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El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , quiero dejar constancia de mi opinión favorable a la norma de la Cámara de Diputados. ¿Qué dice? Que la persona que ha sido injusta o arbitrariamente detenida tiene derecho a indemnización. ¿Por qué no? Si la detención ha sido injusta, errónea o injustificada y eso lo declara la Corte Suprema, ¿por qué no va a tener ese derecho?
Nosotros debemos considerar que el valor que ha de protegerse es el de la libertad y no el derecho del juez a detener. Este derecho es para los efectos de la investigación. Pero si la detención es errónea, injustificada o arbitraria y así lo determina el más alto tribunal de la República, me parece que el afectado debe ser indemnizado.
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