N��EZ.- Se�or Secretario, �hay alguien pareado? El Senador se�or Viera-Gallo me inform� que lo estaba con el Honorable se�or Espina. El se�or HOFFMANN (Secretario).- No, se�or Senador. El se�or LARRA�N (Presidente).- No hay registrado ning�n pareo. Senador se�or Espina, se consult� si Su Se�or�a est� pareado con el Honorable se�or Viera-Gallo. El se�or ESPINA.- No, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Bien. A ra�z de la solicitud para reabrir debate respecto del art�culo 6�, hemos estado revisando el acta de la sesi�n pasada, porque no quiero que se confundan los t�rminos reglamentarios. A prop�sito del art�culo 1�, se manifest� que, cuando los preceptos no son objeto de modificaciones ni de indicaciones, no pueden ser revisados por la Sala. Y eso corresponde reglamentariamente a lo ocurrido con la norma en referencia. En cuanto a los que s� fueron objeto de indicaci�n y que fueron aprobados por unanimidad, en la relaci�n se da cuenta del hecho y de que, salvo que alg�n Senador hubiese pedido discusi�n separada, deber�an haberse entendido en esa misma forma. Pues bien, esto �ltimo no se hizo en la oportunidad en que se discuti� esta materia, lo que significa que respecto de diversos art�culos no se hizo la menci�n requerida ni se dio la oportunidad en ese minuto a que alg�n Senador hiciera alguna petici�n. Al no hacerse, tendr�a que entenderse que est�n aprobados un�nimemente. Ellos son, seg�n me indica el se�or Secretario, los art�culos 2�, en sus incisos quinto, sexto, s�ptimo (que se elimina) y octavo; 6�, 8�, nuevo, y 2� y 3� transitorios. En consecuencia, respecto de esos preceptos despachados por unanimidad en la Comisi�n, me veo en la obligaci�n de requerir el asentimiento de la Sala para darlos por aprobados, salvo que alg�n se�or Senador pida discusi�n separada de alguno de ellos. El se�or OMINAMI.- �Podr�a repetirlos, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Son los art�culos 2�, incisos quinto, sexto, s�ptimo (que se elimina) y octavo; 6�, 8�, nuevo, y 2� y 3� transitorios. El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, solicito discutir el art�culo 6�, como lo ped� al comienzo de la sesi�n. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- �Me permite una aclaraci�n, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se�or Presidente, el art�culo correspondiente del Reglamento permite que un Senador, antes de votar, pida discusi�n de una norma. Entend� que todos esos preceptos se dieron por aprobados, como ha sido siempre. A�n m�s, cuando se hizo la relaci�n por el se�or Secretario, se dijo que fueron resueltos por unanimidad. Por lo tanto, si nadie, al momento de plantearlo, pidi� discusi�n y votaci�n separadas respecto de ellos, quiere decir que quedaron aprobados. Y as� est� dicho en la relaci�n del se�or Secretario. Si se da lectura a la misma, podremos comprobarlo. De tal manera que -lo voy a decir claramente-, si lo someti�ramos ahora a votaci�n, se suscitar�a un problema respecto del qu�rum, porque hay Senadores ausentes. Por lo tanto, pido que el se�or Secretario precise esa parte, porque es muy importante. El se�or LARRA�N (Presidente).- Efectivamente, se�or Senador. Hemos le�do la relaci�n del se�or Secretario y tambi�n la Versi�n Taquigr�fica de esa parte de la sesi�n. En cada oportunidad, el se�or Secretario consigna la menci�n antedicha, como lo puede refrendar �l mismo. Da cuenta de los art�culos respecto de los cuales hubo unanimidad y que deben darse por aprobados, salvo que un Senador pida otra cosa, caso en el cual tambi�n queda constancia. La pr�ctica ha sido consignar en forma expresa esa menci�n, que es lo que no se hizo en la oportunidad en referencia. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Lo estoy pidiendo. El se�or LARRA�N (Presidente).- Y se lo estoy explicando, se�or Senador. Por ese motivo, me veo en la obligaci�n de someter esto a la consideraci�n de la Sala. Tiene la palabra el se�or Secretario, para aclarar la situaci�n. El se�or HOFFMANN (Secretario).- La parte a que alude el Senador se�or Andr�s Zald�var dice lo siguiente: "Cabe recordar que las enmiendas resueltas por unanimidad deben ser votadas sin debate, en conformidad con lo dispuesto en el inciso sexto del art�culo 133 de nuestro Reglamento, salvo que alg�n se�or Senador, antes de la discusi�n en particular, solicite debatir la proposici�n de la Comisi�n respecto de alguna de ellas o que existan indicaciones renovadas.". El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- �Me permite, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra, Su Se�or�a. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Precisamente, dice: "antes de la discusi�n en particular". El art�culo 6�, al igual que los dem�s, ya se discuti� en particular y no hubo requerimiento alguno. Y llegamos al art�culo 7�, porque se entend�a que respecto de los restantes no se hab�a solicitado discusi�n separada. Con raz�n el Senador se�or Orpis quiso pedir apertura del debate �ello requiere la unanimidad- acerca del art�culo 6�, que no fue objeto de indicaci�n. Entonces, quiero dejar bien en claro que estamos ante un asunto muy delicado en materia de interpretaci�n del Reglamento. Y creo que debemos ser muy precisos. Cuando el se�or Secretario hizo la relaci�n, empezamos a analizar los art�culos y los dimos por aprobados. La Mesa ha vuelto sobre el art�culo 7�, pero no nos plante� ni el art�culo 2�, ni el 3�, ni el 4�, ni el 5�, ni el 6�, porque se entend�a que no hab�an sido objeto de indicaci�n ni respecto de ellos se pidi� votaci�n separada. Por lo tanto, ahora entramos al art�culo 7�. No cabe otra cosa. Lo otro es volver atr�s. Una interpretaci�n en ese sentido va a provocar inestabilidad permanente en las discusiones del Senado. El se�or Presidente �en eso le encuentro raz�n a Su Se�or�a- ha sido muy cuidadoso en la aplicaci�n del Reglamento; pero �se ha sido siempre el procedimiento. Cuando presid� la Corporaci�n, ped�a que el Senador interesado manifestara expresamente la solicitud de debatir y votar separadamente tal o cual art�culo o inciso; pero ten�a que hacerse al inicio de la discusi�n particular, porque as� lo dispone el Reglamento. Y as� llegamos al art�culo 7�, sin que se hubiera propuesto discutir ni votar los anteriores. El se�or ORPIS.- Pido la palabra. El se�or LARRA�N (Presidente).- No puedo d�rsela, se�or Senador. El se�or ORPIS.- Lo que ocurre, se�or Presidente, es que� El se�or LARRA�N (Presidente).- Ruego a Su Se�or�a escucharme. El se�or ORPIS.- �antes de que se votara el art�culo 6�� El se�or LARRA�N (Presidente).- �Senador Orpis! �Por favor! El se�or �VILA.- �No oye! El se�or LARRA�N (Presidente).- �Senador �vila, le ruego guardar silencio! Deseo precisar que en esta materia siempre -�siempre!- se tienen que dar por aprobados los art�culos que fueron zanjados un�nimemente en la Comisi�n. Y ese procedimiento no lo hicimos. Por eso, al solicitarse votaci�n, al igual que el Senador se�or Andr�s Zald�var �quien hizo un planteamiento expreso- entend� que estaban aprobados, raz�n por la cual continuamos con el art�culo 7�; pero, despu�s de una revisi�n, nos hemos percatado de que no se hizo la advertencia de rigor. Lo siento; fue una omisi�n nuestra. Por consiguiente, para la debida constancia, me veo en la obligaci�n de precisar qu� art�culos fueron aprobados en forma un�nime y nominativamente, porque de otro modo en las actas nunca va a aparecer que lo fueron. Y esa omisi�n es la que se trata de reparar. En consecuencia, sin mayor discusi�n, vuelvo a plantear que los preceptos que he indicado deben entenderse aprobados por la Sala, salvo que alg�n Senador pida discusi�n separada. Entiendo que se solicit� respecto del art�culo 6�. �Hay alg�n otro que se quiera discutir separadamente? El se�or OMINAMI.- S�, se�or Presidente, los art�culos 9� y 2� transitorio. Este �ltimo est� vinculado con aqu�l. El se�or LARRA�N (Presidente).- El art�culo 2� transitorio se puede discutir separadamente, pero el 9�� El se�or LAVANDERO.- Se refiere al domicilio, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- No est� aprobado un�nimemente. A lo mejor se tiene que discutir de todas maneras. El se�or OMINAMI.- As� es. El se�or LARRA�N (Presidente).- El art�culo 9� no puede volver a debatirse, porque no fue objeto de indicaci�n y, por consiguiente, qued� aprobado. S�lo se puede discutir el art�culo 2� transitorio y el 6�, como se ha solicitado. �Hay alg�n otro art�culo que se desee discutir? No siendo as�, se dar�n por aprobados los art�culos 2� (incisos primero, segundo, cuarto, quinto, sexto, la supresi�n del s�ptimo y la modificaci�n del octavo, que pasa a ser s�ptimo); 4�; 8�, nuevo; 8�, que pasa a ser 9�, y 3� transitorio. --As� se acuerda. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se abre discusi�n sobre el art�culo 6� y, en su momento, respecto del art�culo 2� transitorio. Ruego al se�or Secretario efectuar la relaci�n correspondiente al art�culo 6�, para los efectos del debate en la Sala. El se�or PIZARRO.- Se�or Presidente, pido la palabra para formular una observaci�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra, Su Se�or�a. El se�or PIZARRO.- Se�or Presidente, planteo esta situaci�n con el debido respeto, pero como el error u omisi�n en que ha incurrido la Mesa o la Secretar�a, no s� qui�n, tienen efectos importantes en la discusi�n de un art�culo sumamente delicado, por decirlo de alguna manera, y ya que se ha pedido la reapertura del debate, lo cual dar�a margen a una nueva votaci�n, quiero manifestar que hay se�ores Senadores que, a sabiendas de la importancia del proyecto y dando por entendido, adem�s, que ciertos preceptos ya estaban aprobados, en este momento no se hallan presentes en la Sala por distintas razones. Yo no deseo recurrir al expediente de solicitar segunda discusi�n, pero como aqu� todo ha sido francamente irregular, si no hay la voluntad de aprobar el art�culo 6� en la forma un�nime como ven�a, y se corre el riesgo de que sea rechazado por la ausencia de algunos se�ores Senadores, me ver� obligado a ejercer tal derecho. Por ello, preferir�a tener antes un criterio claro sobre el particular. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�or Senador, no me parece justificable ni explicaci�n suficiente el que algunos se�ores Senadores no est�n presentes en la Sala. La celebraci�n de esta sesi�n se avis� con anticipaci�n, y no solamente debemos despachar esta iniciativa, sino tambi�n otras que tienen "suma urgencia". Deseo manifestar que respecto de esta materia no ha habido ninguna irregularidad, sino m�s bien una omisi�n. Y as� como he sido riguroso en un sentido, tambi�n debo serlo en otro. No puedo dejar que estos art�culos queden en el aire porque, cuando en la versi�n se haga el recuento correspondiente, no aparecer�n aprobados. Por eso hemos procedido en esta forma, y ahora figuran todos aprobados, salvo el art�culo 6� respecto del cual se pidi� discusi�n separada, y el 2� transitorio. Si alg�n Comit� solicita segunda discusi�n, se dar� t�rmino a la primera y quedaremos a la espera de aqu�lla. �Est� claro, Honorable se�or Pizarro? Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or PIZARRO.- Se�or Presidente, la verdad es que a veces se peca por acci�n o por omisi�n y, en este caso, el pecado de omisi�n podr�a provocar serias consecuencias. Y como muchas veces hemos justificado o entendido las inasistencias de algunos de nuestros colegas, de cualquier bancada, no considero adecuado que Su Se�or�a en este momento haga una afirmaci�n tan categ�rica respecto del porqu� algunos est�n o no en la Sala. Pienso que en materias como �stas siempre hay que tener un buen esp�ritu y buena voluntad. Sin embargo, el problema se puede producir con un art�culo que todos supon�amos aprobado por haberlo sido en forma un�nime en la Comisi�n, y porque la relaci�n se hizo sin tener conocimiento de esta omisi�n que, seg�n entiendo, no fue voluntaria. Y si se corre el riesgo de que dicho precepto no sea aprobado como estaba, nos veremos obligados a pedir segunda discusi�n. Por lo tanto, lo �nico que estoy planteando, se�or Presidente, es que si se est� solicitando la reapertura del debate con el objeto de contar con mayores argumentos, antecedentes, informaciones y clarificaci�n, me parece bien, siempre y cuando exista la voluntad de aprobarlo como lo consider� en forma un�nime la Comisi�n. Pero si vamos a exponernos a un posible rechazo, nos veremos obligados a hacer efectiva esa petici�n. Eso es todo lo que estoy pidiendo, porque aqu� las cosas se arreglan de la misma manera como a veces se complican. El se�or LARRA�N (Presidente).- Desconozco cu�l sea la voluntad de la Sala en cuanto a revisar o no el art�culo, y la decisi�n pertinente surgir� de la discusi�n. Lo que s� tengo entendido es que, si se pide segunda discusi�n, como la urgencia vence ma�ana, habr�a que citar a sesi�n extraordinaria, salvo que el Ejecutivo la retirara. Tiene la palabra el Honorable se�or Ominami. El se�or OMINAMI.- Una consulta, se�or Presidente. �El art�culo 6� es de qu�rum simple o calificado? El se�or LARRA�N (Presidente).- Qu�rum simple. El se�or OMINAMI.- Se�or Presidente, dado que el art�culo 9� se considera aprobado, y el 2� transitorio est� vinculado con �l, me pareci� que ten�a sentido abrir discusi�n sobre este �ltimo en la medida en que pudi�ramos haber cambiado el curso de la suerte del art�culo 9�. No siendo as�, retirar�a mi petici�n de votaci�n separada del 2� transitorio porque, con todo, es preferible que se apruebe con su redacci�n actual. El se�or LARRA�N (Presidente).- Si hubiere unanimidad de la Sala, se podr�a reabrir el debate respecto del art�culo 9�. El se�or OMINAMI.- Formulo petici�n en tal sentido. El se�or LARRA�N (Presidente).- Al parecer, hay acuerdo al respecto, pero lo decidiremos en su oportunidad. En consecuencia, continuaremos la discusi�n sobre el art�culo 6� y pido al se�or Secretario proceder a la relaci�n correspondiente. El se�or HOFFMANN (Secretario).- La Comisi�n de Miner�a y Energ�a propone sustituir el art�culo 6� por el siguiente: "Art�culo 6�.- Incorp�rase en el art�culo 1� de la ley N� 19.847, los siguientes incisos finales: "La garant�a del Estado otorgada de acuerdo con los incisos anteriores podr� ser renovada total o parcialmente, para el caso en que las respectivas deudas sean objeto de renegociaci�n o reestructuraci�n, con o sin cambio de acreedor, lo que ser� determinado por decreto supremo del Ministerio de Hacienda, expedido de conformidad a lo dispuesto en el art�culo 70 del Decreto Ley N� 1.263, de 1975, teniendo presente el cumplimiento satisfactorio del correspondiente convenio de programaci�n suscrito en los t�rminos establecidos en el art�culo siguiente. "Cuando las obligaciones garantizadas por el Estado en virtud de este art�culo sean objeto de pago anticipado o de amortizaci�n de capital, los montos exceptuados de garant�a por tal concepto no ser�n considerados en el c�mputo del margen de US$ 1.500.000.000 (un mil quinientos millones de d�lares de los Estados Unidos de Am�rica), o su equivalente, seg�n lo expresado en el inciso primero, a contar de las fechas en que se perfeccionen las respectivas operaciones, las que no podr�n ser posteriores al 31 de diciembre del 2008. "La misma disposici�n anterior ser� aplicable a los casos de renegociaci�n o reprogramaci�n, sin renovaci�n total o s�lo parcial de garant�a, por ejemplo cuando se acuerde la modificaci�n del plazo o de la tasa de inter�s de la respectiva deuda. "Lo establecido en los incisos precedentes ser� determinado mediante el mismo procedimiento que el dispuesto en el inciso cuarto de este art�culo. "La garant�a del Estado a que se refiere el presente art�culo podr� aplicarse al financiamiento de proyectos de inversi�n, tales como de modernizaci�n, ampliaci�n, rehabilitaci�n o reposici�n, previo cumplimiento de la normativa que rige las materias de inversi�n de las empresas se�aladas en esta ley.". El se�or LARRA�N (Presidente).- En discusi�n el art�culo. Tiene la palabra el Honorable se�or Orpis. El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, hemos pedido votaci�n separada del art�culo 6� porque en la Comisi�n respectiva no se advirti� en forma oportuna que en su inciso primero el aval no s�lo se refiere al traspaso de la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas, destinado a mejorar la situaci�n de la ENAMI, y se incorporaron al art�culo una serie de incisos que lo hacen extensivo a cualquier empresa p�blica. Es decir, se le ha dado al proyecto un car�cter miscel�neo que permitir�a avalar el d�a de ma�ana, por ejemplo, al Metro de Santiago o a otras iniciativas de inversi�n, como se menciona en el articulado. Por lo tanto, estamos pidiendo votar separadamente la parte relacionada directamente con el traspaso de la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas, con los avales que correspondan, a fin de que la ENAMI quede en buenas condiciones financieras frente al resto de las empresas p�blicas. Y, en el caso de que este art�culo fuere aprobado, estamos considerando formular reserva constitucional por no guardar relaci�n esa norma con la idea matriz del proyecto, que, como dije, apuntaba al traspaso de la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas a CODELCO, para permitir el mejoramiento econ�mico de la ENAMI. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- �Qu� inciso solicita votar separadamente, se�or Senador? El se�or ORPIS.- Es decir, separar el primero de los restantes. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or DULANTO (Ministro de Miner�a).- Muy breve, se�or Presidente. En general, se�or Senador, este art�culo resulta fundamental, porque permite a la ENAMI, en caso de que reprograme, pague o repacte su deuda, contraer pr�stamos con el aval del Estado sobre la base de la misma cifra que aqu� se indica. En consecuencia, lo propuesto guarda estrecha relaci�n con el traspaso y la posibilidad futura de que la ENAMI pueda emprender proyectos con el aval del Estado. A mayor abundamiento, el inciso final de la norma en debate hace referencia a la forma como podr�a usarse ese financiamiento. Espec�ficamente, se menciona que podr�a aplicarse a proyectos de modernizaci�n, ampliaci�n, rehabilitaci�n o reposici�n, etc�tera. Por consiguiente, esta materia se halla estrechamente vinculada con la operaci�n, pues justamente a trav�s del precepto en comento se otorga la posibilidad adicional de llevar a cabo iniciativas �como requerimos- con el aval del Estado. O sea, existe una relaci�n directa entre el proyecto de traspaso y el agregado que se hace a la ley N� 19.847. Gracias, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Garc�a. El se�or GARC�A.- Se�or Presidente, ante todo, quiero se�alar que el art�culo 6� no puede entenderse aprobado reglamentariamente por el hecho de haber sido aprobada la idea de legislar. Esta norma no tiene nada que ver con las ideas matrices de la iniciativa. Prueba de ello es que en el mensaje del Ejecutivo, en la parte referente al CONTENIDO DEL PROYECTO, se se�ala lo siguiente: "xi. Autorizaci�n para transferir." Obviamente, se refiere a la posibilidad de que la ENAMI transfiera la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas a CODELCO. "xii. Mantenci�n del fomento. "El proyecto contiene tambi�n, dos aspectos de salvaguardia que son parte fundamental de la estructura jur�dica del mismo. "El primero de ellos se refiere al aseguramiento de las actividades de fomento de la peque�a y mediana miner�a de ENAMI", etc�tera. "xiii. Prohibici�n de enajenaci�n. "El segundo elemento de salvaguardia que contiene el proyecto dice relaci�n con la permanencia de la propiedad de la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas dentro del patrimonio del Estado. "xiv. Resguardo para trabajadores. "xv. Revalorizaci�n de activos. "xvi. Reglamentaci�n de la venta.". En ninguno de estos ac�pites se se�ala que la modificaci�n de la ley N� 19.847 forma parte del contenido del proyecto. A trav�s de dicha normativa se faculta al Presidente de la Rep�blica para otorgar la garant�a del Estado a las obligaciones o empr�stitos del Fisco por mil 500 millones de d�lares, lo que involucra a todas las empresas p�blicas. Por lo tanto, cuando aqu� se dice "La garant�a del Estado otorgada de acuerdo con los incisos anteriores", la norma se est� refiriendo a los incisos de la ley N� 19.847, no a los de la iniciativa en an�lisis que autoriza a la ENAMI para transferir la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas a CODELCO. Repito: los incisos anteriores de la ley N� 19.847 facultan al Jefe del Estado para otorgar la garant�a del Estado a las obligaciones que indica. El se�or OMINAMI.- �Me permite una interrupci�n, Su Se�or�a? El se�or GARC�A.- Con mucho gusto, con la venia de la Mesa. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Ominami. El se�or OMINAMI.- Quiero consultar si la ley a que se hace menci�n se refiere a todas las empresas del Estado o a un n�mero limitado, dentro de las cuales se encuentra la Empresa Nacional de Miner�a. La se�ora MATTHEI.- Se refiere al sistema de empresas. El se�or LARRA�N (Presidente).- Recupera la palabra el Senador se�or Garc�a. El se�or GARC�A.- Dispone la suscripci�n de convenios de programaci�n con el sistema de empresas. En esta iniciativa no hay un listado de empresas. La verdad es que esta norma no tiene nada que ver con las ideas matrices del proyecto. Es m�s �y lo digo con todo respeto-: esto constituye un abuso en la forma de legislar. Por eso, yo entiendo que no puede darse por aprobado este art�culo por el hecho de haber sido acogida la iniciativa en general. En segundo lugar, podr�amos estar de acuerdo en que la garant�a del Estado se renueve �tenga o no tenga que ver con la ENAMI-, pero el inciso primero tampoco est� relacionado con dicha empresa, sino m�s bien con todas las empresas p�blicas. Entonces, concuerdo en que, cuando se trata de la reprogramaci�n y de la renovaci�n de deudas, se mantenga la garant�a del Estado. Pero no veo por qu� debamos mantenerla cuando las obligaciones garantizadas sean objeto de pago anticipado o de amortizaci�n de capital. Es decir, se paga la deuda, pero seguimos manteniendo la autorizaci�n por mil 500 millones de d�lares para que se d� la garant�a del Estado a otros cr�ditos. �A cu�les se refiere? Lo ignoramos. �A favor de qu� empresa? Tampoco lo sabemos. Me parece que disposiciones como �stas son simplemente abusivas en cuanto a nuestras facultades como congresistas. La norma reglamentaria �reconozco que la interpretaci�n que se hace de ella no es antojadiza, se�or Presidente- que nos impide votar en la Sala los art�culos que no han sido aprobados por unanimidad en las respectivas Comisiones, atenta contra los derechos que la Carta Fundamental concede a los Parlamentarios. El se�or LARRA�N (Presidente).- Ha concluido su tiempo, se�or Senador. El se�or GARC�A.- Lo s�, se�or Presidente. Pido un minuto. El se�or LARRA�N (Presidente).- Termine la idea, Su Se�or�a. El se�or GARC�A.- Se�or Presidente, estamos aqu� en presencia de un proyecto de ley que contiene materias que son de iniciativa exclusiva del Presidente de la Rep�blica. El art�culo 62 de la Carta Fundamental, junto con se�alar los asuntos que son de iniciativa exclusiva del Primer Mandatario, dice en su inciso final: "El Congreso Nacional s�lo podr� aceptar, disminuir o rechazar los servicios, empleos, emolumentos, pr�stamos, beneficios, gastos y dem�s iniciativas sobre la materia que proponga el Presidente de la Rep�blica.". Es de la esencia del funcionamiento de un Congreso el que las respectivas Salas, tanto de la C�mara de Diputados como del Senado, puedan pronunciarse a favor, en contra o abstenerse respecto de las normas sometidas a su conocimiento. Ning�n reglamento puede impedir que ejerzamos el derecho que nos concede la Constituci�n. Por lo tanto, sostengo que la referida disposici�n reglamentaria es manifiestamente inconstitucional, dada la forma como se halla redactada. El se�or LARRA�N (Presidente).- No quiero volver a abrir debate sobre esta �ltima aseveraci�n. Sin embargo, debo decir que s� tuve la oportunidad de votar a favor o de rechazar la norma en debate con motivo de la votaci�n general. Y �sa es la instancia donde se produce esta situaci�n. El Reglamento no dice si se puede o no se puede ejercer el derecho, sino c�mo se ejerce. Y la forma de hacerlo es a trav�s de la presentaci�n de indicaciones. Si no se formularon, no le echemos la culpa al Reglamento. A lo mejor, se tuvieron en cuenta otras consideraciones para no presentarlas; pero, por desgracia, eso escapa al �mbito de mi acci�n, que es conducir el debate. Tiene la palabra el Honorable se�or Andr�s Zald�var. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se�or Presidente, creo que el art�culo 6� es esencial. Despu�s me voy a referir a si el objetivo que �l persigue es propio o no es propio de la iniciativa en debate. Efectivamente, se hace referencia a la ley N� 19.847 y se incorporan a su art�culo 1� cinco incisos finales con el objeto de verificar que la garant�a del Estado, otorgada de acuerdo con los incisos anteriores, pueda ser renovada. El texto final propuesto por la Comisi�n, despu�s de hacer referencia a la nueva reglamentaci�n que se introduce en la ley N� 19.847, que tiene efectos en lo que respecta a la ENAMI, se�ala que no ser�n considerados en el c�mputo de los mil 500 millones de d�lares que est�n autorizados en avales y garant�as por parte del Estado a las empresas estatales. En cuanto a si dicha materia se halla o no vinculada al proyecto, debo se�alar que tiene absoluta relaci�n con �l, porque, de no aprobarse el art�culo 6�, desaparecer� un elemento determinante para que la ENAMI tenga la garant�a del Estado o pueda renovarla para los efectos de renegociar las deudas que hoy la mantienen en una situaci�n muy comprometida. Entonces, �ste es un precepto que, si bien est� referido a la ley N� 19.847, busca, precisamente, hacer posible el funcionamiento de la ENAMI, que es lo que se persigue con el proyecto. Todos ac� han reconocido el objeto de esta iniciativa: permitir a la ENAMI eliminar sus deudas; evitar que el Fisco retire utilidades; que, en el pr�ximo tiempo, las utilidades que se acumulen se destinen a pagar el cr�dito que tiene contra el Fisco; que no pague impuesto a la renta, sino que �ste se impute a dicho cr�dito hasta su extinci�n, etc�tera. �sa es la filosof�a de la normativa. Y el art�culo 6� no tiene otra consecuencia que la mencionada. Si �ste no se aprobara, gran parte del proyecto que hoy d�a estamos aprobando quedar�a cojo y tendr�a dificultades para funcionar, y la ENAMI se ver�a limitada o a lo mejor imposibilitada de cumplir con su funci�n de fomento. Por las razones se�aladas, creo que la observaci�n que se ha hecho carece de fundamento y que es esencial aprobar el art�culo 6� para que la iniciativa tenga sentido. El se�or LARRA�N (Presidente).- Entiendo que la observaci�n est� referida a los incisos segundo y siguientes. Y se ha pedido votar separadamente el inciso primero y luego continuar con los dem�s. Pero esto lo podremos aclarar en su momento. Tiene la palabra la Senadora se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, en parte por el debate de las reformas constitucionales; en parte, tambi�n, por las elecciones y, adem�s, por la discusi�n del proyecto de Ley de Presupuestos, la verdad es que en la Comisi�n de Hacienda hemos estado despachando algunas iniciativas en forma muy r�pida. De hecho, ayer el Senador se�or Ominami, con justa raz�n -en vista de lo que ocurre hoy-, se opuso a que aprob�ramos un asunto que se trat� sobre tabla en ese minuto y pidi� discutirlo con m�s calma. Durante el an�lisis de la iniciativa que nos ocupa en la Comisi�n de Hacienda, no se debati� esta materia. Debemos haberla votado en no m�s de diez o quince minutos. Y cuando los representantes del Ejecutivo hicieron su exposici�n, jam�s se refirieron a que la autorizaci�n no era exclusivamente para las deudas que pudiera contraer la ENAMI, sino tambi�n para las de cualquiera de las que integran el Sistema de Empresas P�blicas. No s� si ello fue producto del apuro o no lo quisieron decir. No tengo por qu� calificar intenciones. La verdad es que no sabemos lo que significa lo establecido en el art�culo 6�, ni el alcance que tiene. Quiz�s sea algo totalmente razonable; pero tambi�n puede ser una barbaridad. Lo ignoramos, pues no lo discutimos. Por eso, se�or Presidente, solicito enviar el proyecto nuevamente a la Comisi�n de Hacienda, porque �ste es un tema de la mayor importancia, dado que, como se�al�, no s�lo comprende a la ENAMI, sino tambi�n a muchas otras empresas del Estado. Si alguien nos da una buena explicaci�n o si viene el se�or Ministro de Hacienda y nos se�ala cu�l es el alcance del precepto; por qu� alude a esa ley y no se circunscribe a la presente iniciativa, que se refiere s�lo a la ENAMI, es posible que lo aprobemos. No lo s�. Lo m�nimo que necesitamos es una aclaraci�n en cuanto al alcance de la norma: a qu� otras empresas afecta, en qu� forma y por qu� se incluy�. No hay inconveniente para autorizar lo relativo al endeudamiento y la garant�a del Estado a la ENAMI. Nadie se opone a esto. El problema radica en que la ley a que alude el art�culo consigna algo diferente. Nadie nos advirti� en la Comisi�n de Hacienda que la disposici�n es mucho m�s amplia y afecta a diversas empresas. Y no sabemos c�mo, a cu�les ni cu�ntas son. En general, hemos tenido reuniones sumamente cortas en ese �rgano t�cnico. He reclamado en varias oportunidades por el hecho de que cuando ella deber�a estar funcionando ha habido sesiones paralelas en la Sala. Por eso hemos estado despachando proyectos de ley sin el debido estudio. Y el que nos ocupa es uno de ellos. Se�or Presidente, solicito que se nos permita -esto no significa que nos vayamos a oponer- ver efectivamente de qu� trata la disposici�n antes de votar, porque, como dije, no se nos inform� que aparte de la ENAMI afecta tambi�n a muchas otras empresas. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or DULANTO (Ministro de Miner�a).- Se�or Presidente, atendido lo que se ha dicho aqu�, me parece que una forma de resolver el problema ser�a haciendo menci�n expl�cita de que lo establecido en la norma se refiere a la ENAMI. Porque �sa fue la intenci�n que siempre tuvimos. Y concuerdo en que a lo mejor no fue examinada con la detenci�n que correspond�a. Dejo planteada dicha alternativa para que en esa forma se apruebe el art�culo 6�, si a la Sala as� le parece. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�or Ministro, la Senadora se�ora Matthei le solicita una interrupci�n. El se�or DULANTO (Ministro de Miner�a).- Con todo agrado. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, si fuera tan f�cil, estar�a encantada. Pero no lo es. Porque no se puede hacer menci�n s�lo a la ENAMI en un precepto que modifica una ley general, que tiene que ver con el sistema que agrupa a todas las empresas del Estado. Mi impresi�n es que este punto no lo podremos solucionar aqu� hoy d�a. No es tan sencillo como decir que solamente... --(Manifestaciones en las tribunas). El se�or LARRA�N (Presidente).- Ruego a los asistentes a las tribunas guardar silencio y respetar el uso del derecho a hablar de los se�ores Senadores. Puede continuar, se�ora Senadora. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, por las razones expuestas, solicito que el proyecto vuelva a la Comisi�n de Hacienda, a fin de analizar esta materia con el se�or Ministro del ramo y, a trav�s de una indicaci�n, resolver el problema de la ENAMI sin echar a perder lo concerniente a las otras empresas. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or N��ez. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, seguramente porque la Comisi�n de Miner�a es un tanto m�s especializada que la de Hacienda, aunque por cierto no tiene la experticia de �sta, analiz� el tema en cuesti�n con bastante detenimiento. Al respecto, conversamos con algunos Ministros y con diversos funcionarios de Gobierno, entre los cuales hab�a algunos de la Cartera de Hacienda. Y en las actas de las reuniones de nuestra Comisi�n debe haber quedado claro que estos incisos se agregaron en funci�n de la realidad financiera de la ENAMI, que no es la misma que tienen el Metro o los Ferrocarriles del Estado, a los cuales alude la ley a que se hace menci�n en el art�culo 6�. Es obvio que si el Gobierno quisiera mejorar esa ley, que aprobamos por unanimidad en su momento, para ayudar a esas empresas a endeudarse con el aval del Estado, enviar�a un proyecto aplicable a ellas. El que ahora nos ocupa debemos entenderlo referido s�lo a la Empresa Nacional de Miner�a. Lo cierto es que podemos resolver eso. Me parece loable el hecho de que la Oposici�n tenga buena disposici�n para acoger el esp�ritu que hay detr�s de cada uno de los incisos. Porque si no los aprob�ramos, todo lo que hemos hecho para mejorar la situaci�n financiera de la ENAMI quedar�a pr�cticamente en cero. La se�ora MATTHEI.- �Lea el art�culo y ver� que es mucho m�s amplio, se�or Senador! El se�or LARRA�N (Presidente).- El Honorable se�or Ominami solicita una interrupci�n, se�or Senador. El se�or N��EZ.- Con la venia de la Mesa, no tengo inconveniente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or OMINAMI.- Se�or Presidente, es efectivo que la ley N� 19.847 involucra una autorizaci�n amplia respecto de las empresas p�blicas. Sin embargo, tengo entendido -estamos tratando de comprobarlo- que en el mensaje del proyecto en debate tal autorizaci�n se halla restringida a cuatro empresas: la ENAMI, Ferrocarriles del Estado, el Metro y una m�s. Independiente de eso, me parece que el esp�ritu de lo que se est� discutiendo aqu� es que la autorizaci�n se refiere espec�ficamente a la Empresa Nacional de Miner�a. Y esto, con buena voluntad, es posible resolverlo de inmediato. El inciso segundo del art�culo 6� dice: "Cuando las obligaciones garantizadas por el Estado...". Creo que bastar�a con que dijera: "Cuando las obligaciones de la ENAMI garantizadas por el Estado", para que el precepto quedara acotado. Pienso que �sa ser�a la forma de solucionar r�pida y convenientemente la situaci�n planteada. El se�or LARRA�N (Presidente).- Recupera la palabra el Senador se�or N��ez. El se�or SILVA.- �Me permite una interrupci�n, Honorable colega? El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, concedo una interrupci�n al Senador se�or Silva. El se�or LARRA�N (Presidente).- Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or SILVA.-Se�or Presidente, ser� muy breve. Con la aclaraci�n que aqu� se ha hecho, proceder�a votar el art�culo. Y quedar� constancia en la historia de la ley de que el precepto que estamos discutiendo alude expl�citamente a la Empresa Nacional de Miner�a, tal como lo ha planteado la Senadora se�ora Matthei. Y ya no se requerir� que el proyecto vuelva a Comisi�n, ni que se retrase m�s su despacho. Pido al se�or Presidente que tenga la gentileza de someter a votaci�n el art�culo, porque a mi juicio el asunto est� aclarado. Reitero que basta dejar testimonio en la historia de la ley de que la norma se refiere en forma expresa a la ENAMI y a ninguna otra empresa del Estado. El se�or LARRA�N (Presidente).- Puede continuar el Honorable se�or N��ez. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, estimo que retrasar el proyecto, que ya ha permanecido durante varios meses en el Senado, es un error. Lo cierto es que todos estamos de acuerdo en que el art�culo 6� beneficia a la ENAMI. Y si es as�, ya que todos conocemos su contenido y sabemos bien a qu� se refiere, �por qu� no le agregamos una frase que se�ale expresamente que lo dispuesto en �l es aplicable s�lo a la Empresa Nacional de Miner�a? Si los se�ores Senadores de la Oposici�n concuerdan y hacemos ese cambio por unanimidad,� --(Manifestaciones en las tribunas). El se�or LARRA�N (Presidente).- Ruego al p�blico asistente abstenerse de realizar manifestaciones. El se�or N��EZ.- �zanjar�amos el problema y podr�amos seguir tratando el resto del proyecto. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Prokurica. El se�or PROKURICA.- Se�or Presidente, yo estoy en esa misma l�nea. En general, toda la bancada de Senadores de Renovaci�n Nacional concordamos en agregar en el art�culo 6� una frase en orden a circunscribir estas facultades s�lo a la Empresa Nacional de Miner�a. La verdad es que �se fue el prop�sito de la Comisi�n cuando vot� el precepto, y no apoyar o avalar extensiones del Metro. No tengo problema en dar la unanimidad en ese sentido. El se�or LARRA�N (Presidente).- Hago presente que restan nueve minutos para el t�rmino de la sesi�n y est�n inscritos los Senadores se�ores Ominami, Zurita, Andr�s Zald�var, Boeninger, Garc�a y Orpis. Si le parece a la Sala, se prorrogar� el Orden del D�a hasta el total despacho de la iniciativa. --As� se acuerda. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se ha planteado que si hubiera unanimidad se podr�a introducir, en el segundo inciso que el art�culo 6� agrega a la ley N� 19.847, una frase para circunscribir las obligaciones garantizadas por el Estado estricta y exclusivamente a la ENAMI. Debemos intentar una redacci�n para ella, puesto que, por el debate suscitado, el punto ha provocado gran inquietud. �Habr�a acuerdo un�nime para incorporar una expresi�n en ese sentido? El se�or ROMERO.- �Me permite, se�or Presidente? Ser� muy breve. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra, Su Se�or�a. El se�or ROMERO.- Me parece que la Sala dar� la unanimidad, porque restringiendo esa norma s�lo a la Empresa Nacional de Miner�a se salva el problema. Lo que importa es que el d�a de ma�ana esto no sea objetable. Y para ello es fundamental que el se�or Ministro de Miner�a declare formalmente que �sa es la intenci�n, porque esta materia es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo. En consecuencia, el se�or Ministro debe hacer un planteamiento formal al respecto. El se�or LARRA�N (Presidente).- Pero en una indicaci�n como la sugerida, nosotros podemos restringir. El se�or ORPIS.- �Me permite, se�or Presidente? Queremos proponer una redacci�n. La se�ora MATTHEI.- Pido la palabra. El se�or LARRA�N (Presidente).- Puede hacer uso de ella, Su Se�or�a. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, en los incisos respectivos se podr�a incluir la expresi�n "a la ENAMI". La redacci�n del primero quedar�a de la siguiente manera: "La garant�a del Estado otorgada a la ENAMI de acuerdo con los incisos anteriores podr�"; y la del segundo, como sigue: "Cuando las obligaciones garantizadas por el Estado a la ENAMI en virtud de este art�culo sean objeto de pago anticipado�". Sin embargo, pienso que el precepto deber�a ser objeto de revisi�n por parte de un abogado, porque en el tercer inciso� --(Manifestaciones en las tribunas). El se�or LARRA�N (Presidente).- Ruego a los asistentes guardar silencio. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, estamos tratando de legislar bien. Comprendo que las personas que han venido a escuchar el debate quieran una pronta soluci�n del problema. Y sabemos que la ENAMI atraviesa por dificultades, pero tambi�n debemos preocuparnos del resto del pa�s. Como dec�a, el tercer inciso se�ala: "La misma disposici�n anterior ser� aplicable a los casos de renegociaci�n o reprogramaci�n, sin renovaci�n total o s�lo parcial de garant�a,�". Y el siguiente dice: "Lo establecido en los incisos precedentes ser� determinado mediante el mismo procedimiento que el dispuesto en el inciso cuarto de este art�culo.". Es decir, ac� se est�n dando demasiadas facultades. Despu�s que intervino el Honorable se�or Silva hab�a solicitado una interrupci�n. Era para expresar que todos queremos que estas normas se apliquen s�lo a la Empresa Nacional de Miner�a. Pero la historia de la ley no puede estar por encima de lo se�alado textualmente por �sta, que se refiere a todas las empresas p�blicas, no s�lo a la ENAMI. Por lo tanto, la mera voluntad no basta, pues el d�a de ma�ana alguien podr� alegar en los tribunales -y ganar�- que se entregaron amplias facultades sobre el particular. Creo que se debe revisar el art�culo 6� completo; de lo contrario saldr� una ley absolutamente coja, porque algunos incisos se referir�n s�lo a la ENAMI y otros a todas las empresas del Estado. Es decir, el precepto no tendr� pies ni cabeza. El se�or ROMERO.- Que lo haga la Secretar�a. La se�ora MATTHEI.- No tengo inconveniente en que lo haga la Secretar�a. El se�or LARRA�N (Presidente).- No considero prudente hacer eso, porque al parecer existe unanimidad para aprobar el art�culo 6�, con la condici�n de que su aplicaci�n se circunscriba estrictamente a la Empresa Nacional de Miner�a. Entiendo que �sa es tambi�n la voluntad del se�or Ministro. Y lo hago presente para los efectos de dejar constancia de que se trata de la opini�n tanto del Senado como del Ejecutivo. Si as� fuera, ser�a conveniente facultar a la Secretar�a para darle la redacci�n pertinente. A este respecto hay dos f�rmulas posibles. Primera: hacer referencia a la ENAMI en cada uno de los incisos. Segunda: se�alar al inicio, cuando se habla de agregar tales incisos a la ley tanto, que "en el caso de la ENAMI se aplicar�n las siguientes disposiciones", o algo por el estilo. De esta manera todos los incisos que siguen estar�n limitados, en forma estricta y exclusiva, a la Empresa Nacional de Miner�a. Si la Sala estuviera de acuerdo, podr�amos votar el art�culo 6� con ese alcance. La se�ora MATTHEI.- Perd�n, se�or Presidente. �Cu�ndo tendremos la redacci�n final de la norma? �Qui�n la har�? El se�or LARRA�N (Presidente).- La redactar� la Secretar�a, seg�n el criterio se�alado. La se�ora MATTHEI.- �Se har� referencia a dicha empresa en la totalidad de los incisos? El se�or LARRA�N (Presidente).- En efecto. La se�ora MATTHEI.- Perfecto. No tengo inconveniente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Reitero que todos los incisos que a trav�s del art�culo 6� de la iniciativa se incorporan al art�culo 1� de la ley N� 19.847 ser�n aplicables, �nica y exclusivamente, a la ENAMI. No se referir�n a ninguna otra empresa del Estado. El se�or ROMERO.- Se�or Presidente, sugiero que el Ejecutivo se pronuncie sobre la materia. El se�or LARRA�N (Presidente).- El representante del Gobierno ya manifest� que comparte el criterio planteado. Se�or Ministro, �podemos obtener su aprobaci�n expl�cita sobre el particular? El se�or DULANTO (Ministro de Miner�a).- S�, se�or Presidente. He se�alado varias veces que la norma se debe circunscribir a la ENAMI. Y lo reitero en forma expresa. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Zurita. El se�or ZURITA.- Se�or Presidente, quiz�s se deba a la inexperiencia que tengo como Senador, pero creo que el proyecto quedar� con un defecto. La iniciativa autoriza a la Empresa Nacional de Miner�a para transferir a CODELCO la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas. El precepto en cuesti�n dice: "Incorp�rase en el art�culo 1� de la ley N� 19.847,". Y resulta que esta ley trata sobre las garant�as del Estado a las empresas p�blicas. A mi juicio, es m�s f�cil eliminar la referencia inicial a la citada ley y reglamentar nosotros c�mo se efectuar�n los pagos, amortizaciones de capital, renegociaciones, en fin, todas las operaciones que mencionan los respectivos incisos. Nada m�s. El se�or LARRA�N (Presidente).- Considero que est� claro el sentido del precepto. Y nos preocuparemos de que su redacci�n final recoja ese esp�ritu, que es demasiado evidente, cualquiera que sea la f�rmula que se utilice. En consecuencia, pondr� en votaci�n el art�culo 6�, al cual se agregar�, o un inciso espec�fico que asegure el prop�sito indicado, o la referencia a la ENAMI en cada uno de los incisos que se agregan a la ley N� 19.847. Ambas soluciones cuentan con el acuerdo un�nime de la Sala y el del se�or Ministro de Miner�a, en representaci�n del Ejecutivo. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, exc�seme pero no recuerdo que en alguna oportunidad nos hayamos pronunciado sobre alg�n asunto sin tener a la vista el texto final. El se�or LAVANDERO.- Es posible votar una idea. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�ora Senadora, se puede aprobar una norma y autorizar a la Secretar�a para adecuar su redacci�n. Tiene la palabra el Honorable se�or Garc�a. El se�or GARC�A.- Se�or Presidente, desear�a que a las dos f�rmulas sugeridas por la Mesa para solucionar el problema se agregara tambi�n, como alternativa, lo se�alado por el Honorable se�or Zurita. Pienso que �sa es la forma correcta de legislar. Lo m�s apropiado es que el precepto se refiera s�lo a la ENAMI, sin que quede en el texto de otra ley. El se�or LARRA�N (Presidente).- Para que avancemos, se intentar� presentar una redacci�n en el curso de la sesi�n, la que ser� ratificada posteriormente. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. �Alg�n se�or Senador desea fundar el voto? En votaci�n electr�nica el art�culo 6�. El se�or HOFFMANN (Secretario).- �Alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or LARRA�N (Presidente).- Terminada la votaci�n. --Se aprueba el art�culo 6� en los t�rminos se�alados (34 votos a favor y uno en contra). Votaron por la afirmativa los se�ores Arancibia, �vila, Boeninger, Canessa, Cariola, Chadwick, Coloma, Cordero, Flores, Frei (do�a Carmen), Garc�a, Gazmuri, Horvath, Larra�n, Lavandero, Matthei, Moreno, Novoa, N��ez, Ominami, Orpis, Parra, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz, Ruiz-Esquide, Silva, Stange, Vald�s, Vega, Zald�var (don Adolfo), Zald�var (don Andr�s) y Zurita. Vot� por la negativa el se�or R�os. El se�or COLOMA.- Estamos en la hora de t�rmino de la sesi�n, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se acord� prorrogarla hasta el despacho del proyecto. El se�or HOFFMANN (Secretario).- El art�culo 7� ya fue tratado. El art�culo 8�, ha pasado a ser art�culo 9�, sin modificaciones. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Romero. El se�or OMINAMI.- Se�or Presidente, yo hab�a pedido la unanimidad de la Sala para revisar el art�culo 9�. El se�or LARRA�N (Presidente).- La solicitaremos de inmediato, Su Se�or�a. �Desea hacer una consulta, Senador se�or Romero? El se�or ROMERO.- En el art�culo 8� se establece un sistema de arbitraje entre CODELCO-Chile y la ENAMI respecto de cargos de tratamiento en la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas, cambio procesal que debi� ser conocido por la Corte Suprema. Por eso, deseo saber si la Comisi�n la consult�, como es habitual. El se�or LARRA�N (Presidente).- Este art�culo ya se aprob�. El se�or ROMERO.- S�, pero mi pregunta apunta a saber si efectivamente se cumpli� con el tr�mite de consultar a la Corte Suprema sobre este tema. Temo que no se hizo. El se�or LARRA�N (Presidente).- Exactamente. No s� si en esta materia procede la referida consulta. El se�or MORENO.- No tiene ninguna importancia, se�or Presidente. La se�ora FREI (do�a Carmen).- S�lo demora la tramitaci�n del proyecto. El se�or LARRA�N (Presidente).- Vamos a estudiar su consulta, se�or Senador.Ahora seguimos avanzando. El articulo 8� ya se aprob�. Veremos si la consulta de Su Se�or�a es pertinente o no. No se ha consultado, en todo caso, a la Corte Suprema. Se va a estudiar si acaso era necesario hacerlo o no El Honorable se�or Ominami ha pedido abrir discusi�n respecto del art�culo 9�. �Habr�a unanimidad para acceder a lo solicitado? No la hay. En consecuencia, continuaremos con las normas transitorias. �Desea intervenir, Honorable se�or Vald�s? El se�or VALD�S.- Se�or Presidente, no me parece necesaria la consulta a que se refiri� el Senador se�or Romero, porque no se est� creando ning�n tribunal. El se�or LARRA�N (Presidente).- Estamos estudiando la materia. Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Art�culo 1� transitorio, que la Comisi�n aprob� por 3 votos a favor y 2 abstenciones. El se�or LARRA�N (Presidente).- En discusi�n. Ofrezco la palabra. La se�ora MATTHEI.- �Este art�culo fue objeto de indicaci�n? El se�or LARRA�N (Presidente).- Tuvo una votaci�n dividida. No fue aprobado en forma un�nime. La se�ora MATTHEI.- Est� bien, se�or Presidente. Pero, en el debate de la sesi�n pasada, no se nos permiti� discutir ni votar otros art�culos que tambi�n hab�an sido acogidos en pronunciamientos divididos. Entonces, mi pregunta es � El se�or LARRA�N (Presidente).- Porque no hab�an sido objeto de indicaciones. La se�ora MATTHEI.- �Y �ste lo fue? El se�or LARRA�N (Presidente).- Presumo que s�. �Fue objeto de indicaci�n? S�, lo fue. La se�ora MATTHEI.- Muy bien. El se�or LARRA�N (Presidente).- Ofrezco la palabra. La tiene, se�or Ministro. El se�or DULANTO (Ministro de Miner�a).- Se�or Presidente, el sentido del art�culo, en t�rminos generales, es facilitar que la transacci�n se realice de la manera m�s r�pida y efectiva posible, pues ambas empresas (la ENAMI y CODELCO) requieren saber a la brevedad posible si la operaci�n se materializar� o no. El sentido central de esta norma es facilitar el traspaso una vez que la ley se apruebe. Gracias, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. �Alg�n se�or Senador desea fundar el voto? En votaci�n electr�nica el art�culo 1� transitorio. El se�or HOFFMANN (Secretario).- �Alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or LARRA�N (Presidente).- Terminada la votaci�n. --Se aprueba el art�culo 1� transitorio (30 votos a favor). Votaron por la afirmativa los se�ores Arancibia, �vila, Boeninger, Canessa, Cariola, Cordero, Flores, Frei (do�a Carmen), Gazmuri, Horvath, Larra�n, Lavandero, Matthei, Moreno, Naranjo, N��ez, Ominami, Orpis, Parra, Pizarro, Prokurica, Romero, Sabag, Silva, Stange, Vald�s, Vega, Viera-Gallo, Zald�var (don Andr�s) y Zurita. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Los art�culos 2� y 3� transitorios se dieron por aprobados, porque fueron concordados por unanimidad en la Comisi�n. El se�or OMINAMI.- Pido la palabra, se�or Presidente. El se�or LARRA�N (Presidente).- La tiene, Su Se�or�a. El se�or OMINAMI.- Solicit� discusi�n separada del art�culo 2� transitorio. El se�or LARRA�N (Presidente).- Pero despu�s la retir�. El se�or OMINAMI.- Pero quiero argumentar ese retiro. Se�or Presidente, me parec�a conveniente abrir debate sobre el art�culo 9�, que contiene una proposici�n que parece muy atractiva: el traslado de la casa matriz de la Empresa Nacional de Miner�a, de Santiago, a Copiap�. Es muy atractiva desde el punto de vista de la desconcentraci�n, de la regionalizaci�n. Pero esta idea bonita tambi�n es una idea cara: seg�n estimaciones que he recibido, s�lo el traslado cuesta, m�s o menos, 3 millones de d�lares, porque, entre otras cosas, habr� que pagar un costo alto por concepto de asignaciones a los funcionarios que se trasladar�n. Por tanto, trat�ndose de una empresa que est� nuevamente poni�ndose en marcha y cuyos pasivos intentamos aliviar, creo que esta idea debi� haber sido objeto, al menos, de discusi�n. Lamento que no se haya dado la unanimidad para ese efecto. En cualquier caso, retiro la solicitud de votaci�n separada del art�culo 2� transitorio, por cuanto al menos establece que "Lo dispuesto en el art�culo 9� de esta ley en proyecto deber� ser cumplido a m�s tardar el 31 de diciembre del 2005, y no afectar� a aquellas funciones de la casa matriz que puedan perjudicar el normal funcionamiento de la empresa.". Yo espero que a partir de esta norma transitoria se pueda dar una discusi�n, de manera de no infligir un da�o adicional a esta Empresa. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- �Me permite, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�or Senador, no hay debate sobre esta materia; simplemente se est� dejando una constancia. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- No pretendo abrir debate, se�or Presidente. Quiero plantear una observaci�n reglamentaria que puede ser importante. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Respecto del art�culo 9�, que se ha dado por aprobado, deber� determinarse si es de qu�rum especial o no. En un informe de la Contralor�a que tengo en mis manos, referido al acuerdo adoptado por el directorio de ENAMI en el caso de la Planta Manuel Antonio Matta, se dice expresamente que el cambio de domicilio de una empresa es una de las materias que requieren qu�rum calificado. As� lo atestigua este informe de la Contralor�a, de 27 de febrero de 1995. Entonces, se�or Presidente, para que no haya problemas en cuanto a la aplicaci�n de la ley, solicito que se aclare si la aprobaci�n de la norma en an�lisis exige qu�rum especial o no. El se�or LARRA�N (Presidente).- Sobre esa materia, tiene la palabra el Senador se�or Prokurica. El se�or PROKURICA.- Se�or Presidente, yo advert� desde el inicio de la discusi�n del proyecto que, en la pr�ctica, le est�bamos poniendo una bomba de tiempo a la ENAMI cuando el Senador se�or Andr�s Zald�var aleg� que la iniciativa era de qu�rum simple. En lo personal, quiero que esta empresa siga en manos del Estado y no se privatice, y que, por lo tanto, se respeten los informes que emite la Contralor�a General de la Rep�blica y los requerimientos firmados por algunos se�ores Senadores, entre otras disposiciones legales. Pero siempre: cuando me conviene y cuando no me conviene. Ahora se est� diciendo que se necesita qu�rum calificado para aprobar el cambio de domicilio, en circunstancias de que la semana pasada se sostuvo que no se requer�a para vender parte del patrimonio m�s importante de la ENAMI, que es la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas. Eso me parece insostenible, lamentablemente. En mi opini�n, el proyecto completo es de qu�rum especial y a m� me habr�a gustado que hubi�ramos podido debatir y votar el art�culo 1�, pero aqu�, en el palacio de la democracia, hubo quienes se opusieron. Y he formalizado la presentaci�n de un requerimiento ante el Tribunal Constitucional, por estimar que se han aprobado con qu�rum simple disposiciones que son de qu�rum especial. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or N��ez. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, yo no comparto� El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- �Me permite una interrupci�n, se�or Senador? El se�or N��EZ.- No tengo inconveniente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- La afirmaci�n del se�or Senador que me antecedi� en el uso de la palabra es muy delicada, porque me dice que estoy jugando, cuando me conviene o cuando no me conviene, con los temas constitucionales. Yo lo �nico que he hecho es pedir que se aclare si la norma es de qu�rum especial o no. �Para qu�? Para que el proyecto, en esta materia, no tenga dificultades. Eso es lo que dije. En segundo t�rmino, es muy distinto el caso del art�culo 1�, respecto del cual hab�a informe de la Contralor�a y fallo del Tribunal Constitucional, los cuales permit�an deducir que la transferencia de activos no necesitaba qu�rum especial. Y expresamente se mencionaba a Ferrocarriles y a la ENACAR, y yo mismo entregu� los datos pertinentes. Ahora, en cambio, he tra�do a colaci�n un informe de la Contralor�a que ha llegado a mi escritorio y donde se dice que en este tipo de casos, espec�ficamente vinculados al domicilio en relaci�n a las funciones de una empresa del Estado, se requerir�a qu�rum especial. �Qu� estoy solicitando? Que la Mesa clarifique el punto para que no haya problema constitucional. Eso es todo. El se�or LARRA�N (Presidente).- Recupera la palabra el Senador se�or N��ez. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, el cambio de domicilio a Copiap� de la Empresa Nacional de Miner�a no tuvo origen en el Ejecutivo, sino en una iniciativa de dos se�ores Diputados. Y el Ejecutivo present� una indicaci�n en el mismo sentido, tal como yo lo hab�a planteado en un proyecto en 1992. En ese tiempo, al Presidente Aylwin no le pareci� conveniente otorgar su patrocinio. Pero ahora el Primer Mandatario s� lo estim� pertinente. �Por qu�? Bueno, el se�or Ministro ser� quien explique las razones que se tuvieron para presentar una indicaci�n sobre una materia de su iniciativa exclusiva, seg�n la Constituci�n. En segundo lugar, el inciso que se modifica contiene un conjunto de normas que, si se leen bien, efectivamente establecen que el traslado se har� de manera racional y -espero- no a costa del personal que labora en la casa matriz, ya suficientemente reducido. Porque una de las cosas que se han cumplido en esta Empresa es una gran racionalizaci�n de su dotaci�n, que ha disminuido en forma notable, particularmente en la casa matriz. Y ser�a lamentable que lo sigui�ramos haciendo, sobre todo trat�ndose de funciones esenciales para el desarrollo de la Empresa. Teniendo presente que este proyecto cumplir� un nuevo tr�mite en la C�mara de Diputados -porque lo hemos mejorado bastante, y seguramente deber� constituirse una Comisi�n Mixta-, creo que el Ejecutivo deber�a reestudiar este tema, independientemente de que la Mesa analice si la norma es de qu�rum especial. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, en primer lugar, llama la atenci�n que para vender activos no se requiera ley de qu�rum especial, pero para cambiar de domicilio, s�. Si se lleva al l�mite el primer argumento, ser�a posible liquidar la empresa mediante el procedimiento de vender los activos uno a uno, hasta que, finalmente, no quede empresa. Eso no exige ley de qu�rum especial; en cambio, cambiar su domicilio, s� lo exige. �Perd�neme, se�or Presidente, pero es lo m�s absurdo que he visto! En segundo t�rmino, si esta disposici�n implica gastos, debi� haberse presentado un informe financiero en la Comisi�n de Hacienda. Pero ello no se hizo, y lo cierto es que, para aprobarla, dicho informe es requisito fundamental. Como he se�alado varias veces en esta sesi�n, estamos tramitando extraordinariamente mal este proyecto por tratar de aprobarlo hoy. Debi� haber vuelto a la Comisi�n de Hacienda. Se debi� clarificar lo se�alado por el Senador se�or Zurita. Se debi� haber presentado un informe financiero. Repito: �ste es un proyecto extraordinariamente mal tramitado y que no ha cumplido un requisito constitucional relativo al informe financiero cuando implica gastos. El se�or LARRA�N (Presidente).- Sobre la misma materia, tiene la palabra el Honorable se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, s�lo deseo referirme al art�culo 2� transitorio en relaci�n con el 9�. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se�or Senador, eso no est� en discusi�n, sino� El se�or BOENINGER.- �El art�culo 2� transitorio? El se�or LARRA�N (Presidente).- No, se retir� la petici�n para debatirlo. Est� aprobado. El se�or BOENINGER.- �Qu� se est� discutiendo? El se�or LARRA�N (Presidente).- Si el art�culo 9�, por establecer un cambio de domicilio, es materia de qu�rum especial o no lo es. Sobre eso estoy ofreciendo la palabra. El se�or BOENINGER.- Yo quiero hacer una reflexi�n sobre los dos. El se�or LARRA�N (Presidente).- Desgraciadamente, estamos debatiendo espec�ficamente si el art�culo 9� es materia de qu�rum especial o no. Tiene la palabra sobre este tema el Honorable se�or Orpis. El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, deseo reafirmar lo se�alado por el Senador se�or Prokurica. En verdad, resulta absurdo exigir qu�rum especial para el cambio de domicilio y no para transferir el principal activo de la ENAMI: la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas. Y quiero aportar un elemento adicional: el Honorable se�or Andr�s Zald�var se refiri� a informes de la Contralor�a General de la Rep�blica. Bueno, yo tambi�n quiero mencionar un informe del organismo contralor atinente al tema. Cito textual: "inciso cuarto, N� 2, de la Constituci�n Pol�tica, toda medida que incida en aspectos esenciales relativos al objeto, organizaci�n, funcionamiento y atribuciones de una empresa del Estado s�lo puede disponerse mediante normas de rango legal, las que deben ser de qu�rum calificado". En este caso, la Empresa se est� desprendiendo de su principal activo, que es la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas, lo que incide en su funcionamiento. Por eso, hemos insistido reiteradamente en que esta norma es de qu�rum calificado. Y lo que he le�do es un informe de la Contralor�a. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Lavandero. El se�or LAVANDERO.- Se�or Presidente, en su oportunidad, fui partidario y promotor de la idea de trasladar la Corporaci�n Nacional de Desarrollo Ind�gena a Temuco. Mi conclusi�n es que la experiencia fue muy mala, porque el pueblo ind�gena, en general, sali� desfavorecido, al dedicarse la entidad nada m�s que a la situaci�n de los mapuches, sin tocar en profundidad las dificultades de otras etnias. Sobre esa base, no era partidario de que la ENAMI saliera del �mbito del Poder Ejecutivo, que es donde se ejerce el verdadero trabajo en cuanto a una serie de elementos. Sin embargo, se aprob� el art�culo 9�. Respecto del art�culo 2� transitorio y la necesidad de un informe financiero acerca de qu� recursos deber�an destinarse para trasladar la ENAMI a Copiap�, estimo que no hay necesidad alguna de este �ltimo. Si la medida se concreta, la Empresa usar� para tal efecto recursos propios, los cuales no son los generales del Estado. Y en el art�culo reci�n citado se toma al menos una precauci�n: el traslado se har� de manera que no afecte "funciones de la casa matriz que puedan perjudicar el normal funcionamiento de la empresa.". O sea, si �sta carece de recursos suficientes para financiarlo o se producen problemas en funciones esenciales, no se llevar� a cabo. Por esa raz�n, no insist� en el art�culo 9�, ya que me parece que mediante el art�culo 2� transitorio al menos se precave la situaci�n. A ello se debe que esta �ltima norma, ya que no podemos tratar la otra... El se�or LARRA�N (Presidente).- Tampoco se halla en debate el art�culo 2� transitorio, se�or Senador. El se�or LAVANDERO.- No, se�or Presidente. Ya lo s�... El se�or LARRA�N (Presidente).- Ruego a Su Se�or�a atenerse al punto que nos ocupa. El se�or LAVANDERO.- S� lo que se discute, se�or Presidente. Lo que quiero hacer presente es que, en el caso de una consulta o un plebiscito para cambiar un sem�foro, una municipalidad puede convocarlo, mas no el Estado en lo referente a elementos esenciales. Son aspectos derivados de la "configuraci�n", dir�a, de un sistema en que se pone un cerrojo a las capacidades propias del Estado. Y es algo que se concreta a trav�s de la distribuci�n de leyes que demandan mayor�as especiales. En lo personal, creo que en este caso no es necesaria una disposici�n que deba aprobarse con qu�rum calificado. El se�or LARRA�N (Presidente).- Debo decir que no comparto la tesis de que la definici�n del cambio de domicilio exige qu�rum. Al respecto, tengo en cuenta la misma norma que se ha considerado a prop�sito del art�culo 1�, que es el n�mero 21 del art�culo 19 de la Carta, cuyo inciso segundo establece cu�ndo debe mediar qu�rum calificado. Dice: "El Estado y sus organismos podr�n desarrollar actividades empresariales o participar en ellas s�lo si una ley de qu�rum calificado los autoriza.". O sea, la extensi�n de la autorizaci�n para la cual se requiere un cuerpo legal de esa �ndole es el desarrollo de actividades empresariales o la participaci�n en ellas. Por mi parte, he sostenido que, en este caso, la autorizaci�n ya est� dada: no se trata de otorgarla a CODELCO para emprender una actividad nueva, pues la viene realizando desde hace mucho tiempo. De modo que no es necesario concederla. En lo referido a la venta de activos, cabe consignar que una privatizaci�n, que es la venta total del activo de una empresa, se ha aprobado por ley simple, por lo que la venta parcial, a mayor abundamiento -como lo hemos determinado en muchas leyes-, tampoco la requiere. De manera que �se es el fundamento que me hace pensar en la forma expuesta. Y, en cuanto al domicilio, otra norma, el art�culo 62, n�mero 2�, de la Constituci�n, se refiere a la creaci�n de servicios p�blicos o empleos rentados y expresa que lo que corresponde definir por ley es "suprimirlos y determinar sus funciones o atribuciones". Podr�an ser, entonces, materias que exigen qu�rum especial. Sin embargo, no se trata de eso. As� que pienso que el asunto en an�lisis no demanda un qu�rum especial, por lo que no me parece procedente imponer esa condici�n para votarlo. Ciertamente, si alg�n se�or Senador desea que se abra debate sobre el particular y solicita votaci�n, estar� en su derecho. Tiene la palabra el Honorable se�or Andr�s Zald�var. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Me parece muy bien su planteamiento, se�or Presidente, y es lo que quer�a: que la Mesa determinara si se exig�a qu�rum especial o no. El prop�sito es evitar que, al ser despachado el proyecto, el d�a de ma�ana se pueda objetar el art�culo 9� por no haber reunido el qu�rum necesario. Se�al� lo del informe de la Contralor�a porque era conveniente considerarlo, ya que cuando se discute un tema es mejor tomar en cuenta todos los antecedentes que cabe tener a la vista. Gracias. El se�or LARRA�N (Presidente).- Queda despejado, por lo tanto, lo relativo al art�culo 9�. Sin embargo, persiste la inquietud que manifest� el Senador se�or Romero sobre el art�culo 8�. El se�or BOENINGER.- Pido la palabra para dejar una constancia. El se�or LARRA�N (Presidente).- La tiene, Su Se�or�a. El se�or BOENINGER.- Se trata de lo siguiente. Creo, se�or Presidente, que los art�culos 9� y 2� transitorio, relacionados con el cambio de domicilio, resultan extremadamente "apresurados". Francamente, trasladar de s�bito centenares de familias de Santiago a Copiap� es de una desconsideraci�n brutal para con los funcionarios y ellas. En seguida, cuando se hace el distingo, en el art�culo 2� transitorio, entre las funciones consideradas esenciales de la casa matriz y las que no lo son, sobre la base de que una parte de ellas se trasladar� a Copiap� mientras otra queda en Santiago, es preciso considerar que todas aquellas que se desarrollan en la Capital probablemente se encuentran interconectadas. La posibilidad de una dispersi�n, entonces, me parece poco apropiada. Y, naturalmente, se plantea la cuesti�n del gasto, al que tambi�n se ha hecho referencia. Por lo tanto, simplemente quiero hacer constar que me parece que lo m�s sano es que el Ejecutivo vete ambos art�culos. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, dejo establecido que formulo reserva de constitucionalidad por el hecho de no haberse presentado un informe financiero. El se�or LARRA�N (Presidente).- As� quedar� consignado, Su Se�or�a. Quiero referirme al art�culo 8�, pues constituye un tema nuevo que, a mi juicio, merece un esclarecimiento. La norma dispone que cualquier dificultad que se presente entre CODELCO y ENAMI a prop�sito del traspaso ser� resuelta mediante un arbitraje. Es algo que se agreg� en el tr�mite del Senado. Y cualquier consulta a la Corte Suprema, cuando corresponde, se formula en general, al advertirse su necesidad. Por ello, no se ha hecho. Pienso que, cuando se establece un arbitraje obligatorio, se modifican las atribuciones de los tribunales, porque, de otro modo, deber�a someterse a ellos el conflicto que se suscitara en alg�n minuto entre ambas entidades. La disposici�n sustrae esa situaci�n de la alternativa de proceder por la v�a judicial, como se desprende de los t�rminos del art�culo 227 del C�digo Org�nico de Tribunales. En consecuencia, trat�ndose de un precepto de estas caracter�sticas, cabe la aplicaci�n del art�culo 74 de la Carta, el cual expresa que "Una ley org�nica constitucional determinar� la organizaci�n y atribuciones de los tribunales", etc�tera. En efecto, al sustraerse a �stos una parte de sus atribuciones, nos hallamos ante una materia de qu�rum org�nico constitucional. La segunda inquietud dice relaci�n a si acaso se requiere informe de la Corte Suprema. En verdad, se necesita; pero, como no se precisa cu�ndo debe presentarse, lo �nico que cabe hacer es aprobar la norma con el qu�rum exigido y solicitarlo al M�ximo Tribunal, para que sea tomado en consideraci�n en el tercer tr�mite, antes de despachar el proyecto. De manera que no ser�a un requisito que dificulte la tramitaci�n. En vista de la consulta del Senador se�or Romero, la Mesa es de la opini�n de que se trata de un art�culo que, por las caracter�sticas se�aladas, es de qu�rum org�nico constitucional. Y lo que corresponde es ponerlo en discusi�n, para luego votarlo. El se�or N��EZ.- �Me permite formular una observaci�n, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Primero tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or DULANTO (Ministro de Miner�a).- Se�or Presidente, como siempre, ser� muy breve. S�lo deseo recordar que, por la forma como est� planteada, la disposici�n se refiere �nicamente a los cargos de tratamiento, como se advierte si se lee bien. Obviamente, �stos se encuentran refrendados por contratos acordados entre las partes, en los cuales se establece, como �nica modalidad de arbitraje, un �rbitro arbitrador. Reitero: el art�culo se refiere a un solo tema (los cargos de tratamiento) y a ning�n otro conflicto entre las empresas. Adem�s, est� en perfecta l�nea con lo que esos contratos, ya pactados, indican. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or N��ez. El se�or N��EZ.- Efectivamente, creo que el se�or Presidente tiene toda la raz�n en el sentido de que, ante situaciones de car�cter legal o que pudieran afectar las relaciones entre dos empresas del Estado, debe necesariamente recurrirse a los tribunales. Pero el precepto en an�lisis alude a "Cualquier dificultad que se presente entre CODELCO-Chile y ENAMI". No se hace referencia a otro aspecto, sino a una "dificultad" �repito-, radicada b�sicamente en una cuesti�n crucial: los cargos de tratamiento. Y �se es un asunto estrictamente t�cnico. Por lo tanto, es obvio que ello debe quedar en manos de un �rbitro arbitrador que sepa, t�cnicamente, de qu� se trata, porque seguramente habr� diferendos en ese plano. El art�culo 8� no versa sobre alg�n problema de car�cter legal o jur�dico, sino sobre una "dificultad" y sobre los cargos de tratamiento. El se�or LARRA�N (Presidente).- De todas maneras, estamos hablando de la competencia. Y, de no existir la disposici�n, cualquier dificultad podr�a zanjarse ante un tribunal, cuya competencia, entonces, se estar�a restringiendo. Eso me parece inequ�voco. El se�or LAVANDERO.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or LARRA�N (Presidente).- Hay varios se�ores Senadores inscritos para hacer uso de la palabra, entre ellos Su Se�or�a. Pero primero se encuentra el Honorable se�or Orpis. El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, es indudable que, desde un punto de vista constitucional y legal, la Mesa tiene toda la raz�n. Ahora bien, ahondando en los argumentos de por qu� se establece el art�culo 8�, y tal como se hizo constar en la Comisi�n y en una indicaci�n que present� formalmente, yo era partidario de ir mucho m�s lejos. Porque el precepto en an�lisis se refiere a las dificultades que se susciten respecto de los cargos de tratamiento, materia bastante t�cnica que, evidentemente, debe ir a arbitraje. �Cu�l es la preocupaci�n que plante� en la Comisi�n y que deseo dejar expuesta en la Sala? Si bien en el debate puede ponerse mucho �nfasis en no traspasar una empresa p�blica, la raz�n no radica en ese punto, sino en que CODELCO y ENAMI tienen un peso relativo muy distinto respecto de los peque�os y medianos mineros. Por ello, no quer�amos que se traspasara en definitiva a la primera el tipo de activo constituido por la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas. De ah�, se�or Presidente, que quisiera ir m�s lejos con relaci�n al art�culo 8�. Porque, �qui�n decidir� el arbitraje? El directorio, compuesto mayoritariamente de funcionarios designados por el Presidente de la Rep�blica, por lo cual los peque�os y medianos mineros no van a estar salvaguardados en caso de que se produzcan diferencias y se deba ir a arbitraje. Por eso, en la indicaci�n que present� oportunamente en la Comisi�n -y que fue declarada inadmisible- propon�a una composici�n igualitaria entre los medianos y peque�os mineros y quienes representen el aparato p�blico. Es la �nica manera de que, a la larga, los primeros tengan plenamente garantizado que, en caso de dificultades, se pueda ir a arbitraje. Como se�al�, la indicaci�n fue declarada inadmisible. Pero dar� mi aprobaci�n por creer que esto es mejor que nada. He dicho. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Andr�s Zald�var. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se�or Presidente, luego de escuchar al se�or Ministro, me parece que la disposici�n es innecesaria -y quisiera que lo ratificara-, porque actualmente, por lo que conozco, CODELCO cuenta con la facultad para someter a arbitraje todas las dificultades que se presenten. Y s� de varios que ha tenido sobre materias propias de la miner�a, �mbito en el cual act�a. Por su parte, la ENAMI, de acuerdo con sus estatutos, tambi�n la tiene. Y lo corrobora el se�or Ministro cuando dice que es un aspecto contemplado en los contratos vigentes entre ambas empresas. Entonces, �para qu� legislar sobre algo en que tanto ENAMI como CODELCO tienen atribuciones? En todo caso, deseo que el se�or Ministro ratifique si es as� o no. Y estoy totalmente de acuerdo con usted, se�or Presidente, respecto de la interpretaci�n del art�culo 74 de la Carta, en cuanto a que, de llegar a pronunciarnos, se requiere qu�rum especial por tratarse de una modificaci�n de la ley org�nica constitucional sobre atribuciones de los tribunales. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Lavandero. El se�or LAVANDERO.- Se�or Presidente, lo que iba a decir ya lo manifest� el Honorable se�or Andr�s Zald�var. El se�or LARRA�N (Presidente).- Estaba inscrito antes, Su Se�or�a. El se�or LAVANDERO.- Y el se�or Ministro de Miner�a confirm� que existe la disposici�n. Sin embargo, en la Comisi�n, donde mantenemos una buena relaci�n entre nosotros, la idea fue defendida por el Honorable se�or Orpis, y, a sabiendas del antecedente, quisimos que ello quedara ratificado por ley. Pero, si la disposici�n ya existe y operan los contratos, no vale la pena introducir la modificaci�n en caso de que exija, en efecto, qu�rum especial y consulta a la Corte Suprema. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or DULANTO (Ministro de Miner�a).- Ser� muy breve, se�or Presidente. Cabe ratificar, una vez m�s, el contenido de los contratos comerciales referentes a la fijaci�n de cargos de tratamiento. Naturalmente, establecen la forma como se dirimen las diferencias y la posibilidad del arbitraje, y casi en la totalidad de los casos, por no decir en todos, inclusive se menciona el �rbitro. En consecuencia, respondiendo al Senador se�or Orpis, no se necesita que los directores se re�nan para decidir los �rbitros. Un segundo antecedente importante es que la operaci�n entre CODELCO y ENAMI lleva realiz�ndose por m�s de 40 a�os, en virtud de lo cual la Corporaci�n ha celebrado contratos de maquila con la Empresa. Nunca, en la historia de esas relaciones, ha sido necesario recurrir a un �rbitro. Creo que conviene tener presente, entonces, para no hacer de la cuesti�n un problema, que ambas entidades, a trav�s de sus propios contratos, han sido hist�ricamente capaces de resolver sus asuntos sin siquiera acudir a dicha instancia. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Vald�s. El se�or VALD�S.- Se�or Presidente, estos antecedentes indican que realmente la disposici�n est� de m�s. Porque actualmente CODELCO tiene facultad para someter a arbitraje determinadas materias. Lo mismo pasa con la ENAMI. Y, si eso es lo que ocurre, �por qu� no podr�n ejercerla entre s�? Se trata de una facultad normal en toda persona jur�dica. Y, de no ser el caso del arbitraje, las dos empresas est�n sometidas al Ministerio de Miner�a y a las reglas generales de la Administraci�n P�blica. Por ello, considero in�til establecer la capacidad de arbitraje, pues ya la tienen como personas jur�dicas de derecho p�blico. El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Prokurica. El se�or PROKURICA.- Se�or Presidente, si se pudiera reflejar el debate habido en la Comisi�n, puedo decir que todos estamos de acuerdo y que no hay nadie en contra de este art�culo. Por el contrario, lo que queremos es proteger a la Empresa Nacional de Miner�a, que se debilitar� a�n m�s con la venta de la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas, de otra que es grande y se halla acostumbrada a funcionar en forma distinta. Y quiero contar a mis Honorables colegas algo que les parecer� incre�ble. El propio Vicepresidente de la ENAMI nos relat� que hace dos meses CODELCO subsidi� el tratamiento de concentrados en Potrerillos, compitiendo, de manera bastante ins�lita, con otra empresa del Estado. Ante ello, surge la idea del resguardo, ya que la Empresa Nacional de Miner�a, repito, quedar� muy debilitada. En definitiva, lo que queremos no es amparar a CODELCO, sino a una ENAMI que se hallar� mucho m�s disminuida que en la actualidad cuando, lamentablemente, se le reste su principal patrimonio, que es la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas. El Senador se�or Orpis me ha pedido una interrupci�n. El se�or LARRA�N (Presidente).- Con la venia de la Mesa, puede hacer uso de ella, Su Se�or�a. El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, ocurre lo siguiente: imaginemos que el d�a de ma�ana se produce un problema y que debe recurrirse al arbitraje. �Qui�n toma esa decisi�n? La mayor�a del directorio est� formada por cinco miembros. Los peque�os y medianos mineros s�lo cuentan con dos representantes. Por eso, la indicaci�n que propuse pon�a en acci�n el arbitraje s�lo con la intervenci�n de dos de sus integrantes. Eso era importante, porque de tal forma quedaban protegidos los peque�os mineros. Pero, como esta cl�usula aparece en el art�culo 8�, no tiene incidencia. Mi proposici�n fue declarada inadmisible; no obstante ello, quiero dejar constancia de mi posici�n en actas y en la Sala, porque evidentemente se va a producir un desbalance entre CODELCO y los peque�os y medianos mineros representados en la ENAMI. Por lo tanto, habr�a sido muy importante que el Senado hubiese aprobado una cl�usula en que se gatillara un arbitraje cuando dos de los miembros del directorio lo solicitaren. Hoy d�a lo hace una mayor�a conformada en su totalidad por funcionarios estatales. A mi juicio, tal era el resguardo que debi� haberse adoptado y que, desgraciadamente, no se materializ�; sin embargo, como dije, quiero dejar constancia por lo menos de mi pensamiento al respecto. El se�or LARRA�N (Presidente).- Finalmente, tiene la palabra el Honorable se�or N��ez. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, como se ha insistido demasiado en que ENAMI quedar�a sumamente debilitada debido a este traspaso, solamente quiero recordar -no con el �nimo de provocar mayor pol�mica- que hace poco tiempo, el 22 de agosto, el Instituto Libertad y Desarrollo emiti� un informe que, en una de sus partes, sostiene que, si es necesario enajenar Las Ventanas, deber�a hacerse mediante una licitaci�n p�blica internacional. Vale decir, dicho Instituto nunca se opuso a que se enajenase Las Ventanas al mejor postor, como se desprende de los informes de las Comisiones de Miner�a tanto de la C�mara como del Senado, donde intervino una personera de ese organismo que manifest� que "A juicio del Instituto Libertad y Desarrollo, se deber�a licitar la enajenaci�n de las refiner�as de Enami y adjudicarlas al mejor postor". Y tal opini�n fue refrendada en la C�mara por el Diputado se�or Garc�a-Huidobro, quien se�al�: "A mi juicio, ENAMI deber�a vender su patrimonio y su principal activo, que hoy se est� entregando a Codelco, s�lo cuando no existiera otra soluci�n". Es decir, una licitaci�n p�blica internacional entre privados. Digamos las cosas como son. Aqu� no hubo oposici�n, como se ha se�alado permanentemente, al traspaso de la Fundici�n y Refinar�a Las Ventanas a CODELCO. Existi� una disposici�n que todos compartimos en su momento, que est� claramente refrendada por una votaci�n un�nime llevada a cabo en el Senado, en la cual hubo dos abstenciones. Como aqu� se ha insistido tanto en el sentido contrario, me parece bueno que, para los efectos de la historia de la ley, la situaci�n quede claramente especificada. Concedo una interrupci�n a la Senadora se�ora Matthei. El se�or LARRA�N (Presidente).- Puede hacer uso de ella, con la venia de la Mesa, Su Se�or�a. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, s�lo quiero se�alar que un instituto puede emitir las opiniones que estime conveniente; pero, finalmente, somos nosotros quienes votamos. Yo tambi�n muchas veces he comprobado que el Honorable se�or N��ez ha rechazado ciertas proposiciones del Gobierno, y que a menudo el se�or Senador y su bancada se han opuesto al criterio del Presidente de la Rep�blica. De manera que no vengamos aqu� a esgrimir argumentos como el que porque un tercero dice algo, todos deber�amos pensar lo mismo. El se�or LARRA�N (Presidente).- Recupera el uso de la palabra el Honorable se�or N��ez. El se�or N��EZ.- No solamente lo ha expresado as� el Instituto Libertad y Desarrollo, dig�moslo con franqueza. La SONAMI estuvo en absoluto acuerdo con el traspaso, tal cual lo discutimos en varias oportunidades. Muchos de los se�ores Senadores �bastante afines a ese ente- ahora, por distintas razones, se oponen beligerantemente al traspaso. El cambio de caballo es a veces sumamente demostrativo de la verdadera conducta de estos organismos. La se�ora MATTHEI.- �Vaya a preguntar en otras asociaciones mineras! El se�or LARRA�N (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or DULANTO (Ministro de Miner�a).- Solamente quiero hacer una peque�a aclaraci�n al Senador se�or Prokurica. La situaci�n a la cual se refiri� yo no la clasificar�a con ligereza de subsidio. Habr�a que ver los n�meros. Su Se�or�a la ha calificado de esa manera, pero tendr�amos que comparar una operaci�n y otra. Sin embargo, eso no tiene mayor importancia, pues se trata de una acci�n espec�fica. S�lo deseaba expresar que, dentro de las cl�usulas del traspaso, se ha firmado un convenio de colaboraci�n entre la ENAMI y CODELCO precisamente para evitar cualquier conflicto, especialmente en la compra de concentrados en el futuro. En consecuencia, creo que hemos agregado un mecanismo de acuerdo entre las partes que no est� considerado en la ley y que nos va a permitir que los problemas se puedan resolver extracontractualmente. El se�or LARRA�N (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra, Cerrado el debate. �Alg�n se�or Senador desea fundar su voto? El art�culo 8� debe ser votado para los efectos de registrar el qu�rum. En votaci�n electr�nica. El se�or HOFFMANN (Secretario).- �Alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or LARRA�N (Presidente).- Terminada la votaci�n. --Se rechaza el art�culo 8� propuesto por la Comisi�n por no haberse reunido el qu�rum constitucional exigido (17 votos por la afirmativa, 4 en contra, y una abstenci�n), y queda terminada la discusi�n del proyecto en este tr�mite. Votaron por la afirmativa los se�ores Arancibia, Canessa, Cordero, Horvath, Larra�n, Lavandero, Matthei, Moreno, Mu�oz Barra, N��ez, Ominami, Orpis, Prokurica, Romero, Vald�s, Gazmuri y Zurita. Votaron por la negativa los se�ores Boeninger, Frei (do�a Carmen), Sabag y Zald�var (don Andr�s). Se abstuvo el se�or Ruiz-Esquide. El se�or LARRA�N (Presidente).- Con esta �ltima votaci�n, queda despachado el proyecto de ley sobre autorizaci�n a la Empresa Nacional de Miner�a para traspasar a la Empresa Corporaci�n Nacional del Cobre de Chile la Fundici�n y Refiner�a Las Ventanas. Antes de levantar la sesi�n, quiero dar lectura al texto definitivo del art�culo 6�, en cuya redacci�n est�n consignadas tanto la sugerencia delSenador se�or Zurita como las indicaciones para perfeccionar su claridad. Dice: "La garant�a que el Estado otorga a las obligaciones de la Empresa Nacional de Miner�a en virtud de la ley N� 19.847, podr� ser renovada total o parcialmente, para el caso en que las respectivas deudas sean objeto de renegociaci�n o reestructuraci�n, con o sin cambio de acreedor, lo que ser� determinado por decreto supremo del Ministerio de Hacienda, expedido de conformidad a lo dispuesto en el art�culo 70 del Decreto Ley N� 1.263, de 1975, teniendo presente el cumplimiento satisfactorio del correspondiente convenio de programaci�n suscrito en los t�rminos establecidos en el art�culo 2� de la ley N� 19.847. "Cuando las obligaciones garantizadas por el Estado a ENAMI en virtud de dicha ley sean objeto de pago anticipado o de amortizaci�n de capital, los montos exceptuados de garant�a por tal concepto no ser�n considerados en el c�mputo del margen de US$ 1.500.000.000 (un mil quinientos millones de d�lares de los Estados Unidos de Am�rica), o su equivalente, seg�n lo expresado en el inciso primero del art�culo 1� de la ley N� 19.847, a contar de las fechas en que se perfeccionen las respectivas operaciones, las que no podr�n ser posteriores al 31 de diciembre del 2008.". El inciso siguiente quedar�a en la misma forma; y el subsiguiente, de la siguiente manera: "Lo establecido en los incisos precedentes ser� determinado mediante el mismo procedimiento que el dispuesto en el inciso primero de este art�culo". Y el inciso final quedar�a como sigue: "La garant�a del Estado a que se refiere el presente art�culo podr� aplicarse al financiamiento de proyectos de inversi�n, tales como de modernizaci�n, ampliaci�n, rehabilitaci�n o reposici�n, previo cumplimiento de la normativa que rige las materias de inversi�n de la Empresa Nacional de Miner�a.". De ese modo, la redacci�n de esta norma quedar�a circunscrita s�lo a las obligaciones referidas a la ENAMI con relaci�n a la ley N� 19.847. Tiene la palabra la Honorable se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, me parece que esa redacci�n es mucho mejor que la que figura en el proyecto. Sin embargo, considero altamente irregular que estemos redactando en la Sala, en el �ltimo minuto, art�culos ya votados; y, m�s a�n, sin tener ni siquiera la oportunidad de leerlos y de ver si contienen alg�n error. En verdad, se�or Presidente, �sta es una de las peores iniciativas que me ha tocado conocer en mi vida parlamentaria en cuanto a tramitaci�n: todo ha sido irregular y mal hecho. No se han dado los informes t�cnicos necesarios ni se ha discutido a fondo. Ojal� la C�mara de Diputados la revise en profundidad, porque tengo la impresi�n de que, si no sucede as�, vamos a tener severos problemas con la futura ley, pues fue despachada sin mayor estudio. El se�or LARRA�N (Presidente).- Se dejar� constancia de su opini�n, se�ora Senadora. En consecuencia, queda despachado el proyecto en los t�rminos se�alados. --(Aplausos en las tribunas). El se�or LARRA�N (Presidente).- Antes de levantar la sesi�n, el se�or Prosecretario dar� cuenta de un informe llegado a la Mesa. El se�or ALLIENDE (Prosecretario).- Segundo informe de la Comisi�n de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadan�a, reca�do en el proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, sobre incentivos para la entrega de informaci�n en los delitos vinculados a los detenidos desaparecidos y ejecutados pol�ticos, con urgencia calificada de "suma". El se�or LARRA�N (Presidente).- Queda para tabla. Tiene la palabra el Honorable se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, en realidad no tiene mayor trascendencia: simplemente quiero dejar constancia de que, al contrario de lo sostenido por la Senadora se�ora Matthei, me parece que �ste es un buen proyecto y de que se han resuelto bien las dudas planteadas. Adem�s, creo que la Comisi�n de Hacienda actu� con precipitaci�n, de lo cual somos culpables sus integrantes. El se�or LARRA�N (Presidente).- Habi�ndose cumplido su objetivo, se levanta la sesi�n. --Se levant� a las 14:52. Manuel Oca�a Vergara, Jefe de la Redacci�n