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- rdf:value = " El señor LEAL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Julio Dittborn, diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor DITTBORN .-
Señor Presidente , en nombre de dicha Comisión, me corresponde informar, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, sobre el proyecto de ley que introduce modificaciones al sistema previsional aplicable al personal de las instituciones de las Fuerzas Armadas.
Constancias previas:
-La iniciativa tuvo su origen en un mensaje de su excelencia el Presidente de la República , y fue calificada de “simple urgencia” para su tramitación legislativa.
-No hubo disposiciones rechazadas.
-Las disposiciones que no fueron aprobadas por unanimidad corresponden a las siguientes indicaciones del Ejecutivo: el numeral 4) del artículo 1º, que se agregó en la Comisión de Hacienda, por cuanto fue rechazado en la Comisión de Defensa; el numeral 3) del artículo 2º, y un artículo 5º, nuevo. Además, el artículo 4º del proyecto
Disposiciones nuevas que deben aprobarse con quórum especial:
-Las indicaciones al artículo 1º del proyecto deben aprobarse con quórum de ley orgánica constitucional.
-No existen disposiciones que deban aprobarse con quórum calificado.
Durante el estudio del proyecto, asistieron a la Comisión la señora Michelle Bachelet , ministra de Defensa Nacional , y los señores Gonzalo Miranda , subsecretario de Investigaciones ; Patricio Silva , vicepresidente de Capredena ; Eduardo Videla y Eugenio Cruz , asesores del Ministerio de Defensa; Alberto Arenas , subdirector de Racionalización y Función Pública; Julio Valladares , asesor de la Dirección de Presupuestos, y Hernán Moya , abogado del Ministerio de Hacienda.
Según el Ejecutivo , el propósito de la iniciativa es elevar la eficiencia y la racionalidad del gasto público en defensa nacional, mediante la eliminación de distorsiones en el sistema previsional de las Fuerzas Armadas.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos con fecha 27 de octubre de 2003, destaca las siguientes modificaciones al sistema previsional de las instituciones de la defensa nacional y proyecta los siguientes ahorros que generarán las medidas propuestas en el proyecto:
1. Beneficiarios de montepío: respecto de este punto, se propone aplicar las mismas normas que regulan el sistema previsional establecido en el decreto ley Nº 3.500, de 1980, en cuanto a quienes pueden ser beneficiarios de pensiones de sobrevivencia. En lo sustancial, esta medida elimina como asignatarias de montepíos a las hermanas y a las hijas solteras mayores de edad del causante.
Según se me ha informado, esta disposición no afecta a quienes están recibiendo el beneficio, sino a quienes tienen la legítima expectativa de recibirlo en el futuro. Sin embargo, esto, que es muy importante, no está señalado textualmente en el proyecto, como sí lo está en el que analizamos anteriormente, que introduce modificaciones al sistema previsional del personal de Carabineros de Chile, el cual contiene un artículo transitorio que establece que no se afectarán los montepíos que reciben actualmente las hijas de los causantes, sino el de las futuras eventuales beneficiarias, una vez publicada la ley.
En el proyecto no figura esa disposición, señora ministra. Sin embargo, el argumento que se me dio es que un beneficio previsional vigente, como éste, no puede ser eliminado por la ley. Sólo pueden ser eliminadas o modificadas las expectativas de recibir a futuro beneficios previsionales. Si eso es cierto, no sería necesario que el proyecto exceptuara a quienes hoy están gozando de ese beneficio, como, de hecho, no lo hace. En efecto, el proyecto nada dice respecto de aquellas personas que hoy están recibiendo el beneficio. Entonces, debemos entender que, al no hacer mención de ellos, no se está eliminando el beneficio para quienes actualmente lo reciben, por cuando no se puede eliminar por ley un beneficio previsional de esta naturaleza. Eso es lo que quiero entender. Si no fuera así, al no establecerse en el artículo transitorio que se mantiene ese beneficio, éste se estaría eliminando; pero estamos suponiendo que no es así.
El ahorro que implica esta medida es sustancial. Para este año se estima un ahorro de 800 millones de pesos, que irá creciendo hasta llegar a más de 11 mil millones de pesos en 2010.
2. Rejubilación: se pretende evitar las reliquidaciones de las pensiones de retiro a partir de la nueva incorporación a empleos que dan derecho a rejubilar. Este sistema permite aumentar la pensión si la persona vuelve a trabajar en las Fuerzas Armadas. Aquí hay un ahorro significativo -aunque muy inferior al del montepío-, de más de 2 mil 200 millones de pesos al año 2010.
3. Dobles pensiones: se suprimen las denominadas dobles pensiones sobre la base de distintas contrataciones o nombramientos. De acuerdo con el informe de la Dirección de Presupuestos, en esto no hay ahorro.
4. Años de abonos: se propone eliminar algunos abonos de años de servicio válidos para el retiro, a fin de que sólo los tiempos efectivamente trabajados tengan eficacia previsional; es decir, se consideren para efectos del cálculo de la pensión que corresponda pagar. Esto también implica un ahorro significativo, superior a 2 mil millones de pesos, a partir de 2010.
5. Pensiones de inutilidad: se propone reformar el marco según el cual se concede este tipo de beneficios, buscando uniformar los criterios que regulan su otorgamiento y verificando con mayor rigurosidad el cumplimiento de los requisitos para acceder a las pensiones por accidentes en actos de servicio y enfermedades invalidantes.
6. Beneficiarios civiles: el personal civil que se incorpore con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley, quedará afecto al sistema previsional del decreto ley Nº 3.500 y no será considerado como un beneficiario de la Capredena.
En el debate en la Comisión, la señora Michelle Bachelet , ministra de Defensa , hizo presente que la iniciativa fue analizada con los respectivos comandantes en jefe de las ramas de la Defensa y, también, con los directores de personal, por lo que es ampliamente conocida por dichas instituciones. Hay que decir, también, que no es ampliamente compartida por dichas instituciones.
Destacó el equilibrio que debe existir entre las medidas que se proponen y su impacto en la permanencia en las instituciones del personal de que se trata.
El diputado señor Ulloa explicó en detalle cada uno de estos cambios en el sistema previsional de las Fuerzas Armadas. Sólo quiero decir que, desde el punto de vista del impacto financiero, el sistema previsional de las Fuerzas Armadas a lo largo del tiempo ha ido teniendo un gasto cada vez mayor. Por eso, el Ejecutivo estimó necesario proponer estas disminuciones de gastos, los que, en algunos casos, se han prestado para abusos; pero, en muchos otros casos, las personas han ingresado a las Fuerzas Armadas a hacer la carrera militar por los beneficios previsionales. Debemos recordar que los funcionarios de las Fuerzas Armadas perciben sueldos relativamente bajos y, por lo tanto, en la decisión de ingreso a estas instituciones se toma en cuenta el sueldo y también los beneficios previsionales, que hoy están siendo afectados por este proyecto.
La señora ministra nos hizo notar que el Ejecutivo había tenido especial cuidado en no alterar en demasía los beneficios previsionales para no afectar el ingreso de nuevas personas a las Fuerzas Armadas. Sin embargo, se lesionan las legítimas expectativas de personas que ingresaron a las Fuerzas Armadas y que, en el transcurso de su vida, verán afectadas algunos de sus derechos previsionales.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
"
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