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El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gastón von Mühlenbrock , quien rendirá el informe de la Comisión de Hacienda.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señor Presidente, en representación de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto de ley que modifica la ley pesca respecto de exigencias para los pescadores artesanales.
Constancias.
Origen y urgencia: la iniciativa, calificada de “simple urgencia” para su tramitación legislativa, tuvo su origen en un mensaje de su excelencia el Presidente de la República.
Disposiciones o indicaciones rechazadas: no hay.
Disposiciones que no fueron aprobadas por unanimidad: artículos 2º, 3º y transitorio.
Durante el estudio del proyecto, asistió a la Comisión la señora María Alicia Baltierra , asesora de la Subsecretaría de Pesca.
El propósito de la iniciativa consiste, por una parte, en postergar la obligación del uso del posicionador satelital en embarcaciones artesanales de eslora igual o superior a quince metros, inscritas en el registro artesanal de la Primera y Segunda regiones, y, por otra, en rebajar en 75 por ciento la patente anual de las áreas de manejo y condonar su pago, en el mismo porcentaje, a aquellas organizaciones de pescadores que sean titulares de tales áreas, para los años 2003 y 2004. Conjuntamente, se amplía el plazo para efectuar el pago de la patente para los años indicados, hasta el 31 de diciembre de 2004.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 14 de junio de 2004, señala lo siguiente respecto del impacto financiero del proyecto:
a) Que no representa costo fiscal para el 2004;
b) Que, en cuanto a la disminución del valor anual de la patente, la referida medida disminuye la recaudación máxima posible, pero incrementa la probabilidad de pago de las patentes pesqueras, y
c) Que la reducción en los años de exención para el pago de la patente incrementará la recaudación fiscal.
En el debate de la Comisión, la señora María Alicia Baltierra hizo hincapié en que la modificación propuesta en el artículo 1º tiene por objeto armonizar la vigencia de la norma sobre el posicionador satelital con los criterios uniformes contenidos en el proyecto en actual tramitación en el Senado, que va a regir para todos los armadores artesanales con características similares del resto del país.
En relación con la rebaja de la patente única de las áreas de manejo a 0,25 UTM y la disminución a dos años, contados desde la celebración del convenio de uso, de la fecha para hacerla efectiva, las fundamentó en estudios realizados por el Gobierno que aconsejarían tales medidas.
Llamó la atención a varios señores diputados que, por una parte, el proyecto responda a algunas urgencias que la aplicación de la actual normativa demanda, sin que se dé prioridad, por ejemplo, a otras de igual o mayor importancia que afectan a comunidades de la Octava y Novena regiones, y, por otra, que la legislación en materia de pesca es relativamente reciente, razón por la que no se explicarían las adecuaciones puntuales en actual trámite.
Sobre el particular, se explicó que la rentabilidad calculada estimativamente para determinar el valor de la patente no ha sido coherente con la realidad. En la práctica, para muchos pescadores artesanales el pago de 1 UTM mensual por hectárea es alto, por lo que las medidas propuestas tienden a disminuir las dificultades en tal sentido.
Destacó la señora Baltierra que, dada la obligación de presentar planes de manejo, ha mejorado bastante la explotación de los recursos desde la puesta en marcha del sistema, en 1991. No obstante, se estaría realizando una revisión integral del mismo en el proyecto que modifica la ley general de pesca y acuicultura, con el objeto de perfeccionar la regulación del sector.
La Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos dispuso en su certificado que la Comisión de Hacienda tomara conocimiento de los artículos 2º y 3º aprobados por ella. Por su parte, la Comisión de Hacienda acordó incorporar a su conocimiento el artículo transitorio del proyecto aprobado por la comisión técnica, en conformidad al numeral 2º del artículo 220 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
En lo que dice relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar lo siguiente:
Por el artículo 2º se modifica el artículo 48, letra d), inciso octavo, de la ley general de pesca y acuicultura, en el siguiente sentido:
La letra a) sustituye la frase “una unidad tributaria mensual” por “0,25 unidad tributaria mensual”.
La letra b) reemplaza la oración “de la fecha correspondiente a la primera renovación del convenio de uso.” por “del segundo año contado desde la celebración del convenio de uso.”
Por el artículo 3º se condona, para los años 2003 y 2004, el 75 por ciento del pago de la patente única de las áreas de manejo a las organizaciones de pescadores artesanales que sean titulares de áreas de manejo. Asimismo, se amplía el plazo para efectuar el pago de la patente para los años antes indicados hasta el 31 de diciembre de 2004.
En el artículo transitorio se señala que, para las organizaciones de pescadores artesanales que tengan el convenio de uso firmado a la fecha de entrada en vigencia del proyecto, la exigencia del pago de la patente entrará a regir al cuarto año de la celebración de dicho convenio.
Sometidos a votación los artículos 2º, 3º y transitorio, fueron aprobados por 11 votos a favor y una abstención.
Acordado en sesión celebrada el 22 de junio de 2004, con la asistencia de los diputados señores Escalona, don Camilo (presidente); Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Cardemil, don Alberto ; Dittborn, don Julio ; Jaramillo, don Enrique ; Kuschel, don Carlos Ignacio ; Ortiz, don José Miguel ; Pérez, don José ; Saffirio, don Eduardo ; Silva, don Exequiel , y Tuma, don Eugenio .
Es todo cuanto informar.
He dicho.
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