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El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , es correcto lo señalado por el Senador señor Espina en cuanto a la tramitación del proyecto.
Nos ha llamado la atención que a través de los medios de comunicación -algunos, mediante un ataque injusto en contra del Parlamento, de sus integrantes y, en general, de la gente que presta algún servicio en cargos públicos- se nos trate de presentar como si pretendiéramos legislar para poner mordaza e impedir el control de los actos de las autoridades públicas.
La Carta de 1980, en el inciso segundo del número 4º de su artículo 19, estableció el delito de difamación, que posteriormente fue suprimido por la Comisión de Constitución, cuando se abocó al estudio de las reformas, tal como sostuvo el Honorable señor Espina. Sin embargo -y tenemos que reconocerlo-, no rectificamos en dicho número 4º la referencia a la vida pública, pues la norma dice lo siguiente: "El respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia.". No lo enmendamos, pero eliminamos el delito de difamación.
¿Y qué sucedió? Cuando el proyecto pasó a la Cámara de Diputados, se agregó una norma innecesaria que dispone que una ley establecerá un sistema integral y efectivo de protección de esos derechos.
Sobre la base de dicho agregado, más la mantención de la expresión "y pública", los medios de comunicación han dado inicio a planteamientos que ponen al Senado en una posición que no corresponde y que no condice con nuestra conducta, que ha buscado fijar un mecanismo que traiga transparencia y permita el control de las autoridades por parte de los medios de comunicación, cualesquiera que sean nuestros actos.
Todos estamos de acuerdo en que debe haber respeto y protección a la vida privada de las personas, que es la que corresponde garantizar.
A mi juicio, la única manera de solucionar esta cuestión y evitar que, en caso de aprobarse el texto de la Cámara Baja, seamos objeto de críticas injustas, dirigidas al Parlamento en general y al Senado en especial, es recurrir al Ejecutivo -así lo hemos planteado- para que por la vía del veto se proceda a lo que realmente queremos: suprimir el número 4º del artículo 19 de la Carta Fundamental.
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